Edición 16 de septimebre 2024. CNE registra a candidatos asableista

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Y Jehová es el que va delante de ti; él será contigo, no te dejará, ni te desamparará; no temas, ni te intimides. Deuteronomio 31:8

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ARRANCA EL PROCESO DE

DE CANDIDATURAS PARA LAS ELECCIONES GENERALES 2025

A partir del 13 de septiembre y hasta el 2 de octubre de 2024, los partidos políticos podrán registrar sus candidaturas en línea para las elecciones generales del 9 de febrero de 2025. Pág. 2

La ‘Carrera del plátano’ un éxito en Babahoyo

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Nueve bellezas tras la corona de Quevedo

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2 | Lunes, 16 de septiembre 2024

El CNE convoca a los ecuatorianos para las elecciones general del año 2025

En cadena nacional de radio y televisión, la noche del jueves 12 de septiembre del 2024, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó a los ciudadanos ecuatorianos a las elecciones generales del 9 de febrero del año 2025. La primera vuelta será el domingo 9 de febrero de 2025, y se indica que 13’736.314 electores están

Ecuador apaga luces temporalmente para mantenimiento crítico el 18 de septiembre

El presidente Daniel Noboa Azin ha anunciado una suspensión nacional del servicio de energía eléctrica para llevar a cabo un mantenimiento preventivo en el Sistema Nacional de Transmisión y redes de distribución.

La interrupción se realizará desde las 22:00 del miércoles 18 de septiembre hasta las 06:00 del jueves 19, con el objetivo de asegurar la estabilidad y la soberanía energética del país a mediano plazo.

Las labores, que incluyen el mantenimiento de equipos primarios y de transformación en cuatro subestaciones operadas por CELEC EP Transe-

lectric, tendrán un costo de USD 1,19 millones. Además, se realizarán trabajos en las redes de distribución por un monto superior a USD 1 millón. El Gobierno ha optado por este horario nocturno para minimizar el impacto en la vida cotidiana y la productividad de los ecuatorianos.

Las autoridades invitan a los medios de comunicación a cubrir el proceso de mantenimiento y se ofrecen a cubrir los gastos de traslado para quienes deseen verificar las actividades. Desde el Gobierno Nacional han pedido disculpas por cualquier inconveniente.

habilitados y 456.485 pertenecen a las circunscripciones especiales del exterior.

El documento señala que se convoca a las personas mayores de 18 años a elegir Presidente, Vicepresidente, cinco representantes de Parlamento Andino y 151 asambleístas. De ellos, 15 serán nacionales, 130 provinciales y seis por el extranjero.

El CNE recuerda que el sufragio es obligatorio para todos los ecuatorianos de entre 18 y 64 años, y las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada; quienes no ejerzan su derecho recibirán una sanción económica.

El voto es facultativo para ciudadanos entre 16 y 18 años, mayores de

Comisión de Seguridad fiscalizará presunta manipulación de cifra de homicidios en

el correísmo

La Comisión de Seguridad Integral de la Asamblea empezará a fiscalizar una presunta manipulación del sistema de datos de homicidios del país entre 2009 y 2023.

La resolución se adoptó este 13 de septiembre con cinco votos de la bancada oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y sus aliados en la comisión.

Alexandra Castillo (PSC) y Alexandra Arce (RC) votaron en contra. Otto Vera, del Partido Social Cristiano (PSC), se abstuvo. Y Leonardo Berrezueta, de Revolución Ciudadana (RC), no estuvo presente.

La resolución señala como objetivo investigar, contrastar y verificar el manejo, procesamiento y

65 años, personal militar y policial, ecuatorianos que habitan en el exterior y personas con discapacidad. Inscripción de candidaturas El viernes, 13 de septiembre de 2024, arrancó el tiempo para que las organizaciones políticas inscriban las candidaturas de sus representantes a las diferentes dignidades. El plazo para ese proceso vence el próximo 2 de octubre de 2024.

La inscripción de candidaturas de todas las dignidades se registrará únicamente en línea. Para esto, el órgano electoral ya tiene habilitado el Sistema de Inscripción de Candidaturas.

Una vez inscritos, los candidatos pasarán por un proceso de verificación hasta ser aprobados por el CNE. Solamente en ese momento, las candidaturas estarán en firme.

obtención de los datos sobre homicidios, muertes violentas de intención no determinada, tasas de tráfico de menores y desaparición de personas, entre otros.

Para eso, se convocará a nueve autoridades o sus delegados para que entreguen información relacionada del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), la Fiscalía General del Estado (FGE) y el Registro Civil, entre otras entidades.

El 6 de septiembre de 2024, el presidente Daniel Noboa anunció que el INEC iniciará una auditoría interna al manejo de datos sobre las muertes de intención no determinada (MIND). Pidió además una investigación a la Fiscalía.

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Quevedo celebra con devoción el homenaje a la Virgen de La Merced

Quevedo se llenó de color y devoción este sábado 14 de septiembre con el arranque de las festividades en honor a la Virgen de La Merced, patrona del cantón.

El pregón de fiesta, una vibrante celebración que recorrió las calles céntricas, marcó el inicio de un mes que tiene un significado

profundo para los devotos de Los Ríos.

El desfile, acompañado de carros alegóricos, baile y danza, reunió a miembros de las diferentes parroquias católicas del cantón, quienes compartieron su entusiasmo y fe con la comunidad. Las calles se transformaron en un escenario festivo, reflejando

el fervor y la alegría de los quevedeños en este periodo especial del año.

CELEBRACIONES

El 24 de septiembre, la Iglesia San José será el epicentro de las celebraciones en honor a la Virgen de La Merced. Este año, los festejos incluyen

una variada programación que abarca desde fuegos artificiales y un festival de música hasta procesiones y una misa solemne. El padre Jaime Tasinchano, rector de la Iglesia San José, ha compartido que desde esta semana se está preparando con esmero la iglesia, la vestimenta y la decoración para la Virgen, además de organizar una seguridad policial adecuada para cada evento.

ACTIVIDADES

Los devotos pueden anticipar un mes lleno de actividades significativas: del 15 al 23 de septiembre, se realizará el Rosario de la Aurora en la Iglesia San José; el sábado 21 de septiembre será el festival de música católica; el domingo 22 se llevarán a cabo brigadas médicas y el Festival del Dulce.

