Edición 19 de diciembre 2023, Llegan los carros cobras para combatir la delincuencia

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Y Jehová es el que va delante de ti; él será contigo, no te dejará, ni te desamparará; no temas, ni te intimides. Deuteronomio 31:8

Año II Edición 489|

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LOS RÍOS

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SALUD

JUDICIALES

CRÓNICA

LLEGAN A QUEVEDO CARROS TÁCTICOS PARA COMBATIR A LAS BANDAS Vehículos tácticos tipo ‘Cobra II’ llegaron a Quevedo para dar seguridad en el Anillo Vial donde operan bandas criminales con secuestros y robos de vehículos. Así el Ejército Nacional acantonado en Quevedo se enfrentará a la delincuencia que ha sembrado el terror en este tramo vehicular de la E-25.

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El Salario Básico de 2024 será de 460 dólares

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Babahoyo: Alcalde augura un mejor año

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Gaza: Elevaron bandera blanca, pero igual los asesinaron

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NACIONAL

Policía investiga secuestro de Colin Armstrong, empresario, en Los Ríos Sube el salario básico mensual a 460 dólares para el 2024 El 15 de diciembre de 2023, el gobierno del presidente Daniel Noboa anunció que habría un incremento de 10 dólares en comparación con el salario mínimo de 2023. Esta decisión regirá desde el 1 de enero de 2024. El Ministerio de Trabajo dijo el viernes 15 de diciembre que aumentará el SBU mensual del país a 460 dólares para el 2024, en medio de problemas económicos y un alto desempleo. La medida, un aumento de 10 dólares frente al salario de este año, beneficiará a los trabajadores, dijo el Ministerio de Trabajo en un comunicado, y fue adoptada después de que grupos empresariales y organizaciones de trabajadores no lograran llegar a un acuerdo sobre un aumento. "En consideración a la coyuntura económica y social de nuestro país, se ha tomado una decisión técnica que beneficie a nuestra fuerza laboral y también considere a nuestro sector productivo", agregó. El gobierno estima que el déficit fiscal será de más de 5.000 millones de dólares este año. El nuevo presidente del país, Daniel Noboa, ha prometido crear empleos, especialmente para los jóvenes, e impulsar la inversión para una economía en dificultades mediante reformas legislativas urgentes. "Para la fijación del valor se consideró la inflación proyectada por el Ministerio de Economía y Finanzas que es de 2,07% para el próximo año", concluyó el comunicado.

STAFF ALDIA.COM.EC

El secuestro del cónsul honorario de Reino Unido en, Colin Armstrong, se volvió viral el fin de semana, en medio de una creciente ola de violencia ligada al narcotráfico, indicó la policía el sábado, 16 de diciembre) El diplomático es también un empresario agrícola y fue raptado junto a su conviviente durante la madrugada en su hacienda en el cantón Baba. En un mensaje en la red X, la Policía indicó

que sus efectivos realizan "labores operativas y de investigación" en la provincia de Los Ríos. Hasta el momento ni la embajada del Reino Unido, ni la Cancillería de Ecuador se han pronunciado al respecto. "Ante el presunto hecho delictivo en contra de un empresario, unidades especializadas de la Policía Ecuador ejecutan labores operativas y de investigación en territorio", según información di-

fundida en el chat de la Policía. La noticia del secuestro se supo en la mañana y fue difundida en redes sociales. Se trata del empresario Colin Armstrong. Él sería cónsul honorario de Reino Unido en Ecuador. En un documento de la Policía, se detalla que los sujetos desconocidos -con capuchas- habrían ingresado al rancho donde estaba Armstrong, ubicado en Babahoyo, Los Ríos. Luego, procedieron a llevarlos a él y a su acompañante, una mujer de nacionalidad colombiana. Al parecer, ambos fueron sacados en un vehículo negro de propiedad del empresario con rumbo desconocido. Según el GPS, el automotor habría avanzado hacia Samborondón. Medios internacionales ya se han hecho eco del secuestro ocurrido al Cónsul Honorario de Reino Unido.

Firma de ‘Pacto Social y Productivo ayudará a reactivar la economía

“El Pacto Social y Productivo ayudará a reactivar la economía, incrementando las fuentes de trabajo y creando progreso para los ecuatorianos”, resaltó el presidente Daniel Noboa. Él lideró la firma del Pacto Social y Productivo por el Nuevo Ecuador’, evento que se realizó este sábado, 16 de diciembre de 2023, en Guayaquil. El objetivo de este acuerdo es que los

jóvenes encuentren oportunidades de crecimiento económico, productivo e inclusión a través de los servicios gubernamentales. En ese marco se espera priorizar acciones para 1,9 millones de personas en situación de vulnerabilidad que acceden a programas del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES). “Entre todos, corresponsablemente,

vamos a fortalecer las capacidades y destrezas laborales de personas en situación de pobreza y vulnerabilidad”, indicó. Zaida Rovira, ministra del MIES, ratificó dos objetivos esenciales del pacto: erradicar la pobreza y fortalecer los servicios sociales del Estado. En ese sentido, anunció que se cambiará la lógica del Bono de Desarrollo Humano “volviéndolo una de las herramientas transitorias de impulso económico, que buscará la vinculación productiva y laboral” de las más de 900.000 personas que lo reciben. Durante el evento se entregó este beneficio a 31 mujeres que reciben acompañamiento y asesoría del MIES para desarrollar sus emprendimientos. También se desarrollan sus habilidades y competencias para que puedan vincularse a las distintas labores.

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Con los vehículos tácticos ‘Cobra’ el Ejército Nacional le dará ‘guerra’ a las bandas en Quevedo, esto luego de que los antisociales se tomaran el anillo vial para delinquir. Y es que esta ruta, por donde a diario circulan aproximadamente 25.000 vehículos, se ha vuelto un dolor de cabeza para las autoridades locales y nacionales. Incluso en el mes de noviembre, a través de videos aficionados se captó el momento en el que los antisociales disparaban en contra de un grupo de militares que patrullaban la zona. CONTROL El comandante del Grupo de Fuerzas Especiales- 26 Cenepa, Marco Villamil, explicó a Diario ALDIA que con estos cinco vehículos que llegaron el viernes, se combatirá la delincuencia. El Ministerio de Defensa busca mejorar las capacidades operativas para el combate al terrorismo, narcotráfico y GDO’s que afectan la seguridad nacional. De acuerdo con las FF.AA., los vehículos tienen la capacidad de transportar 11 soldados armados y equipados para el cumplimiento de misiones especiales contraterroristas. Los ‘Cobra’ son de origen turco y una

