Edición 03 de noviembre de 2021, Juegos mecánicos, no pueden irse, pero tampoco pueden quedarse

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Y Jehová es el que va delante de ti; él será contigo, no te dejará, ni te desamparará; no temas, ni te intimides. Deuteronomio 31:8

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CRÓNICA

Puebloviejo recibió Campaña médica gratuita

Pág 5.

Alemania pone restricciones para los no vacunados Pág 8.

JUEGOS MECANICOS, NO PUEDEN IRSE, PERO

TAMPOCO PUEDEN FUNCIONAR

QUEVEDO. Luego de la colocación de sellos de clausura surgieron acusaciones como pedido de coimas, dimes y dirites entre el propietario de los juegos mecánicos y el Comisario Municipal de Quevedo. Polémica surgió debido a una extensión en el plazo del permiso, que no fue concedido por la Comisaría. Los niños de escasos recursos son los perjudicados, según presidenta de COE cantonal. Pág 3

BOLETIN

Se desarrolla un fin de semana taurino en Valencia

Pág 8.

VALENCIA ● Con motivo de encontrarse celebrando sus 26 años de cantonización, mañana sábado 4 y el domingo 5 de diciembre, a partir de las 15:00 se realiza la ya conocida feria Taurina Valencia 2021. Autoridades garantizan el aforo permitido, aplican todo el protocolo de bioseguridad, seguridad militar, policial, agentes municipales y personal privado de seguridad. Pág 6.

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NACIONAL

Entidades piden certificados de vacunación para acceder a trámites Ciudadanos acudieron a los cíber, revisaron en la plataforma web del Ministerio de Salud (MSP) para descargar y mostrar su certificado de inoculación completo o una de las vacunas del COVID-19 al ingresar a sitios públicos, la mañana de este jueves 2 de diciembre. Pocos fueron los que tenían ese documento o el carné a la mano. La disposición de solicitar el documento de vacunación la dio el presidente Guillermo Lasso, en una cadena nacional, para todo edificio del sector público, como medida de prevención contra el contagio de COVID-19, más con la amenaza de la nueva variante: ómicron. Además, exhortó a que lo mismo se replique en cines, bares, teatros, discotecas, estadios, centros comerciales y afines. A las 08:00 de este jueves, más de 50 personas realizaron fila para ingresar a las oficinas públicas del Gobierno Zonal, ubicado en la av. p

Francisco de Orellana, en el norte. La guayaquileña Sandra Mora, junto con otras diez personas, tuvieron que ir a un cíber a imprimir su certificado de vacunación. “Sabemos que es una medida de protección, la respetamos, hay que cumplir. A veces uno no está preparado. A mí se me quedó el carnet, pero como sí me he vacunado, voy a imprimir el comprobante nomás al igual que mis compañeras, es algo que podemos solucionar” comentó la mujer. Otros ciudadanos sí mostraron su carné, que lo tenían incluso emplasticado, otros con forros junto a su cédula. Juan López, residente de la Chala de 45 años, fue uno de ellos. “Apenas cumplí mi esquema de vacunación, yo lo hice emplásticar porque es mejor tener todo a la mano y no estar de corre corre aquí como las compañeras”, manifestó en la fila de verificación que se hizo

OPCIÓN. Para quienes deseen vacunarse, hay 115 centros de salud disponibles y varios centros comerciales para la aplicación de dosis en el ingreso a ese edificio público”, comentó el hombre. En el SRI también se solicitó la presentación del documento. Asimismo, algunas personas acudieron a cíber cercanos para buscar y descargar el certificado en el portal del MSP.

Miembros de la CIDH llegaron a cárcel de Latacunga para reunirse con Jorge Glas Pasadas las 09:30 de este jueves, los miembros de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llegaron al Centro de Rehabilitación Social (CRS) Regional Sierra Centro Norte Cotopaxi, en el marco de su agenda de actividades durante la visita a Ecuador para constatar la situación de los derechos humanos en el sistema carcelario. En la visita a ese centro, tienen previsto realizar una entrevista con el exvicepresidente de la República Jorge Glas. Algunos de sus partidarios se congregaron en exteriores del centro para apoyar su libertad. En la parte exterior del CRS Cotopaxi se dispuso un gran operativo de seguridad por parte de la Policía Nacional y del Ejército. Toda persona que ingresaba era sometida al cacheo correspondiente. Además de los miembros de la CIDH, también

STAFF ALDIA.COM.EC

Esto fue aprovechado por vendedores locales para ofrecer impresiones del comprobante por $ 1, también hubo ciudadanos que se acercaron a ofrecer el servicio de emplastificación de ese documento a quienes lo portaban sin protección.

VISITA. La delegación visita el país hasta el viernes y tiene previsto elaborar un informe con recomendaciones para el Estado ecuatoriano llegaron al centro tres miembros de la Comisión de Soberanía, Integración y Seguridad Integral de la Asamblea Nacional: Patricia Núñez, José Vallejo y Xavier Jurado.

Una producción de INFOALDIA BRICANG S.A. DIRECTOR Y GERENTE Guido Bricio gbricio@aldia.com.ec GERENTE COMERCIAL Magdalena Cansing mcansing@aldia.com.ec EDITOR Xavier Lizano Solis xavierlizanosolis@gmail.com COORDINADORA DE VENTAS Lusitania Gutiérrez lgutierrez@aldia.com.ec Dirección: Quevedo Vía a Valencia #505 Teléfono: 052-780787- 0997161726 - 0979639681 Babahoyo: C.C. Bahía Calderón local #4, Av, 6 de Octubre y Clemente Baquerizo Mail: info@aldia.com.ec infoaldiacomec@gmail.com


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QUEVEDO

‘¡Ya basta de extraer materiales pétreos del río Quevedo!’ hemos cometido imprudencias, pero esta Ordenanza es para todos y la Ley hay que cumplirla”, aseguró.

SITUACIÓN. El Municipio otorga los permisos de sacar materiales desde el 2014. Estos son utilizados para obras y construcciones QUEVEDO • Dos angelitos, Sebastían y Alejandro Gilces, de 7 y 9 años, perdieron la vida en el río Quevedo, justamente donde existe un dragado, informaron las autoridades al momento de levantar los cadáveres. Esto ha avivado las críticas referente a la extracción de materiales pétreos en el afluente y la falta de señalética. La concejala, Ingrid Mora, presidenta de la Comisión del Rescate de Playas

y Ríos, indicó que el Concejo hace una semana aprobó una Ordenanza de Áridos y Pétreos que permitirá controlar con más severidad la extracción de materiales en el río Quevedo. “Es verdad, si recorremos de aquí años atrás, mucha gente ilegalmente se nos ha llevado el río. Hay ciertas empresas que se han enriquecido… nadie ha cumplido con el pago de patente, regalías… y como Municipio

No hay control municipal No existe control municipal para evitar que los recursos naturales sean extraídos del río. A decir la concejala, a partir de enero de 2022 Arcom (Regulación y Control Minero) será el que otorgará los permisos recogidos en términos medioambientales y la Comisaría estará encargada de vigilar que no se extraigan materiales en sitios ilegales. Hay sitios identificados como en la parroquia Nicolás Infante Díaz, el sector El Desquite, La Esperanza y en las bases del puente, donde se ven maquinarias sacando los recursos naturales. Esto es una preocupación, ya que son consideradas zonas turísticas como la Ruta del Río. (I)

No hay señaléticas Según el Jefe de Gestión de Riesgos, Wilson Pérez, se han colocado señaléticas en lugares donde el río es peligroso, pero en varias ocasiones han sido hurtados por ‘los amigos de lo ajeno’. Las autoridades indicaron que realizarán un llamado de atención porque también ha habido un descuido.

