Violencia ancestral y derechos originarios: Reflexiones sobre el derecho y propiedad de la tierra en Jujuy
Introducción “Los Derechos Humanos son universales, pero nosotros no formamos parte de ese universo” Félix Díaz El presente trabajo surge a partir de la participación de estudiantes de la carrera de antropología de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Jujuy en la marcha por tierra y territorio que realizaron las comunidades originarias de la Puna y la Quebrada en la ciudad San Salvador de Jujuy el 22 de abril del 2013. Los reclamos de dicha movilización disparan varios interrogantes, que a partir del estudio de la violencia y la estructura social, llevan a interpelar cuestiones como el papel del Estado y las legislaciones que promueve, en relación al histórico reclamo que se reanuda nuevamente y que remite a la historia de la conformación de nuestro país como Nación y de nuestra provincia, desde los tiempos de la colonización española hasta nuestros días. ¿Qué relaciones existen entre la forma en que contempla la propiedad de la tierra nuestra legislación vigente y la forma en que la contemplan las comunidades? ¿Qué relevancia poseen los derechos de los pueblos originarios en las políticas legislativas actuales? ¿Cuáles son las implicancias culturales de estas políticas en las construcciones hegemónicas de la identidad de nuestro pueblo? ¿Cómo opera la violencia simbólica en las relaciones entre las comunidades y el Estado? Indagar, cuestionar y denunciar la violencia cultural que persiste en nuestros días, permite desnudar la continuidad de la colonialidad simbólica llevada a cabo por una cultura hegemónica encarnada en las legislaciones y defendida por el poder del Estado, mediante sus políticas. Este hecho se hace evidente en las comunidades originarias que no ven resueltos sus reclamos y que muchas veces son invisibilizadas y expulsadas de sus tierras y territorios, por la falta de medidas que lo impidan o, inclusive, por el uso directo de las fuerzas represivas. Es por ello que este trabajo deja en evidencia la necesidad de la elaboración de una Antropología Crítica, que ponga en cuestión los fenómenos de dominación, que desnude sus causas y consecuencias y que sea capaz de formular una guía teórica para la acción transformadora de la realidad que atraviesan las comunidades originarias en la provincia.
El pasado… y el presente “cuando en la práctica se demuestre concretamente lo que hemos sido y lo que somos hoy, pero con hechos concretos, vamos a poder entonces avanzar sobre la existencia de un pasado, de un presente y de un futuro” Estela Silo
Para contextualizar de forma geo-histórica el presente trabajo, se iniciará destacando que “la Provincia de Jujuy se encuentra ubicada en el extremo noroeste de la República Argentina y abarca una extensión territorial de 53.219 kilómetro cuadrados. Viven en ella, aproximadamente 700.000 habitantes, de los cuales la inmensa mayoría desciende de los pueblos originarios que se asentaron en la región hace varios miles de años (12.000 en la Quebrada de Humahuaca). Es importante señalar, en el momento político actual de América Latina, que los descendientes de los pueblos originarios son los protagonistas principales y quienes forman parte de la vanguardia antiimperialista y libertadora de las transformaciones que se están produciendo en países como Bolivia y Ecuador.”1 Haciendo un repaso rápido por la historia de nuestra provincia, encontramos que la lucha de los pueblos originarios por recuperar sus territorios no es nueva, ya que podemos citar los levantamientos de los seguidores de Tupac Amaru entre 1780 y 1781, las batallas de Abra de la Cruz (1874) y de Quera (1875) , el 1er Malón de la Paz en 1946 y el 2do Malón de la Paz en el 2006, entre otros varios cortes de ruta realizados en el periodo que va desde el 2006 al 2011, hasta llegar la marcha realizada el 22 de abril de este año. Legislaciones vigentes El código Civil de nuestro país concibe a la tierra como un “bien inmueble”, como una cosa que se puede poseer y sobre la cual se detenta el dominio perfecto cuando se verifican tres elementos:
Título: Boleto de compra venta con escritura pública. Modo: Posesión: Animo (elemento volitivo): La intención de someter a la cosa al ejercicio de un derecho de propiedad Corpus (elemento material): tener materialmente la cosa, usar efectivamente la cosa. La posesión es un hecho que da derechos ( ART. 2513: “Es inherente a la propiedad el derecho de poseer la cosa, disponer o servirse de ella y gozarla conforme a un ejercicio regular”)
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Publicidad: Inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble hace al acto oponible frente a terceros.2
Aramayo, Benito C.: “Jujuy en el Bicentenario. Contexto e historias de Luchas” Ágora. Buenos Aires. 2009. Pag 25. 2 Gómez Florencia. Documento para talleres de capacitación sobre Derecho a la Tierra. SsAF, 2010.
