Alicia H. Ganduglia - EL BACKLASH

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EL BACKLASH: UN NUEVO FACTOR DE RIESGO por Alicia H. Ganduglia

I

“...Quiero hacer llegar todo mi apoyo y solidaridad a todas y todos quienes desde distintos roles siguen sosteniendo esta difícil tarea de enfrentar al poder, con el conocimiento y la ética como únicas armas”. Jorge Corsi (2001)

Sea como efecto de la dinámica propia de lo que se ha dado en llamar ‘movimientos-contramovimientos’ (Finkelhor, 1994), sea como producto de las dificultades intrínsecas de la aplicación de esas “utopías activas” que son a menudo las leyes (Volnovich, 2001), lo cierto es que desde no hace más que un par de años posiciones antes aisladas que desde lo legal, lo asistencial y lo teórico se mostraban críticas frente al abordaje específico de la problemática de la Violencia Familiar -especialmente en el caso de la violencia hacia los niños- han terminado por confluir en una serie de puntos de vista respecto del tema que bien podría llamarse el “backlash argentino”. Siguiendo al Webster Dictionary, Myers (1994) define al backlash como una fuerte reacción adversa a un movimiento político o social. En el habla común un backlash es una respuesta negativa a un paso adelante positivo y constructivo. Sostiene Myers que “para nuestros propósitos el paso positivo es el progreso en las dos últimas décadas respecto al abuso de niños, y el backlash es la escalada de críticas a coro contra los profesionales que trabajan en la protección de la infancia”.

II

“La gente golpea y maltrata a miembros de su familia porque puede hacerlo”. Richard Gelles (1997)


La potencialidad estructural del sistema familiar para generar vínculos o patrones abusivos y altamente riesgosos ya había sido señalada por terapeutas de distintas teorías desde mediados del siglo pasado, al relacionar la patología individual con las disfunciones familiares. En nuestro país, la sanción de leyes proteccionales contra la violencia familiar significó tanto su reconocimiento como problema social, como la creación de un instrumento para la intervención de los operadores judiciales y, al mismo tiempo, sostén para la actuación del sistema de salud y de promoción social. En el ámbito de la ciudad de Buenos Aires –donde rige desde 1995 la ley 24.417- el 22 de mayo de 2001, el Programa de Asistencia al Maltrato Infantil -dependiente de la Dirección General de la Mujer del Gobierno de la Ciudad- convocó a profesionales y funcionarios que se desempeñan en el ámbito judicial a expresarse en un Foro respecto de los avances y obstáculos en el abordaje del maltrato infantil desde la sanción de la ley mencionada. En una reseña de dicho Foro se puede leer: “Debemos comenzar por señalar que a pesar de todos los obstáculos que se puntualizaron, se consideró muy positivo contar con una ley como la mencionada, la 24417, en tanto normativa de protección contra la violencia familiar ya que fundamentalmente hace visible el carácter de delito de conductas que, por originarse en el seno de la familia, en general, no eran consideradas como tales. La concientización a este respecto y el marco normativo que aportó la misma permitieron legitimar e intervenir interdisciplinariamente en una problemática cuya misma existencia generaba controversias de todo tipo. Esto es particularmente importante por tratarse de una ley que pretende intervenir sobre situaciones familiares de riesgo a través de medidas cautelares que permitan operar con estrategias psicosociales, situación que exige la presencia conjunta de operadores tanto de trabajo social como del campo de la educación y de la salud. Por otra parte, y como es esperable en el caso de una ley que lleva sólo seis años de existencia, la mayoría de los asistentes coincidieron en señalar que su aplicación implicó serias dificultades de articulación entre el ámbito legal, el sistema de salud y el de educación” (De Luca-Ganduglia, 2001). Señala Viar (2001) que hubo “dos circunstancias que motivaron e incluso justificaron un cambio de actitud en el abordaje del maltrato en la infancia: 1. El aumento progresivo de los casos de abuso sexual incestuoso dentro de la totalidad de casos de maltrato infantil; y 2. El arribo también progresivo de familias abusivas que ya no provenían de sectores populares. En este análisis no puede soslayarse la importancia que tuvo en esta Ciudad de Buenos Aires la sanción de la ley 24417 y la importancia y relevancia que adquirió el fenómeno


de la violencia familiar que ya no era una problemática ni de sectores marginados, ni se trataba de casos aislados”. Ahora bien, ¿por qué cifras mayores de las sospechadas, que confirmaban la magnitud e importancia de la problemática habrían de dar lugar a un ciclo de retroceso en su concientización, y no a todo lo contrario?

