en Red 102 diciembre 2017

Page 1

BOLETÍN INFORMATIVO

Número 102 diciembre 2017

¡Ya está aquí la VIII Campaña de Navidad! Consulta aquí y en www.compraenparla.es los comercios participantes. Habrá descuentos los martes de diciembre y podréis ver los vídeos que han preparado para los descuentos. Nuestro tradicional Concurso de Escaparates y Decoración Navideña. Además, los comercios os felicitan la Navidad con un villancico desde sus locales.

Ya podéis inscribir vuestro negocio hostelero en la campaña. C A R N A V A L

2 0 1 8

En este número podréis ver las principales novedades de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.

CENTRO DE INICIATIVAS EMPRESARIALES DEL AYUNTAMIENTO DE PARLA Avenida del Leguario, nº 49. 28981 Parla – Tel: 91 201 35 63 cie-empresas@ayuntamientoparla.es www.ayuntamientoparla.es – www.compraenparla.es


Página 2

LOS COMERCIOS NOS FELICITAN LA NAVIDAD. ¡Repetimos, pero diferente! Tras las exitosas experiencias de años anteriores, los comerciantes que se detallan a continuación nos felicitarán de nuevo la Navidad con un original villancico, pero desde sus establecimientos. Estad muy atentos porque lo publicaremos en www.compraenparla.es PRÓXIMAMENTE.... AUTOS JUANJO

FLORISTERÍA GLOXINIA

C/ Toledo, 40. Tel.: 91 698 61 16

C/ Alcorcón, 8. Tel.: 91 698 37 39

CELIA GARCÍA STILISTAS

GARCÍA-RIVERA ÓPTICOS

C/ Los Arijales, 3. Tel.: 91 698 82 08

C/ Real, 4. Tel.: 91 128 19 76

CENTRO FORMACIÓN ESTÉTICA Y PELUQUERÍA NOVELLA

HERBOLARIO LAVANDA

C/ Río Ebro, 4B. Tel.: 91 605 87 99 / 91 660 10 54

C/ Alfonso XIII, 20. Tel.: 91 699 33 31

CENTRO DE PSICOLOGÍA SUPERARTE

HERBOLARIO LA VERBENA

Avda. del Leguario, 49. 2ª Planta. Oficina 5. Dpchos: 22-23. Tel.: 91 010 99 15

C/ Cuenca, 26. Tel.: 91 699 03 63

CHARCUTERÍA JESÚS

enRed nº 102

C/ Pablo Casals, 27. CC. Merca 2. Tel.: 656 581 552

LA LONJA DE BLAS C/ Pablo Casals, s/n. Merca 2. Tel.: 91 699 30 41

EL SUEÑO DE ANAÏS

LA VENTANA NATURAL

C/ Reina Victoria, 36. Tel.: 91 621 61 38

C/ San Antón, 37. Tel.: 91 163 61 40

EL VÍTOR PAPELERÍA

PINOCHOPRINK

C/ Reina Victoria, 17. Tel.: 91 699 35 02 / 675 577 497

C/ San Félix, 2. Tel.: 91 605 12 66

ESTÉTICA BEATRIZ

VESICA PISCIS

C/ Cuenca, 26. Tel.: 91 249 59 04

C/ Carlos V, 8. Tel.: 91 786 46 16

FLORISTERÍA CAPRICHOS

VIAJES ESTIVAL

C/ Real s/n - Bulevar Norte. Tel.: 91 605 06 07

C/ Real, 77. Tel.: 91 605 49 75

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 3 Los martes 12, 19 y 26 de diciembre de 2017 grandes descuentos en los comercios de Parla. Este año los comercios nos muestran estos descuentos a través de los vídeos de un minuto de duración grabados por ellos mismos. ¡No te los pierdas!

CENTROS PELUQUERÍA Y ESTÉTICA CENTRO DE ESTÉTICA IRENE SÁNCHEZ C/ Guadalajara, 19. Tel.: 91 699 26 13 Vídeo Centro de Estética Irene Sánchez Oferta: 10 % de descuento en una gran selección de productos. Martes 12, con la permanente de pestañas, te regalamos el tinte. Martes 19, esmaltado semipermanente por 8.95€. Martes 26, tratamiento hidronutritivo facial por 14.95 €.

FORMACIÓN Y MARKETING DIGITAL ESCUELA INFANTIL SENTIR Y JUGAR C/ Dehesillas, 7. Tel.: 91 288 45 35 Vídeo Escuela Infantil Sentir y Jugar Oferta: Matrícula gratis en el mes de diciembre. R3KIDS Y R3PYME C/ San Blas, 35-37. Tel.: 91 091 23 13 Vídeo R3KIDS y R3PYME

Oferta: 10% de descuento en cavitación, presoterapia, peinados y cortes de cabello y tratamientos faciales.

Oferta R3Pyme: web por 199€ incluyendo 5 páginas de contenido, web responsive, formulario de contacto, enlaces a redes sociales y configuración básica SEO. Oferta R3Kids: Clases de robótica 35€ el mes 1 hora a la semana. Clases de refuerzo escolar: 40€ mes, 2 horas a la semana.

FLORISTERÍAS Y REGALOS

MODA, COMPLEMENTOS Y CALZADO

NOAH IMAGEN C/ Fernando III El Santo, 8. Tel.: 91 821 99 66 Vídeo Noah Imagen

FLORISTERÍA CAPRICHOS C/ Real s/n - Bulevar Norte. Tel.: 91 605 06 07 Vídeo Floristería Caprichos

EL SUEÑO DE ANAÏS C/ Reina Victoria, 36. Tel.: 91 621 61 38 Vídeo El Sueño de Anaïs

Oferta: regalo navideño por compras superiores a 20 €. REGALART MIL IDEAS C/ Alcorcón, 12. Tel.: 615 795 292 Vídeo Regalart Mil Ideas Oferta: martes 12, 10% de descuento en personalizaciones. Martes 19, 10% de descuento en cestas para bebés. Martes 26, 10% de descuento en bolsos.