Ciudadanos embellecen las fachadas de sus casas y entornos QUEVEDO • Las buenas acciones de los habitantes como mantener limpio la parte del frente de su casa, pintar las fachadas de sus viviendas, recoger la basura, regar las jardineras, entre otras, contribuyen a mejorar la imagen y el ornato de la ciudad. Y es así como se aprecia a Víctor Hugo Ripalda, quien, a pesar de sus años de vida, dedica su tiempo a pintar los bordes de las jardineras y la fachada de su vivienda. Este gesto maravilloso de ‘Don Hugo’, habitante del sector 17 de Marzo, parroquia urbana El Guayacán, se suma a la campaña del ‘Buen Ciudadano’ que promueve la administración municipal, a propósito de la cercanía a la temporada navideña. (I) p

Juegos mecánicos paralizados

por decisiones administrativas

QUEVEDO • Los juegos mecánicos ubicados en los terrenos del IESS están paralizados desde que la Comisaría Municipal de Quevedo colocara sellos de clausura. ¿El motivo? Según el comisario Ángel Mora, el permiso de la Comisaría era hasta el 29 de noviembre y las máquinas deben retirarse del lugar. Contraparte Sin embargo, Francisco Ríofrío, encargado de ‘City River Park’, manifestó que Mora no mostró ningún requisito legal para colocar los sellos, ya que los terrenos son privados (del IESS). Además, enfatizó que los juegos tienen una extensión de funcionamiento firmado por la Intendencia (entidad que dio el permiso) hasta el 10 de di-

ciembre, de igual forma, los planes de contingencia, permisos de Gestión de Riesgos, Cuerpo de Bomberos y oficio a la Policía Nacional, tienen fecha hasta el 12 de diciembre. Acusación También acusó a Mora de pedirle 3 mil dólares para que las máquinas sigan operando, lo que ha negado rotundamente el funcionario a través de los medios de comunicación. “Yo no he pedido nada”, dijo en medio de una discusión.

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BABAHOYO BABAHOYO • La Casa de la Cultura de Los Ríos, hoy cumple 67 años de creación. Por ese motivo, sus autoridades festejan ‘a lo grande’ con una sesión solemne desarrollada en el auditorio de la Universidad Técnica de Babahoyo. Al acto están invitadas varias autoridades del cantón y la provincia. Esta institución ha efectuado una gama de eventos en las semanas previas a la celebración, como parte del aniversario. En el acto estarán grandes actores a nivel nacional, así lo indicó el presidente Henry Layana, quien manifestó que los actos efectuados a la fecha son con peculio de la empresa privada y amistades que apoyan el arte cultural en Babahoyo. También se indicó que se van a condecorar a miembros de la Casa de la Cultura y a personas de la sociedad civil de la ciudad. (I)

Hoy, sesión solemne de la Casa

de la Cultura de Los Ríos

Nuevo equipo de fútbol realizó una prueba de jugadores

DETALLE. La directiva de la entidad brindó una rueda de prensa con los detalles del evento

BABAHOYO • Desde tempranas horas de la mañana de ayer, arribaron al estadio Rafael Vera Yépez, decenas de jóvenes fluminenses para participar en la preselección de jugadores que anhelan ser parte del equipo de futbol ‘Estudiantes de Babahoyo’, el nuevo equipo de la capital de la provincia de Los Ríos. Fueron recibidos por el cuerpo técnico del club con miras a participar en las pruebas para la conformación del nuevo elenco que competirá en torneos de fútbol.

Coordinadora de Salud verifica proceso de vacunación en Babahoyo

SITUACIÓN. La autoridad hizo oficina en la dirección distrital de Salud y ofreció una rueda de prensa BABAHOYO • La coordinadora zonal 5 de Salud, Alexandra Tamayo, estuvo de visita en la capital riosense. El fin es verificar el proceso de vacunación contra el Covid-19 y también acciones por el mes de diciembre donde se recuerda el día de la lucha contra el VIH SIDA. Además están reforzando los trabajos por la variante Ómicron que es una amenaza latente en el continente. Indicó que están haciendo una

fuerte campaña de difusión para que la población que aún no se vacunan lo hagan y las personas que faltan de colocarles las segunda dosis lo hagan, “porque esa es la forma de estar más seguros ante la pandemia”, dijo. Por otro lado, en el punto de vacunación de Babahoyo, en el antiguo colegio Eugenio Espejo, en horas de la mañana hubo incidentes entre padres y madres por la desorganización que se vivió en dicho centro. (I)

CONTROL. Los operativos buscan eliminar los robos y así disminuir los problemas que estos causan en la eliminación de desechos

Operativos de control se desarrollan en Babahoyo

BABAHOYO • Ante el incremento en el robo de tapas de alcantarillado, medidores y rejillas para sumideros, EMSABA EP en conjunto con la Intendencia General de Policía, realizaron recorrido en las recicladoras de la ciudad con el fin de constatar que en ellas no se compren o comercialicen estos bienes públicos. EMSABA EP ha hecho un llamado al trabajo mancomunado entre las re-

cicladoras por el bien de la ciudad, especialmente en la época invernal donde se afecta a los moradores con la sustracción de tapas. Además se procedió a colocar afiches con información sobre las sanciones emitidas por el COIP cuando se compran estos bienes públicos. La población también puede comunicar al ECU 911 cuando sea testigos de algún robo de este tipo, que afecta a la ciudad. (I)


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CANTONES

Con luces de bengala y encendido de árbol se inauguró fiestas navideñas Moreira solemnizaron el acto de encendido de los símbolos de esta festividad. El regidor de la ciudad agradeció a la ciudadanía presente por la asistencia al evento, así mismo destacó la colaboración de muchas entidades, grupos y personas que aportaron para ese logro.

UBICACIÓN. El Nacimiento y el árbol de Navidad iluminan las noches el parque Central QUINSALOMA • Miles de destellos de luces de colores emanados de bengalas que fueron lanzados al cielo e iluminaron la noche en el parque central del cantón, con ello la ciudad inauguró oficialmente el inicio de la Navidad. Además se encendieron

las luces de un gran nacimiento que fue cuidadosamente armado y un árbol que simboliza el arranque de las festividades navideñas. Las autoridades de la ciudad, el alcalde Freddy Buenaño, junto a los concejales y la nueva Reina de la ciudad Kalina

Agradecido También, el burgomaestre tuvo un agradecimiento para los quinsalomeños por la comprensión demostrada, pues han sido días difíciles en los que desde el Estado les recortaron al 49% el presupuesto para el cabildo, por lo muchas obras se han aplazado y otras ya hechas no se ha podido cumplir. Finalmente invitó a todas las familias para que vivan una feliz Navidad al interior de sus hogares y que deseó beneplácitos y prosperidad en el año venidero. Y con un vaso de chocolate y un pan que se repartió entre los asistentes concluyó la ceremonia.