III

Carla: “En realidad yo siempre supe que no era mi padre...” Terapeuta: “¿Siempre lo supiste?” C: “Sí, mi mamá me decía que era mi padre porque él no quería que yo me enterara... Pero yo sabía que un padre no hace eso. Y hace poco, cuando ella me lo confirmó... No sabés la alegría que sentí... ¡Porque yo no llevaba adentro lo mismo que é!” T: “A ver... ¿Cómo es eso, Carla?” C: ”Porque ¿mirá si era mi papá? Yo podía llegar a hacer lo mismo que me hizo... Porque lo llevaría en la sangre.. ¿.No?”

Frente al interrogante que quedó en suspenso se pueden arriesgar varias hipótesis que sólo pretenden avanzar un paso más en estas reflexiones: En primer lugar, los procesos abiertos a partir de las denuncias de violencia familiar estaban siendo muy exitosos en cuanto a la redistribución del poder dentro del grupo familiar, lo que pudo resultar amenazante para cierta concepción de los vínculos familiares (doctrina de la preservación de la integridad de la familia) . En segundo término, en la deconstrucción de los mitos y prejuicios que impedían su visibilización, el factor clase social y el abuso sexual incestuoso mostraban una resistencia que pasó inadvertida en un primer momento, pero que no parecía, en un segundo tiempo, dispuesta a ceder. Sociólogas americanas comentan respecto de la realidad de su propio país: “A pesar de los logros de los 70, 80 y 90 en la comprensión y la batalla contra el incesto, la larga


tradición de escepticismo sigue socavando la predominantemente admirable y honesta labor de algunos jueces, abogados, médicos y profesionales de la salud mental. De hecho, el nivel de escepticismo parece estar en ascenso bajo la forma de un movimiento de backlash. Los críticos argumentan que el abuso sexual está sobredenunciado y que padres mentirosos e investigadores fanáticos pueden llevar a niños maleables a hacer falsos alegatos” (Neustein-Goetting, 1999). Las polémicas abiertas alrededor de la “obstrucción del vínculo” y los procesos -llamados- de “revinculación” parecen ser subsidiarios de la primera hipótesis; mientras que el valor negativo asociado a la denominada “judicialización de la pobreza” así como la supuesta alta frecuencia de “falsas denuncias” de abuso sexual infantil se podrían vincular a la segunda hipótesis. A diferencia de aquellos países en los que existen Servicios de Protección a la Infancia, en nuestro país el backlash dirigió sus críticas a: · Los psicoterapeutas y trabajadores sociales de los equipos dedicados a abordar a la Violencia Familiar en sus distintas formas (entrando en colusión voluntaria o involuntariamente con los profesionales que desde distintas teorías psicopatológicas negaban el fenómeno no sólo como clase sino como especialidad legítima). · A los abogados defensores de las víctimas. · A los operadores judiciales sensibilizados con el tema que más reacción despertó entre las distintas categorías de maltrato infantil: el abuso sexual intrafamiliar. La puesta en duda del relato del niño (sea por la supuesta sugestionabilidad estimulada por algún adulto o la aplicación considerada inductiva de determinadas técnicas de evaluación), la necesidad de interrumpir vínculos familiares de riesgo, la exigencia de recurrir al sistema judicial en busca de protección y regulación, hicieron que los cuestionamientos del backlash decantaran en una serie de consecuencias que podrían llegar a constituir una inquietante vuelta atrás en la comprensión e intervención de las situaciones de maltrato infantil, especialmente las que tienen que ver con el abuso sexual. Es posible describir el siguiente encadenamiento de tales consecuencias: 1. El cuestionamiento sesgado al supuesto alto número de denuncias de abuso sexual en el contexto de divorcios conflictivos, terminó vulnerando la crediblidad de muchos operadores psicosociales respecto de la posibilidad de ocurrencia del ASI en todos los casos. Parece probarse acá que la fuerza de una “clase” nueva radica en que “ lo cierto de la parte puede considerarse, entonces, aplicable al todo”. (Ian Hacking, 2001) . 2. Consecuentemente, la dinámica de los sistemas familiares violentos y riesgosos para la supervivencia física y emocional de los niños, pasa a concebirse conceptualmente como una disfuncionalidad más que en determinado momento hace crisis.