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4 | Lunes, 16 de septiembre 2024

La Carrera del plátano atrajo la atención de los ciudadanos y visitantes

BABAHOYO. La Carrera del plátano atrajo la atención de los ciudadanos y visitantes que llegaron a la ciudad, a propósito de la realización del Festival del Plátano.

El mismo contó con el auspicio del Cabildo de la ciudad, que además, indicó que la actividad forma parte

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de las fiestas en honor a la Virgen de La Merced.

La tercera edición del Festival estuvo cargado de emociones y diversión, en cuya carrera destacaron 27 competidores en la maratón del plátano. La maratón del plátano se inició en la avenida universitaria y culminó en

el complejo deportivo de El Chorrillo. Los ganadores del Festival fueron: Luis Freire, primer lugar; Alexander Vera, segundo lugar y Kevin Ruiz que ocupó el tercer lugar, quienes además recibieron las felicitaciones por parte de los organizadores del Festival.

Firma de convenio

MOCACHE. Cientos de niños del cantón continuarán con el beneficio de seguir recibiendo atención y alimentación de calidad en los Centros de Desarrollo Infantil.

Eso luego de que la alcaldesa, Ab. Yenny Domínguez, firmara un convenio con el MIES, mediante el cual garantiza la continuidad del servicio en los CDI.

Valencia anuncia su tradicional Feria Taurina 2024 con emocionantes corridas y artistas

La ciudad de Valencia se prepara para vivir una de las tradiciones más arraigadas de su cultura, la Feria Taurina “Valencia 2024”, que se llevará a cabo los días 29 de septiembre y 4 y 5 de octubre en la Plaza de Toros “Jesús Del Gran Poder”. En una rueda de prensa realizada en el patio de comidas del Mercado Municipal, el Alcalde Ing. Daniel Macías López, junto a concejales, la Reina y la Srta. Cultura y Turismo de Valencia, y el empresario taurino

Éxito en la campaña de oftalmología y medicina

general en Patricia Pilar

La parroquia Patricia Pilar fue el escenario de una exitosa campaña de oftalmología y medicina general, que se llevó a cabo gracias a la gestión de la alcaldesa Ab. Diana

Hernán Torres, presentaron la programación artística y taurina de este evento.

TOREROS

Los toreros Paco Cortez, Arturo de la Fuente y Sevilano Calerito confirmaron su presencia en Valencia a través de una pantalla LED, generando expectación entre los asistentes. Además, se presentaron los trofeos para los ganadores y se dieron a conocer los spots audiovisuales y

Anchundia Yépez.

La jornada, organizada con el apoyo de una clínica móvil, ofreció atención médica gratuita a los habitantes de la comunidad.

Los patricenses tuvieron la oportunidad de recibir consultas oftalmológicas y atención médica general sin costo alguno, lo que representa un importante avance en el acceso a servicios de salud.

La alcaldesa Anchundia Yépez expresó su compromiso con el bienestar de los sectores de Buena Fe, asegurando que eventos como este continúen promoviendo el cuidado de la salud en toda la parroquia.

La campaña no solo brindó soluciones médicas inmediatas, sino que también fortaleció el vínculo entre las autoridades locales y la comunidad, reafirmando el compromiso de mejorar la calidad de vida de los habitantes de Patricia Pilar.

Avance en el mantenimiento vial de Quinsaloma

flyers oficiales de la programación.

La Feria Taurina “Valencia 2024” promete ser un evento emocionante, con corridas que iniciarán a las 14h00. Las entradas son populares, ideales para disfrutar en familia en la Capital Taurina de la costa. La ciudad de Valencia se viste de fiesta para recibir a los amantes de la tauromaquia y ofrecerles un espectáculo inolvidable. ¡No te pierdas la emoción de la Feria Taurina “Valencia 2024”!.

La Alcaldía de Quinsaloma, bajo la dirección del Alcalde Cristhian Aldaz, avanza en el mantenimiento de las principales vías del municipio con intensos trabajos de bacheo asfáltico. El personal de obras públicas está trabajando arduamente para restaurar el pavimento y garantizar trayectos más seguros y eficientes para conductores, agricultores y comerciantes. Este esfuerzo busca mejorar la infraestructura vial y fomentar un entorno más adecuado para el desarrollo económico y social de la comunidad.

La lluvia negra que afecta a Brasil, Paraguay y Uruguay, y efectos en la salud

Luiz Antônio Araujo

El ganadero brasileño Tiago Klug, de 44 años, decidió realizar una prueba el pasado domingo. Colocó un balde blanco y limpio en el centro del patio trasero de su casa en la ciudad de Pelotas, al sur de Brasil, después de escuchar advertencias sobre un fenómeno conocido como lluvia negra.

“Elegí un lugar alejado de paredes o tejados, para que el agua

depositada en el contenedor cayera directamente de las nubes, sin entrar en contacto con tejados ni paredes”, explica Klug. Cuando revisó el balde al día siguiente, notó que el agua de lluvia recolectada tenía un color oscuro inusual.

"Nunca había visto algo así. Fue muy triste", le dijo a BBC News Brasil.

Además del sur de Brasil, la lla-

mada lluvia negra se observó en el norte de Uruguay y el sur de Paraguay.

En redes sociales se compartieron fotos del agua oscura recogida por residentes.

Se prevé que una masa de aire frío procedente de Argentina y Uruguay, al encontrarse con el humo de los masivos incendios forestales que se registran en Brasil y Bolivia, pueda provocar más lluvia negra en los próximos días. p

El estado de Río Grande del Sur, el más austral de Brasil, registró este jueves una de las mayores concentraciones de humo de Sudamérica, según MetSul Meteorología.

El meteorólogo Estael Sias, de MetSul, explica que la lluvia negra es el resultado de la mezcla del agua con el hollín transportado por el humo.

“El hollín está formado por nanopartículas de carbono negro producidas por la quema incompleta de combustibles fósiles, material orgánico y otros”, afirma Sias.

“Cuando la combustión no es completa, las nanopartículas son transportadas a la atmósfera por el humo”.

Mezcladas con la humedad de las nubes, las nanopartículas de carbono negro pueden actuar como núcleos de condensación, alrededor de los cuales se forman las gotas de lluvia.

“Con el avance de la lluvia, la atmósfera inicia un proceso de limpieza de ese humo, del carbón negro. La lluvia negra es resultado de eso”, resume Sias.

