Anales de la PUJ Año 2012 No 29

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año zorz - PRTMER SEMESTRE

B ¡ufrcri¡umñu

socorÁ, coLoMBIA

CONTENIDO Acuerdos del Consejo Directivo Universitario Acuerdo

560 561 562 563 564 565

No

Tema Supresión de varios Prcgramas de Especialización de las Rtcultades de Ciencias y Psicología Aplicación a la Seccional CaIi del Acuerdo 546 de 2010 con normas tuansitorias particulares Modificación del Reglamento Orgánico de la Sede Central de la Universidad sobre el Sistema General de Archivos Modificaciones en el Reglamento Orgánico de la Sede Central de la Univetsidad sobre la Rectoría y la VicerectorÍa Académica, y creación de Ia Vicetectoría de Investigación y de la Vicerectoúa de Extensión y Relaciones Interinstitucionales Maeshía en Administración Política editorial para las rcuistas científicas

Directriz expedida por la Vicerrectoría Académica Directriz expedida por la Vicerrectoría Administrativa

PUBLICADo PoR LA RECTonÍa oe r,¡. PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERTANA


ACUERDO NO 560 (Supresión de varios Programas de Especíalización de las Facultades de Ciencias y Psicología)

(e) Especialización en

Nutrición ClÍnica.

De la Facultad de Psicología:

(a)

Especialización en Clínica y Psicoterapia de Orientación Psicoanalítica.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD IAVERIANA

(b)

Especialización en Terapia Sistémica.

CONSIDERANDO:

(c)

Especialización en Psicología Clínica Comportamental Cognoscitiva.

(d)

Especialización en Psicología Clínica

7"

Que las Facultades de Ciencias y de PsicologÍa con

la aprobación de sus Consejos de Facultad han presentado al Conseio Directivo Universitario por medio del Vicer¡ectorAcadémico y con la aprobación del Consejo Acad6mico, la solicitud de supresión de varios programas de especialización.

2o

3o

Queparaeetapoüdóuae hnn tenido en cuenta-enbe otra¡ ¡azonse - la bafa dema¡da de los programas; la dlñcultad de algunas de las IPSs en las que se de¡a¡rollaba acdvldad cu¡ricula¡ para atender las Duovas conüclonee legales para las relaciones doocfa-e€ryvtslo; el vencimiento de los convenios oon las Untveraidades con que se realizaba la oferta de loo progranas, y el interés de los aspirantes por cu¡sa! programas de maestría.

Comportamental Cognoscitiva, extensión Ibagué, convenio con la Universidad de Ibagué. Dado en Bogotá, D.C., el

de febrero de 2OL2

S.I. Di¡ectivo

Io^euft.¡ Erro-¡o SÁNcrnz G¡ncÍ¡,

hesidente del Conseio

I

fano H. Crurrwrs M¡¡nm

Secretario del Consejo Direcüvo

Que es fu¡ción del Consejo Di¡ectivo "Pa¡a la Sede Cenhal de la Universidad, oído el parecer del Consejo Académico.. .suprimir los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos" (Est. 116, h), ACUERDA:

¡nÚCUfO

PRIMERO - Suprimir a partir del de la fecha los siguientes programas de especialización: De la Facultad de Ciencias: (a) Especialización en Hematología en el Laboratorio Clínico y Manejo del Banco de Sangre, extensión

I

Cartagena, convenio con

I

la Universidad

de

Cartagena.

(b)

Especialización en Hematología en el Laboratorio Clínico y Manejo del Banco de Sangre, extensión Cali, convenio con la Universidad del Valle.

(c) Especialización en BioquÍmica Clínica, extensión Cartagena, convenio con la Universidad de Cartagena.

(dl Especialización en Bioquímica Clínica, extensión

Popayán, convenio con la Universidad del Cauca.

2

L-_

ANALES DE

LA PoNTIFtcIA UNIWRSIDAD JAWRIANA - nRIMER sstuItsr¿E - Año zotz


2. A partir del momento

en que entre en vigencia la reforma y hasta eI 3t de diciembre de 2O17,

ACUERDO NO 561 (Aplicación a la Seccional Cali del Acuerdo 546 de 2010 con noÍmas ttansitorias particulares) EL CONSEIO DIRECTIVO UNIVERSITARIO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

3.

CONSIDERANDO:

L.

Que el Rector de la Seccional Cali, solicita al Consejo

Directivo Universitario aprobar la aplicación del Acuerdo número 546 del 16 de diciembre de 2010, modificatorio del Reglamento del Profesorado, para la Seccional de Cali con Ia consideración además de algunas normas transitorias particulares.

2.

Facultad, podrá autorizar excepcionalmente el ascenso de un profesor a Ia categoría de "Profesor Titular por proceso de méritos, sin eI cumplimiento del requisito

Que la propuesta del Rector de Ia Seccional pretende extender aI cuerpo profesoral de la Seccional de

Cali los propósitos de calidad que motivaron la expedición del mencionado Acuerdo 546, así como

también preserv€ü la unidad y la articulación del

4.

marco reglamentario de la Universidad,

3.

4.

Que en atención a las diferencias existentes en los entornos y a los niveles de desarrollo de las comunidades académicas de Ia Sede Central y Ia Seccional, se proponen también unas normas transitorias de aplicación particular para la Seccional. Que es función del Consejo Directivo "reformar los Reglamentos, de los cuales harán parte el Reglamento.

..

del Profesorado". (Estatutos 116, e).

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO - Aprobar la aplicación para la Seccional de Cali del artículo primero del Acuerdo número 546 del16 de diciembre de 2010. ARTÍCULO SEGUNDO - Aprobar la aplicación para la Seccional de Cali del artículo segundo del Acuerdo número 546 del 16 de diciembre de 2010, entendido que para dicha Seccional las directrices a que se refiere el artículo serán expedidas por eI Vicerrector Académico de Ia Seccional.

ARTÍCULO TERCERO - Aprobar las siguientes normas transitorias para la Seccional de Cali:

1.. A partir del momento en que entre en vigencia Ia reforma y hasta el 3t de diciembre de 2o17, para efectos del ascenso en el escalafón a la categoría de profesor asociado, el requisito de título de doctor puede ser remplazado por 400 puntos adicionales

producto de la valoración de sus logros, de las evaluaciones del desempeño y de la producción

para efectos del ascenso a la categoría de profesor asistente, el requisito de título de maestría puede ser remplazado por 300 puntos adicionales producto de la valoración de sus logros, de las evaluaciones del desempeño y de Ia producción intelectual. A partir del momento en que entre en vigencia la reforma y hasta el st de diciembre de 2o1,7, para las carreras y disciplinas en las que el país no dispone ni es previsible que disponga en eI inmediato futuro de suficientes profesionales con título de doctor, el Consejo Directivo de la Seccional a propuesta del Rector de la Seccional y por solicitud de la respectiva

5.

de título de doctor, según la reglamentación que al respecto fije eI mismo Consejo. Por proceso de méritos se entiende la acreditación de la capacidad creativa, mediante presentación de un trabajo técnico, científico o artístico. A partir del momento en que entre en vigencia Ia reforma y hasta el 3t de diciembre de 2oL7, el Vicerrector Académico de la Seccional podrá autorizar la excepción al requisito de acreditar competencia en segunda lengua para eI ascenso a la categoría de Profesor Asociado, siempre y cuando el profesor se compromete a llevar a cabo un programa de desarrollo que Ie permita alcanzar Ia competencia hasta el nivel establecido. Los títulos adicionales otorgados por estudios que el profesor hubiere iniciado en fecha previa al momento en que entre en vigencia Ia reforma, darán lugar al siguiente puntaje si se obtiene el título dentro del

límite de tiempo establecido: [a) Segundo título de doctorado, obtenido antes del 31 de diciembre de 2O1.7: hasta 160 puntos. (b) Segundo título de pregrado, obtenido antes del 31 de diciembre de 2017: hasta 60 puntos. (c) Primero y segundo tÍtulo de especialización obtenido antes del sr de diciembre de 2015: hasta 20 puntos.

ARTÍCULO CUARTO - La aplicación para la Seccional

de Cali de las disposiciones del presente Acuerdo, en concordancia con los tiempos consagrados en las disposiciones transitorias del artículo anterior, entrarán en vigencia con su promulgación a la Comunidad Universitaria de la Seccional de Cali, que se entenderá surtida con su publicación en eI sitio Web de la Universidad. Dado en Bogotá, D.C., folquñ SÁ¡cmz GancÍa,

el8

S.J.

Presidente del Consejo Directivo

de febrero 2012.

'

fnrno H. Cmunr'rrrs Maon¡¡ Secretario del Consejo Directivo

intelectual.

