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LA CORTE PERMANENTE DE JUSTICIA INTERNACIONAL (CPJ). Antecedente histórico de la Corte Internacional de Justicia.
Tras el fracaso de la Sociedad de Naciones, se terminó con este órgano jurisdiccional
Tenía las instalaciones que la actual Corte Internacional de Justicia.
Órgano de justicia internacional en el marco de la Sociedad de Naciones
Creado en 1921. WWW.ALEXCARRANZA.COM
NACIMIENTO DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA Fracaso de la Sociedad de Naciones con la II guerra mundial
Se discuti贸 acerca mantener la Corte Permanente de Justicia por sus buenos resultados
Nace en la Conferencia de San Francisco, donde se instaur贸 la ONU
Se cre贸 una la Corte Internacional de Justicia. Su estatuto forma parte de la Carta de Naciones Unidas
Se mantuvo la continuidad con las resoluciones y criterios de la CPJ, pero la creaci贸n de la CIJ radica en dos puntos:
-Estados que formaban parte de la CPJ, no participaban en San Francisco (enemigos en la II guerra) -Estados que no eran parte del estatuto de la CPJ. WWW.ALEXCARRANZA.COM
Sede: La Haya, Países Bajos
Órgano judicial principal de la Organización de Naciones Unidas (ONU). Se rige por un Estatuto que es parte integrante de la Carta de ONU
Comenzó a funcionar en 1946
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FUNCIONES
De acuerdo a la normatividad de la Corte Internacional de Justicia, en general, esta cumple 2 funciones
El arreglo de controversias sometidas por los Estados conforme al Derecho Internacional
Emisi贸n de dict谩menes sobre cuestiones jur铆dicas que le sometan los 贸rganos u organismos de Naciones Unidas
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JURISDICCIÓN
La jurisdicción de la Corte se extiende
•Litigios que los Estados le sometan •Asuntos previstos en: •Carta de las ONU •Tratados vigentes
Los Estados pueden obligarse por anticipado a aceptar la jurisdicción de la Corte Esas declaraciones pueden excluir ciertos tipos de casos
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COMPOSICIÓN DE LA CORTE
Se compone por 15 magistrados La composición de la Corte debe reflejar Elegidos en votaciones separadas por: Prohibición •La Asamblea General y •El Consejo de Seguridad de Naciones Unidas No se puede incluir más de un nacional de un mismo Estado
-Las grandes civilizaciones y -Los principales sistemas jurídicos del mundo.
No se puede incluir a más de un magistrado de un mismo Estado. Un Estado parte en un asunto ante la Corte que no cuente con un magistrado de su nacionalidad podrá escoger a un magistrado para ese asunto
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La corte cuenta con un órgano administrativo
La renovación se da cada tres años. Se renueva la tercera parte de sus magistrados. Es posible su reelección.
Los magistrados no representan a sus Gobiernos, son independientes
Deben reunir las condiciones para cumplir altas funciones judiciales en sus países, o
Ser jurisconsultos de reconocida competencia en materia de Derecho Internacional. WWW.ALEXCARRANZA.COM
ENUMERACIÓN DE CASOS EMBLEMÁTICOS Caso relativo a los ensayos nucleares.
Caso del canal de Corfu.
Caso de las pesquerías Caso relativo a la delimitación de la frontera marítima en la región del Golfo de Maine
Casos de la plataforma continental del Mar del Norte **De requerir un análisis más extenso, los invitamos a revisar los archivos acerca de “Casos de la CIJ”, en nuestra página web WWW.ALEXCARRANZA.COM
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