ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIANTES C.E.U.IESETyFP 2015 ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIANTES DEL IESETyFP:
1-DENOMINACION: -Artículo 1: Bajo la denominación de centro de estudiantes “CENTRO DE ESTUDIANTE UNIFICADO.” (C.E.U.IESETyFP.) queda constituida esta entidad que agrupa a todos los estudiantes del instituto “ INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE EDUCACIÓN TÉCNICA Y FORMACION PROFESIONAL ”.-Artículo 2: El centro de estudiantes “CENTRO DE ESTUDIANTE UNIFICADO” es una comunidad de trabajo fundada en el refuerzo participativo de todos los alumnos. Su funcionamiento está basado en la ayuda mutua, solidaridad, compañerismo y pluralidad ideológica.-Artículo 3: El “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” es el medio natural de organización y representación del estudiantado, donde deben debatirse todos sus problemas e inquietudes y brindarles una respuesta.-Artículo 4: El centro de estudiantes es el órgano natural de representación de los alumnos matriculados del instituto de nivel terciario “Instituto De Educación Superior De Educación Técnica Y Formacion Profesional”.-Artículo 5: El “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” Estará integrado únicamente por alumnos regulares, de Resistencia, y los anexos Barranqueras y Fontana.-Artículo 6: Las autoridades del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” durarán 2 (dos) años en sus funciones y serán elegidas mediante el sufragio directo, universal y secreto de los alumnos regulares. (Ley nº 5135 y decreto nº 2038).2-FINES Y OBJETIVOS: -Artículo 7: El “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” considera al “Instituto De Educación Superior De Educación Técnica Y Formacion Profesional”, como parte de la sociedad para cuyo servicio debe trabajar, por lo cual bregara para que todos los egresados del instituto sean capacitados adecuadamente para servir a todos los argentinos pero fundamentalmente hombres y mujeres comprometidos con la comunidad, la provincia y el país.-
-Artículo 8: Llevar adelante las reivindicaciones académicas, sociales, culturales de los estudiantes de nuestro instituto.-Artículo 9: Hacer todo lo necesario para el mejoramiento científico, técnico y pedagógico de las carreras que se dictan en el “Instituto De Educación Superior De Educación Técnica Y Formacion Profesional”.-Artículo 10: La divulgación de la cultura regional, intercultural, nacional y universal en todas las actividades que en general conduzcan al desarrollo de la personalidad de cada estudiante y al fomento de la amistad, compañerismo y solidaridad entre todos los alumnos.-Artículo 11: Propiciar la internacionalización de los valores democráticos y ese estilo de vida, garantizando la pluralidad de ideas y la defensa de los derechos humanos.-Artículo 12: Garantizar a toda persona una “educación pública, gratuita y popular”.-Artículo 13: Promover y organizar la participación activa de los estudiantes como miembros de la comunidad educativa.-Artículo 14: Desarrollar acciones altruistas culturales, deportivas y recreativas que posibiliten una armónica y positiva convivencia entre alumnos, docentes y personal no docente.-Artículo 15: Facilitar la inserción crítica del joven en su medio social, con su criterio pluralista, que contribuye el desarrollo de acciones en beneficio de la comunidad.-Artículo 16: Desarrollar la capacidad de elección y decisión de los alumnos, en el marco de libertad responsable.-Artículo 17 EL Centros de Estudiantes tienen por finalidad promover la integración de sus miembros con las autoridades, profesores y alumnos entre sí, para el logro de una verdadera comunidad educativa, fomentar entre sus miembros el espíritu crítico y los hábitos de investigación y consagración al estudio, desarrollar y promover actividades de orden científico, de extensión educativa, culturales y sociales, que contribuyan al desarrollo integral y a la promoción de la responsabilidad social entre sus miembros. -Artículo 18 ElCentros de Estudiantes tienen la función específica de representar a sus alumnos ante la Comisión Directiva y ante las autoridades de sus respectivas Institutos.
