L tribunal supremo ha confirmado en un auto

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l Tribunal Supremo ha confirmado en un Auto (pdf de 2 pgs) ATS 2501/2013 la validez jurídica de una notificación realizada vía email entre un procurador y un cliente moroso y validada por un prestador de servicios de certificación electrónica. Normativa como el artículo 162 de la LEC aceptaban dichas comunicaciones pero supone la primera resolución judicial de un alto Tribunal apoyando esta tecnología: "como consecuencia de la aplicación de la normativa expuesta a la situación de hecho, aparece la seguridad de la práctica de la notificación y requerimiento, intentada anteriormente por los medios tradicionales. Por los medios electrónicos se ha practicado, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil con la seguridad que contempla la citada ley de firma electrónica".


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