VARIOS

Presentación de las candidatas a Reina de Quevedo 2024

El salón auditorio de los altos de Súper Éxito fue la alfombra roja durante la presentación de candidatas a Reina de Quevedo 2024, con motivo de los 81 años de cantonización de la ciudad.

Durante el acto, las candidatas se presentaron ante las autoridades de la ciudad, el público, medios de comunicación y delegados de las instituciones y

empresas a las que representan.

Las candidatas recibieron presentes de parte de Karla Lozano, representante de Bronx y Lounge; y también un obsequio del Municipio de Quevedo.

A partir de la presentación oficial, las candidatas desarrollarán una amplia agenda preparada por los organizadores, la

CANDIDATAS

• Nayeli Cevallos Rezabala, de 23 años, representa al Cuerpo de Bomberos y FHS Modelos

• Xiomara León Vera, de 20 años, representa a la parroquia La Esperanza

• Mía Peralta Domínguez, de 18 años, representa a industria La Oriental

• Doménica Plúas, de 20 años, representa a la Asociación de Payasos y Afines de Quevedo

• Karen Cabezas Guzmán, de 21 años, representa a la Academia de Campeones Magi Danz

• Ángela García Llanos, 22 años, representa a la parroquia Siete de Octubre

• Mayling Aguilar Blacio, de 18 años, representa a la parroquia 24 de Mayo

• Hellen Vélez Rayo, de 19 años, representa a Shopping Center Quevedo

• María Villacís Gaibor, de 21 años, representa a la parroquia rural San Carlos.

misma que consiste en visitas a empresas, oficinas auspiciantes y medios de comunicación de la ciudad.

POSTERIORES EVENTOS

Mientras tanto, Carmen Zapa -

tier, ejecutora del evento, indicó que el jueves 19 de septiembre, a partir de las 15:00, las candidatas participarán en el tradicional pregón, durante el cual las chicas se exhiben ante la ciudadanía, antes de la ceremonia de elección.

Para el 21 de septiembre, a las 18:00, se tiene previsto la realización de la Gala de Elección y Coronación de la Reina de Quevedo, en la pérgola del Malecón de la ciudad.

Finalmente, se conoce que la señorita elegida Reina de Quevedo 2024 será la representante de la ciudad en el evento de Reina de la Provincia de Los Ríos, cuya sede será el cantón Buena Fe.

ELECCIÓN

Fecha: 21 de septiembre de 2024

Hora: 18:00

Lugar: Pérgola del Malecón de la ciudad.

SpaceX-Polaris realiza la primera caminata espacial privada

El jueves, una tripulación de cuatro personas a bordo de una cápsula de SpaceX marcó un hito en la historia de los viajes espaciales comerciales al realizar la primera caminata espacial privada.

La misión Polaris Dawn, liderada por el empresario Jared Isaacman, permitió a los astronautas novatos salir de la cápsula Crew Dragon durante aproximadamente 30 minutos en un evento sin precedentes en la industria. Isaacman y la ingeniera de SpaceX Sarah Gillis fueron los primeros en salir de la cápsula y flotaron a cientos de kilómetros de la Tierra. Este evento forma parte de los objetivos de la misión, que busca probar nuevos trajes espaciales y procedimientos diseñados por SpaceX, además de explorar las capacidades de los vuelos comerciales más allá de la órbita terrestre.

Sudamérica enfrenta el mayor número de incendios en últimos

Sudamérica enfrenta una de sus peores crisis en términos de incendios forestales, con un total de 350.370 incendios detectados entre enero y el 12 de septiembre de 2024, según un informe del Instituto Brasileño de Investigación Espacial (INPE). Esta cifra supera el total de incendios forestales registrados en 2023 y marca el mayor número de incendios en los últimos 15 años. Las áreas más afectadas incluyen importantes ecosistemas como la Amazonía y el Pantanal. Brasil y Bolivia lideran la lista de países con mayor nivel de afectaciones. En el caso de Brasil se han registrado 176.617 focos de calor, alcanzando el 50,3 % de los incendios en la región. Las llamas han arrasado vastas extensiones de bosque en la Amazonía, lo que no solo destruye el hábitat de muchas especies, sino que también afecta la calidad del aire en un territorio. En algunas ciudades, la visibilidad ha empeorado tanto que se han suspendi-

15 años

do vuelos.

Bolivia, enfrenta 63. 537 incendios activos. El Gobierno boliviano se vio obligado a declarar una emergencia nacional debido a la rápida expansión de los incendios, que representan el 18,1 % del total en Sudamérica. Según organismos internacionales, más de 4 millones de hectáreas de bosques y pastizales han sido destruidas, poniendo en riesgo la subsistencia de comunidades locales que dependen de estos recursos naturales. Ecuador no ha sido la excepción.

La Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos (SNR), reportó el 10 de septiembre que el país ha registrado 2.703 incendios forestales, afectando a 135 cantones y 524 parroquias.

Venezuela ocupa el tercer lugar en la región con 38.990 incendios forestales, seguido de Argentina, Paraguay, Colombia y Perú. La cantidad total de incendios en Sudamérica aún no supera los niveles récord de 2007, cuando se detectaron 469.013 incendios en el mismo período.

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JUDICIALES

UNIDAD JUDICIAL CIVIL

PL-000

FUNCIÓN JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN VENTANAS

EXTRACTO DE CITACIÓN

Juicio Voluntario N° 123092024-00547

A: HEREDEROS PRESUNTOS, DESCONOCIDOS Y TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE LOS BIENES DE LOS SEÑORES VILLACÍS GARCÍA CARLOS

AUGUSTO Y CARPIO TRUJILLO JOSEFINA.ACTOR: VILLACIS SEME

JENNIFER YAMALY (PROCURADORA COMÚN)

Juez de la causa: Ab. Eduardo Osmaner Peñarreta Jadán MSc.