-Artículo 19. A todos los efectos administrativos y legales, se constituye como domicilio en la calle Córdoba 301 Resistencia Chaco. 3-DE LOS MIEMBROS: -Artículo 20: Son los miembros del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” Todos los estudiantes con voz y voto.-Artículo 21: Todo miembro representado en general tiene derecho a: a) Participar en las asambleas de estudiantes con voz y voto, así también de todas las propuestas por el “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”.b. Participar en todas las actividades organizadas por éste, respetando las condiciones que fueren establecidas oportunamente por sus autoridades. c. Peticionar ante sus autoridades. D. Ser postulado por las agrupaciones que se presentan a elecciones, siempre que se cumplan los requisitos estipulados.E. Formar parte de las comisiones de trabajo que integran las distintas secretarias del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”.f. Presentar a las autoridades del C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P. toda idea y/o sugerencias, quejas y/o inquietudes que se crea de utilidad.g. Votar en las elecciones y poder ser elegido para el desempeño de cargos conforme a lo establecido en el presente Estatuto. h. Elegir y poder ser elegido como Delegado de su comisión. Inc. f. Presenciar, las Sesiones de la Comisión Directiva. -Artículo 22: Todo miembro tiene el deber y derecho de conocer, respetar y hacer cumplir las decisiones de las asambleas, de las autoridades del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” y este estatuto.-Artículo 23: Se deja de ser miembro al mismo tiempo de perder la condición de alumno del “Instituto De Educación Superior De Educación Técnica Y Formacion Profesional”.4-DE LAS AUTORIDADES: -Artículo 24: Por el presente estatuto quedan constituidas las siguientes autoridades: a) Asamblea General de Estudiantes.b) Presidente del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” .c) Comisión Directiva del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” .d) Asamblea de delegados.-
e) Consejeros estudiantiles.Son miembros representantes del Centros de Estudiantes todos los alumnos que integren la Comisión Directiva y Asamblea general, asamblea de delegados, consejeros y Presidente. 5-DE LA ORGANIZACION INTERNA: -Artículo 25: La organización interna del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” queda constituida de la siguiente forma: a) Presidente.c) Vice Presidente.b) Secretario General.c) Secretaria de Finanzas.d) Secretaria de Cultura, Deportes y festejos.e) Secretaria de Asuntos Institucionales y Estudiantiles.f) Secretaria de Ciencia y Educación Prensa y Difusión.h) Secretaria de Derechos Humanos Mujer y Prevención y Salud.-Artículo 26: El presidente del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” es el representante legítimo de los estudiantes del “Instituto De Educación Superior De Educación Técnica Y Formación Profesional”, ante quien corresponda. Es el encargado de comunicar peticiones y resoluciones.-Artículo 27: Las facultades y deberes del presidente del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” : a) Convocatoria a asamblea general de estudiantes.b) Cumplir las resoluciones emanadas de la asamblea.c) Adoptar medidas urgentes que considere conveniente dentro del espíritu y letra de este estatuto también de las resoluciones de las asambleas con cargo de dar cuenta a la comisión directiva.d) Autorizar con el titular de la secretaria de finanzas las erogaciones del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”.e) Designación del secretario general en caso de renuncia, con la aprobación de la comisión directiva.f) Cumplir las resoluciones de las autoridades; en caso de considerarlas improcedentes, podrá devolverlas a las mismas para que sean estudiadas nuevamente. Si aún así no existiese acuerdo estas resoluciones serán sometidas a su aprobación en asambleas extraordinarias.g) En caso de ausencia o renuncia se hará cargo de sus funciones el secretario general.-
