Pliego de cláusulas administrativas paticulares serv gestión centro de día y bar hogar jubilados cal

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO DE APERTURA Y MANTENIMIENTO DEL CENTRO DE DÍA Y BAR DEL HOGAR DEL JUBILADO SITO EN EL MERCADO MUNICIPAL, CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL. ARTÍCULO 1. OBJETO. Es objeto de esta contratación la adjudicación mediante procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación y trámite ordinario, de contrato para la gestión del servicio de apertura y mantenimiento del CENTRO DE DÍA y BAR DEL HOGAR DEL JUBILADO a través de contrato administrativo especial. El Ayuntamiento ostenta las prerrogativas a que se refiere el artículo 210 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Las características de dicho servicio, así como las condiciones en que ha de realizarse, son las especificadas en el Anexo IV (obligaciones de las partes). ARTÍCULO 2. PRECIO. Se establece la cantidad de 120,00 euros mensuales, IVA incluido, que el Ayuntamiento hará efectiva con periodicidad mensual y previa presentación de factura; que los licitadores podrán mejorar a la baja. ARTÍCULO 3. PLAZO DURACIÓN. El servicio objeto de esta licitación deberá dar comienzo el día siguiente al de la firma del contrato, y tendrá una duración de CUATRO AÑOS a contar desde dicha fecha, no siendo prorrogable. No obstante lo anterior, el adjudicatario vendrá obligado a mantener la prestación del servicio una vez expirado el contrato y en las mismas condiciones estipuladas, en el supuesto de que llegado su vencimiento el Ayuntamiento no haya asumido su prestación directa o se haya procedido a su nueva adjudicación. ARTÍCULO 4. APTITUD PARA CONTRATAR. Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén comprendidas en ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público como prohibiciones de contratar. Podrá contratarse con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Cuando en representación de alguna Sociedad civil o mercantil, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad, se acompañarán a la proposición previamente bastanteados por la Secretaría General del Ayuntamiento ó Asesoría Jurídica Municipal. Los concurrentes deberán justificar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional demostrando que cuentan con los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad suficiente para desarrollar el objeto del contrato, lo que se acreditará a través de uno o varios de los medios establecidos en los artículos 75 y 78 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Ilustre Ayuntamiento de Archidona Plaza Ochavada, 1, Archidona. 29300 Málaga. Tfno. 952714061. Fax: 952714165

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ISABEL ALBA PANEQUE (1 de 1) Teniente de Alcalde Fecha Firma: 03/08/2016 HASH: 15168929aea8d42350534c521d28aa33

Ilustre Ayuntamiento de Archidona


Ilustre Ayuntamiento de Archidona ARTÍCULO 5. Para participar en la contratación, el licitador deberá presentar en la Secretaría General del Ilustre Ayuntamiento en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, tres sobres cerrados (A, B y C) con la documentación que luego se especifica, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar de la publicación del anuncio correspondiente en el BOP de Málaga. SOBRE A: Contendrá exclusivamente todos los documentos que a continuación se relacionan, en original o copia compulsada debidamente y que serán examinados y calificados previamente al acto de apertura de proposiciones. Son los siguientes: a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica y la capacidad de obrar: Documento Nacional de Identidad del firmante, en caso de que el licitador sea persona física, o escritura de constitución de la Sociedad y Poder bastanteado al efecto en caso de persona jurídica. b) Declaración responsable del licitador en la que afirme no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar conforme al artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, comprendiendo esta declaración expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatal como autonómica y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes sin perjuicio de que con carácter previo a la adjudicación definitiva deban constar en el expediente las certificaciones acreditativas correspondientes. c) Documentación acreditativa de solvencia económica y financiera y técnica o profesional. d) No se exige garantía provisional. No obstante lo anterior, los licitadores podrán sustituir los documentos reseñados balo las letras a), b) y c), por una declaración jurada en la que declaren que cumplen con los requisitos reseñados comprometiéndose a su aportación en caso de ser propuesto como adjudicatario del contrato.

