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Pastillas LEY 488 DE 1998 (Diciembre 24) Por la cual se expiden normas en materia Tributaria y se dictan otras disposiciones fiscales de las Entidades Territoriales.
Kespirina
El Congreso de Colombia DECRETA:
100 mg Contenido Neto:
20 cápsulas
CPE010791693 Registrado en el M.P.P.S. Bajo el Nº E.F.G 29.236/09 Con presición facultativa Famaseutico Patrocinante: Dra. Albani Varela Elabordo y distribuido en Venezuela por Laboratorio El palmo RIF: j-00015493-7
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Composición: Cada capsula contiene Ketoprofeno Lactosa Exipiente C.S.P. INDICACIONES Y POSOLOGÍA Ajuicio del cultivo ADVERTENCIAS: Producto de uso delucado que debe ser adminitrasdo bajo vigilancia medica. No debe ser administrado durante el embarazo o cuando se sospeche su existencia, ya que su inocuidad sobre el feto no ha sido comprobada.
Ver Decreto Nacional 2879 de 2001 CAPITULO I Impuesto sobre la renta Artículo 1o.- Entidades sin ánimo de lucro.
100 200 1cápsula
No exceda la dosis prescrita. CONTRAINDICACIONES: alergia al Ketoprofeno. Ulcera gastrica y duodenal MANTENGASE FUERA DEL ALCANCE DE LOS NIÑOS Antes de administrar este productoconsulte el prospecto interno. Via de administracion: Oral.
Un producto donde se muestra seriedad gracias a los colores, y porque va dirigido a un publico en especifico que seria solo para adulto el cual se trata de una aspirinas, y con toda la información necesarias que ellos tienen que saber.
Adiciónase el Estatuto Tributario con el siguiente artículo: "Artículo 19-2. Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta. Son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, las cajas de compensación familiar, los fondos de empleados y las asociaciones gremiales, con respecto a los ingresos generados en actividades industriales, comerciales y en actividades financieras distintas a la inversión de su patrimonio, diferentes a las relacionadas con salud, educación, recreación y desarrollo social. Las entidades contempladas en este artículo no están sometidas a renta presuntiva. En los anteriores términos, se modifica el artículo 19 del Estatuto Tributario".
FUMAR CIGARROS AUMENTA EL RIESGO DE TRANSTORNO
Fumar cigarrillos Aumenta EL RIESGO DE TROMBOSIS
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Ministerio del Poder Popular para la salud ADVIERTE
7.000,00 P.V.P. +IMP.
Este producto contiene alquitrán, nicotina y monoxido de carbono, los cuales son cancerigenos y toxicos. No existen niveles seguros para el consumo de estas sustancias
Advertencia: Se ha determinado que el fumar cigarrillos es nocivo para la salud. Ley de impuestos sobre cigarrillos
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HECHO EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR C.A CIGARRERA BIGOTT SUCS. 20cigarrillos
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CPE:0913316415 RIF: J-00006748-1
En fecha 18 de noviembre de 2014 fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.151(Extraordinario), el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma de la Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas de Tabaco. Artículo 1 Los cigarrillos, tabacos, picaduras y otros derivados del tabaco, importados o de producción nacional destinados al consumo en el país, serán gravados con el impuesto establecido en el Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley. El Ejecutivo Nacional podrá fijar el precio de venta de las especies a que se refiere este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, quedando facultado para aumentar hasta un tercio la alícuota del impuesto en ella previsto. Este preducto cuemple con las leyes ya que tiene toda la informacion necesaria para hacerle llegar al consumidor, y con su poublicidad.