Edición lunes 5 de agosto 2024, alcalde de Quevedo denunciado por mujer de la tercera edad

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Y Jehová es el que va delante de ti; él será contigo, no te dejará, ni te desamparará; no temas, ni te intimides. Deuteronomio 31:8

ALCALDE DE QUEVEDO DEMANDADO POR DIRIGENTE SINDICAL MUNICIPAL, DEBIDO A OFENSAS

Quevedo. Un contenido posteado en la red social Facebook por el alcalde de Quevedo, Alexis Matute, en contra de la dirigente sindical, Ab. Carmen Zamora, es el motivo por el que ella ha presentado una demanda; pues dice fue agredida en su condición de adulta mayor y minimizada como dirigente.

Municipales en huelga hacen la ‘vaquita’ para mantenerse

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Babahoyo:alcalde supervisa obra en El Salto-Paso Lateral

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Para EE.UU. E. González es el presidente de Venezuela

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Corte Constitucional dictaminó la constitucionalidad del decreto de estado de excepción con respecto a una causal

La Corte Constitucional se pronunció sobre el decreto de estado de excepción expedido el 2 de julio de 2024 por el presidente Daniel Noboa. En este decreto se plantearon dos causales: grave conmoción interna y conflicto armado interno. Rige para siete localidades por el lapso de 60 días. Estas son: Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y el cantón Camilo Ponce Enríquez (Azuay). En ese marco, la Corte indicó que declara la constitucionalidad exclusivamente al causal de grave conmoción interna; pero la inconstitucionalidad a la causal de conflicto armado interno.

¿QUÉ IMPLICA?

La Corte declaró la constitucionalidad a las siguientes medidas: suspensión del derecho a la inviolabilidad del domicilio, suspensión del derecho a la inviolabilidad de la correspondencia, las requisiciones de bienes y la movilización de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. “Estas cuatro medidas serán constitucionales en los términos ordenados por el presidente de la República y con las precisiones y limitaciones realizadas en el presente dictamen”. También se explica que: “se declaró la constitucionalidad de la suspensión del derecho a la libertad de reunión siempre que se garantice el derecho a la protesta pacífica. Además, se declaró la inconstitucionalidad de la limitación al derecho a la libertad de asociación”.

2 | Lunes, 5 de agosto 2024

Líder sindicalista, Carmen Zamora, denuncia al alcalde de Quevedo, Alexis Matute

QUEVEDO. La asesora sindical, Carmen Zamora, representada por su abogado José Vilela, ha presentado una demanda por discriminación ante la Fiscalía de Los Ríos en contra el alcalde, Alexis Matute Matute.

Zamora, quien actualmente se desempeña como asesora del Sindicato Único de Obreros Municipales Quevedo, ha llevado este caso a la fiscalía tras permanecer en huelga indefinida por 18 días.

Todo se originó luego de que Zamora apoyara a un grupo de obreros a protestar por la falta de pagos de sus sueldos, pagos atrasados del IESS y otras peticiones. Provocando desde la toma de las instalaciones municipales hasta confrontaciones por redes sociales. Luego de todo esto, el alcalde de Quevedo, Alexis Matute posteó el 27 de julio de 2024 en su cuenta de Facebook lo siguiente: "A propósito de la huelga de trabajadores. Es una vergüenza que una señora de la tercera edad «asesore» durante más de dos décadas a nuestros compañeros del Sindicato Único

de Obreros y Trabajadores, tantos años viviendo del trabajo digno de ellos y ha sido incapaz de resolver el problema en tres administraciones anteriores. ¿Será acaso que lo que se defiende son intereses personales cada que llega un alcalde?..."

En ese mismo post, el Alcalde se solidariza con los obreros y trabajadores del GAD Municipal, asegurando "siempre estaré del lado de ellos y resolviendo lo que se tenga que resolver dentro del pliego de peticiones presentado en el 2019, apegado a la Ley y las normas jurídicas".

Investigación del caso femicidio de Aidita A. lo tratará una nueva comisión

La Asamblea Nacional aprobó el pasado 1 de agosto la creación de una comisión ocasional para investigar el femicidio de Aidita A., subteniente del Ejército, hallada muerta en un recinto militar el 29 de junio de 2024.

La comisión, formada por Patricia Nuñez, Alexandra Castillo, Luzmila Abad, Sandra Rueda e Inés Alarcón, tiene un plazo de 30 días para determinar las responsabilidades políticas involucradas en el crimen y presentar

El Alcalde destacó en su post que "No me prestaré para el chantaje y la extorsión de vividores de los pulmones de gente humilde y trabajadora. Comportamientos como los de este tipo de «asesores» son una de las causas de seguir viviendo en el subdesarrollo"... Y es precisamente ese texto el que motivó a la líder sindical Carmen Zamora a presentar la demanda con la cual busca abordar y remediar presuntas acciones discriminatorias, con la intención de establecer un precedente en la protección de los derechos laborales y la igualdad.

un informe detallado al pleno. El informe deberá incluir un análisis exhaustivo del femicidio en el país, evaluar la eficacia de las medidas de protección existentes, y abordar las condiciones de los hijos de las víctimas y las respuestas a la violencia de género.

La investigación surgió tras versiones contradictorias sobre la muerte de Ati, quien presentó lesiones y señales de violación, lo que desmintió la versión inicial de un posible ahogamiento.

Familiares y amigos de Aidita Ati han solicitado una investigación transparente y urgente.

El padre de la víctima, Luis Ati, hizo un llamado a los altos mandos militares para asegurar que se haga justicia y se esclarezcan los hechos.

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Obreros municipales hacen colecta para sobrevivir, mientras otros enfrentan crisis en su salud

Quevedo. Los obreros municipales del Sindicato de Quevedo siguen en huelga indefinida. Ellos acudieron a los exteriores del parque Central, ubicado en la calle Quinta y 7 de Octubre, pleno casco comercial de la ciudad, para apelar a la voluntad ciudadana. Y es que, tras 18 días de huelga, sus recursos económicos se les agotó, por lo cual hicieron una ‘vaquita’ con la que poder abastecerse de alimentos, ya que la ayuda recibida hasta ahora de empresas privadas no es suficiente para sostener el movimiento.