h) Son requisitos para ser elegido presidente: ser argentino, ser alumno regular y tener aprobado como mínimo 10 (diez) materias de la carrera que se encuentra cursando.Artículo 28: La Comisión Directiva ejerce el gobierno y la administración del Centro de Estudiantes, a través de un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Tesorero y los titulares de las Secretarías creadas por ésta. Su mandato se extenderá por dos año, contado a partir del momento de la asunción. -Artículo 29: La comisión directiva del “Instituto De Educación Superior De Educación Técnica Y Formacion Profesional”.- estará integrada por: a) El presidente de la comisión directiva que será ejercido por el presidente del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”; tendrá voz y voto.b) Nueve titulares y suplentes de las distintas secretarias, todos los secretarios tienen igual jerarquía. Todos los miembros tienen voz, pero el voto es emitido por el titular de la secretaria.c) La comisión directiva del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” . sesionará tantas veces como sea necesario para el cumplimiento de sus funciones y como mínimo una vez cada SIETE días. Podrá sesionar con la mitad más uno de sus miembros y las decisiones se tomarán por simple mayoría.d) En caso de ausencia del presidente, se hará cargo el vicepresidente osecretario general de la presidencia de la misma.-Artículo 30: Las funciones de la comisión directiva son: a) Cumplir con las resoluciones de la asamblea de estudiantes.b) Considerar, estudiar y resolver cuestiones administrativas, sociales, institucionales y de asuntos estudiantiles.c) Determinar la postura del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” . ante cualquier organización o institución nacional, provincial y autónoma, sean o no terciarias.d) Aceptar la renuncia de cualquier miembro de la comisión directiva.e) Solicitar a la asamblea de estudiantes la suspensión o separación del presidente, del vicepresidente o del secretario general, por irregularidades manifiestas en el ejercicio de sus funciones, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros.f) Reemplazar a sus miembros con la aprobación de las dos terceras partes de sus miembros.g) En caso de remoción del presidente, vicepresidente y del secretario general del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” la comisión directiva asumirá las funciones de éstos, comprometiéndose a llamar a elecciones en un plazo no mayor a 30 (treinta) días hábiles.h) Promover nuevas fuentes de ingreso económico.-
i) Aprobar gastos e inversiones.j) Realizar controles de finanzas e inventarios sin previo aviso. k) Participar de todas las reuniones de lo contrario a la tercera inasistencia la comisión directiva destituirá a los mismos, buscando sus reemplazantes.l) Revisar los balances del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”. y elevarlas a la asamblea de estudiantes para su aprobación.m) Son requisitos para ser miembros de la comisión directiva: ser titular o suplente en cualquiera de las distintas secretarias del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”.n) Crear y ejecutar el Proyecto Anual de Gestión. o) Asegurar la participación activa de su Centro de Estudiantes con otros y cumplir las disposiciones emanadas de ésta. p ) Crear las Secretarías necesarias para el cumplimiento del Proyecto Anual de Gestión, designando a sus secretarios responsables q) Elaborar la Memoria Anual y el Balance Contable de la Gestión.r) Dictarse su propio Reglamento de Procedimientos Internos, sin contradecir lo dispuesto en el presente Estatuto. -Artículo 31 Vicepresidente. El Vicepresidente es el encargado de reemplazar al Presidente en caso de ausencia permanente o transitoria. Ejerce además aquellas funciones que le sean oportunamente delegadas por el Presidente: a) Suscribir con el presidente del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” . las notas, documentos y correspondencia.b) Llevar el libro de actas de asambleas y de la comisión directiva.c) Cumplirá además de las funciones indicadas en el presente estatuto, todas aquellas que le sean encomendadas por el presidente del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”.e) Son requisitos para ser elegido el vicepresidente, lo mismo que para ser elegido presidente.-Artículo 32: Secretario general, sus funciones son: a) Coordinar y supervisar las actividades de las distintas secretarias.b) Convocar a reuniones de secretarios como mínimo una vez cada 15 días.c) Llevar el libro de actas de asambleas y de la comisión directiva.d) Cumplirá además de las funciones indicadas en el presente estatuto, todas aquellas que le sean encomendadas por el presidente del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”.e) Son requisitos para ser elegido el secretario general, lo mismo que para ser elegido presidente.-