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COBRA II

Con carros tácticos ‘Cobra’ el Ejército Nacional dará ‘guerra’ a las bandas en Quevedo

de sus ventajas es que tienen blindaje para munición de alto calibre. Además, hay equipos de comunicación entre cada vehículo. Cuentan con una plataforma modular con movilidad, protección balística contra minas y capacidad de

carga útil. También puede ser usado como vehículo anfibio. Según las especificaciones de la empresa fabricadora Otokar, estos vehículos tienen un sistema de visión incrementada para el conductor. Poseen monitor integrado para el

conductor y sistema OTAN de apagado de luces. Tienen sistema de grabación de datos y video; sistema de autodiagnóstico a bordo; faros antiniebla, provisión para la instalación de radios, entre otras características. p


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BABAHOYO BABAHOYO • Una noche mágica y llena de luces vivieron los babahoyenses en la tradicional encendida del Árbol de Navidad y la llegada de Papá Noel, actividad que abre la temporada navideña en nuestra ciudad. La melodía de los villancicos interpretado por el coro del Conservatorio de Música “Ángel Efraín Suárez Carrera”, y la intervención de la cantante Olivia Rodríguez, dieron ese toque cálido que irradia el espíritu navideño entre los presentes. El Padre Ramiro Herrera, Vicario General de la Diócesis de Babahoyo, dio su bendición a las familias babahoyenses, para luego dar paso al alcalde Gustavo Barquet, quien dio la cuenta regresiva para encender el árbol más grande de la provincia. REGALO MUY ESPECIAL Cientos de niños con sus familias disfrutaron a lo máximo de este magno evento y la llegada de Santa Claus con su respectivo show: La Fábrica de Papá Noel. Un gran regalo en estas fechas especiales. Por su parte, en la Prefectura de Los Ríos, los coordinadores y jefes departamentales se pusieron de acuerdo para aportar económicamente y decorar con un lazo navideño en la parte frontal del edificio del Gobierno p

Babahoyo vive la Navidad con varios eventos

de Los Ríos. Asimismo, se colocaron focos navideños y abajo un oso decorado, para que los ciudadanos se puedan hacer varias fotos. OTRAS ACTIVIDADES Con mucha alegría y colorido, cientos de niños y niñas vivieron el agasajo

navideño en la ciudadela Muñoz Rubio. Una tarde de música y show con la presencia de Papá Noel, El Grinch y payasos, que puestos en escena deleitaron a los presentes. Sobre todo a los pequeños que confían sus cartas y deseos a Papá Noel. El alcalde ciudadano Gustavo Bar-

quet se dirigió a los asistentes, para desear éxitos en estas fechas especiales y compartir amor y amistad. Estos eventos se seguirán realizando en varios sectores de la capital de Los Ríos. De a poco se acerca el 24 de diciembre y así se afianza la Navidad en Babahoyo.


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CANTONES

Vendedores de monigotes deben cumplir requisitos para su expendio en Quevedo

QUEVEDO • El Comité de Gestión de Riesgos conformado por delegados de varias instituciones estableció los requisitos que deberán cumplir los comerciantes en la venta de monigotes y el expendio de la pirotecnia legal, actividades que se incrementan ante la proximidad de las festividades

de fin de año. Los requisitos para la venta de monigotes son los siguientes: 1.- pago de uso de suelo 2.- Pago certificado del Cuerpo de Bomberos 3.- Aprobación del Plan de Contin-

gencia (Gestión de Riesgos) Mientras que para el expendio de la pirotecnia legal se determinó los siguientes: 1.- Pago de uso de suelo 2.- Pago de certificado del Cuerpo de Bomberos 3.-Aprobación del Plan Contingencia (Gestión de Riesgos)

4.- Permiso de la venta de pirotecnia otorgado por el Centro de Control de Armas de Santo Domingo. Cabe mencionar que de acuerdo a la socialización que se realizó en días anteriores se determinó que el lugar para la venta de monigotes y pirotecnia será en las calles Bolívar y Décima.

Mujeres valencianas ya cuenta con otra herramienta de emprendimiento

VALENCIA • Un numeroso grupo de mujeres valencianas recibió su certificado de capacitación durante la clausura del curso de belleza impulsado por la Prefectura. El viernes 15 de diciembre, la Prefectura de Los Ríos junto a la Dirección de Gestión Social y Productiva realizaron la clausura del curso de belleza. En el mismo, muchas mujeres, especialmente aquellas que tienen muchísimas ganas de salir adelante se unieron en este primer encuentro de aprendizaje.

Durante el curso, las asistentes adquirieron nuevas experiencias para después ponerlas en práctica, indicaron varias de las participantes. La Primera Dama del cantón, Julissa Miño, recibió muestras de agradecimiento por todo su apoyo brindado al desarrollo de la capacitación. Así mismo, deseó éxitos a todas las emprendedoras que forman parte de este importante taller y agradeció al Prefecto de la provincia, Johnny Terán Salcedo, por continuar impulsando el talento de las mujeres valencianas.

Comisaría desaloja a personas en condición de calle VINCES • A través de la Comisaría Municipal se realizó el desalojo de varias personas que se habían establecido bajo el escenario del parque La Granja. Así mismo, la Comisaría aprovechó la oportunidad para recordar a las personas en situación de calle que el uso de esos espacios tienen sus restricciones.

Está prohibido el uso de estos espacios como alojamiento de personas, más aún, si este uso va en detrimento del bien que se emplea y de la tranquilidad ciudadana. El Alcalde Alfonso Montalván Cerezo, en la Sesión de Concejo de la semana anterior, informó que este parque ha sido varias veces intervenido para su mejoramiento.


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VARIOS

Hasta el 31 de diciembre de 2023, el carnet de discapacidad Conadis y del Ministerio de Salud tendrán validez Quevedo. Hasta el 31 de diciembre de 2023, el carnet de discapacidad Conadis y del Ministerio de Salud tendrán validez. El Registro Civil emitió un comunicado en el que indica que la cédula será el único documento habilitante para demostrar la condición de discapacidad del ciudadano. En su página oficial la institución señala que: Con este antecedente, el Ministerio de Salud Pública, el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (CONADIS) y el Registro Civil del Ecuador invitan a las personas con discapacidad a que se acerquen a renovar su documen-

to de identidad en las agencias habilitadas a escala nacional. Importante

Es importante saber que las personas con algún tipo de discapacidad no requieren agendar y, para quie-

nes tienen un porcentaje igual o superior al 30%, la cédula no tiene costo, según lo establecido en la Ley Orgánica de Discapacidades. El nuevo formato de cédulas de policarbonato – azul ya incluye el campo de condición y porcentaje de discapacidad; por lo que, los beneficios a las personas con discapacidad -contemplados en la ley- se mantienen con la cédula. De acuerdo con el Registro Cívil quienes tengan discapacidad severa, y se les dificulte el traslado hacia una agencia, el familiar puede solicitar que una brigada móvil para que visite el lugar de residencia. Para acceder a este servicio deben ingresar a la página del Registro Civil. Además es importante recalcar que las personas con discapacidad no pagan ningún valor por obtener la cédula de identidad.