OBJETO: Que judicialmente se declare la apertura de la sucesión y se forme la facción de inventarios y avalúos de los bienes que pertenecieron a los causantes VILLACIS

GARCIA CARLOS AUGUSTO Y CARPIO TRUJILLO JOSEFINA y que a la vez, se forme la facción de inventarios y avalúos de los bienes.SE LE HACE SABER LO SI-

GUIENTE:

EXTRACTO DE LA DEMANDA: Dentro del matrimonio conformado por VILLACIS

GARCIA CARLOS AUGUSTO y CARPIO TRUJILLO

JOSEFINA, se adquirieron los hoy occisos cuatro propiedades que sumadas dan una dimensión de 73.92 cuadras bien inmueble que se encuentra ubicado en el sector Flor de Los Ríos perteneciente a la parroquia Zapotal perteneciente al cantón Ventanas Provincia de Los Ríos que son los siguientes: Dicho predio en el plano general consta con los siguientes linderos con una dimensión ed 73.92 cuadras y limita por el Norte: Hdros SALAZAR VARGAS con 365.3metros, Hdros. ESPINOZA VILLALTA con 587.2 metros, con el señor JOSE ELOY SALAZAR VARGAS con 384.6 metros, CARRETERO VECINAL con 6.2 metros, Hdros. BENAVIDES FIERRO con 1885.9 metros, por el Sur: con al señora AURORA VELIZ CHAVEZ con 810.5 metros, con el señor VICENTE VELASQUEZ con 215.8 metros, con el señor ALEXI FERNANDEZ ESPI-

NOZA con 113.0 metros, con el señor ARNULFO FERNANDEZ ESPINOZA con 563.5 metros, CARRETERO VECINAL con 6.8 metros, Hdros GUADALUPE con 228.8 metros, Hdros SANTANA con 510.0 metros, ESTERO LECHUGAL con 846.2 metros, por el Este: DERECHO DE VIA.CARRETEROTRONCAL DE LA COSTA E 25 con 106.3 metros, ycon el señor ANGEL NUNEZ con 83.6 metros, por el Oeste: ESTERO LECHUGAL con 580.1 metros. En dicho terreno cohabitamos la mayoría de herederos por cuanto extrajudicialmente nos repartimos al heredad dejada por mi padre yabuelo señor VILLACIS GARCIA CARLOS AUGUSTO, respetando siempre los terrenos pertenecientes a nuestra madre y abuela CARPIO TRUJILLO JOSEFINA y ahora por cuanto la misma falleció el 25 ed Diciembre del 2022, queremos realizar al división de los bienes heredados como corresponde a cada uno de los herederos. Por lo antes expuesto fundamento mi demanda en lo señalado en los Arts. 407, 993 incisos 1 y 1021, 1023 1024 y 1029 del Código Civil en actual vigencia con los Arts.341 y 342

COGEP

PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO.

CUANTÍA: La cuantía es de $ 100.000 (CIEN MIL DÓLARES AMERICANOS)

PROVIDENCIA: Mediante Auto Interlocutorio de fecha viernes 16 de agosto del 2024, a las 12h52, el Ab. Eduardo Osmaner Peñarreta

Jadán MSc., Juez ponente de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el Cantón Ventanas, avoco legal conocimiento de la presente causa de Inventario de cujus en Procedimiento Voluntario que se ha derivado a mi judicatura mediante sorteo electrónico, propuesta por VILLACIS CARPIO EMILIO ANTONIO, VILLACIS GAIBOR JULIA MARCELA, VILLACIS

MENDOZA LUIS FLAVIO, GARCIA VILLACIS GUILLERMO ALFONSO, VILLACIS

SEME JENNIFER YAMALY, VILLACIS MENDOZA CARLA

KATISUKA contra el señor

VILLACIS CARPIO MIGUEL ANGEL, VILLACIS CARPIO

MANUEL AUGUSTO y VILLACIS GAIBOR CARLOS

ALBERTO así como a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó VILLACIS GARCIA CARLOS AUGUSTO y CARPIO TRUJILLO JOSEFINA y procedo a dictar el presente auto de sustentación y admisión a trámite. PRIMERO.Por reunir los requisitos de ley correspondientes en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos se admite a trámite d ley el presente juicio en procedimiento sumario conforme lo determina el Art. 334 numeral 4 y 341 del mismo cuerpo de ley.

SEGUNDO.- En aplicación de lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos se admite a trámite este procedimiento y se dispone notificar por única vez en la prensa un aviso de apertura de sucesión intestada de bienes, y se ordena citar a la parte accionada en la siguiente forma 3.- A los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó VILLACIS GARCIA CARLOS AUGUSTO y CARPIO TRUJILLO JOSEFINA, se los citara por medio de la prensa escrita en una diario de mayor circulación a nivel provincial para lo cual se dispondrá recibir juramento desconocimiento de domicilio del procurador común que deberá designar la parte actora en el término de dos días bajo prevenciones de ley hecho que sea se entregara extracto de citación pertinente; concediendo para el efecto el termino común de diez días, TERCERO.- Téngase en cuenta la documentación adjunta a su demanda como prueba a su favor la misma que se admitirá y producirá en el momento procesal oportuno. CUARTO.- Téngase en cuenta la cuantía presentada para los fines de ley. Cúmplase y Hágase Saber.Particular que comunico para los fines de ley. Ventanas, Septiembre 10 del 2024

Ab. Angel Izquierdo Cevallos

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN VENTANAS

PL-000

JUICIO N° 12334-202300917

CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO

EXTRACTO DE CITACIÓN POR PRENSA ESCRITA

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: Se ordena la citación de los demandados, a los herederos de CHACTONG

MARIÑO JORGE LORETO y demás herederos conocidos, presuntos y desconocidos del causante mencionado, y a toda persona natural o jurídica que se creyere con derecho al bien materia de la litis.-

ACTOR: Dr. GASTÓN EDMUNDO RÍOS MORANTE

DEMANDADO: CHACTONG MARIÑO JORGE LORETO(+)

JUEZ: DR. MARCO FERNANDO SIGUENCIA

SECRETARIO: DR. JOFFRE ISAIAS CORONEL

GUERRERO

VISTOS.- Puesta que ha sido la presente causa a mi despacho ahora para su proveimiento, dispongo incorporar en el expediente procesal, el escrito presentado por el actor, así como la razón que sienta el actuario del despacho, y agregado como se encuentra al proceso el acta bajo juramento rendida por el peticionario Dr. GASTON EDMUNDO RÍOS MORANTE a fjs. 75 y la Razón sentada por el actuario del despacho a fjs. 79.- Con lo que habiendo cumplido con lo ordenado en auto de sustanciación en que se dispuso completar su demanda, y por cuanto, examinada esta y su complemento, se observa que la demanda que antecede presentada por el Dr. GASTON EDMUNDO RÍOS MORANTE ha dado cumplimiento al auto de fjs. 74, demanda propuesta en contra de los herederos conocidos, presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó CHACTONG MARIÑO