ANALES DE

LA PONTIFICTA UNIWRSIDAD JAWRIANA - PRIMER SEMES'LRE - AÑO zotz


ACUERDO N'562 (Modificación del Reglamento Orgánico de la Sede Central de la Universidad sobrc el Sistema General de Archivos)

h1. Responder por la custodia de los libros, símbolos y sellos de la Universidad. }J.2.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD

CONSIDERANDO:

Definir las directrices del Sistema General de Archivos de Ia Universidad para la gestión, administración, custodia, conservación y recuperación de los archivos en sus diferentes edades

'AVERIANA

y

así proteger la memoria institucional y el patrimonio cultural de la Universidad."

Que el Secretario General de Ia Universidad solicita

aI Consejo Directivo Universitario modificar eI Reglamento Orgánico de Ia Sede Central para institucionalizar ei Sistema General de Archivos,

2.

Orgánico: Dependen del Secretario General elJefe de hotocolo, el lefe de Prensa y el Director del Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco, S.J., quienes serán nombrados por eI Rector de la Universidad.

asignarle la dirección del Sistema al Secretario General de la Universidad con el apoyo de un Comité de Archivos que es necesario conformar por disposición

legal, y transformar eI actual Archivo Universitario

Javeriano en eI Archivo Histórico ]averiano ]uan Manuel Pacheco, S.J.

3.

Se derogan los actuales numerales 18 a 21 del Reglamento Orgánico.

Que Ia propuesta del Secretario General de la

4.

Se aprueban los siguientes numerales:

Universidad tiene como contexto eI proceso que ha venido realizando Ia Universidad de organización de sus archivos en los últimos tres años. En dicho sentido ha definido la creación de un Sistema General de Archivos conformado por tres grandes

SISTEMA GENERAL DE ARCHIVOS 18.

grupos: los archivos de gestión a c€ügo de las mismas dependencias, los archivos de segunda edad cuya

especializada en eI tema, y los archivos de tercera edad o históricos que en su gestión, conservación, custodia

kra Ia gestión, administración, custodia, conservación y recuperación de documentos de primera y segunda edad la SecretarÍa General se apoyará en Ia Dirección de Servicios Universitarios. El Secretario General contará con un Comité de Archivo con eI objetivo, funciones y la integración que fije el Rector de acuerdo con la legislación vigente. su patrimonio cultural.

y recuperación corresponden al Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco, S.J. Que son funciones del Consejo Directivo Universitario,

"Expedir, interpretar con autoridad y reformar los reglamentos, de los cuales harán parte eI Reglamento Orgánico de la Sede Central,..." (Estatutos, numeral 116, literal e) y "Establecer en el Reglamento Orgánico de Ia Sede Central de la Universidad lo relativo a... otras unidades que considere convenientes, así como la organización de cada una de ellas." fEstatuios,

numeral 116, Iiteral fl.

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO - Modificar el Reglamento Orgánico de la Sede Central de la Universidad, expedido por eI Acuerdo número 339 del 25 de agosto de 2003, así:

El Secretario General tiene a su cargo eI Sistema General de Archivos de Ia Universidad, que tiene como propósito Ia gestión, administración, custodia, conservación y recuperación de los documentos producidos, recibidqs y acumulados por las dependencias de la Universidad y su posterior recuperación para proteger Ia memoria institucional y

gestión, conservación, custodia y recuperación corresponden a Ia Vicerrectoría Administrativa Servicios Universitarios con eI apoyo de una empresa

3,

Se ajusta el actual numeral 7 del Reglamento

Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco, 19.

Al frente del Archivos Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco, S.1., habrá un Director nombrado por el Rector para un periodo de tres años prorrogable

por periodos iguales. Dependerá directamente del Secretario General.

zo. Son funciones del Director del Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco, S.J.

a.

Dirigir la planeación, ejecución y control de las actividades conducentes al fomento, recuperación, conservación y difusión del patrimonio con valor

1.. El actual literal h del numeral 6 del Reglamento Orgánico se sustituye por los siguientes numerales: Son funciones del Secretario General:

S.J.

b.

histórico, especialmente el documental, de la Pontificia Universidad laveriana. Dirigir la planeación, ejecución y control de las

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIWRSIDAD JAWRTANA - PRIMER SEMESTRE - AÑO ZOIZ


actividades académicas y administrativas que el Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel

d.

Pacheco, S.]. Ileva a cabo en apoyo a las unidades de Ia Universidad. Orientar y coordinar las relaciones del Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco, S.|. con las unidades académicas de la Universidad con una visión de trabajo interdisciplinario. Orientar las relaciones con entidades y personas externas a la Universidad encaminadas al desarrollo de vÍnculos de cooperación, colaboración

y promoción del Archivo Histórico e.

a b'

h.

Javeriano

]uan Manuel Pacheco, S.f., especialmente con Ia Compañía de fesús y sus obras. Promover la elaboración y presentación de propuestas de servicios dirigidas a las unidades académicas y administrativas de la Universidad, asegurar su calidad académica y viabilidad. Asistir y participar en el Comité de Archivo, y aportar información que permita la correcta administración y gestión del Sistema General de Archivos de la Universidad. Presentar las propuestas de directrices para eI manejo del Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco S.J. para que sean sometidas a aprobación del Secretario General. Presentar al Secretario General la propuesta de creación, suspensión o supresión de cargos

ANALES DE I-A PONTTFICIA UNIWRSTDAD

del Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel

i.

j. k.

Pacheco, S.f.

Elaborar el informe anual y los reportes periódicos sobre la gestión del Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco, S.f. que incluya indicadores sobre los niveles de satisfacción de usuarios, y presentarlos aI Secretario General.

Elaborar eI presupuesto del Archivo Histórico Javeriano ]uan Manuel Pacheco, S.J., darle el trámite correspondiente, y responder por su ejecución. Asesorar en Ios asuntos de su competencia a las diferentes unidades de Ia Universidad.

ARÚCUO SEGUNDO

- Las modificaciones al Reglamento Orgánico de Ia Sede Central de laUniversidad consignadas en este Acuerdo entrarán en vigencia con la promulgación a Ia Comunidad Universitaria de Ia Sede Central, que se entenderá surtida con su publicación en el sitio Web de

la Universidad. Dado en Bogotá, D.C.,

I

de febrero de 2o1.2

S.J. Directivo

farno H. CrpuaNrus Maop¡o

forrquñ SÁNcmz GancÍa, Presidente del Consejo

Secretario de1 Consejo Directivo

IAWRIANA - PRIMER SEMESTRE - ANO

2072


ACUERDO N" 563 (Modificaciones en el Reglamento Orgánico de la Sede Central de Ia Universidad sobte la Rectoria y la Vicerrectoría Académica, y creación de la Vicerrectoria de Investigacíón y de la ViceffectorÍa de Ertensión y

institución de menor tamaño, para una época con diferentes exigencias y retos a sus instituciones a una

de educación superior.

6.

Relacione s Interinstitucionale s)

EL CONSEJO DIRECTTVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD IAVERIANA

personales de gobierno focalizar, consolidar y profundizar su gestión estratégica, y asegurará una descentralización funcional horizontal (entre vicerrectorías) que facilitará también el propósito de la descentralización vertical (rectoría - vicerrectorías - facultades) en la búsqueda de una mayor autonomía

CONSIDERANDO:

1,.

Que como parte de su dinámica institucional, la Pontificia Universidad Javeriana ha visto conveniente

replantear y adecuar la estructura orgánica de tal manera que Ie permita llevar a cabo en todo momento su Misión y su Proyecto Educativo, en correspondencia con las exigencias actuales de Ia educación superior.

2.

de las faculLades.

7.

Que en Ia Planeación Universitaria 2007-2016 se formuló como uno de los propósitos de la Universidad Ia necesidad de adecuar la estructura orgánica a las condiciones del desarrollo institucional, expresado

en Ia consolidación de la formación integral con énfasis en la generación de conocimiento y en la consolidación de Ia planta profesoral, el fortalecimiento de la investigación, un mayor influjo y proyección social, acompañados de una mayor visibilidad nacional e internacional, y el énfasis en innovación y modernización de las actividades

universidades nacionales y del exterior.

B.

Que las recientes Orientaciones del Consejo de Regentes a Ia Universidad de diciembre L de ZO't1., explícitamente sugieren Ia revisión de la estructura de vicerrectorías, tanto en su funcionamiento como

de las más importantes problemáticas de la persona

humana y del país desde la investigación; la amplificación de su visibilidad, influjo, proyección y acción decidida sobre Colombia; el aseguramiento de una gestión eficiente y eficaz de la Universidad. Que el informe de los pares evaluadores externos en el reciente ejercicio de autoevaluación institucional

(CNA, 2 de diciembre de 201,1,) subrayan las reflexiones de la Universidad sobre su organización y sobre la importancia de asegurar con ella la eficiencia en Ia toma de decisiones.

5.