La base de la protesta es en los exteriores del Municipio de Quevedo, donde los trabajadores con cartelones en mano demandan atención urgente a su pliego de peticiones.

Desde el inicio de la huelga, los obreros del Sindicato Único de Trabajadores han exigido el pago de sueldos atrasados, el pago de aportes al IESS y la provisión de indumentaria adecuada para sus labores. Carmen Zamora, líder sindical y portavoz de los obreros, destacó que la huelga se mantiene las 24 horas del día, con

turnos rotativos, lo que ha provocado que algunos trabajadores se enfrenten a problemas de salud, debido a las condiciones extremas en las que se encuentran expuestos. “Tenemos compañeros que están enfermos, algunos presentan problemas respiratorios, por lo que duermen a la intemperie”, comentó Zamora en una entrevista con Diario ALDIA. A pesar de los esfuerzos por negociar con el alcalde de Quevedo, los diálogos del viernes pasado resultaron infructuosos y no se llegó a ningún acuerdo. Zamora subrayó la urgencia de resolver esta situación y advirtió que la huelga continuaría hasta que se atiendan las demandas de los trabajadores. Mientras tanto, los obreros permanecen firmes en su postura y advierten que la paralización no muestra señales de finalizar pronto, manteniendo su vigilia hasta que sus exigencias sean escuchadas y atendidas.

Municipio alegra la vida de personas con discapacidad auditiva

QUEVEDO. La Alcaldía Ciudadana de Quevedo entregó 80 audífonos para personas con problemas auditivos en un evento realizado en la Dirección de Desarrollo Social. Los audífonos mejorarán significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

BABAHOYO

El Consejo Nacional Electoral informó que con el propósito de completar los procedimientos necesarios para al cierre del Registro Electoral de las Elecciones Generales 2025, desde las 17:00 de este viernes 02 de agosto, hasta las 06h00 del lunes 05 de agosto de 2024, se suspenden los siguientes servicios: Cambios de Domicilio Electoral nacional y del exterior, web y presencial; habilitación de Registro

CNE suspende temporalmente servicios electorales por mantenimiento del Registro Electoral p

La Alcaldía comenzó los trabajos de asfaltado en la vía El Salto-Paso Lateral

Electoral Pasivo, web y presencial, certificados de votación, web, habilitación de Registro Electoral Pasivo en el sistema de recaudaciones, presencial y sistemas de recaudaciones, presencial. Desde el Consejo Nacional Electoral se dio a conocer que se ejecuta procesos electorales altamente técnicos, eficientes y transparentes, que garantizan los derechos de participación de la ciudadanía ecuatoriana.

BABAHOYO. La Alcaldía de la capital de Los Ríos comenzó los trabajos de asfaltado en la vía El Salto-Paso Lateral.

Con el fin de rescatar Babahoyo, con vías de producción, la Alcaldía de la ciudad interviene con trabajos de asfaltado en 1.3 Kilómetros de la vía que va desde El Puente de La Roldós hasta La Troncal E25.

El alcalde Gustavo Barquet realizó un recorrido para verificar la colocación del asfalto en esa vía, que

dará lugar a un nuevo polo de desarrollo para la parroquia El Salto y el cantón. Por cuanto se reactiva la economía y se facilita la transportación del comercio.

La vía cuenta con 4 carriles para brindar una mejor circulación vehicular, provista de 75 postes de iluminación, aceras, señaléticas y alcantarillado.

Es considerada una obra que acortará las distancias, mejorando las condiciones de vida de los babahoyenses.

Con lleno total se cerraron las fiestas de San Camilo en honor al Patrono San Cristóbal

QUEVEDO. Con lleno total se cerraron el domingo 4 de agosto las fiestas de San Camilo en honor al Patrono San Cristóbal. Fue un fin de semana intenso y de gran trajín el que vivieron miles de ciudadanos de San Camilo, San Carlos, La Esperanza y sectores aledaños.

En la segunda noche de show, San Camilo disfrutó de artistas locales y nacionales, una verdadera fiesta con grandes talentos, poniendo a bailar y cantar a los miles de asistentes. Los cantantes de trayectoria nacional AuD, Dayanara, Tranzas, Georgina, Atrevidos ‘Rockband’ y LePortuharia descargaron toda su gran magia y compartieron el cierre de la alegría de las fiestas con los asistentes. El domingo 4 de agosto que fue

el último día de festividades los ciudadanos llenaron todo el espacio determinado para el show

ACTOS RELIGIOSOS

Como es tradicional la iglesia de San Camilo realizó los últimos

eventos religiosos en honor al Santo Patrono San Cristóbal. El domingo 4 de agosto, se ofició la Santa Misa, una a las 10:00 y otra a las 19:00. La Solemne Eucaristía en honor al Patrono San Cristóbal la ofició el padre Jaime Tasinchano, párroco de la Iglesia Central de San José de Quevedo.

Seguido de la Solemne Eucaristía se inició la procesión por las calles de la parroquia Eclesiástica San Cristóbal.

Los devotos recorrieron la renovada Av. Guayaquil, calle Manabí, calle Camilo Arévalo, calle Brasil, Av. José Joaquín de Olmedo y finalizó en la Av. Guayaquil.

Mientras que el sábado 3 de agosto se realizó el Noveno Día de Novena en los sectores San Cristóbal y Abdón Calderón, luego de lo cual se ofició una Santa Eucaristía especialmente dirigida a los matrimonios y renovación de promesas matrimoniales.

