LA PROTECCION DE LOS
REFUGIADOS EN MEXICO
México como país de refugio, ha brindado una nueva oportunidad de vida a quienes huyendo, de guerras, conflictos internos, violaciones masivas de derechos humanos, perturbación grave del orden público, o persecuciones individualizadas por causa de su raza, religión, nacionalidad o ideología, se ven forzados a abandonar sus países para salvar sus vidas y las de su familia. Actualmente, México otorga protección a refugiados que llegan de manera individual o en pequeños grupos familiares, provenientes en su gran mayoría de países de Centro y Sudamérica, África, Medio Oriente y
ANTECEDENTES Entre los primeros refugiados fue durante la Guerra Civil de los Estados Unidos de Norteamérica, entre 8 mil y 10 mil personas cruzaron la frontera para acogerse a la protección de Nación Mexicana. La Segunda Guerra Mundial y el período de la “Guerra Fría”, provocaron que personas europeas y asiáticas huyendo de la violencia y la persecución, buscaran protección en
nuestro país. Más tarde, para los años 80’s, algunos países de Centroamérica se vieron afectadas por conflictos internos marcados por la violencia, provocando un gran número de personas que llegaron a nuestro país para salvaguardar sus vidas. Entre los conflictos de Centroamérica, se encontraba principalmente el de Guatemala; la cual en nuestro país se inicio la etapa de "El Refugio Guatemalteco", en el que se registro 46 mil campesinos guatemaltecos, los cuales se asentaron en Chiapas, Campeche y Quintana Roo.
Con la implementación de programas, fue hasta 1999, aproximadamente 42,737 refugiados se acogieron a la repatriación voluntaria, y los que
consideraron permanencia definitiva, ya alcanzaban niveles de autosuficiencia que les permitieron dejar de depender de la ayuda.
¿Cuáles son los supuestos para reconocer a un extranjero como Refugiado? Los motivos para que a una persona se le sea reconocida como refugiado: I. Por temor de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo u opiniones políticas, se encuentre fuera de su país y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de
nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él; II. Que ha huido de su país, porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia, agresión extranjera, conflictos internos, violación de los derechos humanos o
circunstancias perturben el público, y
que orden
III. Por circunstancias que hayan surgido en su país o como resultado de actividades realizadas, durante su estancia en territorio nacional, tenga fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo u opiniones políticas, o su vida, seguridad o libertad pudieran ser amenazadas por
¿Cuáles son los derechos que tiene los refugiados? Los refugiados, al igual que toda persona que se encuentra en territorio mexicano, gozan de las garantías individuales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Entre ellos destacan los siguientes:
No devolución;
No discriminación; No sanción por in greso irregular; Apoyo de las institu ciones públicas; Servicios de salud; Educación y, el reco nocimiento de sus estudios;
Derecho al trabajo; Obtener el docu mento de identidad y viaje expedido por la SRE; Solicitar la reunifica ción familiar, y Obtener el documento migratorio que acredite su legal
COMAR, Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados. La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), es la principal institución de ayuda a refugiados en México, efectúa y expedita los procedimientos de reconocimiento, cesación cancelación y revocación de la condición de refugiado,
así como otorgar la asistencia institucional con dependencias gubernamentales, organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil, y en general, con cualquier institución que otorgue directamente apoyos o
Instituciones de ayuda a Refugiados.
Institución Internacional
Creación de la COMAR. A partir de 1980, México comienza a recibir flujos de personas provenientes de
Centroamérica, quienes buscaban protección en nuestro país. Ante tal situación, el Gobierno de México decidió establecer un órgano que atendiera las necesidades de la población refugiada; dando origen a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), órgano intersecretarial creado mediante Acuerdo
Presidencial, conformado por las Secretarías de Gobernación, Relaciones Exteriores y del Trabajo y Previsión Social. La COMAR para el desarrollo de sus funciones cuenta con un Órgano Administrativo Desconcentrado dependiente de la Secretaría de Gobernación, denominado
¿Qué tipo de Asistencia se les proporciona a los Refugiados? La proporciona la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, cubre los siguientes aspectos: Atención social. Aprendizaje del español, salud, educación, ayuda para subsistencia y programas de bienestar social. Niños, o refugiados.
adolescentes
Atención integral a niños, o adolescentes no acompañados o separados. Reunificación Familiar. Solicitud de internación de familiares del refugiado, (cónyuge, concubinario, concubina, hijos, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, parientes consanguíneos del cónyuge, concubinario, concubina, hasta el
segundo grado) que dependan económicamente del refugiado. Integración al país. Capacitación para el trabajo; orientación para la orientación y trámites.
naturalización, apoyo para
Asuntos migratorios. Regularización migratoria,
Procedimiento para ser reconocido como Refugiado en México. Cualquier extranjero que se encuentre en territorio nacional, tiene derecho a solicitar que le reconozca la condición de refugiado, y debe presentar su solicitud ante la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados o ante Instituto Nacional de Migración.
Recibida la solicitud, se garantiza la no devolución del solicitante a su país de origen. Se aplican los principios de confidencialidad y no discriminación.
los hechos en los que se basa su solicitud y aportar los elementos que crea pertinentes.
El solicitante debe llenar un cuestionario y ser entrevistados de manera personal, durante la entrevista, donde narrara
Posteriormente, la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados realiza una investigación
En caso necesario se le proporcionara un traductor o intérprete.
y
fuentes confiables, y en caso necesario solicita información (ACNUR).
resolución respecto del reconocimiento o no de la condición de refugiado.
Dentro de 45 días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud, la Coordinación General emitirá una
En caso de reconocerse la condición de refugiado, el INM lo documentará bajo la calidad de Inmigrado. En el supuesto
de no reconocerse la condición de refugiado, la Coordinación General en la misma resolución debe pronunciarse de otorgar o no la protección complementaria.
Requisitos de Trámite. Solicitud
de trámite. Formato de estancia. Escrito libre, en el que se solicite la característica migratoria de Refugiado. Oficio de la COMAR en su carácter de Secretariado Técnico del Comité de Elegibilidad, mediante el cual recomiende documentar como No Inmigrante Refugiado. Presentar en cualquier delegación del INM cercana a tu lugar de residencia.
Obligaciones y Derechos en Calidad de Refugiado. Obligaciones.
Derechos.
No
Conservar la calidad y característica migratoria.
dejar vencer el documento migratorio durante su estancia.
Solicitar la internación de los familiares directos Portar
en migratorio.
todo
momento
el
documento
Si se desea salir del país es necesario que
tales como esposa, hijos y padres bajo el concepto de reunificación familiar. Transitar libremente por territorio nacional.
solicite un permiso de salida y regreso ante este instituto.
Realizar cualquier actividad lucrativa o no,
Notificar la actividad, cambio de nacionalidad,
Adquirir valores de renta fija o variables y
siempre que esta sea lícita y honesta. domicilio o estado civil dentro de los 30 días siguientes de su realización.
realizar depósitos bancarios. Solicitar prórroga de estancia.
Solicitantes y Refugiados
LEGISLACION. - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. -
Ley Orgánica Administración Federal.
de la Pública
- Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria - Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal - Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal - Ley General de Población -
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
By Victoria Alonso