Centros de DĂa de Menores de la Comunidad Valenciana
El perfil de menores atendidos
Índice 1.- Definición, finalidad y funciones de los Centros de Día 4 1.1 Definición 5
1.2 Finalidad y funciones
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2.- Tipología de los Centros de Día
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2.1 Recorrido histórico y legislativo. Configuración e identidad de los Centros de Día en la Comunidad Valenciana 2.2 Tipología de los Centros de Día
3.- Mapa de centros de la Comunidad Valenciana 3.1 Centros de Día en la Comunidad Valenciana
3.1.1 Centros de día autonómicos 3.1.2 Centros de día municipales 3.1.3 Centros de día privados
3.2 Mapas de localización de los CD en función de la actividad 3.3 Mapas de localización de los CD según financiación
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27 28 28 30 33 36 37
4.- Perfil de menores de los Centros de Día
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5.- La intervención en los Centros de Día 5.1 El papel de los Centros de Día en el sistema de protección
Elaborado por: Colaboradora: Diseño y maquetación:
Adolf Montoliu i Peris y Ana I. Cañeque Arias Zulema del Campo Cebriá Irene Bonanad
Encargado por: Coordinadora de Centros de Día de la Comunidad Valenciana Colaboración institucional: Asociación Profesional de Instituciones de Menores (APIME) Contacto: cdmenores@gmail.com - apime@apimecv.org
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48 a la infancia. (más allá de la prevención) 5.2 Proceso y metodología de intervención en los Centros de Día 53 5.3 Servicios y programas 53 5.4 Derivaciones a los Centros de Día 67 5.5 Logros y bondades de los Centros de Día 69
6.- Necesidades detectadas y propuestas desde los Centros
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6.1 Necesidades detectadas 72 6.2 Propuestas desde los Centros de Día 74
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Bibliografía 76
Definición, finalidad y funciones de los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
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1.1 Definición En el Artículo 4 de la ORDEN de 17 de enero de 2008, queda bien definido lo que se entiende como centros de protección de menores. 1.
Definición, finalidad y funciones de los Centros de Día
4
2.
El once de noviembre de dos mil once, la comisión de trabajo de visibilidad del III Encuentro de Educadores de Centros de Día de la Comunidad Valenciana, consensuó una pequeña definición de Centro de Día1 de Menores:
3.
“Recurso abierto de atención diurna inserto de manera activa y participativa en la zona donde se ubica, que forma parte de la red pública de centros de protección de menores en situación de riesgo y exclusión social de la Comunidad Valenciana realizando una intervención integral especializada”.
Como esta definición podríamos tener otras tantas similares en cada uno de los proyectos educativos de los sesenta centros de día de toda la Comunidad Valenciana. Es por ello que nos acogeremos en su definición, finalidad y funciones en lo indicado en la legislación vigente: • La ORDEN de 19 de junio de 2003, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la tipología y condiciones materiales y de funcionamiento de los Centros de Protección de Menores, en la Comunidad Valenciana. [2003/X7543]. (DOCV núm. 4532 de 27.06.2003).2 En adelante puede aparecer como Centro de Día o como CD.
“Los centros de protección de menores a los que se refiere la presente norma son establecimientos de carácter abierto destinados a acoger, atender y educar, con carácter temporal, a los menores de edad2 que necesiten una atención especializada por encontrarse en una situación de desprotección, en los términos establecidos en la legislación civil vigente”. “Estos centros de protección son recursos sociales destinados a favorecer la convivencia y a propiciar la participación e integración social y familiar, por lo que estarán ubicados preferentemente en zonas dotadas con las suficientes infraestructuras y servicios para poder cumplir estos objetivos”. “La intervención familiar será prioritaria en la asignación de estos recursos. El acogimiento residencial y la atención diurna en centro se caracteriza por su temporalidad, y se realizará mientras persistan los factores de desprotección que motivan la asignación de la medida como recurso de protección o de apoyo, con el fin de eliminar o paliar los factores que generan dicha desprotección. La intervención con la familia del menor constituirá una tarea prioritaria mientras éste permanezca o esté atendido en el centro, cuando la finalidad sea el retorno del menor a la familia”.
Para saber de lo que estamos hablando, en su artículo 5 de la ORDEN de 17 de enero de 2008 se define la tipología de los centros de protección de menores, siendo esta: “los centros de acogimiento residencial y de los centros de atención diurna3 que ordena la presente norma, será la que contemple aquella que regule el 2 En la ORDEN de 19 de junio de 2003, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la tipología y condiciones materiales y de funcionamiento de los Centros de Protección de Menores, en la Comunidad Valenciana, en su artículo 8 en la definición de centro de protección de menores a los menores de edad los califica de “niños y adolescentes”.
Es importante que delimitemos el concepto de “atención diurna”. Se encuentra determinado en el artículo 3 de la ORDEN de 17 de enero de 2008, y se refiere tanto a la atención en centros residenciales como a la atención en centros de día: “Los términos estancia o atención diurna, estancia o atención de día, estancia o atención en centro de día, están referidos a aquellos supuestos en que el menor recibe una atención en horario diurno, sin necesidad de pernoctar ni alojarse en el centro, permaneciendo en su domicilio habitual o, en su caso, en el centro residencial en el que está acogido y que circunstancialmente constituye su domicilio.
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La ORDEN de 17 de enero de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la organización y funcionamiento de los centros de protección y el acogimiento residencial y de estancia de día de menores en la Comunidad Valenciana. [2008/738]. (DOCV núm. 5693 de 01.02.2008). La LEY 12/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad Valenciana. [2008/8605]. (DOCV núm. 5803 de 10.07.2008).
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Definición, finalidad y funciones de los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
régimen de autorización de funcionamiento de los centros de protección de menores”. En la ORDEN de 19 de junio de 2003 en su artículo 10 habla directamente de clasificación: “Los centros de protección de menores se clasificarán en centros de atención residencial y centros de atención diurna”.
de la Comunidad Valenciana: “El establecimiento del conjunto de medidas, estructuras, recursos y procedimientos para la efectividad de la protección social y jurídica del menor en situación de riesgo o de desamparo y para la efectividad de la aplicación de la Ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores”8.
Por tanto queda expresamente definido que los Centros de Día son centros de protección de menores. Así se vuelve a especificar en el artículo 12, de los centros de atención diurna en la ORDEN de 19 de junio de 2003:
El Artículo 18 del Capítulo I del Título III de la ORDEN de 17 de enero de 2008, la atención de menores en centros de día, define el recurso, en su párrafo segundo:
1.
2.
6
“Los centros de protección de menores de atención diurna o centros de día de menores, son aquellos destinados a atender a menores y adolescentes, durante el día, prestando servicios complementarios de soporte y apoyo familiar, contribuyendo a paliar sus carencias y mejorar su proceso de integración social, familiar y laboral”. “Los centros de atención diurna se clasifican en función de su actividad: a) Centros de día de apoyo convivencial y educativo. b) Centros de día de inserción sociolaboral”.
El fomento4 de los centros de atención diurna de menores, de apoyo convivencial y educativo y de inserción socio-laboral forma parte, entre otras5, de las políticas de prevención en materia de relaciones sociales, dentro de la protección social y jurídica del menor en situación de riesgo6 o desamparo7. De un modo más genérico queda también señalado como Objeto de la LEY 12/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia
“Los centros de día de menores son recursos preventivos, recomendables para menores que necesitan un apoyo a la socialización en su propio medio, bien porque manifiestan comportamientos de inadaptación social, o bien porque culminan un proceso de acogimiento residencial y necesitan una orientación personal, formativa y sociolaboral. Asimismo, los centros de día de menores son recursos básicos en las situaciones de riesgo. El análisis técnico de los casos pondrá especial interés en evitar procesos de acogimiento residencial innecesarios, mediante la asignación de este recurso. Ello no obsta a su utilización en situaciones de desamparo, como complemento a la medida de acogimiento residencial o acogimiento familiar, especialmente respecto a centros de inserción sociolaboral”.
Sumaremos a la Definición las aportaciones de la Coordinadora de Centros de Día de Menores de la Comunidad Valenciana, que acaba de editar un cartel para “exponer de manera rápida qué somos y para qué trabajamos”.9 ¿Quiénes somos? Los Centros de Día de menores somos recursos de la red pública del sistema de protección de menores, gestionados por la Generalitat Valenciana, Ayuntamientos y por entidades sin ánimo de lucro. Además somos recursos especializados en los que profesionales y voluntarios utilizamos diferentes herramientas para educar y promocionar a menores y jóvenes (formación laboral y académica, el juego, el estudio, el tiempo libre,…). Trabajamos también con las familias, ayudando a educar y prestando apoyo especializado.
Artículo 91. Políticas de prevención en materia de relaciones sociales, del CAPÍTULO II. De las políticas de prevención y las medidas de asistencia a los menores, del TÍTULO III. DE LA PROTECCIÓN SOCIAL Y JURÍDICA DEL MENOR EN SITUACIÓN DE RIESGO O DESAMPARO de la LEY 12/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad Valenciana. 4
Las políticas de prevención en materia de relaciones sociales tendrán como principales objetivos: a) El fomento de los valores de solidaridad, civismo y respeto a los derechos humanos. b) La prevención de la violencia y de los abusos sexuales entre menores. c) El fomento de programas de consumo responsable. d) La orientación para el uso adecuado del ocio y del tiempo libre. e) El fomento de los centros de atención diurna de menores, de apoyo convivencial y educativo y de inserción socio-laboral. f) Prevención y control para la erradicación de la mendicidad infantil.
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El título III de la LEY 12/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad Valenciana, se dedica a la protección del menor que se encuentre en una situación de riesgo o desamparo. Otorgando un carácter prioritario a las actuaciones de prevención a las que dedica la primera parte del título III, entendiendo que evitar las causas que originan cualquier desprotección debe ser considerada acción prioritaria por todas las Administraciones y entidades públicas y privadas implicadas en la protección de menores. Las situaciones de riesgo son competencia exclusiva de las Administraciones Locales, y son las encargadas de atender este tipo de situaciones, valorando y declarando la situación de riesgo en que se encuentra el menor y elaborando el oportuno plan de intervención. En su Artículo 93 explica el concepto de situación de riesgo: “Se considera situación de riesgo aquella en la que, a causa de circunstancias personales o familiares del menor, o por influencia de su entorno, se ve perjudicado su desarrollo personal o social de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad o persistencia que fundamentarían la declaración de desamparo y la asunción por La Generalitat de la tutela por ministerio de la ley, sea precisa la intervención de las Administraciones competentes, a través de los distintos servicios de apoyo a la familia y al menor”. 6
7 La situación de desamparo y su declaración, por el contrario, es competencia exclusiva de La Generalitat, que asume además la tutela ex lege del menor, sin perjuicio de la existencia de personas idóneas que puedan ejercer, en su caso, la tutela ordinaria. Expuesto también en el título III de la LEY 12/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad Valenciana.
¿Qué hacemos? Los Centros de Día de Menores somos organizaciones rentables y eficaces, recursos “de primera línea”, que nos permite la detección de problemas y la intervención a tiempo, con el objetivo de evitar que: 8 En la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, en su artículo 7, definición de las medidas susceptibles de ser impuestas a los menores y reglas generales de determinación de las mismas, llama la atención la señalada en quinto lugar “Asistencia a un centro de día. Las personas sometidas a esta medida residirán en su domicilio habitual y acudirán a un centro, plenamente integrado en la comunidad, a realizar actividades de apoyo, educativas, formativas, laborales o de ocio”. Esta medida no se está teniendo en cuenta en la Comunidad Valenciana por parte de los Jueces, aunque si se atienden menores en los centros de día con medidas de Libertad vigilada y/o Prestaciones en beneficio de la comunidad, derivados por los técnicos encargados del seguimiento de la medida. 9
http://cdmenores.blogspot.com.es/
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Definición, finalidad y funciones de los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
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Los problemas en la escuela impliquen FRACASO Los problemas familiares impliquen VIOLENCIA Los problemas económicos impliquen DESAMPARO Un contexto difícil implique un futuro en DESVENTAJA 3.
Trabajamos por la incorporación social para evitar que el riesgo se convierta en exclusión. Para que todos los menores tengan las mismas oportunidades. Apoyando a quienes más dificultades tienen. ¿Dónde estamos? La tarea de los Centros de Día de menores se desarrolla en propios centros (Somos 60 centros presentes en 23 municipios de la Comunidad Valenciana, atendiendo a más 2.500 menores diariamente), en las escuelas, en los barrios, en las familias, en la naturaleza y en todos aquellos entornos de menores y jóvenes.
Los Centros de Día de menores trabajamos en red con: Servicios Sociales, centros escolares, el sistema sanitario, etc. Principalmente trabajamos como mediadores entre los menores y los diferentes contextos e instituciones en las que participan (familia, escuela, salud, empleo, ocio…).
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Trabajamos con menores y familias con graves problemas o altamente vulnerables que necesitan apoyo en su propio medio para reducir sus carencias, impulsar sus potencialidades, reforzar su autonomía y facilitar su incorporación social.
de la presente norma, a excepción de las referidas a la separación del menor de su familia y alojamiento en el centro. Para el ejercicio de estas funciones desarrollarán servicios de apoyo socioeducativo y familiar, de ocio y tiempo libre, de carácter ocupacional y rehabilitador, de apoyo escolar, y de orientación sociolaboral y profesional”. Los centros de atención diurna, funcionarán preceptivamente, de lunes a viernes, de enero a junio y de septiembre a diciembre. Los meses de julio y agosto podrán permanecer un mes con actividad y otro sin actividad. El mes de actividad podrá tener la misma dinámica que el resto del año, organizándose por sesiones de lunes a viernes en las dependencias habituales del centro, o bien podrá organizar campamentos por un periodo de tiempo equivalente, siempre y cuando el personal participe en esas actividades.
Cada uno de los cincuenta y ocho centros de la Comunidad Valenciana proporciona una serie de servicios que potencian el desarrollo personal del menor y su integración social con el objeto de favorecer su proceso de normalización y su autonomía personal, trabajando sus tres funciones de protección de menores principales: 2. Las funciones de los centros de acogimiento residencial se realizarán en atención a la edad, necesidades y desarrollo evolutivo de los menores atendidos. 3. En el desarrollo de las funciones se tendrán en consideración las necesidades de los menores relacionadas con: a) El alojamiento, manutención, ritmos vitales de sueño y cuidados básicos. b) Su inteligencia cognitiva. En este aspecto el niño necesita información veraz y adecuada a su capacidad de comprensión así como una estimulación intelectual suficiente sobre las cuestiones que le afectan. c) Su inteligencia emocional e inserción social, especialmente en aspectos como la seguridad emocional en la percepción del entorno, la autovaloración y el proceso de identificación sexual. d) Los recursos instrumentales que el menor necesita en cada etapa de su vida, como la aclimatación al centro, la comunicación y relación con los compañeros, la aceptación de la dinámica del centro, la relación con su familia, la preparación para su independencia y la promoción de su autosostenimiento económico y personal. e) El ámbito de desarrollo físico y corporal de los niños, como aquellas referidas al cuidado del propio cuerpo en áreas relativas a la alimentación y el ejercicio, la atención a la salud y a la dimensión de la inteligencia corporal y la motricidad. f) Las derivadas del motivo o problema que han determinado el acogimiento en centro.
1.2 Finalidad y funciones En el Artículo 19 del Capítulo I del Título III de la ORDEN de 17 de enero de 2008, se establece la finalidad y funciones de los centros de día: 1.
2.
Los Centros de Día tienen como finalidad esencial realizar una labor preventiva, dirigida a niños y adolescentes en situación carencial, que facilite procesos tendentes a la plena incorporación social del menor. Los Centros de Día desarrollarán las funciones descritas en el punto 3 del artículo 1010
Artículo 10. Finalidad y funciones de los centros de acogimiento residencial de la ORDEN de 17 de enero de 2008. 1. Los centros de acogimiento residencial de menores tienen como finalidad esencial prestar la atención y protección necesarias que posibiliten su integridad y correcto desarrollo, así como la formación necesarias para potenciar el proceso individual del menor, a fin de que éste supere sus dificultades personales, sociales y familiares, y recupere los recursos personales de relación consigo mismo, con sus grupos de socialización de referencia y con la comunidad.
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g) Las derivadas de la separación de su familia y de su medio social. 4. Los Centros de Recepción de Menores tienen como principal función acoger de forma inmediata al menor en el momento en que se produzca la necesidad y se centrarán en el estudio de su situación personal, social y familiar al objeto de realizar la propuesta de medida más idónea en cada caso. 5. Tendrá carácter prioritario facilitar al menor el acceso a los recursos ordinarios de carácter educativo, sanitario, laboral y a cualquier equipamiento o servicio público o privado de su entorno social o del entorno del centro. 6. La atención escolar será prestada en centros de la red pública educativa. Si bien podrá prestarse en el propio establecimiento en los centros de recepción de menores y en los casos de menores que requieran de una atención especializada o terapéutica. 7. Con el fin de programar la atención sanitaria, planificar y ejecutar acciones de prevención, vacunación, hábitos higiénico-sanitarios, actuar ante situaciones de contagio y emergencia, desarrollo de programas de salud, así como toda acción que complete la atención sanitaria integral de los menores residentes, se podrán constituir comisiones mixtas integradas por personal del centro de salud y personal de los centros de protección de menores que estén adscritos a aquél. 8. Con el objeto de posibilitar la función educativa de los centros con menores con conductas inadaptadas o de alto riesgo para ellos mismos o para terceras personas, los centros de acogimiento residencial de protección de menores podrán estar dotados de elementos constructivos de seguridad y contención y podrán incorporar a sus normas internas de funcionamiento y convivencia, medidas restrictivas de movilidad de entrada y salida de sus usuarios y de ordenación de medidas de control activas y pasivas. Todo ello dentro del respeto a los derechos que el ordenamiento jurídico reconoce al menor y al interés superior de éste, como alternativa última a la intervención en el entorno social y familiar del menor. Estos centros de protección tendrán el carácter de formación especial o terapéutica, lo que requerirá del oportuno equipo profesional especializado. 9. Los centros de carácter residencial deberán estar en funcionamiento todos los días del año, a fin de
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Definición, finalidad y funciones de los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
1.- Función Preventiva 2.- Función Educativa 3.- Función de Aprendizaje
Del análisis y reflexión de la Orden de 2008 de la Conselleria de Bienestar Social se desprende que su acción preventiva es secundaria al atender a niños/ as y adolescentes que ya se encuentran en “situación carencial”, “necesitan un apoyo a su socialización”, que “manifiestan comportamientos de inadaptación social”, que viven “situaciones de marginación social, de riesgo y conflictividad en su entorno”, que necesitan “prevenir comportamientos inadaptados que pueden derivar en internamientos” o que ya “han sido sometidos a otros recursos de protección”.15 Los Centros de Día también realizan funciones de prevención terciaria que desde las ciencias sociales se han vinculado al proceso de seguimiento que se realiza después de la intervención y que algunos autores consideran “fundamental” para “evitar regresiones y cronificación de situaciones que obligarían a nuevas intervenciones desde el sentimiento de fracaso de las anteriores y con un coste muy elevado”. (Domínguez Alonso, 2001:163). Realizan una labor de seguimiento, apoyo, inserción, reinserción y rehabilitación con niños/as y adolescentes que se encuentran en el medio residencial o que han concluido su proceso de tutela y que retornan con sus familias y a sus contextos de origen. Desde el entorno residencial se constata la validez y la idoneidad del recurso para la realización de ese tipo de acompañamiento en el regreso de los niños/ as y adolescentes16. Y de un modo similar con aquellos menores derivados desde los técnicos que realizan seguimiento de medida judicial de medio abierto, siendo el recurso más idóneo para este perfil de menores, que parece no encajar en la educación reglada.