Así mismo, nuestra Constitución Nacional cita con respecto a la propiedad en el Art. 17: “La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada”3, pero es a partir de la reforma de la Constitución de 1994 que se reconoce un nuevo tipo de propiedad, la propiedad comunitaria indígena, expresada en el Art 75 inciso 17: “la misma no puede ser vendida, no se transmite por parámetros hereditarios, es inajenable, inembargable y está exenta de gravámenes y de impuestos inmobiliarios”.4 En cuanto a los pueblos originarios, nuestra constitución, en el artículo 75 inciso 17, afirma “reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones”5 En Noviembre de 2006 fue promulgada una ley que impone se declare “la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquéllas preexistentes”6 Es importante resaltar que esta ley de emergencia caducaba este año y, a partir del reclamo del 22 de abril, Jujuy fue la primer provincia que extendió los plazos de la misma. Para el presente trabajo, estas son las legislaciones consideradas como las más importantes en materia de propiedad de la tierra, debido a su peso jurídico que determina el ámbito legal de la relación Estado-comunidades originarias-tierras. Mucho más que un pedazo de tierra Siguiendo a Colombres, en este trabajo entenderemos que toda cultura “establece una serie de pautas para la apropiación material y simbólica del medio ambiente, o sea, del territorio habitado y controlado por el grupo. Descansan en él los huesos de los antepasados, quienes con su trabajo lo fueron modelando a lo largo del tiempo, estableciendo hitos que funcionan como vínculos generacionales. El territorio es además el soporte material de la vida comunitaria y un referente simbólico fundamental de la identidad nacional o étnica”7
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Constitución Nacional Argentina, artículo 17 (versión digital) Entrevista con Enrique Oyharzabal Castro, abogado asesor de comunidades originarias de la puna jujeña. 5 Constitución Nacional Argentina, artículo 75, inciso 17 (versión digital) 6 Ley 26.160. 7 Colombres, Adolfo. “Manual del Promotor Cultural I”. Ed. Del Sol, Bs. As, 2011, pág. 131-132 4
En cuanto al significado de la tierra para los propios pueblos originarios, Estela Silos, dirigente de la organización Llankaj Maki, afirma: “ Yo creo que el significado para un originario, vamos a hablar desde América, para los originarios americanos es una representación concreta, para nosotros significa vida la tierra, y después de la muerte también sigue significando vida, cuando un animal muere vuelve a la tierra y genera abono, y esa tierra cuando genera abono se produce y tenemos la vegetación que tenemos, eso es en particular la representación más concreta de lo que es sentimiento y es respeto. Y no es que nosotros pensamos primero en lo material, sino que tenemos también ideas, y la idea es que los pueblos originarios hemos logrado articular el cosmos, la importancia del aire, del espacio, con la tierra, porque sin eso no habría vida, esa es la magia,(…) en concreto si hay algo que hemos logrado, es entender que no se puede fraccionar una cosa con la otra, un ser humano necesita lo material y necesita lo espiritual, y eso lo sentimos, y es lo q nos distancia con las ideas occidentales”8 Esta visión se complementa y precisa al tener en cuenta que “hay una discusión en qué se entiende por tierra y qué por territorio, porque desde lo andino, no hay una relación de apropiación economicista de la tierra, sino que se da una conversación constante con todo el territorio, por ejemplo, mediante la observación de las denominadas ‘señas’”9 A partir de esto puede identificarse y entenderse el principal reclamo de los pueblos originarios: “que la familia tenga el pedazo justo para criar los animales, el justo para plantar, para desarrollar a la comunidad en sí misma y que se viva bien, con buena salud, buena educación y con un buen desarrollo técnico, cuando hablamos de desarrollo técnico es de toda la tecnología al servicio de la comunidad.”10 Comprender en el presente la realidad de los pueblos originarios solo es posible entendiéndola como la continuidad histórica de un reclamo milenario, como lo afirma Estela Silos: “La tierra es realidad, no se puede hablar de recuperar y de encuentro de culturas si no se reconoce lo que paso en el pasado, pero no