4 minute read

L os principios de L cumpL imiento cooperativo en materia tributaria

Saturnina Moreno González

Catedrática de Derecho Financiero y Tributario.

Advertisement

Centro Internacional de Estudios Fiscales, Universidad de CastillaLa Mancha

Pedro José Carrasco Parrilla

Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario, Centro Internacional de Estudios Fiscales, Universidad de CastillaLa Mancha

Directores

José Ángel Gómez Requena

Profesor Contratado Doctor Interino de Derecho Financiero y Tributario. Centro Internacional de Estudios Fiscales, Universidad de Castilla-La Mancha

Coordinador Jaime Sesma Moreno

Aitor Orena Domínguez

Rosa Litago Lledó

Autores

Antonio José Ramos Herrera

Yohan Andrés Campos Martínez

Fernando Serrano Antón

Gracia María Luchena Mozo

Pedro J. Carrasco Parrilla

María Esther Sánchez López

Saturnina Moreno González

José Ángel Gómez Requena

Gabriela Lagos Rodríguez

Raquel Álamo Cerrillo

Daniel Coronas Valle

María Soledad Micone

Colección: Financiero

Director: Miguel Ángel Collado Yurrita (Catedrático de Derecho financiero y tributario de la UCLM)

Obra colectiva financiada por el proyecto de investigación: «El cumplimiento cooperativo de las obligaciones tributarias en la era post BEPS: nuevos retos», PGC2018-097713-B-I00 (MCIU/AEI/FEDER, UE), financiado por MCIN/ AEI/10.13039/501100011033/ y por FEDER Una manera de hacer Europa, cuyos Investigadores Principales son la Profa. Dra. Saturnina Moreno González y el Prof. Dr. Pedro José Carrasco Parrilla.

Reservados todos los derechos. De conformidad con lo dispuesto en los arts. 270, 271 y 272 del Código Penal vigente, podrá ser castigado con pena de multa y privación de libertad quien reprodujere, plagiare, distribuyere o comunicare públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, fijada en cualquier tipo de soporte, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

© 2023 Los autores

© 2023 Atelier

Santa Dorotea 8, 08004 Barcelona e-mail: editorial@atelierlibros.es www.atelierlibrosjuridicos.com

Tel.: 93 295 45 60

I.S.B.N.: 978-84-18780-71-4

Depósito legal: B 9356-2023

Diseño y composición: Addenda, Pau Claris 92, 08010 Barcelona www.addenda.es

Impresión: Winihard Gràfics, Avda. del Prat 7, 08180 Moià

p róL ogo

Miguel Ángel Collado Yurrita

Catedrático de Derecho Financiero y Tributario

Director del Centro Internacional de Estudios Fiscales

Universidad de Castilla-La Mancha

La construcción, aplicación y respeto de los principios jurídicos constituye la esencia de las relaciones jurídico-tributarias. Los principios actúan en el ordenamiento jurídico como normas axiológicas que, en unos casos, se deducen expresamente de las normas jurídicas y, en otros casos, irradian del ejercicio hermenéutico que realizan los operadores jurídicos, así como los órganos jurisdiccionales. La irrupción de la relación cooperativa en la esfera tributaria trae consigo la necesidad de consolidar una serie de principios fundamentales que actúen como pilares estructurales de un nuevo modo de relación entre los contribuyentes y las administraciones tributarias.

No es casualidad el cambio de estrategia de la Administración tributaria en pro de la implementación de mecanismos de colaboración y confianza mutua con determinados contribuyentes. La conflictividad tributaria merma la recaudación y supone costes administrativos que pueden ser minorados con la edificación de una relación cooperativa que deje atrás un modelo de confrontación que debería entenderse superado. A tenor de dicha necesidad, la Administración tributaria española ya ha introducido modelos de cumplimiento cooperativo de las obligaciones tributarias como, por ejemplo, los códigos de buenas prácticas, focalizados sobre grandes empresas y los profesionales tributarios, y un sistema de gestión de riesgos fiscales a través de la Norma UNE 19602:2019, también aplicable para las empresas. Recientemente, se está trabajando ya en la redacción de un código de buenas prácticas para los profesionales autónomos.