JORGE LORETO, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados, a los herederos de CHACTONG MARIÑO JORGE LORETO y

demás herederos conocidos, presuntos y desconocidos del causante mencionado, y a toda persona natural o jurídica que se creyere con derecho al bien materia de la litis, conforme al juramento rendido por la actora, a quienes se los citará por la prensa, mediante tres publicaciones, las que se hará en un diario de amplia circulación de esta ciudad o de la provincia en la forma que contempla el art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- Como dentro de la Certificación o Ficha Registral-Bien Inmueble No. 72, conferida por el Registro de la Propiedad del cantón Babahoyo, se encuentra una HIPOTECA Y PROHIBICIÓN DE ENAJENAR A FAVOR DE LA ACREEDORA, LA CAJA DEL SEGURO sobre el predio descrito, que constituye el señor JORGE LORETO CHACTONG MARIÑO, a favor de la CAJA DEL SEGURO sobre el predio que se demanda o pretende usucapir, cuéntese, ofíciese y notifíquese a la mencionada Institución, hoy Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social “I.E.S.S.”, en la persona de su representante legal a fin de que pueda hacer valer sus derechos si es que lo tuviera o quisiera por la hipoteca y prohibición constante en dicho certificado.Por tratarse la demanda de una acción que pretende la adquisición por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio de un inmueble, de conformidad a lo previsto en la Disposición General Décima del COOTAD, cuéntese con los representantes legales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Babahoyo, a quienes se citará en sus respectivos despachos en la forma prevista en la ley.- Cuéntese además con el señor Procurador General del Estado, a quien se le citará en la ciudad de Quito en la Av. Amazonas y José Arízaga, a quien se citará en su sede principal

en dicha ciudad; para el efecto, depréquese electrónicamente en forma virtual, a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de lo Civil de la ciudad de Quito, a quien se remitirá despacho en forma, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, a quien se CITARÁ además de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas con despacho digital PDF al correo electrónico notificacionesDR1@ pge.gob.ec, fj-losrios@pge. gob.ec, casilla electrónica 00412010002.-Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad Municipal del Cantón Babahoyo, como se dispone en los incisos 7 y 8 del art. 146 del cuerpo legal precitado, reformado, antes que se cite con la demanda, debiendo la referida funcionaria remitir a este Despacho el certificado respectivo, bajo las prevenciones de ley, al tenor del reformado Art. 164 del Código Orgánico General de Procesos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Tómese en cuenta las direcciones electrónicas del actor y de su defensor particular para recibir sus notificaciones, a quien faculta el ejercicio de su defensa.ANUNCIO DE PRUEBAS.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la accionante, en su demanda, situación que estará a lo previsto en el inc. Segundo del artículo 291 del señalado cuerpo legal, en el evento que se formule la contestación debidamente fundamentada.- Con Acción de personal No. 5854-DPLR2023, intervenga la Abg. Gladys Sanchez en calidad de secretaria encargada por el Abg. Joffre Coronel, hoy 18 de diciembre de 2023, a partir de las 09h30.- NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-OCTAVO: La solicitud de acceso judicial a la prueba debidamente fundamentada, si es el caso, en la presente causa no es necesario el acceso judicial a prueba alguna , salvo que se autoridad considere la actuación de prueba necesaria

para el esclarecimiento de los hechos controvertidos y como lo establece el artículo 168 del Código Orgánico General de procesos.-NOVENO: La pretensión es clara y precisa que se exige que acepte mi demanda de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio y mediante sentencia se sirva a declararme como legítimo propietario obteniendo la titularidad de dominio absoluta del bien por estar en la posesión, ininterrumpida con el ánimo de señor y dueño del lote de terreno compuesto por solar y causa ubicado en el malecón número SETECIENTOS ONCE , entre las calles Rocafuerte y Eloy Alfaro de esta ciudad , Ciudad Parroquia Camilo Ponce cantón Babahoyo , Provincia de Los Ríos, el inmueble ubicado en la manzana N° 01-02-004 solar número trece parroquia urbana Dr. Camilo Ponce superficie : 155.45 metros cuadrados con código catastral N° 01-02-004-13 sector: centro .- Especificación de los Linderos y dimensiones POR EL NORTE: calle malecón “9 de Octubre con 8. 20 ml, Por el Sur, lote de cod. Cat. 0102- 004-17 con 8.30 lm Por el este ; lote de cod. Cat. 01-02 004 -14 con 18,65 ml. Por el Oeste; lote cod. Cat. 01-020041-(11-12) con 18.90 ml, por la posesión material que vengo manteniendo durante el tiempo con las exigencias que la ley, establece para el caso; y debiéndose protocolizar la sentencia e inscribirse en el registro de la propiedad del cantón Babahoyo , de conformidad a lo dispuesto en el artículo 715 del Código Civil , para que haga las veces de Escritura Pública según lo dispone el Art. 2413 del Código Civil y el art. 407 del cogep 407, numeral 4 cancelación de todos gravamen que pesa sobre el bien inmueble.-LA CUANTÍA DEL PROCESO: Es indeterminada o indeterminable en razón de la naturaleza de la causa.-Actue la abogada Georgina Espin Díaz, secretaria encargada por licencia médica del doctor Joffre Coronel Guerrero de la Unidad Judicial Civil.- CÚMPLASE CORONEL GUERRERO JOFRE ISAIAS SECRETARIO

JUDICIALES

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE ALCALDÍA No. 046-A-VETR-GADMCM-2024

VICTOR EDUARDO TRONCOSO ROSAS

ALCALDE DEL CANTON MONTALVO CONSIDERANDO

Que, el numeral 26 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador (en adelante CRE) determina que "se reconoce y garantiza a las personas: (…) 26. El derecho a la propiedad en todas sus formas, con función y responsabilidad social y ambiental El derecho al acceso a la propiedad se hará efectivo con la adopción de políticas públicas, entre otras medidas"; Que, el artículo 321 de la CRE establece que "el Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mita, y que deberá cumplir su función social y ambiental”; lo cual implica una obligación del Estado para promover su desarrollo, acceso y limitaciones, además, reconoce la titularidad del propietario de un bien o al goce de los derechos reales bajo las modalidades y formas determinadas en las leyes específicas; Que, el artículo 323 de la CRE señala: "Con el objeto de ejecutar planes de desarrollo social, manejo sustentable del ambiente y de bienestar colectivo, las instituciones del Estado, por razones de utilidad pública o interés social y nacional, podrán declarar la expropiación de bienes, previa justa valoración, indemnización y pago de conformidad con la ley. Se prohíbe toda forma de confiscación”; Que, el artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que regula el procedimiento para la declaratoria de utilidad pública, y cuyo texto es producto de la sustitución ordenada por el artículo 5 de la Ley Orgánica para la Eficiencia en la Contratación Pública, publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial No 966 del 20 de marzo de 2017, establece que “cuando la máxima autoridad de la institución pública haya resuelto adquirir un determinado bien inmueble, necesario para la satisfacción de las necesidades públicas, procederá a la declaratoria de utilidad pública y de interés social de acuerdo con la Ley.