Que eI Consejo Directivo Universitario consideró conveniente modificar las estructuras de la Rectoría

y Ia Vicerrectoría Académica, y Ia creación de la Vicerrectoría de Investigación y la Vicerrectoría de Relaciones Interinstitucionales.

en su número. Igualmente, dichas Orientaciones proponen, entre otros, los siguientes desafíos para la Universidad: El énfasis en interdisciplinariedad y diálogo fecundo entre disciplinas; el fortalecimiento de la contribución de la Universidad a la solución

4.

Que la reflexión y la construcción de Ia propuesta de adecuación de la estructura orgánica del gobierno general de Ia Universidad se inició en junio de 2008, incluyó la participación de los diferentes equipos de la Rectoría y de la VicerrectorÍa Académicas, de los Decanos Académicos y del Medio Universitario,

recibió insumos en la Jornada de Reflexión Universitaria 2011, y consideró los referentes de

académicas.

3.

Que con la reforma a la estructura orgánica del Gobierno General, el Consejo Directivo Universitario espera impulsar, fortalecer y dar visibilidad a los asuntos que se han identificado como estratégicos en el desarrollo institucional;permitirá a las autoridades

Que la actual estructura organizacional de vicerrectorías (definida en 1 97'L,hace 4oaños) correspondía

9.

Que son funciones del Consejo Directivo Universitario,

"Expedir, interpretar con autoridad y reformar los reglamentos..." (Estatutos, numeral 116, Iiteral e) y "Establecer en el Reglamento Orgánico de Ia Sede Central de la Universidad lo relativo a las Vicerrectorías y otras unidades que considere convenientes, así como la organización de cada una de ellas." fEstatutos, numeral 116, literal fl. ACUERDA:

ARTÍCUIO PRIMERO - Modificar el Reglamento Orgáni co de la Sede Central de la Universidad, expedido por el Acuerdo número 339 del 25 de agosto de 2003, y modificado por los Acuerdos 345,346 y 347 del B de octubre de 2003; Acuerdo 383 del 20 de abril de 2005; Acuerdo 405 del 30 de noviembre de 2005; Acuerdos 406,4O7 y 408 del 7 de diciembre de 2005; Acuerdo 438 del rz de enero de 2OO7; Acterdo 441, del Zt de marzo de 20O7; Acuerdo 446 del 19 de Septiembre de 2OO7; Acuerdo 486 del rA de junio de 2008; Acuerdo 488 del 2 de julio de 2008; Acuerdo 509 del 29 de abril de 2009; Acuerdo S10 del 13 de mayo de 2009; Acuerdo 524 del2 de diciembre

ANALES DE IA, PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAWRIANA - PRIMER SEMESTRE - AÑO ZOIZ


de 2009; Acuerdo 528 del 11 de febrero de 2010; Acuerdo 534 del 4 de agosto de 2010 y Acuerdo 562 del B de febrero de 2O12.

pondiente d.

ARTÍCULO SEGUNDO - En el aparte correspondiente a Ia Rectoría de la Universidad del Reglamento Orgánico de la Sede Central, Capítulo I, modificar los números 1 aI 2r del Reglamento Orgánico de la Sede Central de Ia Universidad, así:

Hacen parte de la Rectoría: la Secretaria General, la SecretarÍa de Planeación, la Secretaría Privada, la Dirección Jurídica, Ia Dirección de Comunicaciones, la Oficina de Gestión de Donaciones y la Oficina de Fomento de la Responsabilidad Social Universitaria. Corresponde aI Rector de la Universidad adoptar la reglamentación específica de la organización interna de estas dependencias, así como Io referente a su

mantenga actualizado y debidamente

Dar fe con su firma de los acuerdos y las actas del Consejo Directivo Universitario, guardar Ios originales de unos y otras; expedir copias auténticas; mantener actualizada la información sobre las políticas generales de la Universidad, responder por la edición y divulgación de los Anales de la Pontificia Universidad Javeriana.

RECTORÍA DE IÁ. UNTVERSIDAI)

1.

se

firmado.

Dar fe con su firma de las actas de grado, guardar

sus originales

y expedir copias auténticas;

autorizar la expedición de los títulos urriversitarios, distinciones universitarias y académicas, firmar todos los diplomas correspondientes y responder por que eI respectivo registro se mantenga actualizado; dirigir y coordinar el proceso de grados. f.

Elaborar el acta de posesión de las autoridades personales de gobierno previstas en los Estatutos y conservarlas en el libro correspondiente.

a

Autorizar el trámite ante la autoridad competente de la creación y la supresión y extensión de los programas académicos conducentes a título de educación superior, una vez aprobados según

funcionamiento,

2. Al frente de cada Secretaría habrá un Secretario,

de cada Dirección habrá un Director y de cada Oficina

un Jefe de Oficina, quienes serán nombrados por el Rector y dependerán directamente de é1.

3.

4.

El Rector podrá nombrar asistentes y asesores que lo apoyen en eI cumplimiento de determinadas funciones. Estos asistentes y asesores dependerán directamente del Rector. Eventualmente, y por razones especiales, el Consejo Directivo Universitario podrá adscribir temporalmente a Ia Rectoría otras dependencias de la Universidad.

Secretaría General

5.

Corresponde

a

las normas vigentes. h.

Autenticar las firmas de las autoridades personales de gobierno previstas en los Estatutos, y de los Secretarios de Facultad.

l.

Responder por la custodia de los libros, símbolos y sellos de la Universidad.

j.

Elaborar cada año, previa consulta con las unidades pertinentes, eI calendario general de Ia Universidad.

la Secretaría General orientar y dirigir

Ias actividades relacionadas con la información y

memoria institucional de la Universidad, con sus aspectos notariales, jurídicos y protocolarios y con la guarda de sus símbolos, sellos y patrimonio histórico.

6.

k.

Autorizar, en forma exclusiva, la edición de los diplomas concernientes a títulos universitarios, distinciones académicas y universitarias, así como de Ios certificados y constancias oficiales.

Son funciones del Secretario General:

a.

Ejercercomo apoderado general de laUniversidad y como primer suplente del representante legal de conformidad con el poder que Ie confiera el Rector de la Universidad.

b. Ejercer como autoridad de gobierno en los procesos de su competencia.

c.

Elaborar las actas del Consejo Directivo Univer-

sitario y responder por que el libro corres-

Coordinar eI proceso de elecciones de estudia¡rtes, profesores y egresados pÍra ser miembros de los Consejos de Facultad y del Consejo Directivo Universitario, así como el de elecciones de Decanos para ser miembros de los Consejos Adminishativo,

del Medio Universitario, Académico y Directivo Universitario. m. Custodiar y autorizar el uso de las listas de correos electrónicos de la Comunidad Educativa Javeriana.

ANALES DE r-A PONTIFICIA UMWRSIDAD JAWRIANA - PRIMER SEMESTRE - ANO 2072


n.

y dirigir los procesos de inscripción y admisión de aspirantes, los de matrícula y Planear

registro académico de estudiantes y los de registro académico de egresados. o,

Planear y dirigir los procesos de programación de clases y de asignación de aulas y auditorios.

p.

Responder por el cumplimiento del protocolo de los eventos en los que participa eI Rector y, en general, del protocolo establecido en Ia

Universidad.

Secretaría de Planeación L Corresponde a Ia Secretaría de Planeación orientar y dirigir Ia gestión de la información institucional, apoyar, orientar y asesorar en la formulación, eI

seguimiento a la ejecución y Ia evaluación de Ia planeación universitaria y coordinar los procesos de autoevaluación y de acreditación institucional.

!1. Definir las directrices del Sistema General de

r.

con un Comité de Archivo con el objetivo, funciones y Ia integración que fije el Rector de acuerdo con la legislación vigente.

10. Son funciones del Secretario

Archivos de la Universidad para la gestión, administración, custodia, conservación y

Apoyar al Rector en Ia formulación de la

recuperación de los archivos en sus diferentes edades y así proteger la memoria institucional y el patrimonio cultural de la Universidad.

de las Facultades, de otras dependencias y de las

planeación universitaria

b.

Presentar al Recto¡ para el trámite correspon-

asÍ como las de organización interna funcionamiento de su unidad.

t.

y

partir

de las propuestas

Asesorar a las Facultades y otras dependencias de la Universidad en sus procesos de planeación.

y consolidar Ia información sobre la ejecución de la planeación universitaria. Recoger

de

Presentar al Rector la propuesta de creación,

Realizar el seguimiento de la ejecución de la planeación universitaria de conformidad con lo estipulado por el Consejo Directivo

suspensión o supresión de cargos de la Secretaría General.

Universitario y el Recto¡ y presentar el informe correspondiente.

Elaborar el informe anual y los reportes

d.

e.

Apoyar al Conse¡'o Directivo Universitario y al Rector en la evaluación de la ejecución de la planeación universitaria.

f.