Avanza asfaltado vía Puente Lulo-San Pedro

VALENCIA • A paso firme avanzan los trabajos de asfaltado en la vía Puente Lulo–San Pedro de la Y del cantón Valencia. De acuerdo con las autoridades, al momento se ha completado alrededor de 1.5 km de colocación de la carpeta asfáltica, en dicha vía. Este tipo de obras se están ejecutando de a poco en cada uno de los cantones de Los Ríos. El objetivo es que la ciudadanía tenga más facilidades para trasladarse a realizar sus labores cotidianas o sacar sus productos en sus vehículos en vías de buen estado. (I)

TRABAJOS. Maquinaria labora para tener listo la obra

ATENCIÓN. Toda clase de dolencias fue atendida

Campaña médica gratuita reciben habitantes de Puebloviejo

PUEBLOVIEJO • “Happy Face y el ‘Convoy de la Salud’, es como se denomina la campaña gratuita que llegó a este cantón riosense. Llegaron al Corazón de Los Ríos, en donde la ciudadanía fluminense perteneciente a población se hizo tratar de manera totalmente Gratis, en 19 especialidades. Así mismo, además de recibir medicinas gratuitamente, gracias a la gestión del alcalde Marco González, quien estuvo acompañado de su esposa. La acogida por parte de la ciudadanía tuvo una buena respuesta por parte de la ciudadanía. Desde recintos y barrios del mencionado cantón riosense llegaron los pacientes de todas las edades, quienes se conoció están a la espera de la segunda etapa de esta Brigad Médica, la misma que consta de cirugías sin costo alguno, de lo lo cual se informará en posteriores servicio, lo dieron a conocer los organizadores.


INTERCULTURAL

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Algo de historia de las corridas de toro A pesar que la Constitución del Ecuador establece la prohibición de esta práctica en el país, hay ciertas localidades en donde el pronunciamiento de la ciudadanía fue favorable y conservaron la costumbre. El cantón Valencia es el vivo ejemplo del pronunciamiento de la ciudadanía frente a una decisión general. De tal suerte, que la práctica ya es parte de las celebraciones de la ciudad. Aunque las corridas de toros sean un espectáculo singular y vergonzosamente español, su origen se remonta a los sangrientos juegos romanos y las crueles venationes en las que se mataban miles de animales para divertir a un público sediento de sangre y fuertes emociones. Según cuenta Plinio el Viejo, en su Historia Natural, Julio César introdujo en los juegos circenses la lucha entre el toro y el matador armado con espada y escudo, además de la “corrida” de un toro a quien el caballero desmontando derribaba sujetándolo por los cuernos. Otra figura de aquella época, según Ovidio, fue el llamado Carpóforo, que obligaba al toro a embestir utilizando un pañuelo rojo. El sacrificio de toros también se incluí­a entre los ritos y costumbres PL-0041

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CONSERVACIÓN. En ciertas ciudades del país se respetó la costumbre de los toros que los romanos introdujeron en Hispania. Celebración de juegos En Creta, además del relato de la mitologí­a griega que cuenta las aventuras de Ariadna, hija del rey Minos, y Teseo, que mató al Minotauro, hay constancia de la celebración de juegos en la plaza de Cnossos, en cuyo

palacio, conocido por el Laberinto, pueden verse frescos que muestran a hombres y mujeres en escenas de tauromaquia, guiados quizá por los mismos mitos y la ignorancia insensata que permite caracterizar a un pací­fico animal como un monstruo o enemigo virtual, convirtiéndose en ví­ctima real de nuestro fracaso evolutivo como seres humanos, para poder traficar con la vida y el dolor de cuantos carecen arbitrariamente de nuestros inmerecidos privilegios. Ritual de diversión La primera referencia histórica de una corrida data de 1080, como parte del programa de festejos de la boda del infante Sancho de Estrada. Existiendo una conexión psicológica entre la corrida y estas celebraciones por la simbologí­a ritual libidinosa imaginaria entre toro y torero, o entre lo masculino y lo femenino, con ramificaciones en el folklore y las fiestas populares, así­como la relación libidinal entre el público y el torero, y otros elementos menos visibles que manifiestan todo un espectro de deseos, traumas y pasiones malsanas y enfermizas. Aunque varios escritores apuntan que el Cid Campeador, Rodrigo Dí­az de Vivar, fue el primer caballero español que alanceó toros, según Plinio, la práctica la introdujo Julio César, atacando él mismo con una pica a los toros a caballo. Una costumbre que los moros considera-

ban menos peligrosa que los torneos entre cristianos, que les preparaban para las batallas en las que los hombres se mataban del mismo modo. Durante la Edad Media la corrida de toros se desarrolla y es monopolizada gradualmente por la nobleza que, influenciada por la galanterí­a y el mal ejemplo de los reyes, como sucede en España en la actualidad, se disputaba la notoriedad pública, las atenciones de las damas y el respeto de los demás, exhibiendo su “valor” y gallardí­ a, acosando y alanceando toros, considerados como enemigos totémicos de gran poder defensivo. La reina Isabel la Católica rechazó las corridas de toros, pero no las prohibió, mientras que el emperador Carlos V se distinguió por su afición y mató un toro de una lanzada en Valladolid para celebrar el nacimiento de su hijo Felipe II, en cuyo reinado se promulgaron las primeras condenas eclesiásticas. Complicidad En 1565 un concilio en Toledo para el remedio de los abusos del reino, declaró las funciones de toros “muy desagradables a Dios”, y en 1567 el Papa Pí­o V promulgó la bula De Salutis Gregis Dominici, pidiendo la abolición de las corridas en todos los reinos cristianos, amenazando con la excomunión a quienes las apoyaban, pero su sucesor Gregorio XIII modera el rigor de la bula de San Pí­o V.


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ENTRE FLASHES

Bendición de Edificio Boutique Fabitex

Diocles Toala, Valentina Toala, Fabiola Luna, Padre Jaime Tasinchano, Andrea Toala y Wendy Toala.

Diocles Toala, Fabiola Luna, Padre Jaime Tasinchano, Fabricio Toala y Geovanny Toala.

Andrea Carriel, Teresa Castro y Adriana Carriel.

Charo González, William Toala y Jennifer Urdaneta.

Sebastian Semanate, Mary Ortega, Orlando Semanate y Nahily Semanate.

Angélica Zapata, Ana Rodríguez, Verónica Cuyullo, Michelle Macay, Blanca Vidal y Fernanza Zambrano.