Según las estadísticas del Ministerio Hasta el 24 de diciembre se paga el del Trabajo, en el año 2022 más de décimo tercer sueldo o 'bono navideño' 1.7 millones de personas se benedécimo tercer sueldo.

QUEVEDO • Los trabajadores se encuentran contando los días para que las empresas donde laboran les cancelen sus décimo tercer sueldo o 'bono navideño' Este beneficio, establecido por ley en 1962 y destinado a aliviar los gastos de las festividades de los p

trabajadores, se calcula como la doceava parte de las remuneraciones percibidas entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en transcurso. Al respecto, el Ministerio del Trabajo es bastante claro sobre cuándo y cómo debe pagarse y calcularse el

¿Cuándo debe pagarse el décimo tercer sueldo? El bono navideño es una bonificación mensual, sin embargo, puede recibirse de forma acumulada por pedido escrito del trabajador a su empleador mediante una solicitud de acumulación durante los primeros quince días del mes de enero. En caso de recibirse acumulado, este deberá recibirse hasta el 24 de diciembre de cada año, según estipula el Reglamento para el pago y la legalización de la décima tercera remuneración.

ficiaron de este ingreso adicional. El desglose de los datos revela que 1.1 millones son hombres, 590 286 son mujeres, 1.6 millones trabajan a tiempo completo, mientras que 73 790 lo hacen a tiempo parcial. ¿CÓMO SE CALCULA? Para calcular el décimo tercer sueldo, se suman todas las remuneraciones que un trabajador ha recibido durante el año, incluidas el salario base, las horas extras, los bonos y las comisiones. Una vez que se ha sumado el total de las remuneraciones, se divide por 12 para obtener el décimo tercer sueldo.


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PLANETA

Rehenes israelíes baleados por error habían ondeado bandera blanca, dice oficial israelí JERUSALÉN (AP) Tres rehenes israelíes que fueron baleados por error por las tropas israelíes en la Franja de Gaza ondeaban una bandera blanca y estaban sin camiseta cuando fueron asesinados, declararon oficiales militares israelíes, en el primer reconocimiento de Israel de haber causado daño a algún rehén en su guerra contra Hamás. El primer ministro Benjamin Netanyahu dijo en un discurso a nivel nacional que los asesinatos “rompieron mi corazón, rompieron el corazón de toda la nación”, pero no indicó ningún cambio en

la intensa campaña militar de Israel. “Estamos tan comprometidos como siempre a continuar hasta el final, hasta que desmantelemos Hamás, hasta que traigamos de vuelta a todos nuestros rehenes”, afirmó. Es probable que la indignación por los asesinatos por error aumente la presión sobre el gobierno israelí para que reanude las negociaciones con Hamás, mediadas por Qatar, para intercambiar más rehenes —que según Israel son 129— por palestinos encarcelados en Israel. Un funcionario de alto rango de Hamás, Osama Hamdan, reiteró el sábado que no habrá más liberaciones de rehenes antes de que finalice la guerra e Israel acepte las condiciones de Hamás para el canje. Netanyahu dijo que Israel nunca aceptará esas condiciones.

Tres muertos tras un accidente aéreo que causó un pequeño incendio forestal y un corte de energía

Siguen saliendo vuelos con venezolanos deportados desde (CNN) -- Tres personas murieron cuando una avioneta se estrelló EEUU: conoce las últimas cifras en Oregón y provocó un incendio el sábado por la tarde, dijeron las autoridades. Poco antes de las 17.00 horas, el avión monomotor se estrelló contra un tendido eléctrico. hora local, lo que provocó un corte de energía y provocó un pequeño incendio forestal, según el Departamento de Policía de la Independencia. Las autoridades no han identificado a los muertos en el accidente y no está claro si todos estaban a bordo del avión. La policía dijo que los equipos tuvieron que esperar a que la compañía eléctrica desconectara las líneas de alto voltaje antes de entrar para apagar el incendio y examinar el lugar del accidente en Independence, a unas 58 millas al sur de Portland. No está claro qué llevó al accidente. La Administración Federal de Aviación está investigando el incidente, junto con las autoridades locales.

Los vuelos de deportación hacia Venezuela se han mantenido con regularidad desde que Estados Unidos anunció que reanudaría esta práctica en octubre pasado, y de acuerdo con las últimas cifras del Departamento de Seguridad Nacional de EEUU (DHS) cerca de 13,000 ciudadanos venezolanos han sido removidos de territorio estadounidense o regresados a su país desde mayo. La semana pasada DHS había

anunciado que un nuevo vuelo con venezolanos deportados se realizaría y para esta semana se espera que llegue a Venezuela el noveno avión con deportados desde que se reanudaron estos procedimientos el pasado 5 de octubre. En los vuelos que salieron la última semana se incluían adultos solteros y familias con destino a Venezuela, Centroamérica, Colombia, República Dominicana, Ecuador, Perú y Corea del Sur.


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PL-1465

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE RUMBEL ALCIVAR NARANJO SALTOS.SE LES HACE SABER: Que le correspondió conocer a esta Unidad Judicial el proceso Ordinario Nulidad de Contrato No.12331-2022-00739 presentada por el señor NARANJO LASINQUIZA JUAN NELSON, cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue: ACTOR: NARANJO LASINQUIZA JUAN NELSON DEMANDADO: BRENDY AMARILIS NARANJO ARMIJOS, HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE RUMBEL ALCIVAR NARANJO SALTOS, herederos conocidos LILIA BADAURA NARANJO SECAIRA, HERMEL AUGUSTO NARANJO SECAIRA, NAPOLEON ARTURO NARANJO SECAIRA, MAXIMO TEMISTOCLES NARANJO SECAIRA, ROBERTH ALCIVAR NARANJO ARMIJO, BRENDY AMARILIS NARANJO ARMIJO; AB. ROMULO EUCLIDES MARTÍNEZ NÚÑEZ en calidad de notario segundo, DR. CARLOS ARMANDO MENDOZA GARCÍA en calidad de notario sexto, DR. WILMAN GABRIEL TERAN CARRILLO en calidad de presidente de la judicatura y DR. JUAN CARLOS LARREA VALENCIA en calidad de procurador del estado.OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante manifiesta que al amparo de los Arts. 9, 1454, 1463, 1697, 1698, 1699, 1708 del Código Civil; Arts. 205, 206, 215 y 289 del Código Orgánico General de Procesos; y, Arts. 20.4, 26, 27, 28, 29, 44 de la Ley Notarial, solicita que mediante sentencia, la presente demanda sea admitida, y, se declare la NULIDAD ABSOLUTA DE LOS CONTRATOS DE INSINUACION DE DONACION que hiciera el señor RUMBEL ALCIVAR NARANJO SALTOS (+), a favor de los, señores LILIA BADAURA NARANJO SECAIRA, HERMEL AGUSTO NARANJO SECAIRA, NAPOLEON ARTURO NARANJO SECAIRA, MAXIMO TEMISTOCLES NARANJO SECAIRA, ROBERTH ALCIVAR NARANJO ARMIJO y BRENDY AMARILIS NARANJO ARMIJO, los mismos que se encuentran descritos el Numeral 5.3 del libelo de la demanda. Que mediante sentencia, la presente demanda sea admitida, y se declare, la NULIDAD ABSOLUTA DE LOS CONTRATOS DE DONACION Y COMPRA VENTAS que hiciera el señor RUMBEL ALCIVAR NARANJO SALTOS, a favor de los, señores LILIA BADAURA NARANJO SECAIRA, HERMEL AGUSTO NARANJO SECAIRA, NAPOLEON ARTURO