1.- FUNCIÓN PREVENTIVA: El Centro de Día como exponente de una política eminentemente preventiva de apoyo a la socialización del menor en su propio medio y con sus familias, se centra tanto en las necesidades que se detectan como en aquellas que van surgiendo, con actuaciones dirigidas a la protección de los niños y adolescentes en situación de riesgo o desamparo, y como apuesta clara frente al objetivo de reducción de plazas de acogimiento residencial11. La problemática que afecta al menor no se soluciona precisamente extrayendo al mismo de su ámbito familiar y entorno. “El principio de mantenimiento del menor en su propio medio familiar de origen salvo que no sea conveniente para su propio interés, se ha convertido en la clave sobre la que debe estructurarse el sistema de protección a la infancia. Por este motivo la Ley Orgánica 1/96 de Protección Jurídica del menor amplia las posibles situaciones de desprotección infantil definiendo la situación de riesgo y manteniendo la definición de situación legal de desamparo. Con la aparición del concepto de situación de riesgo se pretende ampliar las situaciones de desprotección en las que puede encontrarse un/a niño/a, ampliando los ámbitos en los que puede encontrarse sus causas (más allá del ámbito familiar) así como los niveles de gravedad y frecuencia (menos grave y no sistemática) y por tanto el catálogo de medidas a adoptar (no sólo separación familiar)”12.
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En estas situaciones de conflicto y como función de protección de menores de manera preventiva, el Centro de Día cumple el papel de mediador13 entre las instituciones y los menores y sus familias, desarrollando un trabajo de apoyo y colaboración estrecha con instituciones educativas y de protección, “con el objeto de ofrecer una respuesta rápida y evitar que el problema se intensifique y se cronifique, actuando de manera complementaria en dos ámbitos: sobre el sujeto y sobre el contexto”.14 Los profesionales del sector señalan “que la intervención y la acción protectora que realizan los Centros de Día permite que esos menores que se encuentran en clara situación de desprotección, aunque no se haya dictado una declaración de desamparo, continúen en su entorno socio-familiar mientras se trabaja sobre los factores de riesgo que afectan a la familia y ello contribuye a retrasar o evitar la institucionalización de los niños/as y adolescentes” de FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J.V. (2012). La prevención en la infancia, una bondad del sistema. La función preventiva de los Centros de Día en el sistema de protección de menores de la Comunidad Valenciana. VALÈNCIA. SERVEI DE PUBLICACIONS DE LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA (PUV).
2.- FUNCIÓN EDUCATIVA: Cumple una función educativa, en cuanto propone una oferta social y educativa. En modo alguno se trata de un recurso compensatorio escolar, en cuanto que destinado a menores con edad inferior a la escolarización obligatoria que tengan dificultades familiares y sociales, no sustituye a la misma, aunque si se están realizando por parte de algún centro de día programas como el Plan Integra o Programas de compensación educativa, en coordinación con Institutos de Educación Secundaria, y también PCPI’s17 ya
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Ref. Queja nº 1107939. Queja de oficio 7/2011. SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
Esa labor de mediación permite recoger los discursos fragmentados que se ofrecen desde los diferentes ámbitos de intervención (escolar, sanitario, judicial, ocupacional…) y dotarlos de integralidad y coherencia a través del acompañamiento socio-educativo que se realiza con el menor y su familia. FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J.V. (2012). 13
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FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J. V. (2012).
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FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J. V. (2012).
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FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J. V. (2012).
PCPI´s: PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL, de la Conselleria d´Educació, Cultura i Esport (o la que le sustituya). Son programas de formación para jóvenes, destinados a mejorar su formación general, a capacitarles para realizar determinados oficios, trabajos y perfiles profesionales y a facilitar su reinserción educativa dirigidos a jóvenes mayores de 16 años y menores de 21 que no hayan alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria ni posean titulación alguna de Formación Profesional y tienen como finalidad: Finalidad profesionalizadora: alcanzar una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Los menores obtienen una certificación oficial del curso realizado. Finalidad madurativa: favorecer el desarrollo positivo y la maduración de los jóvenes mediante un clima educativo de apoyo y orientación. Finalidad propedéutica (Reinserción educativa): completar la formación básica de menores con carencias formativas y posibilitar el acceso a los ciclos formativos de grado medio o, en su caso, la obtención del 17
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Definición, finalidad y funciones de los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
que además de la formación específica de un ofició, la formación básica es muy importante y uno de sus objetivos es la reinserción educativa. Realiza por tanto una labor de compensación educativa en situaciones de dificultad socio-familiar. En este sentido el Centro de Día proporciona una serie de servicios de apoyo social, educativo y familiar a través de actividades de ocio, cultura, ocupacionales y rehabilitadoras, así como formativas, potenciando el desarrollo personal del menor y su integración social.
3.- FUNCIÓN DE APRENDIZAJE: Ofreciendo a adolescentes, programas de inserción socio-laboral con el objeto de favorecer la adquisición de las habilidades necesarias para su incorporación al mundo laboral, compensando sus déficits formativos a través del aprendizaje teórico-práctico de un oficio (a través de talleres propios de cada centro, PCPI’s, TFIL18,…), que facilite dicha incorporación.
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Hay que destacar sin embargo otra serie de funciones que, en principio, no son propias de los centros de día pero que nos encontramos en el día a día de un modo coincidente en la inmensa mayoría de los centros, sobre todo en los de gestión privada sin ánimo de lucro, como es la “labor de detección de situaciones de riesgo y vulnerabilidad con menores y familias que no tienen contacto con los Servicios Sociales Generales, que resultan invisibles o que se encuentran alejados de los sistemas normalizados de participación, lo que dificulta enormemente establecer un proceso de acompañamiento, a pesar de encontrarse en situaciones de clara desprotección”19. La finalidad y funciones propuestos a los centros son de una complejidad y alcance que implican gran responsabilidad en las entidades privadas y municipios que los gestionan, requiriendo una gran especialización en la intervención y en la formación de sus profesionales, que iremos exponiendo en el resto de puntos. Los Centros de Día, son el recurso que de una manera más integral recogen los principios rectores que deben regular la actuación diaria de la Entidad Pública20a través del servicio público de gestión privada de atención especializada en protección a la infancia partiendo del reconocimiento del menor de edad como sujeto participativo y activo incidiendo en la idea de que la mejor forma de garantizar la protección a la infancia es promover su autonomía como sujetos21, desde: título de Graduado en Educación Secundaria a través de la escuela de adultos o un segundo año de PCPI (Modalidad aula). TFIL: Talleres de Formación e Inserción Laboral. A través del SERVEF. Conselleria d´Economía, Industria, Turisme i Ocupació (o la que le sustituya).
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FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J. V. (2012).
20 LEY ORGANICA 1/96, de 15 de Enero (B.O.E. 17 de Enero de 1996) de Protección Jurídica del Menor. 21 Ref. Queja nº 1107939. Queja de oficio 7/2011. SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
La supremacía del interés del menor. El mantenimiento del menor en el medio familiar de origen salvo que no sea con veniente para su interés. Su integración social y familiar. La prevención de todas aquellas situaciones que puedan perjudicar su desarrollo personal. Sensibilizar a la población ante situaciones de indefensión del menor. Promover la participación y solidaridad social. La objetividad, imparcialidad y seguridad jurídica en la actuación protectora ga- rantizando el carácter colegiado e interdisciplinar en la adopción de las medidas.
Si hiciéramos el ejercicio de sintetizar las políticas de prevención recogidas en la Ley 1/96 de Protección Jurídica del Menor dirigidas a reducir o impedir la aparición de cualquier situación de riesgo o desamparo de un menor potenciando las intervenciones educativas, sociales y terapéuticas que deberán ser desarrolladas por los distintos sistemas con competencia en la materia de la que se trate22, encontraremos que los objetivos que se establece la Ley en los distintos ámbitos de actuación están recogidos dentro de las funciones que los centros de Día ejercen diariamente, pues su trabajo con el menor y sus familias es absolutamente integral23. I. Políticas de prevención en materia de apoyo a la familia24 • • • •
Promoción de la educación parental. El fomento de programas de sensibilización, intervención familiar y programas especializados de intervención familiar. El apoyo a la familia desde intervenciones técnicas de carácter social, terapéutico, orientación y mediación familiar. Prestaciones económicas compensadoras25.
22
Ref. Queja nº 1107939. Queja de oficio 7/2011. SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
23
Señalaremos en negrita aquellas que son funciones habituales en muchos centros de día.
24 Las Entidades locales tienen responsabilidad en la implantación de los programas de Servicios Sociales Generales a través de los Equipos Municipales de Servicios Sociales. Pero dado su carácter polivalente (todos los sectores de población) y generalista (atención primaria) se hace necesario especializar la intervención con familia e infancia en situación de riesgo o con la que se haya adoptado una medida de protección jurídica. El diseño técnico de la intervención con infancia en situación de riesgo debe basarse en la planificación y evaluación de las acciones establecidas en el Plan de Intervención Familiar (menores en riesgo) y en el Plan de Protección de Menores. En la Comunidad Valenciana se comienza a implantar los Servicios Especializados de Atención a Familia e Infancia (SEAFIs), con responsabilidad en el desarrollo de programas de preservación familiar, que tras varios años de haber tenido trazado objetivos muy diversos, en 2012 se centra como objetivo único el trabajo con menores en situación de riesgo y/o con medida de protección jurídica y con sus familias. Esta atención especializada no se presta tan sólo desde los SEAFIs, sino que algunas Entidades locales han decidido una organización por niveles de intervención (primaria y especializada) no destinando un equipo específico a la atención especializada a familia y menor. Además, las localidades que no dispongan de SEAFI o no tengan capacidad para desarrollar programas de atención especializada podrán recurrir a los Programas de prevención comunitaria dirigidos a familias con menores en situación de riesgo y con medidas jurídicas de protección de ámbito provincial. En muchos casos, los Centros de Día realizan tareas específicas de SEAFIs. Ref. Queja nº 1107939. Queja de oficio 7/2011. SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. 25
En muchos casos se está cubriendo necesidades básicas con muchas familias.
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Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
II. Políticas de prevención en materia de educación • Promoción de servicios educativos dirigidos a menores en edad temprana. • Garantizar la escolarización obligatoria26. • La prevención y control del absentismo escolar. • Medidas compensatorias dirigidas a menores con dificultades de inserción. • Desarrollo de programas formativos dirigidos a menores en situación de rechazo del sistema escolar, absentismo o fracaso. • Desarrollo de programas formativos dirigidos a menores con dificultades especiales. • Desarrollo de programas de formación profesional que garanticen la futura inserción laboral de menores y adolescentes. III. Políticas preventivas en materia de salud • La educación y promoción de la salud. • La realización de campañas de vacunación27. • El desarrollo de programas de intervención temprana28. • La educación afectivo sexual. • La prevención del consumo de alcohol, tabaco, drogas y otras sustancias nocivas. • La prevención de los accidentes, especialmente en ámbito del hogar
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IV. Políticas preventivas en materia de formación y empleo • Elaboración de programas de ayuda y orientación socio laboral. • La formación y orientación para el empleo. • El fomento del empleo joven29. • El control de situaciones de explotación laboral. • El cumplimiento de la normativa de riesgos laborales. V. Políticas preventivas en materia de relaciones sociales • Fomento de valores de solidaridad. • Prevención de la violencia y abusos sexuales entre menores. • El fomento de programas de consumo responsable. • La orientación para el uso adecuado del ocio y tiempo libre. • El fomento de centros de atención diurna30. • Prevención y control para la erradicación de la mendicidad infantil. 26
No garantizamos la escolarización, pero exigimos en algunos casos la misma y detectamos muchos menores que han escapado a
control del ejercicio del derecho del menor a al escolarización. Y en muchos sentidos aportando libros y material escolar para que este derecho se pueda ejercer con ciertas garantías de éxito. En muchos casos ejercemos control sobre el seguimiento médico de las familias en este sentido, al igual que los colegíos que lo exigen para su matriculación.
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Si se da en algunos centros de día autonómicos y en un trabajo minoritario con los centros que tienen programas de intervención con las familias.
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No fomentamos su empleo, pero si su empleabilidad, la experiencia práctica laboral, la búsqueda de empleo.
Más de la mitad de los centros son de carácter privado sin ánimo de lucro y por tanto están fomentados por las Entidades titulares de los mismos, dentro de unas políticas sociales que apoyen y autoricen estos recursos. 30
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Tipología de los Centros de Día 2.1 Recorrido histórico y legislativo. Configuración e identidad de los Centros de Día en la Comunidad Valenciana Los Centros de día actuales recogen su nombre del modelo de carácter público de Centros de Día vinculados a los Centros Residenciales, hoy llamados Centros de Acogida. Su nombre viene por la atención que prestaba diurnamente. En principio, se piensa en los Centros de Día desde un trato diferenciador entre los menores residentes en los Centros de Acogida y aquellos que lo abandonan para regresar a sus domicilios de origen. Por tanto, son menores que reciben la misma atención y en el mismo espacio que los menores residentes salvo que, al finalizar la jornada, se marchan a su casa a dormir y a estar con su familia de origen o de acogida. Pero desde la sociedad civil (asociacionismo y más tarde también fundaciones) o al amparo de entidades religiosas surgió entre mediados de los 80 y principios de los 90 una iniciativa de carácter privado sin ánimo de lucro que trabajaba de un modo mayoritariamente voluntario en los barrios o entornos comunitarios deprimidos de la ciudad de Valencia y Alicante con la infancia y juventud más vulnerable. Se intervenía con una realidad social muy compleja con fuentes de financiación escasa o nula. La inmensa mayoría de estas entidades son las que gestionan los actuales Centros de Día por su trayectoria, experiencia y profesionalización.
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Entre esas iniciativas de carácter privado había varios modelos de intervención. Un modelo de Centro de Día que atendía a un gran número de niños y niñas en horario de tardes a través de actividades extra-escolares y de ocio y tiempo libre (que hoy traduciríamos en Centros de Día de Apoyo Convivencial y Educativo), y otro modelo que realizaba una intervención más específica con un número reducido de niños/as y adolescentes, en horario de mañanas (que hoy traduciríamos en Centros de Día de Inserción Sociolaboral). La administración pública al reconocer y valorar el trabajo de atención a la infancia que realizan estas entidades privadas impulsa y acompaña el proceso de regulación, ordenamiento y profesionalización del sector, que se nutre, al mismo tiempo, de su experiencia y de su convicción por ofrecer una intervención de calidad que dignifique a los niños/as y adolescentes y sus familias, y a los propios profesionales31. Permitiendo pasar de la vocación y voluntariedad al trabajo profesional. De la intuición, misión, a la tecnificación y a la implantación de sistemas de gestión de calidad como recursos públicos de atención diurna.
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La regulación de las actividades de iniciativa privada que se estaban realizando con niños/as y adolescentes en situación de riesgo se realiza a través de la siguiente normativa: • El Decreto 40/90, de 26 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana sobre registro, autorización y acreditación de los servicios sociales de la Comunidad Valenciana, que tenía como objetivo “el ordenar los recursos existentes, promover la calidad y garantizar los derechos del usuario” estableciendo un registro y los requisitos de autorización y acreditación para las entidades, establecimientos, centros y servicios que iban a integrar el ámbito de los Servicios Sociales. El Decreto 40/9032 realiza una clasificación de los recursos de atención a la infancia distinguiendo dos modalidades: los centros de atención especializada y las residencias. Los Centros de Día son catalogados, en su Título III, como Servicios Sociales Especializados por tener como “finalidad primordial la atención y rehabilitación social con medios técnicos y complejos” y “realizar el apoyo psicosocial a través de técnicas adecuadas, y facilitar el acceso a los recursos ordinarios en función de la autonomía personal e integración social”. El Decreto señala 31
•
que los recursos especializados pueden quedar “bajo la responsabilidad directa de la Generalitat Valenciana o bajo la responsabilidad de los Ayuntamientos”, en base a las competencias municipales atribuidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local33. La Orden de 9 de abril de 1990 de la Conselleria de Treball y Seguridad Social, que regula el régimen, requisitos y condiciones que deben reunir los Centros y Servicios de Servicios Sociales, para obtener la acreditación. Con ella la administración inicia el proceso de autorización y acreditación de las entidades y asociaciones como Centros de Día especializados en menores e impulsa la organización del sector para poder apoyar económicamente a los recursos.
Desde ese momento los Centros de Día autorizados pueden recibir si lo solicitan subvención por orden de ayudas. Estas ayudas iniciales son económicamente muy escasas e insuficientes, teniendo además un inconveniente muy alto en el retraso en el pago de más de medio año. El proceso de construcción y consolidación del sector de atención a la infancia en la Comunidad Valenciana dura cerca de una década, de 1994 a 2002. En ese período, en 1998, se crea la Asociación Profesional de Instituciones de Menores de la Comunidad Valenciana (APIME)34 que irá sumando entidades socias hasta convertirse en el máximo referente de interlocución con la Administración para acordar y consensuar las políticas sociales en materia de menores. Conforme la administración va viendo y reconociendo los logros de la intervención educativa de los Centros de Día y la adecuación de todos los centros a los requisitos legales que van surgiendo, también va mejorando las condiciones legales y multiplicando la financiación. El Decreto 51/199935, de 30 de marzo, del Gobierno Valenciano, propició esta demanda, buscada y ordenada por la propia Administración. A este reconocimiento se añade que a partir del año 2002 los Centros de Día de menores estarán regulados a nivel laboral por el CONVENIO COLECTIVO PARA EMPRESAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FAMILIA, LA INFANCIA Y LA JUVENTUD EN LA COMUNIDAD VALENCIANA, favoreciendo y provocando la en-
FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J. V. (2012). 33
En su Anexo IV detalla las características y especificidades para los Centros de Día de menores, recogiendo las diferentes modalidades de intervención con la infancia y la adolescencia que ya estaban funcionando en aquella época:
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Las vinculadas al modelo residencial. Las iniciativas que realizaban un trabajo socio-educativo en medio abierto y situadas en barrios o entornos comunitarios deprimidos. Las iniciativas con una vocación formativa y ocupacional de carácter más especializado y rehabilitador. Las iniciativas de atención a la infancia promovidas por algunas entidades locales.
FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J. V. (2012).
APIME representa a la mayoría (75% aproximadamente) de instituciones de atención a la infancia en la Comunidad Valenciana y constituirse como asociación profesional, puede negociar Convenio Colectivo del Sector y ser interlocutor entre las entidades y la administración.
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Decreto 51/1999, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas a las que deben someterse los conciertos a Realizar por la Administración de la Generalitat Valenciana con los centros de iniciativa social de titularidad privada.
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trada en vigor de la financiación a través de Concierto36 que permanece desde julio de 2002 con conciertos plurianuales de 2002-200537, 2006-200938, 2009-201339, como el modelo idóneo y consensuado con las entidades del sector de menores en COMISIÓN MIXTA DE TRABAJO DE ENTIDADES TITULARES DE CENTROS PRIVADOS DEL SECTOR DEL MENOR40 (creada en el año 2000) a la que se encomienda las funciones de estudio de la situación de la infancia en la Comunidad Valenciana, propuestas de mejora y calidad de los servicios, colaboración en proyectos de la Generalitat Valenciana en el área del menor, y seguimiento y evaluación de los instrumentos jurídicos de colaboración que anualmente se formalizan entre la Conselleria de Bienestar Social y estas entidades para el mantenimiento de centros de atención a menores. 36 La modalidad de financiación a través de concierto está contemplada en LEY 5/1997, de 25 de junio. de La Generalitat, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el Ámbito de la Comunidad Valenciana. 37 ORDEN de 28 de mayo de 2002, de la Conselleria de Benestar Social, por la que se regulan las bases generales para las convocatorias públicas de Conciertos para plazas asistenciales en determinados centros residenciales y Centros de Día de atención especializadas a menores y se efectúa convocatoria pública para el periodo 2002-2005.
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38 ORDEN de 17 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Benestar Social, por la que se regulan las bases generales para las convocatorias públicas de Conciertos para plazas asistenciales en determinados centros de protección de menores y se efectúa convocatoria pública para el periodo 2006-2009.
ORDEN de 12 de noviembre de 2009, de la Conselleria de Benestar Social, por la que se regulan las bases generales para las convocatorias públicas de Conciertos para plazas asistenciales en determinados centros de protección de menores y se efectúa convocatoria pública para el periodo 2009-2013.