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PLANETA ALEMANIA ● Se volverá muy difícil la vida en Alemania para los que se resisten a vacunarse contra el covid-19. Desde ahora los no vacunados no podrán asistir a cines, teatros o restaurantes, a la mayoría de las tiendas y les estará prohibido tener reuniones privadas con más de dos personas fuera de su círculo familiar. Para todos se restringe el número de asistentes a grandes espectáculos. El gobierno intentará que se usen 30 millones de vacunas para la primera y segunda y tercera dosis hasta antes de navidad, para lo cual ahora podrán vacunar los médicos farmacéuticos, dentistas y enfermeros especializados. La polémica obligación de vacunarse se impondrá por ahora solamente a cuidadores de asilos de ancianos y personal de hospitales, mientras que se busca un acuerdo a nivel europeo para extender la obligatoriedad. También se discute si el estatus de “completamente vacunado” se pierde después de 9 meses de la última dosis. Merkel llamó a esta ofensiva “un acto de solidaridad nacional”, mientras que p

Alemania anuncia restricciones drásticas a los no vacunados contra el Covid el índice de nuevos infectados ha decaído levemente. Sin fuegos artificiales “Vamos a organizar actividades culturales y de ocio en toda Alemania, pero solamente para las personas vacunadas o recuperadas” del Covid-19, indicó Merkel, que deja el poder el 8 de diciembre después de 16 años al mando del país. Esta regla denominada “2G”, en referencia a personas vacunadas o recuperadas, “también será extendida al comercio minorista, a excepción de las tiendas de productos básicos”, indicó la canciller. Estas drásticas restricciones al acceso a la vida social para los no vacunados ha sido calificada por varios responsables políticos como un “confinamiento” para quienes no han sido inoculados contra el covid-19. Restricciones Las personas no vacunadas ya están sometidas desde hace va-

rias semanas a restricciones en su acceso a la vía pública, pero las reglas varían y no abarcan al conjunto de las regiones que componen el país. Para evitar las aglomeraciones durante las fiestas de final de año, el gobierno y las regiones también

prohibieron los petardos y los fuegos artificiales, muy populares entre los alemanes. Los clubes y las discotecas deberán cerrar si se rompe la barrera de 350 casos, un nivel que ya ha sido superado en la mayoría de las regiones.

La gente lleva mascarillas en una calle comercial de Dortmund, Alemania, el 1 de diciembre de 2021

Polemista de extrema derecha anuncia candidatura a presidente

FRANCIA ● “Ya no es el momento de reformar Francia, sino de salvarla. Por eso he decidido presentarme a la presidencia”, dijo en el dramático y nostálgico vídeo el polemista de extrema derecha Éric Zemmour. La candidatura de este controvertido y mediático escritor superventas, de 63 años y sin trayectoria política, era un secreto a voces, pero se produce en un momento en que su fulgurante progresión empieza a estancarse en los sondeos. A golpe de polémicas, con sus furibundas críticas al islam, la inmmigración y a lo políticamente correcto, Zemmour se volvió una cara cono-

cida en el panorama mediático desde los años 2000, impulsado por la cadena CNews del magnate Vincent Bolloré. Su dominio de la imagen lo demostró de nuevo en este video de 10 minutos, en el que traza un paralelo visual con el llamado a la resistencia del general Charles de Gaulle en 1940 y apela a las emociones de los ciudadanos. Aunque sin un gran partido detrás, a “Z”, como le llaman sus seguidores, le comparan con Donald Trump. La portada de su último libro “Francia no dijo su última palabra” recuerda además a otro del polémico presidente estadounidense. “Nos ha vendido que era el Trump francés. Es un Trump encargado en Wish, esta plataforma de falsificaciones que vende cosas que no funcionan, que son falsas”, dijo en Europe 1 el portavoz del gobierno Gabriel Attal.


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AVISOS VARIOS

JUDICIALES AB-0048

ACTA

correspondiente al Juicio N° 12334-2021-00232 ( 22641842) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO EXTRACTO DE CITACION POR LA PRENSA SE LE HACE SABER: A: JUAN CARLOS GUZMAN CARMIGNIANI ACTOR: HECTOR ANTONIO QUINTO ALVARAD JUICIO: ORDINARIO Nº 12334-2021-00232 CAUSA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA DE DOMINIO JUEZA DE LA CAUSA: AB. VANESSA ALEXANDRA HENRIQUEZ PALMA AUTO DE CALIFICACIÓN:Babahoyo, miércoles 21 de abril del 2021, las 12h18, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal, conforme al Art. 10 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, siendo COMPETENTE para conocer de esta causa, procedo a calificar la demanda y su complemento presentada por HECTOR ANTONIO QUINTO ALVARADO en contra de JUAN CARLOS GUZMAN CARMIGNIANI, Alcalde de Babahoyo Dr. Carlos German Gaibor y Procurador Sindico Dr. Pablo Alberto Rivera Gudiño, como clara, precisa y al cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del mencionado Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario. DILIGENCIAS.-Se ordena la citación de JUAN CARLOS GUZMAN CARMIGNIANI, de conformidad con lo que determinado en el numeral 1 del artículo 56 de COGEP, en atención al juramento rendido.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. De conformidad a lo que establece el Art. 146 del mentado COGEP inciso 5to Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Babahoyo, para lo cual, NOTIFIQUESE en legal y debida forma al señor Registrador entregándosele la boleta al señor Citador, por lo que, la señora Actuaria primero deberá remitir la boleta de Notificación y posteriormente, las citaciones, se le hace conocer que la parte actora deberá adjuntar la razón de inscripción para proseguir el trámite de la causa conforme al Art. 5 del

mentado COGEP.- Por cuanto lo ordena el Código Orgánico de Organización Territorial COOTAD, en la Disposición General Décima CITESE al Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Babahoyo, Alcalde de Babahoyo Dr. Carlos German Gaibor y Procurador Sindico Dr. Pablo Alberto Rivera Gudiño, sin perjuicio de lo ordenado en el al Art. 9 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, una vez citados contesten la demanda en el término de ley, para lo cual de igual forma se remitirán las boletas cumplida la notificación y devolución de inscripción. CITACION: de conformidad a la Resolución N° 0061-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura la parte actora comparezca en el término de tres días a facilitar las copias de ley, y llenar el formulario respectivo “Artículo 4.- Del procedimiento. - En la gestión de citaciones se deberá cumplir el siguiente procedimiento: 4.1 Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actor adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citaciones…. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días, deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación, adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso, en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación, en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario en mención.” ANUNCIO DE PRUEBAS.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 294.d ibídem, en el evento que se formule la contestación y se llamare a Audiencia.- Tómese en cuenta el casillero judicial, correos electrónicos señalados por el señor actor, así como la designación que hace de su patrocinador.- Con Acción de personal No. 3986-DPLR2019-SB actúe la Abg. Gladys Sánchez, como secretaria titular de este despacho. NOTIFIQUESE Babahoyo, lunes 17 de mayo del 2021, las 11h06, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por: HECTOR ANTONIO QUINTO ALVARADO. En lo principal y en atención al escrito que se atiende se dispone que por cumplida la diligencia de inscripción de demanda

