PILDORAS INFORMATIVAS
REAL DECRETO-LEY 4/2013 , de medidas de apoyo al emprendedor y de est铆mulo al crecimiento y creaci贸n de empleo.
Est铆mulos a la contrataci贸n
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PILDORAS INFORMATIVAS ESTIMULOS A LA CONTRATACION Art. 9 . Incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa Empresas Autónomos
Contratantes y Trabajadores
Jóvenes años
Incentivos -Reducción de la cuota por Contingencias Comunes del trabajador contratado del 100% ( empresas de menos de 250 trabajadores) - Durante un máximo de 12 meses prorrogables por otros 12 meses en las condiciones del artículo 9
Contratados desempleados menores
30
Requisitos -No tener experiencia laboral o que sea inferior a 3 meses - Proceder de otro sector actividad - Estar inscrito en desempleo al menos 12 meses durante los 18 meses anteriores al contrato
La formación no tiene que estar vinculada específicamente al puesto de trabajo. Podrá ser la formación oficial o acreditable por SSPPE ; o en idiomas o tecnologías de la información/comunicación con duración mínima 90 horas/año -El contrato podrá celebrarse por tiempo completo o por duración determinada - La jornada pactada no podrá ser superior al 50% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable -Las empresas no deberán haber adoptado en 6 meses anteriores al contrato decisiones extintivas improcedentes -Las empresas deberán mantener el nivel de empleo alcanzado con el contrato durante el período contratado con un máximo de 12 meses desde su celebración. -2-
PILDORAS INFORMATIVAS ESTIMULOS A LA CONTRATACION
Art. 10 . Contratación indefinida de un joven por microempresa y autónomos Contratantes Empresas y Trabajadores Autónomos
Jóvenes años
Incentivos -Reducción de la cuota por Contingencias Comunes del trabajador contratado del 100% - Durante el primer año del contrato en las condiciones del artículo 10
Contratados desempleados menores
30
Requisitos -Tener una plantilla igual o inferior a 9 trabajadores. -No haber tenido vinculo anterior con el trabajador -Los beneficios se aplicarán respecto a un contrato. -Para la aplicación del beneficio la empresa deberá mantener en el empleo al trabajador al menos 18 meses
Esta modalidad no se aplicará cuando el contrato se concierte con arreglo al art.4 Ley 3/2012 ; cuando se trate de contratos a fijos discontinuos; y cuando se trate de contratos indefinidos incluidos en art.2 Ley 43/2006 -Las empresas no deberán haber adoptado en 6 meses anteriores al contrato decisiones extintivas improcedentes -Las empresas deberán mantener el nivel de empleo alcanzado con el contrato al menos 1 año desde su celebración -No debe haberse celebrado con anterioridad otro contrato con arreglo a este artículo salvo lo dispuesto en el art. 10.5 de este Real Decreto -3-
ESTIMULOS A LA CONTRATACION
Art. 11 . Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento Contratantes Trabajadores cuenta propia menores de 30 años y sin asalariados
Contratados Desempleados de edad igual o superior a 45 años Requisitos - Estar inscrito en desempleo al menos 12 meses durante los 18 meses anteriores al contrato, o que resulten beneficiarios del programa de recualificación de las personas que agotan su protección de desempleo
Incentivos -Reducción de la cuota empresarial de la Seguridad Social del 100% - Durante los 12 meses siguientes a la contratación
En el caso de que la contratación de un trabajador pudiera dar lugar a la aplicación de otras bonificaciones o reducciones sólo se aplicará una de ellas, correspondiendo la opción al beneficiario -Las empresas deberán mantener el nivel de empleo alcanzado con el contrato al menos 18 meses desde su celebración
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PILDORAS INFORMATIVAS ESTIMULOS A LA CONTRATACION Art. 12 . Primer empleo Joven Contratantes Empresas en general
Incentivos -Bonificación en las cuotas empresariales a la Seg. Social de 500€/año durante 3 años - La bonificación será de 700€/año si se celebra con una mujer
Contratados Jóvenes desempleados menores de 30 años sin experiencia profesional, o que sea esta menor a 3 meses Requisitos - Estos contratos se regirán por el art. 15.1.b del ET salvo: -Causa del contrato será la adquisición de una primera experiencia profesional -Duración mínima del contrato será de 3 meses y la duración máxima de 6 meses, con los requisitos del art. 12 -El contrato será a jornada completa o parcial, en este caso superior al 75% de la de una jornada completa.
-Para que se apliquen las bonificaciones es necesario que en un plazo mínimo de 3 meses desde la celebración del contrato se transformen en indefinidos los contratos. - Es necesario que la jornada pactada sea al menos del 50% a la correspondiente a trabajador a tiempo completo -Las empresas deberán mantener el nivel de empleo alcanzado con el contrato al menos 12 meses desde su celebración -Las empresas no deberán haber adoptado en 6 meses anteriores al contrato decisiones extintivas improcedentes -5-
PILDORAS INFORMATIVAS ESTIMULOS A LA CONTRATACION
Art. 13 . Incentivos a los contratos en prácticas para primer empleo ( art 11 ET) Contratantes Empresas y trabajadores autónomos
Incentivos -Reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes -Durante toda la vigencia del contrato
Contratados Jóvenes menores de 30 años aunque hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización de sus estudios Requisitos - Estos contratos se regirán por el art. 11 del ET.
-En los supuestos que , con arreglo al RD 1543/2011, el trabajador estuviese realizando prácticas no laborales en el momento de la concertación del contrato en prácticas, la reducción de cuotas será de un 75%
-En lo no previsto en este artículo será de aplicación en cuanto a los incentivos , lo dispuesto en la sección I del capítulo I de la Ley 43/2006
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PILDORAS INFORMATIVAS ESTIMULOS A LA CONTRATACION
Art. 14 . Incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de economía social -Bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social durante 3 años, cuya cuantía será de 800 €/año, aplicable a las cooperativas o sociedades laborales que incorporen trabajadores desempleados menores de 30 años como socios trabajadores o de trabajo
-Bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social aplicables a empresas de inserción en los supuestos de contratos suscritos con menores de 30 años en situación de exclusión social durante toda la vigencia del contrato, o durante 3 años en caso de contratación indefinida , de una cantidad de 1650 €/año
-En lo no previsto en este artículo será de lo dispuesto en la Ley 43/2006 en cuanto a requisitos , exclusiones, cuantías máximas o incompatibilidades
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