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LEGISLACIÓN- JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN - JURISPRUDENCIA
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Alejandro Fuentes-Lojo Rius Abogado. Diputado de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona
ARRENDAMIENTOS URBANOS La duración de un contrato de arrendamiento en tácita reconducción depende de cómo se haya fijado la renta y no de la periodicidad de su pago “Esta es la interpretación que ha de imponerse como más acorde con lo previsto en la propia letra del artículo 1581 y en la finalidad de dicha norma, la cual está prevista para los supuestos en que se omite en el contrato la fijación de su duración, no siendo lógico entender que un mero fraccionamiento mensual de una renta fijada anualmente determine que la duración del contrato es mensual, pues de ser así carecería absolutamente de sentido la determinación de la renta correspondiente a un año en el propio contrato, pues para ello -si quería ser conocida- bastaría una mera operación aritmética, como se ha dicho. ...” (STS, Sala de lo Civil, Sección 1ª, nº 530/2018, de 26 de septiembre)
Duración de contrato de arrendamiento de local de negocio TRLAU 64 con traspaso posterior a la entrada en vigor de la LAU 94 “Es lo cierto que quien era arrendatario en le momento de la entrada en vigor de la LAU 1994 procedió al traspaso del local en favor de la hoy demandada en fecha 15 de enero de 2002 de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del TR 1964. Para este caso la DT 3.ª contiene una norma especial ya que el beneficiario de este traspaso -la demandada- ya no será arrendatario hasta su jubilación o fallecimiento, pues le es de aplicación lo previsto en el apartado B3, párrafo quinto, DT 3.ª, en el sentido de que “este traspaso permitirá la continuación del arrendamiento por un mínimo de diez años a contar desde su realización o por el número de años que quedaren desde el momento en que se realice el traspaso hasta computar veinte años a contar desde la aprobación de la ley”, aplicándose lógicamente el plazo que dé lugar a una duración mayor del contrato.” (STS, Sala de lo Civil, Sección 1ª, núm. 605/2018, de 6 de noviembre)