A la declaratoria se adjuntará el certificado del registrador de la propiedad; el avalúo establecido por la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Municipal o Metropolitano, la certificación presupuestaria acerca de la existencia y disponibilidad de los recursos necesarios para el efecto, y el anuncio del proyecto en el caso de construcción de obras de conformidad con la ley que regula el uso del suelo”;

Que, el artículo 60 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo determina que “los instrumentos para regular el mercado del suelo "establecen mecanismos para evitar las prácticas especulativas sobre los bienes inmuebles y facilitar la adquisición de suelo público para el desarrollo de actuaciones urbanísticas. Dichos instrumentos son el derecho de adquisición preferente, la declaración de desarrollo y construcción prioritaria, la declaración de zona de interés social, al anuncio de proyecto, las afectaciones, el derecho de superficie y los bancos de suelo”; Que, el artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo establece que “el anuncio del proyecto es el “instrumento que permite fijar el avalúo de los inmuebles dentro de la zona de influencia de obras públicas, al valor de la fecha del anuncio público de las respectivas obras, a fin de evitar el pago de un sobreprecio en caso de expropiaciones inmediatas o futuras. El anuncio será obligatorio y se realizará mediante acto administrativo que será publicado en un diario de amplia circulación en la localidad donde se realizará la obra, en la página electrónica institucional, y será notificado al propietario del predio, la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano y al registrador de la propiedad, en el que se establecerá el área de influencia del proyecto y su plazo de inicio, que no será superior a tres años desde su notificación. En el caso de no concretarse el proyecto anunciado, en el plazo establecido en el inciso anterior, el acto administrativo quedará de oficio sin efecto, debiendo notificarlo a la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano, a los propietarios de los predios afectados y al registrado de la propiedad”; Que, por ser el anuncio del proyecto un acto administrativo emanado del poder público, debe estar motivado, de conformidad con la garantía básica del derecho al debido proceso contenida en el artículo 76 numeral 7, letra l) de la Constitución de la República del Ecuador. Que, la Dirección de Planificación Territorial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Montalvo, en función de lo que establece el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDyOT) el Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS) del cantón MONTALVO, plantea la información técnica y el levantamiento planimétrico del proyecto de construcción de “POLIDEPORTIVO DEL SECTOR PISAGUA” cantón MONTALVO - Los Ríos, determinando áreas y linderos, área de afectación de los inmuebles que se verán afectados por el proyecto referido.

QUE, a efectos de realizar el anuncio del proyecto informo el área de influencia presentado por la Dirección de Desarrollo y Ordenamiento Territorial: El área de influencia directa es la comprendida por la LOTZ. PISAGUA, la misma que beneficiaran a 150 familias aproximadamente que habitan en el sector.

QUE, la declaratoria de utilidad publica afecta totalmente los predios signados con las claves catastral 1203500108073005000, 1203500108073006000, 1203500108073007000, 1203500108073008000, 1203500108073009000, 1203500108073020000, 1203500108073021000, 1203500108073022000, 1203500108073023000 y 1203500108073024000, de propiedad de los conyugues Arcesio Estrada Undiluna y Teresa Adalberta Garofalo Armendariz. Que, es necesario cumplir efectivamente con el anuncio del proyecto en los términos de ley respecto de la indicada obra; y, En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 323 de la Constitución de la República del Ecuador, los Artículo 446 y 447 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; el artículo 58 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, sustituido por el Artículo 5 de la Ley Orgánica para la Eficiencia en la Contratación Pública; artículos 60 y 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo; y, en mi calidad de Alcalde del Cantón Montalvo, es mi obligación dar cumplimiento al Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, Plan de Uso y Gestión de Suelo del cantón, para garantizar el bienestar colectivo y atender el requerimiento ciudadano, por ser imperioso y necesario la construcción de accesorios cantón Montalvo - Los Ríos; y, en atención a los considerandos expuestos:

RESUELVE:

PRIMERO. - REALIZAR EL ANUNCIO DEL PROYECTO “POLIDEPORTIVO DEL SECTOR PISAGUA” para la construcción cantón Montalvo - Los Ríos; estableciendo como plazo de inicio tres años contados a partir de la fecha de suscripción de la presente resolución. Este anuncio del proyecto permitirá fijar el avalúo de los inmuebles dentro de la zona de influencia de las obras a ejecutarse al valor de la fecha de este anuncio de proyecto. En este sentido la valoración de los predios que formarán parte del proyecto de construcción de accesorios cantón Montalvo - Los Ríos, se encontrará sujeta a la determinación y características conforme a la morfología estructurante de los mismos, según lo determine el área técnica de valoración de los predios y zonas de influencia el proyecto. SEGUNDO. - DISPONER LA PUBLICACIÓN de este anuncio del proyecto en un diario de amplia circulación en el cantón Montalvo, o de amplia circulación en la provincia de Los Rios, y en la página electrónica del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Montalvo. TERCERO. - DISPONER LA NOTIFICACIÓN DE ESTE ANUNCIO a los propietarios/as, herederos, posesionarios, acreedores hipotecarios de los inmuebles afectados por el proyecto, a la Dirección de Planificación Territorial, Jefatura de Avalúos y Catastros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Montalvo y al señor Registrado de la Propiedad del cantón Montalvo, para los fines pertinentes. CUARTA. – ENCÁRGUESE a la Secretaría General coordinar con las áreas competentes del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Montalvo para la emisión de las publicaciones y notificaciones antes referidas. CÚMPLASE, PUBLÍQUESE Y NOTIFÍQUESE. –

Ing. Víctor Eduardo Troncoso Rosas. ALCALDE DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN MONTALVO