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NARANJO SECAIRA, MAXIMO TEMISTOCLES NARANJO SECAIRA, ROBERTH ALCIVAR NARANJO ARMO, BRENDY AMARILIS NARANJO ARMIJO; otorgadas en las Notarías Segunda y Sexta del Cantón Quevedo; Provincia de Los Ríos, los mismos que se encuentran descritos el Numeral 5.3 del libelo de la demanda. Que mediante sentencia, la presente demanda sea admitida, y se declare la NULIDAD ABSOLUTA DE LAS 14 ESCRITURAS PUBLICAS de Donación y Compraventa que hiciera el señor RUMBEL ALCIVAR NARANJO SALTOS (*), a favor de los, señores LILIA BADAURA NARANJO SECAIRA, HERMEL AGUSTO NARANJO SECAIRA, NAPOLEON ARTURO NARANJO SECAIRA, MAXIMO TEMISTOCLES NARANJO SECAIRA, ROBERTH ALCIVAR NARANJO ARMIJO, BRENDY AMARILIS NARANJO ARMIJO; otorgadas en las Notarías Segunda y Sexta del Cantón Quevedo; Provincia de los Ríos; es decir, que todas estas escrituras y contratos, vuelvan al estado anterior; los mismos que se encuentran descritos el Numeral 5.3 del libelo de la demanda y que mediante sentencia, la presente demanda sea admitida, y se declare la NULIDAD ABSOLUTA del Contrato de Compraventa y Constitución de Hipoteca Abierta con Prohibición Voluntaria de Enajenar y Gravar, a favor de los señores EDGAR RUPERTO PUJO ASES y SILVANA NATALY GUAÑANZA MAIZA; así como de la escritura pública de Compraventa y Constitución de hipoteca Abierta con Prohibición Voluntaria de Enajenar y Gravar, de fecha 28 de marzo del 2022, que se hicieran los primeros demandados a favor de los señores EDGAR RUPERTO PUJO ASES y SILVANA NATALY GUAÑANZA MAIZA, realizada nuevamente en la Notaria Segunda del cantón Quevedo.CUANTÍA: INDETERMINADA TRÁMITE: ORDINARIO. JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Willam Patricio Panchi Chancusig; Continuando con la tramitación de la presente causa y, bajo el principio de tutela efectiva y debido proceso consagrado en los artículos 75 y 76 de la Constitución de la República; Por cuanto el actor ha dado cumplimiento a lo dispuesto en AUTO de fecha 24 de octubre del 2023 a las 16h01 esto es con la declaración la imposibilidad de determinar la individualidad domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos del señor RUMBEL ALCÍVAR NARANJO SALTOS, consecuentemente se considera: 1.CALIFICACIÓN DE LA REFORMA DE LA DEMANDA: La presente demanda de NULIDAD DE CONTRATO Y DE ESCRITURA, presentada por JUAN NELSON NARAN-

JUDICIALES JO LASINQUIZA, por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos, se califica la demanda y la reforma de la demandada de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con las normas establecidas en el artículo 289 y siguientes del COGEP, en contra de los herederos conocidos y desconocidos de RUMBEL ALCÍVAR NARANJO SALTOS y los herederos conocidos LILIA BADAURA NARANJO SECAIRA, HERMEL AUGUSTO NARANJO SECAIRA, NAPOLEON ARTURO NARANJO SECAIRA, MAXIMO TEMISTOCLES NARANJO SECAIRA, ROBERTH ALCIVAR NARANJO ARMIJO, BRENDY AMARILIS NARANJO ARMIJO; y, a los AB. ROMULO EUCLIDES MARTÍNEZ NÚÑEZ en calidad de notario segundo, DR. CARLOS ARMANDO MENDOZA GARCÍA en calidad de notario sexto, DR. WILMAN GABRIEL TERAN CARRILLO en calidad de presidente de la judicatura y DR. JUAN CARLOS LARREA VALENCIA en calidad de procurador del estado, 2.- (…) ordeno CITAR a los demandados AB. ROMULO EUCLIDES MARTÍNEZ NÚÑEZ en calidad de notario segundo, DR. CARLOS ARMANDO MENDOZA GARCÍA en calidad de notario sexto, se la citara en la dirección señalada por el actor en su libelo inicial para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos, croquis y este auto inicial. Para efecto de la citación a los demandados se realizará mediante uno de los señores citadores del complejo judicial de Quevedo, en el lugar que se indica en la demanda, quien lo hará observando lo que establecen los Arts. 54, 55 y 63 del referido Cuerpo Legal; A los señores LILIA BADAURA NARANJO SECAIRA, HERMEL AUGUSTO NARANJO SECAIRA, NAPOLEON ARTURO NARANJO SECAIRA, MAXIMO TEMISTOCLES NARANJO SECAIRA, ROBERTH ALCIVAR NARANJO ARMIJO, BRENDY AMARILIS NARANJO ARMIJO se le citara mediante DEPRECATORIO ELECTRONICO, librado a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en cantón Ventanas, provincia de Los Ríos, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Al deprecatorio se deberá adjuntar la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial, quien lo hará observando lo que establecen los Arts. 54, 55 y 63 del Código Orgánico General de Procesos; A los señores DR. WILMAN GABRIEL TERAN CARRILLO y DR. JUAN CARLOS LARREA VALENCIA, se le citara mediante DEPRECATORIO ELECTRONICO, librado a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el distrito Metropo-