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40 RESOLUCIÓN N° 7SM 521/00 DEL DIRECTOR GENERAL DE LA FAMILIA, MENOR Y ADOPCIONES POR LA QUE SE CONSTITUYE LA COMISIÓN MIXTA DE TRABAJO DE ENTIDADES TITULARES DE CENTROS PRIVADOS DEL SECTOR DEL MENOR. Que dice:
VISTA la necesidad de dar realidad jurídica y establecer un marco de diálogo estable entre la Administración de la Generalitat Valenciana y las entidades privadas titulares de centros de atención a menores, que contribuya a la realización de un trabajo conjunto y coordinado de participación de estos agentes sociales en la política social de atención a menores. VISTA la obligación de velar por el adecuado cumplimiento de los instrumentos jurídicos que se formalizan anualmente con estas entidades al amparo de las diferentes convocatorias de ayudas de programas, servicios y centros de atención especializada a menores. CONSIDERANDO la necesidad de que determinadas personas adscritas a esta Dirección General de la Familia, Menor y Adopciones y representantes de diversos sectores sociales y asociaciones del sector de entidades privadas titulares de centros de atención a menores, se integren en una comisión de trabajo para el estudio de la situación de la infancia en la Comunidad Valenciana, así como para abordar propuestas de futuro. CONSIDERANDO que la forma más adecuada de formalizar esta demanda, es a través de la constitución de un órgano colegiado que materialice la participación de la sociedad civil en las cuestiones que afectan a la protección de los menores y sus posibles problemáticas, aunando en un solo foro de diálogo a la Administración y a todos los sectores sociales y asociaciones que puedan tener competencias en el ámbito de acogimiento residencial, aportando ideas y proyectos, y que con reuniones periódicas, estudie la situación de los menores de la Comunidad Valenciana, tomando iniciativas, formulando propuestas en este ámbito y colaborando en los proyectos desarrollados por el Gobierno Valenciano. CONSIDERANDO las funciones adscritas a la Dirección General de la Familia, Menor y Adopciones por el Decreto 138/2000, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Bienestar Social. CONSIDERANDO que la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece el régimen de funcionamiento de los órganos colegiados y establece la posibilidad de participación en las mismas de organizaciones representativas de intereses sociales. SE RESUELVE,… PRIMERO,… SEGUNDO,… TERCERO.- La Comisión Mixta de Entidades Titulares de Centros Privados del Sector del Menor que trabajará en coordinación con la Dirección General de la Familia, Menor y Adopciones, se reunirá con carácter ordinario una vez cada trimestre como mínimo y con carácter extraordinario cuando la importancia o urgencia de los asuntos así lo requiera por iniciativa del presidente de la comisión, o a solicitud de un tercio de los miembros de la misma. En cuanto al funcionamiento de la Comisión, se estará a lo previsto para órganos colegiados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Lo más positivo del sistema de Conciertos Plurianuales no es sólo la agilización en el trámite del pago de las ayudas, o el incremento en la cuantía de las mismas, sino el cambio cualitativo en el modelo de relación entre la administración y las entidades privadas del sector de la infancia y de la familia. Es un paso adelante en el modo de entender las necesidades y los derechos de esta infancia. El nuevo modelo con su mayor compromiso, contempla la cobertura de las necesidades de estos menores como un derecho que debe ser garantizado de forma estable y con toda la calidad que requiere su dignidad de personas, acercamiento al modelo educativo que también opera desde el concepto de “derecho del menor y obligación de la administración”. Garantía de estabilidad y calidad que no se desprendía del anterior sistema de subvenciones. Permite el arraigo de los centros en cada contexto y hacer de él un recurso de la red social del territorio. Esta modalidad contractual beneficia a todas las partes. A los menores por la mejora de la calidad en su atención, a las entidades por la garantía y continuidad de sus proyectos educativos y de intervención con los menores ofreciendo la posibilidad de planificar e invertir en mejoras permanentes del centro, en instalaciones, equipamiento, formación, etc., a los trabajadores por su estabilidad laboral y posibilidad de proyectar a largo plazo convirtiendo su intervención como referencia educativa para el menor y las familias, y a la Conselleria de Benestar Social porque garantiza la disponibilidad de plazas de atención especializada para menores, al tiempo que promueve y consolida la calidad de la intervención en el sector de la infancia, permitiendo un control público de los recursos y sus actuaciones, así como establecimiento de contacto permanente a través de la Comisión Mixta41 con los centros que permite incorporar las mejoras detectadas desde el trabajo diario. Sin embargo, no todos los Centros de Día están financiados con “concierto”, los hay que siguen estando en modalidad de financiación por orden de ayudas, estableciéndose una gran diferencia y agravio comparativo en las cuantías económicas financiadas. Los CD por orden de ayudas reciben una media de 56,17% menos que los concertados. Por último, señalar el gran desarrollo normativo y legislativo que ha tenido lugar en los últimos años en el ámbito de la infancia en la Comunidad Valenciana con la elaboración de dos órdenes de gran importancia para el funcionamiento de las entidades especializadas de atención a la infancia y, muy especialmente, para los Centros Residenciales y los Centros de Atención Diurna42, como son: 41 LA COMISIÓN MIXTA DE TRABAJO DE ENTIDADES TITULARES DE CENTROS PRIVADOS DEL SECTOR DEL MENOR, sigue en vigor, pero no se reúne por no considerarlo conveniente la Dirección General del Menor. 42
FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J. V. (2012).
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LEY 5/1997, de 25 de junio. de La Generalitat, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el Ámbito de la Comunidad Valenciana. (Derogado el artículo 19 por la Ley 12/2008). LEY 8/2008, de 20 de junio, de la Generalitat, de los Derechos de Salud de Niños y Adolescentes. LEY 12/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad Valenciana. DECRETO 51/1999, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas a las que deben someterse los conciertos a realizar por la administración de la Generalitat Valenciana con los Centros de iniciativa social de titularidad privada. DECRETO 93/2001, de 22 mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en la Comunidad Valenciana. (Se entenderá vigente en todo aquello que no se oponga a lo previsto en la presente Ley 12/2008). DECRETO 91/2002, de 30 de mayo, del Gobierno Valenciano, sobre Registro de los Titulares de Actividades de Acción Social, y de Registro y Autorización de Funcionamiento de los Servicios y Centros de Acción Social, en la Comunidad Valenciana. [2002/X5931]. DECRETO 28/2009, de 20 de febrero, del Consell, por el que se modifica el Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en la Comunidad Valenciana, aprobado por el Decreto 93/2001, de 22 de mayo, del Consell. [2009/2104]. ORDEN de 19 de junio de 2003, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la tipología y condiciones materiales y de funcionamiento de los Centros de Protección de Menores, en la Comunidad Valenciana. [2003/X7543]. ORDEN de 17 de enero de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la organización y funcionamiento de los centros de protección y el acogimiento residencial y de estancia de día de menores en la Comunidad Valenciana. [2008/738].
Los tres CONVENIOS COLECTIVOS PARA EMPRESAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FAMILIA, LA INFANCIA Y LA JUVENTUD EN LA COMUNIDAD VALENCIANA de aplicación en todas aquellas empresas, centros o entidades que estén consideradas especializadas por la Generalitat Valenciana en el ámbito de la familia, infancia y juventud.
2.2 Tipología de los Centros de Día en la Comunidad Valenciana Los Centros de Día en la Comunidad Valenciana se pueden ordenar en función de su titularidad (autonómico, municipal, privado sin ánimo de lucro), en función de la tipología de centro (actividad), y en función de su modalidad de financiación (contrata y/o convenio de colaboración, orden de ayudas, concierto), como analizamos a continuación y que se podrá ver más gráficamente en el punto 3. Mapa de Centros de Día de la Comunidad Valenciana. Para hablar de la tipificación de los centros de día protección de menores, tendremos en cuenta el Capítulo II “De los centros de atención diurna” del Título II “De la clasificación y tipificación de los centros de protección de menores” de la “ORDEN de 19 de junio de 2003, de la Conselleria de Benestar Social, por la que se regula la tipología y condiciones materiales y de funcionamiento de los Centros de Protección de Menores, en la Comunidad Valenciana”. Diferenciando: • •
Centros de Día de Apoyo Convivencial y Educativo. Centros de Día de Inserción Sociolaboral.
SecciOn Primera de los Centros de DÍa de Apoyo Convivencial y Educativo Artículo 33. Definición 1. Los centros de día de apoyo convivencial y educativo para menores son centros de atención diurna que realizan una labor preventiva, proporcionando a niños y adolescentes una serie de servicios de apoyo socioeducativo y familiar a través de actividades de ocio, cultura, ocupacionales y rehabilitadoras, potenciando su desarrollo personal e integración social con el objeto de favorecer su proceso de normalización y autonomía personal. 2. Pueden funcionar como centros específicos o como unidades integradas en centros de acogida de menores. 3. Son actividades propias de estos centros, el apoyo psicosocial, educativo, seguimiento escolar y actividades extraescolares. Deberán también colaborar en la normalización de la dinámica familiar. 4. Deberán funcionar, al menos, durante el curso escolar, desde las 17 horas hasta las 20 horas de lunes a viernes, sin perjuicio de su extensión a toda la jornada, fines de semana y periodos vacacionales43. 43 Recordamos lo expuesto en el punto 3 del Artículo 19 del Capítulo I del Título III de la ORDEN de 17 de enero de 2008, donde se establece la finalidad y funciones de los centros de día: Los centros de atención diurna, funcionarán preceptivamente, de lunes a viernes, de enero a junio y de septiembre a diciembre. Los meses de julio y agosto podrán permanecer un mes con actividad y otro sin actividad. El mes
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5.
El ingreso de un usuario en estos establecimientos vendrá motivado por resolución administrativa44 de los servicios territoriales del órgano competente en materia de protección de menores de la Generalitat Valenciana en los supuestos y respecto a las plazas concertadas, conveniadas y contratadas con las entidades titulares de dichos centros por la Generalitat Valenciana (este punto es igual en el artículo 38 de los Centros de Día de Inserción Sociolaboral).
Artículo 34. Usuarios Los centros de día de apoyo convivencial y educativo para menores atenderán a niños y adolescentes, prioritariamente aquellos que estén en situación de riesgo o desamparo, cuyo conflicto personal, familiar, ocupacional y de inserción social requiere de un apoyo social y educativo.
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Artículo 35. Plazas El número de plazas estará limitado por las prestaciones y actividades que se desarrollen, capacidad del centro y personal de atención, pero en todo caso deberá estar ordenado por grupos educativos no superiores a 12 plazas. Artículo 36. Prestaciones Los centros de día de apoyo convivencial y educativo para menores podrán otorgar las siguientes prestaciones: trabajo educativo, atención psicológica, social y educativa, orientación familiar, seguimiento escolar, actividades extraescolares, actividades ocupacionales y rehabilitadoras, actividades culturales y recreativas de descanso y ocio, promoción de la salud, de apoyo a medidas de medio abierto y comedor en su caso.
Artículo 37. Personal 1. Estos centros deben disponer como mínimo de las figuras de director o coordinador y personal educador, garantizándose su presencia en los horarios de atención. 2. La ratio mínima en estos centros de día de apoyo convivencial y educativo 45 para menores será de 0’25 de director y 1 educador, por grupo educativo de 12 plazas. 3. El director o coordinador deberán tener una titulación universitaria mínima de grado medio en áreas pedagógicas, psicológicas, sociales, educativas, humanísticas o de ciencias de la salud. En las unidades integradas en centros residenciales, el director de la unidad de día podrá ser el del centro residencial. 4. El educador deberá tener titulación en educación social preferentemente. Aunque también se valorará otras titulaciones de grado medio en áreas y disciplinas de carácter humanístico, social o educativo. 5. Asimismo el centro tendrá que garantizar los servicios complementarios de administración, limpieza y mantenimiento, y de cocina si presta servicio de comedor, con medios propios o concertados, que aseguren una calidad y dignidad correcta en los servicios prestados.
SecciOn Segunda de los Centros de Día de Inserción Sociolaboral Artículo 38. Definición 1.
de actividad podrá tener la misma dinámica que el resto del año, organizándose por sesiones de lunes a viernes en las dependencias habituales del centro, o bien podrá organizar campamentos por un periodo de tiempo equivalente, siempre y cuando el personal participe en esas actividades. En la ORDEN de 28 de mayo de 2002, de la Conselleria de Benestar Social, por la que se regulan las bases generales para las convocatorias públicas de Conciertos para plazas asistenciales en determinados centros residenciales y Centros de Día de atención especializadas a menores y se efectúa convocatoria pública para el periodo 2002-2005, en su punto Veintidós. Obligaciones de las partes: “Resolver mediante acto administrativo expreso las altas y bajas de menores en el centro, con carácter previo a la realización de tal acto en el mismo. A tal efecto se constituirán sesiones de derivación de los casos con el centro, con el objeto de especificar y consensuar los objetivos que se persiguen, plazo previsible de estancia y mecanismos de seguimiento, control y evaluación”. Y “Facilitar al centro toda la información disponible relativa al menor en el momento de ingreso en el centro y durante su estancia, como informes socio-familiares, psicológicos, sanitarios, escolares y educativos” (Es lo indicado por la ORDEN de 19 de junio de 2003, pero que no se cumplió por su coste administrativo por parte de las territoriales).
44
De esta manera a partir de la Orden de Concierto de 2006-2009 y de de la ORDEN de 12 de noviembre de 2009, de la Conselleria de Benestar Social, por la que se regulan las bases generales para las convocatorias públicas de Conciertos para plazas asistenciales en determinados centros de protección de menores y se efectúa convocatoria pública para el periodo 2009-2013, en el artículo Veintidós. Obligaciones de las partes. Punto 1 d), “En las plazas de centros de día, no será necesario que proceda la Dirección Territorial de Bienestar Social a resolver las altas y bajas de los usuarios del centro, sin perjuicio de poder derivar, a propuesta de la Comisión Técnica de Medidas de Protección Jurídica del Menor, a aquellos menores, con o sin medida protectora, que precisen de este recurso. En estos casos la entidad titular del centro de día, en el momento que exista disponibilidad de plazas, deberá asignar plaza al menor”, esto se recoge por primera vez en el artículo 20 de la ORDEN de 17 de enero de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la organización y funcionamiento de los centros de protección y el acogimiento residencial y de estancia de día de menores en la Comunidad Valenciana.
2.
3.
Los centros de día de inserción sociolaboral para menores son centros de atención diurna que realizan una labor preventiva de inserción sociolaboral y educativa para adolescentes en situación de riesgo, proporcionando una serie de servicios de apoyo social, educativo y familiar a través de actividades formativas, ocupacionales, rehabilitadoras, de ocio y cultura, potenciando su desarrollo personal e integración social, así como la adquisición de las habilidades sociolaborales necesarias para su inserción social y laboral. Deben funcionar, preferentemente, en centros específicos con el objeto de que sus usuarios adquieran habilidades en orden a un oficio y todas aquellas prestaciones que coadyuven a la integración social y laboral. (Es igual en el Artículo 34, punto 5 de los Centros de Día de Apoyo Convivencial y Educativo).
45 Según la ORDEN de 12 de noviembre de 2009, de la Conselleria de Benestar Social, por la que se regulan las bases generales para las convocatorias públicas de Conciertos para plazas asistenciales en determinados centros de protección de menores y se efectúa convocatoria pública para el periodo 2009-2013, Las Ratios de Personal de Centro de Día de Apoyo convivencial y Educativo son, para:
C.D. 12 PLAZAS: 0’25 Dirección; 1’25 Educadores; 0’25 Personal de Servicios. C.D. 24 PLAZAS: 0’50 Dirección; 0’25 Personal de atención especializada; 2’50 Educadores; 0’75 Personal de Servicios. Los Centros de Día por Orden de Ayudas no especifican el personal a contratar, pero al ser inferior su dotación económica es absolutamente imposible alcanzar estas ratios de personal.
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Artículo 39. Usuarios Los centros de día de inserción sociolaboral para menores acogerán a menores de 18 años, que están en situación de riesgo o desamparo, cuyo conflicto personal, familiar, ocupacional y de inserción social requiere de un apoyo psicosocial, educativo y de adquisición de aprendizajes y conocimientos básicos de oficios manuales.
4.
5.
Artículo 40. Plazas El número de plazas estará limitado por las prestaciones y actividades que se desarrollen, capacidad del centro y personal de atención, pero en todo caso deberá estar ordenado por grupos educativos no superiores a 12 plazas.
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Artículo 41. Prestaciones 1. Los centros de día de inserción sociolaboral para menores podrán otorgar las siguientes prestaciones: actividades ocupacionales y rehabilitadoras, de apoyo a la inserción sociolaboral y supervisión técnica, actividades culturales y recreativas de descanso y ocio, promoción de la salud, de apoyo a medidas de medio abierto, y comedor en su caso. 2. Ofertarán actividades y diversos apoyos dirigidos a menores y adolescentes, con el objetivo de prevenir situaciones de marginación derivadas del fracaso escolar y de problemáticas sociales, familiares, educativas o económicas, y proporcionarles una asistencia orientada al desarrollo de la autonomía personal y a la adquisición de las habilidades necesarias para su incorporación al mundo laboral, compensando sus déficits formativos a través del aprendizaje teórico-práctico de un oficio que les facilite dicha incorporación.
El educador deberá tener titulación en educación social preferentemente. Aunque también se valorará otras titulaciones de grado medio en áreas y disciplinas de carácter humanístico, social o educativo. Asimismo el centro tendrá que garantizar los servicios complementarios de administración, limpieza y mantenimiento, y de cocina si presta servicio de comedor, con medios propios o concertados, que aseguren una calidad y dignidad correcta en los servicios prestados.
Condiciones especIficas De los espacios en los Centros de Atención de Diurna47 Los centros de carácter diurno, preferentemente, deberán disponer de la siguiente distribución por zonas: zona de administración y zona de atención directa. 1. Zona de administración: Comprende los espacios destinados al ejercicio de actividades de recepción, dirección, administración y gestión del centro, así como para el desarrollo de los estudios, diagnósticos, entrevistas e informes de los menores. Contará como mínimo con un despacho. 2. Zona de atención directa: Comprende los espacios destinados a la prestación del servicio.
Artículo 42. Personal 1. Estos centros deben disponer como mínimo de las figuras de director o coordinador, personal educador, y maestro o ayudante de taller. 2. La ratio mínima en estos centros de día de inserción sociolaboral46 para menores será de 0’25 de director o coordinador, 1 educador y 0,50 de maestro o ayudante de taller o personal de atención especializada, por cada 12 usuarios. 3. El director o coordinador deberán tener una titulación universitaria mínima de grado medio en áreas pedagógicas, psicológicas, sociales, educativas, humanísticas o de ciencias de la salud.
•
Los centros de día dispondrán de una sala polivalente o de salas diferentes, de al menos 10 m². cada una, para la realización de las actividades y especialidades que se impartan, con materiales y útiles adecuados. En todo caso, se deberá garantizar una superficie mínima de 2 m². por usuario de la sala, independientemente de las salas del centro.
•
Los centros de día de inserción sociolaboral dispondrán de salas diferentes para cada una de las actividades de inserción que desarrollen, de al menos 2 m². por cada usuario. El tamaño de las salas estará en relación con el tipo de tarea que se vaya a realizar. En los centros que se utilice maquinaria, no se deberá contabilizar como metros computables, aquellos ocupados por dicha maquinaria.
•
Si el establecimiento ofreciera servicio de comedor, éste será común y diferenciado, del resto de dependencias, observándose la normativa vigente sobre comedo-
46 Según la ORDEN de 12 de noviembre de 2009, de la Conselleria de Benestar Social, por la que se regulan las bases generales para las convocatorias públicas de Conciertos para plazas asistenciales en determinados centros de protección de menores y se efectúa convocatoria pública para el periodo 2009-2013, las Ratios de Personal de Centro de Día de Inserción Sociolaboral son, para:
C.D. 12 PLAZAS: 0’50 Dirección; 0’50 Personal de atención especializada; 2’00 Educadores; 1’00 Maestro de Taller; 0’50 Personal de Servicios. C.D. 24 PLAZAS: 1’00 Dirección; 1’00 Personal de atención especializada; 3’00 Educadores; 1’00 Maestro de Taller; 1’00 Personal de Servicios. Los Centros de Día por Orden de Ayudas no especifican el personal a contratar, pero al ser inferior su dotación económica es absolutamente imposible alcanzar estas ratios de personal.