CITESE a la parte demandada en legal y debida forma para lo cual la parte actora cumpla con lo establecido en la Resolución N° 0061-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura: La parte actora comparezca en el término de tres días a facilitar las copias de ley, y llenar el formulario respectivo “Artículo 4.- Del procedimiento. - En la gestión de citaciones se deberá cumplir el siguiente procedimiento: 4.1 Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actor adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citaciones. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días, deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación, adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso, en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación, en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario en mención. SEGUNDO: La actuaria del despacho cumpla con elaborar el correspondiente extracto de citación ordenado en auto inicial de conformidad con lo que determina el #1 del art. 56 del C.O.G.E.P. OBJETO DE LA DEMANDA: FUNDAMENTOS DE HECHO: Dando cumplimiento lo dispuesto al art142. 5 del Cogep, procedo a narrar los hechos de manera detallada y pormenorizada, además clasificada y enumerada. 1.- Que el 05 de abril del año 1990, por más de 30 años a la presente fecha me encuentro en posesión con ánimo de señor y dueño, de forma pacífica, tranquila, e ininterrumpida, sin violencia ni clandestinidad, y sin reconocer dominio ajeno de nadie en el lote de terreno rural, ubicado en el en el sector Cacahual, parroquia Febres Cordero del cantón Babahoyo Provincia de los Ríos 2.- El lote de terreno que me encuentro en posesión esta signado con el numero 15 y tiene una superficie de dos cuadras y media ubicado en el sector Cacahual, parroquia Febres Cordero del cantón Babahoyo Provincia de los Ríos. Cuyos linderos y dimensiones son las siguientes: EL NORTE: Terrenos de la Sra. Margarita Lucio, EL SUR: Rio Chilintomo, El ESTE: Terreno de las Sras. Carmen Altamirano y Blanca Lucio, EL OESTE: Terrenos de Manuel Quinto y Samuel Matute. 3.- Afirmo actos

positivos de esta posesión, eme ñ mencionado lote me he dedicado por años a la siembra y cosecha de cacao en gran parte del terreno, he sembrado verde, yuca, papayas, etc, etc. Todo esto con dinero de mi propio peculio he edificado una casa de campo y techo de zinc donde sean criados mis hijos. FUNDAENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFICAN EL EJRCICIO DE LA ACCIÓN.- Dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 142. 6 del Cogep, fundamento mi demanda en las siguientes disposiciones legales, doctrinales y jurisprudenciales; artículos 715, 2392, 2398, 2410, y 2413 del código sustantivo civil, que hace referencia a la posesión y a la acción de Prescripción Extraordinaria de Dominio. PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIJE. 1.- Solicito que en el auto avoque conocimiento de mi demanda se la admita al trámite correspondiente, SE ORDENE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN BABAHOYO, y se cite al demandado de acuerdo a lo que establece el art. 56 de Código Orgánico General de Procesos, a los representantes legales del GAG Municipal del cantón Babahoyo, al delegado de la procuraduría general del estado. 2.- Una vez realizada la audiencia definitiva, se declare con lugar mi demanda, se declare que he adquirido el dominio la propiedad, del lote rural ubicado en el sector Cacahual, parroquia Febres Cordero del cantón Babahoyo Provincia de los Ríos, que tiene un superficie de dos cuadras y media, cuyos linderos y dimensiones son las siguientes: EL NORTE: Terrenos de la Sra. Margarita Lucio, EL SUR: Rio Chilintomo, El ESTE: Terreno de las Sras. Carmen Altamirano y Blanca Lucio, EL OESTE: Terrenos de Manuel Quinto y Samuel Matute, por haber operado a mi favor la Prescripción Extraordinaria de Dominio. 3.-Que ordene la protocolización de dicha sentencia en una notaría del cantón Babahoyo y se la inscriba en el Registrador de la Propiedad del cantón Babahoyo con el fin de que me sirva de título de dominio. LA CUANTÍA DEL PROCESO.- Dando cumplimiento al art. 142.10 del COGEP, la cuantía en la presente causa es indeterminada. PROCEDIMIENTO.El procedimiento a seguir en la presente acción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio es el procedimiento Ordinario, previsto en los artículos 289, 292, 293, 295, 297 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos. . Se les advierte a los demandados,

que de no comparecer a Juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de citación por la prensa, serán considerados en rebeldía. Particular que comunico a ustedes para los fines legales pertinentes. – Babahoyo, 21 de mayo del 2021 Ab. Gladys Sánchez Arboleda SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO AM-0057

R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN A: .- Presuntos y desconocidos herederos del causante de quien en vida fue KLEBER PATRICIO LOZANO CORONEL SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial se tramita el juicio de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO No. 122032021-01528, planteado por DIAZ LOZADA MARTHA ISABEL: OBJETO DE LA DEMANDA: La actora DIAZ LOZADA MARTHA ISABEL Indica que a partir del 19 de Mayo de 1995, me uní maritalmente con mi conviviente KLEBER PATRICIO LOZANO CORONEL, con quien procreamos dos hijas que responden a los nombres de CARMITA ISABEL LOZANO DIAZ, de 24 años de edad, y SHEYLA DAYANNA LOZANO DIAZ, de 18 años de edad, fijamos nuestra residencia y domicilio en esta Ciudad de Quevedo, Provincia de los Ríos, manteniendo esta unión de hecho al tenor de lo que dispone el art 222 y siguientes del Código Civil vigente, y dentro de esta unión de hecho adquirimos bienes muebles e inmuebles, el día 1 de febrero del 2013, ante el señor Notario Ab. Marco Baratu Murillo, celebramos la declaración juramentada de unión de hecho, entre la compareciente y mi conviviente KLEBER PATRICIO LOZANO CORONEL siendo el caso que el día 24 de febrero del 2021, mi conviviente KLEBER PATRICIO LOZANO CORONEL, en forma lamentable falleció en la Ciudad de Guayaquil, concurrí al Registro Civil, identificación y Cedulación de la Ciudad de Quevedo, para que se solemnice y registre con las formalidades de ley, ante el fallecimiento de mi conviviente en la Dirección General del Registro Civil Identificación y Cedulación, me concedió la negativa administrativa respectiva ante la ausencia obligada

de KLEBER PATRICIO LOZANO CORONEL, con los antecedentes expuestos concurro ante usted para demandar como en efecto demandado para que en sentencia se disponga la declaratoria de la unión de hecho post morten entre la compareciente y mi difunto conviviente KLEBER PATRICIO LOZANO CORONEL, fundamentando mi petición en lo dispuesto en el art 222 y 223 del Código Civil, art 68 de la Constitución de la República del Ecuador CUANTÍA: INDETERMINADA. TRÁMITE: ORDINARIO JUEZA DE LA CAUSA: VISTOS.- Ab. VANESSA VINUEZA GRANDA. Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Primera de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quevedo, Provincia de los Ríos, designada mediante resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura No. 138-2015, de fecha 20 de mayo del 2015. Dentro del presente juicio ORDINARIO de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO N.12203-2021-01528, presentado por MARTHA ISABEL DIAZ LOZADA en contra de (HEREDEROS CONOCIDOS) CARMITA ISABEL y SHEYLA DAYANNA LOZANO DIAZ y HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida se llamó KLEBER PATRICIO LOZANO CORONEL. Una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en decreto anterior, la demanda es clara y reúne los requisitos de legales establecidos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos: PRIMERO: Se admite al trámite respectivo bajo el procedimiento ORDINARIO conforme prescribe el Art. 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos; SEGUNDO: Velando por el cumplimiento del derecho al debido proceso consagrado en el Art. 76 de la Constitución de la República, se ordena CITAR a los demandados: a) CARMITA ISABEL y SHEYLA DAYANNA LOZANO DIAZ, en el domicilio que se ha indicado con copia, auto interlocutorio de calificación y croquis que se adjunta, a través de la OFICINA DE CITACIONES de esta Unidad Judicial conforme al Art. 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos; Se le previene a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para efecto de notificaciones así como se le concede el término de TREINTA (30) DÍAS para que presente su contestación conforme lo determina el Artículo 291 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, a la cual se observará lo reglado en el artículo 151, 152