3. Por lo tanto éstas deberían ser abordadas por técnicas de intervención familiar aplicables a cualquier otra problemática de disfunción de los vínculos familiares sin atender a la especificidad de la posición de las víctimas. 4. Es entonces esperable que este punto de vista anteponga los derechos de la familia a mantener su integración e intimidad frente a cualquier tipo de riesgo que esté enfrentando alguno de sus miembros, con una estrategia complementaria de “desjudicialización” de los litigios familiares, paradójicamente sostenida muy a menudo por parte de operadores del mismo sistema judicial que les dio acogida. Se termina así, estimulando indirecta o francamente “acuerdos” familiares que no hacen más que reproducir el vìnculo coercitivo y sin salida que originó la demanda, pero ahora entre el padre protector y el sistema jurídico-asistencial: o la connivencia o la “alienación”. Paradoja imposible de resolver a menos que quienes han asumido la representación del niño se transformen en cómplices involuntarios de su misma victimización .

IV

“ La evaluación de distintos programas de preservación familiar parecen ir dejando la `seducción de un modelo focalizado en la familia´ para reubicarse en `la perspectiva de la focalización en las necesidades del niño´”. (Jewish Children Bureau of Chicago, 1998)

El último punto deja ver el enlace entre dos temáticas conectadas desde varias perspectivas: el recurso muchas veces acrítico y precipitado a la revinculación por una parte, y la ideología de la desjudicialización de las familias de riesgo, por otra. Comentando la situación paradójica creada en muchos casos por una decisión poco fundada de indicar procesos revinculatorios, señaló Viar (2001): “Parecería que la revinculación en el sentido tan destacado y amplio que adquirió en los últimos meses, se ubica en un lugar de enfrentamiento con las intervenciones específicas en violencia familiar particularmente en maltrato infantil. Para decirlo de otra manera quienes promueven la revinculación para todo tipo de situaciones sin discriminación, comienzan por cuestionar los abordajes específicos de la violencia familiar incluída la misma dinámica de la ley 24417 a la que consideran un retroceso o bien proponen reducirla en su ámbito de aplicación. En este punto, este antagonismo –por llamarlo de alguna manera- resulta al menos paradójico, ya que los modelos teóricos de intervención en