Qué es Hezbolá y qué capacidad tiene de ir a la guerra con Israel

Redacción Role,

BBC News Mundo

El temor de una guerra total en Medio Oriente, con consecuencias devastadoras para la región y más allá, está en su momento más crítico desde el inicio de la guerra en Gaza el pasado 7 de octubre. Hezbolá confirmó este miércoles que uno de sus altos mandos militares murió en un ataque aéreo

israelí en Beirut, la capital del Líbano. El grupo armado apoyado por Irán dijo que el cuerpo de Fuad Shukr fue encontrado entre los escombros de un edificio que fue atacado el martes.

Anteriormente, el ejército israelí indicó que Shukr había sido el objetivo de una "eliminación basada en inteligencia".

Israel informó que el ataque fue una respuesta a la ofensiva con cohetes que mató el sábado a 12 niños y adolescentes en los Altos del Golán, ocupados por Israel.

Este ataque disparó la tensión entre Israel y Hezbolá hasta un nuevo

nivel de amenaza.

Las autoridades israelíes alegaron que Shukr había contribuido a planificar el ataque. El grupo armado libanés, por su parte, negó ser responsable. Así, la situación en los Altos del Golán, un territorio que Israel arrebató a Siria en 1967 y se anexionó en 1981, ha llegado a su punto más crítico de los últimos nueve meses.

Desde el estallido de la guerra en Gaza en octubre, Israel y Hezbolá han estado intercambiado fuego a través de su frontera común casi a diario.

"Si este conflicto se intensifica hasta desembocar en una guerra total, podría empequeñecer la destrucción de Gaza, atraer a las milicias respaldadas por Irán en Irak, Siria y Yemen, esparcir las brasas por Oriente Próximo y poner en aprietos a Estados Unidos. El propio Irán podría intervenir directamente", analiza Orla Guerin, corresponsal internacional de la BBC.

Desde su creación, Hezbolá ha sido acusado de llevar a cabo una serie de atentados contra objetivos judíos e israelíes.

Está designada como organización terrorista por Estados Unidos, Israel y otros países de la Liga Árabe. De igual forma, su brazo militar figura en la lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea (UE).

Kamala Harris, la primera afroamericana en aspirar a la presidencia de Estados Unidos

El Partido Demócrata de Estados Unidos designó este viernes 2 de agosto de 2024 a Kamala Harris como la candidata para las elecciones del 5 de noviembre de 2024. La actual vicepresidenta se enfrentará al expresidente Donald Trump, quien terciará por el PLa elección de Harris se realiza a poco menos de dos semanas de la renuncia de la candidatura del presidente Joe Biden, tras preocupaciones sobre su estado de salud y el desplome sufrido en las encuestas, tras el primer debate con Trump. El propio Biden había anunciado

en la previa su apoyo a Harris.

"Hoy, quiero ofrecer todo mi apoyo y respaldo para que Kamala sea la candidata de nuestro partido este año. Demócratas, es hora de unirnos y vencer a Trump", mencionó el mandatario. Los ofrecimientos de campaña serán claves para Harris, quien se encuentra a un punto por detrás de Trump en las encuestas para llegar a la Casa Blanca.

Por ahora, la candidata ha centrado su campaña en exponer los problemas judiciales del magnate inmobiliario y los des-

aciertos de su gestión presidencial (2016-2020).

"Es un honor para mí ser la candidata demócrata a la presidencia de los Estados Unidos. Aceptaré oficialmente la nominación la próxima semana. Esta campaña trata sobre personas que se unen, impulsadas por el amor

a la patria, para luchar por lo mejor de lo que somos", publicó Harris en su cuenta oficial de X.

¿Quién es Kamala Harris? Nació el 20 de octubre de 1964 en Oakland, California. Su padre Donald es un afroamericano de origen jamaiquino y su madre Shyamala nació en India, de origen tamil. Es abogada de profesión y se desempeñó como fiscal de distrito de San Francisco y posteriormente como fiscal general de California. Fue senadora de Estados Unidos y en 2020 ganó la vicepresidencia de Estados Unidos con Joe Biden. partido Republicano. Es la primera afroamericana y con raíces indias en ser nominada para una candidatura presidencial. Además será la primera mujer desde Hillary Clinton en unos comicios presidenciales de Estados Unidos.

¿Quién será su vicepresidente? Al momento Kamala Harris no ha anunciado su binomio presidencial. Este sería confirmado la siguiente semana, tras aceptación oficial de su designación. p

Estados Unidos reconoce triunfo de Edmundo González en Venezuela

El Gobierno estadounidense, a través del secretario Anthony Blinken, reconoció el jueves 1 de agosto de 2024 a Edmundo González como el legítimo ganador de las elecciones realizadas el domingo 28 de julio de 2024 en Venezuela.

En un comunicado, el secretario aseguró que existe una "abrumadora evidencia" del triunfo de la oposición e instó al Gobierno de Nicolás Maduro a realizar una transición pacífica para entregar el poder a su opositor.

A pesar del reconocimiento de Estados Unidos, Maduro no ha aceptado otros resultados que los divulgados por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que es controlado por personal cercano a su partido político. De hecho, el presidente venezolano presentó una solicitud al Tribunal Superior de Justicia, también controlado por el chavismo, para que proceda con la revisión de las actas de elecciones. En la actualidad solo pocos países reconocen el triunfo de Maduro.

Entre estos destacan Rusia, China, Cuba, Nicaragua o Bolivia. Este último es el único país sudamericano que ha legitimado unas controvertidas elecciones, que son acusadas por la oposición venezolana como fraudulentas y sin transparencia.

"La rápida proclamación de Nicolás Maduro como vencedor de las elecciones presidenciales por parte del CNE no fue respaldada por ninguna prueba. El CNE aún no ha publicado los datos desglosados ni ninguna de las actas de escrutinio,

a pesar de los reiterados llamamientos de los venezolanos y de la comunidad internacional para que lo haga", señaló Blinken, que se basa en los datos entregados por la misión independiente del Centro Carter.

