Convenio De Delimitación De Zonas SME-‐SUTERM 15 de Mayo de 1985 Firmado en el marco del párrafo sexto del artículo 27 de la Constitución, cuando todavía regía el principio de EXCLUSIViDAD NACIONAL en la prestación del servicio público de energía eléctrica. En aquel entonces prevalecía la vieja Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica publicada en1 975 y antes de la reforma privatizadora de diciembre de 1992 de Salinas de Gortari, avalada por Jorge Sánchez García Srio Gral del SME, que abrió las puertas a la inversión del capital privado en el campo de la generación. Por supuesto antes de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, (TLCAN) en 1994. Dicho Convenio fue firmado también por CFE y la CLFC y sus subsidiarias como partes concurrentes y como Testigos de honor firmaron la Presidencia de la República, el Secretario de la SEMIP y el Secretario de la STPS El Convenio fue incorporado en el CCT CFE-‐SUTERM en su cláusula 22.-‐ ZONA DE TRABAJO y en el CCT CLFC-‐SME en su cláusula 15.-‐ ZONAS. Sin embargo, con el Laudo de la JFCA de agosto de 2010 y la extinción del CCT LFC-‐SME la referencia al Convenio de delimitación de zonas en el CCT CFE-‐SUTERM fue eliminada de su cláusula 22. para adaptarse al nuevo marco jurídico, legal y Constitucional privatizador en la industria eléctrica.
José Antonio Almazán González Jubilado del SME Cred 69535 14 de febrero de 2017
CONVENIO DE DELIMITACION DE ZONAS DE CONCURRENCIA, CELEBRADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO EL DIA 15 DE MAYO DE 1985, ENTRE EL SINDICATO MEXICANO DE ELECTRICISTAS Y EL SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES ELECTRICISTAS DE LA REPUBLICA MEXICANA