En la oferta se especificará el/los producto/s de calidad media que el adjudicatario, así como la mejora que proponga en relación con el equipamiento del establecimiento y la propia prestación del servicio. SOBRE C: Proposición Económica., Deberá ajustarse al modelo proposición que se contiene en el el ART. 16. ARTÍCULO 6. CRITERIOS ADJUDICACIÓN. El Ayuntamiento se reserva el derecho de declarar desierta la licitación si, en su apreciación libre y motivada, ninguna de las proposiciones presentadas sean admisibles legalmente de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego, sin que por ello se pueda exigir por parte del contratista indemnización. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación son el precio y los compromisos especiales o posibles mejoras directamente relacionadas con la prestación del servicio. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación son los siguientes: 1.- Coste económico para el Ayuntamiento: hasta 5 puntos que se asignaran a la oferta que resulte más ventajosa económicamente, procediendo a asignar al resto de ofertas dicha puntuación de manera proporcional, teniendo en cuenta que aquellas ofertas que se ajusten al tipo de licitación recibirán 0 puntos. Ilustre Ayuntamiento de Archidona Plaza Ochavada, 1, Archidona. 29300 Málaga. Tfno. 952714061. Fax: 952714165

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SOBRE B: Proposición Técnica., Deberá ajustarse al modelo proposición que se contiene en el ART. 16 y contendrá la documentación que ha de servir a la valoración en función de los criterios establecidos en el presente pliego distintos de los correspondientes al precio, y en su caso, variantes o mejoras que, sin menoscabo de lo establecido en los pliegos de condiciones puedan convenir a la mejor realización del objeto del contrato.


Ilustre Ayuntamiento de Archidona 2.- Mejoras en relación con la prestación del servicio: (Detallar aspectos sobre los que ofertar mejoras y que estén relacionados con el objeto del contrato) Se valorará en este apartado las mejoras que el contratista pueda ofertar sobre las condiciones de la prestación del servicio: hasta 4 puntos, asignándose la máxima puntuación a la oferta mejor valorada y a las demás en orden decreciente se les irá restando un 10% progresivo. - Fomento de las relaciones entre los usuarios del Hogar del Jubilado (hasta un máximo de 1 punto). - Participación en todos en los eventos organizados por el Ayuntamiento o Asociaciones de Jubilados que hagan uso de las instalaciones (hasta un máximo de 1 punto). - Organización de actividades culturales, juegos, talleres y demás actividades (hasta un máximo de 1 punto). - Mejora en la carta ofreciendo platos típicos del municipio (hasta un máximo de 1 punto). 3.- Mejoras en relación con el equipamiento del establecimiento: (Detallar aspectos sobre los que ofertar mejoras y que estén relacionados con el objeto del contrato) Se valorará en este apartado las mejoras que el contratista pueda ofertar sobre las condiciones de la prestación del servicio: hasta 3 puntos, asignándose la máxima puntuación a la oferta mejor valorada y a las demás en orden decreciente se les irá restando un 10% progresivo. - Realizar medidas de ahorro energético (hasta un máximo de 1 punto). - Mejoras en las infraestructuras del edificio (hasta un máximo de 1 punto).

4. Caso de producirse empate entre dos o más licitadores, se procederá a la adjudicación del contrato en atención a los siguientes criterios sociales: - Situación de desempleo de larga duración (1 año o más): 2 puntos - Estar casado o separado con hijos menores de 26 años a su cargo: 1 punto por cada hijo a cargo. - Padecer algún tipo de minusvalía siempre que ésta no le incapacite para el desempeño del servicio: 1 punto si la misma es superior al 30%, 2 puntos si es superior al 60% y 3 puntos si es superior al 85%. ARTÍCULO 7. Apertura de proposiciones.- La mesa de Contratación, en acto público, celebrado el día hábil siguiente, exceptuando que fuere sábado en cuyo caso pasaría al siguiente hábil, procederá a la apertura de la documentación a las doce horas, y dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en los sobres A, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el Acta. A continuación, el Secretario de la mesa, procederá a la apertura de los sobres B, procediendo a su remisión a la Comisión de Evaluación a efectos de su Ilustre Ayuntamiento de Archidona Plaza Ochavada, 1, Archidona. 29300 Málaga. Tfno. 952714061. Fax: 952714165

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- Mejoras en medios audiovisuales y/o de conexión a internet (hasta un máximo de 1 punto).