Presidente de Turquía abofetea a un niño en un acto público

El presidente turco, Recep Tayyip Erdogan generó polémica al abofetear un niño que no beso su mano en un evento público. El incidente habría ocurrido en la provincia de Rize, al norte de Turquía, en el que el presidente realizaba una ceremonia de entrega de viviendas. Al finalizar su discurso, dos niños subieron al

escenario junto a él.

La tradición turca es que las personas besen la mano del presidente, pero la reacción del niño no fue la que esperaba Erdogan por lo que lo abofeteó en la mejilla.

Esta reacción fue registrada por los medios de comunicación y viralizada en redes sociales.

Chito Vera fue derrotado por decisión unánime en Dubai

Chito Vera perdió ante el brasileño Deiveson Figueiredo, quien fue dos veces campeón del mundo y se encuentra actualmente en el sexto puesto del ranking del peso gallo. La decisión fue unánime. La pelea se dio en el Etihad Are-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL

CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO

Se Le Hace Conocer

A: HEREDEROS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamaron ROSA BEATRIZ DE HAZ VILLACRES y HUMBERTO ENRIQUE CAMPI

MAQUILON así como de TERCEROS INTERESADOS y DEMÁS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO AL INMUEBLE

MATERIA DE ESTA ACCIÓN.

ACTORA: GUERRERO

MIRANDA PEDRO LEONIDAS

JUICIO: Civil – ORDINARIO – PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. No. 12334-2024-00053. Juez:- Dr. Luis Alberto Toala Bazurto.

AUTO DE CALIFICA-

CIÓN DE LA DEMAN-

DA:- Babahoyo, miércoles 14 de febrero del 2024, las 12h41.-VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a todo los dispuesto en providencia anterior, revisada la demanda

ORDINARIA DE PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, que antecede presentada por GUERRERO MIRANDA PEDRO

LEONIDAS, cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142

na, de Abu Dhabi, por la categoría peso gallo de la #UFC. El combate comenzó alrededor de las 15:30, aproximadamente. En tres rounds, el manabita no logró conectar sus golpes y se quedó corto en tiempo. El brasileño fue superior e, in-

y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. Se ordena la citación de los demandados HEREDEROS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamaron ROSA BEATRIZ DE HAZ VILLACRES y HUMBERTO ENRIQUE CAMPI MAQUILON así como de TERCEROS INTERESADOS y DEMÁS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO AL INMUEBLE MATERIA DE ESTA ACCIÓN, y como el actor ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados HEREDEROS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamaron ROSA BEATRIZ DE HAZ

VILLACRES y HUMBERTO ENRIQUE CAMPI MAQUILON y que ha efectuado todas las diligencias para tratar de ubicarlos, se dispone se CITE a los demandados HEREDEROS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamaron ROSA BEATRIZ DE HAZ VILLACRES y HUMBERTO ENRIQUE CAMPI MAQUILON y a TERCEROS INTERESADOS y DEMÁS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO

cluso, estuvo cerca de derribar al ecuatoriano. En su última pelea, Marlon “Chito” Vera perdió ante el campeón mundial de la Ultimate Fighting Championship (UFC), Sean O’Malley. Con esto ya suma dos derrotas consecutivas.

JUDICIALES

AL INMUEBLE MATERIA DE ESTA ACCIÓN, mediante Publicaciones que se realizarán por la prensa en tres fechas distintas en el Periódico de mayor y amplia circulación de esta Provincia de Los Ríos, para lo cual la señora actuaria del despacho concederá el extracto respectivo. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de TREINTA DIAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo, término que comenzara veinte días después de la tercera y última publicación conforme lo determina el Art. 56 del COGEP. Agréguese la documentación aparejada a la demanda.-Actúe la Abg. Alicia Tamara Zuñiga Galecio, como secretaria titular de este despacho. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.FUNDAMENTOS DE HECHO:Los hechos que sirven de fundamento a la demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio debidamente clasificado y enumerado son los siguientes: 5.1 Posesión.Desde el 2 de noviembre del año 1990 me encuentro en posesión de un lote de terreno urbano, de manera pacífica, tranquila, ininterrumpida, pública, notoria,

y sobre todo con ánimo de señor y dueño, sin reconocer dominio ajeno de nadie, sin ser obstaculizado por persona alguna, es decir, que mantengo una posesión de más de 30 años a la fecha de la presentación de esta demanda. 5.2 Identificación del bien raíz. El mencionado lote de terreno sobre el que estoy en posesión, está situado en la Lotización Robles (IMPROMUR), con clave catastral No 073-55-1, perteneciente a la parroquia Camilo Ponce, cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos, que tiene una superficie de 400 M2, y según el certificado del Registro de la Propiedad se encuentra circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones: Por el Norte: Avenida circunvalación con diez metros. Por el Sur: Calle peatonal con diez metros. Por el Este: Lote número 2 de la manzana Z, con cuarenta metros noventa centímetros. Por el Oeste: Con calle peatonal que separa de la manzana "D", con cuarenta metros. Cabe aclarar que los linderos mencionados son en base a lo que consta en el certificado del Registro de la Propiedad, sin embargo, en la actualidad como se aplicó un rediseño de plano, los linderos en la actualidad son los siguientes: Por el NORTE: Con Calle

Lo

de Damián

Díaz es un asunto "dirigencial y deportivo", señala Ariel Holan

El entrenador de Barcelona, Ariel Holan, indicó este sábado luego del triunfo sobre Imbabura que la situación presentada con el mediocampista Damián Díaz es un asunto tanto dirigencial como deportivo, y que el club emitirá un pronunciamiento oficial. "Es un tema dirigencial, es un tema deportivo. Ya el club va a sacar un comunicado al respecto", señaló Holan en rueda de prensa en el estadio Olímpico de Ibarra. "Las cosas que son en la parte deportiva son las que yo conversé con Damián y quedan en la intimidad del vestuario y del equipo", agregó sin profundizar más al respecto.