Artículo 53 de la ORDEN de 19 de junio de 2003, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la tipología y condiciones materiales y de funcionamiento de los Centros de Protección de Menores, en la Comunidad Valenciana
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res colectivos. El mismo podrá concertarse por catering, o prest arse directamente si se dispusiere de cocina en el centro. A tales efectos deberá, asimismo, disponer de almacén de alimentos y de medios o instalaciones frigoríficas y de congelación en proporción al número de usuarios, siendo de obligado cumplimiento la reglamentación técnico-sanitaria vigente para este tipo de establecimientos. •
26
Se Sedeberá deberádisponer disponerde deaseos aseossuficientes suficientes de de acuerdo acuerdo con con la la distribución distribución y el plan de denecesidades necesidadesdel delcentro, centro,integrados integrados por por inodoro, inodoro, lavabo lavabo yy ducha. La dotación mínima mínimaserá seráde deuno unocompleto completo por por cada cada 12 12 usuarios. usuarios. Los Los aseos aseos de uso colectivo, deberán estar compartimentados y diferenciados por sexos. Al menos uno deberá estar deberán adaptado estar compartimentados a las normas vigentes y diferenciados en materia de por accesibilidad. sexos. Al menos uno derá
3
Mapa de Centros de Día de la Comunidad Valenciana Con este cuadro, ofrecemos los datos cuantitativos que disponemos sobre las distintas tipologías de centros que hay en la Comunidad Valenciana, diferenciando CD en función de la titularidad, CD en función de la actividad y CD en función de la modalidad de financiación. DATOS CUANTITATIVOS
Tipologías de Centros de Día en la Comunidad Valenciana SEGÚN TITULARIDAD
SEGÚN ACTIVIDAD
SEGÚN FINANCIACIÓN
Nº DE MENORES
Apoyo Convivencial y Educativo
Inserción Sociolaboral
Total
Contrata
Concierto
CD Autonómicos
8
0
8
8
0
0
8
89
CD Municipales
20
4
24
0
0
24
24
401
CD Privados
9
17
26
0
18
8
26
624
TOTAL
37
21
58
8
18
32
58
1.114
Fuente: Elaboración propia
Orden de ayudas
Total
27
Mapa de los Centros de Día de la Comunidad Valenciana
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
3.1 Centros de Día en la Comunidad Valenciana (Listado y localizació de cd en función de la titularidad) En este sentido, podemos distinguimos tres modalidades de centros: • • •
Centros de Día autonómicos Centros de Día municipales Centros de Día privados
Este mapa de localización de los Centros de Día Autonómicos, es coincidente con los CD gestionados por contrata o convenio de colaboración. En su caso son todos CD de Apoyo Convivencial y Educativo, adscritos a Centro de Acogida.
3.1.1 Centros de Día Autonómicos
28
Los Centros de titularidad autonómica son Centros de Día que son propiedad de la Conselleria de Benestar Social. Para su gestión la administración subcontrata el servicio. En esta modalidad, las plazas de atención diurna están adscritas a determinados centros residenciales. En la actualidad, hay 8 Centros de Día de titularidad autonómica, todos ellos son CD de Apoyo Convivencial y Educativo, con una capacidad de atención de 89 menores. 1. AVENIDA DE VALENCIA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Congregación Religiosa Hermanas Teciarias Capuchinas Nº de menores: 4 Av. de Valencia CP: 12.006 mas_ant@gva.es 2. CASTELLÓ
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Generalitat Valenciana Nº de menores: 10 Castellón de la Plana www.fundacionamigo.org cm_amigo@yahoo.es 3. EL TEIX
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Generalitat Valenciana Nº de menores: 9 Av. Alameda, 56. Alcoy (Alicante) 965 330 323 elteix_rco@gva.es 4. ELS ESTELS
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Convenio Colaboración con Fundación Internacional O’Belen Nº de menores: 8 Calle General Pintos, 21. Alicante www.obelen.es els.estels@obelen.es
2
1
6
29
5. LES ROTES (LA CASA GRANDE)
7
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Generalitat Valenciana Nº de menores: 8 Denia (Alicante) lesrotes@gva.es
6. PLANA BAIXA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Congregación Religiosa Hermanas Teciarias Capuchinas Nº de menores: 34 Av. Constitución, 89. Nules (Castellón) 964 673 676 nules_rco@gva.es
5
7. SAN VICENTE DE PAÚL
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Compañía Hijas de la Caridad de Santa Ana Nº de menores: 15 Francisco Falcons, 26-28 bajo. Valencia 963 672 498 oyonartegarcera@terra.es 8. SEGURA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Congregación Religiosa Hermanas Teciarias Capuchinas Nº de menores: 1 C/Segura, 9 CP: 03.004 Alicante 965 924 009 sanchez_antsan@gva.es
3 4
LEYENDA
Listado de Centros de Día Autonómicos NOMBRE DEL CENTRO
8
LOCALIZACION
1. AV DE VALENCIA Castellón de la Plana 2. CASTELLÓ Castellón de la Plana 3. EL TEIX Alcoy 4. ELS ESTELS Alicante 5. LES ROTES Denia 6. PLANA BAIXA Nules 7. SAN VICENTE DE PAUL Valencia 8. SEGURA Alicante
Mapa de los Centros de Día de la Comunidad Valenciana
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
17. EL PARC
3.1.2 Centros de Día Municipales Los centros de titularidad pública son de propiedad municipal y atienden específicamente a los niños/as y jóvenes empadronados en el municipio que dispone y gestiona el recurso. Los Centros de Día públicos también son acreditados y autorizados por la Conselleria de Benestar Social, la cual apoya su funcionamiento mediante la financiación de parte de su actividad a través de Órdenes de ayudas anuales. No obstante, la principal aportación económica es del propio Ayuntamiento quien tiene en propiedad el inmueble y asume los gastos de funcionamiento y mantenimiento del recurso en un 60%. El personal que trabaja en los Centros de Día de titularidad pública puede ser funcionario municipal y/o personal por cuenta ajena, ya que los Ayuntamiento pueden sacar a concurso o contrata la gestión del servicio de Centro de Día48.
Tenemos contabilizados 24 Centros de Día de titularidad municipal o pública en la Comunidad Valenciana. Solo 4 de ellos son CD de Inserción Sociolaboral de menores, los otros 20 son CD de Apoyo Convivencial y Educativo, con una capacidad de atención de 401 menores.
30
9. ALBORGÍ
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Paterna Nº de menores: 24 C/Aldaya, 16 bajo. Paterna (Valencia) 961 389 056 cdmalborgí@gespaterna.es cdmalborgi@hotmail.com 10. AMICS
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Llíria Nº de menores: 15 C/Juan Izquierdo, 10. Llíria (Valencia) 962 792 224 amicslliria@gmail.es serso_lliria@telefonica.net 11. BARRI ANTIC (CASCO ANTIGUO)
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de La Vila Joiosa Nº de menores: 15 CP: 03.570 La Vila Joiosa (Alicante) 965 894 212 servicioa.sociales@villajoyosa.com 12. BARRI BADIA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Moncada Nº de menores: 12 C/ Alcoy, 6. Moncada (Valencia) 961 395 704 centredia@moncada.es
48
FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J. V. (2012).
13. BARRIO DEL CRISTO
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Mancomunitat Barri Crist Aldaia- Quart Nº de menores: 25 AV. Juan Ramón Jiménez, 47 bajo CP: 46.930 Quart de Poblet (Valencia) 961 501 582 www.barriodelcristo.es centrodedia@barriodelcristo.es 14. BRAÇ TREBALLADOR
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Aj. de Tavernes de la Valldigna Nº de menores: 23 C/Calvari, 87 CP: 46.760 Tavernes de Valldigna (Valencia) 962 821 142 www.tavernes.org i004@tavernes.org 15. CENTRE OBERT
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Quart de Poblet Nº de menores: 12 C/ Adolfo Giménez del Río y Tasso, 8 CP: 46.930 Quart de Poblet (Valencia) 961 548 008 www.quartdepoblet.es socials.coordinacio@quartdepoblet.org 16. CONSTITUCIÓ
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de la Monover Nº de menores: 15 C/ Constitución, 38 bajo CP: 0.3640 Monover (Alicante) 965 894 212 centrodediamenores@monovar.es
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Cullera Nº de menores: 12 C/ Sueca, s/n Cullera (Valencia) 961 733 068 centrediacullera@hotmail.com ssocials@ecullera.org 18. EL ROGLE
C.D. Inserción Sociolaboral Ajuntament d’Ontinyent Nº de menores: 22 Joan XXIII, 10 bajo CP: 46.870 Ontinyent (Alicante) 962 389 088 cedime@hotmail.com 19. ESPARDENYERS
C.D. Inserción Sociolaboral Ajuntament de Vila-real Nº de menores: 12 C/ Asunción, 35. Vila-real (Castellón) 964 547 150 f.diaz@diagrama.org 20. LA PEDRERA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de la Vila Joiosa Nº de menores: 15 Camino de la Pedrera, 9 Entresuelo CP: 03.570 La Vila Joiosa (Alicante) 965 894 212 servicioa.sociales@villajoyosa.com 21. LES MORERES
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ayuntamiento de Sagunto Nº de menores: 5 C/ Periodista Azzati, 3 CP. 46.520 Puerto de Sagunto (Valencia) 962 678 162 calvo_anabel@hotmail.com 22. LOS BLOQUES
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Burjassot Nº de menores: 12 CS Díaz Pintado, Pl. 9 octubre, 11 CP. 46.100 Burjassot (Valencia) 963 900 160 - 963 640 425 Ireneo.delpino@ayto-burjassot.es 23. MALVARROSA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de València Nº de menores: 30 C/ Gran Canaria, 4 CP: 46.011 Valencia 962 082 593 cdjmalvarrosa@valencia.es 24. MARTÍNEZ COLL
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Puçol Nº de menores: 8 C/ La Costera CP: 46.530 Puçol (Valencia) 961 424 068 laura.romeu@pucol.es
25. MOLÍ DE MAGALLÓ
C.D. Inserción Sociolaboral Ajuntament de Silla Nº de menores: 15 C/ L'horta, 9 CP: 46.460 Silla (Valencia) 961 211 855 26. NOVELDA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Novelda Nº de menores: 10 C/ Daoiz y Velarde, 22 CP: 03.660 Novelda (Alicante) 965 604 311 27. PABLO IGLESIAS
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Santa Pola Nº de menores: 13 Gpo. Viviendas Pablo Iglesias Bloq. VIII CP: 03.130 Santa Pola (Alicante) 965 415 703 santapola.social@cv.gva.es 28. SALINETAS
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Petrer Nº de menores: 15 C/ Quevedo, 104 CP: 03.130 Petrer (Alicante) 966 955 714 centrodia@preter.es 29. SANTA ANA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Gandia Nº de menores: 8 C/ Santa Ana, 6 CP: 46701 Gandía (Valencia) 962 867 451 - 962 871 600 30. SUECA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Sueca Nº de menores: 15 Placeta del Convent, 12 CP: 46.701 Sueca (Valencia) 961 700 050 sueca_men@gva.es 31. VISTA HERMOSA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament d’Aspe Nº de menores: 12 C/ Ruperto Chapí, 24 CP: 03.680 Aspe (Alicante) 965 495 723 cdiavistahermosa@ayto.aspe.es 32. XIRIVELLA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Ajuntament de Xirivella Nº de menores: 40 C/ Joaquín Orero, 2 Xirivella (Valencia) 963 706 206 xirivella.benestar.social@cv.gva
31
Mapa de los Centros de Día de la Comunidad Valenciana
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
Este mapa de localización de los CD Municipales, al recibir todos ellos subvención por orden de ayudas de la Generalitat Valenciana es coincidente con el mapa de financiación de los centros municipales. La única diferencia entre ellos es que cuatro son CD de Inserción Sociolaboral y veinte CD de Apoyo Convivencial y Educativo.
19
32
3.1.3 Centros de Día Privados
Los Centros de Día de titularidad privada, son propiedad de entidades sin fin de lucro que están autorizados, acreditados y financiados por la Conselleria de Benestar Social. La financiación se hace a través de dos modalidades, por orden de ayudas (subvención anual) o por Concierto (plurianuales)49. Suelen cofinanciarse por donativos, fundaciones y obras sociales y alguna que otra subvención municipal, pero nunca se pueden destinar para los mismos conceptos que tengan en la modalidad de concierto, pero sí para atender a los menores que quedan fuera de justificación económica. Estos centros privados pueden llegar a atender al doble o el triple de menores subvencionados por la Generalitat, siendo en la actualidad 624 plazas. Esta modalidad de Centro de Día es la más numerosa en el sector. Están en funcionamiento acreditado 26 Centros. De éstos, 18 son financiados en régimen de Concierto plurianual y los 8 restantes mediante Órdenes de subvención anuales, de los cuales 17 son CD de Inserción Sociolaboral y 9 CD de Apoyo Convivencial y Educativo.
10 21
12 9
22 24 32 15 23 13 25 30
33. ACOLLIDA
C.D. Inserción Sociolaboral Iniciatives Solidaries Nº de menores: 24 C/ Marqués de Montortal, 60 bajo CP: 46.019 Valencia 963 669 337 www.iniciativessolidaries.com acollida@iniciativessolidaries.com
17 14
LEYENDA
Listado de Centros de Día Municipales 29
NOMBRE DEL CENTRO
18
11
28
20
26
16 31
27
CD MUNICIPAL, APOYO CONVIVENCIAL EDUCATIVO CD MUNICIPAL, INSERCIÓN SOCIOLABORAL
9. ALBORGÍ 10. AMICS 11. BARRI ANTIC 12. BARRI BADIA 13. BARRIO DEL CRISTO 14. BRAÇ TREBALLADOR 15. CENTRE OBERT 16. CONSTITUCIÓ 17. EL PARC 18. EL ROGLE 19. ESPARDENYERS 20. LA PEDRERA 21. LES MORERES 22. LOS BLOQUES 23. MALVARROSA 24. MARTÍNEZ COLL 25. MOLÍ DE MAGALLÓ 26. NOVELDA 27. PABLO IGLESIAS 28. SALINETAS 29. SANTA ANA 30. SUECA 31. VISTA HERMOSA 32. XIRIVELLA
LOCALIZACION
Paterna Llíria La Vila Joiosa Moncada Aldaia-Quart T. de la Valldigna Quart de Poblet Monover Cullera Ontinyent Vila-real La Vila Joiosa Sagunt Burjassot València PuÇol Silla Novelda Santa Pola Petrer Gandía Sueca Aspe Xirivella
34. AMALTEA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Asociación Amaltea Nº de menores: 24 Plaza Escuelas Pías, 2 bajo CP: 46.001 Valencia 963 924 316 asociacionamaltea.wordpress.com facebook.com/Asoc.Amaltea amaltea001@hotmail.com
36. CASA DE BENEFICIENCIA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Casa Beneficiencia de Alcoy Nº de menores: 22 C/ Isabel II, 2 CP: 03.800 Alcoy (Alicante) 965 332 228 facebook.com/pages/Centro-de-Dia-FundacionCasa-de-Beneficencia-Hogar-Infantil-Alcoy hogarinfantil2@hotmail.com 37. DON BOSCO
C.D. Inserción Sociolaboral Fundación Solidaria Ángel Tomás Nº de menores: 30 C/ San Bruno, 1 CP: 46.009 Valencia 963 659 409 www.fundacionangeltomas.org segundogarcia@salesianos.edu
35. AMIGÓ
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Fundación Amigó Nº de menores: 20 Av. Enrique Gimeno, 44 46.001 Valencia
963 924 316 epi@proyectoamigo.org fundacion@proyectoamigo.org www.proyectoamigo.org
Ha habido tres conciertos plurianuales, en los períodos 2002-2005, 2006-2009, 2009-2013. Finalizando el actual concierto el 30 de noviembre de 2013.
49
33
Mapa de los Centros de Día de la Comunidad Valenciana
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
38. EL ARCA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Asociación Arca de Noé Nº de menores: 24 C/ Manuel Andrés 9 bajo CP: 46.024 Valencia 963 673 255 http://elarcanazaret.org arca@elarcanazaret.org
39. EL CEREZO
C.D. Inserción Sociolaboral Asociación Amigos del Cerezo Nº de menores: 12 Partida Canal de Confite, 60 CP. 03.400 Villena (Alicante) 965 979 170 www.elcerezo.orge info@elcerezo.org 40. ENTRE AMICS
34
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Asociación Entre Amics Nº de menores: 24 Av. de la Plata, 10 CP. 46.013 Valencia 963 738 299 entreamics@don-bosco.org mailto:casa.magone@fisat.ess
41. JULIA
C.D. Inserción Sociolaboral Colectivo de Jóvenes de la Coma Nº de menores: 12 Pz. de Benicarló, 10 - 8ª CP: 46.980 Paterna (Valencia) 963 642 079 centrodejulia.wordpress.com http://centrodedialagranja.blogspot.com.es centrodediajulia@yahoo.es 42. LA INMACULADA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Hijas de la Caridad, S. Vicente de Paul Nº de menores: 12 Pz. S. Pedro, 10 46.800 Xàtiva (Valencia) 962 274 215 www.cmlainmacualda.org lcorreo@cmlainmaculada.org rcmlainmaculada@hotmail.com 43. LA PROVIDENCIA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Amics de la Providència Nº de menores: 15 C/ Santa Rita, 4 CP: 46680 Algemesí (Valencia) 962 422 660 - 618 448 486 amicsdelaprovi@hotmail.com amicsdelaprovidencia.wordpress.com 44. LAURA VICUÑA
C.D. Inserción Sociolaboral Asociación Laura Vicuña Nº de menores: 24 C/ Albocasser, 34 CP: 46.900 Torrent (Valencia) 961 580 834 www.lauravicuna.es lauravicuna@lauravicuna.es 45. LEVANTE (GARCÍA ANDREU)
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Fundación Diagrama Intervención Social Nº de menores: 24 C/ García Andreu, 34 bajo CP: 03.007 Alicante 965 140 421 - 630 067879 centrolevante@diagrama.org
47. NAZARET
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Fundación del Padre Fontova Nº de menores: 24 C/ Calpe, s/n CP: 03.005 Alicante 965 171 815 www.nazaretalicante.es nazareta@planalfa.es
48. NIÑO JESÚS
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Asociación Protectora de los Niños del Asilo del Niño Nº de menores: 15 C/ San Clemente, 1 CP: 46.015 Valencia 963494 436 www.socialhcp.es administracion@colegio-njesus.com hhcc@colegio-njesus.com 49. Nª SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS
C.D. Inserción Sociolaboral Fundación Asilo Nuestra Señora de los Desamparados Nº de menores: 10 C/ Santa Ana, 4 CP. 46.740 Carcaixent (Valencia) 962 430 296 asilocarcaixent@gmail.com 50. PARKE MASSANASSA I
C.D. Inserción Sociolaboral Kolectivo Jóvenes Parke Nº de menores: 24 C/ Dr. Fleming, 13 Esc. 1 bajo 11 CP. 46.470 Massanassa (Valencia) 961 252 170 koordinadorapark.blogspot.com.es alejagm@gmail.com 51. PARKE MASSANASSA II
C.D. Inserción Sociolaboral Kolectivo Jóvenes Parke Nº de menores: 24 Av. 9 de Octubre, 27 Izquierda CP. 46.470 Massanassa (Valencia) 961 250 909 koordinadorapark.blogspot.com.es alejagm@gmail.com
46. MANANTIAL
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Caritas Diocesana de Valencia Nº de menores: 36 C/ Juan Bautista Gil, 24 CP: 46.100 Burjassot (Valencia) 963 902 945 manantial.cdvalencia@caritas.es
52. PERIFERIA
C.D. Inserción Sociolaboral Asociación Periferia Nº de menores: 36 Av. Hermanos Maristas, 17 CP: 46.013 Valencia 963 740 400 www.asociacionperiferia.org periferia@asociacionperiferia.org
53. QUISQUEYA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Mensajeros de la Paz de la CV Nº de menores: 12 C/ San Fernando, 3 CP: 12.200 Onda (Castellón) 963 849 589 www.mensajerosdelapaz.com ong.quisqueya@terra.es
54. SAN JOSÉ DE LA MONTAÑA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Congregación Madres de los Desamparados y S. José de la Montaña Nº de menores: 12 C/ San José de la Montaña, 15 CP: 46.008 Valencia 963 824 335 hogarval@telefonica.net 55. SAN JOSÉ OBRERO)
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo O.S.D. San José Obrero Nº de menores: 24 Puertas de Murcia, 78 Orihuela (Alicante) 965 300 404 fdsanjoseobrero.org / www.socialhcp.es osdjo@planalfa.es hc-orihuela@telefonica.net 56. SAN JUAN BAUTISTA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Fundación Asilo San Juan Bautista Nº de menores: 12 Paseo de la Pechina, 2 46.008 Valencia 963 912 365 www.socialhcp.es hcsjb@autovia.com direccionsjb@socialhcp.es 57. PATRONOS BERNARDO, Mª Y GRACIA
C.D. Apoyo Convivencial y Educativo Comunidad Luisa de Marillac, de la Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl Nº de menores: 12 C/ B. Pérez Galdós, 52 Alzira (Valencia) 962 413 764 http://hijasdelacaridad.org santospatronos@gmail.com 58. TALEIA
C.D. Inserción Sociolaboral Fundación ADSIS C.V Nº de menores: 36 Av. de La Plata, 28 Valencia 963 355 900 www.fundacionadsis.or taleia@fundacionadsis.org rsoriano@adsis.org
35
Mapa de los Centros de Día de la Comunidad Valenciana
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
3.2 Mapa de localización de los CD en función de la actividad
VALENCIA CIUDAD
3.3 Mapa de localización de los CD según modelo de financiación
VALENCIA CIUDAD
37
36
CD AUTONÓMICO APOYO CONVIVENCIAL Y EDUCATIVO
CD PRIVADO FINANCIACIÓN: ORDEN DE AYUDAS
CD MUNICIPAL APOYO CONVIVENCIAL Y EDUCATIVO
CD PRIVADO FINANCIACIÓN: CONCIERTO
CD MUNICIPAL INSERCIÓN SOCIO LABORAL CD PRIVADO APOYO CONVIVENCIAL Y EDUCATIVO CD PRIVADO INSERCIÓN SOCIO LABORAL
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
Podemos resumir que las características de la distribución de los Centros de día en la Comunidad Valenciana son las siguientes:
38
•
El número de centros de día autonómicos es, en comparación con los municipales y privados, pequeño y desigual, observándose diferencias en las provincias (tres centros en la provincia de Castellón, uno en la provincia de Valencia, y cuatro en la provincia de Alicante).