Apoyar aI Rector en la preparación del Informe

periódicos de su gestión, que incluya indicadores sobre los niveles de satisfacción de usuarios, y presentarlos al Rector.

u.

a

Seccionales cuando corresponda.

diente, las propuestas de directrices a las que deberán sujetarse las actividades a su cargo;

s.

de planeación:

Elaborar eI presupuesto de Ia unidad y someterlo

Anual que debe presentar al Consejo

a consideración del Rector para el trámite

Regentes, de acuerdo con los Estatutos.

de

correspondiente. 7.

Manuel Pacheco, o.

o b.

Apoyar al Rector en la actualización permanente de la agenda de planeación de la Universidad, la cual debe elaborarse a partir de la información suministrada por el Consejo Directivo Universitario y el Rector.

h.

Coordinar los procesos de autoevaluación y de acreditación institucional.

1.

Realizar los estudios y análisis institucionales que apoyen la gestión y alimenten la planeación universitaria, en coordinación con las unidades de la Universidad y las entidades especializadas que realicen este tipo de estudios.

).

Responder por la generación, el mantenimiento y eI reporte de la información institucional de la Universidad.

la Secretaria General Ia Oficina de Admisiones y Registro Académico, la Oficina de Protocolo y el Archivo Histórico Javeriano Juan Dependen de

S.J.

El Secretario General tiene a su cargo el Sistema General de Archivos de la Universidad, que tiene como propósito Ia gestión, administración, custodia, conservación y recuperación de los documentos producidos, recibidos y acumulados por las dependencias de la Universidad y su posterior recuperación para proteger la memoria institucional y su patrimonio cultural. Para la gestión, administración, custodia, conservación y recuperación de documentos de primera y segunda edad la Secretaría General se apoyará, en lo que corresponda, en Ia Dirección de Servicios Universitarios. EI Secretario General contará

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIWRSIDAD JAWNIANA - PRIMER SEMESTRE

L-

.

AÑO 2072


k.

l.

Responder por la obtención, la actualización, el análisis y el reporte de los indicadores universitarios que guíen la gestión de la Universidad en el nivel general y en las facultades y que permitan dar cuenta de su desarrollo en virtud de lo previsto en la planeación universitaria.

Presentar aI Rector Ia propuesta de creación, suspensión o supresión de cargos de su unidad.

n.

Elaborar el informe anual y los reportes periódicos sobre su gestión, que incluya indicadores sobre

Coordinar y controlar las actividades del personal administrativo adscrito al despacho del Rector,

coordinar la evaluación de su desempeño, y procurar su desarrollo y capacitación. h.

hesentaralRector, paraelhámitecorrespondiente, Ias propuestas de directrices a las que deberán sujetarse ias actividades a su cargo; así como las de organización interna y de funcionamiento de su respectiva unidad.

m.

Coordinar las actividades necesarias para asegurar la dotación del despacho del Rector, la administración, el mantenimiento y Ia conservación de sus instalaciones.

i.

Coordinar la elaboración del inventario de los activos del despacho del Rector y velar por su actualización y conservación.

j.

Efectuar el seguimiento de la asignación de los activos fijos del despacho del Rector y coordinar eI préstamo de los mismos.

k.

sentarlos aI Rector.

Coordinar Ia elaboración del presupuesto del despacho del Rector, y suministrar los informes de acuerdo con las disposiciones fijadas al

Elaborar el presupuesto de la unidad y someterlo

respecto.

Ios niveles de satisfacción de usuarios,

o.

o b'

y

pre-

a consideración del Rector para el trámite

L

correspondiente.

Administrar la caja menor del despacho del Rector.

Secretaría Privada

11. Corresponde a la Secretaría

m.

Privada las actividades de

Las demás que el Rector estime convenientes.

comunicaciones y

gestión de la correspondencia, Ias la agenda del Rector, y de los funcionarios adminis-

Dirección furídica 13. Corresponde a la Dirección |urídica definir, orientar, asesorar y evaluar en materia legal los procesos institucionales y las actividades, pora garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales y legales así como eI de los Estatutos y Reglamentos de la Universidad.

trativos, el presupuesto, los activos, el inventario y el archivo del despacho del Rector.

12. Son funciones del Secretario Privado:

a.

Responderporlaorganizaciónyelmantenimiento del archivo del despacho del Rector.

b.

Coordinar el trámite y hacer seguimiento a la

14. Son funciones del Director furídico: correspondencia y otras comunicaciones personales dirigidas aI Rector y a las que éI envía.

c. d.

Coordinar Ia agenda del Rector, velar por su desarrollo y efectuar eI seguimiento de las actividades previstas en ella.

a.

Asesorar y apoyar en los asuntos de su competencia a las autoridades de la Universidad y a ias diferentes unidades y dependencias y conceptuar sobre dichos asuntos.

b.

Dirigir Ia gestión jurídica de la Universidad, asesorar a las diversas autoridades personales y colegiadas de gobierno y a las unidades en los

Apoyar aI Rector en Ia preparación de sus intervenciones en ios distintos eventos a los cuales sea invltado, y de otros documentos.

asuntos jurídicos,

c.

e.

Responder por la distribución de las comunicaciones del Rector y por la pubiicación de sus documentos.

f.

Coordinar lo relativo a los viajes que realice el Rector.

ANALES DE I-q PONTIFICIA UNIWRSIDAD

y conceptuar sobre

dichos

asuntos. Proponer, desarrollar e implementar la gestión

jurídica adecuada para asegurar la participación efectiva de las autoridades personales, directivos y demás personas responsables, y la eficiencia en la atención de las necesidades y solicitudes de la comunidad universitaria.

JAWRIANA - PRIMER SEMESTRE - ANO 2072


d.

Seleccionar y designar los asesores jurídicos externos y los apoderados judiciales y dirigir

o.

a consideración del Rector para el trámite

y coordinar los procesos que estos

deban gestionar, instruir los procesos judiciales y hacerles seguimiento. e.

Conceptuar sobre los documentos jurídicos que debe suscribir el Rector y aprobar aquellos que

han de suscribir las demás autoridades de la Universidad, según lo establecido al respecto.

Elaborar el presupuesto de la unidad y someterlo

correspondiente.

Dirección de Comunicaciones 15. Corresponde a la Dirección de Comunicaciones definir, orientar, asesorar y evaluar las estrategias de comunicación interna y externa, y de Ia promoción institucional. 16. Son funciones del Director de Comunicaciones:

f.

Coordinar con las Seccionales de la Universidad los asuntos jurídicos así como con las entidades

vinculadas,

5r

a.

velar en estas últimas por el

correcto funcionamiento y cabal cumplimiento de los requisitos jurídicos y hacer el seguimiento respectivo, según 1o disponga el Rector. o b.

Velar por que en los convenios que suscriba la Universidad y en los demás compromisos

b. Dirigir la planeación,

ejecución, control y evaluación de las estrategias de promoción institucional de las actividades académicas y en particular de los programas académicos, y

institucionales, se surta el trámite correspondiente ante los responsables directos de su ejecución y responder por el cumplimiento de los respectivos

términos legales. h.

Responder por el archivo de los documentos contractuales, los inherentes a la personería jurídica de la Universidad y a sus predios.

articularlas adecuadamente.

c.

Fortalecer, reforzar y mantener, mediante el suministro de información, Ias relaciones con los grupos de interés de la Universidad.

d.

Promover la articulación de las comunicaciones relacionadas con las actividades académicas,

Recopilar y mantener actualizada Ia información relativa a las disposiciones legales que rigen la Universidad.

Estudiar y hacer el seguimiento de la agenda legislativa y de Ia jurisprudencia emanada de distintas instancias legales relativas a la educación superior.

Dirigia en el nivel general de la Universidad, la planeación, ejecución, control y evaluación de las estrategias y actividades de comunicación interna y de comunicación externa nacional e internacional de la Universidad.

administrativas y del medio universitario de la Universidad, y asegurar su conocimiento por parte de los diversos integrantes de la comunidad universitaria y de los grupos de interés de la Universidad.

e.

Velar por la imagen corporativa de acuerdo con Ia identidad de la Universidad.

k.

t.

Mantener vínculos con las entidades que legislan en materia de educación superior y con aquellas que ejercen funciones de inspección y vigilancia, y adelantar las gestiones que comesponda. Presentar aI Rector, para el trámite correspondiente, las propuestas de directrices a Ias que deberán sujetarse las actividades a su cargo; así como las de organización interna y de funcionamiento de su unidad.

f.

así como las de organización interna funcionamiento de su respectiva unidad.

Elaborar el informe anual y los reportes periódicos

sobre la gestión de su unidad, que incluya indicadores sobre los niveles de satisfacción de usuarios, y presentarlos al Rector.

y

de

g.

Presentar al Rector la propuesta de creación, suspensión o supresión de cargos de su unidad.

h.

Elaborar el informe anual y los reportes periódicos

Presentar aI Rector Ia propuesta de creación, suspensión o supresión de cargos de su unidad. n.