Trans. M y Solares de Clave Catastral 07-03-053-40 y 07-03-053-42 con 40.00 m2. POR EL SUR: Con Solar de Clave catastral 0703-55-27 y Solar de Clave Catastral 07-03-055-2, con 40 m2. POR EL ESTE: Con Calle Longitudinal 1 con 10,00 m. POR EL OESTE: Con Calle Longitudinal 1-Ac con 10.00 m. 5.3 Origen de la posesión. - Cabe indicar, que la posesión la adquirí por un compromiso de venta tenía con el señor Byron Vite Briones, quien me entregó la posesión del solar, pero lamentablemente no se pudo perfeccionar el título escriturario; a su vez dicho socio adquirió la posesión por intermedio de la compañía IMPROMUR Cia Ldtda., quien era la propietaria de aproximadamente 92 hectáreas de terreno en dicho sector. 6.4 Hechos positivos de dominio.- Durante este lapso de tiempo, esto es, por más de 30 años, he venido ejecutando actos de señor y dueño en el mencionado lote de terreno, con relleno del suelo, limpiando. cultivando, cercando sus linderos, etc; también he construido un cerramiento alrededor de todo el lote de terreno; hechos que se enmarcan en el Art. 969 del Código Civil. "Art. 969 Prueba de la posesión: Se deberá probar la posesión del suelo por hechos positivos, de aquellos a

que solo el dominio da derecho, como la corta de maderas, la construcción de edificios, las de cerramientos, las plantaciones o sementeras, y otros de igual significación" 5.5 Titular del derecho de dominio. Del certificado del Registro de la Propiedad que adjunto a la presente demanda, vendrá a su conocimiento que la titular del derecho de dominio del bien raíz que me encuentro en posesión es la señora quien en vida se llamó Rosa Beatriz Haz Villacrés, conforme lo justifico Con el certificado del Registro de la Propiedad y el certificado de defunción.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO:- Dando cumplimiento a lo que dispone el Art. 142.6 del COGEP, fundamento mi demanda en las siguientes disposiciones legales, doctrinales y jurisprudenciales.6.1 CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR. Artículo 66, 75 y 321. 6.2 CÓDIGO CIVIL.- Artículos 603, 715, 969, 2392, 2393,2398, 2410, 2411, 2413.PRETENSIÓN QUE EXIJO:-Que se declare con lugar la demanda y que se declare que he adquirido la propiedad o el dominio del bien terreno urbano, descrito en líneas anteriores.

CUANTÍA:- Es de $24.620,03 veinticuatro

mil seiscientos veinte dólares con tres centavos. PROCEDIMIENTO:- Es Ordinario, de conformidad al Libro IV, Título I, Capítuloi I, del COGEP.REFORMA DE LA DEMANDA. Babahoyo, lunes 22 de abril del 2024, a las 09h59.- VISTOS:-En lo principal, agréguese a los autos el escrito que presenta la parte Actora por el cual reforma su demanda, previo a calificar la reforma a la demanda, concurra el día Martes 30 de abril del 2024 a las 10h30, a esta judicatura el señor PEDRO LEONIDAS GUERRERO MIRANDA y bajo juramento de cumplimiento con lo que determina el Art. 56 del COGEP, esto es, que declare bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad o residencia de los demandados HEREDEROS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamaron ROSA BEATRIZ DE HAZ VILLACRES y HUMBERTO ENRIQUE CAMPI MAQUILON y que ha efectuado todas las diligencias para tratar de ubicarlos sin poder dar con su paradero. Hecho pasen los autos para disponer lo procedente.-NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.ZUÑIGA GALECIO ALICIA TAMARA SECRETARIA

AVISOS VARIOS

EXTRACTO DE CITACIÓN POR LA PRENSA

SE LE HACE SABER:

A: PABLO ADRIÁN BRIONES CUADRADO y LISSETTE MARIUXI RAMÍREZ VARAS.

AUTOR: MIGUEL ANGEL VALLE GAIBOR EN CALIDAD DE GERENTE

GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO

Y CREDITO SAN ANTONIO LTDA – LOS RIOS

DEMANDADO: PABLO

ADRIÁN BRIONES CUA-

DRADO y LISSETTE MARIUXI RAMÍREZ VARAS.

JUICIO: EJECUTIVO

PROCESO Nº 123342022-00943

ASUNTO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN

JUEZ DE LA CAUSA: DR. MARCO FERNANDO SIGUENCIA GARCIA

SECRETARIO: DR. JOFFRE ISAIAS CORONEL GUERRERO

1.- AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA:Martes 22 de noviembre del 2022, a las 10h35. VISTOS: Dr. Marco Fernando Sigüencia García Mgs., Juez Titular de la Unidad Judicial Civil del Cantón Babahoyo, designado mediante Resolución No. 1202016, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura el veinte de julio de 2016, y a la Acción de Personal No. 7065DNTH-2016-CIP, de fecha 28 de julio de 2016, suscrita por el Director General del Consejo de la Judicatura; por el sorteo de ley, puesto que ha sido a mi despacho, avoco conocimiento del presente causa.- En lo principal, por cuanto la demanda que antecede propuesta por el Ing. MIGUEL ANGEL VALLE GAIBOR, Representante Legal y Judicial, en calidad de GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “SAN ANTONIO” LTDA – LOS RÍOS, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código; ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. En mérito de lo cual se ordena la citación de los demandados: PABLO ADRIAN BRIONES CUADRADO Y LISSETTE MARIUXI RAMIREZ VARAS, en calidad de deudores principales; y MARICELA ESTHER SANCHEZ JIMENEZ en calidad de garante solidaria; se ordena la citación a los mencionados demandados en los domicilios señalados,