Oferta: 20% de descuento en abrigos, ropa de vestir, etc. 10% de descuento en complementos: bolsos, sombreros, foulares, etc. 5% de descuento en bisutería. PALOMA PIEL C/ La Paloma, 14. Tel.: 91 699 34 09 Vídeo Paloma Piel Oferta: 10%, 20% y 50% descuentos en varios productos.

ILUMINACIÓN

de

HOSTELERÍA

LUZALBA C/ Fuente Nueva, 1. Tel.: 91 249 52 52 Vídeo Luzalba

PALADAR Y TOMAR C/ Pinto, 39. Tel.: 91 028 23 42 Vídeo Paladar y Tomar

Oferta: 15% de descuento en iluminación. Todo el mes de diciembre, regalo de un calendario.

Oferta: Cañín a 0,95€. Cafés a 0,95€. Con tu menú, regalo de vale por unas tortitas para otro día.

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 4 HERBOLARIOS

LIBRERÍAS Y PAPELERÍAS

HERBOLARIO LAVANDA C/ Alfonso XIII, 20. Tel.: 91 699 33 31 Vídeo Herbolario Lavanda

LIBRERÍA CARMEN C/ Reina Victoria, 32. Tel.: 91 605 62 73 Vídeo Librería Carmen

Oferta: 5% de descuento en cosmética natural. 2 cajas de Garcinia Bambogia a 25€. LA VENTANA NATURAL C/ San Antón, 37. Tel.: 91 163 61 40 Vídeo La Ventana Natural

Oferta: 5% de descuento en libros. 10% de descuento en artículos de papelería, juegos y regalos. LA LIBRERÍA DE ALICIA C/ Río Guadiana, s/n, esq. C/ Getafe, 15. Tel.: 647 609 788 Vídeo La Librería de Alicia

Oferta: 5% de descuento en alimentación. 10% de descuento en complementos. 15% de descuento en sus marcas de cosmética.

Oferta: 5% de descuento en libros. 10% de descuento en juegos didácticos. LIBRERÍA SUR C/ San Antón, 39. Tel.: 91 699 05 91 Vídeo Librería Sur

HERBOLARIO LA VERBENA C/ Cuenca, 26. Tel.: 91 699 03 63 Vídeo Herbolario La Verbena Oferta: Caja de jalea real por 15€. 2 cajas de Garcinia Bambogia a 25€. Asesoría de terapia natural o de nutrición por 20€ en lugar de 25€.

Oferta: 3x2 en puzzles y juegos Educa. 5% de descuento en cuentos y libros. 10% de descuento en material de papelería y regalos. PAPELERÍA EL VÍTOR C/ Reina Victoria, 17. Tel.: 91 699 35 02 Vídeo Papelería El Vítor

MANUALIDADES BRILLANDO CON SONIA C/ Río Guadiana, 11. Tel.: 91 425 88 08 Vídeo Brillando con Sonia Oferta: 5% de descuento en material para manualidades y scrap, material para tejer, espacio creativo, talleres infantiles, talleres de amigurumis, talleres de costura, talleres de patchwork, talleres de punto, regalos y más…

ÓPTICAS GARCÍA-RIVERA ÓPTICOS C/ Real, 4. Tel.: 91 128 19 76 Vídeo García-Rivera Ópticos

PINOCHOPRINK C/ San Félix, 2. Tel.: 91 605 12 66 Vídeo Pinochoprink Oferta: 10% de descuento en siluetas navideñas, papel de scrap y piedras para bisutería.

PSICÓLOGOS

Oferta: martes 12, 20% de descuento en gafas MR. Boho. Martes 19, 30% de descuento en gafas Carrera. Martes 26, 20% de descuento en gafas RAy Ban Junior y Vuarnet Junior.

enRed nº102 86 nº

Oferta: Libros de Alfaguara, Barco de Vapor y SM a 3 € la unidad. Adornos de navidad a 2,5€. Tarritos de luz a 7,5€. Monitos a 8€. Cuadros de luz a 15 €.

CENTRO DE PSICOLOGÍA SUPERARTE Avda. del Leguario, 49. 2ª Planta. Oficina 5. Dpchos: 22-23. Tel.: 91 010 99 15 Vídeo Centro de Psicología Superarte Oferta: Primera consulta al 50% de descuento.

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 5 Concurso de Escaparates. Del 11 de diciembre al 7 de enero podrás ver los siguientes escaparates decorados. Os iremos mostrando durante estas navidades todas las fotos de los escaparates y quién es el ganador en nuestras redes sociales.

ALIMENTACIÓN

FORMACIÓN

DULCEMISÚ

ESCUELA INFANTIL SENTIR Y JUGAR

C/ San Roque, 63. Tel.: 91 148 06 56

C/ Dehesillas, 7. Tel.: 91 288 45 35

LA DULCE SANNY

R3PYME Y R3KIDS

C/ C/ Reyes Católicos, 73. Local 2. Tel.: 615 150 199

LA LONJA DE BLAS C/ Pablo Casals, s/n. Merca 2. Tel.: 91 699 30 41

C/ San Blas, 35-37C. Tel.: 91 091 23 13

HERBOLARIOS HERBOLARIO LAVANDA

TANITA CHISPITAS

C/ Alfonso XIII, 20. Tel.: 91 699 33 31

C/ Cuba, 5. Tel.: 619 645 770

LA VENTANA NATURAL

AGENCIAS DE VIAJE

C/ San Antón, 37. Tel.: 91 163 61 40

VIAJES ESTIVAL

HERBOLARIO LA VERBENA

C/ Real, 77. Tel.: 91 605 49 75

C/ Cuenca, 26. Tel.: 91 699 03 63

BAÑOS

HOSTELERÍA

EL BAÑO DE TU SUEÑO C/ Isabel II, 23 esquina C/ Fernando III el Santo. Tel.: 91 698 97 29

CENTROS DE PELUQUERÍA Y ESTÉTICA

CAFETERÍA MARBELLA Urb. Fuentebella, 47. Tel.: 91 698 05 73

PALADAR Y TOMAR C/ Pinto, 39. Tel.: 91 028 23 42

CELIA GARCÍA STILISTAS C/ Los Arijales, 3. Tel.: 91 698 82 08

CENTRO DE ESTÉTICA IRENE SÁNCHEZ C/Guadalajara, 19. Tel.: 91 699 26 13

LIBRERÍAS Y PAPELERÍAS EL VÍTOR C/ Reina Victoria, 17. Tel.: 91 699 35 02 / 675 577 497