Certifico que la presente resolución fue suscrita por el señor alcalde, en el despacho de alcaldía del GAD Municipal de MONTALVO, a los 5 días del mes de septiembre de 2024 Lo certifico. -

Ab. Danilo Martin Gaibor Camacho

SECRETARIO GENERAL

Revisado: Ab. Emver Nivela

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE ALCALDÍA No. 045-A-VETR-GADMCM-2024

ING. VÍCTOR EDUARDO TRONCOSO ROSAS

ALCALDE DEL CANTÓN MONTALVO CONSIDERANDO

Que, el numeral 26 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador (en adelante CRE) determina que "se reconoce y garantiza a las personas: (…) 26. El derecho a la propiedad en todas sus formas, con función y responsabilidad social y ambiental El derecho al acceso a la propiedad se hará efectivo con la adopción de políticas públicas, entre otras medidas"; Que, el artículo 321 de la CRE establece que "el Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mita, y que deberá cumplir su función social y ambiental”; lo cual implica una obligación del Estado para promover su desarrollo, acceso y limitaciones, además, reconoce la titularidad del propietario de un bien o al goce de los derechos reales bajo las modalidades y formas determinadas en las leyes específicas; Que, el artículo 323 de la CRE señala: "Con el objeto de ejecutar planes de desarrollo social, manejo sustentable del ambiente y de bienestar colectivo, las instituciones del Estado, por razones de utilidad pública o interés social y nacional, podrán declarar la expropiación de bienes, previa justa valoración, indemnización y pago de conformidad con la ley. Se prohíbe toda forma de confiscación”; Que, el artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que regula el procedimiento para la declaratoria de utilidad pública, y cuyo texto es producto de la sustitución ordenada por el artículo 5 de la Ley Orgánica para la Eficiencia en la Contratación Pública, publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial No 966 del 20 de marzo de 2017, establece que “cuando la máxima autoridad de la institución pública haya resuelto adquirir un determinado bien inmueble, necesario para la satisfacción de las necesidades públicas, procederá a la declaratoria de utilidad pública y de interés social de acuerdo con la Ley.

A la declaratoria se adjuntará el certificado del registrador de la propiedad; el avalúo establecido por la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Municipal o Metropolitano, la certificación presupuestaria acerca de la existencia y disponibilidad de los recursos necesarios para el efecto, y el anuncio del proyecto en el caso de construcción de obras de conformidad con la ley que regula el uso del suelo”; Que, el artículo 60 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo determina que “los instrumentos para regular el mercado del suelo "establecen mecanismos para evitar las prácticas especulativas sobre los bienes inmuebles y facilitar la adquisición de suelo público para el desarrollo de actuaciones urbanísticas. Dichos instrumentos son el derecho de adquisición preferente, la declaración de desarrollo y construcción prioritaria, la declaración de zona de interés social, al anuncio de proyecto, las afectaciones, el derecho de superficie y los bancos de suelo”;

Que, el artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo establece que “el anuncio del proyecto es el “instrumento que permite fijar el avalúo de los inmuebles dentro de la zona de influencia de obras públicas, al valor de la fecha del anuncio público de las respectivas obras, a fin de evitar el pago de un sobreprecio en caso de expropiaciones inmediatas o futuras.

El anuncio será obligatorio y se realizará mediante acto administrativo que será publicado en un diario de amplia circulación en la localidad donde se realizará la obra, en la página electrónica institucional, y será notificado al propietario del predio, la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano y al registrador de la propiedad, en el que se establecerá el área de influencia del proyecto y su plazo de inicio, que no será superior a tres años desde su notificación.

En el caso de no concretarse el proyecto anunciado, en el plazo establecido en el inciso anterior, el acto administrativo quedará de oficio sin efecto, debiendo notificarlo a la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano, a los propietarios de los predios afectados y al registrado de la propiedad”;

Que, por ser el anuncio del proyecto un acto administrativo emanado del poder público, debe estar motivado, de conformidad con la garantía básica del derecho al debido proceso contenida en el artículo 76 numeral 7, letra l) de la Constitución de la República del Ecuador.

Que, la Dirección de Planificación Territorial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Montalvo, en función de lo que establece el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDyOT) el Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS) del cantón MONTALVO, plantea la información técnica y el levantamiento planimétrico del proyecto de construcción de “POLIDEPORTIVO DE LA JUAN ARCESIO ESTRADA” cantón MONTALVO - Los Ríos, determinando áreas y linderos, área de afectación de los inmuebles que se verán afectados por el proyecto referido.

QUE, a efectos de realizar el anuncio del proyecto informo el área de influencia presentado por la Dirección de Desarrollo y Ordenamiento Territorial: El área de influencia directa es la comprendida por la LOTZ. JUAN ARCESIO ESTRADA UNDILUNA, la misma que beneficiaran a 200 familias aproximadamente que habitan en el sector.

QUE, la declaratoria de utilidad publica afecta totalmente los predios signados con las claves catastral No. 1203500110083001000, 1203500110083002000, 1203500110083003000, 1203500110083004000, 1203500110083005000, 1203500110083006000, 1203500110083016000, 1203500110083017000, 1203500110083018000, 1203500110083019000, 1203500110083020000, 1203500110083021000, 1203500110083022000, 1203500110083023000 y 1203500110083024000, de propiedad de los conyugues Arcesio Estrada Undiluna y Teresa Adalberta Garofalo Armendariz, quienes están fallecidos, por lo que se constituyen en Bienes proindiviso, cuyos derechos se trasmiten por sucesión a sus herederos. Que, es necesario cumplir efectivamente con el anuncio del proyecto en los términos de ley respecto de la indicada obra; y, En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 323 de la Constitución de la República del Ecuador, los Artículo 446 y 447 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; el artículo 58 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, sustituido por el Artículo 5 de la Ley Orgánica para la Eficiencia en la Contratación Pública; artículos 60 y 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo; y, en mi calidad de Alcalde del Cantón Montalvo, es mi obligación dar cumplimiento al Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, Plan de Uso y Gestión de Suelo del cantón, para garantizar el bienestar colectivo y atender el requerimiento ciudadano, por ser imperioso y necesario la construcción de accesorios cantón Montalvo - Los Ríos; y, en atención a los considerandos expuestos: RESUELVE:

PRIMERO. - REALIZAR EL ANUNCIO DEL PROYECTO “POLIDEPORTIVO DE LA JUAN ARCESIO ESTRADA” para la construcción cantón Montalvo - Los Ríos; estableciendo como plazo de inicio tres años contados a partir de la fecha de suscripción de la presente resolución. Este anuncio del proyecto permitirá fijar el avalúo de los inmuebles dentro de la zona de influencia de las obras a ejecutarse al valor de la fecha de este anuncio de proyecto. En este sentido la valoración de los predios que formarán parte del proyecto de construcción de accesorios cantón Montalvo - Los Ríos, se encontrará sujeta a la determinación y características conforme a la morfología estructurante de los mismos, según lo determine el área técnica de valoración de los predios y zonas de influencia el proyecto.