para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos necesarios adjuntos a ella y este auto inicial, para el cumplimiento de esta diligencia, remítanse las boletas correspondientes con copias de la demanda y este auto inicial al señor Citador de la Unidad Judicial quien observará lo establecido en el Art. 54 y 55 del COGEP; Se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- Agréguese la documentación acompañada por el accionante.- En mérito a lo dispuesto en el Art. 126 del Código Orgánico General de Procesos y de la documentación aparejada –Certificado del Registro de la Propiedad del cantón Babahoyo-, se dispone como providencia preventiva la Prohibición de Enajenar los bienes de propiedad de MARICELA ESTHER SANCHEZ JIMENEZ sobre los solares signado con los números ONCE Y DOCE de Manzana Letra “A”, ubicada en la Lotización denominada “Zúñiga”, cales “C” y “V”, de la parroquia Clemente Baquerizo, del cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos, con una Superficie de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, hasta por el monto de lo reclamado en la demanda; para el efecto se notificará a la señora Registradora de a Propiedad del cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos, para el cumplimiento de esta diligencia, a fin que se cumpla con la inscripción de la Prohibición y tome nota de dicha prohibición en los libros correspondientes, según lo establecido en el artículo 126 del mencionado código.- Tómese en cuenta los correos electrónicos que señala para recibir notificaciones, así como la autorización que concede a su defensor técnico .-ANUNCIO DE PRUEBAS.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por el accionante, en su demanda, situación que estará a lo previsto en el inc. Segundo del artículo 291 del precitado cuerpo legal, en el evento que se formule la contestación debidamente fundamentada.- Cumpliendo lo dispuesto en el Auto de Sustanciación del martes 6 de febrero del 2024, a las 09h40. VISTOS: Agréguese al proceso la razón que sienta el actuario del despacho en fecha martes

JUDICIALES

23 de enero del 2024, a las 16h42, y agregado como se encuentra al proceso el escrito presentado por el actor (fjs. 47); atento a lo solicitado por la parte actora, elaborase el extracto de citación solicitado.2.- FUNDAMENTOS DE HECHO: La narración de los hechos son como siguen en su orden. A).- El demandado señor PABLO ADRIAN BRIONES CUADRADO y LISSETTE

MARIUXI RAMIREZ VARAS, en calidad de deudores principales, y la señora

MARICELA ESTHER SANCHEZ JIMENEZ, en calidad de Garante Solidaria; de manera libre y voluntaria, sin presión de ninguna naturaleza SUSCRIBIERON firmaron en el Cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos, un PAGARE A LA ORDEN, signado con el número 202000033994, de fecha 13 de marzo del 2020, a favor de mi representada, la misma que lleva implícita la promesa de de pago incondicional por la cantidad de USD $ 7.000, 00/100 ( SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), con fecha de vencimiento al 26 de febrero del 2023.-

3.- FUNDAMENTOS DE

DERECHO: Los fundamentos de derecho o razonamiento Jurídicos son los siguientes:

• Art. 347 numeral 5, del Código Orgánico General de Procesos.

• Art. 348 del Código Orgánico General de Procesos.

• Art. 186 del Código de Comercio, publicado en el registro oficial de fecha 29 de mayo de 2019

• Artículos 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador.

• Artículos 20, 23, 25, 130 del Código Orgánico de la Función Judicial.

4.- PRETENSIÓN: Que en mi calidad de representante legal de la Cooperativas de Ahorro y Crédito San Antonio LTDA. Los Ríos, demando y exijo que mediante sentencia, se ordene que los demandados señores PABLO ADRIAN BRIONES CUADRADO y LISSETTE

MARIUXI RAMIREZ VARAS, en calidad de deudores principales, y la señora MARICELA ESTHER SAN-

CHEZ JIMENEZ, en calidad de Garante Solidaria; reconociendo pagos parciales realizados paguen el capital adeudado actualmente constante en su totalidad de USD $3.145,33 (TRES MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON TREINTA Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), valores adeudados a favor de mi representada, más los intereses legales que corresponden, los intereses por mora establecidos le-

galmente en el pagare hasta el pago total de la deuda demandada, y las comisiones legales del valor principal, la comisión generada debido al cobro tal como lo establece el Código de Comercio, reclamo costas, incluidas los honorarios de mi defensor técnico, gastos judiciales, daños y perjuicios, de conformidad al Art. 347 del Código de Comercio vigente.5.- TRÁMITE PROCESAL: El trámite debe darse en la presente causa se encuentra dispuesto en el título II, de procedimientos ejecutivos, capítulo I – de procedimiento ejecutivo, Art. 347 y siguientes del código orgánico general del proceso.6.- CUANTÍA: La cuantía por tratarse de un asunto susceptibles o apreciable de dinero, y conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del Art.144, del código orgánico general del procesos, considero que esta asciende a la cantidad de USD $ 4.600,00 CUATRO

MIL SEISCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, sin perjuicio que esta varié hasta el cobro total de la deuda contraída.7.- TÉRMINO PARA

CONTESTAR LA DEMANDA: se concede el término de treinta (15) días para que los demandados contesten la demanda.

CORONEL GUERRERO

JOFFRE ISAIAS

SECRETARIO/A

PL-000

EXTRACTO DE CITACIÓN POR LA PRENSA

SE LE HACE SABER: A: KANKI RONQUILLO

MICHAEL JOSUE

AUTOR: MIGUEL ÁNGEL

VALLE GAIBOR GERENTE GENERAL DE LA COOP. DE AHORRO Y CRÉDITO ¨SAN ANTONIO¨ LTDA – LOS RIOS

DEMANDADO: KANKI

RONQUILLO MICHAEL JOSUE

JUICIO: EJECUTIVO PROCESO Nº 123342023-00324

ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN

JUEZ DE LA CAUSA: DR. MARCO FERNANDO SIGUENCIA GARCIA

SECRETARIO: DR. JOFFRE ISAIAS CORONEL GUERRERO 1.- AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA:Martes 27 de junio del 2023, a las 16h24. VISTOS: Formen parte del proceso la Razón, el Acta de Reconocimiento de Firma del actor, así como el escrito presentado por el actor, con el que ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto anterior. En lo principal, por cuanto la demanda y su complemento que antecede propuesta por el Ing. MIGUEL ANGEL VALLE GAIBOR, Repre-