MASBELLA C/Pablo Casals, 27. Merca 2. Tel.: 629 176 154

CENTRO FORMACIÓN ESTÉTICA Y PELUQUERÍA NOVELLA C/ Río Ebro, 4B. Tel.: 91 605 87 99 / 91 660 10 54

PINOCHOPRINK C/ San Félix, 2. Tel.: 91 605 12 66

MODA, COMPLEMENTOS Y CALZADO

FLORISTERÍAS

EL SUEÑO DE ANAÏS

FLORISTERÍA GLOXINIA

C/ Reina Victoria, 36. Tel.: 91 621 61 38

C/ Alcorcón, 8. Tel.: 91 698 37 39

ÓPTICAS

ILUMINACIÓN

GARCÍA-RIVERA ÓPTICOS C/ Real, 4. Tel.: 91 128 19 76

LUZALBA C/ Fuente Nueva, 1. Tel.: 91 249 52 52

MANUALIDADES

PINTURAS Y REFORMAS DECORJAY C/ Jerusalén, 2. Tel.: 91 605 73 72

BRILLANDO CON SONIA C/Río Guadiana, 11. Tel.: 91 425 88 08

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 6

INFORMACIÓN E INSCRIPCIONES CENTRO DE INICIATIVAS EMPRESARIALES DEL AYUNTAMIENTO DE PARLA AVDA. DEL LEGUARIO, Nº 49. TELÉFONO: 91 201 35 63. cie-empresas@ayuntamientoparla.es

GUÍA COMERCIAL COMPRAENPARLA.ES ¡Benefíciate de las ventajas de estar en la Guía Comercial CompraenParla.es! - Publicidad gratuita para tu negocio a través de un buscador y de una página personalizada. - Los comercios que aparezcan en la guía se irán publicitando en nuestras redes sociales, haciéndoles más visibles. - La guía te servirá para generar más visitas en tu web y mejorar el posicionamiento en Google. - Será nuestro mayor escaparate comercial para quienes nos solicitan un listado de empresas del municipio. - Para aparecer en la guía comercial solamente tienes que rellenar el formulario ubicado en nuestra web: www.compraenparla.es/altaguia.html Formar parte de la red de colaboradores de Carné Joven Comunidad de Madrid tiene muchas ventajas, como ser más visible en el mercado y ganar ventas entre el colectivo joven. La adhesión es gratuita y supone la aparición de la empresa como entidad colaboradora en el portal para jóvenes (www.carnejovenmadrid.com). Vuestro compromiso consistiría en aplicar el descuento o ventaja que vosotros decidáis (no menos del 10% en el caso de descuentos en porcentajes) y en tener colocada la pegatina oficial de Carné Joven. Las promociones o descuentos se pueden ir cambiando.

“Red de empresas por la Igualdad, la Conciliación y la Corresponsabilidad” Iniciativa de las Concejalías de Igualdad y Desarrollo Empresarial, en el marco del convenio suscrito con la Dirección General de la Mujer de la Comunidad de Madrid y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

A coste cero y sin moverse del establecimiento.

enRed nº 102

El objetivo principal de esta novedosa idea es facilitar a todas las personas que tengan sus negocios en Parla que manifiesten su apoyo a la plena integración laboral de la mujer, suscribiendo un documento redactado para tal fin. No tiene coste económico alguno para las pequeñas y medianas empresas de Parla que se unan y además los interesados pueden suscribirse a ella sin moverse de su establecimiento.

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 7

CARNAVAL 2018

10

Si tienes un negocio de hostelería y quieres participar, ¡ponte en contacto con nosotros! Centro de Iniciativas Empresariales del Ayuntamiento de Parla: Avenida del Leguario, 49. Telf.: 91 201 35 63

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 8 PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LEY DE REFORMAS URGENTES DEL TRABAJO AUTÓNOMO DE 2017 Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Publicada el 25 de octubre de 2017 en el Boletín Oficial del Estado (BOE). TÍTULO I: Medidas para facilitar la cotización a la Seguridad Social y para reducir las cargas administrativas de los trabajadores autónomos:

TÍTULO II: Medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo:

Recargos por ingreso fuera de plazo: se reducen a un recargo del 10% si se paga la deuda dentro del primer mes natural siguiente.

El alta tendrá efecto el mismo día efectivo que se den de alta y no el día primero del mes respectivo natural. Y la baja será el día que se den de baja.

Cotización en supuestos de pluriactividad: las devoluciones se producirá sin la necesidad de solicitud expresa por parte del interesado (devolución del 50% del exceso de cotización siempre que la cuantía sea igual o superior a 12368,23€).

Reducción y bonificaciones en la cuota de nuevos autónomos, entrada en vigor el 1 de enero de 2018. 

Alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, se le quedará una cuantía de 50€ mensuales durante 12 meses siguientes al alta si optan por la base mínima o el 80% si eligen una cotización superior. Los 6 meses siguientes tendrán una reducción equivalente al 50% de la cuota y otros 6 meses más un descuento del 30 €.

Alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, para hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35: se le quedará igual que el punto anterior pero con una ampliación de la bonificación del 30% durante 12 mensualidades más.

Para autónomos que emprenden de nuevo, podrán acogerse siempre hayan transcurrido 3 años de su baja en el Régimen Especial de Autónomos (RETA) cuando hubieran disfrutado de dichos beneficios en su anterior período de alta.

Estos puntos se darán también para Trabajadores del Mar, socios de sociedades laborales y socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.