Presentar aI Rector, para el trámite correspondiente, las propuestas de directrices a las que deberán sujetarse las actividades a su cargo;

sobre la gestión de su unidad, que incluya indicadores sobre los niveles de satisfacción de usuarios, y presentarlos al Rector.

i.

Elaborar el presupuesto de Ia unidad y someterlo

a consideración del Rector para el trámite correspondiente.

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIWRSIDAD IAWRIANA - PRIMER SEMES'IRE - AÑO ZOIZ


17. Dependen de la Dirección de Comunicaciones la Oficina de Información y Ptensa, y la Oficina de Promoción Institucional. Oficina de Gestión de Donaciones 18. Corresponde a la Oficina de Gestión de Donaciones diseñar, coordinar y ejecutar estrategias para la consecución de fondos de donantes actuales y potenciales orientados a la financiación de proyectos de la Universidad.

19. Son funciones det ]efe de la Oficina de Gestión

i.

Presentar aI Rector la propuesta de creación, suspensión o supresión de cargos de su unidad.

j.

Elaborar eI informe anual y los reportes periódicos sobre la gestión de su unidad, que incluya indicadores sobre los niveles de satisfacción, y presentarlos al Rector.

k.

Elaborar eI presupuesto de la unidad y someterlo

correspondiente.

de

Donaciones:

a consideración del Rector para el trámite

a.

Diseñar y proponer al Rector las políticas y directrices sobre la gestión de donaciones en la Universidad y la participación en dicha gestión de otras instancias de la Universidad.

Oficina de Fomento de la Responsabilidad Social Universitaria 20. Corresponde a la Oficina de Fomento de la Responsabilidad Social Universitaria fomentar y acompañar los procesos que den cuenta de la política de Responsabilidad Social de Ia Universidad.

b.

Identificar, apoyar Ia preparación y presentar proyectos susceptibles de ser financiados a

21. Son funciones del fefe de la Oficina

través de donaciones.

c.

Consolidar las propuestas de consecución de donaciones para el desarrollo de los proyectos, en conjunto con las unidades interesadas, y establecer los medios necesarios para su recaudación y seguimiento.

d.

Recibir y evaluar las propuestas de donaciones

de Fomento de Ia Responsabilidad Social Universitaria:

a.

b. Dirigia coordinar, difundir, hacer seguimiento

y evaluar las acciones y los mecanismos que fomenten y den cuenta de la contribución

de benefactores y establecer con ellos su formalización y manera de certificarla, en caso

socialmente responsable de Ia Universidad.

de ser aceptada.

e.

Acompañar y hacer seguimiento

a potenciales

y

c.

actuales benefactores que apoyen directamente a estudiantes de la Universidad y a otras actividades universitarias.

f.

h.

Implementar y posteriormente evaluar el plan de recaudación de fondos por donaciones para garantizar la consecución de recursos y establecer relaciones duraderas con los

d.

Dar cuenta del cumplimiento de la política de responsabilidad social mediante la presentación del informe anual al Rector.

e.

Coordinar los vínculos con otras obras de Ia Compañía de Jesús en Colombia y con la Asociación

Coordinar con las unidades correspondientes los procesos de estudio, ingreso y legalización, y posterior seguimiento de Ias donaciones recibidas, incluido el de su efecto financiero y rentabilidad para la Universidad. Presentar al Rector, para el trámite correspondiente, las propuestas de directrices a las que

deberán sujetarse las actividades a su cargo;

así como las de organización interna funcionamiento de su respectiva unidad.

ANALES DE

Apoyarycoordinarlaidentificación, laformulación, la organización, eI desarrollo y eI seguimiento de proyectos y de acüvidades de contribución social tanto de las unidades de la Universidad como de carácter institucional.

benefactores.

I.

Fomentar Ia contribución socialmente responsable de Ia Universidad a través de sus actividades académicas, del medio universitario y administrativas para el desarrollo, orientación, crítica y transformación constructiva de la sociedad'

y

de

de Universidades confiadas a la Compañía de Jesús en América Latina - AUSIAL, para Ia generación de sinergias e iniciativas de colaboración en proyectos

de contribución social.

f.

Presentar al Rector, para el trámite correspon-

diente, las propuestas de directrices a las que deberán sujetarse las actividades a su cargo;

así como las de organización interna funcionamiento de su respectiva unidad'

LAPONTIFICIA UNTVERSIDAD IAWRIANA . PRIMER SEMESTRE

'

ANO 2072

y

de


h.

Presentar al Rector Ia propuesta de creación, suspensión o supresión de cargos de su unidad.

hesentar al Consejo Académico, ypor conducto

Elaborar el informe anual y los reportes oeriódicos sobre la gestión de su unidad, que

o aprobación según el caso, las propuestas de directrices a las que deberá sujetarse la actividad académica de docencia de la Universidad.

de su presidente, para su consideración, consulta

den cuenta del cumplimiento de la política de responsabilidad social, y presentarlos al Rector.

i.

d.

que cree el Consejo Directivo Universitario y

Elaborar el presupuesto de la unidad y someterlo

cuando 1o juzgue conveniente, delegar esta función en uno de los Decanos Académicos de las Facultades que integran la División.

a consideración del Rector para el trámite correspondiente. ARTÍCULO TERCERO - En el aparte correspondiente

a

las

e.

Vicerrectorías de la Universidad, Capítulo III, modificar los números 51.y SZ del Reglamento Orgánico de la Sede Central de la Universidad, así; 51

.

52.

f.

o b.

h.

de conformidad con los requisitos legales y las disposiciones reglamentarias vigentes.

Aprobar el nombramiento y la remoción de los Profesores de acuerdo con lo establecido en el

VICERRECTORÍA ACADÉUICA 53. Son funciones del Vicerrector Académico:

para ello.

b.

hesentar al Consejo Directivo Universitario, por conducto del Rector, las propuestas aprobadas por el Consejo Académico sobre las políticas que deben regir la actividad académica de docencia de la Universidad.

Nombrar, promover y remover al personal adscrito a la Vicerrectoría Académica, siempre

Ios números 53 al66 del Reglamento Orgánico de la Sede Central de la Universidad, así:

Dirigia en eI nivel general, según las políticas del Consejo Directivo Universitario y lás direc_ trices del Rector y del Consejo Académico, la planeación, organización y control de la actividad académica de docencia, y señalar las pautas y procedimientos que sean necesarios

Nombrar y remover los Directores de las Unidades Académicas de las Facultades y los Secretarios de Facultad, oído el parecer de los

y cuando no sea de nombramiento del Rector,

ARTÍCULO CUARTO - En el aparte correspondiente a las Vicerrectorías de la Universidad, CapÍtulo III, modificar

a.

Crear, integrary suprimirlas UnidadesAcadémicas

respectivos Decanos. Se exceptúan los directores de Instituto, cuyo nombramiento corresponde al Rector de la Universidad.

el Rector de la Universidad será remplazado, en su orden, por eI Vicerrector Académico, el Vice_ rrector del Medio Universitario, el Vicerrector de Investigación, el Vicerrector de Extensión y Relaciones

y presidir, en casos especiales, los

de las Facultades, previo concepto del Consejo o de los Consejos de Facultad respectivos y de los demás Vicerrectores. hesentar al Rector de la Universidad su concepto sobre la creación de Institutos para su consideración en el Consejo Directivo Universitario.

En sus ausencias absolutas, temporales o accidentales,

Interinstitucionales, y el Vicerrector Administrativo.

Convocar

Consejos de Facultad.

Los Vicerrectores de la Universidad son el Vicerrector Académico, eI Vicerrector de Investigación, el Vice_ rrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales,

el Vicerrector del Medio Universitario, el Vicerrector Administrativo, quienes tienen a su cargo las fun_ ciones directivas en el gobierno general relativas a las actividades académicas, del Medio Universitario y administrativas.

Convocar y presidir los Consejos de las Divisiones

Reglamento del Profesorado. l.

Evaluar periódicamente a los Decanos Académicos y a los Directores de las unidades y de las dependencias adscritas a la VicerrectorÍa

Académica, de acuerdo con eI sistema de evaluación de la Universidad. k.

Informar al Consejo Académico para su concepto, y por conducto de su presidente, sobre la aplicación de las polÍticas y directrices que rigen las actividades académicas de docencia de la Universidad, y coordinar la evaluación

periódica de los procesos relacionados, l.

Presentar al Rector para su consideración y aprobación definitivi en el Consejo Directivo

ANALES DE LA PONTIFICIA T]NIWRSIDAD JAWRIANA . PR]MER SEMES'TRE

.