y 157 ibídem: TERCERO: Cítese a los presuntos y desconocidos herederos del causante de quien en vida fue KLEBER PATRICIO LOZANO CORONEL, por medio de la prensa, citación que deberá realizarse por unos de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, lugar de su fallecimiento y de esta ciudad de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se dispone que la Secretaria de la Unidad confiera el extracto correspondiente, su publicación se hará con letra tipo helvética, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna.Previo a realizarse el extracto de la publicación que la parte accionante realice la declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos: CUARTO: Del ANUNCIO DE PRUEBAS como son la documental determinadas y solicitadas en su libelo de demanda se considerarán tomando en cuenta lo reglado en el literal a) numeral séptimo del Articulo 294 del Código Orgánico General de Procesos; QUINTO: De acuerdo a lo establecido en el artículo 187 COGEP, recéptese la declaración de parte de CARMITA ISABEL y SHEYLA DAYANNA LOZANO DIAZ, de forma oral en audiencia; SEXTO: A fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos, NOTIFÍQUESE a los testigos RUTH CECILIA LOZANO CORONEL, NORIS ODELINDA YEPEZ COELLO y JHONY PATRICIO MOLINA NOGUERA, que declararán dentro de la presente causa, a través del correo electrónico absapo@hotmail.com, a fin de ser notificados con la fecha para audiencia, quedando bajo la responsabilidad de la abogada patrocinadora la comparecencia de dichos testigos; SEPTIMO: Téngase en cuenta el correo electrónico absapo@hotmail. com, señalado por la actora para sus notificaciones y la autorización que concede al Ab. Sixto Parra Ocaña como su defensor; OCTAVO: Por fijado el Trámite y la Cuantía.- Actué la Ab. Nadia Rosado Pita, en calidad de Secretaria de ésta Unidad Judicial.- CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE.Quevedo, 30 de Noviembre del 2021 AB. ANGELICA GUANOPATIN MENDOZA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO


10 | Viernes, 3 de Diciembre 2021

AVISOS VARIOS

JUDICIALES AB-0053

ACTA

Correspondiente al Juicio No.12334202100779 (23155992) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO A: HEREDEROS QUE QUIEN EN VIDA FUE CESAR VICENTE BAUX VALAREZO, así como de toda persona que se crea con derecho sobre esta acción ACTOR: LUIS ABERTO EGAS HEREDIA Y ANGELA YOLANDA PAZMIÑO YANEZ JUICIO: 12334-2021-00779 CAUSA: CIVIL- ORDINARIO- PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO JUEZA DE LA CAUSA: DR. MARCO FERNANDO SIGUENCIA GARCIA. Babahoyo, jueves 30 de septiembre del 2021, las 11h37, VISTOS.- Agréguese a proceso la Razón inmediata anterior sentada por el actuario del despacho, agregado como se encuentra al proceso el escrito presentado por la parte actora, y puesta que ha sido la presente causa a mi despacho para su proveimiento, dispongo incorporar en el expediente procesal, el acta bajo juramento rendida por los peticionarios, LUIS ABERTO EGAS HEREDIA Y ANGELA YOLANDA PAZMIÑO YANEZ, en fecha 09 de septiembre del 2021, a las 13h30, por la que en su parte sustancial, previas las explicaciones y formalidades de ley, juramentado que fue por el juzgador dijeron“…: Desconocemos a los herederos presuntos y desconocidos de CESAR VICENTE BAUX VALAREZO, ya que por averiguaciones realizadas en el sector ninguna de las personas nos supieron indicar si existe o no algún heredero, por desconocer los nombres de algún heredero que pudiera existir se ha tornado totalmente difícil solicitar información en la instituciones que registran datos públicos. De esta forma damos cumplimiento con lo dispuesto el Art. 56 en relación con el 58, del Código Orgánico General de Procesos.- Se observa que la demanda que antecede presentada por LUIS ABERTO EGAS HEREDIA Y ANGELA YOLANDA PAZMIÑO YANEZ, en contra de LOS HEREDEROS DE CESAR VICENTE BAUX VALAREZO; y, demás herederos presuntos y desconocidos del mencionado causante; es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica y admite

a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados a los herederos de CESAR VICENTE BAUX VALAREZO, y demás herederos conocidos, presuntos y desconocidos del causante mencionado, y a toda persona natural o jurídica que se creyere con derecho al bien materia de la Litis, conforme al juramento rendido por la parte actora, se los citará por la prensa, mediante tres publicaciones, las que se hará en un diario de amplia circulación de esta ciudad o de la provincia en la forma que contempla el art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- Por tratarse la demanda de una acción que pretende la adquisición por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio de un inmueble, de conformidad a lo previsto en la Disposición General Décima del COOTAD, cuéntese con los representantes legales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Babahoyo, a quienes se citará en sus respectivos despachos en la forma prevista en la ley.De conformidad a lo previsto en los incisos 5 y 6 del art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Babahoyo, para lo cual ofíciese al funcionario competente.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por el accionante, en su demanda, situación que estará a lo previsto en el inc. Segundo del artículo 291 del precitado cuerpo legal.- Se admite el acceso judicial a la prueba, por encontrarse debidamente justificada, de conformidad a lo dispuesto en el núm. 8 del art. 142 del COGEP, para lo cual OFÍCIESE a las entidades requeridas en el sentido solicitado en el libelo de su demanda, cuya petición se adjunta.- Actúe el Dr. Joffre Coronel Guerrero en calidad de secretario titular del despacho.- CUMPLASE, CITESE Y NOTIFIQUESE. OBJETO DE LA DEMANDA: El actor amparado en Fundamentos de derecho con los que se justifican el ejercicio de la presente acción son los siguientes: |arts. 715, 969, 2392, 2393, 2410, 2411, 2413, que tratan de la prescrip-

ción extraordinaria adquisitiva de dominio, por haber mantenido la posesión regular, pública, pacífica e ininterrumpida, con carácter de señores y dueños, del lote de terreno descrito en el numeral anterior, por más de 20 años, del lote de terreno singularizado sobre el cual mantenemos la posesión antes descritas, el actor manifiesta que el 17 de diciembre del año 2000, entramos en posesión del lote de terreno, ubicado en el sector denominado Recinto El Tigrillo, jurisdicción del cantón Babahoyo, provincia de Los Ríos; lote de terreno que tiene la siguiente superficie linderos y dimensiones: Superficie.- DOS PUNTO SIETE MIL CIENTO UN HECTAREAS; circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones, por el Norte.- Del P01 P02 con una distancia de 333.2m rumbo S 43°25”08”E Juan Ocaña; P02-P03 con una distancia de 38,9m rumbo N29°11”51 E Juan Ocaña; Del P03-P04 con una distancia de 59,9m rumbo N56°34”31” O S/N; del P04-P05 CON UNA DISTANCIAS DE 70,3 m rumbo N 39° 48 “20” E S/N; del P05-P06 con una distancia de 93,3m rumbo N 44°07”55”O S/N; Por el Sur.- Del P09-P10 con una distancia de 85,5m rumbo N83° 57”21” O S/N; del P10-P11 con una distancia de 96,6 m rumbo 62°52”16 O Walter Gaibor; Por el Este.- Del P06-P07 con una distancia de 34,7m rumbo N56°46”06” E S/N; del P07-P08 con una distancia de 41.1m rumbo S 85° 48”54” E S/N; Del P08-P09 con una distancia de 18,2m rumbo N 09°27”44” E S/N; Por el Oeste.- Del P11-P01 con una distancia de 86,5m rumbo S 67° 35” 02” O Walter Gaibor. Terrenos que hemos venido manteniendo la posesión lo he hecho en forma pública, pacifica, ininterrumpida, sin violencia, ni clandestinidad, en condición de señor y dueño: la cuantía fijada por la cantidad de $ 20.740,32 dólares de estados unidos de Norteamérica. Particular que comunico a ustedes para los fines legales pertinentes. Babahoyo, 25 de noviembre del 2021. DR. JOFFRE CORONEL GUERRERO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO AM-CÓD