maltrato infantil postulaban con énfasis en sus orígenes precisamente la revinculación como el último paso en una serie compleja de intervenciones que concluirían en una reunificación familiar exenta de modelos anormales de crianza”. Durante las Jornadas referidas el tema de la “judicialización” también tuvo su lugar, destacándose su relación con el decrecimiento del número de denuncias: “El prejuicio de la ‘judicialización’ se mencionó como otra posible causa de la disminución de las denuncias. El intercambio de ideas sobre este tema permitió clarificar y discriminar dos connotaciones del término que se suelen superponer y confundir. Por un lado se entiende por ‘judicializar’ el exceso de algunos operadores en el recurso a la denuncia, como forma precipitada de dar solución a problemas que deberían resolverse con estrategias psicosociales. En este sentido sería homólogo a lo que ocurre con la ‘medicalización’ o la ‘psicologización’ en el sentido de una invasión de campos y prácticas. Por otro lado y desde el punto de vista estrictamente legal, el término remite más precisamente a la consideración de judiciable o no que merezca determinado accionar, lo que no debería significar una inhibición para quien denuncia ya que sólo el juez puede en última instancia decidir si algo queda o no suscripto al área judicial, es decir, si es o no judiciable, tema que excede el área procesal ya que proviene de discusiones de base filosófica” (De Luca-Ganduglia, 2001). La asociación a menudo lineal y un tanto superficial entre negligencia y pobreza, una de las razones que suelen argumentarse contra la “judicialización”, ha sido también en otros países y no sólo en el nuestro, una de las características de la reacción contraria a las intervenciones estatales en relación el maltrato infanto-juvenil intrafamiliar: “No hay duda de la importancia de los servicios que aportan sostén y terapia a las familias. Poner a un niño en guarda externa porque sus padres no pueden permitirse el lujo de la electricidad, un adecuado espacio para vivir, o cuidados médicos, es una farsa moral. Pero mantener alegremente el statu quo de una familia sexualmente abusiva por la creencia ideológica en la terapia de los sistemas familiares es aún una violación mayor de los derechos de un niño. Ninguna conceptualización única es adecuada para definir cómo subvenir a las necesidades del niño y las familias en nuestras comunidades. Por definición los servicios centrados en la familia desvían su foco de las necesidades de los niños” (Jewish Children Bureau of Chicago, 1998; lo destacado en negrita me pertenece). Si bien un análisis del backlash argentino exigiría -en mi opinión- el desarrollo detallado del contexto psicosocial y jurídico en el que debió abrirse paso la construcción social de la clase Maltrato Infantil, acá se trata sólo de señalar cómo las distintas reacciones contrarias al tema se organizaron en una trama de nuevas creencias que se ha convertido en un riesgoso “patrón de respuesta” (Neustein-Goetting, 1999) de los operadores judiciales en principio, frente a las denuncias por sospechas de abuso sexual


incestuoso de niños, desplazándose luego, con matices, a las distintas formas de maltrato intrafamiliar. En efecto, y como resultado de la divulgación y/o aplicación errónea de nociones de dudoso rigor científico-metodológico que pretenden avalar teóricamente el modelo señalado (tales como el “síndrome de la madre maliciosa”, el de “alienación parental”, la co-construcción del hecho abusivo como deformación de la realidad de su ocurrencia, las denuncias falsas en el contexto de divorcios destructivos, etc.) resulta invertido el proceso de evaluación del riesgo de tal modo que el padre protector se convierte desde un principio en sospechoso de estar “abusando” de la denuncia, o bien de ser un abusador emocional por querer destruir el vínculo con el otro padre o bien por aliarse sólo con aquellos “expertos” que le confirmen su sospecha . “En un análisis conclusivo, el síndrome de alienación parental es poco más que una etiqueta que resuena como científica para una conducta que jueces y abogados han conocido desde años…El rumbo más sensato sería descartar el síndrome y confrontar la conducta antiética que implica” (Myers, 1997). En otros casos se presumirá que un abuso padecido en su propia infancia impide al padre protector discriminar la situación actual real de su hijo/a, llevándolo/a a proyectar sus fantasías sexuales reprimidas en un fantaseado escenario abusivo que tendría al niño/a como víctima central. De este modo en los divorcios complicados se supone con demasiada rapidez que la madre presenta una sospecha falsa para obtener la custodia de su hijo. Mi experiencia en un Centro donde se asiste tanto la problemática de Violencia Conyugal como de Maltrato Infantil, el perfil de las consultas no confirma hasta el momento esta hipótesis, sino la contraria: muchas mujeres maltratadas soportan la presencia de su cónyuge por “no dejar a sus hijos sin padre”. Experiencia coincidente en muchos aspectos con la opinión de Nancy Berson (1999) en el sentido de que “es incorrecto saltar hacia esta creencia -la de una falsa denuncia- hasta que no se hayan examinado cuidadosamente otras explicaciones. (…) Sin embargo la madre es rápidamente etiquetada como ‘histérica’ cuando considera la problemática de un posible abuso”. No encontramos en estos casos la misma exigencia de hipótesis alternativas a la de la fabricación, como sí se argumentan aún en los casos más evidentes de sospechas de abuso, y con frecuencia sosteniendo alternativas generales que no surgen de los datos, como el recurso a las fantasías, el Edipo y/o la masturbación infantil De modo que no nos equivocaríamos demasiado si sostenemos que tanto en estas situaciones como en los casos de revinculaciones prematuras , se terminan generando explicaciones falaces bajo la forma de hipótesis autocumplidas . Así, “si la madre no se siente escuchada y cree que su hijo está en peligro, su reacción puede simplemente ser una respuesta a la falla del sistema. Es críticamente importante para el guardador sentir que ha sido escuchado y que el objetivo principal del


