NOTA INFORMATIVA
«Un bien precioso»: el derecho a la libertad de religión o creencia Dr. Heiner Bielefeldt
La libertad de religión es un «bien precioso». Esta expresión, utilizada por primera vez en el histórico caso Kokkinakis (1993)3, se ha convertido en una de las citas habituales en la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Lo que señala el Tribunal es que la libertad religiosa, aparte de su significado obvio para los seguidores de las distintas religiones, es indispensable para configurar una convivencia respetuosa en una democracia moderna. No es un lujo ni un privilegio. Citando al Tribunal, la libertad de religión o creencias es «uno de los fundamentos de la sociedad democrática»4. A pesar de esta clara apreciación por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la libertad de religión o creencia ha vuelto a convertirse en un tema controvertido, sobre todo en Europa. En los últimos años se han planteado nuevas preguntas. Mientras algunas de ellas tienen relación con cuestiones prácticas acerca de cómo desarrollar mejor este derecho humano, otras revelan cierto escepticismo acerca de la relevancia actual de la libertad de religión o de creencias en una sociedad laica moderna. ¿La libertad de religión o de creencias privilegia a determinadas cosmovisiones religiosas? ¿Cuál es su alcance y dónde están sus límites? ¿Realmente necesitamos un derecho humano que aborde específicamente las cuestiones de religión y creencias? ¿No sería suficiente garantizar que cada individuo tenga libertad para expresar sus distintas opiniones, puntos de vista y convicciones, incluidas las religiosas? ¿Qué relación tiene la libertad de religión con el resto de los derechos humanos? ¿Cuál es el papel de la libertad de creencias dentro de agendas más amplias contra la discriminación? Se trata de preguntas de gran alcance. La libertad de religión o creencia disfruta del elevado estatus de derecho humano inalienable. No solo está consagrado en instrumentos de derechos humanos internacionales y regionales; también incorpora plenamente los principios que definen, en su conjunto, el enfoque de los derechos humanos: universalidad, libertad e igualdad. El propósito principal de los derechos humanos es institucionalizar el respeto a la dignidad humana de cada individuo. En contra de una mala interpretación generalizada, merece la pena resaltar que la libertad de religión o creencia no protege a las religiones o los sistemas de creencias en sí mismos ni es una prolongación directa de los
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conceptos o de los valores religiosos en el marco de los derechos humanos. En lugar de ello, en cuanto a su naturaleza como derecho humano, la libertad de religión o creencias protege a los seres humanos contra toda forma de coerción, intimidación y discriminación en el vasto ámbito de las convicciones y prácticas religiosas o de las creencias. Por lo tanto, los sujetos del derecho son los seres humanos, como individuos y en comunidad con otros. Este enfoque constante sobre los seres humanos (su dignidad, libertad e igualdad) constituye un denominador común que conecta la libertad de religión o creencia con el resto de los derechos humanos. Dentro de la red más amplia de los derechos humanos, la libertad de religión o creencia juega, al mismo tiempo, un papel único. Representa una dimensión crucial de la humanidad, a saber, el hecho de que los seres humanos pueden adoptar y albergar convicciones profundas que moldean la identidad, que pueden permear todos los aspectos de la vida, tanto en privado como en público. Citando la Declaración de Naciones Unidas de 1981 sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia, «la religión o las creencias, para quien las profesa, es uno de los elementos fundamentales de su concepción de la vida». A pesar de los puntos en los que se entrelaza con la libertad de expresión, la libertad de religión o creencia tiene, pues, su propio ámbito de aplicación. Esto lo convierte en un derecho humano indispensable y garantiza una defensa crítica contra las tendencias actuales de marginación y banalización. Además, la libertad de religión o creencia cubre una amplia variedad de manifestaciones prácticas de las convicciones existenciales del individuo, tales como la libertad de celebrar el culto en comunidad, de mostrar su identidad religiosa de forma visible, de observar los preceptos religiosos, de educar a los propios hijos en conformidad con sus convicciones, de construir todo tipo de infraestructuras, desde jardines de infancia hasta cementerios, y muchos otros aspectos. Sin apreciar el papel específico de la libertad de religión o creencia, los derechos humanos no podrían hacer justicia a la condición humana; de hecho, dejarían de ser plenamente humanos. El hecho de que los distintos derechos humanos compartan el mismo propósito general, a saber, proteger la dignidad de todos los seres humanos, no