litano de Quito provincia de Pichincha, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Al deprecatorio se deberá adjuntar la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial, quien lo hará observando lo que establecen los Arts. 54, 55 y 63 del Código Orgánico General de Procesos; y, a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIENES EN VIDA FUE RUMBEL ALCÍVAR NARANJO SALTOS, de conformidad a lo estipulado en el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: “Citación a través de uno de los medios de comunicación. A la persona o personas cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se la citará mediante: (...) 1. Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso.”, y con fundamento en el juramento rendido por la parte actora que obra a fojas 86 el proceso, en la que señala desconocer el domicilio de los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida fue RUMBEL ALCÍVAR NARANJO SALTOS, se dispone que se los cite, mediante PUBLICACIONES DE FORMA ESCRITA que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación; para tal efecto, se extenderá el correspondiente EXTRACTO. Conforme lo dispone el inciso 4 del numeral 2 del artículo 56, que dice: “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda.”, por la norma antes referida se concede el termino de TREINTA DÍAS (30) una vez transcurrido los veinte (20) días desde la última publicación por la prensa, a fin de que conteste la demanda conformé lo ordenado en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: Concediéndose a la parte demandada el término de treinta (30) días, de conformidad con el Art. 291 del COGEP, para: I.- Que conteste la demanda, reconvenga de ser pertinente y proponga excepciones, y II.- De conformidad con los artículos 151, y 153 Ibídem; y, al tenor de lo dispuesto en el Art. 152 de la norma señalada deberán realizar anuncio o solicitud de pruebas con la contestación a la demanda por escrito; 4.- DEL ANUNCIO DE LAS PRUEBAS(…) CONVALIDACION: Agréguese el escrito presentado JUAN NELSON

NARANJO LASINQUIZA, petición ingresada a la oficina de gestión judicial electrónica e-SATJE 2020 de fecha jueves 09 de noviembre del 2023, a las 16:02, dispongo: A fin de evitar posibles nulidades al amparado en lo dispuesto el Art. 76 numerales 1, 7 literales a, b, c y h; de la Constitución de la República, y al amparo de lo determinado en el Art. 254 del Código Orgánico General de Procesos, se reforma el auto interlocutorio de calificación a la demanda de fecha martes 7 de noviembre del 2023, a las 13h01, en el siguiente sentido: Téngase en consideración que el actor esta causa es el señor: JUAN NELSON NARANJO LASINQUIZA. A la demandada BRENDY AMARILIS NARANJO ARMIJO, se la citará en la dirección consignada en el escrito de la reforma a la demanda, esto es, mediante deprecatorio electrónico dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitanos de Quito, provincia de Pichincha. Cítese a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE RUMBEL ALCIVAR NARANJO SALTOS, conforme lo establecido en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual la actuaria del despacho elabore el respectivo extracto de citación para proceder a la respectiva citación. De conformidad con lo establecido en el Art. 193 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena el desglose las 14 ESCRITURAS PUBLICAS de donación y compraventa anexadas al expediente, dejando copias certificadas en autos, a costa del peticionario, quien queda obligado a presentarlo cuando se requiera dicha documentación.- En lo demás queda incólume dicho auto de calificación.- HÁGASE SABER Y CÚMPLASE.Quevedo, 17 de Noviembre de 2023 Ab. María Lorena Rodríguez Salinas Secretaria PL-000

FUNCIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN VENTANAS. EXTRACTO DE CITACIÓN JUICIO ORDINARIO – PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO N°12309-2023-00369 A: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ ZUNINO GUZMAN CARLOS JULIO ACTOR: LEDESMA ARTEAGA NANCY BREMILDA JUEZ DE LA CAUSA: AB. EDUARDO OSMANER PEÑARRETA JADAN FUNDAMENTO DE HECHO: Es el caso señor juez, que, desde el 8 de marzo del 1992 hasta la actulidad, es decir por más de 31 años en forma

pacífica, tranquila e ininterrumpida, sin clandestinidad y con ánimo de señora y dueña vengo manteniendo la posesión de dos solares urbanos en los que he construido mi vivienda; solares y casas ubicadas en las calles 10 de agosto entre Bonilla Polo y Río Ventanas Luque e Isabel Puga de la Parroquia 10 de noviembre de la jurisdicción del Cantón Ventanas; los mismos que tienen las siguientes características: SOLAR Y CASA 1: Avaluo Catastral: 94.556,35 USD Código Catastral Municipal: 01-02-017-13 Área: 132 metros LINDEROS: POR EL NORTE: Solares 23, 24, 25 con 6.60 metros; POR EL SUR: Calle 10 de agosto con 6.60 metros; POR EL ESTE: Ledesma Arteaga Nancy Bremilda con 20 metros; POR EL OESTE: Saltos Alcívar Gladys con 20 metros. SOLAR Y CASA 2: Avaluo Catastral: 56.584,00 USD. Código Catastral Municipal: 01-02-017-14 Área: 200 metros LINDEROS: POR EL NORTE: Solares 23, 24, 25 con 10 metros; POR EL SUR: Calle 10 de agosto con 10 metros: POR EL ESTE: Almeida Andrade Fanny Yuly con 20 metros; POR EL OESTE: Ledesma Arteaga Nancy Bremilda con 20 metros. En los mencionados solares con dinero de mi peculio he construido dos casas de cemento, es decir he acondicionado con mis propios recursos, estas viviendas sin interferencias de nadie y siempre manteniendo el ánimo de señora y dueña por más de 31 años y los vecinos me reconocen como la legitima propietaria, tal como lo compruebo con los documentos que he adjuntado a la demanda. FUNDAMENTO DE DERECHO: Los fundamentos de derecho con los que se justifican el ejercicio de esta acción son los siguientes: Numeral 26 de artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador y en los Artículos 603, 605, 715, 2392, 2405, 2410, 2411 y siguientes del Código Civil vigente. OBJETO DE LA PRETENSIÓN: Que en sentencia su señoría se sriva declararnos como dueños y propietarios mediante Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio de los inmuebles con código catastral 01-02017-13 y 01-02-017-14, ubicados en calles 10 de agosto y Bonilla Polo y Río Ventanas del Cantón Ventanas, Provincia de los Ríos, con un área total de 332,00 metros, con las siguientes características y linderos de cada uno: SOLAR Y CASA 1: Avaluo Catastral: 94.556,35 USD Código Catastral Municipal: 01-02-017-13 Área: 132 metros