Cuando causen alta por primera vez se podrán acoger a la base de cotización comprendida entre el 50% de la base mínima durante los 18 primeros meses y el 75% los siguientes. Si se trabaja a tiempo parcial con una jornada a partir del 50% se podrá elegir en el momento del alta la base comprendida entre el 45% de la base mínima durante 18 meses y el 85% durante los 18 meses siguientes. La aplicación de esta medida será incompatible con cualquier otra bonificación o reducción. TÍTULO III: Medidas para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral de los trabajadores autónomos: 

Bonificación a los trabajadores por cuenta propia que contraten por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación: Por un plazo de hasta 12 meses, bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes. Con obligación de mantener el contrato y mantener su alta en la Seguridad Social durante los 6 meses siguientes al vencimiento del plazo de disfrute de la misma.

Bonificación de las cuotas a la Seguridad Social para trabajadores autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarde con fines de adopción, acogimiento, riego durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural: Durante los períodos de descanso, siempre que sea, al menos, de 1 mes, le será de aplicación una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, que resulte de aplicar a la base media que tuviera el trabajador en los 12 meses anteriores a la fecha.

Reducción y bonificaciones en la cuota de nuevos autónomos con discapacidad, víctimas de violencia de género y del terrorismo, entrada en vigor el 1 de enero de 2018. 

Alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, se le quedará una cuantía de 50€ mensuales durante 12 meses siguientes al alta si optan por la base mínima o el 80% si eligen una cotización superior. Los 48 meses siguientes tendrán una reducción equivalente al 50% de la cuota.

Para autónomos que emprenden de nuevo, podrán acogerse siempre hayan transcurrido 3 años de su baja en el Régimen Especial de Autónomos (RETA) cuando hubieran disfrutado de dichos beneficios en su anterior período de alta.

Bonificaciones a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos:

enRed nº 102

Cuando vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los 2 años posteriores a la fecha de cese, tendrán derecho a una bonificación en virtud de la cual su cuota quedará fijada en 50€ mensuales durante los 12 meses siguientes a la fecha de su reincorporación si optan por acogerse a la base mínima o tener una bonificación del 80% si se acogen a otra superior.

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 9 TÍTULO V: Medidas para clarificar la fiscalidad de los trabajadores autónomos: Deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas de los gastos de suministros de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y de los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad. Entrada en vigor el 1 de enero de 2018. Para determinar el rendimiento neto en estimación directa: 

Las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menos de 25 años que convivan con él. Máximo deducible 500€ por persona o 1500€ si tiene discapacidad. Si afecta parcialmente a su vivienda habitual se contemplan los gastos como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet, en el porcentaje resultante de aplicar el 30€a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad sobre la superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

Los gastos de manutención del propio contribuyente siempre que se produzca en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen con medio electrónico de pago con los límites: 27,27 €/día (48 €/día si es en el extranjero) como gasto de dietas y manutención. TÍTULO VI: Medidas para mejorar la cotización de los trabajadores autónomos: 

Disposición adicional séptima. Bonificación a la contratacion de familiares. Previsto para el 2018. Contratación indefinida por cuenta ajena hasta segundo grado, dará derecho a una bonificación en la cuota empresarial por contingencias comunes del 100% durante 12 meses. Para ello no debe de haber extinguido contratos de trabajo improcedente en los 12 meses anteriores y deberá mantener el nivel de empleo en los 6 meses posteriores a la celebración del contrato. Disposición final primera. Art. 46: Afiliación, altas y bajas. Entrada en vigor el 1 de enero de 2018. 

La afiliación y hasta 3 altas dentro de cada año natural tendrán efectos desde el día en que concurran en la persona de que se trate los requisitos y condiciones de su inclusión en este régimen.

Cuando los trabajadores autónomos realicen simultáneamente dos o más actividades que den lugar a la inclusión en este régimen, su alta en él será única, debiendo declarar todas sus actividades en la solicitud de alta o, de producirse la pluriactivadad después de ella.

Las bajas: hasta 3 bajas dentro de cada año natural tendrán efectos desde el día en que el trabajador autónomo hubiese cesado, el resto el día último del mes natural.

A las altas y bajas deberán acompañarse documentos y medios de prueba determinantes de la procedencia de una u otra.

Disposición final segunda. Art. 43: cambios posteriores de base. Entrada en vigor el 1 de enero de 2018. Habrá hasta 4 opciones de cambio al año: -

De enero a marzo: 1 de abril.

-

De abril a junio: 1 de julio.

-

De julio a septiembre: 1 de octubre.

-

De octubre a diciembre: 1 de enero del año siguiente.

Cuando el trabajador haya contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a 10, la base mínima de cotización para el ejercicio siguiente se determinará en la correspondiente Ley.

Cualquier trabajador podrá solicitar que su base de cotización se incremente automáticamente en el mismo porcentaje en que aumenten las bases máximas de cotización.

Dicha base mínima será también aplicable en cada ejercicio económico a los trabajadores autónomos incluidos en este régimen especial al amparo de lo establecido en el art. 305.2, letra b y e, a excepción de aquellos que acusen alta inicial en el mismo, durante los 12 primeros meses de su actividad.

Cuando no hubieran estado dados de alta en los 5 años inmediatamente anteriores, tendrán derecho a una bonificación durante los 24 meses siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 50% durante los primeros 18 y el 25% durante los 6 siguientes.

TÍTULO VIII: Equiparación a efectos de las contingencias derivadas de accidente de trabajo in itinere:

Disposición final décima. Art. 35. bonificaciones por altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos.

Disposición adicional cuarta. Estudio del Concepto de habitualidad. En estudio. Se estudia especialmente para los trabajadores cuyos ingresos íntegros no superen la cuantía del salario mínimo interprofesional, en el cómputo anual. Disposición adicional quinta. Cotización a tiempo parcial. En estudio.

Tendrá idénticos efectos que el trabajo por cuenta ajena, considerándose accidente de trabajo el sufrido al ir o al volver del lugar de la prestación de la actividad.

Se procederá a la determinación de los diferentes elementos que hagan posible la implantación de un sistema de cotización a tiempo parcial vinculado a periodos concretos de su vida laboral.

Disposiciones adicionales, se estudiará:

Disposición adicional sexta. Jubilación parcial. En estudio.

El concepto de habitualidad.

Cotización a tiempo parcial.

Jubilación parcial.