solo de idea hay que reconocer, porque hasta eso hemos llegado, se reconoce idealmente, históricamente, se cuentan historias, se trata de mostrar que buenos y que malos que fuimos, antes nos mostraban como malos ahora nos muestran de que hemos sido víctimas, pero nos quedamos en eso, ahora lo que necesitamos, porque cuando hablamos de avanzar nos ponen el parámetro de resentimiento, cuando vos te pones en una postura dura ‘que resentidos que son los indios’ pero no somos resentidos, somos realistas cuando en la práctica se demuestre concretamente lo que hemos sido y lo que somos hoy, pero con hechos concretos vamos a poder entonces avanzar sobre la existencia de un pasado, de un presente y de un futuro”11
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Entrevista grabada con Estela Silos 2011 Entrevista con Enrique Oyharzabal Castro, abogado asesor de comunidades originarias de la puna jujeña. 10 Entrevista grabada con Estela Silos 2011 11 Ídem anterior. 9
De diálogos y estrategias o “una de lana y una de plomo” Para continuar con el análisis de esta relación Estado- comunidades originarias nos es útil definir al Estado como lo entiende Lenin: “El Estado- dice Engels, resumiendo su análisis histórico- no es, en modo alguno, un Poder impuesto desde fuera a la sociedad; ni es tampoco ‘la realidad de la idea moral’, ‘la imagen y la realidad de la razón’, como afirma Hegel. El Estado es, más bien, un producto de la sociedad al llegar a una determinada fase del desarrollo; es la confesión de que esta sociedad se ha enredado en una contradicción insoluble consigo misma, se ha dividido en antagonismos irreconciliables, que ella es impotente para conjurar. Y para que estos antagonismos, estas clases con intereses económicos en pugna, no se devoren a sí mismas y no devoren a la sociedad en una lucha estéril, para eso se hizo necesario un poder situado, aparentemente, por encima de la sociedad y llamado a amortiguar el conflicto, a mantenerlo dentro de los límites del ‘orden’. Y este Poder, que brota de la sociedad, pero que se coloca por encima de ella y que se divorcia cada vez más de ella, es el Estado” 12 Este Estado tiene características particulares en países dependientes, como el nuestro, lo que requiere especificar otros tipos de mecanismos de dominación que complementan la definición leninista, como por ejemplo, la distinción entre colonialismo y colonialidad: “Debemos a Aníbal Quijano la útil distinción entre ‘colonialismo’ como forma de ocupación y administración de los territorios y ‘colonialidad’ como opresión/explotación política, económica, cultural, epistémica, ideológica y lingüística. Este fenómeno, denominado por el martiquinés ‘opresión global´, aún pervive en Nuestra América.”13 Para mantener este “orden”, el Estado crea una imagen de sí mismo como “garante del bien común” por encima de las relaciones de clase, al mismo tiempo que genera mecanismos de inclusión discursiva pero que en esencia refuerzan la colonialidad. Esta ambivalencia se visibiliza en las discusiones, por ejemplo, alrededor de las personerías jurídicas de las comunidades originarias, que funcionan “como el DNI, identifica y reconoce un nuevo sujeto de derecho, pero al mismo tiempo implica un poder, un mecanismo de control mediante el cual en Estado genera un interlocutor con el cual generar políticas.”14 Para las comunidades originarias, este tema significó una discusión en el interior de sus organizaciones, puesto que “no queríamos que el Estado nos determinara cuándo queríamos ser indios y cuando no, elegimos nuestras propias estrategias y el Estado se dio sus estrategias, con decir indio no bastaba la sangre, tenías que tener un número, una personería jurídica para reclamar los derechos, para que te avale, para que te entreguen las tierras.” 15 Estos mecanismos jurídicos no agotan lo necesario para un verdadero reconocimiento de los pueblos originarios, ya que “la mayoría de los descendientes estaban, ahora, el
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V.I. Lenin: El Estado y la Revolución. Cap 1. Pág 10. Ágora. CABA 2003. Bruce, Beatriz. “ Frantz Fanon: Una condena al olvido, una tarea de recuperación”. La Marea N°37 14 Entrevista con Enrique Oyharzabal Castro, abogado asesor de comunidades originarias de la puna jujeña. 15 Entrevista grabada con Estela Silos 2011. 13