En este contexto, el principio o derecho a una buena administración es la piedra angular sobre la que pivotan el resto de los principios que sustentan el cumplimiento cooperativo tributario: buena fe, seguridad jurídica, transparencia y confianza legítima. En los últimos años, el Tribunal Supremo, a través de su

Sala Tercera, ha aplicado en no pocas ocasiones este principio como herramienta hermenéutica al servicio de la garantía y protección de los derechos de los contribuyentes frente a diversas actuaciones de la Administración tributaria. Sin embargo, más allá de esta aplicación casuística que va construyendo una progresiva jurisprudencia sobre este principio reconvertido en un derecho de los contribuyentes, la buena administración sienta la raíz jurídica de la propia relación cooperativa.

El deber de buena administración descansa en el art. 103.1 CE, que exige que la Administración pública sirva con «objetividad los intereses generales» y actúe conforme a los principios de «eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho». Implícitamente, la buena administración debe verse reflejada con la garantía de otros principios consagrados en el art. 9.3 de nuestra Carta Magna como son la legalidad, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad.

De esta manera, algunos de los principios que orbitan alrededor del principio de buena administración definen también la relación cooperativa. Por ello, podemos confirmar que el principio de buena administración preside la nueva metodología de relaciones entre los contribuyentes y la Administración tributaria y salvaguarda los derechos y garantías de los primeros a lo largo de la relación cooperativa. El resto de los principios son fuerzas centrípetas, cuya existencia y aplicación es necesaria para que el edificio de la relación cooperativa mantenga intacta su estructura y esencia.

La obra colectiva que el lector tiene entre sus manos realiza un estudio pionero de los principios fundamentales del cumplimento cooperativo en materia tributaria. La obra aporta un valor añadido a la doctrina tributaria mediante un análisis riguroso de los pilares que disciplinan la tan conocida como relación cooperativa. En sus diferentes capítulos, los autores abordan sistemáticamente la conexión de cada uno de los principios fundamentales de la relación cooperativa con las principales manifestaciones y tendencias actuales del cumplimiento cooperativo, invitando a reflexionar sobre la importancia que tienen principios básicos y elementales del ordenamiento jurídico sobre cualquier nueva institución o metodología creada para mejorar las relaciones entre los contribuyentes y la Administración tributaria.

La obra colectiva que tengo el placer de presentar es uno de los resultados del proyecto de investigación «El cumplimiento cooperativo de las obligaciones tributarias en la era post BEPS: nuevos retos», PGC2018-097713-B-I00 (MCIU/ AEI/FEDER, UE), dirigido por los investigadores Dr. Pedro José Carrasco Parrilla y Dra. Saturnina Moreno González. Asimismo, este trabajo colectivo es fruto del Congreso Internacional «Cumplimento cooperativo de las obligaciones tributarias: nuevos horizontes», celebrado en la Facultad de Derecho de Albacete de la Universidad de Castilla-La Mancha, los días 19 y 20 de octubre de 2022, punto de encuentro de expertos de la academia y del sector empresarial en la temática.

Este libro, dirigido por la Dra. Moreno González y el Dr. Carrasco Parrilla y coordinado por el Dr. Gómez Requena, cuenta con la participación de reconocidos investigadores en la ciencia tributaria. A todos ellos agradezco su compro- miso con esta iniciativa y la calidad de sus trabajos, que permitirán hacer nuevos progresos en la construcción de unas relaciones tributarias auténticamente cooperativas. Hago extensible los agradecimientos a las instituciones públicas y privadas que han participado en el citado Congreso Internacional, así como a las entidades públicas que han financiado la edición de la presente obra. Por último, y no menos importantes, mi agradecimiento a los directores, al coordinador de la obra y a la editorial Atelier.

This article is from: