Bases y condiciones Verano en la Ciudad

Page 1

BASES Y CONDICIONES VERANO EN LA CIUDAD 1. El presente SORTEO (aprobado por Resolucion Nº 411 de 2012, en adelante el SORTEO), es organizado por la Unidad de Proyectos Especiales de Opinión Publica y Comunicación Directa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en adelante el ORGANIZADOR. 2. El SORTEO tendrá vigencia desde las 08:00 horas del 4 de enero de 2013 a las 24 horas del 28 de febrero de 2013. 3. Podrán participar todas aquellas personas que tengan entre dieciocho (18) y ochenta (80) años inclusive, que cuenten con domicilio en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA. 4. Quienes deseen participar del SORTEO y cumplan con los requisitos enunciados en el punto 3, podrán hacerlo ingresando a http://www.facebook.com/bacultural o http://www.facebook.com/baplaya o a través del link http://landing.fromdoppler.com/gcba/bsasplaya2013/ o completando el formulario que estará disponible en las playas de la ciudad con los datos requeridos a continuación: Nombre y Apellido, Fecha de nacimiento, E-­‐mail, Barrio y Celular. Una vez completados la totalidad de los datos personales aludidos precedentemente el participante deberá cliquear, enviar o depositar el formulario en las urnas, luego de lo cual y en la medida en la que reúna los requisitos indicados en el punto 3 de estas bases, quedará automáticamente registrado para participar del SORTEO. Aquellos participantes que se hubieren registrado conforme a lo mencionado en este punto, no podrán volver a registrarse. Los datos suministrados por los participantes se encuentran amparados por la Ley N° 1845 de la protección de datos personales. 5. No serán válidos para participar del sorteo todos aquellos formularios que se encuentren incompletos. Es requisito para participar que todos y cada uno de los datos indicados sean verdaderos, exactos, vigentes y auténticos. 6. No se admitirán ni participaran del SORTEO, aquellos registros recibidos por EL ORGANIZADOR con posterioridad a la fecha de finalización de la vigencia, fijada en el punto 2. De las presentes bases y condiciones. 7. El dia 4 de MARZO de 2013 a las 15:00 horas, el organizador sorteara entre todos aquellos participantes registrados y que cumplan con los requisitos dispuestos en las presentes bases (2) premios iguales, compuestos, cada uno de ellos por: • 1 (Una) bicicleta


8. El sorteo se efectuará en las oficinas del ORGANIZADOR, sitas en la calle Avenida de Mayo 575 tercer piso oficina 307, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por determinación al azar mediante utilización de un sistema electrónico instalado al efecto en plataforma virtual del ORGANIZADOR. El sorteo comenzará extrayéndose al azar DOS (2) formularios cuyos titulares, en caso que cumplan todos los requisitos establecidos en estas bases, serán los potenciales ganadores, cada uno de ellos, al premio establecido en el punto precedente. Finalmente se extraerán otros DOS (2) formularios, que serán, en el orden de extracción, suplentes y que solamente pasarán a convertirse sus titulares en potenciales ganadores en caso que el ORGANIZADOR no pueda contactar al potencial ganador conforme lo previsto en el punto siguiente. En supuesto que los formularios que hubieran sido determinados por el sistema electrónico al azar, no se ajustaren a los términos y condiciones de estas bases, se procederá a determinar otro formulario en su reemplazo, de manera tal de hacer posible la determinación de un (1) ganador potencial. 9- Los potenciales ganadores de los premios del SORTEO serán notificados, vía mail, dentro de las 24 horas siguientes a finalizado el sorteo, según los datos consignados en el formulario de participación. En el caso que no se pueda contactar a algún potencial ganador, éste perderá automáticamente la posibilidad de acceder al premio y se procederá en forma automática a notificar, por el mismo medio mencionado precedentemente, al primer formulario de participación suplente determinado el día del sorteo, quien podrá hacerse acreedor del premio siempre que cumpla con los requisitos exigidos en las presentes bases. Por el solo hecho de participar en el SORTEO los participantes aceptan que la única forma de notificación de la condición de potenciales ganadores de los premios es vía mail, la casilla de mail consignada en el formulario de participación. Cualquier error en los datos consignados por los participantes en dichos formularios es única y exclusiva responsabilidad de los mismos. 10-­‐ Los potenciales ganadores deberán contestar correctamente, en el momento de su notificación, una (1) de tres (3) preguntas que se le formularán sobre las actividades que tuvieron lugar durante VERANO EN LA CIUDAD, de ser respondidas correctamente permitirá al potencial ganador convertirse automáticamente en acreedor del premio. En caso de responder en forma errónea o incompleta tres (3) preguntas de las tres (3) establecidas perderá, en forma automática, la posibilidad de acceder al premio, habilitando la notificación al primer potencial ganador suplente, procediendo de igual forma hasta que se concreten dos (2) ganadores. A partir del momento en que se hayan asignado los dos (2) premios previstos para el presente SORTEO, todos los restantes formularios extraídos al azar carecerán de valor.


