El sistema judicial en el peru

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EL SISTEMA JUDICIAL EN EL PERU

INTRODUCCION A través de la Historia del Derecho es posible comprender no sólo los logros que esa disciplina ha puesto al servicio de la sociedad, sino también la evolución de la sociedad misma. Y es que, el sistema de administración de justicia y las leyes mismas son un reflejo del grado de adelanto y desarrollo democrático que ha logrado un pueblo y que están condensados en lo que constituye la meta del Derecho: que la justicia sea igual para todos los ciudadanos. Esta breve Historia del Poder Judicial en el Perú, presenta un recuento que abarca desde la época en que los pueblos de la antigüedad se regían por normas no escritas, pero igualmente respetadas, hasta el momento presente en que la potestad de administrar justicia la ejerce el Poder Judicial, a través de sus órganos jerárquicos, de acuerdo con lo que establecen la Constitución y las leyes. PODER JUDICIAL El Poder Judicial en su ejercicio funcional es autónomo en lo político, administrativo, económico, disciplinario e independiente en lo jurisdiccional, con sujeción a la Constitución. No existe, ni puede instituirse, ninguna jurisdicción que pueda cumplir esta misma tarea, con excepción de los organismos de justicia militar y arbitral. El Poder Judicial es, de acuerdo a la Constitución y las leyes, la institución encargada de administrar justicia a través de sus órganos jerárquicos que son los Juzgados de Paz no Letrados, los Juzgados de Paz Letrados, las Cortes Superiores y la Corte Suprema de Justicia de la República. El funcionamiento del Poder Judicial se rige por la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece su estructura orgánica y precisa sus funciones.

ORGANIZACIÓN INTERNA EL PODERJUDICIAL ACTUAL El poder Judicial, ejerce la potestad “que emana del pueblo” de administrar justicia; para tal cometido debe aplicar la constitución y las leyes. El poder Judicial, debe ser autónomo en todo los aspectos de su funcionamiento, para garantizar una verdadera aplicación de la ley en post de justicia. Ni el poder ejecutivo, ni el


poder legislativo, ni otros órganos del Estado deben interferir en la administración de justicia y, desde luego, los jueces no deben permitirlo en ninguna circunstancia.

ORGANOS JURISDICCIONALES Son los siguientes: a) La Corte Suprema de Justicia de la Republica

Su competencia es conocer y resolver procesos en todo el Peru. Tiene un presidente, que lo es a su vez del Poder Judicial y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial b) Las Salas Superiores de Justicia o Cortes Superiores de Justicia

Segundo nivel jerárquico en que se organiza el Poder Judicial. Sólo se encuentran bajo la autoridad de la Corte Suprema de la República y es, en la mayoría de procesos, el último organismo que conoce de un proceso. Las Salas se encuentran en cada Distrito Judicial que, corresponden territorialmente con cada Región del Perú.

usualmente

se

Cada Corte Superior se encuentra conformada por un determinado número de salas de acuerdo a la carga procesal que maneja. Las salas se subdividen según la especialidad que tienen. Las especialidades son las siguientes: Salas Civiles, que conocen todos los temas relacionados al Derecho Civil con excepción de lo relacionado al Derecho de Familia • Salas Penales, que conocen de delitos y otros temas relacionados al Derecho Penal • Salas Laborales, que conocen de temas relacionados al Derecho Laboral • Salas de Familia, que conocen de temas relacionados al Derecho de Familia y • Salas Comerciales, que conocen de temas relacionados al Derecho Mercantil. •

Anteriormente también existieron, en el Distrito judicial de Lima las Salas Contenciosas Administrativas y las Salas de Derecho Público pero que fueron desaparecidas por motivos administrativos pero que, en el caso de las Contencioso Administrativas, se mantienen mientras terminan de resolver los casos que conocen. Las Salas que conocen temas de más de una especialidad se conocen como Salas Mixtas. Finalmente se señala que, en los distritos judiciales donde no existe Sala de una determinada especialidad ni tampoco existen Salas Mixtas, los


temas de esa especialidad los ve la Sala Civil, con excepción de los de materia criminal que tiene que ser ventilado necesariamente en una Sala Penal. Son pocos los supuestos de procesos que se inicien en las Salas Superiores por lo que estas realizan, mayormente, el papel de Cortes de Apelación. En el Perú solo existe la doble instancia en la resolución de un proceso por lo que sólo pueden acceder a la Corte Suprema aquellos casos resueltos en segunda instancia en las Cortes Superiores en los que se interpuso un Recurso de Casación.

c) Los juzgados especializados y mixtos

Ubicados en las provincias del territorio y las espacialidades son: civil, penal, de trabajo, comercial, de familia, y contencioso administrativo. OJO: En lugares en que no existen juzgados especializados, habrá un juzgado mixto que ve asuntos de distintas especialidades d) Los juzgados de paz letrado

Establecidos en distritos individuales o agrupados en conjuntos. El juez debe ser abogado. Se encargan de conocer asuntos civiles, familiares, penales, laborales y otros, de acuerdo a la competencia y territorio asignado. e) Los juzgados de paz

Establecido en todo centro poblado, señalado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, no tienen que ser abogados.


PRINCIPALES PRINCIPIOS Y DERECHOS EN EN MATERIA DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA

LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL

EL PODER JUDICIAL Y EL MINISTERIO PÚBLICO


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