reconocimiento sigue siendo una resistencia para nosotros, una identidad que tiene que ser masificada y que tiene que ser re debatida y que el tiempo dirá cómo se da esa lucha”16 Violencia cultural ¿Puede considerarse este proceso de reconocimiento ambiguo de los derechos de los pueblo originarios, como un ejercicio de violencia cultural sobre dichas comunidades? Analicemos los términos incluidos en esta problematización. Violencia, según la Organización Mundial de la Salud, se entiende como “el uso intencional de la fuerza o el poder físico como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones”17. Desde una posición teórica más específica de las ciencias sociales, el doctor Spinelli plantea que “nuestra postura es la de entender a la violencia como una construcción social e histórica y por lo tanto humana, de allí que su definición dependa del momento histórico y social que se esté viviendo”18 El Estado, en su juego de regulador de la relación entre los pueblos originarios y sus “reconocidos” derechos de propiedad, pero en los términos en que él mismo entiende a la tierra, la cultura y la propiedad, institucionaliza la violencia simbólica que mantiene en situación de colonialidad a las comunidades originarias. De acuerdo con Bourdieu, se entiende que “la violencia simbólica se instituye a través de la adhesión que el dominado se siente obligado a conceder al dominador (por consiguiente, a la dominación) cuando no dispone, para imaginarla o para imaginarse a sí mismo o, mejor dicho, para imaginar la relación que tiene con él, de otro instrumento de conocimiento que aquel que comparte con el dominador y que, al no ser más que la forma asimilada de la relación de dominación, hacen que esa relación parezca natural; o, en otras palabras, cuando los esquemas que pone en práctica para percibirse y apreciarse, o para percibir y apreciar a los dominadores (alto/bajo, masculino/femenino, blanco/negro, etc.), son el producto de la asimilación de las clasificaciones, de ese modo naturalizadas, de las que su ser social es el producto.”19 Para los pueblos originarios, su reconocimiento pleno y en condiciones de igualdad “sigue siendo una resistencia”20, un enfrentamiento a dicha violencia simbólica que implica una lucha también en el plano cultural. Esteban Robles, junto a otros científicos del Instituto para el Rescate y Revalorización del Patrimonio Cultural (CERPACU) de la Universidad Nacional de Tucumán, definieron a la cultura como el “entramado complejo de producciones materiales y simbólicas que los sujetos de una comunidad crean, transmiten y recrean, sostenidos en la memoria colectiva y en vínculos inter e intra-subjetivos de pertenencia, identificación y reconocimiento mutuo, desde los que buscan dar respuesta a las necesidades emergentes de
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Ídem anterior. Página oficial de la Organización Mundial de la Salud. (WHO, 2003). 18 Spinelli, Hugo. “Violencia: un concepto polisémico”. UNICAMP, Brasil, 1998, pág. 14 19 Bourdieu, La Dominación Masculina, Cap 1 La violencia Simbólica (pag 51). Anagrama. Barcelona. 1998 20 Entrevista con Estala Silos. 17
sus condiciones concretas de existencia, otorgar significados, coherencia y articulación interna a sus vidas cotidianas y formular proyectos que le den continuidad como tal”21 Es por ello que poner en cuestionamiento, desde la antropología y el estudio de la cultura, la visión dominante y violenta que se impone sobre los pueblos originarios, significa analizar críticamente las causas y consecuencias de la violencia cultural que ejerce la perspectiva hegemónica, en este caso, sostenida desde Estado. Gramsci verá en la hegemonía “una suerte de monopolio intelectual, es decir, una atracción que sus propios representantes suscitan entre otras capas de intelectuales. De esta manera, dirá que ejercen una atracción tal que acaban por someter como subordinados, a los intelectuales de los demás grupos sociales. Esta ‘atracción’ termina por crear un bloque ideológico (o bloque intelectual) que liga a los intelectuales a la clase dirigente”22. Este trabajo busca ser un aporte que cuestione estas perspectivas hegemónicas, propias de una “cultura importada” desde los países dominantes, que sedimentan categorías occidentales que analizan al pueblo argentino como un todo homogéneo, ocultando la heterogeneidad que nos caracteriza.
