Leyes antiguas de 1825 a 1912 derogadas

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EXPEDIENTE Nº 21.073

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• En cuanto a la Colección de leyes y decretos, se trata de una publicación semestral que elaboraba la Imprenta Nacional, y que hacía llegar a algunas instituciones. Si bien no es usual que se le cite en proyectos de ley, en este caso se justifica su uso, pues algunas de las leyes a derogar no son accesibles en versión digital del Sinalevi, sino solamente en la versión impresa. • Después haber hecho el recuento y análisis de las 178 leyes que se pretenden derogar, se determina que carecen de interés actual, por contener hechos generadores ya acaecidos, cuya incidencia está caduca hoy día. La mayoría de los tributos a que hacen referencia, fueron sustituidos por otros creados posteriormente; de ahí que la ley original se convirtió en un cascaron vacío, sin contenido. Únicamente que al no haberse efectuado la derogatoria de manera expresa, siguen apareciendo en la lista de leyes vigentes de nuestro país. • Por tanto, lo indicado en este artículo 2 constituye una norma eco y reflejo de derechos fundamentales establecidos en las normas constitucionales, y sirve para enfatizar el hecho indiscutible de que la derogatoria de las leyes propuestas no puede afectar los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas de las personas involucradas. 5. AUDIENCIAS: No se realizaron audiencias dentro del trámite de este expediente de proyecto de ley. 6. TRAMITE EN SUBCOMISION Y APROBACION DEL PROYECTO EN COMISION El proyecto ingresó al Orden de Día de la Comisión de Asuntos Jurídicos en fecha 28 de mayo de 2019 y fue asignado a la subcomisión número dos, conformada por las Diputadas Carolina Hidalgo Herrera quien la coordinó, Mileidy Alvarado Arias y el Diputado Wagner Jiménez Zúñiga. Dicha subcomisión rindió informe en el que recomendó la aprobación de este proyecto de ley, tomando en cuenta los criterios obtenidos en las respuestas a las consultas realizadas y lo señalado en el Informe del Departamento de Servicios Técnicos. El Informe de Subcomisión fue conocido en la Comisión y a la vez aprobado en la sesión celebrada el día 25 de noviembre del 2020. 7. RECOMENDACIÓN FINAL De conformidad con lo expuesto, y tomando en consideración aspectos técnicos, de oportunidad y conveniencia, rendimos el presente Dictamen Afirmativo Unánime, que recomienda al Pleno Legislativo la aprobación del proyecto de ley número 21.073 “DEROGATORIA DE LEYES CADUCAS O HISTÓRICAMENTE OBSOLETAS PARA LA DEPURACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO (CUARTE PARTE IMPUESTOS)”

COMISIÓN PERMANENTE ORDINARIA DE ASUNTOS JURÍDICOS


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