g) es el encargado de reemplazar al Vicepresidente en caso de ausencia permanente o transitoria. Ejerce además aquellas funciones que le sean oportunamente delegadas por el Presidente. h) El Secretario General ejerce la administración interna del Centro de Estudiantes. Es el responsable de convocar las Sesiones de la Comisión Directiva, llevar en debida forma el Libro de Actas, suscribir con el Presidente y Vicepresidente toda la documentación de carácter institucional, ordenar los medios para la recopilación y el diligenciamiento de la correspondencia, como así también ejecutar aquellas directivas que le sean impuestas por el Presidente. -Artículo 33: Secretaria de Finanzas, es el encargado de llevar la contabilidad del Centro de Estudiantes a través de los libros correspondientes, y de informar de su estado financiero sus funciones son: a) Percibir las contribuciones, donaciones y demás entradas, estando a su cargo la custodia de las mismas. Registrar todas las operaciones que se realicen.b) Presentar mensualmente un detalle de recursos y gastos, que serán publicados para el conocimiento de los estudiantes.c) Realizar un balance general para ser exhibido en asambleas ordinarias.d) Llevar un inventario de los bienes del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”.e) Brindar apoyo económico, dentro de sus posibilidades, a las actividades de las demás secretarias.f) Son requisitos para ser elegidos como secretario de finanzas ser alumno regular y tener aprobado o regularizado como único 10 (DIEZ) materias de la carrera que se encuentra cursando, no así para el suplente ya que el mismo deberá tener 2 (dos) materias aprobadas o regularizada (tiene voz y voto).-Artículo 34: Secretaria de Cultura (tiene voz y voto), sus funciones son: a) Impulsar el desarrollo cultural de los estudiantes mediante publicaciones, conferencias, debates, expresiones, cursos, etc. b) Promover la cultura local, regional, nacional y universal.c) Son requisitos para ser elegidos como secretario de cultura, ser alumno regular de la carrera que se encuentra cursando, lo mismo para el suplente.d) Promover la práctica de deportes.e) Organizar eventos festivos y de conmemoración.-Artículo 35: Secretaria de Ciencia y Educación de Prensa y Difusión, sus funciones son: a) Promover el mejoramiento pedagógico de los espacios curriculares dictados en la institución.-
b) Informar y organizar charlas, conferencias, congresos, seminarios y exposiciones de carácter científico-pedagógico.c) Son requisitos para ser secretario de ciencia y educación prensa y difusión, ser alumno regular de lamaterias de la carrera que se encuentra cursando, igual la designación para el suplente.d) Implementar y reglamentar los medios de comunicación y difusión de las actividades generales y fines del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”.e) Transcripción y elevación de notas, documentos y correspondencias del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”.f) Transcribir actas de asambleas, sesiones de la comisión directiva y del consejo consultivo.-Artículo 36: Secretaria de Asuntos Estudiantiles e Institucionales, sus funciones son: a) Colaborar en cualquier situación problemática que padezca cualquier estudiante de nuestro instituto.b) Dar información a los estudiantes en lo concernientes cuestiones administrativas y académica dentro del instituto.c) Son requisitos para ser elegido como secretario de asuntos estudiantiles e institucionales, ser alumno regular de la carrera que se encuentra cursando, lo mismo para el suplente.d) Promover la vinculación con organismos fuera del instituto (estatales, gremiales, empresariales, comerciales, etc.) que tiende a favorecer intercambio de información, adquisición de experiencia, capacitación, técnica y brindar servicios con proyección social.-Articulo 37: Secretaría de Derechos Humanos, de Mujer y de Prevención y Salud, sus funciones son: a) Promover y crear consciencia, en el cuidado y prevención de la salud de todos los estudiantes. b) Difundir e informar todo modo de prevención o cuidado acorde a cualquier tipo de enfermedad o epidemia que surjan en el país, provincia o ciudad. c) Gestionar todo tipo de recursos ante quien corresponda para poder llevar a cabo el trabajo de dicha secretaria siempre y cuando la comisión directiva lo apruebe. d) Organizar charlas informativas, jornadas, eventos, etc., para crear consciencia en los estudiantes. e) Son requisitos para ser elegido como secretario de Derechos Humanos, mujer y prevención y salud, ser alumno regular de la carrera que se encuentra cursando, lo mismo para el suplente.f) organizar periódicamente debates, mesas redondas, talleres, conferencias, seminarios y cursos donde se traten temas de interés de los estudiantes.-