•
La distribución de los centros de día municipales es desigual en cuánto a provincias, número y posición: la mayoría de los centros municipales se encuentran en la provincia de Valencia, se observa un déficit en la provincia de Castellón (tan sólo hay un centro de día municipal) y en referencia a la posición se contempla que los centros de día suelen estar distribuidos en la zona costera de la Comunitat, dejando grandes zonas del interior sin este tipo de recurso.
•
Los centros de día de financiación privada se localizan principalmente en la capital de la Comunidad Valenciana aunque cuentan con centros en la provincia de Alicante y Castellón. Hay que destacar la presencia de centros de día de financiación privada en algunas comarcas como la Vega Baja del Segura (Orihuela), Alto Vinalopó (Villena), La Costera (Xàtiva) o La Ribera Alta (Carcaixent) que posibilitan la existencia de este recurso ya que no hay presencia de centros de día municipales ni autonómicos.
•
El tipo de financiación predominante es la modalidad de Orden de Ayudas la cual financia a los centros de día municipales y algunos privados. La contrata y/o convenio de colaboración es la modalidad que se utiliza en los centros de día autonómicos y el concierto en los centros de día privados.
•
Los centros de día de financiación privada son los que mayor diversidad cuentan en referencia al tipo de actividad que ofertan, ya que cuentan con ambos tipos de centros (CD de Apoyo Convivencial y Educativo y CD de Inserción Sociolaboral). Se ha de destacar la implicación de los centros de financiación pública en relación a la presencia de los centros de día de inserción sociolaboral al observar la escasa presencia de este tipo en los centros de financiación pública.
4
Perfil de menores de los Centros de Día Los destinatarios de los Centros de Día son menores y jóvenes que necesitan de atención específica y que por criterios de protección, territorialidad e idoneidad del recurso son remitidos y/o inscritos en estos centros. Esta franja de la población es la que sufre más crudamente las consecuencias de las situaciones conflictivas de su entorno y carenciales de sus familias. Son menores que viven en situación de riesgo50y de exclusión social51. Al ubicarse en el contexto de los menores y ser centros abiertos, los centros de día tienen un mejor conocimiento de su realidad ayudando a interpretar mejor las situaciones en que se encuentran los excluidos, a conocer las causas que generan exclusión y a luchar contra ellas, superando sus consecuencias negativas en la vida de los menores y los jóvenes52. 50
Aquellas situaciones de desprotección caracterizados por la existencia de un perjuicio para el menor
que no alcanza la gravedad suficiente para justificar la separación del núcleo familiar. Hoy día la imposibilidad de acceder a la vida social se denomina exclusión. Este concepto va más allá del hecho meramente económico, al que se refiere el concepto tradicional de pobreza. La exclusión social supone la limitación del acceso a la educación, la cultura, la vivienda, el trabajo, etc. Es la imposibilidad de alcanzar el reconocimiento de la propia dignidad humana, el ejercicio de la ciudadanía.
51
52
La pobreza –especialmente la económica- y la exclusión presentan hoy varios aspectos importantes:
• No son realidades coyunturales sino estructurales. Son las estructuras sociales las que las provocan. La pertenencia a ciertas estructuras sociales facilita la entrada del joven en el círculo de la pobreza y la exclusión. • No tienen una única dimensión, por lo que la intervención sobre ellas ha de ser de carácter integral. No se trata, pues, de solucionar un tema económico, sino de capacitar a la persona para que esté en condiciones de ejercitar la ciudadanía.
39
Perfil de menores de los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
La Ley 1/96 de Protección Jurídica del Menor introduce el concepto de “situación de riesgo”53 entendida como aquella en la que, a causa de circunstancias personales o familiares del menor, o por influencia de su entorno, se ve perjudicado su desarrollo personal o social de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad y persistencia que fundamentarían la declaración de desamparo54 y la asunción de la tutela, sea precisa la intervención de las administraciones competentes55. A lo largo de la Orden de 2008 se pone especial énfasis y responsabilidad en los déficits socio-familiares y socio-relacionales como explicación al riesgo social que viven la infancia, haciendo escasa referencia a los déficits sociales y estructurales que causan y provocan esa vulnerabilidad familiar y socio-relacional56 “Las actuaciones para atender las situaciones de riesgo tienen un enfoque claro de carácter preventivo y positivo, pues recalca que las actuaciones de los poderes públicos se orientan a disminuir los factores de riesgo y a promover los factores de protección tanto en el niño como en su familia. De esta manera, con la incorporación de la definición se ha producido en nuestro sistema de protección unos cambios, que todavía están en desarrollo y que podrían resumirse en: • La intervención con las familias de origen como eje central de todo el sistema de protección, tanto de niños que se encuentran viviendo con sus padres como con aquéllos que han sido separados provisionalmente de ellos. • Desplazamiento, como piedra angular del sistema de protección a la infancia, de las medidas relacionadas con la separación familiar a otras relacionadas con la preservación y la reunificación familiar.
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La pobreza y la exclusión tienen manifestaciones que afectan principalmente a los jóvenes: • La creación de bolsas de marginación en la periferia de las ciudades. • La desestructuración de las familias. La existencia de un colectivo de personas en paro eventual y de larga duración o con contratos precarios. • La exclusión de grupos de jóvenes, en su proceso de inserción social, que los hunde en situaciones de riesgo (alcohol, droga, agresividad, intolerancia, abusos, malos tratos, sectas, experiencias alienantes del tiempo libre...), derivadas del fracaso educativo. • Las pobrezas que afectan especialmente a la mujer: la manipulación de los medios de comunicación social, la discriminación laboral, la explotación sexual, los abusos y malos tratos, los embarazos de adolescentes, la prostitución, la exclusión del trabajo remunerado, las consecuencias del trabajo sumergido. • Las diferencias económicas entre países del Norte y del Sur, que provocan movimientos migratorios, como simple mano de obra barata, del Sur al Norte. Similar en los países del Este y de América del Sur. Recogido de PROPUESTA EDUCATIVA SALESIANA EN LA MARGINACIÓN. En las modificaciones previstas en el anteproyecto de ley de actualización de la legislación sobre la protección a la infancia, la figura de situación de riesgo se conforma en el pilar básico del sistema de protección de menores, con el fin de salvaguardar el interés del menor, respetar los intereses de la familia biológica y agotar las posibilidades de permanencia del menor en ella.
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Queda definida como “aquella que se produce de hecho como consecuencia del incumplimiento o el imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material”. Ley 1/96 de Protección Jurídica del Menor.
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La situación de riesgo no está vinculada a la actuación de los padres sino que, su origen puede ser cualquiera. En la Comunidad Valenciana, se atribuye la competencia en la apreciación y atención a las situaciones de riesgo a las Entidades locales. 55
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FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J. V. (2012).
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La ampliación de las situaciones de desprotección del desamparo al riesgo y por tanto, del número de niños que pueden beneficiarse de las actuaciones de los poderes públicos. La incorporación de los servicios sociales y por tanto de las entidades locales al sistema de protección a la infancia haciendo que aquéllas, en las situaciones de riesgo, se hayan convertido en entidades competentes en materia de protección de menores57. La incorporación del resto de sistemas, particularmente educación, sanidad, formación y empleo, integración social, como competentes en el desarrollo de políticas de prevención dirigidas a eliminar cualquier situación potencial de riesgo o desamparo potenciando factores de protección, por tanto competentes en materia de protección de menores”58.
Como los centros de día de menores son recursos preventivos de protección a la infancia en situación de riesgo social59, son recomendables para menores que necesitan un apoyo a la socialización en su propio medio (entornos carenciales), bien porque manifiestan comportamientos de inadaptación social, o bien porque culminan un proceso de acogimiento residencial y necesitan una orientación personal, formativa, social y laboral60. Los niños/as y adolescentes y sus familias y sus contextos se sitúan en la zona de vulnerabilidad donde confluyen diferentes factores de riesgo. Muchos de estos menores viven de facto condiciones que les sitúan en una situación de desprotección o desamparo. Tendrán prioridad de ingreso aquellos menores que vengan motivados por resolución administrativa61 de las Direcciones Territoriales de Alicante, Castellón o 57 Sin embargo hemos podido comprobar en el Punto 3. MAPA DE CENTROS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA que solo la mitad de los Centros de Día son municipales. Tener las competencias no se a traducido en asumirlas y dotarlas de recursos económicos. 58
Ref. Queja nº 1107939. Queja de oficio 7/2011. SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
El hecho de que los individuos, las sociedades y los sistemas de organización social de los países más desarrollados hayan asumido el deber colectivo de proteger a los ciudadanos más vulnerables y débiles es uno de los logros más valiosos que se han producido en la evolución de la Humanidad y en especial en el caso de la protección a la infancia por el impacto que en el futuro de aquélla pudiera tener. Ref. Queja nº 1107939. Queja de oficio 7/2011. SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. 59
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En el Artículo 18 del Capítulo I del Título III de la ORDEN de 17 de enero de 2008.
Artículo 20. Procedimientos de asignación y cese de plazas en centros de día, de la ORDEN de 17 de enero de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la organización y funcionamiento de los centros de protección y el acogimiento residencial y de estancia de día de menores en la Comunidad Valenciana. La asignación y cese de plaza en centros de día de menores de titularidad de la Generalitat gestionados por la misma, requerirá resolución administrativa de la Dirección Territorial de la Conselleria competente en materia de protección de menores, previa propuesta de la comisión técnica correspondiente. En los demás centros de día de menores, no será necesario que se proceda por la Dirección Territorial de la Conselleria competente en materia de protección de menores, a resolver las altas y bajas de los usuarios del centro, sin perjuicio de poder derivar, a propuesta de la comisión técnica correspondiente, a aquellos menores, con o sin medida jurídica de protección, que precisen de este recurso. En estos casos, la entidad titular del centro de día, o aquella que lo gestiona si es de titularidad de la Generalitat, deberá, en el momento que exista disponibilidad, asignar plaza al menor. La asignación de plaza requerirá que exista, previamente, solicitud o consentimiento del representante legal del menor. Asimismo, requerirá el consentimiento del menor cuando éste fuere mayor de 12 años. 61
En las modificaciones previstas en el anteproyecto de ley de actualización de la legislación sobre la protección a la infancia, está prevista la obligatoriedad de formalización de la declaración de situación de riesgo a través de una resolución administrativa cuando se observen indicadores de riesgo significativos de desamparo, se inicie un programa de preservación familiar para evitar la separación de la familia y no exista suficiente colaboración por parte de la familia. El órgano competente para la declaración de riesgo en colaboración con los servicios de salud deben realizar actuaciones de prevención, seguimiento y apoyo de las situaciones de posible riesgo prenatal, a efectos de evitar una eventual declaración posterior de riesgo o desamparo cuando nazca el niño/a. Pero en cuanto a la apreciación de
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Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
Valencia de Bienestar Social, así como de los servicios sociales municipales. La “ORDEN de 19 de junio de 2003, de la Conselleria de Benestar Social, por la que se regula la tipología y condiciones materiales y de funcionamiento de los Centros de Protección de Menores, en la Comunidad Valenciana”, diferencia los usuarios de los centros de día en función de su tipología: •
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Los usuarios de los Centros de Día de Apoyo Convivencial y Educativo son niños y adolescentes, prioritariamente aquellos que estén en situación de riesgo o desamparo, cuyo conflicto personal, familiar, ocupacional y de inserción social requiere de un apoyo social y educativo. Los usuarios de los Centros de Día de Inserción Sociolaboral son menores de 18 años, que están en situación de riesgo o desamparo, cuyo conflicto personal, familiar, ocupacional y de inserción social requiere de un apoyo psicosocial, educativo y de adquisición de aprendizajes y conocimientos básicos de oficios manuales.
Perfil del menor y de las familias atendidas
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En las encuestas para la obtención de datos a los Centros de Día se ha recogido el perfil de menores atendidos en donde se muestran características comunes compartidas por los menores atendidos en los Centros de Día. Tales características se han clasificado en tres dimensiones que se consideran fundamentales en el desarrollo integral del menor:
1.- LA DIMENSIÓN FAMILIAR Y CONTEXTUAL, que hace referencia a las particularidades familiares y el entorno en el cual el menor se desarrolla. La familia, como primer agente socializador, es el contexto más próximo al menor por lo que son un elemento clave para consecución de los objetivos de los Centros de Día así como para que los Centros puedan desarrollar las funciones que la ORDEN de 17 de enero de 2008 les otorga. Además no hay que olvidar que en la de definición de situaciones de riesgo62, se hace referencia tanto a las “circunstancias personales o familiares del menor” que perjudican el desarrollo de los mismos.
presentar los menores en el ámbito educativo o laboral. No es de extrañar que los rasgos de ámbito educativo sean mayores que los del ámbito laboral tanto por la edad como por las oportunidades de trabajo que el contexto social y local les ofrece que suelen escasas o nulas.
3.- LA DIMENSIÓN DE HABILIDADES SOCIALES Y HÁBITOS SALUDABLES señala aquellas carencias, dificultades y cualidades que presentan los menores en torno a la relación social intra-individual e inter-individual como a la alimentación, higiene u ocio. Por último, se ha de señalar que no es que los menores y sus familias cumplan todos los atributos recogidos por la encuesta para la recogida de datos a los Centros de Día pero sí que cuentan con diferentes aspectos de cada una de las dimensiones mencionadas, lo que proporciona una gran variabilidad de sujetos y casos dentro de los Centros de Día. Al no existir derivaciones administrativas por las Direcciones Territoriales, en la mayoría de los casos, los centros, ante una mayor demanda que posibilidad de atención, se ven en la obligación de tener que estudiar y decidir sobre que menores serán los usuarios de nuestro recurso. El criterio predominante es “aquellos menores que reúnan el mayor número de indicadores de riesgo”. En muchos casos “con problemáticas aparentemente dispares y difíciles de ser satisfechas en un mismo espacio pero la flexibilidad del recurso, la diversidad de programas y la modalidad de intervención de los Centros de Día hace posible que se puedan atender de manera simultánea. En caso contrario, las familias son acompañadas y derivadas a otros recursos para lograr una solución”63.
A continuación transcribimos los listados de características que hemos detectado entre los menores de los Centros de Día: I. Dimensión familiar y contextual • • • • • • • •
2.- LA DIMENSIÓN EDUCATIVA Y LABORAL explícita los rasgos comunes que suelen situaciones de riesgo se comprueba que no existe un modelo unificado ni de procedimiento ni de resolución administrativa que pueda ser utilizado por las Entidades Locales. Ref. Queja nº 1107939. Queja de oficio 7/2011. SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. Artículo 93 de la Ley 1/96 de Protección Jurídica del Menor, explica el concepto de situación de riesgo: “Se considera situación de riesgo aquella en la que, a causa de circunstancias personales o familiares del menor, o por influencia de su entorno, se ve perjudicado su desarrollo personal o social de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad o persistencia que fundamentarían la declaración de desamparo y la asunción por La Generalitat de la tutela por ministerio de la ley, sea precisa la intervención de las Administraciones competentes, a través de los distintos servicios de apoyo a la familia y al menor”.
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Desestructuración familiar. Baja cualificación laboral. Escasez de recursos económicos (un 60% por debajo del umbral de la pobreza) Relaciones familiares deterioradas Familias multiproblemáticas. Enfermedad física o psíquica. Alcoholismo u otras conductas adictivas. Déficits de tipo psicosocial.
FERRERO, P. y PEREZ-COSIN, J. V. (2012).
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Usuarios de servicios sociales que perciben ayudas familiares por debajo del sala- rio mínimo interprofesional Familias con acogimientos y/o situaciones de desamparo. inestabilidad en la relación de pareja. Economía sumergida y/o actividades económicas ilegales. Actitudes de agresividad/violencia, pasividad/conformismo como respuesta de adaptación a las situaciones cotidianas. Habilidades educativas y pautas de crianza inadecuadas, inconsistentes, inesta- bles o muy frágiles. Desarraigo cultural, social y familiar. Viviendas en condiciones inadecuadas de habitabilidad, con falta de cuidados e inadecuada distribución de espacios. Frecuentemente, hacinamiento, especial mente en familias inmigrantes. Sobrecarga familiar en la mujer, muchas veces sola o con parejas inestables con la que la relación afectiva es conflictiva. Carencias afectivas o manifestaciones ambivalentes del afecto. Cambios frecuentes en viviendas, situación laboral, personas que conviven, adul- tos de referencia que cuidan a los menores. Procesos judiciales abiertos, civiles y penales. Salud precaria. Prostitución y/o drogadicción de alguno de los padres. Patrones de relación distorsionados (continuo de permisividad-dominio, incohe- rencia e inestabilidad en los modelos y sistemas de refuerzos y castigos inestables). Menores de una misma familia, fruto de relaciones distintas. Privación de libertad en algunos progenitores, que hace delegar la responsabili dad y el cuidado de los menores en otros miembros de la unidad familiar provocando una sobrecarga de los mismos. Viviendas sociales o de alquiler social, manifestando dificultades para mantener los pagos básicos de alquiler o agua. Las familias que no viven en viviendas socia- les lo hacen en barrios marginales. Nivel de instrucción bajo, escasa escolarización y analfabetismo generalizado. Unidades familiares desiguales, existe elevado número de familias monoparen tales y otras reconstituidas. Es frecuente el ingreso en prisión de algún miembro. Otros menores viven con los abuelos por (abandono, toxicomanías, fallecimiento...) Dificultades en la consolidación de hábitos básicos de la vida cotidiana, proble- mas en la relación con el medio, en las relaciones adultos, tutores e hijos con carencia de límites a la conducta de los menores y prácticas de parentalidad ambivalentes.