Se procederá a la determinación de los diferentes elementos que hagan posible el acceso a la jubilación parcial, incluida la posibilidad de contratar parcialmente o por tiempo completo para garantizar el relevo generacional en los supuestos de trabajadores sin empleados.

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


http:// Página 10

C/ Pinto, 48 – Teléfono: 91 277 38 14 compramostuoroparla@gmail.com www.euro-oro.es

Empresa dedicada a la compra y venta de oro en Parla. Años de experiencia en el sector nos avalan. Compramos todo tipo de joyas y aceptamos piezas defectuosas:    

Venta recuperable. Tasación máxima. Pagamos al instante. Garantía de servicio.

CC. Merca 2 - C/ Pablo Casals, 27 lalonjadeblas@hotmail.com

Pescadería tradicional, con una diaria selección de pescados y mariscos nacionales, y la mayor variedad de productos del mar hace de nuestro mostrador todo un mundo marino. Un cuidado servicio, un mimo exquisito hacia el producto, haciendo hincapié en las temporadas que nos marca el mar, con una elaboración acorde con los gustos de la clientela, hace que su compra sea todo un placer gastronómico. El precio se olvida, la calidad permanece.

enRed nº 102

Contamos con pago electrónico. Servicio a domicilio. Parking gratuito.

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 11

C/ Dehesillas, 7 - Teléfono: 91 288 45 35 sentiryjugar@gmail.com www.sentiryjugar.com

Escuela infantil, autorizada por la Comunidad de Madrid, basada en la educación positiva y emocional de niños y niñas de 0 a 3 años, cuya aspiración es acompañar a las familias en el precioso viaje de la educación de los más pequeños. Apoyamos la lactancia materna de forma que, si quieres seguir amamantando a tu bebé a lo largo de su infancia y tienes que venir a darle el pecho, lo puedes hacer todas las veces que quieras. Y cuando los niños y niñas sean un poquito más mayores tenemos para ellos los días sin cole y campamentos urbanos.

¿Quieres que te publicitemos gratuitamente en nuestra revista digital En Red? ¡Mándanos el logotipo de tu empresa, los datos de contacto, un texto describiendo tu actividad y tres fotografías!

Cie-empresas@ayuntamientoparla.es

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


enRed nยบ 102

Pรกgina 12

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 13

AYUDAS, SUBVENCIONES Y LEGISLACIÓN

 CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS DESEMPLEADAS, EN ESPECIAL DE MAYORES DE 45 AÑOS Y MUJERES CON ESPECIALES DIFICULTADES DE INSERCIÓN.  PROGRAMA RE-EMPRENDE. AYUDAS PARA LA SEGUNDA OPORTUNIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS O POR CUENTA PROPIA.  LAS PYMES INDUSTRIALES MADRILEÑAS DE PROYECTOS DE INDUSTRIA 4.0.  SUBVENCIÓN DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL.  AYUDAS A TRABAJADORES QUE SE CONSTITUYAN POR CUENTA PROPIA.  ACUERDO DE 17 DE MAYO DE 2016, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS REGULADORAS Y SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE TRABAJO AUTÓNOMO. (BOCM 127 DE 30/05/2016).  SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTABLE EN LAS EMPRESAS DE TRABAJO ORDINARIO, DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO, PERSONAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO Y PERSONAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL.  CONTRATACIÓN DE JÓVENES INSCRITOS EN EL FICHERO DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 14

SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS DESEMPLEADAS, EN ESPECIAL DE MAYORES DE 45 AÑOS Y MUJERES CON ESPECIALES DIFICULTADES DE INSERCIÓN. Acuerdo de 12 de julio de 2016, del consejo de gobierno, por el que se aprueban normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa de incentivos para la contratación indefinida de personas desempleadas, en especial de mayores de 45 años y mujeres con especiales dificultades de inserción. B.O.C.M. Núm.315, del 31/12/2016.

Plazo de Presentación

Abierto desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio anual. En todo caso las solicitudes se deberán presentar en el plazo máximo de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada.

Lugares de Presentación

Registro de todas las Consejerías, Registro General de la Comunidad de Madrid, Registro de los Ayuntamientos que hayan firmado el Convenio, etc. Pero preferentemente en el Registro Auxiliar de la Dirección General de Empleo, sito en Vía Lusitana, 21, Madrid. También es posible solicitarlo por medios electrónicos. (www.madrid.org)

Organismo Competente

Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

BENEFICIARIOS Empresas cualquiera que sea su forma jurídica, autónomos y entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro con el centro de trabajo en Madrid (excepto comunidades de bienes, sociedades civiles y entes del sector público) que contraten: personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en las Oficina de Empleo de la Comunidad de Madrid durante un período de, al menos, un mes ininterrumpido e inmediatamente anterior a su contratación, salvo en el supuesto de contratación de mujeres con especiales dificultades de inserción, en cuyo caso deberán estar inscritas, al menos 360 días en los 540 días anteriores a la fecha de su contratación y la conversión en indefinidos de contratos formativos y temporales, en cuyo caso ha de tratarse de personas trabajadoras que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid. (* Atención exclusiones artículo 5.4 del Acuerdo adjunto)

ACCIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN a) Se subvencionará con un importe de 3.000€ cada contrato inicial indefinido a tiempo completo y 2.500€ cada conversión de contrato formativo o contrato temporal en indefinido a tiempo completo. b) Se subvencionará con un importe de 3.500€ cada contrato indefinido a tiempo completo realizado a mayores de 45 años o mujeres con especiales dificultades de inserción. Y 3.000€ cada conversión de contrato temporal en indefinido a tiempo completo de mayores de 45 años. b) Se subvencionará con un importe de 4.000€ cada contrato indefinido inicial a tiempo completo realizado a mujeres con especiales dificultades de inserción mayores de 45 años. Para los contratos de duración indefinida a tiempo parcial, el importe se reducirá proporcionalmente y se requiere una jornada no inferior al 62.5% de la jornada a tiempo completo.