AÑO 2072

't J


Universitario la creación, suspensión o supresión de Programas Académicos que conduzcan a títulos universitarios, aprobados por el Consejo Académico. m. Presentar al Rector de la Universidad, para su consideración en el Consejo Directivo Universitario, Ias propuestas de extensión y afiliación

v.

hesentar a la consideración del Rector de la Universidad la propuesta de creación o supresión de una División, previo concepto del Consejo Académico y de los Consejos de las Facultades que harán parte o que integran Ia División, según el caso.

w

Presentar a la consideración del Rector de Ia Universidad Ia propuesta de creación o supresión de una Facultad o de integración de dos o más de ellas, previo concepto del Consejo Académico y de los Consejos de Facultad respectivos, y acompañada del estudio de factibilidad económica y de pertinencia

académica de los programas conducentes a títulos universitarios. n,

o.

p.

Aprobar las reformas curriculares y las modificaciones relativas a Ia identificación de los programas académicos que conduzcan a títulos universitarios y, de ser necesario, presentarlas al Rector para su consideración en el Consejo Directivo Universitario. Promover, apoyar y crcar incentivos y facilidades administrativas para eI desarrollo de la actividad académica de docencia de Ia Universidad.

académica correspondientes.

x.

Orientar y organizar Ia actividad editorial de Ia Universidad concebida para Ia publicación y difusión de la producción intelectual derivada de sus actividades académicas, así como de otra producción intelectual que la Universidad jtrzgre de interés editorial.

Orientar y organizar las acciones correspondientes

para el aseguramiento de Ia calidad y la perti-

54. Hacen parte de la Vicerrectoría Académica; la Di-

nencia de los programas académicos llue conduzcan a títulos; para la consolidación y desarrollo académico del Cuerpo Profesoral y

rección de Programas Académicos, la Dirección de Asuntos Profesorales, Ia Dirección de Asuntos

para los asuntos de gestión académica de los

Estudiantiles, el Asistente y eI Asesor para el Aseguramiento de la Calidad.

estudiantes. q.

Orientar y organizar, en coordinación con las unidades correspondientes, las acciones relacionadas con el fomento de la movilidad

adscritas a la Vicerrectoría Académica: la Biblioteca Alfonso Borrero Cabal, S.f., Ia Editorial Pontificia Universidad laveriana, el Centro Ático y el Centro de Proyectos para el Desarrollo -CENDEX-.

55. Están

nacional e internacional de profesores de la Universidad en cuanto de docencia.

a Ias

actividades académicas

Presentar aI Rector para su aprobación la propuesta de organización interna y de funcionamiento de la Vicerrectoría Académica y sus dependencias. s.

t. u.

Establecer las funciones del Asistente y del Asesor para el Aseguramiento de Ia Calidad.

y eI Asesor de Ia Vicerrectoría Académica serán nombrados por eI Rector,

56. Los Directores, el Asistente

oído el parecer del Vicerrector Académico, para un período de hasta tres (3) años, prorrogable por períodos iguales. Dependerán directamente del Vicerrector Académico y ejercerán sus funciones de conformidad con las políticas del Consejo Directivo Universitario y con las directrices adoptadas por el Rector, eI Consejo Académico y el Vicerrector Académico.

Presentar al Rector la propuesta de creación, VICERRECTORIA DE INVESTIGACION suspensiónosupresióndecargosenlaVicerrectorÍa 57. Son funciones del Vicerrector de Investigación: Académica y de sus dependencias. a. Dirigia en el nivel general, según las políticas Presentar al Rector el informe anual y los planes del Consejo Directivo Universitario y las direcde desarrollo de la Vicerrectoría Académica y trices del Rector y del Consejo Académico, de sus dependencias, previa consideración en la planeación, organización y control de la el Consejo Académico. actividad académica de investigación, de la innovación y de la creación artística, y para ello

ANALES DE LAPONTTFTCL¡UNTWRSTDAD IAWRTANA - PRTMER SEMES'.TRE

- AÑo zotz


señalar las pautas y los procedimientos que sean

I.

necesarios. b.

C.

Presentar aI Consejo Directivo Universitario, por conducto del Rector, las propuestas de polÍticas que deben regir Ia actividad académica de investigación, la innovación y la creación artística, aprobadas previamente por el Consejo Académico. Presentar al Consejo Académico, y por conducto de su presidente, para su consideración, consulta

siempre y cuando no sea de nombramiento del Rector, de conformidad con los requisitos legales

y las disposiciones reglamentarias vigentes. k.

Evaluar periódicamente a los Directores de las unidades y de las dependencias adscritas a la Vicerrectoría de Investigación.

t.

Presentar al Conseio Académico para su concepto, y por conducto de su presidente, el informe evaluativo sobre la aplicación de las políticas y directrices que rigen la actividad académica de investigación, Ia innovación y la creación artística de la Universidad y coordinar la evaluación periódica de los

o aprobación según el caso, las propuestas de directrices a las que deberá suietarse la actividad de investigación, la innovación y Ia creación artística, especialmente en Io que corresponde a Comités de Investigación y Ética, grupos de investigación, programas de investigación, innovación y creación artística, los planes de desarrollo correspondientes y demás mecanismos para su desarrollo. d.

Nombrar, promover y remover al personal adscrito a la Vicerrectoría de Investigación,

procesos relacionados. m.

Presentar al Consejo Académico, y por conducto de su presidente, para su consideración, consulta o aprobación según el caso, las propuestas de

Generar la información correspondiente de la actividad académica de investigación, de irurovación y de creación artística, y suministrarla a las

facultades y

a las

dependencias del gobierno

general de Ia Universidad, asÍ como a las entidades externas pertinentes.

directrices para la aplicación, la apropiación, Ia divulgación y la difusión del conocimiento

Presentar aI Consejo Académico, por conducto de su presidente, su concepto sobre Ia creación,

derivado de la actividad de investigación, de la

modificación, supresión o suspensión de maestrías de investigación, de maestrías mixtas (profundización e investigación) y de

innovación y de la creación artística así como para Ia colaboración científica y técnica y en 1o concerniente a su internacionalización.

doctorados. e.

Establecer los mecanismos para impulsar, promover, estimular y proteger el conocimiento generado en Ia actividad de investigación, en

o.

la innovación y en la creación artística en eI marco de la Política de Propiedad Intelectual de la Universidad.

Académico, según corresponda, su concepto sobre las reformas curriculares y sobre las modificaciones relativas a la identificación de los Programas Académicos de maestrías de

Convocar y presidir los Consejos de Facultad,

investigación, de maeshías mixtas (profundización e investigación) y de doctorados.

para los asuntos de su competencia. p. o b.

Convocar y presidir el Comité Asesor

de

Representar a la Universidad, por delegación del Rector, ante los organismos, entidades y agencias

nacionales e internacionales relacionadas con Ia actividad académica de investigación, de Ia innovación y de la creación artística. t.

Presentar al Rector de la Universidad su concepto sobre la creación de Institutos para su consideración en eI Consejo Directivo Universitario.

ANALES DE LA aONTIFICIA

Promovet, apoyar, incentivar y facilitar el crecimiento yla consolidación de las capacidades investigativas de Ia Universidad y, en eI ámbito de su competencia, gestionar eI desarrollo de la actividad académica de investigación, de la innovación y de la creación artística.

Investigación, cuyos miembros serán designados por el Rector de la Universidad. h.

Presentar aI Vicerrector Académico o al Consejo

q.

Orientar y organizar las acciones correspondientes

para eI aseguramiento de la calidad y Ia pertinencia de la actividad de investigación, de innovación y de la creación artística.

Orientar, dirigir y gestionar Ia búsqueda y la consecución de recursos nacionales e in-

IINMRSIDAD IAWRIANA - PRIMER SEMESTRE - ¡ÑO zotz


organización y control de la extensión, que comprende la actividad académica de servicio, definida asÍ estatutariamente, y los asuntos derivados de las relaciones interinstitucionales de la Universidad, y señalar las pautas y procedimientos que sean necesarios para ello.

ternacionales para la financiación de las activi-

dades de investigación, de innovación

y

de

creación artística.

s.

Fomentar y apoyar Ia investigación y Ia creación

artística de carácter interdisciplinario para el abordaje de las problemáticas a las cuales pretende responder la Universidad.

t.

b.

Presentar al Consejo Directivo Universitario,

por conducto del Rector, las propuestas hesentaralRectorparasuaprobaciónlapropuesta de organización interna y de funcionamiento

de

políticas que deben regir la extensión, aprobadas previamente por el Consejo Académico.

de la Viceuectoría de Investigación y de sus

. u. v.

w.

dependencias.

Presentar al Consejo Académico, y por conducto

Establecer las funciones del Asistente para la Creación ArtÍstica.

o aprobación según eI caso, las propuestas

de su presidente, pa.ra su consideración, consulta

de directrices a las que deberá sujetarse Ia extensión.

Presentar al Rector la propuesta de creación, suspensión o supresión de cargos en la Vicerrectoría de Investigación y de sus dependencias.

d.

Presentar al Rector para su aprobación, de acuerdo con el ámbito de su competencia, Ias propuestas de directrices a las que deberán sujetarse las relaciones interinstitucionales.

e.