• Aislamiento social, situaciones de violencia. • Patrones educativos negativos.
II. Dimensión educativa y laboral • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
Conductas disruptivas en el aula. Absentismo escolar. Desmotivación por los estudios. Necesidades de compensación educativa. Niveles académicos muy bajos. Retraso y fracaso escolar. Necesidades educativas especiales. Falta de hábitos de estudio. Abandono de los estudios. Escaso rendimiento escolar. Dificultad de aprendizaje. Actitudes de rechazo hacia la escuela. Dificultades de adaptación al medio escolar. Lagunas en los conocimientos previos. Desajustes entre la propuesta de enseñanza y el modo personal de organizar el aprendizaje. Falta de hábitos de trabajo, métodos y estrategias. Escasa escolarización. Analfabetismo generalizado. Carencias en hábitos laborales. Falta de modelos, en su contexto social cercano, en empleos normalizados. Carencias en habilidades sociales para la búsqueda de empleo. Desconocimientos de las estrategias y recursos de acceso al empleo. Falta de cualificación profesional.
III. Habilidades sociales y hábitos saludables • • • • • • •
Dificultad en la resolución de problemas. Relaciones con grupos de iguales de alto riesgo. Dificultades de relación e interacción social. Falta de referencia afectiva adecuada y estable con los adultos y figuras parentales. Deficiencias en hábitos alimenticios, de higiene y sanitarios. con necesidades bási cas no cubiertas y carencia de hábitos saludables. Ociosidad y mal uso del tiempo libre. Bajo autoconcepto.
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Baja autoestima. Baja asertividad. Escasa capacidad empática. Inmadurez. Desequilibrio emocional o falta de equilibrio personal. Dependencia de la presión de grupo. Carencias afectivas o manifestaciones ambivalentes del afecto. Patrones de relación distorsionados (continuo de permisividad-dominio, incohe- rencia e inestabilidad en los modelos y sistemas de refuerzos y castigos inestables). Desajustes en la expresión de sentimientos y emociones. Intolerancia a la frustración. Elevadas tasas de agresividad, comportamientos destructivos, negativistas o desa fiantes, falta de hábitos (higiénicos, de orden…). Inmediatismo. Falta de autocontrol. Pasividad o desinterés. Dificultad para verbalizar sus sentimientos y emocionales y para dialogar. Baja tolerancia a la frustración. Excesiva impulsividad. Hiperactividad. Interiorización de valores marginales, desarraigo cultural y social. Dificultad para asumir normas y límites.
Con el fin de hacer más explícito el papel de los centros de día centrados en el menor y tras perfilar las características más peculiares de los menores -y familias – a los que se asiste y atiende, se considera importante la interrelación de las dimensiones propuestas para el perfil del menor con las dimensiones escogidas por diversos autores en relación con la exclusión social; ya que una de las funciones de los centros de día es la prevención de las situaciones de riesgo que finalmente, si no se toman medidas necesarias, conducen a la exclusión. Tal y como se expone en el Diccionario de Acción humanitaria y Cooperación al desarrollo64, la exclusión social es un concepto multidimensional. Entre los diversos autores que han categorizado estas dimensiones que construyen la exclusión social, podemos nombrar a García Roca (1998) quien establece que las dimensiones de la exclusión son: 64 Diccionario de Acción Humanitaria y Cooperación al Desarrollo dirigido por Karlos Pérez de Armiño y editado por Icaria y Hegoa en el año 2000. Diccionario “on line” : http://www.dicc.hegoa.ehu.es/
Perfil de menores de los Centros de Día
a) Una dimensión estructural o económica, referida a la carencia de recursos materiales que afecta a la subsistencia, derivada de la exclusión del mercado de trabajo. b) Una dimensión contextual o social, caracterizada por la disociación de los vínculos sociales, la desafiliación y la fragilización del entramado relacional; en otras palabras, la falta de integración en la vida familiar y en la comunidad a la que se pertenece. c) Una dimensión subjetiva o personal, caracterizada por la ruptura de la comunicación, la debilidad de la significación y la erosión de los dinamismos vitales (confianza, identidad, reciprocidad, etc.).
Estas tres dimensiones se pueden relacionar con las propuestas: la dimensión educativa y laboral, haría referencia a la dimensión estructural o económica. Hablamos de un conjunto de población determinado – los menores – por lo que no se puede hablar de trabajo hasta los dieciséis años por lo menos, pero sí de formación académica y también de la capacidad económica familiar. La dimensión contextual o social podemos relacionarla estrechamente por la dimensión familiar y contextual, dado que ambas dimensiones se relacionan con la desvinculación social y la desestructuración familiar. Por último, la dimensión de habilidades sociales y hábitos saludables propuesta en el perfil del menor se puede sustituir por la propuesta por García Roca, es decir, por la dimensión subjetiva o personal, porque ambas se relacionan con las habilidades sociales y personales que posibilitan la participación social y la autonomía. Por todo esto, se ha de recalcar la función preventiva de los centros de día de menores como un recurso abierto que promueva la inclusión social de los menores y familias más desfavorecidas en la coyuntura socioeconómica actual así como de las funciones educativa y de aprendizaje que en sus centros se llevan a cabo ya que son factores que conducen a la exclusión social, y más teniendo presente que la sociedad actual, que suele denominarse por los teóricos como Marina (1999), Cabrero (2001) y Castells (2000) como sociedad de la información y la comunicación, la educación, el aprendizaje, las habilidades sociales y personales junto con el acceso a las nuevas tecnologías son imprescindibles para una integración positiva en sociedad.
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La intervención en los Centros de Día
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La intervención en los Centros de Día 5.1 El papel de los Centros de DÍa en el sistema de protección a la infancia (más allá de la prevención)
A diferencia de lo que sucede con las situaciones de desamparo, en las que la Comisión de Tutela del Menor dicta un acto administrativo declarando que el menor se encuentra desamparado y acordando asumir la tutela legal del mismo, cuando se está ante una situación de riesgo social no se dicta acto similar por parte de ninguna administración. La ausencia de apreciación formal de “riesgo”, y la existencia de un mandato legal de actuación ante estas situaciones, obliga a los profesionales y a las disciplinas teóricas de referencia, a la conceptualización y apreciación del riesgo social de menores. Por ello no existe una concepción única sobre la naturaleza de estas situaciones y su forma de abordaje. La última reforma del Código Civil, en esta materia, operada por la Ley Orgánica 1/96, introduce una diferenciación entre las situaciones de desprotección de menores distinguiendo las situaciones de riesgo de las situaciones de desamparo. Así, mientras en las situaciones de riesgo, existe un perjuicio para el menor cuya gravedad no justifica su separación del núcleo familiar, en las situaciones de desamparo, la gravedad de los hechos aconseja la extracción del menor de la familia, debiendo la Entidad Pública asumir la tutela del menor con la consiguiente suspensión de la patria potestad o de la tutela ordinaria. El Artículo 172.1 del Código Civil considera como situación de desamparo: “La que se produce de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.”
Protección
La Administración pone a disposición de los ciudadanos diferentes medios para proteger a los menores que se encuentran en situación de riesgo o de desamparo. Dentro de las situaciones de desprotección la L.O. 1/96 hace una distinción entre situaciones de riesgo y de desamparo, dando lugar a un grado distinto de intervención de la entidad pública. Respecto al concepto de “riesgo”, se trata de un concepto jurídico indeterminado, ya que la propia ley sólo dispone que se trata de “situaciones de cualquier índole que perjudiquen el desarrollo personal o social del menor, que no requieran la asunción de tutela por ministerio de la Ley.” (art. 17).
Ante estas situaciones, la Ley establece claramente que la actuación de los poderes públicos deberá garantizar los derechos que asisten al menor, e irá encaminada a “disminuir los factores de riesgo y dificultad social que incidan en la situación personal y social en que se encuentra, y a promover los factores de protección del menor y su familia.”
Determinar qué grado de asistencia moral o material es exigible a los padres o guardadores resulta controvertido, ya que estos conceptos, y en especial el relativo a la asistencia moral, pueden ser interpretados de distinta forma. En relación al desamparo material existen menos dudas interpretativas, ya que está referido al deber de alimentar, proporcionar habitación, vestido y asistencia médica al menor, siendo estos aspectos más contrastables. Sin embargo, el desamparo moral no es tan fácil de definir, estando éste en conexión con aspectos más sutiles como la obligación que tienen los padres de velar por sus hijos, de relacionarse con ellos, ofrecerles afecto y proporcionarles una formación integral. En concordancia con lo expuesto, se utiliza el concepto de desamparo como término que engloba distintas situaciones de alto riesgo provocadas por la falta de atención grave de las necesidades del menor, limitando o anulando sus derechos esenciales por quienes tienen la obligación de procurárselos y respetarlos.
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La intervención en los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
Con carácter general, se consideran medidas de protección de menores aquellas actuaciones encaminadas a prevenir o erradicar situaciones de riesgo y desamparo y a garantizar el desarrollo integral del menor.
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En el marco de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad Valenciana, la Generalitat tiene entre sus objetivos la realización de actuaciones dirigidas a prevenir e impedir potenciales situaciones de riesgo o desamparo de los menores. El Título III de esta Ley otorga carácter prioritario a las actuaciones de prevención, entendiendo que evitar las causas que originan cualquier desprotección debe ser considerada acción prioritaria por todas las Administraciones y entidades públicas y privadas implicadas en la protección de menores. En el Título III se ordenan aquellos aspectos específicos de los Centros de Día de Menores, queriendo resaltar su papel como exponente de una política eminentemente preventiva de apoyo a la socialización del menor en su propio medio, de respuesta a las situaciones de riesgo en que viven un gran número de niños y adolescentes, y como apuesta clara frente al objetivo de reducción de plazas de acogimiento residencial.
Descripción de la situación actual
Según los datos que se desprenden del informe “Pobreza y privación en la Comunidad Valenciana y España: el impacto de la Gran Recesión”65 la crisis económica ha impactado de forma más intensa en los colectivos más pobres de la sociedad española en general, y de forma especialmente lacerante y descarnada en la Comunidad Valenciana. De los colectivos vulnerables, los jóvenes valencianos son los más afectados por la crisis económica, seguidos por los niños. El informe destaca que: • Más del 20% de la población de la Comunidad Valenciana es pobre. • El riesgo de pobreza en los jóvenes ha pasado a situarse en un 29%, casi uno de cada tres jóvenes están en riesgo de pobreza.
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La pobreza infantil (menores de 16 años) en la Comunidad Valenciana ha alcanzado el 24%, uno de cada cuatro niños son pobres en la Comunidad.
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Los hogares monoparentales y unipersonales llegan a duplicar la pobreza media.
El informe “La infancia en España 2012-2013” , elaborado por Unicef España, señala que los niños son los últimos responsables de la crisis de los últimos años y, sin embargo, están sufriendo sus consecuencias de forma tan o más grave que otros colectivos. Sin embargo, el impacto de la situación sobre ellos está siendo casi invisible, cuando son los que menos capacidad tienen para enfrentarse a la crisis y a sus consecuencias. Según los datos que se desprenden de este informe: • Los niveles de pobreza infantil han superado el 26%. • Hay casi 205.000 niños más que viven en hogares con unos ingresos 66
Lo que caracteriza a la prevención es su acción en el tiempo, que puede darse antes de la aparición de un problema (es lo que se conoce como prevención primaria), al inicio, continuación y empeoramiento del problema (prevención secundaria) y la intervención asociada al problema (prevención terciaria). La prevención engloba medidas y actuaciones que se realizan para detener procesos de deterioro social y favorecer el buen desarrollo del menor y sus familias. Volviendo al Punto 1. Definición, finalidad y funciones de los Centros de Día, de este documento recordamos que: “Los Centros de Día son recursos abiertos, insertos de manera activa y participativa en la zona donde se ubican, que cumplen una función preventiva, educativa y rehabilitadora. Su función preventiva está centrada tanto en las necesidades que se detectan como en aquellas que van surgiendo, en la atención de aquellos colectivos de menores en situación de marginación social y en ofrecer una respuesta a las situaciones de riesgo y conflictividad en el propio entorno social del menor y sus familias. La problemática que afecta al menor no se soluciona siempre extrayendo al mismo de su ámbito familiar y entorno”. En estas situaciones de conflicto y como función preventiva, los Centros
de Día cumplen el papel de mediadores entre las instituciones y los menores y sus familias, desarrollando un trabajo de apoyo y colaboración estrecha con instituciones educativas y de protección con la familia y con los propios chicos y chicas.
por debajo del umbral de la pobreza.
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La intensidad de la pobreza. El 13,7% de menores de 18 años viven en hogares con un nivel de ingresos por debajo del 40% de la media (pobreza alta).
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La pobreza crónica alcanza el 16,7%.
Según la Encuesta de Población Activa, en el 4º trimestre de 2012 la tasa de paro entre jóvenes de 16 a 19 años era del 60,32%. El total de jóvenes menores de 25 años el 49,55%. 65 “Pobreza y privación en la Comunidad Valenciana y España: el impacto de la Gran Recesión” (Observatorio de Investigación sobre la Pobreza y la Exclusión en la Comunidad Valenciana --integrado por la Universidad CEU Cardenal Herrera, Cáritas Comunidad Valenciana y la Fundación FOESSA) 66
‘La infancia en España 2012-2013’ (Unicef España)
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La intervención en los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
Se deriva del perfil de los/as menores atendidos/as, del perfil de las familias y de las realidades arriba descritas que los colectivos en riesgo de exclusión social integran una diversidad de factores desequilibrantes, que aumentan las probabilidades de sumergirse en procesos de marginación e inadaptación. Así los Centros de Día intervienen directamente en las situaciones de riesgo que sufren los/as menores y sus familias atendiendo a sus necesidades: • • • • • • •
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Básicas de primer orden. Socioemocionales. Relacionales. Socioeducativas. Lúdicas. Axiológicas. Laborales.
Menores, adolescentes y familias viven abocadas al deterioro y al agravamiento social; concurren necesitadas de formación, ayuda, orientación, asesoramiento, mediación y de diferentes impulsos como alternativa para acceder a nuevas oportunidades que permitan transformar o reconstruir su realidad en igualdad de oportunidades. El siguiente gráfico refleja el tipo de familias con las que trabajan los Centros de Día:
ENCUESTA 2011
Tipos de familias con los que trabajan los Centros de Día TIPOLOGIA DE FAMILIAS
FAMILIAS MONOPARENTALES
38% Monoparentales
12% Padre 49% Nucleares
13% Reconstruidas
Fuente: Elaboración propia
79% Madre
9% Abuela
Los Centros de Día, trabajan directamente con las familias de los menores atendidos a través de las siguientes actividades: ENCUESTA 2011
Actividades realizadas con las familias Programa específico de atención de familias
38%
Tuorías
67%
Mediación menor-familia
71%
Escuela de padres Reuniones informativas
21%
Intervención en el área socio-familiar
58%
Intervención en captación educativa
88%
Intervención en captación de hábitos salufdables
79%
Intervención en captación de habilidades sociales
63%
88%
Fuente: Elaboración propia
5.2 Proceso y metodología de intervención en los Centros de Día Los Centros de Día surgen como respuesta a la crisis en las que se encuentran expuestos menores, adolescentes y familias en sus diferentes planos de desarrollo y en los distintos momentos de sus vidas. Entre las situaciones de peligro social se encuentran la falta de apoyos y recursos. Los Centros de atención a menores asumen la mediación, la orientación, el acompañamiento y el seguimiento como estrategias compensadoras de personas de apoyo y de referencia. El menor no es culpable ni responsable de la situación de riesgo en la que está inmerso, sino que es víctima de su propia situación familiar y de las consecuencias que se derivan de ella, proyectándose dichas consecuencias en el centro educativo, con sus iguales o en el barrio (su contexto). Por tanto, para que el Centro de Día trasforme la realidad social de los menores, no se puede dejar a un lado el trabajo con la familias, ni tampoco la coordinación con los centros educativos, ni con las instituciones y/o agentes sociales del entorno, porque si no, estaremos obviando de dónde emanan los riesgos para el menor. La metodología de trabajo permite construir desde la vinculación profesional el referente; ella es la clave que permite llegar a los objetivos con eficacia. Los Centros de Día marcan una metodología de trabajo que se define a partir de los siguientes ejes:
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Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
La intervención en los Centros de Día
1.- Apoyo en los procesos individuales
ellos la relación con una persona adulta significativa (el educador o educadora de referencia) que reafirme al niño, niña o adolescente en la confianza en sí mismo, que lo motive y que sea capaz de mostrarle una aceptación incondicional. 3. Trabajar, a través de las diferentes actividades y programas, en aspectos de la personalidad como:
El Centro de Día estimula en los jóvenes la capacidad de tomar la iniciativa mediante la participación en las decisiones que les competen, en definitiva siendo protagonistas y responsables de las bases de su propio proyecto de vida. La participación de los niños, niñas y adolescentes en la organización y funcionamiento del Centro de Día es una de las herramientas básicas para conseguir un adecuado desarrollo y bienestar del niño, niña o adolescente. La utilización de estrategias de participación adecuadas a cada edad y nivel de madurez resulta en la práctica uno de los mejores apoyos con los que cuenta el trabajo educativo. Especialmente en la adolescencia, la acción protectora y la intervención educativa deben basarse en la búsqueda de acuerdos y metas compartidas entre el o la profesional y el niño, niña o adolescente, por lo que la participación se convierte en una parte esencial del proceso. Se enfatizan los conceptos de autonomía e independencia como base para integrarse en la sociedad con garantías de éxito. Las acciones irán enfocadas hacia la formación en resolución de problemas y dificultades, desarrollando habilidades, potenciando capacidades, mostrando recursos y sobre todo dando la oportunidad de que ellos mismos gestionen la construcción de su futuro. 2.- Promoción de la Resiliencia
El trabajo educativo en los Centros de Día está enfocado a promover factores de resiliencia en los niños, niñas y adolescente, es decir, dotarles de los recursos personales suficientes para lograr un desarrollo adecuado pese a vivir en entornos familiares disfuncionales. La resiliencia debe considerarse como el resultado del equilibrio entre factores de riesgo, factores protectores y aspectos concretos de la personalidad. De esta manera un niño, niña o adolescente llega a ser una “persona resiliente” cuando es capaz de utilizar los factores protectores de los que dispone para crecer y desarrollarse adecuadamente, llegando a madurar como una persona adulta competente pese a enfrentarse a situaciones adversas. Teniendo en cuenta estos planteamientos, la intervención desde los Centros de Día se sitúa a tres niveles: 1. Minimizar los factores de riesgo ofreciendo un entorno seguro y estable donde los niños, niñas y adolescentes vean cubiertas sus necesidades. 2. Potenciar los factores protectores, siendo el más importante de todos
• La competencia social: promoviendo la relación con el grupo de iguales y el desarrollo de comportamientos prosociales, incluyendo el trabajo en habilidades para comunicarse, mostrar empatía y demostrar afecto. • La capacidad para la resolución de problemas: fomentando una buena capacidad para la resolución de conflictos, lo que incluye un pensamiento abstracto reflexivo y flexible, así como la posibilidad de intentar soluciones nuevas para problemas conocidos, ya sean cognitivos o sociales. • La autonomía: trabajando el sentido de autoeficacia y de la propia identidad, así como la capacidad de control interno, autodisciplina y control de los impulsos. • El sentido de propósito y de futuro: potenciando factores como las expectativas positivas y saludables, la motivación del logro y el sentido de la anticipación y de la coherencia.