Red enRed ºnº 89102

(* Atención artículo 7. Concurrencia e incompatibilidad de subvenciones)

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 15

PROGRAMA RE-EMPRENDE. AYUDAS PARA LA SEGUNDA OPORTUNIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS O POR CUENTA PROPIA Acuerdo de 12 de septiembre de 2017, del Concejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas del Programa Re-Emprende. Ayudas para una segunda oportunidad de los trabajadores autónomos o por cuenta propia. B.O.C.M. Núm. 235, del 03/10/2017. Abierto desde el 04 de octubre de 2017.

Plazo de Presentación

 Si se ha iniciado la prestación por cese de actividad en los 12 meses anteriores y no se ha finalizado el período de prestación a la fecha de entrada en vigor de estas normas reguladoras, podrán presentar la solicitud durante los 2 últimos meses de prestación por cese de actividad y hasta el último día del mes siguiente a la finalización del período.

 Si el período de prestación por cese de actividad se inició en los 12 meses anteriores a la publicación de estas normas y hayan agotado la prestación con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la normativa, podrán presentar la solicitud en los 2 meses siguientes a esta publicación.  Por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

Lugares de Presentación Organismo Competente

 De forma presencial a través de un impreso de solicitud en las oficinas de registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades establecidas. Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

ACCIONES SUBVENCIONABLES PRIMERA FASE: ayuda económica condicionada a su participación en un itinerario personalizado de re-emprendimiento o de empleo, recibiendo asesoramiento y, en su caso, formación para la vuelta al mercado de trabajo, con una duración máxima de 6 meses. SEGUNDA FASE: cuando el beneficiario decida volver a emprender, recibirá una ayuda económica durante los 12 meses iniciales al darse nuevamente de alta como trabajador autónomo o por cuenta propia en el Régimen correspondiente.

PERSONAS BENEFICIARIAS 1. 2.

3. 4.

Trabajadores autónomos o por cuenta propia que tengan reconocido el derecho a percibir la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social. Trabajadores autónomos o por cuenta propia que teniendo reconocido el citado derecho, hayan iniciado el período de disfrute de la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social en los 12 meses anteriores a la publicación de las normas reguladoras de estas ayudas. Deben de estar al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social. No incurrir en el apartado 2 del artículo 13 y el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisito específico PRIMERA FASE: 1. Firmar compromiso para participar en un itinerario personalizado de re-emprendimiento y empleo (IPR). Requisito específico SEGUNDA FASE: 1. Haberse dado de alta en el RETA en el plazo máximo de 3 meses siguientes a la finalización de la primera fase. 2. En caso de no haber realizar la primera fase, darse de alta en el RETA en el plazo máximo de 3 meses después de la finalización de la prestación por cese de actividad de la SS o, en el plazo de 1 mes desde la resolución por las que se conceda el pago único de la prestación. 3. Realizar la actividad en la Comunidad de Madrid.

ACCIÓN SUBVENCIONABLE Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN PRIMERA FASE: itinerario personalizado de re-emprendimiento y empleo. Duración: 6 meses. Cuantía: 420 €/mes que suben a 450€ si el solicitante tiene a su cargo al menos dos miembros de la unidad familiar. SEGUNDA FASE: cuotas correspondientes al reta. Duración: 12 meses. Cuantía: máximo 200€/mes.

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 16

LAS PYMES INDUSTRIALES MADRILEÑAS DE PROYECTOS DE INDUSTRIA 4.0 Acuerdo de 30 de diciembre de 2016, del consejo de gobierno, por el que se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas para el apoyo a la puesta en marcha por las pymes industriales madrileñas de proyectos de industria 4.0, cofinanciables por el fondo europeo de desarrollo regional dentro del programa operativo de la comunidad de madrid para el período 2014-2020. B.O.C.M. Núm.10, del 12/01/2017.

Plazo de Presentación

Desde el día siguiente a su publicación.

Lugares de Presentación

Por medios electrónicos habilitados en el portal Gestiones y trámites de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org)

Organismo Competente

Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

BENEFICIARIOS Pymes industriales madrileñas relacionadas con la transformación digital en sus procesos, productos o modelos de negocio.

REQUISITOS Realizar una inversión a partir de 40.000€, salvo para proyectos de consultoría que los gastos subvencionables deberán ser igual o inferiores a 40.000€. Actuaciones: 

Implementación de soluciones innovadoras de negocio utilizando tecnologías ligadas a: (i) open/linked/big data; (ii) data analytics.

Internet del futuro.

Plataformas colaborativas.

Implementación de soluciones innovadoras de comunicaciones y tratamiento de datos: (i) conectividad (ii) movilidad (iii) computación en la nube.

Implementación de soluciones innovadoras en los procesos de fabricación utilizando tecnologías como (i) realidad aumentada (ii) robótica colaborativa (iii) fabricación aditiva (iv) sensores y sistemas embebidos (v) control de procesos.

Implementación de aplicaciones y soluciones tic en la cadena de valor de la empresa industrial.

Ciberseguridad y confianza digital.

Redes sociales como vehículos de potencial desarrollo empresarial.

Gastos: 

Adquisición, renovación o extensión de inversiones materiales, consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos. Se excluye adquisición de terrenos y gastos en edificios.

Adquisición, renovación o extensión de inversiones inmateriales, es decir, activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad.

Costes de los servicios de consultaría prestados por consultores externos.

La inversión se ha de realizar en el período comprendido entre la solicitud (a partir del día siguiente a la publicación de esta orden) y el 15 de septiembre de 2017.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Para pymes de Parla: a)

20% para medianas empresas y 30% para pequeñas en inversiones materiales e inmateriales. Límite máximo será de 200.000€ para las medianas empresas y de 300.000€ para las pequeñas.

enRed nº 102

b) 50% en gastos de consultoría. Para los proyectos de consultoría el máximo será 20.000€.

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 17

SUBVENCIÓN DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

Orden 1477/2006, de 17 de julio, del Consejo de Empleo y Mujer (BOCM 182, de 2 de agosto de 2006) Resolución de 28 de diciembre de 2009, de la DG del Sevicio Regional de Empleo, (BOCM 17 de 21 de enero de 2010)

Convocatoria abierta todo el año.

Plazo de Presentación

Plazo de presentación: 6 meses desde la fecha de alta en el correspondiente régimen. Para los sucesivos periodos de cotización el plazo finaliza a los 6 meses, contados a partir del último mes objeto de subvención.