Necesidad de una antropología crítica “¿A dónde vas? ¡La antropología está acá!” Facundo, estudiante de antropología
Durante la marcha del 22 de abril, hecho que despertó el interés por la realización de este trabajo, algo se hizo visible: la necesidad de una antropología crítica. Una antropología que participe de la realidad de las comunidades, que haga preguntas al respecto, que surja de la práctica y tienda un puente entre las necesidades del pueblo y la producción científica. Esta perspectiva se condensa en el comentario de Facundo, surgido cuando una de sus compañeras de estudio, que estaba participado en apoyo a la marcha, se retiraba para asistir a clases: la antropología, esa tarde, estaba en las calles. Para cerrar con el trabajo, pero no con una reflexión que todavía debe profundizarse mucho, citamos un pedido a la juventud realizado por Estela Silos: “Le pediría a los jóvenes que se comprometan pero no desde una globalización del internet, se comprometan desde la realidad misma, desde su propia realidad, yo creo que cada persona que estudia y que tiene la posibilidad de investigar y de profundizar más el conocimiento desde la teoría tiene que teorizar desde la práctica, hay una práctica diaria, de 24 hs, hay otra práctica q tiene q ver con programas, con organización y que esa es la práctica que les pediría a los jóvenes que revean, porque veo q lo q han hecho muy bien estos gobiernos es que la juventud se abstraiga mucho, que teorice mucho, teoría abstracta, y que se aleje de sí mismo, del yo mismo; y que todo lo global, es importante mirarlo, pero nunca nos puede llevar las 24 hs la globalización, porque… ¿en qué momento transformas tu realidad? ¿en qué momento vas a mejorar?... Bueno, eso, porque están consumidos mucho por el internet y por esa teoría de la globalización. Es volver a la práctica y a la teorización desde la práctica”23 21
Robles, Esteban y otros. “Turismo cultural” en Tucumán: ¿una estrategia de dominación? Voces Hechos y Memorias. Boletín Digital Nº 8 del CERPACU, Tucumán, 2006 22 Manso, Ricardo S. “Aportes de Antonio Gramsci a la teoría marxista”, Revista Política y Teoría Nº75 (108), Ed. Hoy, 2012, pág. 53 23 Entrevista grabada con Estela Silos 2011
Blibliografía:
Aramayo, Benito C.: “Jujuy en el Bicentenario. Contexto e historias de Luchas” Ágora. Buenos Aires. 2009. Bruce, Beatriz. “ Frantz Fanon: Una condena al olvido, una tarea de recuperación”. La Marea N°37 Bourdieu, Pierre: “La dominación Masculina”. Anagrama. Barcelona. 2000. Colombres, Adolfo “Nuevo Manual del Promotor Cultural. Del Sol. Buenos Aires 2011. Gómez Florencia. Documento para talleres de capacitación sobre Derecho a la Tierra. SsAF, 2010 Manso, Ricardo S. “Aportes de Antonio Gramsci a la teoría marxista” Política y Teoría N° 75 (108). Sep.-Dic. 2012. Buenos Aires. Robles, Esteban y otros. “Turismo cultural” en Tucumán: ¿una estrategia de dominación? Voces Hechos y Memorias. Boletín Digital Nº 8 del CERPACU, Tucumán, 2006 Spinelli, Hugo. “Violencia: un concepto polisémico”. UNICAMP, Brasil, 1998 V.I. Lenin: El Estado y la Revolución. Cap 1. Pág 10. Ágora. CABA 2003.
Documentos:
Constitución Nacional Argentina, artículo 17 (versión digital) Constitución Nacional Argentina, artículo 75, inciso 17 (versión digital) Ley 26.160 Página oficial de la Organización Mundial de la Salud. (WHO, 2003)
Entrevistas:
Entrevista grabada (2011) con Estela Silos, dirigente de la organización de pueblos originarios Llankaj Maki, integrante de la comunidad urbana con personería jurídica Tawa Suyu. Entrevista (2013) con el doctor Enrique A. Oyharzabal Castro, ex miembro de la asesoría jurídica de ENDEPA y referente del área tierras de la Subsecretaria de Agricultura Familiar del Ministerio de Agricultura de la Nación, delegación Jujuy.