Convocar y presidir eI Comité Asesor de Extensión y Relaciones Interinstitucionales, cuyos miembros serán designados por el Rector de la Universidad.

f.

Nombrar, promover y remover al personal adscrito a Ia Vicerrectoría, siempre y cuando no sean de nombramiento del Rector, de conformidad con los requisitos legales y las

Presentar al Rector el informe anual y los planes de desarrollo de la Vicerrectoría de Investigación y de sus dependencias, previa consideración en el Consejo Académico.

58. Hacen parte de la Vicerrectoría de Investigación: Ia Dirección de Investigación, la Dirección de Innovación y la Asistencia para la Creación Artística. 59. Están adscritos a Ia VicerrectorÍa de Investigación:

el Instituto Pensar y el Instituto de Bioética.

disposiciones reglamentarias vigentes.

Se

podrán adscribir a la Vicerrectoría de Investigación otros institutos.

o

¿r'

unidades de Ia Vicerrectoría y a los jefes de otras dependencias directamente adscritas.

60. Los Directores y el Asistente para la Creación Artística de la Vicerrectoría de Investigación serán nombrados

por el Rector, oído eI parecer del Vicerrector de Investigación, para un período de hasta tres (3) años, prorrogable por períodos iguales. Dependerán

directamente del Vicerrector de Investigación y ejercerán sus funciones de conformidad con las políticas del Consejo Directivo Universitario y con las directrices adoptadas por el Consejo Académico y el Vicerrector de Investigación. VICERRECTORÍA DE EXTENSIÓN Y REIACIONES INTERINSTITUCIONALES

61. Son funciones del Vicerrector de Extensión y de Relaciones Interinstitucionales a. Dirigir, en el nivel general, según las políticas del :

Consejo Directivo Universitario, las directrices del Rector, y del Consejo Académico, Ia planeación,

ANALES DE

Evaluar periódicamente a los Directores de las

h.

Presentar al Consejo Académico para su con-

cepto, y por conducto de su presidente, el informe evaluativo sobre la aplicación de las polÍticas y directrices que rigen la extensión, y coordinar la evaluación periódica de los procesos relacionados. Generar la información correspondiente de Ia actividad académica de extensión y a las relaciones interinstitucionales, y suministrarla a las facultades y a las instancias del gobierno general de la Universidad y externas pertinentes,

Promover, apoyar, incentivar

y facilitar, y

en

el ámbito de su competencia, gestionar el desarrollo de la extensión de la Universidad,

LA PONTIFICIA UNIWRSIDAD JAWRIANA . PRIMER SEMESTRE - ANO 2072


k.

Orientar y organizar las acciones correspondientes

para Ia consolidación y eI desarrollo de la extensión y de las relaciones interinstitucionales de la Universidad. l.

Orientar, fomentar y organizar, en coordinación con las unidades correspondientes, las acciones

relacionadas con Ia moviiidad nacional e internacional de estudiantes de y hacia la Universidad. m.

n.

Apoyar a las dependencias responsables en la Universidad en Ias actividades de movilidad nacional e internacional de profesores de y hacia la Universidad.

Orientar y organizar las acciones para eI fortalecimiento de las relaciones con los egresados.

Orientar y organizar las acciones que permitan

promover y fortalecer Ia presencia de Ia Universidad en las regiones. p.

hesentar

al Rector para su

aprobación la propuesta

de organización interna y de funcionamiento

de las unidades de Ia Vicerrectoría y sus dependencias. q.

hesentar al Rector, la propuesta de creación, suspensión o supresión de cargos de Ia VicerrectorÍa y de sus dependencias.

Presentar aI Rector el informe anual y los planes de desarrollo de la Vicerrectoría y de sus

62. Hacen parte de la Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales: Ia Dirección de Consultoría, la Dirección de Educación Continua, la Dirección de Asuntos Internacionales, la Dirección de Relaciones con Egresados y la Oficina de Movilidad

Estudiantil.

y eI Jefe de la Oficina de Movilidad Estudiantil de la Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales serán nombrados por eI Rector, oído eI parecer del Vicerrector de Extensión, para un período de hasta tres (3) años,

63. Los Directores

prorrogable por períodos iguales. Dependerán directamente del Vicerrector de Extensión y Relacibnes

Interinstitucionales, y ejercerán sus funciones de conformidad con las políticas del Consejo Directivo Universitario y con las directrices adoptadas por el Consejo Académico y el Vicerrector de ExtenJión y Relaciones Interinstitucionales. ARTÍCULO QUINTO- Las modificaciones al Reglamento Orgánico de Ia Sede Cenhal de laUniversidad consignadas en este Acuerdo entrarán en vigencia con la promuigación a Ia Comunidad Universitaria de la Sede Central, que se entenderá surtida con su publicación en el sitio Web de la Universidad, y requerirán de un proceso gradual de implementación bajo la dirección directa del Rector de la Universidad. Dado en Bogotá, D.C., el 18 de abril d.e 2O12 |oaquñ Ermro SÁNumz GancÍa, S.|. Presidente del Consejo Directivo

]runo H. CnurNrss Maonm Secretario del Consejo Directivo

dependencias, previa consideración en eI Consejo

Académico.

ANALES DE r-4, PONTTFTCTA IINIWRSTDAD JAWRTANA - SRIMER SEMES'.TRE - ¡ÑO zotz


ACUERDO NO 565

ACUERDO NO 564 IM a e strí a e n Admini stra ci ón)

¡Política editorial para las revistas científicas)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA LINIVERSIDAD JAVERIANA

DE LA PONTIFICIA UNTVERSIDAD JAVERIANA

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:

1o

Que la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas ha preparado un proyecto de programa

EL CONSEIO DIRECTIVO

1.

de Maestría en Administración.

2"

publicaciones seriadas y arbitradas en formato impreso o electrónico que satisfacen los requisitos

Que este programa después de haber recibido aprobación en el Consejo de Ia Facultad y en el

nacionales e internacionales de calidad editorial y científica, de visibilidad y de accesibilidad, que pubiican resultados originales de investigación y otros trabajos académicos, que contribuyen al avance de un campo de conocimiento, a la estructuración de comunidades académicas, a la apropiación de dichos resultados y a la divulgación de Ia solución multidisciplinar de problemas de la sociedad.

Consejo Académico, fue presentado en la reunión de hoy a este Consejo, cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad.

3"

Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de Ia Universidad es función del Consejo Directivo "Para Ia Sede Central de la Universidad aprobar... Programas Académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos",

Que la presente política está dirigida a las Revistas Científicas (RC) con que cuenta la Pontificia Universidad Javeriana. Se consideran como RC aquellas

a

ACUERDA:

Que los desarrollos recientes tanto en las políticas como en la capacidad de producción y divulgación de conocimiento en Colombia y en el mundo plantean nuevas exigencias a las RC.

Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la creación del Programa de Maestría en Administración, eI cual queda adscrito a Ia Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas.

ARTÍCULO PRIMERO -

ARTÍCUL0 SEGUNDO - Aprobar el otorgamiento en este Programa del título de Magister o Magistra en Administración.

3.

e impacto del conocimiento generado. 4.

Que las RC de la Universidad expresan la tradición académica de la institución, el aporte a lo largo de los años de sus comunidades de profesotes, así como

el reconocimiento del nombre de la Universidad en eI contexto académico y científico nacional e internacional. En consecuencia, Ias RC deberán continuar con la consolidación de su trayectoria académica, que ha permitido la institucionalización, la internacionalización y el posicionamiento de

ARTÍCULO TERCER0 - El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará

ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios para obtener el Registro Calificado de este programa y su inclusión en el SNIES.

marca de la Universidad.

Dado en Bogotá, D.C., eI 18 de abril de 2o1.2. Jarno H. Crrus'rrns M¡¡nr¡ loaquñ Evruo SÁrcsnz GancÍa, S.]. Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

Que para preservar su vigencia, las RC deberán cada

vez más constituirse en un vehículo eficaz para lograr una mejor divulgación, difusión, apropiación

5.

Que Ia Planeación Universitaria 2007-2016 contempla

en su meta 2L62, a cargo de la Vicerrectoría Acadé-

mica, "crear una política de revistas científicas y tecnológicas que fortalezca, apoye y estimule la producción intelectual de Ia Universidad". Al respecto, el Consejo Directivo Universitario emitió en años anteriores la siguiente orientación para Ia formulación de dicha política: "la Vicerrectoría Académica debe preparar la propuesta de una política

en relación con las publicaciones periódicas de la Universidad, que contemple criterios de calidad, pertinencia y sostenibilidad".

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD

JAWRIANA . PRIMER SEMESTRE - AÑO 2012


6.