R. del E. UNIDAD JUDICIAL

ESPECIALIZADA PRIMERA DEL TRABAJO DE QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN A: HEREDEROS CONOCIDO Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE MOREIRA FERRIN JORGE WASHINGTON. Se les hace conocer que en este Despacho mediante juicio laboral No. 123712021-00242, los señores LENNIS NARCISA RENGIFO BRAVO, THALIA DAYANARA MOREIRA RENGIFO, ÁNGEL VALENTÍN MOREIRA RENGIFO y JORGE WASHINGTON MOREIRA RENGIFO, en sus calidades de cónyuge sobreviviente e hijos, respectivamente, del causante JORGE WASHINGTON MOREIRA FERRÍN, en contra del señor DIEGO MAURICIO BRAVO CARTAGENOVA, por sus propios derechos y en calidad de Gerente General de la Compañía TRANSPORTADORA ECUATORIANA DE VALORES “TEVCOL CIA. LTDA”, cuyo tenor es el siguiente: OBJETO DE LA DEMANDA La actora indica que con fecha 7 de enero del año 2003 Jorge Washington Moreira Ferrin cónyuge y progenitor de los compareciente Lennis Narcisa Rengifo Bravo, Thalía Dayanara Moreira Rengifo, Ángel Valentín Moreira Rengifo; y, Jorge Washington Moreira Rengifo, ingreso a prestar sus servicios lícitos y personales conduciendo varios vehículos blindados de propiedad de la compañía Transportadora Ecuatoriana de Valores “TEVCOL CIA. LTDA” indica la actora que el trabajo que realizo ahora el occiso, el trabajo que realizaba era como conductor de varios vehículos, por lo que debía movilizarse dentro de todo el territorio nacional empezando su recorrido 04h00, no teniendo hora de llegada a nuestro domicilio, así mismo indica que la remuneración mensual correspondiente a las años 2009-2020 fluctuaba entre los $947 y 779 dólares, indica que la relación laboral duro hasta el 4 de junio del 2020, día en que ocurrió su deceso. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO. Determina los rubros que reclama, fundamento su derecho en los Arts. 369,398,97, 111,55 del Código del Trabajo , el trámite de la causa, anuncia las pruebas, las pretensiones que exige, la cuantía, el trámite a darse a la causa, se calificó la demanda y se la admitió a trámite mediante procedimiento sumario, por cumplir los requisitos señalados en los Arts. 142 y 143 del Código General de

Procesos.- Se dispuso citar a los demandados conocidos a través de la sala de citaciones y se dispuso citar a los herederos presuntos CUANTIA.- $63,670.00 TRAMITE: SUMARIO JUEZ DE LA CAUSA.-Dr. Richard Maza Arrobo, quien mediante auto de jueves 19 de agosto del 2021, las 09h21, dispuso citar por la prensa a los here deros presuntos y desconocidos del de cujus DIEGO MAURICIO BRAVO CARTAGENOVA Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, Quevedo, 14 de octubre del 2021 AB.MIRTA ANDREA TAMAZ ESTERILLA SECRETARIA AM-CÓD

12336-2021-00174OFICIO-02091-221 R. del E. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOS RÍOS EN VALENCIA EXTRACTO DE CITACIÓN A: CAICEDO GARCIA JUANITA ALEXANDRA SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial se tramita en su contra el juicio de divorcio No.123362021-00174, propuesta por HIDALGO ROBAYO ROMAN EDMUNDO cuyo extracto es como sigue: ACTOR: HIDALGO ROBAYO ROMAN EDMUNDO DEMANDADO: CAICEDO GARCIA JUANITA ALEXANDRA OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO AUTO INICIAL.- VISTOS: En mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Valencia, creada mediante resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura No.094-2015 de fecha 29 de abril del 2015, publicada en el Registro Oficial No. 520 de fecha 11 de junio del 2015, y al amparo del art. 244 del Código Orgánico De la Función Judicial, posesionado del cargo por resolución 1382015 del Pleno del Consejo de la Judicatura y mediante Acción de Personal N°7862DNTH-2015-SBS de fecha 08 de Junio del 2015, suscrito por la señora Econ. Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura, cuya copia certificada se manda agregar al expediente.- Avoco conocimiento del presente juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N.- 12336-202100174, que sigue ROMAN EDMUNDO HIDALGO ROBAYO en contra de JUANITA ALEXANDRA CAICEDO

GARCIA, amparado en el Art. 110 numeral 9 del Código Civil, se dispone: PRIMERO: Por cuanto la presente demanda cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), de conformidad con el Art. 146 inciso primero del mismo cuerpo legal se acepta la demanda al trámite SUMARIO que corresponde, establecido en el Art. 332 y siguientes del COGEP; SEGUNDO: Téngase en consideración que el actor manifiesta que han procreado TRES hijos y que en la actualidad son mayores de edad; y, que no han adquirido bienes; TERCERO:. CITACIÓN.- A fin de garantizar el derecho a la defensa, conforme lo determinan las Garantías Básicas del Debido Proceso, previstas en el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador dando cumplimiento a todas las disposiciones que establece el Art. 56 inciso segundo del COGEP, por haberse adjuntado el certificado de Registro Consular y en aplicación a lo establecido en la antes mencionada norma legal se dispone que el accionante ROMAN EDMUNDO HIDALGO ROBAYO, dentro del término de TRES DÍAS contados a partir de la notificación del presente auto de sustanciación, comparezca personalmente a una de las salas de audiencia de esta Unidad Judicial para que declare bajo juramento que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar mediante carteles fijados en el consulado en el que se encuentra registrado, tales como acudir a los registros de público acceso, disposición que se la realiza al tenor de lo que dispone el Art. 56 inciso quinto del COGEP. ANUNCIOS PROBATORIOS.- Tómese en consideración los anuncios de prueba que formula la parte actora en su libelo inicial; sobre la admisibilidad de los medios probatorios se resolverá el día de la audiencia única que oportunamente se convocará en la presente causa, según lo determinado en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos y de ser admitidos deberán ser practicados en audiencia acorde a las reglas que para el efecto establece el COGEP.- Tómese en cuenta el procedimiento que señala la parte actora para la tramitación de la presente causa y la cuantía.- NOTIFICACIONES A LA ACTORA Y DEFENSA TÉCNICA.- Considérese los correos electrónicos que