LINDEROS: POR EL NORTE: Solares 23, 24, 25 con 6.60 metros; POR EL SUR: Calle 10 de agosto con 6.60 metros; POR EL ESTE: Ledesma Arteaga Nancy Bremilda con 20 metros; POR EL OESTE: Saltos Alcívar Gladys con 20 metros. SOLAR Y CASA 2: Avaluo Catastral: 56.584,00 USD. Código Catastral Municipal: 01-02-017-14 Área: 200 metros LINDEROS: POR EL NORTE: Solares 23, 24, 25 con 10 metros; POR EL SUR: Calle 10 de agosto con 10 metros: POR EL ESTE: Almeida Andrade Fanny Yuly con 20 metros; POR EL OESTE: Ledesma Arteaga Nancy Bremilda con 20 metros. Debiendo ordenar que se inscriba la sentencia de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, en el Registro de la Propiedad del Cantón Ventanas, una vez que se haya protocolizado en una de las Notarias Públicas. PROCEDIMIENTO: El procedimiento de la presente demanda es el determinado en los Artículos 289 y 290 del código orgánico general de procesos, esto es Procedimiento Ordinario. SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE: AUTO DE CALIFICACIÓN: Mediante Auto de fecha jueves 20 de abril del 2023, a las 09h45; el Ab. Eduardo Osmaner Peñarreta Jadan Juez Ponente de la Unidad Judicial Multicompetente Civil de la Ciudad de Ventanas. La misma que por reunir los requisitos legales generales y especiales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al trámite ordinario de PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO que le corresponde acorde al Art. 289 Ibídem. En consecuencia de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena se cite a a los Herederos Presuntos y Desconocidos de quien se llamó ZUNINO GUZMAN CARLOS JULIO; en uno de los diarios de mayor circulación a nivel provincial, previa declaración de la actora de la imposibilidad de conocer el domicilio, se ordena se entregue el extracto de citación, el mismo que será publicado por tres ocasiones en días distintos, a efectos de que comparezcan a juicio a hacer valer sus derechos. Previniéndole que de no comparecer en veinte días después de la última publicación, podrán ser considerados o declarados en rebeldía.- Cítese y Hágase Saber. Particular que comunico para los fines de ley.Ventanas, 27 de abril del 2023 AB. JESSENIA PILAR PAZMIÑO VALDIVIEZO SECRETARIA


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FUNCIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN VENTANAS. EXTRACTO DE CITACIÓN JUICIO ORDINARIO – PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO N°12309-202300368 A: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ MAGDALENA DOLORES PEÑA PUGA ACTORES: LOOR ZAMBRANO MARCELA INES, LOOR ZAMBRANO RENEE ISIDRO, LOOR ZAMBRANO GEOVANNY ENRIQUE, LOOR ZAMBRANO NANCY AMELIA, LOOR ZAMBRANO GUACHO WILLIAN, LOOR ZAMBRANO MAGALI DE LOURDES, LOOR ZAMBRANO VICTOR HUGO, y LOOR ZAMBRANO CELENITA JACINTA JUEZ DE LA CAUSA: AB. EDUARDO OSMANER PEÑARRETA JADAN FUNDAMENTO DE HECHO: Es el caso señor juez, que, desde el 17 de junio de 1982 hasta la actulidad, es decir por más de 41 años en forma pacífica, tranquila e ininterrumpida, sin clandestinidad y con ánimo de señores y dueños venimos manteniendo la posesión de un solar y casa ubicado en las calles Enrique Ponce Luque e Isabel Puga de la Parroquia 10 de noviembre de la jurisdicción del Cantón Ventanas, Provincia de los Ríos. Este bien del cual somos posesionarios por más de 41 años en forma pacífica e ininterrumpida, sin clandestinidad ni violencia y con ánimo de señores y dueños, consta de las siguientes características: Un área actualmente de 224, PÉRDIDA DE DEPÓSITO Se pone en conocimiento del Público, que está extraviado el Certificado de Depósito a Plazo Fijo N° 187079 emitida por la Cooperativa de Ahorro y Crédito "El Sagrario" Ltda, a favor de la Sra. ACOSTA GAIBOR MONICA PATRICIA, quien considere tener derecho sobre el deberá presentarse en la Cooperativa en un plazo no mayor a ocho días después de la última publicación, caso contrario se procederá a su anulación definitiva.

JUDICIALES 83 metros cuadrados, el mismo que está comprendido entre los siguientes linderos: AL NORTE: Calle Enrique Ponce Luque con 12.50 metros AL SUR: Solar 01 con 12.50 metros; AL ESTE: Calle María Isabel Puga con 18 metros; AL OESTE: Solar 20 con 18 metros. Código Catastral Municipal: 02-01-013-21 Avaluo Catastral: $26.390,83 USD. En el mencionado solar hemos construido una casa con nuestro propio peculio la misma que es utilizada para vivienda y un locales de arriendo, posesión que mantenemos sin interferencia de nadie y siempre manteniendo el ánimo de amos señores y dueños por más de 41 años de manera pública y notoria

y en esa calidad de señores y dueños nos conocen los vecinos el barrio de esta propiedad ubicada en las calles Enrique Ponce Luque y María Isabel Puga de la Parroquia 10 de Noviembre de la jurisdicción del Cantón Ventanas, Provincia de los Ríos. FUNDAMENTO DE DERECHO: Los fundamentos de derecho con los que se justifican el ejercicio de esta acción son los siguientes: Numeral 26 de artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador y en los Artículos 603, 605, 715, 2392, 2405, 2410, 2411 y siguientes del Código Civil vigente. OBJETO DE LA PRETENSIÓN: Que mediante sentencia su señoría se sriva declararnos como dueños y propietarios mediante Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio del

inmueble con código catastral 02-01-013-21, ubicada en calles Enrique Ponce Luque y María Isabel Puga de la Parroquia 10 de noviembre de la Jurisdicción del Cantón Ventanas, Provincia de los Ríos, con un área de 224,83, con los siguientes linderos: AL NORTE: Calle Enrique Ponce Luque con 12.50 metros AL SUR: Solar 01 con 12.50 metros; AL ESTE: Calle María Isabel Puga con 18 metros; AL OESTE: Solar 20 con 18 metros. Código Catastral Municipal: 02-01-013-21 Avaluo Catastral: $26.390,83 USD. Debiendo ordenar que se inscriba la sentencia de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, en el Registro de la Propiedad del PL-0209