investigador es proteger al niño durante el proceso investigativo. Cuando los profesionales actúan de modo indiferente, o con una actitud de censura o si ya se han formado una opinión prejuiciosa, el escenario está preparado para que la madre responda de una manera que será percibida negativamente” (Berson, 1999). Ahora bien, cuando se la sospecha sobre el padre denunciante, o aquellos factores contextuales a los que algunos insisten en considerar como la “dinámica” de los falsos abusos, la exigencia metodológica y clínica de jerarquizar un diagnóstico de riesgo se escamotea frente a una supuesta dinámica de falsación de hipótesis alternativas que a poco de andar muestra su poca pertinencia al hacer de las causas consecuencias. La intervención que de aquí se derive puede llevar entonces al niño a una situación de mayor vulnerabilidad, y esto por distintas razones: 1. Se anula la función compensadora del padre protector (generalmente la madre) frente a los factores de riesgo, hasta el punto de ser amenazados con la pérdida de la tenencia. 2. Las hipótesis mencionadas quedan legitimadas por ser una posición ya no sólo del sistema de salud sino que se convierten en pauta de abordajes y puntos de partidas que pasan a formar parte del modelo de respuesta del sistema judicial, neutralizando y volviendo a cero en algunos casos la legitimación alcanzada por la sanción de la ley 24417 y análogas. De este modo se limita en forma drástica la posibilidad de intervenir en el campo de la protección y promoción social ya que muchos autores dedicados a la infancia en riesgo consideran imposible la intervención terapéutica con familias incestuosas sin la participación del recurso judicial (Perrone-Nannini, 1997; Cirilo-Di Blasio, 1991; Mallacrea, 2000; para citar sólo algunos). Me gustaría recordar en este punto algunas consideraciones que la mayor parte de los autores tienen en cuentan en el contexto del abuso sexual intrafamiliar al momento de evaluar la necesidad de medidas de desvinculación en algunos casos, razones que parecen haber quedado en las sombras frente a una defensa a ultranza del mantenimiento de los vínculos familiares biológicos. Eliana Gil (1997) las describe sencillamente así: · “La separación es una medida de seguridad destinada a proteger a los niños tanto del abuso franco (incidentes concretos) como del abuso encubierto (emocional)”. · “La separación también es necesaria para crear condiciones adecuadas para la evaluación y el tratamiento individual de los diferentes miembros de la familia”. · “Cuando las evaluaciones del abuso sexual se realizan mientras el niño vive en el hogar del ofensor incestuoso, aumentan las posibilidades de que haya falsas negaciones, o de que la víctima se desdiga”. · “Permitir que los abusadores permanezcan en el hogar implica descargar un peso excesivo sobre los niños victimizados, sobre otros niños de la casa, y sobre los padres no abusivos, que pueden verse en el papel de perros guardianes renuentes o ineficaces”.


· “Cuando el abusador permanece en el hogar (...) los niños maltratados pueden pensar que en realidad no sucedió nada como resultado de su `arriesgada` revelación, que el delito no fue importante, o que ellos son los culpables, y merecían la agresión infringida” . 3. Por último, lo más característico del backlash en este campo: se ataca e inhibe a aquellos profesionales que, de acuerdo al conocimiento acumulado en el campo de la protección de la infancia, evalúan y abordan los vínculos familiares fallidos con estrategias acordes a la gravedad de sus consecuencias. Algunas formas poco originales con las que se pretende inhibir a quienes consideran necesario intervenir en la “intimidad” de la familia son el agravio y la injuria en artículos y jornadas; las denuncias por mala praxis, amenazas telefónicas; burdas descalificaciones que los asimilan a los nazis, los cazadores de brujas, los generadores de histeria de masas, etc. Si bien la integridad de la familia ha sido casi deificada y tanto la preservación como la reunificación familiar se mantienen como los objetivos ideales de todos quienes trabajamos en este campo, las cifras, por lo menos en los Estados Unidos, no acompañan al pensamiento optimista ni piadoso sobre la posibilidad de reparación de los vínculos familiares biológicos, especialmente en el caso de maltratos graves a los hijos. Un uso cauteloso de las cifras de otros países, a falta de las nuestras, nos permiten inferir una tendencia y una distribución similares en distintos lugares del mundo. Así, según los datos de la Asociación Americana de Asistencia Pública y el Departamento de Salud y Asistencia pública de Estados Unidos (1993): · Casi 600.000 niños están al cuidado de hogares sustitutos diariamente, la mayoría como consecuencia de abuso y negligencia. Cerca de un tercio de estos niños tienen menos de 5 años. · La mayor parte de los niños en guarda externa, el 62 %, son reunidos con sus padres. Pero dentro del año, la mitad vuelve a la guarda externa como consecuencia de nuevos episodios de abuso o negligencia. · Menos de un tercio de los niños que permanecen en familias sustitutas llegan en algún momento a reunirse exitosamente con sus padres. · Veinte mil niños cada año salen del sistema de bienestar social al llegar a los 18 años; la mayoría estuvo entrando y saliendo del sistema la mayor parte de su vida . Por otra parte, Richard Gelles defensor inicial a ultranza de los programas de preservación y reunificación familiar, en una inversión radical de su posición originaria, también nos recuerda (1994) que de 3 millones de casos informados de abuso y maltrato, 1.200 niños fueron muertos por sus padres y la mitad de ellos tenían antecedentes reportados de abuso y negligencia o bien habían perdido ya a algunos de sus hijos (U.S. Department of Health and Human Services,National Center on Child Abuse and Neglect; 1993 Reports; conf. Ganduglia, en prensa).


V

“La comprensión de los niños requiere no sólo el conocimiento de cómo los chicos se comunican, sino también las tácticas usadas por los ofensores sexuales para coercionar y confundir”. Niki Delson “Si los adultos no subjetivan la gravedad de lo ocurrido [en un abuso sexual intrafamiliar], si en algún punto no hay angustia y horror, el trabajo lo van a tener que hacer los niños, porque va a quedar del lado de ellos” Elena Lacombe

Respecto de los profesionales, tanto internacionalmente como en nuestro país, la literatura del backlash gira siempre alrededor de los siguientes temas, en distintas versiones: 1. La poca confiabilidad del relato de los niños debido a la inmadurez de su desarrollo. 2. El uso de técnicas inadecuadas por parte de los entrevistadores. 3. La falta de decisiones de los equipos especializados y las intervenciones judiciales basadas en el conocimiento de hechos surgidos de evidencias producto de investigaciones. 4. Los criterios sesgados de una cantidad importante pero no especificada de profesionales que trabajan en la protección de la infancia. 5. La corrupción de los profesionales en una proporción igualmente no especificada (Wakefield y Underwager, 1988). Abogados, jueces, psicoterapeutas y trabajadores sociales engrosan las filas de los acusados y deben enfrentarse cotidianamente a una retórica cuya “estrategia es descalificar e intentar acallar las voces de quienes defienden los derechos de los más débiles. Para ello se ignoran largos años de estudio e investigaciones sobre el problema de la Violencia Familiar, y se los suplanta por un discurso terrorista y panfletario. Lo alarmante es que ese discurso comience a ser sostenido por instituciones que tienen la obligación de basar sus decisiones en el conocimiento científico más que en los prejuicios, mitos y opiniones panfletarias” (Corsi, 2001).