11-­‐ Los premios no incluyen ningún otro producto y/o servicio que no esté expresamente mencionado en las presentes bases. En consecuencia, los gastos de cualquier naturaleza que deban incurrir los participantes y/o potenciales ganadores y ganadores y sus acompañantes para participar del Sorteo, y/o recepción y usufructo del premio será de su exclusiva cuenta y cargo. 12-­‐ Conforme lo manifestado precedentemente, el derecho a la efectiva adjudicación de cada uno de los premios, quedará supeditado a que cada uno de los potenciales ganadores respectivos, respondan correctamente una (1) de las tres (3) preguntas que le formulen en el momento de la notificación telefónica. En caso contrario, es decir de cometer los potenciales ganadores, un error o desconocer la respuesta a las preguntas formuladas, perderá el potencial ganador automáticamente la posibilidad de obtener el Premio al cual había resultado potencial ganador. 13-­‐ Para el supuesto que los premios no puedan ser adjudicados a ninguno de los favorecidos en el sorteo, los premios quedarán a favor del ORGANIZADOR. 14-­‐ Los premios objeto de este sorteo son intransferibles. 17-­‐ El ORGANIZADOR no será responsable por ningún costo y/o gasto en que pudieran incurrir los participantes ni el ganador, quedando tales gastos y costos a cargo exclusivo de los mismos. Una vez entregado y usufructuado por los ganadores el premio, el ORGANIZADOR quedará liberado de toda responsabilidad por los mismos. 18-­‐ Los ganadores no podrán exigir el cambio de los premios por otro, ni su valor en dinero, ni por un bien ni servicio distinto a los indicados en el punto 7-­‐ de las presentes bases. 19-­‐ Los participantes del SORTEO, por el solo hecho de participar en la promoción, autorizan al ORGANIZADOR a publicar sus datos personales, tales como nombre y apellido, y /o imágenes y filmaciones, por los medios y formas de comunicación que el ORGANIZADOR crea conveniente, a su exclusivo criterio y decisión, para fines de comunicación de diferentes temas relacionados con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante la vigencia del sorteo y hasta los cuatro (4) años posteriores al mismo, sin derecho a compensación alguna. 20-­‐ No podrán participar de la promoción ni hacerse acreedores de los Premios, el personal de la Dirección de Opinión Publica y Comunicación Directa Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni tampoco los parientes de los mismos por consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive.


21-­‐ El simple hecho de participar en este SORTEO implica el conocimiento y aceptación de pleno derecho de todas las condiciones contenidas en las presentes bases, como así también la aceptación de las modificaciones que pudiera realizar el ORGANIZADOR sobre cualquier cuestión no prevista en ellas y que no generarán derecho a reclamo alguno. 22-­‐ Los participantes se comprometen a solucionar amigablemente con el ORGANZADOR las diferencias que se pudieran presentar sobre cualquier aspecto relativo a la interpretación y/o realización de este SORTEO. De no ser ello posible se someten a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero y o jurisdicción que pudiere corresponderles. A los efectos de toda notificación judicial el ORGANIZADOR, fija domicilio Legal en la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Uruguay 458 – Departamento Oficios Judiciales y Cédulas.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.