g) Adherirá, defenderá y trabajará por y para la defensa de los Derechos Humanos dentro y fuera del establecimiento, con o sin agrupaciones de defensa de los mismos tanto en el país como en el mundo.h) elaborará ante cada hecho de envergadura un informe para la Comisión Directiva con el solo objeto de mantenerla al tanto.i) podrá realizar todo tipo de actividades en el establecimiento, de integración e información a todos los estudiantes.j) promover por todos los medios a su alcance la difusión, la promoción y el respeto irrestricto de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.k) organizar periódicamente debates, mesas redondas, talleres, conferencias, seminarios y cursos donde se traten temas de interés para las mujeres.l) Adherirá, defenderá y trabajará por y para la defensa de los Derechos de la Mujer dentro y fuera del establecimiento.m) Tratará todas las propuestas de ayuda en relación a necesidades sociales y/o comunitarias y de infraestructura manifestadas por las mujeres que lleguen al instituto. n) Para la consecución de sus objetivos podrá organizar actividades, eventos, reuniones y campañas solidarias. -Artículo 38: Para realizar una tarea más abarcativa, en relación a todas las carreras del instituto, cada secretaria conformará subcomisiones de trabajo con integrantes de cada carrera del instituto, siempre que esto fuera posible.6-DE LAS SESIONES -Artículo 39 Todas las sesiones serán públicas, debiéndose emitir la convocatoria de la misma con una antelación no menor a dos días hábiles previos a la fecha de la sesión. DE LAS SESIONES DE LA COMISIÓN DIRECTIVA
-Artículo 40 La Sesión de Comisión Directiva es el ámbito de reunión de sus autoridades, que tiene por objeto la toma de las resoluciones que hagan al ejercicio de la administración y el gobierno del Centro de Estudiantes, y a la ejecución del Proyecto Anual de Gestión. -Artículo 41. Quórum. La Sesión de la Comisión Directiva será válida con la presencia de la mayoría simple de la totalidad de sus miembros, debiendo estar presentes el Presidente o Vicepresidente y el Secretario General. -Artículo 42 Forma. El Presidente, VicePresidente, el Secretario General, el Tesorero y los SECRETARIOS tendrán derecho de voz y voto. Los delegados tendrán derecho de voz.
-Artículo 43Votaciones. Las votaciones son el medio a través del cual la Comisión Directiva toma sus resoluciones. El derecho a voto será presencial e intransferible. Los votantes podrán pronunciarse a favor, en contra o por la abstención. En caso de empate, el Presidente estará facultado a desempatar con un doble voto. 7-DE LAS ASAMBLEAS: -Artículo 44: La asamblea de estudiantes es el órgano máximo de representación de la comunidad de estudiantes y sus decisiones son soberanas, permitiéndose la pluralidad de ideas y la participación de todos los alumnos con voz y voto.-Artículo 45: Las propuestas en la asamblea se presentarán como mociones, las que deberán someterse a votación, y serán aprobadas aquellas que obtengan la mayoría de los votos.-Artículo 46: Son atribuciones de la asamblea: a) La aprobación y modificación del estatuto del centro de estudiantes.b) La aprobación de la convocatoria o elecciones.c) La conformación de la junta electoral.d) Remoción de las autoridades del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”.e) Revocatoria de las decisiones tomadas en otras asambleas.f) Declaración de paros, huelgas y todo otro tipo de medidas que implique la acción conjunta de todos los estudiantes del instituto.g) Cualquier otro tema establecido en el presente estatuto o que considere necesario.-Artículo 47: Las asambleas serán ordinarias o extraordinarias.-Artículo 48: Las asambleas ordinarias serán realizadas una vez por año. Se notificará su realización con 5 (cinco) días de anticipación, y se tratará en ella memoria y balance del ejercicio anual del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”, y todo tema que debe ser tratado en la asamblea. Las asambleas extraordinarias serán convocadas como mínimo 48hs antes de su realización.-Artículo 49: Las asambleas serán presididas por el presidente del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”, salvo que se trate de su remoción, en cuyo caso actuará un miembro de la comisión directiva.-