Si, por otra parte, repasamos las características de la literatura del backlash en los medios de comunicación masiva, nos reencontraremos rápidamente con las que distingue Myers (1994): 1. Falta de objetividad. 2. El recurso a “expertos” poco confiables. 3. Un uso muy cuestionable de las estadísticas. En este último sentido resulta significativo que en la cantidad de “falsas denuncias” los críticos que conforman el backlash raramente diferencian las denuncias indicativas de las infundadas y de las realmente maliciosas, lo que permitiría datos estadísticos más ajustados a la realidad. Para tomar sólo un ejemplo, veamos de qué forma se connota “La pesadilla de un Padre”, conforme resulta del homónimo artículo periodístico publicado en el diario Página/12 el 29 de julio de 2001: 1. La idea de que basta con la sola acusación de abuso sexual a un padre para interrumpir cautelarmente un vínculo con un hijo, cuando para que una sospecha tal promueva una acción de la justicia deberá tener ciertas condiciones y estar fundada en la legislación correspondiente; 2. Se toma como verdadera, con efecto testimonial, la versión del afectado, avalándola con sentencias judiciales e ignorando tanto la diferencia antes mencionada entre los distintas tipos de supuestas falsas sospechas, así como la diferencia de exigencias probatorias entre la justicia penal y las necesarias para determinar medidas cautelares por parte de los tribunales civiles de familia; 3. Se pretende confirmar con esto la “teoría” de la denuncia maliciosa con el objetivo de obstruir e impedir el contacto de un padre con su hija, como si la cantidad de operadores judiciales, del sistema de salud y trabajadores sociales que suelen intervenir en estos casos pudieran ser tan cándidos frente a este tipo de situaciones; 4. Se recae una vez más en la poca credibilidad del niño -y la consecuente impericia del profesional evaluador- bajo la forma del retraso madurativo; 5. Se citan fragmentos de pericias y sentencias sin tener en cuenta el contexto, simplificando lo que de hecho suele ser una compleja trama de investigación y pruebas. 6. Por otra parte, la posibilidad de aclaración de todos estos puntos se ve interferida por la asimetría que genera la obligación de confidencialidad y la prohibición de dar a conocer los datos de las personas menores de edad por parte de los profesionales intervinientes, lo que impide hacer públicos los fundamentos de sus decisiones, pero no limita en cambio al


que niega la presunción de abuso. Por otro lado, el carácter de denuncia de las declaraciones queda en estos casos velado por la retórica de la “noticia”, asignándole una verosimilitud no siempre merecida. En lo atinente al rol de la prensa en este tipo de cuestiones el abogado Myers (1997) sostiene: “En vista del incremento de la cobertura negativa de la prensa respecto a la protección de la infancia ,los profesionales deberían estimular a los medios para pintar un cuadro más equilibrado. Los profesionales necesitan aumentar su contacto con la prensa y deberían tomarse el tiempo de escribir para los medios populares . Los académicos en particular tienen la responsabilidad de dedicar más energías a escribir editoriales de opinión en diarios, cartas al editor y artículos para revistas populares. Si bien ellos contribuyen enormemente con sus investigaciones y publicaciones para el medio universitario, el público no lee literatura académica arcana. Los académicos están en una posición única para contribuir con los medios impresos y radiotelevisivos, al contrario de los colegas que están en las trincheras de la protección infantil. Es injusto esperar que practicantes sobrecargados sean los responsables de generar una cobertura favorable del tema en los medios”. Por otra parte, identificar elementos del backlash que aparezcan en informes o testimonios de expertos, en contra de los padres protectores, es otra respuesta imprescindible de quienes trabajamos en el campo de la protección de la infancia, para informar a los operadores judiciales de modo de que los juzgados estén mejor asesorados para responder a las necesidades de una adecuada protección de los niños en riesgo (Neustein-Goetting, 1999; el destacado es mío). Se trata, en síntesis, de señalar la información errónea y la desinformación intencional que originada la mayoría de las veces en una táctica legal de la defensa atraviesa expedientes y anaqueles judiciales en búsqueda de la legitimidad que otorga la presentación en Congresos o Jornadas al amparo de instituciones y publicaciones de dudosa respetabilidad científica. En este sentido, y a partir de las denuncias que recientemente se han dado a conocer en relación con sospechas de abuso sexual cometidos por sacerdotes, no resulta audaz pronosticar el próximo estallido en nuestro medio de polémicas que hasta este momento no han estado en primer plano, pero son factibles de convertirse , como en otros países, en un nuevo frente de controversias instalado por el backlash. (Whitfield, Silberg & Fink, 2001) Que el Papa haya reclamado verdad y justicia para hechos que describió como delitos y pecados, pueden hacer florecer los recursos al supuesto “Síndrome de Falsos Recuerdos” tanto como a la minimización de las secuelas a largo plazo del abuso sexual de niños por una interpretación errónea de los datos de distintas investigaciones. No sería más que otro movimiento de flujo y reflujo en los ciclos de toma de conciencia y negación de la problemática, que señalaron varios autores. El contexto de la desmentida hará florecer muy probablemente el recurso al perdón en este ámbito.


VI

“Otro elemento que puede influir sobre el fortalecimiento del movimiento de protección a la infancia es la cualidad de su investigación de base”. ( David Finkelhor, 1994) .

Teniendo en cuenta la importancia de intensificar cada vez más los vínculos de quienes desplegamos nuestra tarea en el campo de la infancia en riesgo, entre nosotros mismos y con los trabajadores de la justicia, los agentes de salud, los medios y el público en general quiero recordar algunos párrafos de una carta abierta que muchos profesionales dedicados a este campo presentaron a distintas autoridades nacionales y locales a fines del año 2000 para alertar respecto de la presencia de muchos de los factores regresivos aquí señalados en relación con el avance logrado en más de una década de teoría y práctica en relación a la problemática de la violencia familiar: “Se impone, entonces, continuar como hasta ahora con una capacitación rigurosa y seria antes que dejarse intimidar por una campaña que tiende no sólo a paralizar a Defensores de Menores, Jueces, funcionarios, empleados judiciales y forenses, peritos y consultores técnicos, sino también a disuadirlos de involucrarse en el tema, como suele suceder con todo aquél obligado legalmente a denunciar (Equipos de Salud, de Educación, de Promoción Social,etc.). En última instancia, se debe continuar por el camino ya inaugurado para la construcción de un espacio interdisciplinario donde, a la manera de red con puntos de anclaje variables que dependan de la inserción de cada una y de cada uno en las diferentes instituciones, se pueda contribuir a desplegar un discurso tan alejado de la tecnocracia como de la mera denuncia ideológica. Y que nos permita poner en marcha acciones para abordar un problema que es rico, justamente, por la complejidad con la que nos desafía”. Siguiendo a Finkelhor (1994) concluimos además en que “quienes propugnan los movimientos por los problemas sociales generalmente se equivocan al pensar que tienen que convencer a la oposición. No es la oposición la que necesita ser persuadida: la audiencia apropiada es aquella que podría ser potencialmente envuelta en una coalición del contramovimiento –por ejemplo los políticos, los medios, los académicos, y particularmente los padres atribulados y desalentados...”.


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· Klimovsky, Gregorio (1994), “Las desventuras del conocimiento científico. Una introducción a la epistemología”. A-Z Editora, Buenos Aires. · Lacombe, Elena, Comunicación Personal. · Malacrea, Marinella (2000), “Trauma y Reparación. El tratamiento del abuso sexual en la infancia”. Ed. Paidós, Barcelona. · Myers, John E. B. (1994), “Definition and origins of the backlash against child protection”, en Myers (editor, cit.). · Myers, John, E.B. (1997), “A mother´s nightmare”, Sage, USA. · Neustein, Amy y Goetting, Ann (1999), “Judicial responses to the protective parents’s complaint of child sexual abuse”, en Journal of Child Sexual Abuse, Vol. 8, Nº 4, cit. · Perrone, Reynaldo y Nannini, Martine (1997), “Violencia y abusos sexuales en la familia. Un abodaje sistémico y relacional”. Ed. Paidós. Buenos Aires. · Viar, Juan Pablo M. (2001), “En torno a la revinculación”, texto inédito, base del trabajo con Lamberti, S, “Algunas reflexiones acerca de la revinculación”, en esta compilación. · Volnovich, Jorge (2001), “Comentarios sobre la Ley 3.677-D (Antimanicomial)”, en “Psicoanálisis y Hospital”, Nº 19. Buenos Aires. · Wakefield, Hollida y Underwager, Ralph (1988), “Accusations of child sexual abuse”. Charles C. Thomas, Springfield, IL, USA. · - Whitfield, Silberg, & Fink, “Introduction: Exposing misinformation concerning child sexual abuse and adult survivors”. Journal of child sexual abuse, Volume 9, Numbers ¾, 2001.


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