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUEVEDO A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA LLAMO: OSWALDO RAMIRO YANANGOMEZ RIERA.SE SE LE HACE SABER: Que Sorteo correspondió a esta Unidad Judicial tramitar el juicio VOLUNTARIO DE AUTORIZACION JUDICIAL o LICENCIA No. 12203-202301234 presentada por la señora DIANA JACQUELINE VALENS PINARGOTE, en contra de los HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida se llamó OSWALDO RAMIRO YANANGOMEZ RIERA. Cuyo extracto es como sigue: ACTORA: DIANA JACQUELINE VALENS PINARGOTE OBJETO DE LA DEMANDA: Es el caso señora jueza que del matrimonio conformado por DIANA JACQUELINE VALENS PINARGOTE y OSWALDO RAMIRO YANANGOMEZ RIERA, quien falleció el 4 de febrero del 2023, procreamos tres hijos menores de edad, los mismos que se encuentra bajo mi patria potestad, a la muerte de mi cónyuge en calidad de madre y representante de mis hijos y en calidad de cónyuge sobreviviente con derecho a gananciales, se ha puesto en su conocimiento la posesión efectiva realizada ante el Notario Quinto del Cantón Quevedo de fecha 16, de febrero del 2023 de la cual mis hijos menores de edad son propietarios de 50% de derechos y acciones de los bines dejados por mi cónyuge y que procede a detallar de mane sucinta: un solar signado con el Nro. 9 de la Manzana J ubicada en los terrenos lotización San José, sector 12 de Junio, perteneciente al Cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos; vehículo de palcas RBA-3046, marca KIA, modelo RIOS STYLUS LS, color PLATEADO, año 2011; Motocicleta de placas HN229X, marca HONDA, color NEGRO, año 2012. Con lo expuesto señora Jueza solicito se sirva conferirme la autorización judicial para que en mi calidad de representante de mis hijos menores de edad pueda realizar la venta de 50% de los derechos y acciones que les corresponde como herederos universales de los bienes anteriormente descriptos. FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Acorde a lo que establece con el Art. 297 y 298 del Código Civil. TRAMITE: VOLUNTARIO CUANTÍA: Por su naturaleza es indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Yury Vanessa Vinueza Grada Jueza de esta Unidad Judicial de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia de Quevedo, mediante Auto Interlocutorio de Calificación de fecha viernes 17 de noviembre del 2023, las 09h44, se ordenó citar por la prensa a los Herederos desconocidos de quien en vida se llamó OSWALDO RAMIRO YANANGOMEZ RIERA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, toda vez que la actora afirma bajo juramento de que le es imposible determinar la residencia o domicilio actual de dichos herederos desconocidos.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico en esta ciudad para que reciba sus notificaciones físicas y electrónicas y que deberán comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.- Certifico.Particular que comunico para los fines de Ley. Quevedo, 12 de diciembre del 2023 Ab. Galo Luis Mendoza Segovia SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO

Cantón Ventanas, una vez que se haya protocolizado en una de las Notarias Públicas. PROCEDIMIENTO: El procedimiento de la presente demanda es el determinado en los Artículos 289 y 290 del código orgánico general de procesos, esto es Procedimiento Ordinario. SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE: AUTO DE CALIFICACIÓN: Mediante Auto de fecha jueves 20 de abril del 2023, a las 09h44; el Ab. Eduardo Osmaner Peñarreta Jadan Juez Ponente de la Unidad Judicial Multicompetente Civil de la Ciudad de Ventanas. La misma que por reunir los

requisitos legales generales y especiales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al trámite ordinario de PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO que le corresponde acorde al Art. 289 Ibídem. En consecuencia de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena se cite a a los Herederos Presuntos y Desconocidos de quien se llamó MAGDALENA DOLORES PEÑA PUGA; en uno de los diarios de mayor circulación a nivel provincial, previa declaración

de la actora de la imposibilidad de conocer el domicilio, se ordena se entregue el extracto de citación, el mismo que será publicado por tres ocasiones en días distintos, a efectos de que comparezcan a juicio a hacer valer sus derechos. Previniéndole que de no comparecer en veinte días después de la última publicación, podrán ser considerados o declarados en rebeldía.- Cítese y Hágase Saber. Particular que comunico para los fines de ley.Ventanas, 27 de abril del 2023 AB. JESSENIA PILAR PAZMIÑO VALDIVIEZO SECRETARIA PL-0217

EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN POR PRENSA ESCRITA A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE BUÑAY CIMBAÑA ANGEL REINALDO, O DE QUIENES NO SE PUEDE DETERMINAR SU RESIDENCIA. ACTOR: BUÑAY CIMBAÑA ANGEL REINALDO. DEMANDADO: SALVATIERRA ROBALINO CESAR VICENTE, ILLINGWORTH PLAZA RAFAEL JOSE, ING. MACIAS HUERTA MIGUEL ADOLFO - COMPAÑIA AGRICOLA BANANERA CLEMENTINA S.A.. JUICIO: SUMARIO- JUBILACIÓN. No. 12334-2016-00606. JUEZ DE LA CAUSA: AB. CRISTOBAL TEODORO VELIZ NAVARRETE AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: “Vistos: Agréguese al cuaderno procesal el acta de RECONOCIMIENTO DE FIRMA Y RUBRICA DE DESCONOCER DOMICILIO DE HEREDEROS DEL CAUSANTE BUÑAY CIMBAÑA ANGEL REINALDO, (+) ACTOR DE ESTE PROCESO, presentado por los señores ALEXANDER ALEXI BUÑAY DIAZ, VIANCA NAYELI BUÑAY DIAZ, y, ERIK ANGEL BUÑAY DIAZ, n su calidad de herederos de quien en vida llamó BUÑAY CIMBAÑA ANGEL REINALDO, actor del proceso, fallecido. En lo principal, de fs. 188 a la 199, comparecen ALEXANDER ALEXI BUÑAY DIAZ, VIANCA NAYELI BUÑAY DIAZ, y, ERIK ANGEL BUÑAY DIAZ, manifestando ser herederos del accionante señor BUÑAY CIMBAÑA ANGEL REINALDO, de quien dicen ha fallecido, acreditando este hecho con la documentación pertinente inserta en el testimonio de escritura pública de posesión efectiva. Expresan además bajo juramento que les es imposible determinar la existencia o residencia de otros herederos conocidos y desconocidos del accionante fallecido que en vida llamó BUÑAY CIMBAÑA ANGEL REINALDO, por lo que piden se les cite por la prensa en la forma que establece el art. 68.1 del Código Orgánico General de Procesos, pidiendo se fije fecha, día y hora a fin de rendir su declaración bajo juramento. Atendiendo lo solicitado por los peticionarios, en auto de sustanciación de fs. 200, y en primer señalamiento, se dispuso que comparezcan a rendir su juramento conforme a lo indicado, el día viernes29 de septiembre del 2023; y como no concurrieron en la fecha señalada, a petición de parte se volvió a señalar para el día viernes 13 de octubre del 2023, a las 09h00, como rola a fs. 202, del proceso, como en efecto así lo hicieron, constando a fs. 206 y vta., el acta de declaración bajo juramento, en la cual declaran bajo juramento que “...LES ES IMPOSIBLE DETERMINAR EXISTENCIA O RESIDENCIA ACTUAL DE LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE EL SEÑOR BUÑAY CIMBAÑA ANGEL REINALDO…”, hecho en el cual, previas las indicaciones del juzgador y advertencias de la gravedad del juramento de ley, se afirman y ratifican en su declaración bajo juramento.- En atención a lo cual, y de conformidad a lo prescrito en Código Orgánico General de Procesos, en su artículo 56, concordante con el articulo 68.1 ibídem, que dispone: “Art. 68.1.- Notificación de herederos.- Si alguno de los litigantes fallece, se notificara´ a sus herederos para que comparezcan al proceso. A los herederos conocidos se les notificara en persona o por una sola boleta. A los herederos desconocidos o de quienes no se puede determinar su residencia, mediante una sola publicación en la forma y con los efectos señalados en el artículo 56 de este Código. La notificación se hará´ mediante providencia en la que se dispondrá´ contar con los herederos en el proceso. La publicación por la prensa contendrá´ únicamente un extracto de aquella”; como de la declaración bajo juramento, no se advierte que los declarantes hayan señalado el domicilio, ni el nombre de otros herederos conocidos, presunto o desconocidos, en cumplimiento a la norma antes citada, se ordena que se les NOTIFIQUE a los herederos presuntos y desconocidos de BUÑAY CIMBAÑA ANGEL REINALDO, o de quienes no se puede determinar su residencia, con un extracto del presente auto, a fin que comparezcan a juicio y hagan valer sus derechos, en el término que prevé el artículo 56 del citado cuerpo legal.- CUMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-” Particular que comunico a ustedes para los fines legales pertinentes.14 de noviembre del 2023. AB. GEORGINA ANNABELL ESPÍN DÍAZ SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO


Lunes, 18 de diciembre 2023 |

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SEGURIDAD

Dos muertos, casas y carros quemados en atentado ocurrido en Mocache

MOCACHE • La mañana del 15 de diciembre ocurrió un nuevo hecho violento que dejó como saldo dos personas sin vida, cuatro casas, 2 carros y tres motocicletas quemadas. La Policía se encuentra investigando si este hecho tiene relación con las cuatro personas incineradas encontradas, la mañana del pasado 13 de diciembre en el mismo cantón.

¿QUÉ OCURRIÓ? De acuerdo con los primeros reportes policiales, un grupo de 30 hombres armados, llegaron hasta las propiedades afectadas y atacaron a los ocupantes.“Lanzaron bombas. Era como una guerra”, aseguraron los vecinos. Allí mataron a dos hombres. Uno de ellos fue encontrado

completamente quemado. Las víctimas fueron identificadas como: Rodolfo Simón Sevillano Loor y un menor de edad. Familiares de Julian Sevillano, un hombre asesinado en Mocache el 13 de septiembre de 2023 cuando pistoleros llegaron hasta una lavadora donde se encontraba, junto a su hija, quien también fue víctima del

Policía Nacional asesinado en Buena Fe en la provincia de Los Ríos

BUENA FE • El Policía en servicio activo Franklin Joffre Palma Loor fue encontrado sin vida la mañana del 16 de diciembre de 2023 en el Distrito Buena Fe. El hallazgo fue reportado al ECU911, que movilizó unidades especiales de la Policía hasta el punto. En el sitio encontraron el cuerpo del hombre con heridas en sus manos y cabeza, tras la verificación de su identidad descubrieron que se trataba del Policía Franklin Palma, de 23 años de edad. De acuerdo con un reporte policial, Palma presta sus servicios en el

Distrito Buena Fe – Valencia, subcircuito Los Ángeles. El cuerpo del uniformado fue llevado hasta la morgue de Quevedo para los respectivos trámites de ley. Sobre este nuevo hecho de sangre, que enluta a las filas policiales, la institución del orden no ha dado mayores detalles. POLICÍAS OBJETIVOS DE LA DELINCUENCIA Quevedo. Entre los familiares de los miembros de la Policía Nacional hay preocupación al ver que

ellos están siendo blancos de los antisociales. Un uniformado fue secuestrado la noche del 12 de diciembre de 2023, en el cantón Valencia. El hombre llegó desde Durán, distrito donde laboraba, para pasar unos días libres. El servidor, en grado de cabo primero, se movilizaba a bordo de un vehículo de su propiedad cuando fue secuestrado. Su carro fue encontrado en Quevedo. OTRO CASO En Buena Fe, el 12 de diciembre, una pareja de policías fueron agredidos por un grupo de sujetos, que pretendieron robarles y secuestrarlos. En este caso, la mujer Policía logró neutralizar el hecho e hizo uso de la fuerza progresiva de su arma de fuego para defenderse de los antisociales, logrando salvarse y salvar la vida de su esposo. Producto del hecho, uno de

ataque. Mientras que, otro grupo de atacantes hicieron estallar unas viviendas y carros que se encontraban en el perímetro. Actualmente los habitantes de Mocache se encuentran preocupados por lo que pueda ocurrir, debido a los posibles atentados posteriores que se registren por represalias.

los antisociales quedó herido. LE ROBAN Y QUEMAN EL CARRO Que la delincuencia en Quevedo no da tregua y la tarde del jueves, 7 de diciembre de 2023, quedó en evidencia luego de que le robaran su armamento y equipos de comunicación a dos policías. Como si fuera poco, los ‘pillos’ le prendieron fuego al vehículo tipo patrullero en el que viajaban dejándolo abandonado en La Virginia. Un reporte policial revela que los agentes pertenecen a la Unidad Contra el Tráfico para el Consumo Interno de Santo Domingo (UCTCI). DESCONSUELO El 8 de noviembre de 2023, en medio de un asalto, el sargento José Gabriel Callay Lara, de 40 años, fue asesinado. Dentro de ese caso se reportó una persona aprehendida; sin embargo, esto no trae paz para los servidores, ni sus familiares quienes piden al Gobierno Nacional que se cambien las leyes.


DOS MUERTOS, CASAS Y VEHÍCULOS QUEMADOS DEBIDO A ENFRENTAMIENTOS ENTRE GDO

Mocache. Un amanecer de terror fue la novedad con la que se despertaron los pobladores de este cantón, el viernes 15 de diciembre. El saldo fueron dos personas sin vida, cuatro casas, 2 carros y tres motocicletas quemadas. Pág 11

LUIS LEÓN RENOVÓ CON EMELEC HASTA EL 2027

POLICÍA APARECIÓ SIN VIDA EN SECTOR DE BUENA FE Pág 11.

Los Ríos, Lunes, 18 de diciembre 2023 Contáctanos 052780787 - 0979639681

‘TOREO’ DE CHITO Y O’MALLEY PREVIÓ A CHOQUE


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