SEGUNDO. - DISPONER LA PUBLICACIÓN de este anuncio del proyecto en un diario de amplia circulación en el cantón Montalvo, o de amplia circulación en la provincia de Los Ríos, y en la página electrónica del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Montalvo.

TERCERO. - DISPONER LA NOTIFICACIÓN DE ESTE ANUNCIO a los propietarios/as, herederos, posesionarios, acreedores hipotecarios de los inmuebles afectados por el proyecto, a la Dirección de Planificación Territorial, Jefatura de Avalúos y Catastros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Montalvo y al señor Registrado de la Propiedad del cantón Montalvo, para los fines pertinentes.

CUARTA. – ENCÁRGUESE a la Secretaría General coordinar con las áreas competentes del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Montalvo para la emisión de las publicaciones y notificaciones antes referidas. CÚMPLASE, PUBLÍQUESE Y NOTIFÍQUESE. –Ing. Víctor Eduardo Troncoso Rosas. ALCALDE DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN MONTALVO

Certifico que la presente resolución fue suscrita por el señor alcalde, en el despacho de alcaldía del GAD Municipal de MONTALVO, a los 5 días del mes de septiembre de 2024 Lo certifico. -

Ab. Danilo Martin Gaibor Camacho

SECRETARIO GENERAL

Revisado: Ab. Emver Nivela

Padre e hijo asesinados mientras regresaban de labores agrícolas en la vía San JuanPuebloviejo

La provincia de Los Ríos se tiñó de luto cuando dos personas, identificadas como Frank y Franklin Matheus, padre e hijo, fueron brutalmente asesinados mientras circulaban en una camioneta en la vía San Juan-Puebloviejo.

Según testimonios de testigos, las víctimas regresaban de realizar labores agrícolas en el campo cuando fueron interceptadas por desconocidos que les dispararon en la vía, provocando que el vehículo perdiera control y se estrellara en un costado de la carretera.

Los cuerpos de las víctimas fueron trasladados a la morgue del cantón Ventanas para realizar los procedimientos correspondientes.

La policía inició una investigación para esclarecer los hechos y capturar a los responsables de este trágico doble homicidio.

La comunidad local está conmocionada por este crimen y solicita justicia para las víctimas y su familia. Las autoridades han asegurado que trabajarán incansablemente para resolver el caso ocurrido este viernes 13 de septiembre de 2024.

Robo millonario en BanEcuador de Vinces

Un grupo de delincuentes ejecutó un audaz robo en la sucursal de BanEcuador en Vinces, provincia de Los Ríos, llevándose un monto de 258.000 dólares.

Los criminales aprovecharon el toque de queda y el corte de luz para infiltrarse en el banco a través de una escuela contigua, perforando una pared para acceder al interior.

El modus operandi de los asaltantes incluyó el uso de herramientas como patas de cabra y baterías, así como soldadu -

Militares realizaron un operativo Camex y de seguridad en la Central Eléctrica Quevedo

Policía Nacional libera a mujer secuestrada y detienen a tres implicados

En una destacada operación realizada por la Policía Nacional del Distrito Vinces-Palenque, se logró la liberación de una mujer que había sido secuestrada en el sector de Vinces, provincia de Los Ríos. La intervención policial se activó tras recibir una alerta sobre el traslado forzado de la víctima en un vehículo.

ra autógena para perforar una caja fuerte.

A pesar de la alarma activada, los delincuentes lograron escapar con el dinero.

Mientras tanto, los beneficiarios del Bono de Desarrollo aguardaban en el exterior del banco para recibir sus pagos, ajenos al robo millonario que había ocurrido horas antes.

La policía se encuentra analizando las grabaciones de las cámaras de seguridad para identificar a los responsables del asalto.

Un operativo CAMEX y seguridad a las ARS realizó el personal del GFE-Cenepa-26 en la Central Eléctrica Quevedo.

En el sitio, los miembros del bloque de seguridad registraron corporalmente a todo el personal que trabaja en la Central Eléctrica Quevedo.

De la misma, manera se realizó un recorrido por todas las instalaciones y dependencias con el fin de identificar a personas que se encontraban con actitud sospechosa y sin documentos de identidad.

La requisa, además se realizó

Los agentes, tras una rápida persecución, interceptaron el automotor a la altura de la UPC Santa Martha, donde liberaron a la mujer y detuvieron a tres personas involucradas en el secuestro.

Durante el operativo, se incautaron de un arma de fuego, un vehículo y varios celulares. Desde la Policía Nacional han dado a conocer que el exitoso desenlace destaca el compromiso de la institución con la seguridad y el bienestar de la comunidad, reafirmando su dedicación en la lucha contra la delincuencia y la protección ciudadana.

en coordinación con personal de Policía Nacional, aunque no se encontró ninguna novedad, manifestaron.

La operación se realizó con la finalidad de precautelar la integridad de las personas que laboran en la central, así como también garantizar el normal desarrollo de las operaciones en las instalaciones.

Se precisó que durante la operación militar no se suspendió en ningún momento la operatividad de la central, hubo colaboración del personal técnico y administrativo en todo momento.

BANECUADOR EN VINCES VÍCTIMA DE ASALTO MILLONARIO

Los antisociales aprovecharon el toque de queda y el corte de luz para infiltrarse en el banco a través de una escuela contigua, perforando una pared para acceder al interior. Pág 11.

Los Ríos, Lunes, 16 de septiembre 2024

ECUAFÚTBOL ABANDONA LA DISPUTA POR LOS PUNTOS

PERDIDOS CON BYRON CASTILLO

SUDAMÉRICA REGISTRA RÉCORD DE INCENDIOS EN 15 AÑOS

Pág 8.

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