sentante Legal y Judicial, en calidad de GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “SAN ANTONIO” LTDA – LOS RÍOS, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código; ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado KANKI RONQUILLO MICHAEL JOSUE, atento al juramento rendido por el accionante y la documentación adjunta, y de conformidad con lo previsto en el Numeral 2, Inciso Tercero, del artículo 56 del COGEP, en concordancia con la Resolución 07-2018 emitida por la Corte Nacional de Justicia, el 16 de mayo del 2018, en el Art. 5, cítese al antes mencionado por la prensa mediante tres Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación provincial, o de esta ciudad; para lo cual el actuario del despacho procederá a realizar el extracto correspondiente, en la forma establecida en la ley, el que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y del presente auto; Se concede el término de quince (15) días para que la demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.Agréguese la documentación acompañada por el accionante.- En mérito a lo dispuesto en el Art. 126 del Código Orgánico General de Procesos y de la documentación aparejada –Certificado del Registro de la Propiedad del cantón Simón Bolívar, provincia del Guayas-, se dispone como providencia preventiva la Prohibición de Enajenar los bienes de propiedad de KANKI RONQUILLO MICHAEL JOSUE, sobre un lote de terreno signado con el número quince, ubicado en la ciudadela San Miguel de Arcángel, manzana cero treinta v seis, zona cero dos, Sector cero dos, perteneciente al cantón Simón Bolívar, provincia del Guayas comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: POR EL NORTE: Con lote cero cero dieciséis con catorce punto setenta

y nueve metros, EL SUR: Con calle Alejandro Vargas con siete punto ochenta y un metros, POR EL ESTE: Con lote cero cero catorce con dieciocho punto ochenta y tres metros, y; POR EL OESTE: Con calle San Miguel con diecinueve punto noventa y siete metros, medidas que dan una superficie de DOSCIEN QUINCE PUNTO TREINTA Y UN METROS CUADRADOS, hasta por el monto de lo reclamado en la demanda; para el efecto se notificará a la señora Registradora de a Propiedad del cantón Simón Bolívar Provincia del Guayas, mediante Deprecatorio Virtual a la Unidad Judicial Civil y/o Multicompetente del cantón Yaguachi, provincia del Guayas, para lo cual se adjuntará la documentación necesaria, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, para el cumplimiento de esta diligencia, a fin que se cumpla con la inscripción de la Prohibición y tome nota de dicha prohibición en los libros correspondientes, según lo establecido en el artículo 126 del mencionado código.2.- FUNDAMENTOS DE HECHO: A).- El demandado señor MICHAEL JOSUE KANKIN RONQUILLO, en calidad de deudor principal; de manera libre y voluntaria, sin presión de ninguna naturaleza SUSCRIBIO firmo en Mata de Cacao, del Cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos, un PAGARE A LA ORDEN, signado con el número 202200049435, de fecha 22 de junio del 2022, a favor de mi representada, la misma que lleva implícita la promesa de pago incondicional por la cantidad de USD $ 3.000, 00/100 ( TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), con fecha de vencimiento al 25 de enero del 2023.B).- Los demandados han incumplido en el pago de su deuda pese a que reiteradamente se les ha notificado de sus obligaciones, y no han cumplido.-Con los antecedentes expuestos y por ser derechos de mi representada, en nombre y representación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito "SAN ANTONIO" LTDA - LOS RIOS, en mi calidad de representante legal que ostento de ella, declaro de Plazo vencido, así como también el dividendo, el mismo que correspondió el 25 de enero del 2023, siendo estos 1 cuotas o dividendos, semestral, cuyo único valor incluido los intereses correspondientes es de USD 3.348,20/100 ( TRES MIL, TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON VEINTE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ES-

TADOS UNIDOS DE AMERICA), valor SEMESTRAL que se justifica con la tabla de amortización que se adjunta a la presente demanda.-

3.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:

• Art. 347 numeral 5, del Código Orgánico General de Procesos.

• Art. 348 del Código Orgánico General de Procesos.

• Art. 186 del Código de Comercio, publicado en el registro oficial de fecha 29 de mayo de 2019.

• Artículos 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador.

• Artículos 20, 23, 25, 130 del Código Orgánico de la Función Judicial.

4.- PRETENSIÓN: Que en mi calidad de representante legal de la Cooperativas de Ahorro y Crédito San Antonio LTDA. Los Ríos, demando y exijo que mediante sentencia, se ordene que el demandado señor MICHAEL JOSUE KANKIN RONQUILLO, en calidad de deudor principal; paguen el capital adeudado actualmente constante en su totalidad de USD $ 3.000,00 (TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), valores adeudados a favor de mi representada, más los intereses legales que corresponden, los intereses por mora establecidos legalmente en el pagare hasta el pago total de la deuda demandada, y las comisiones legales del valor principal, la comisión generada debido al cobro tal como lo establece el Código de Comercio, reclamo costas, incluidas los honorarios de mi defensor técnico, gastos judiciales, daños y perjuicios, de conformidad al Art. 347 del Código de Comercio vigente.5.- TRÁMITE PROCESAL: El trámite que debe darse a la presente causa se encuentra dispuesto en el titulo ll, de procedimientos ejecutivos, capítulo Ide Procedimiento ejecutivo, Art. 347 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.6.- CUANTÍA: La Cuantía, por tratarse de un asunto susceptible o apreciable de dinero, y conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 144, del Código Orgánico General de Procesos, considero que esta asciende a la cantidad de USD $ 4.700,00 CUATRO MIL SETECIENTOS DOLARES AMERICANOS, sin perjuicio que esta varié hasta el cobro total de la deuda contraída.7.- TÉRMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA: se concede el término de quince (15) días para que los demandados contesten la demanda. CORONEL GUERRERO

JOFFRE ISAIAS

SECRETARIO/A

Cuatro miembros de una familia pierden la vida en accidente de tránsito en Buena Fe

Un accidente de tránsito ocurrido el miércoles 31 de julio de 2024 en la colonia 24 de Mayo, del cantón Buena Fe, en la pro-

vincia de Los Ríos, dejó a cuatro mujeres de una misma familia sin vida.