-Artículo 50: El secretario de actas será el secretario general del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”, salvo que se trate de su remoción.-Artículo 51: Las asambleas se realizarán cuando así lo disponga el presidente del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”, por decisión propia, por pedido de la comisión directiva o a solicitud de los alumnos a los cuales deberán presentar notas al presidente, acompañado por sus respectivas firmas y aclaraciones.-Artículo 52: Las decisiones de las asambleas se tomarán por simple mayoría de votos con los presentes en la sesión.7-DE LOS DELEGADOS: -Artículo 53: Las funciones de los delegados son: a) Recibir las inquietudes y sugerencias de los estudiantes de su comisión en lo que respecta a cuestiones académicas, gremiales, administrativas, etc. y elevarlas a la comisión directiva.b) Informar a la comisión que representa de lo actuado por el “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”, la comisión directiva y el consejo consultivo; como así también sobre cualquier otro evento que atañe la vida estudiantil.c) Concurrir a las sesiones de la comisión directiva.d) Participar de las asambleas.-Artículo 54: Cada comisión elige un delegado titular y un suplente, dicha elección se hará mediante el voto.-Artículo 55: Los delegados se elegirán al comienzo del ciclo lectivo y durarán en sus funciones hasta el término del año.-Artículo 56: Las elecciones de los delegados deberá ser fiscalizada por algún miembro de la comisión directiva.-Artículo 57: Para ser elegido delegado deberá estar cursando tres materias por lo menos.-Artículo 58: Los delegados podrán ser removidos exclusivamente en asambleas de comisión.-Artículo 59: De todos los integrantes de laComisión Directiva del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” y Asamblea de delegados , deberán votar entre sí para elegir un consejero, quien será el representante de los estudiantes de la carrera a la cual pertenece en el consejo consultivo.8-DE LAS ELECCIONES: -Artículo 60: Podrán votar todos los alumnos regulares del“Instituto De Educación Superior De Educación Técnica Y Formacion Profesional”, que figuren en el padrón confeccionado al efecto, debiendo presentar documento nacional de identidad, libreta estudiantil y/o cualquier otra documentación donde acredite su identidad.-Artículo 61: Podrán votar solamente aquellos que figuren en el padrón.-
-Artículo 62: El voto será secreto, con boleta blanca, impreso en negro (la junta electoral decidirá el tamaño), sobres, urnas.-Artículo 63: En la boleta de cada agrupación figurará el nombre de la misma, además de los nombres completos de los candidatos a presidente, Vicepresidente, Secretario general y de los secretarios con sus respectivas candidaturas (no está permitido el uso de apodos).-Artículo 64: El cargo de presidente, vicepresidente, secretario general y secretarias correspondería a la lista que obtenga la mayor cantidad de votos.-Artículo 65: Las nuevas autoridades del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” asumirá la conducción tres días después del último día de elecciones.-Artículo 66: Se llamará a elecciones de Centro de Estudiantes 2 (dos) meses antes de que se cumpla el período de la conducción saliente.-Artículo 67: El período de campaña de las agrupaciones durará dos semanas, y la veda comenzará 48 hs. antes de desarrollarse las elecciones. Las agrupaciones deberán limpiar la institución después del período de campaña.-Artículo 68: La junta electoral estará conformada por 2 (dos) miembros de cada agrupación, un representante del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”, un directivo de la institución, un delegado de cada carrera y un representante de los consejeros.-Artículo 69: El presidente del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.” podrá ser reelecto consecutivamente una sola vez.-Artículo 70: Con respecto a los votos serán impugnados dos o más votos de distintas agrupaciones, votos cantados, votos rotos a excepción que sea legible el nombre de la agrupación.