señala la parte actora para recibir sus notificaciones, así también téngase en cuenta la autorización que le confiere la accionante al Abogado Jorge Cuenca, para su defensa técnica en la presente causa.- Agréguese a los autos los documentos anexados.- Actúe el Abg. Douglas Coello Alvear, en calidad de Secretario del Despacho, designado por la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Los Ríos.- NOTIFÍQUESE, Y CÚMPLASE.- DEMANDA: El accionante solicita que en sentencia y previo al trámite Sumario se declare disuelto el vínculo matrimonial que mantiene con CAICEDO GARCIA JUANITA ALEXANDRA, manifestando que dentro del matrimonio han procreado tres hijos de nombres JENIFFER LISETH, DIANA CAROLINA y GABRIEL EDMUNDO HIDALGO CAICEDO los mismos que en la actualidad son mayores de edad DE 29, 34 y 36 años de edad respectivamente. Que han adquirido bienes los cuales serán liquidados por cuerda separada; la accionada abandono el hogar desde el mes de marzo del año 2000.Ampara su demanda en la causal 9na, del artículo 110 del Código Civil. CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: SUMARIO JUEZ DE LA CAUSA: Ab Lenin Santiago Guerra Yanez, en su calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente de Valencia, quien mediante auto de fecha lunes 11 de enero del 2021 a las 16h29, Dispone se cite a los demandados por la prensa conforme al art. 56 numeral 1 del COGEP, por manifestar la accionante bajo la gravedad de juramento, que desconoce el actual domicilio o residencia de la señora CAICEDO GARCIA JUANITA ALEXANDRA, el mismos que no puede determinarlo. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso luego tendrán el término de quince días para contestar la demanda y proponer excepciones de ser el caso, caso contrario podrá ser declarada rebelde. Valencia, 25 de Agosto del 2021 AB. DOUGLAS COELLO ALVEAR SECRETARIO


Viernes, 3 de Diciembre 2021 |

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CRÓNICA

Sepultaron a los hermanitos que se ahogaron en el río QUEVEDO • ¡Por fin! Sebastián y Alejandro Gilces Quintana, los hermanitos de 7 y 9 años que se ahogaron el martes en el río Quevedo, ya descansan en su morada celestial en el camposanto Colinas de Los Recuerdos. Después de la celebración de la Misa, decenas de personas adultas, jóvenes, niños, delegados de agrupaciones de la ciudad fueron hasta el hogar de los menores para acompañarlo en su traslado hasta el mencionado cementerio. Algunos eran sus vecinos, otros sus amigos, pero la gran mayor personas solidarias que sintieron como suyo la partida inesperada de los niños. Joselyn, de 10 años, caminaba junto a su madre, las lágrimas inundaban sus ojos; llevaba una camiseta negra en señal de luto. No podía expresar lo que sentía, pero su semblante compungi-

Arrestan a ciudadano con arma y sobres de cocaína

SEPELIO. Los cuerpos descansan en el camposanto Colina de los Recuerdos do y la profunda tristeza en su rostro dejaban notar el dolor por la muerte de sus vecinitos. Los féretros blanco cándidos fueron escoltados con globos blancos y azules, portados por niños y adolescentes. La caminata arrancó por las asfaltas y calientes calles de la zona, a la cabeza la carroza, de-

Un joven muere tras un accidente

de tránsito en El Empalme

EL EMPALME • Brayan Delgado Basurto, de 21 años, y quien vivía en Manabí por el desvío del cantón Calceta, se dirigía a esa localidad para estar presente en la cesárea que se le iba a realizar a su hermana. Sin embargo, esos deseos del joven no se cumplieron, pues la muerte lo sorprendió en la vía Guayaquil frente a la estación de servicio Primax. El hecho ocurrió aproximadamente a las 16:00 del miércoles. Colisión por alcance Según versiones del Myr Wester Cela del Cuerpo de Bomberos de esa localidad, y quien acudió al auxilio, menciona que el hecho habría sido por un choque tipificado como alcance que hizo que la motocicleta en la que se trasladaba perdiera pista. Producto del mismo Delgado sufrió un trauma severo craneal encefálico, y a pesar de

LUGAR. El cuerpo fue trasladado al Centro Forense de Quevedo que enseguida lo trasladaron al hospital básico del cantón El Empalme, el joven no resistió los traumas por lo que falleció. Según estadísticas del Cuerpo de Bomberos, se menciona que cada 30 horas hay accidentes de tránsito en el cantón El Empalme, muchos de los cuales se deben a la imprudencia de los conductores.

trás ellos, seguidos por delicados arreglos florales y finalmente el conglomerado de personas con igual sentir y unidos por la intención de acompañar los cuerpos hasta el sitio final del descanso. Todos parecían gritar a una sola voz: “Adiós Sebastián, adiós Alejandro. No es un adiós, es un hasta pronto”.

QUEVEDO • Alias “El tuerto” fue arrestado por miembros de la Policía, por haberle encontrado un arma de fuego que estaba cargada. El operativo para la aprehensión del ciudadano se realizó después de que se recibieron denuncias por parte de moradores del sector conocido como Baldramina, que alertaron a los agentes de la presencia de un ciudadano a quien lo describieron con ciertas características y que merodeaba el sector. Así fue como los agentes observaron a un motociclista y al intentar cerrarle el paso el conductor quiso acelerar para evadir el control; sin embargo, no logró. Por lo que los uniformados, procedieron a una requisa minuciosa, la misma dio como resultado el hallazgo de un revólver con cuatro balas en el tambor y otros accesorios, lo que ameritó su arresto y posterior presentación ante el fiscal de turno. De igual manera, se le retuvo un teléfono celular y la motocicleta marca Yamaha blanca que fue conducida a los patios de reten-

BUENA FE • Un arma de fuego, varios sobres de drogas decomisados y un ciudadano aprehendido fue el resultado del operativo “Tauro 276” que ejecutó la unidad Sidprobac-Quevedo. El allanamiento se realizó con el apoyo y coordinación de las unidades de Criminalística e inteligencia militar, en la cooperativa 12 de Agosto de este cantón. Cristhian S.H., de 26 años, es el detenido, quien registra dos antecedentes: uno por Tenencia ilegal de armas en el 2018-11-20 y otro en el 2020-01-27 por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. Entre los indicios hay: 2 armas de fuego, 18 envoltorios de cocaína con un peso de 6 gramos; lo que fue ingresado al CAIE de la Policía Judicial para las pericias pertinentes.

Alias “El tuerto” fue aprehendido durante operativo en Baldramina ción de la Policía. Luego de su arresto, el hombre fue llevado hasta el hospital Sagrado Corazón de Jesús para su respectiva valoración médica y posterior traslado a la oficina de flagrancia de la Fiscalía.

RETENIDOS. Un ciudadano y su motocicleta


¡ADIÓS ALEJANDRO Y SEBASTIÁN!, YA

DESCANSAN EN COLINA DE LOS RECUERDOS QUEVEDO. El dolor por la muerte de los hermanitos Gilces Quintana fue sentido por decenas de ciudadanos, compañeritos, vecinos, amigos y desconocidos acompañaron a los familiares en el momento de dolor. Ellos fueron sepultados en el camposanto Colina de Los Recuerdos. Pág 11

UN JOVEN MUERE TRAS UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO EN EL EMPALME

Los Ríos

VIERNES

3 de Diciembre

2021

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EL EMPALME. El deseo de estar presente en la cesárea que le iban a practicar a su hermana movió a Brayan Delgado (de 21 años) a coger su motocicleta y partir al lugar; pero, un accidente por alcance en la vía Guayaquil frente a la gasolinera Primax (a las 16:00 del miércoles) terminó con la noble intención del joven. Pág 11.


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