Organismo Competente

Servicio Regional de Empleo (Hay que realizar una nueva solicitud por cada período solicitado).

BENEFICIARIOS

1. Quienes hayan capitalizado la prestación por desempleo o ceso de actividad en la modalidad de pago único a tanto alzado por su valor actual o capitalización total. 2. El puesto de trabajo ha de radicar en la Comunidad de Madrid. 

Estas ayudas son incompatibles con la Ayuda para la ampliación de la tarifa plana de autónomos.

PERIODO SUBVENCIONABLE

El mismo período de tiempo al que hubiera tenido derecho a cobrar la prestación por desempleo en caso de no haberlo capitalizado, el cual comienza el mismo día del alta en la SS y hasta finalizar el total de días de capitalización.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN 

Alta en el RETA: máximo el 50% de la base mínima de la cotización.

Alta en el RGSS: 100% de lo cotizado a cargo del trabajador.

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 18

AYUDAS A TRABAJADORES QUE SE CONSTITUYAN POR CUENTA PROPIA. Acuerdo de 7 de junio de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de

Página 12 concesión directa del programa de ayuda a trabajadores que se constituyan por cuenta propia. (BOCM 141 de 15/06/2016). Plazo de Presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 3 meses a partir de la fecha de inicio de la actividad del trabajador autónomo. 

Lugares de Presentación

Organismo Competente

Registro auxiliar de la sede del Área de Emprendedores y Economía Social de la Unidad de Autónomos, Economía Social y Responsabilidad Social de las Empresas, Vía Lusitana, 21. Por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda. Presentación del impreso de solicitud en las oficinas de registro de la Administración general del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades establecidas.

Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

BENEFICIARIOS Personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos, por cuenta propia en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, cuyo inicio de actividad como trabajador por cuenta propia se realice a partir del 1 de octubre de 2015. Debiendo cumplir: 1.

Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid, en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad como trabajador por cuenta propia. 2. No haber realizado la misma actividad en los seis meses anteriores a la fecha de alta como trabajador por cuenta propia.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN El importe final de la ayuda será del 80% de los gastos justificados siendo el mínimo de la inversión 1.250€ y el mínimo de concesión 1.000€, con los siguientes máximos: 

Carácter general: 2.500€.

Mujeres desempleadas, desempleados mayores de 45 años o parados de larga duración que haya estado inscrito en una oficina de empleo durante, al menos, doce de los anteriores dieciocho meses, el importe máximo de la subvención a conceder será de 2.800€.

Mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo y personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33%, el importe máximo a subvencionar será de 3.080€.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

enRed nº 102

Costes iniciales para la puesta en marcha de la actividad empresarial de aquellos trabajadores autónomos por cuenta propia (excluidos IVA):  Honorarios de notario, registrador e ingenieros técnicos.  Honorarios de letrados, asesores y gastos de gestoría.  Registro de patentes y marcas.  Traspaso del negocio.  Tasa de inspección sanitaria y licencias urbanísticas.  Alquiler para el desarrollo de la actividad, en los meses subvencionables.  Desarrollo de página web y otras aplicaciones de comercio electrónico.  Gastos efectuados para el mantenimiento, reparación y conservación del local.  Gastos relativos al Servicio Obligatorio de Prevención a los autónomos que contraten a su primer trabajador.  Gastos realizados para el alta en Internet o para el acceso mediante licencias al uso de programas informáticos específicos.  Gastos derivados del cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos.  Gastos de investigación y desarrollo correspondientes al ejercicio presupuestario al que se imputa la subvención.  Gastos de publicidad y propaganda.  Primas de seguros de responsabilidad civil y de otros seguros necesarios para la actividad.  Cuotas de colegios profesionales.  Gastos correspondientes al alta de los suministros de gas y electricidad y facturas de los consumos de electricidad y gas correspondientes al local en los meses subvencionables.

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 19

PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE TRABAJO AUTÓNOMO. Acuerdo de 17 de mayo de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de CONCESIÓN DIRECTA DE LAS AYUDAS del Programa de Consolidación de Trabajo Autónomo. (BOCM 127 de 30/05/2016).

Plazo de Presentación

Se realizarán las solicitudes:  A partir del tercer mes desde el alta inicial del trabajador autónomo y hasta el último día del séptimo mes desde el alta del trabajador por cuenta propia o autónomo, si el alta es posterior al mes de febrero de 2016.

Lugares de Presentación

Se entregarán:  Por Internet a través del Registro Telemático de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.  Presentación del impreso de solicitud en las oficinas de registro de la Administración general del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades establecidas.

Organismo Competente

Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

BENEFICIARIOS  Trabajadores por cuenta propia o autónomos, acogidos a los “Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo Autónomo”. Debiendo cumplir: 1. Ser beneficiario de las reducciones previstas en el párrafo primero del art. 31.1 de la L. 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, según la modificación efectuada por la L.31/2015, de 9 de septiembre. 2. Mantener las condiciones que dieron derecho a disfrutar de las reducciones citadas en el punto 1 de este artículo. 3. Estar al corriente de obligaciones tributarias, Seguridad Social y Comunidad de Madrid. 4. Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.  Estas ayudas son incompatibles con las previstas en el programa de abono de cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

ACCIONES SUBVENCIONABLES Durante un máximo de doce meses adicionales a los primeros seis meses de disfrute de la reducción establecida en los “Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo Autónomo” de 50€. Tomando como referencia la cotización por la base mínima establecida con carácter general y el tipo mínimo de cotización, vigentes en el mes en el que se haya producido el alta del trabajador autónomo.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN El importe mensual de la subvención será la diferencia entre la cuota que abonaría un autónomo con las condiciones establecidas en el art. 31.1 de la L. 20/2007, de 11 de julio, y la cuota fija mensual establecida durante los primeros seis meses desde su alta inicial.

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 20

SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTABLE EN LAS EMPRESAS DE TRABAJO ORDINARIO, Página 12 DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO, PERSONAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO Y PERSONAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL. Subvenciones destinadas al fomento de la contratación estable en las empresas de trabajo ordinario, de mujeres víctimas de violencia de género, personas víctimas del terrorismo y personas en riesgo de exclusióon social. B.O.C.M. Núm. 182, del 01/08/2016.