Evidentemente, la predisposición de nuestros usuarios, su implicación, y el reconocimiento de su situación, permite promover el cambio social. La metodología de los Centros de Día consiste en romper con los estereotipos y barreras psicológicas de los beneficiarios para predisponer el cambio. El modelo de promoción de la resiliencia implica un tipo de intervención socioeducativa que promueve procesos que involucran al niño, niña o adolescente y a su entorno, ayudándolo a superar la adversidad (y el riesgo), a adaptarse a la sociedad y a tener una mejor calidad de vida. 3.- La coordinación
La marginación y la exclusión social tienen un origen multifactorial ocasionado por diversos elementos, entre los que se encuentran el desempleo, la salud e higiene, la vivienda, la educación, las relaciones sociales, la personalidad, etc. Por tanto, las actuaciones a realizar corresponde configurarlas desde la multidimensionalidad, dando origen al establecimiento de unos canales de coordinación con los profesionales (maestros, personal de los SS.SS, Servicios de Salud, etc.) que intervienen con los menores y sus familias, creando espacios de trabajo multidisciplinares.
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La intervención en los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
Los Centros de Día actúan como mediadores entre menores y familias por un lado, y los agentes sociales por otro. El día a día se compone de acciones y actuaciones que giran en torno a la satisfacción de nuestras necesidades, ya sean alimenticias, higiénicas, laborales, escolares, de ocio y tiempo libre, etc., que favorecen entre otras cosas el bienestar social, personal y familiar. Dependiendo de los casos y de la situación en la que se encuentren los sujetos, existen individuos que no pueden satisfacer muchas de estas necesidades. La labor del Centro de Día no es otra que la de mediar para que dichas necesidades sean satisfechas o compensadas, articulando entre otros aspectos los recursos comunitarios a su disposición. 4.- La intervención desde la educación formal, no formal e informal
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La intervención del Centro de Día consiste en compensar y apoyar las dificultades institucionales. Los indicadores de riesgo relacionados con el ámbito escolar son abordados fuera de su horario con programas de apoyo y refuerzo, tutorías individualizadas, fortalecimiento de los aprendizajes básicos, habilidades sociales, tareas difíciles de acometer en la escuela, etc. También dentro del horario escolar a partir del desarrollo de Programas de escolarización compartida y programas propios específicos de los centros. La ociosidad es un indicador de riesgo con un potencial muy elevado, especialmente en menores, y adolescentes. El horario extraescolar merece estar estructurado y canalizado positivamente hacia la adquisición de hábitos, valores y actitudes que lo catapulten hacia la adultez en las mejores condiciones posibles. 5.- Relación vinculada por el afecto
La estructuración básica de la personalidad es un proceso que se produce desde la vinculación y las figuras de referencia, con una presencia en la vida de los menores continuada, en la que entre otras cosas se adquieren patrones de comportamiento, valores, formas de pensar y de proceder que posteriormente incorporará a sus estructuras socio-comportamentales. Muchas de las personas atendidas, a causa de su desestructuración, no llegan nunca a hacer un proceso normal. De aquí se desprende lo importante que es la relación vinculada por el afecto, de manera que la intervención educativa sea lo más efectiva posible. Por ello, se favorecen, potencian y estimulan las relaciones humanas. Nuestra experiencia nos dice que la intervención con colectivos en riesgo tiene que hacerse desde la vinculación afectiva hasta conseguir lazos de afinidad.
6.- La intervención familiar
Las familias provienen de ambientes desestructurados y con un potencial de riesgo muy elevado, la intervención se centra por tanto en el fomento de los procesos que conduzcan a una mejora de la estructura familiar, ya sea desde un punto de vista emocional, relacional o material, así como en estimular los recursos personales que los individuos de la familia puedan desarrollar. Es decir, hay que hacer un trabajo socioeducativo que lleve a crear dentro de la familia unas dinámicas estables y satisfactorias para sus miembros; relaciones que, por otro lado, sepan encontrar los elementos y las herramientas adecuadas para superar las situaciones conflictivas. El trabajo educativo en los Centros de Día parte, necesariamente, del objetivo general del centro ofreciendo a los niños, niñas y adolescentes que participan en sus actividades un ambiente seguro y protector capaz de constituirse en un entorno de convivencia que promueva los vínculos afectivos y de apoyo que necesitan, tanto con los y las profesionales como con el grupo de iguales. Esto supone asumir una tarea de “apoyo” y “complemento” a las funciones básicas de cualquier familia, entre las que podemos destacar las siguientes: • Satisfacer las necesidades básicas de los niños, niñas y adolescentes, asumiendo que para llevar a cabo esta tarea necesita del apoyo de otras personas (familia extensa, amistades,…) e instituciones (sanitarias, educativas, sociales,…). • Ser fuente de información y transmisión de valores. • Actuar como grupo control donde el niño, niña o adolescente adopta comportamientos socialmente deseables. • Ofrecer modelos de imitación e identificación, sin necesidad de que los niños, niñas y adolescentes experimenten directamente multitud de aspectos de la vida cotidiana. • Ayudar y enseñar cómo se debe reaccionar y actuar en situaciones estresantes, buscando respuestas adecuadas y compartiendo emociones. • Servir como “refugio” y lugar de consuelo sabiendo que el niño, niña o adolescente es aceptado de forma incondicional. • Ser un lugar de participación activa de los niños, niñas y adolescentes, asumiendo su papel en las decisiones que les afectan y colaborando en la realización de tareas.
Estas funciones propias de la familia pueden ser fácilmente trasladables a las funciones y tareas que asume un Centro de Día, sin caer en el enfoque paternalista y de beneficencia que provoca en los niños, niñas y adolescentes una fuerte depen-
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La intervención en los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
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dencia del cuidado institucional, y buscando que las intervenciones y el trabajo educativo sea capaz de promover los factores de resiliencia que toda persona tiene, dotando al niño, niña o adolescente de los recursos personales y de apoyo suficientes para tener un desarrollo adecuado a pesar de vivir en un entorno disfuncional. Las principales estrategias del trabajo educativo en los Centros de Día se construirán teniendo en cuenta que cualquier intervención variará, necesariamente, en función de las características de los niños, niñas, adolescentes y familias que participan en las actividades y de los recursos disponibles, tanto en el Centro de Día como en el municipio o mancomunidad, y que se completará con el desarrollo de programas específicos dirigidos a responder a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes. Cuando hablamos de necesidades, queremos decir que todo niño, niña o adolescente merece desarrollarse de forma óptima y completa, y que para ello necesitan cumplirse determinadas condiciones y cuidados. Estas necesidades son de naturaleza biológica y social y en el caso de los niños, niñas y adolescentes que participan en las actividades de los Centros de Día, éstas pueden clasificarse en tres grupos:
grupo del que forma parte, el que sea capaz de detectar y analizar sus necesidades y contribuya a aportar soluciones, utilizando sus propios recursos y los de su familia, junto con los que le ofrece el Centro de Día y el entorno comunitario.
A) NECESIDADES DERIVADAS DE LA ETAPA DE DESARROLLO: cada niño, niña o adolescente por el hecho de ser fundamentalmente una persona en desarrollo presenta en cada etapa unas necesidades específicas. El trabajo educativo se basa en la evaluación del punto de desarrollo y crecimiento de cada caso y de una atención dirigida a las necesidades propias de cada edad.
La orden del 17 de enero de 2008 de la Consellería de Bienestar Social establece el funcionamiento de los Centros de Día y estipula los márgenes de obligado cumplimiento en nuestra intervención, pero nosotros vamos más allá. La realidad es que ofrecemos gran cantidad de servicios que exceden de esos márgenes marcados en la citada norma pero que apoyan y refuerzan la intervención socioeducativa tanto en los menores como en sus familias El documento de conclusiones del 4º Encuentro de Centros de Día de Menores de la Comunidad Valenciana “Prevención, Promoción y Protección”67, recoge el trabajo realizado por las 29 entidades allí reunidas. En concreto, con respecto a los recursos, estrategias socio-educativas y servicios desarrollados en los Centros de de Día se dividió la actuación en torno a cuatro ámbitos fundamentales.
B) NECESIDADES DERIVADAS DE LA EXPERIENCIA DE DESPROTECCIÓN: la situación de cada niño, niña o adolescente que llega a un Centro de Día está muy condicionada por las vivencias de desprotección que han experimentado. Las consecuencias de haber sufrido maltrato físico, o emocional, abuso sexual, negligencia o abandono, son muy distintas y requieren reforzar educativamente diferentes aspectos. C) NECESIDADES DERIVADAS DE CADA CASO: Ante la diversidad de necesidades de cada niño, niña o adolescente no cabe más opción que realizar el trabajo educativo guiado por una programación individual de objetivos que traten de atender las necesidades más relevantes de una manera ordenada y justificada.
5.3 Servicios y programas Las actividades y programas que se realizan en los Centros de Día se organizan teniendo en cuenta que: • Toda la organización, actividades, programas,… del centro estará en función de los intereses y necesidades de los niños, niñas y adolescentes, asegurando una atención adecuada y el respeto de sus derechos. • Las actividades tendrán una finalidad eminentemente educativa, con un carácter individualizado que respete las características de cada niño, niña o adolescente.
Ámbito de servicios:
Servicios que exceden de esos márgenes marcados en la citada norma pero que apoyan y refuerzan la intervención socioeducativa tanto en los menores como en sus familias. 4º Encuentro de Centros de Día de Menores de la Comunidad Valenciana “Prevención, Promoción y Protección” celebrado en Valencia el 16 de noviembre de 2012. Las 29 entidades reunidas (Acaronar, Acollida. Alborgí (Paterna), Amaltea, Andares (Barrio Cristo), Arca de Noé, Centre Inserció Tavernes Valldigna, C.D. inmigrantes Círculo Católico (Torrent), Centre Obert (Quart de Poblet), COEESCV (colegio educadores sociales), Don Bosco, El Cerezo, Entre Amics, La Inmaculada (Xátiva), Laura Vicuña, Levante Diagrama, Malvarrosa, Manantial, Nazaret, Parke Alcosa (Alfafar), Periferia, Sambori (Ontinyent), Santos Patronos, Sed-vies, SS.SS. Bunyol, Taleia, Universitat València, Molí de Magalló (Silla), Centro Amics ( Lliria)).
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En todos los casos se fomentará, en la medida de lo posible, procesos de investigación-acción participativa de manera que sea cada niño, niña o adolescente, y el
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La intervención en los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
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• • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
Orientación laboral Búsqueda de empleo Formación en empleabilidad. Derivación a recursos especializados. Revisión médica. Derivación y acompañamiento a servicios médicos y centros especializados. Gestión de material escolar. Servicio de merienda. Formación de voluntarios Banco de libros escolares. Servicio de biblioteca. Ropero. Servicio de reparto de comida. Escuela de padres. Intervención familiar Gestión de subvenciones para material escolar. Atención psicológica. Asesoría jurídica. Trabajo Social. Servicio de lavandería. Servicio de ducha. Tratamiento contra piojos. Servicio de comedor. Becas de comedor en colegios. Gestión de bono-libro. Servicio de almuerzo/desayunos. Servicio de despertador Ayudas para transporte. F.M.E (Formación Modalidad Exclusión) Asesoramiento y acompañamiento en la gestión burocrática. Servicio de información sobre becas, ayudas, etc. Servicios de acceso a internet. Servicio de peluquería.
Relación de los Centros de Día con otras entidades y asociaciones del entorno más cercano. Listado de instituciones con las que trabajamos en red: • • • • • • • • • • • • • •
ervicios sociales. S Colegios. Institutos. Centro de salud. SEAFIs. Centro de 3ª edad. Centro de inmigrantes. Cáritas interparroquial. Centro de planificación familiar. Movimientos juveniles. Emisoras de radio de barrio. Asociaciones de mujeres. Gabinetes psicotécnicos. Colaboración con organizaciones del ámbito social del municipio o ciudad.
En segundo lugar las actividades a través de las cuales participamos activamente en el barrio. Hemos de tener en cuenta que estas actividades e iniciativas son propias de cada zona y por ello, muy probablemente, no puedan generalizarse al resto, pero dan una idea de nuestra presencia en el entorno y del potencial que estas iniciativas locales pueden tener para nuestra intervención. • • • • • • • • • • •
Feria de internacionalización. Diada vecinal. Fiesta de Halloween (asociación de vecinos). Semana intergeneracional (Servicios sociales) Carnavales (AMPA y asociaciones de barrio) Semana contra la violencia de género. Semana de la infancia. Jornadas interculturales. Comisión de familia e infancia de los ayuntamientos. Creación de la liga Master de fútbol sala. Creación del Club Deportivo “Atlètic Club Na Rovella”, abierto al barrio.
Ámbito del entorno social:
Cada CD se encuentra ubicado en una zona con características, población, instalaciones comunitarias, instituciones sociales propias con las que debe relacionarse.
Un tercer aspecto del ámbito de participación en el entorno social de los centros es el uso que hacemos de las instalaciones comunitarias que el entorno ofrece. • Patios de los colegios e institutos.
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La intervención en los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
• • • • •
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Piscinas municipales. Huertos. Instalaciones deportivas. Teatro municipal. Bibliotecas municipales.
Además: • Acercamos y mediamos para el entendimiento entre el sistema formal en todos los niveles (administración, educación, justicia, seguridad,..): traduciendo, mediando y orientando a las familias y menores. • Mediamos, trabajamos y coordinamos con el sistema educativo: Institutos/ colegios participando en el reciclaje del profesorado (nuevas estrategias, relación, nuevas prácticas,..) y estableciendo además redes de trabajo. • Mediamos y trabajamos con el sistema de reforma dando contenido al desarrollo de las medidas judiciales facilitando la integración en el medio abierto. • Mediamos y trabajamos con el sistema de protección del menor dando contenido y recursos a Centros de acogida, residencias y Centros de reforma. • Realizamos denuncias y difusión de la situación social y dejación de las personas con quien trabajamos. • Trabajamos el ámbito comunitario y la dimensión política, realizando eventos, campañas, creando redes, participando y viviendo la vida y problemas de los barrios, siendo lugares de referencia.
• Programa de prácticas en empresas, formación en Centros de trabajo. • Programas de seguimiento, procesos e itinerarios educativos y de inserción con cada uno de los jóvenes y menores que participan. • Procesos de orientación e inserción laboral. • Desarrollamos e implementamos grupos de empleo: para la mejora y desarrollo del proceso de inserción laboral. • Apoyo escolar individual y grupal. • Entrenamiento en técnicas de estudio. • Actividades específicas de educación en valores, actitudes y normas. • Programas Experimentales de Escolarización Compartida (Programa Contrato). • Programas de obtención del graduado: llevando a cabo cursos y preparando las asignaturas. • Refuerzos educativos trabajando competencias básicas. Ya sea dentro del currículo a trabajar, de manera transversal o apoyando situaciones que necesitan adaptación individual. • Contactamos y realizamos seguimientos con el ámbito educativo: IES, Centro de educación a distancia. • Programas de Tiempo libre: salidas formativas y lúdicas, acampadas, actividades deportivas (Ligas y campeonatos)… • Tutorías individuales. • Dinámicas de grupo. • Actividades dirigidas a desarrollar hábitos de alimentación sana.
Ámbito de la participación: Ámbito socioeducativo:
Este ámbito incide directamente en el punto fundamental de nuestra intervención. Se trata de la columna vertebral de nuestro trabajo. Presentamos aquí una relación de recursos educativos que utilizamos desde los centros así como de actividades y talleres: • T alleres educativos: manualidades, informática y nuevas tecnologías, habilidades sociales, deportes, cocina, baile y “body combat”, imagen personal, música y guitarra “disc-jockey”, teatro y artes escénicas, percusión, cuentacuentos, animación lectora… • Trabajamos de manera directa o transversal: habilidades sociales, arte, educación para la sexualidad y la salud, consumo y abuso de drogas, educación en valores,…. • Talleres laborales y pre-laborales: con o sin Certificación “oficial”. • Programas de cualificación Profesional Inicial.
Este cuarto y último ámbito de trabajo se refiere al modo en que desde nuestros centros canalizamos y motivamos la participación de los menores en las decisiones que influyen en el día a día. Preparar a los menores para una vida plena e integrada en la sociedad es entrenarles para hacer un uso responsable de su capacidad de participación en la misma. Hablamos de una participación activa en el entorno que les rodea y que debe empezar en la participación en el Centro como escenario privilegiado para su entrenamiento. Estos son algunos ejemplos de cómo los menores participan y se hacen oír en nuestros centros y de cómo y cuánto les escuchamos los educadores. • Asamblea semanal de grupo. • Asamblea general (donde se votan democráticamente las normas de convivencia para el curso y se evalúan al final de curso).
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La intervención en los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
• Buzón de sugerencias y tablón de resolución de propuestas (aceptada/ rechazada/ en curso). • Encuestas de satisfacción del cliente (menores y familias). • Consenso de normas de grupo. • Participación de adultos/padres en actividades del centro. • Entrevista inicial con los menores donde se proponen y deciden los talleres a realizar. • Tutorías personales periódicas. • Evaluación de actividades, acampadas, etc. • Figura del representante de grupo educativo que hace de nexo de unión con el equipo de educadores. • Consejo de grupo educativo. • Consejo de centro. • Tribunal de la convivencia. • Dinámica “felicito, critico, propongo”.
Ámbito familiar:
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En cuanto al apoyo, seguimiento y acompañamiento familiar, se considera como premisa que el trabajo solamente con el menor queda incompleto, que la familia es fundamental en el desarrollo del menor y por tanto hay que contar con su compromiso. Existen una serie de necesidades manifiestas en las familias y no existen recursos/servicios para atenderlas. También queda patente la diversidad de perfiles profesionales que realizan la intervención con las familias en los Centros de Día, así como las diferentes formas de intervención, condicionado todo por los recursos humanos y estructura de cada centro. Las acciones dirigidas a la atención y/o intervención con las familias que se realiza desde los Centros de Día destacamos: • Educador/a referente de cada menor y de la respectiva familia. • Seguimiento familiar (comunicación y coordinación) mediante reuniones presenciales o telefónicas periódicas. • Establecimiento de acuerdos con las familias para la intervención con los menores. • Apoyo psicosocial. • Atención psicológica. • Encuentros formativos de madres/padres. Escuela de padres. • Grupos de apoyo o experienciales. • Asesoramiento jurídico. • Apoyo escolar para madres/padres.
• Talleres de costura, informática, etc. dirigidos a madres/padres. • Participación e implicación de las familias en actividades del Centro (salidas, comidas, realización de tareas concretas, etc.) • Acompañamiento y/o derivación a servicios específicos y/o especializados (Salud mental, SEAFI, SS.SS, médicos, etc.) • Mediación familiar • Programas de familia orientados a la intervención específica en casos de alto riesgo o desprotección de los menores que desarrollan acciones concretas. • Orientación a la familia para establecer pautas y límites con los menores.
istado de principales actividades realizadas con los menores en los L Centros de Día desprendidas de una encuesta de elaboración propia (2011) I. Refuerzo Educativo • • • • • • • •
Proyecto Educativo Individualizado (PEI) – Tutorías. Aula Abierta en el Centro. Apoyo Escolar Individual. Grupo de Estudio. Grupos Educativos - Dinámicas Grupales. Atención Logopedia. Psicomotricidad. Dotación de Equipamiento Escolar
II. Educación no Formal • • • • • • •
Centro Abierto con multi-actividades. Colonias Urbanas. Campamentos. Travesías. Actividades extraordinarias Fiestas y celebraciones.
III. Apoyo Educativo Familiar • • • •
Atención Social a las familias. Espacios Familiares. Talleres educativos familiares. Ayudas económicas.