-Artículo 71: Dos votos de la misma agrupación será validado como un voto.-Artículo 72: Aquel voto que contenga algún papel escrito será considerado como valido.-Artículo 73: Los integrantes de cada agrupación no podrán hacer ningún tipo de campaña durante los días de votación.-Artículo 74: En cada mesa de votación deberá haber un fiscal por cada agrupación los cuales serán supervisados por los miembros de la junta electoral.-Artículo 75: Las agrupaciones que no respeten dicho estatuto, o no reúnan los requisitos quedaran a criterio de la junta electoral su continuidad en las elecciones.-Artículo 76: El presidente y la comisión directiva del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”. tienen la facultad de solicitar a la junta electoral la
suspensión de las elecciones hasta nuevo aviso ya sea por agresiones físicas, irregularidades, violación del estatuto, fraude, denuncias, etc.-Artículo 77: La junta electoral tendrá las siguientes funciones: a) Oficializar las listas previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente estatuto para los distintos cargos a cubrir y darlos a conocer 10 días antes de la fecha fijada para las elecciones.b) Para oficializar a los candidatos deberán solicitar que se presente constancias de alumno regular y constancias de materias aprobadas. c) Organizar disponer de todos los elementos necesarios para la realización de los comicios.d) Nombrar los fiscales de la mesa electoral, como mínimo un día antes por cada agrupación que se presente a elecciones.e) Practicar el escrutinio en forma pública inmediatamente después de dar finalizada las elecciones.f) La junta electoral tendrá la facultad de tomar decisiones siempre y cuando se encuentren más de la mitad de sus integrantes.g) Publicar los cómputos de votos 24hs después de dar por finalizado el escrutinio.h) Publicar la conformación definitiva de las nuevas autoridades del “C.E.U. I.E.S.E.T.yF.P.”, en término no mayor a las 48hs de finalizado el escrutinio.i) La junta electoral deberá respetar este estatuto, únicamente se podrá tomar decisiones que no estén planteadas en dicho estatuto.-Artículo 78: Presentación y admisión de las listas. La presentación de listas vencerá a los diez días corridos de la convocatoria y podrá reducirse en un día si venciera en día viernes o en día previo a día no hábil universitario, lo cual deberá constar por escrito en la convocatoria. En este lapso, el apoderado deberá presentar la lista a la Junta Electoral, la cual corroborará su admisibilidad en los términos del Artículo correspondiente. Si la misma cumple con los requisitos se entregará al apoderado una constancia de la presentación debidamente firmada, con indicación de fecha y hora y número de lista asignado conforme al orden de presentación de la misma. Se conservará copia de la constancia, la cual será adherida en el Libro de Actas de la Comisión Directiva junto a la lista presentada. Si la lista fuere inadmisible, se entregará notificación escrita haciendo constar la inadmisibilidad y se conservará copia que deberá ser adherida en el Libro de Actas. a). Oficialización de las listas. En el plazo de veinticuatro (24) horas contadas desde la finalización del plazo de presentación de listas, junta electoral………….. oficializará toda lista que, habiendo sido
admitida, cumpla con los requisitos exigidos para cada uno de los candidatos que la integra. b) Rechazo de listas. Las listas que tengan nombre y/o color idéntico o difícilmente diferenciable de los correspondientes a una lista presentada con anterioridad, podrán ser rechazadas por la Junta Electoral. Las listas que presenten candidatos que no cumplan con los requisitos exigidos serán rechazadas por la Junta Electoral. c)Listas no oficializadas. En caso de que alguna lista sea rechazada, la Junta Electoral deberá notificar inmediatamente a su apoderado quien dispondrá de veinticuatro (24) horas para llevar a cabo las correcciones necesarias conforme a lo indicado por la Junta Electoral. -Artículo 79: En el caso de que ninguna agrupación o lista se presente al llamado de elecciones como lo establece este estatuto, la conducción saliente deberá llamar a una asamblea extraordinaria donde se comunicara la continuación del mandato o se llamara nuevamente a elecciones esto queda a criterio de la agrupación saliente. En el caso de continuación se deberá presentar a todos los miembros que formaran parte de este nuevo periodo de conducción.-