Plazo de Presentación

Como máximo en los 3 meses siguientes a la fecha de alta en la Seguridad Social.

Lugares de Presentación

Registro de todas las Consejerías, Registro General de la Comunidad de Madrid, Registro de los Ayuntamientos que hayan firmado el Convenio, etc. Pero preferentemente en el Registro Auxiliar de la Dirección General de Empleo, sito en Vía Lusitana, 21, Madrid. También es posible solicitarlo por medios electrónicos. (www.madrid.org)

Organismo Competente

Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

BENEFICIARIOS Empresas cualquiera que sea su forma jurídica, autónomos y entidades de carácter privado sin participación pública que no tengan ánimo de lucro (excepto comunidades de bienes, sociedades civiles y entes del sector público o empresas con contratos de gestión de servicios públicos) y que contraten: mujeres víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo y personas de riesgo de exclusión social.

(* Atención exclusiones artículo 6.5 del Acuerdo adjunto).

ACCIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN 

Ayudas a la contratación indefinida: 6000€.

Ayudas a la contratación temporal: de 3 a 6 meses: 750€; de 6 a 12 meses: 2.000€; más de 12 meses: 5.000€.

Para los contratos de personas en riesgo de exclusión social deberás ser a jornada completa, el resto mínimo el 62.5% de la jornada a tiempo completo.

Si necesita ayuda para presentar cualquiera de estas subvenciones o si quiere más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros:

enRed nº 102

Teléfono: 91 201 35 63 - E-mail: cie-empresas@ayuntamientoparla.es Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 21

CONTRATACIÓN DE JÓVENES INSCRITOS EN EL FICHERO DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Acuerdo de 30 de diciembre de 2016 que modifica el acuerdo de 12 de julio de 2016, del consejo de gobierno, por el que se aprueban normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones cofinanciadas por el fondo social europeo y la iniciativa de empleo juvenil dentro del programa operativo de empleo juvenil para la contratación de jóvenes inscritos en el fichero del sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la comunidad de madrid. B.O.C.M. Núm.315, del 31/12/2016.

Plazo de Presentación Lugares de Presentación

Organismo Competente

Abierto desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio anual. En todo caso las solicitudes se deberán presentar en el plazo máximo de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada. Registro de todas las Consejerías, Registro General de la Comunidad de Madrid, Registro de los Ayuntamientos que hayan firmado el Convenio, etc. Pero preferentemente en el Registro Auxiliar de la Dirección General de Empleo, sito en Vía Lusitana, 21, Madrid. También es posible solicitarlo por medios electrónicos. (www.madrid.org) Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

BENEFICIARIOS Los trabajadores autónomos, las empresas, y entidades de carácter privado sin participación pública que no tengan ánimo de lucro (excepto comunidades de bienes, sociedades civiles, organismos y entidades del sector público) y que contraten: a menores de 30 años, con residencia en la Comunidad de Madrid y que figuren en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Requisitos contratados: 1) Para el Programa de Impulso a la Contratación en Prácticas los jóvenes deberán estar en posesión de un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o equivalentes. 2) En el Programa de Refuerzo de los Incentivos al Contrato de Formación y Aprendizaje los jóvenes deberán carecer de cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, requerida para concertar un contrato en prácticas. (* Atención exclusiones artículo 8 del Acuerdo adjunto)

ACCIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Cuantía de la subvención: 1) 4.500€ por cada contrato en prácticas a tiempo completo siempre que la duración sea de, al menos, 6 meses. 2) 2.940€ los 6 primeros meses de duración de cada contrato de formación y aprendizaje a tiempo completo sin perjuicio de la duración que para estos contratos establezca la normativa laboral. 3) 5.500€ cada contrato indefinido a tiempo completo siempre que la duración sea de, al menos, 12 meses. Se incrementarán en 500€ los contratos con mujeres. Para los contratos a tiempo parcial en los contratos de prácticas e indefinidos, el importe se reducirá proporcionalmente y se requiere una jornada no inferior al 62.5% de la jornada a tiempo completo. (* Atención artículo 11. Concurrencia e incompatibilidad de subvenciones)

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Pรกgina 22

Pรกgina 12

CENTRO DE INICIATIVAS EMPRESARIALES - ร rea Innovaciรณn CIE

91 201 35 63

enRed nยบ 102

cie-innovacion@ayuntamientoparla.es

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 23

Concejalía de Desarrollo Empresarial Avenida del Leguario, 49. Oficina 4. Primera planta cie-empresas@ayuntamientoparla.es Teléfono: 91 201 35 63

Web con todos los servicios y campañas organizadas desde el Centro de Iniciativas Empresariales y una guía de los comercios locales. Encontrarás una guía comercial, información útil para consumidores, empresas, emprendedores y sobre la ciudad.

www.compraenparla.es

Te ayudamos a buscar la financiación idónea para tu proyecto empresarial. Convenios suscritos entre el Ayuntamiento y La Caixa (MicroBank), Banco Sabadell o Socios Inversores facilitan la financiación a numerosos emprendedores y empresas de Parla. ¡Plantéanos tu proyecto!

enRed nº 102

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Página 24

Página 12

Centro de Iniciativas Empresariales Ayuntamiento de Parla Avenida del Leguario, 49 (28981) Parla. Oficina 4. Primera planta E-mail: cie-empresas@ayuntamientoparla.es Teléfono: 91 201 35 63

¡¡Visita nuestras redes y Web!! www.facebook.com/cieparla www.twitter.com/cieparla

www.compraenparla.es

Consulta nuestros servicios completamente gratuitos Campañas y Ferias temáticas. Creación de páginas Web para empresas. Jornadas y talleres de formación gratuita para empresas y emprendedores. Información y asesoramiento empresarial.

WWW

Búsqueda de financiación. Sello de Distinción de Calidad.

enRed nº 102

Revista Digital EnRed.

Centro de Iniciativas Empresariales www.ayuntamientoparla.es


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.