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La intervención en los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
5.4 Derivaciones a los Centros de Día
IV. Inserción Sociolaboral • • • • • • • • • • • • • • •
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Orientación Laboral y Búsqueda de Empleo. Formación para el Empleo-Talleres Formativos. Atención y terapia psicosocial Atención Psicológica Personalizada. Talleres Acompañamiento educativo Terapéutico. Talleres Terapéuticos Grupales. Promoción de la salud Alimentación. Higiene personal. Lavandería y Dotación de Ropa y calzado. Revisiones Médicas. Suministro de medicamentos. Formación Talleres específicos de formación familiar. Formación del equipo educativo del centro
El Centro de Día es un recurso esencial tanto para evitar el desamparo en menores en situaciones carenciales graves como para posibilitar la reincorporación social de aquellos menores que han pasado por procesos de institucionalización derivados de la asunción de la tutela por parte de la administración (o provenientes del sistema de reforma) y que requieren de un proceso gradual de vuelta a su contexto de origen. La legislación mantiene que el menor en riesgo ha de conservarse siempre que sea posible en el entorno cercano, siendo la red de Centros de Día una herramienta de los Servicios Sociales Especializados imbricada en el territorio la que juega un papel similar al que los Centros de especialidades del sistema de salud juegan junto a la red de atención primaria generalista. La orden de 17 de enero de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la organización y funcionamiento de los centros de protección y el acogimiento residencial y de estancia de día de menores en la Comunidad Valenciana. [2008/738] en su Capítulo II:
ENCUESTA 2011
Actividades realizadas con los menores Refuerzo educatico
96%
83%
Promoción de la salud
Educación formal
92%
92%
Formación
Apoyo educativo familiar
96%
25%
Servicio externo de comedor
Insercion sociolaboral
83%
25%
Servicio externo de limpieza
Atención y terapia psicosocial
67%
54%
Servicio externo de gestoría
Fuente: Elaboración propia
AtenciónAtención a las necesidades a las necesidades básicas básicas
91% Si
91% Si
9% No
9% No
ServiciosServicios y Programas y Programas ofrecidosofrecidos Refuerzo educatico Refuerzo educatico
100%
100%
Educación noEducación formal no formal
73%
73%
Insercion sociolaboral Insercion sociolaboral
54%
54%
Atención y terapia Atención psicosocial y terapia psicosocial
50%
50%
Promoción dePromoción la salud de la salud
73%
73%
Formación Formación
54%
54%
Prog. de intervención Prog. de intervención familiar familiar
64%
64%
100%
100%
50%
50%
Ocio y tiempoOcio librey tiempo libre Otros servicios Otros servicios
Porcentaje de los Porcentaje centros que de los ofrecen centros el servico/programa que ofrecen el servico/programa
Artículo 20. Procedimientos de asignación y cese de plazas en CD cita: “La asignación y cese de plaza en centros de día de menores de titularidad de la Generalitat gestionados por la misma, requerirá resolución administrativa de la Dirección Territorial de la Conselleria competente en materia de protección de menores, previa propuesta de la comisión técnica correspondiente. En los demás centros de día de menores, no será necesario que se proceda por la Dirección Territorial de la Conselleria competente en materia de protección de menores, a resolver las altas y bajas de los usuarios del centro, sin perjuicio de poder derivar, a propuesta de la comisión técnica correspondiente, a aquellos menores, con o sin medida jurídica de protección, que precisen de este recurso. En estos casos, la entidad titular del centro de día, o aquella que lo gestiona si es de titularidad de la Generalitat, deberá, en el momento que exista disponibilidad, asignar plaza al menor. La asignación de plaza requerirá que exista, previamente, solicitud o consentimiento del representante legal del menor. Asimismo, requerirá el consentimiento del menor cuando éste fuere mayor de 12 años”.
Desde el punto de vista del uso de recursos concertados tiene sentido que las plazas de CD sean asignadas desde las Direcciones Territoriales (a propuesta de los SS.SS Municipales) garantizando el reparto de los casos en función de las necesidades detectadas y del territorio y, lo que es más importante, el seguimiento de los casos.
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La intervención en los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
En efecto, el 75% de las derivaciones a estos centros proceden o de la administración local o de la autonómica si bien, dependiendo del territorio, se dan casuísticas diferentes habiendo direcciones territoriales que consideran adecuado formalizar las derivaciones de los menores a los CD y otras que no lo hacen. En todo caso, los CD concertados mantienen regularmente informados en toda la CV a las direcciones territoriales correspondientes de la nómina de menores que acuden a los mismos, con lo que a todos los efectos la información está disponible para el seguimiento de casos. 
Procedencia de las derivaciones 24% Otros
3% MMJJ 47% Ayuntamiento
68
23% Consellería
especialmente curiosa la ausencia de los CD en esta estructura cuando, a menudo, son los recursos que más contacto (e información) tienen con las familias y los menores y por lo tanto una capacidad de intervención más directa en el objetivo de reducir el riesgo de desamparo. Es urgente articular los mecanismos que integran de facto estos recursos clave del sistema de protección como centros especializados con un gran papel en la detección, diagnóstico e intervención sobre la realidad de los menores más vulnerables. Parece factible establecer un modelo similar al que se utiliza en los CD de drogodependencias en los que, a través de un sistema informático común, los Centros Municipales de Servicios Sociales y los Centros de Día (ambos detectores principales de problemática en el territorio) pudieran colaborar en el diagnóstico para que los primeros elevaran propuesta de derivación a la Dirección Territorial correspondiente, activando diferentes protocolos y propuestas según la necesidad requiera de un CD convivencial, un CD de inserción, un centro residencial, un SEAFI… o varios recursos. Un sistema de estas características evitaría el colapso del sistema y aseguraría la supervisión por parte de los últimos responsables del Sistema de Protección, que son los técnicos de la Conselleria de Bienestar Social, mientras se garantizan respuestas ágiles, adecuadas y cercanas al territorio ante situaciones tan delicadas.
Fuente: Elaboración propia
Por otro lado la distribución territorial de los centros, la desproporción entre el número de plazas concertadas y la demanda real hace imposible un sistema de asignación directa ya que es un sinsentido en la mayoría de los casos enviar un menor a un CD alejado de su domicilio familiar. La mayoría de los CD tienen un fuerte arraigo territorial que los convierte en referentes privilegiados ante los menores y las familias y muchas veces en primeros detectores de necesidad siendo la fuente inicial de la derivación. Parece necesario pues, formalizar la coordinación de modo que participen de manera activa los diferentes niveles del Sistema de Protección de menores, a saber: • Dirección Territorial • C.M.S. Sociales • Centros de Acogida • Centros de Día Actualmente no existe ningún mecanismo de coordinación formal entre estos actores para el seguimiento de casos o acompañamiento de propuestas. Resulta
5.5 Logros y bondades de los Centros de Día •
Los Centros de Día de menores basan el modelo de intervención en el desarrollo de programas de implantación comunitaria en el que se considera esencial el desarrollo de servicios ubicados en la cercanía de las familias, integrados en la propia comunidad local, con un modelo no solo reactivo (a demanda de los ciudadanos y ciudadanas y de los casos detectados) sino también proactivo (realizando actividades de prevención, detección y coordinación). Realizamos un trabajo basado en el apoyo cercano, el empleo de recursos locales y con un uso más eficiente de las intervenciones.
•
Labor de detección de situaciones de riesgo y vulnerabilidad. El paso de una situación de riesgo a una situación de desamparo tiene consecuencias de muy largo alcance y costo a todos los niveles para los/as menores, sus familias y el sistema en general. La intervención eficaz en una situación de riesgo evita el desamparo (reducción de plazas de acogimiento residencial) y las graves y costosas consecuencias (reducen-evitan las medidas ju-
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La intervención en los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
•
•
70 •
diciales, fracaso escolar) para los/as menores, sus familias y el sistema en general.
•
Conseguimos trabajar y desarrollar valores: solidaridad, compañerismo, grupo…
Los Centros de Día defienden la protección de la inversión en la infancia y adolescencia. La protección de la igualdad de oportunidades para la infancia, además de ser una cuestión de ética y justicia, es una apuesta estratégica y transformadora, beneficiosa para el desarrollo sostenible de la sociedad. Los costes de no actuar ahora no sólo afectan a los niños y las familias más vulnerables de forma inmediata, sino que comprometen el crecimiento y el bienestar de toda la sociedad a medio y largo plazo.
•
Hacemos posible el seguimiento de objetivos personales y educativos, acompañando a los jóvenes y sus familias. A menudo más allá de los 18 años (edad de finalización por Ley de los Centros de día e Inserción); asumiendo mayor número de jóvenes.
•
Damos respuesta a demandas emergentes y urgentes: carencias económicas, de salud, de vivienda…
•
Realizamos denuncias y difusión de la situación social y dejación de las personas con quien trabajamos.
•
Resaltar todo el trabajo que no se ve, como es la participación en conferencias, mesas de trabajo, investigaciones, como informantes clave, alumnado en prácticas, cargas horarias y vocación del personal laboral, la cualificación y formación de sus equipos, el trabajo de calle, visitas familiares, la combinación del trabajo multidisciplinar y profesional con el voluntariado y sus ratios por menor atendido, sistemas de gestión de calidad, certificaciones,…
La intervención realizada en sistemas familiares frágiles. Los Centros de Día abordan las situaciones de desprotección infantil desde una respuesta de apoyo a las familias que les permita, con el adecuado control y asesoramiento, mantener la convivencia con sus hijos e hijas y desarrollar las competencias de parentalidad necesarias para garantizar su educación y su bienestar. Labor de mediación e intermediación entre recursos, entidades y organizaciones que intervienen y participan en los procesos de desarrollo y maduración de los/as menores. Acercamos y mediamos para el entendimiento entre el sistema formal en todos los niveles (administración, educación, justicia, seguridad,..): traduciendo y orientando a las familias y menores.
•
Conseguimos trabajar JUNTO a las familias: orientando y apoyando.
•
Conseguimos cambiar el etiquetaje (“conflictivos”, “fracasados”) de los menores que participan en los centros, redescubriéndolos como personas y ciudadanos de pleno derecho.
•
Conseguimos establecer intervenciones y procesos educativos y relacionales desde la cercanía, la individualidad, la normalización,... convirtiendo a los jóvenes y sus familias en protagonistas de su propio proceso.
•
Damos oportunidad, valoración, atención en nuestros procesos.
•
Conseguimos atender la diversidad, las dificultades, sin miedo a enfrentar el conflicto.
•
Destacar ante todo el carácter aglutinador en el proceso global de intervención con los menores. No existe ningún otro recurso, ni público ni privado que trabaje todo esto.
71
Necesidades detectadas y propuestas desde los Centros de Día
Sobre las deficiencias del modelo actual:
•
6 72
Necesidades detectadas y propuestas desde los Centros de Día La teoría de las necesidades68, aglutinando aportaciones de distintos teóricos del desarrollo humano, se ha convertido para el campo de la protección de menores en un marco teórico referencial, válido e importante, al ubicar las necesidades infantiles dentro de una teoría general del desarrollo social, fundamentada en un modelo explicativo interactivo entre el individuo y el entorno.
6.1 Las necesidades detectadas
•
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Sobre la necesidad de ampliar el conocimiento de la realidad:
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Existe cierto déficit de conocimiento del conjunto de los programas y de las peculiaridades de los Centros de Día entre las entidades sociales, instituciones y ciudadanía por lo que a veces parecen actividades dispersas, sin definición de objetivos ni estrategias claras. Falta un análisis detallado y una actualización de la información sobre las actuales realidades y problemas sociales. Existe poca información sobre nuevas necesidades emergentes. No sólo hay personas en situación de riesgo, también hay municipios/barrios en situación de riesgo comunitario.
Sobre la complejidad de la respuesta y la necesidad de cooperación
• Sobre la importancia y modo de abordar la problemática: La protección a los menores ha de basarse, sin duda, en la defensa de los derechos de éstos, pero además, debe tenerse en cuenta que la infancia y adolescencia es un periodo de vida de vital importancia en sí mismo, que ha de ser comprendido en su especificidad. El fortalecimiento de las medidas de protección a la infancia ha de darse desde una perspectiva preventiva, es decir, mediando para evitar que el menor sea separado de su familia.
No existen alternativas adecuadas y suficientes que pongan freno al agravamiento y la cronicidad de las situaciones de riesgo en las que se encuentran numerosas familias españolas, especialmente las que tienen menores a su cargo. Aunque entendemos que el C.D., con la dotación de recursos pertinente, es una medida adecuada y necesaria. La sociedad actual, identificada por su complejidad, inestabilidad y por la velocidad con la que se producen los cambios sociales, precipita en muchos casos los procesos de inadaptación, exclusión y marginación. Esta realidad demanda la agilización de políticas sociales que garanticen el bienestar de la población. El sistema de Servicios Sociales cada vez está más relacionado con tareas reactivas que con tareas de tipo preventivo.
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Mantener un trabajo permanente de detección e intervención sobre situaciones de riesgo social precisa de: Una coordinación fluida con Conselleria, centros municipales de servicios sociales, ayuntamientos y/o con las concejalías de Servicios Sociales de los municipios para informar y compartir necesidades y propuestas. Una coordinación fluida con asociaciones para informar y compartir necesidades y propuestas. La intervención desarrollada por los profesionales de los Centros de Día como servicio especializado de la red pública de protección de menores,
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Necesidades detectadas y propuestas desde los Centros de Día
Centros de Dia de Menores de la Comunidad Valenciana
conlleva la necesidad de que éstos cuenten con una gran cualificación profesional; considerándose un elemento fundamental para su acción la actualización y formación continua. La formación y supervisión constituyen dos instrumentos básicos para dar respuesta a la necesidad de profundización, reflexión y actualización de contenidos teóricos y metodológicos.
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Reconocimiento y adhesión de los centros que no estén en la Coordinadora de Centros de Día.
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Crear Comisiones provinciales, para favorecer la adhesión de centros de Alicante y Castellón.
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Facilitar y promover la formación continua especializada al personal de los centros.
Que las actuaciones de las distintas administraciones públicas que actúan en el ámbito de la atención a menores se basen en valores de solidaridad, respeto, tolerancia e igualdad y defiendan la promoción, respeto y defensa de los derechos individuales y colectivos de los/as menores, reconocidos en nuestra Constitución, así como también en los tratados internacionales ratificados por España.
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Promover la investigación especializada que analice, reflexione, describa y teorice y aporte datos cuantitativos y cualitativos específicamente sobre los Centros de Día.
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Mayor difusión y conocimiento de los Centros de Día en los diferentes agentes sociales.
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Primacía del interés del/la menor en la toma de decisiones y en la actuación, por encima de cualquier otro interés concurrente, por legítimo que éste sea.
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Simplificar procesos de gestión y burocráticos a favor de mayor presencia de los/as educadores en los barrios y con los menores.
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Promocionar actuaciones de prevención de las situaciones de explotación, desasistencia, indefensión, maltrato, inadaptación, marginación, abandono o desprotección que afecten al bienestar social del/la menor.
Unificación de competencias y responsabilidad por parte de la administración pública en materia de protección de menores.
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Promover la vinculación con otros servicios sociales (EPAs, Centro de Mayores…)
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Reconocimiento y valoración del Convenio de trabajadores.
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Creación de plataformas informáticas y/o virtuales que favorezcan compartir experiencias, proyectos, información… entre Centros de día y/o otros organismos.
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Crear herramientas informáticas que faciliten el seguimiento educativo de los menores y la gestión con calidad de los centros.
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Ampliar el mapa de centros de la Comunidad Valenciana y obtener el compromiso por parte de la Generalitat Valenciana de fomentar y financiar adecuadamente este recurso.
6.2 Las propuestas de los Centros de Día •
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Mejorar la calidad y la eficiencia de las políticas destinadas a la infancia con objeto de garantizar los derechos que asisten a los niños, niñas y adolescentes. Incluir en las políticas de atención y protección de la infancia y la adolescencia las actuaciones necesarias para la consecución de sus derechos, teniendo en cuenta que su bienestar va íntimamente relacionado con el de su familia. Prestando la protección y la asistencia precisas a las familias para que puedan asumir plenamente sus responsabilidades. Minimizar la intromisión en la vida del niño/a o adolescente y su familia, dando preferencia a intervenciones lo más breves posibles y optando por recursos normalizados y próximos al niño, niña o adolescente y su familia Utilizar la experiencia de la actividad diaria en los C.D. para buscar soluciones. Ajustar las propuestas a las necesidades reales.
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Bibliografía
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- Orden de 17 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan las bases generales para las convocatorias públicas de Conciertos para plazas asistenciales en determinados centros de protección de menores, y se efectúa convocatoria pública para el periodo 2006-2009. [2005/X12869]. -Orden de 19 de junio de 2003, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la tipología y condiciones materiales y de funcionamiento de los Centros de Protección de Menres, en la Comunidad Valenciana. [2003/x7543]. - Orden de 17 de enero de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la organización y funcionamiento de los centros de protección y el acogimiento residencial y de estancia de día de menores en la Comunitat Valenciana. [2008/738]. - Orden 12/2012, de 28 de diciembre, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan y convocan ayudas en materia de servicios sociales para el ejercicio 2013. [2013/535]. -Orden de 16 de octubre de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan las bases generales para las convocatorias públicas de conciertos para plazas asistenciales en centros residenciales de protección de menores, y se efectúa convocatoria pública para el periodo 2009-2013. [2009/11809]. - Ref. Queja nº 1107939. Queja de oficio 7/2011. SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA. - Esteve Pérez, E. Pobreza y privación en la Comunidad Valenciana y España: el impacto de la Gran Recesión” Observatorio de Investigación sobre la Pobreza y la Exclusión en la Comunidad Valenciana, Valencia, 2012. - González-Bueno, G. Bello, G., Arias, M. Armando: La infancia en España 2012-2013, Unicef, España, 2012. - 4º Encuentro de Centros de Día de Menores de la Comunidad Valenciana “Prevención, Promoción y Protección”. Valencia, 2012. https://docs.google.com/file/d/0Bxb4qgLRrR6VT2F1RWRRQkZ1Q2c/edit?pli=1 - López Sánchez, F., Necesidades de la Infancia y protección infantil: Fundamentación teórica, clasificación y criterios educativos, Mº de Asuntos Sociales, Madrid, 1995. - Ferrero, P; Pérez-Cosin, J.V. La prevención en la infancia, una bondad oculta del sistema. La función preventiva de los Centros de Día en el sistema de protección a la infancia en la Comunitat Valenciana, Universidad Politécnica de Valencia, Valencia, 2012. - Ferrero Micó, P. “Los Centros de Día de atención a la infancia en la Comunidad Valenciana”. Quaderns de Ciències Socials. Número 23. Segona época. Universidad de Valencia. Valencia, 2012. ISSN: 1696-1676. - Diccionario de Acción Humanitaria y Cooperación al Desarrollo dirigido por Karlos Pérez de Armiño y editado por Icaria y Hegoa en el año 2000. Diccionario “on line”: http://www.dicc.hegoa. ehu.es/ - Castells, M, La Era de la Información: Economía, Sociedad y Cultura: La sociedad Red, México, Siglo XXI, 1999. - Cabero, J. (2001): La sociedad de la información y el conocimiento, transformaciones tecnológicas y sus repercusiones en la educación, Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología, Badajoz. - Marina, J.A. (1999) El timo de la sociedad de la información, en Marina, J. A. et. al. Educación e Internet. 1º Congreso Educación e Internet. Educnet, Santillana, Madrid, 1999. - García Roca, J. (1998), Exclusión social y contracultura de la solidaridad. Prácticas, discursos y narraciones, ed. HOAC, Madrid.
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Agradecimientos A todos los centros que han colaborado con la cumplimentación de las encuestas: CD Acollida, CD Amaltea, CD Amigó, CD Barrio del Cristo, CD Braç Treballador, CD Centre Obert, CD Don Bosco, CD El Arca, CD El Cerezo, CD El Rogle, CD Entre Amics, CD Julia, CD La Inmaculada, CD Laura Vicuña, CD Manantial, CD Nazaret, CD Nuestra Señora de los Desamparados, CD Periferia, CD San José Obrero, CD San Juan Bautista, CD Santos Patronos, CD Sueca y CD Taleia. A Esteban, Rafa, Noelia, Paco, Fanny, Mati, Juanvi y Carmen, por las buenas ideas, las aportaciones clave y el apoyo incondicional recibido en la elaboración de este estudio. A Pilar Ferrero por impulsar la voluntad de poder ofrecer desde la Coordinadora de Centros de Día de la Comunidad Valenciana este estudio