La tragedia se produjo cuando un

Ocho aprehendidos del grupo delincuencial organizado ‘Los Fatales’

En un operativo conjunto realizado por el Grupo de Fuerzas Especiales #26 Cenepa y la Policía Nacional del cantón Quevedo, han aprehendido a ocho presuntos miembros del Grupo Delincuencial Organizado (GDO) ‘Los Fatales’. El allanamiento, llevado a cabo en varias viviendas del área, ha resultado en la captura de un objetivo de alto valor, así como de otros siete individuos vinculados a actividades delictivas. Durante la operación, los uniformados lograron detener a José M., conocido en el ámbito criminal como ‘Tonchi’, uno de los líderes del GDO ‘Los Fatales’. Además de ‘Tonchi’, los agentes detuvieron a siete personas adicionales relacionadas con el grupo,

que se sospecha están involucradas en una serie de delitos graves, incluyendo robo, sicariato, tráfico de sustancias ilícitas y extorsiones.

El operativo, que implicó el registro y allanamiento de múltiples viviendas, ha sido descrito como un importante avance en la lucha contra el crimen organizado.

El bloque de seguridad ha enfatizado que la operación se realizó con el objetivo de desmantelar las estructuras criminales y reducir la incidencia de delitos que afectan a la comunidad.

Las autoridades han llamado a la ciudadanía a seguir colaborando con información relevante que pueda ayudar a combatir el crimen organizado en la región y han reiterado su compromiso de mantener la seguridad y el orden público en Quevedo y sus alrededores.

Este operativo marca un hito significativo en la lucha contra el crimen en Ecuador, reflejando el esfuerzo continuo por parte de las fuerzas de seguridad para enfrentar los desafíos impuestos por los grupos delictivos organizados.

bus de pasajeros colisionó contra una motocicleta en la que viajaban las víctimas.

El accidente tuvo lugar en el lugar conocido como ‘La Curva de la Muerte’, situada en la vía Guayacanes, Primera Banquera. La motocicleta era conducida por Magdalena Cruz Herrera, de 27 años, quien viajaba con su hija de 6 años, Maddy Pérez Cruz, y sus sobrinas Natasha Pérez, de 12 años, y Naomi Bravo, de 15 años. Las cuatro mujeres murieron en el acto como resultado del fuerte impacto con el bus.

DESCONSUELO

Luis Antonio Pérez, esposo de Magdalena y padre de Maddy, quien viajaba en una motocicleta cercana, fue testigo del trágico accidente. Desesperado, intentó

Cuatro sujetos detenidos tras asesinato del Policía quevedeño Luis Corrales

Cuatro sujetos fueron detenidos tras el asesinato del Policía quevedeño Luis Corrales, resgistrado alrededor las 00:15 en la intersección de las calles 21 y El Oro, en el distrito Poretete en Guayaquil, registrado el pasado lunes 29 de julio. Según las autoridades, cuatro sujetos encapuchados irrumpieron en la vivienda, donde Corrales Mora y sus familiares se encontraban reunidos.

Los delincuentes, armados y encapuchados, despojaron a los presentes de sus pertenencias bajo amenazas.

ayudar a sus familiares, pero el daño ya era irreversible. Las víctimas fueron trasladadas a casas de salud en el cantón, donde los médicos confirmaron su deceso minutos después.

El conductor del bus involucrado en el accidente abandonó el lugar y es buscado por las autoridades. Peritos de tránsito realizaron las investigaciones pertinentes en el lugar del percance y trasladaron los cuerpos a la morgue, mientras la comunidad y los seres queridos de las víctimas enfrentan el dolor de esta devastadora pérdida. Moradores del sector han señalado que la curva donde ocurrió el accidente es conocida por su alta peligrosidad, y piden medidas urgentes para prevenir futuros siniestros en esta zona crítica.

Cuando Corrales Mora intentó utilizar su arma de dotación para defender a su familia, los asaltantes respondieron abriendo fuego.

El operativo de intervención de la Dinased Z8, que incluyó un análisis exhaustivo de cámaras de seguridad y seguimientos, llevó a la identificación y captura de los presuntos implicados en el crimen.

Los detenidos han sido identificados como: Lesley M. B., de 19 años; Alejandro Q.C., de 25 años; Jordán T.M., de 27 años; y Richard S.Ch. de 37 años.

De acuerdo con la Policía Lesly M.B., y Alñejandr Q.C., fueron localizados en una motocicleta; mientras que, Jordán T. M., y Richard S. Ch., quienes inicialmente se habían fugado en un SUV negro, fueron también capturados. Este vehículo, implicado en el crimen, fue encontrado oculto en un domicilio en el sector de la Isla Trinitaria Norte. Además, se recuperaron una moto robada y una motocicleta vinculada al delito.

La investigación reveló que el ciudadano Richard S. Ch., posee una boleta de captura vigente por un asesinato previo en la provincia de Esmeraldas, lo que añade gravedad a su involucramiento en este caso.

ACCIDENTE EN ‘CURVA DE LA MUERTE’ CONTRA BUS DEJA CUATRO VÍCTIMAS MORTALES

Cuatro mujeres de una misma familia en la Colonia 24 de Mayo, de Buena Fe, que viajaban en una motocicleta, perdieron la vida en un fuerte siniestro en el que está involucrado un bus. Pág. 11

CUATRO DETENIDOS POR MUERTE DE POLICÍA QUEVEDEÑO

Pág 11.

SURFEANDO EN LAS NUBES, FOTO DA LA VUELTA AL MUNDO

'CHITO' VERA

PIERDE LA PELEA ANTE EL SEXTO DE LA UFC

Pág 9.

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