Que el Comité de Publicaciones Científicas y

Tecnológicas y un grupo de expertos externos han

analizado y debatido esta propuesta de política y consideran que es apropiada, viable y permite guiar la actividad de las RC, y que Ia misma fue estudiada y considerada positivamente por el Consejo

un profesor vinculado con la Universidad, con título de posgrado, que tenga reconocimiento en eI área de conocimiento, que publique en revistas indexadas y que conozca el oficio editorial. Los editores de revistas registrarán su dedicación a esta labor en el PIan Semestral de Trabajo.

Académico.

7.

Que de conformidad con el numeral 116, p. de los Estatutos de la Universidad es función del Consejo

ARTÍCULO CUARTO - En virtud de sus funciones reglamentarias, le corresponde al decano académico dirigir el desarrollo de las actividades académicas y

Directivo Universitario: "Reglamentar lo relativo

administrativas de las RC de su Facultad.

a las publicaciones que se hagan en nombre de la

ARTÍCULO QUINTO - Las diferentes unidades del

Universidad." ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO - Las revistas científicas (RC) cumplirán los estándares de calidad científica, editorial, de visibilidad y accesibilidad que garanticen su permanencia en el tiempo y tendrán el reconocimiento que se espera de ellas en los sistemas de indexación y resumen de alta visibilidad e impacto, de acuerdo con sus objetivos propios, de su campo de conocimiento y el ámbito de difusión que pretenden alcanzar. Las RC deberán contar con un plan estratégico a cinco años con procesos de mejora continua, en los cuales formularán sus propias metas que incluyan lo concerniente a su labor cientÍfica, editorial y a sus expectativas particulares de indexación.

ARTÍCULO SEGUNDO - Las RC deberán tener un desempeño editorial, administrativo y financiero que sea susceptible de evaluación y seguimiento en todo momento. Dicho desempeño será evaluado periódicamente y en función de los resultados obtenidos se podrán tomar decisiones acerca de la permanencia o del sostenimiento económico de las RC.

gobierno general apoyarán, cada una en el ámbito de su competencia, la labor de las RC. En especial, la Editorial

Pontificia Universidad Javeriana pone a disposición de las facultades y de las RC que deseen utilizarlos, sus conocimientos, su experiencia, su trayectoria y su infraestructura, en beneficio de dichas publicaciones. El vicerrector académico fijará los criterios mediante los cuales se podrá fomentar o apoyar a las RC, atendiendo a las características particulares de cada una de ellas. Para las revistas indexadas en ISI y Scopus, la Vicerrectoría Académica tendrá unos incentivos académicos adicionales.

ARTÍCULO SEXTO - Las RC deberán definir, en concordancia con las prácticas usuales de las comunidades

académicas o científicas en las que se inserta, los mecanismos y los procedimientos que regulen la relación con los autores y observen las normas y disposiciones vigentes sobre derechos de autor. La Dirección ]urídica

establecerá para cada RC las condiciones para el cumplimiento de 1o que al respecto de la protección de marca, lineamiento éticos y demás aspectos de protección de propiedad intelectual de la Universidad se considere pertinente proteger.

ARTÍCULO TERCERO - La orientación científica y editorial de cada RC será fijada por su comité editorial,

Dado en Bogotá, D.C., eI 16 de mayo de

con el apoyo de los comités científicos que se consideren convenientes y por su editor. El editor de la revista será

IoAauñ Evrro Sr(Ncunz GancÍa, S.f. Presidente del Consejo Directivo

2O1.2.

|amo H. CmusMEs MADRTD Secretario del Consejo Directivo

ANALES DE LA PONTIFICIA UNruERSIDAD JAWRIANA - PRIMER SEMESTRE - ANO 2072


DIRECTRI Z EXPEDIDA POR I-A vr c E RRE c ro R AACAU ÉvrrcA


CIRCUIAR

Para:

NO 01 - 2012

DECANOS ACADEMICOS DECANOS DEL MEDIO UNIVERSITARIO DIRECTORES DE CARRERA SECRETARIOS FACULTAD

Lo anterior implica que aspirantes que acrediten un examen de estado aún no reconocido por el ICFES, deberán adelantar dicho trámite antes de poder presentarse al proceso de admisión a un programa de pregrado en la Universidad.

Adjunto

a esta

circular estamos enviando las resoluciones

000132 de febrero 28 de

2O1.1.

y 000538 de septiembre 30

de 2o'1,1, proferidas por el ICFES, en las que se reconoce De:

VICERRECTOR ACADÉMICO

la validez de varios exámenes de estado extranjeros equivalentes aI examen de estado colombiano.

Asunto: Requisito de admisión para programas de pregrado de aspirantes graduados de bachiller en el exterior

Fecha:

Les agradezco tener en cuenta esta disposición con el fin de informar adecuadamente a los interesados y aspirantes de sus programas.

9 de febrero de 201.2

Apreciados Directivos

Atentamente,

:

Recibanun cordial saludo. De acuerdo con Io establecido en eI Decreto 860 de abril 4 de 2003 que reglamenta eI artículo 14 de la Ley 30 de 1992 en 1o relacionado con

VICENTE DURÁN CASAS, S.J,

Vicerrector Académico

los requisitos para que "personas nacionales o extranjeras

que hayan culminado sus estudios de educación secundaria en otros países y aspiren a ingresar a una institución de educación superior en Colombia, para adelantar programas de pregrado, deberán acreditar el examen de Estado presentado por el aspirante en eI país donde culminó sus estudios de educación secundaria, equivalente al examen de Estado Colombiano"; y de acuerdo con el artÍculo 4 del Decreto 869 de marzo 1,7 de 2010 en el que se define que "eI Instituto Colombiano para Ia Evaluación de Ia Educación - ICFES - podrá reconocer a las personas que hayan obtenido el título de bachiller fuera del país, la validez de exámenes similares al Examen de Estado de la Educación Media, presentados en eI exterior, conforme aI procedimiento que establezca el 1CFES para este efecto"; la Universidad, dentro de su autonomía universitaria, define como requisito de

admisión para los programas de pregrado de aspirantes graduados o que se van a graduar de bachillerato en el exterior cualquier examen de estado similar al Examen de Estado de la Educación Media, hoy llamado Prueba Saber 11o, siempre y cuando se encuentre reconocido por el Instituto Colombiano para la Evaluación de Ia Educación (ICFES).

ANALES DE

LA poNTrFrcrA UNTwRSTDAD IAwRTANA - aRTMER SEMESTRE - año zotz


DIRECTRIZ EXPEDIDA POR LA VI C E RRE C TORÍA AD MINI STRATIVA


CIRCULAR NO. 01 /ZOTZ Para:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL DECANOS ACADÉMICOS DECANOS DEL MEDIO UNTVERSITARIO SECRETARIO S DE FACULTAD DE DEPARTAMENTO DE CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN DE MAESTRÍA DE DOCTORADO DE CENTRO DE INSTITUTO

DIRECTORES DIRECTORES DIRECTORES DIRECTORES DIRECTORES DIRECTORES DIRECTORES De:

propios de su quehacer. Esta medida sin duda las fortalece al asignarles mayores niveles de responsabilidad.

Cordialmente, ROBERTO ENRIQUE MONTOYA VILLA Vic errector Administrativo

VICERRECTOR ADMINISTRATIVO

Asuntor Módulo

Fecha:

Confiamos que esta decisión impacte positivamente Ia gestión y cultura organizacional aI otorgar una mayor descentralización y autonomÍa en las facultades y otras unidades de la Universidad. Esto permitirá que asuntos que hoy se resuelven en el Gobierno General sean resueltos internamente en las unidades dado que son

de compras - Peoplesoft

27 de matzo de

2O1,2

Apreciados miembros de la Comunidad Javeriana: Como parte de las acciones de Ia Vicerrectoría Adminis-

trativa encaminadas al fortalecimiento de la gestión universitaria, enmarcadas en el propósito 7 de Planeación, me permito informar que en el mes de abril quedarán implementadas las nuevas matrices de atribuciones para compra de bienes y servicios aprobadas por el Consejo Administrativo en su sesión del2q de mayo de 2O'1.'1.. Para este proceso se ha definido un cronograma de trabajo

que se llevará a cabo durante eI periodo de Semana Santa, el cual requiere del cierre temporal del módulo de compras de PeopleSofty la cancelación de los pedidos de bienes y de servicios que no hayan finalizado su proceso de aprobación aI 30 de marzo de 20L2, o hayan finalizado en error en esa fecha.

Por lo anterior, solicito su colaboración para que entre el día de hoy y el 30 de marzo sean realizadas todas las aprobaciones de las compras que estén pendientes en sus unidades con el fin de evitar re-procesos, ya que los pedidos que sean eliminados por el cierre temporal deberán ser creados y aprobados nuevamente en dicho módulo una vez sea liberado, lo cual se tiene previsto para el miércoles 11 de abril de 20L2.

ANALES DE I-4, PONTIFICIA UNIWRSIDAD IAWRIANA . PRIMER SEMESTRE - ANO 2072


Pontificia Universidad

JAVERIANA Bogokรก


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