Ilustre Ayuntamiento de Archidona valoración conforme a los criterios establecidos en el presente pliego. Evacuando dicho informe de valoración, se reunirá nuevamente la Mesa de Contratación al objeto de proceder a la apertura del sobre C y elevar la propuesta que estime pertinente al órgano de Contratación que haya de efectuar la adjudicación. Composición MESA DE CONTRATACIÓN: Estará compuesta por: - Presidente: Alcaldesa ó Concejal Delegado del Servicio. - Secretario: El Asesor Jurídico Municipal o en su defecto, Administrativo o Auxiliar Administrativo adscrito a Secretaría General. - Vocales: El Secretario General del Ayuntamiento, la Arquitecta Municipal y el Municipal.

Interventor

ARTÍCULO 8. CLASIFICACIÓN OFERTAS.- El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a tal fin a los criterios de adjudicación señalados en el presente pliego, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Una vez efectuada dicha clasificación requerirá al licitador cuya proposición haya resultado ser la más valorada para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación: Justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o, en su defecto, autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello. Acreditativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64 del R.Dtº Legislativo 3/2011 TRLCSP. Seguro de Responsabilidad Civil suscrito para la prestación del servicio y de daños sobre el dominio público en garantía de su preservación y devolución en el mismo estado en que se le entrega., así como justificante de estar al corriente en el pago del seguro.  El importe de la garantía definitiva que será de 740,75 euros equivalente al 5% del valor estimado de las instalaciones y mobiliario.  Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. ARTÍCULO 9. ADJUDICACIÓN.- Aportada por el propuesto adjudicatario la documentación relacionada, el órgano de contratación adjudicará el contrato motivadamente. Si el órgano de contratación adjudica a persona diferente al propuesto por la Mesa deberá de motivar la decisión. ARTÍCULO 10. FORMALIZACIÓN del Contrato.- La Administración y el contratista deberán formalizar el contrato en documento Administrativo, dentro de los 15 días siguientes al de notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No Ilustre Ayuntamiento de Archidona Plaza Ochavada, 1, Archidona. 29300 Málaga. Tfno. 952714061. Fax: 952714165

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Resguardo que acredite haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.


Ilustre Ayuntamiento de Archidona obstante lo anterior dicho contrato administrativo podrá elevarse a escritura pública a petición del contratista y a su costa. Cuando, por causas imputables al contratista, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía definitiva. ARTÍCULO 11. En virtud de la adjudicación el contratista quedará obligado a pagar el importe de cuantos gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato, incluso los honorarios del Notario autorizante en el caso de que fuere necesario el mismo mediante escritura pública, pago de impuestos y cualesquiera otros que se produzcan. ARTÍCULO 12. Si las obligaciones derivadas del contrato fuesen incumplidas por el contratista, la Corporación está facultada para exigir su cumplimiento o declarar la resolución del contrato. En caso de fallecimiento del contratista la Corporación podrá resolver el contrato. Se establece el siguiente sistema de sanciones, por infracciones del adjudicatario, con independencia y sin perjuicio de los casos en que proceda la resolución del contrato o cualquier otra acción: Se impondrán las penalidades previstas el artículo 212.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para los casos de demora en la ejecución. En los demás casos de incumplimiento del contratista, se podrán imponer penalidades de hasta un máximo de 600 euros, atendiendo a la gravedad de la infracción y previo expediente con audiencia del contratista. ARTÍCULO 13. El contratista viene obligado bajo su responsabilidad a cumplir lo dispuesto por la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales y demás leyes especiales. El contrato objeto de esta licitación se entiende realizado a riesgo y ventura para el contratista.

ARTÍCULO 14. MODIFICACIÓN. El contrato no podrá ser objeto de modificación. ARTÍCULO 15. Los litigios derivados del presente contrato en cuanto a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción se entenderán siempre sometidos a la jurisdicción contencioso-administrativa. En lo no previsto en este Pliego de Condiciones particulares se estará a lo dispuesto Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y con carácter supletorio, a las restantes Normas del Derecho Administrativo, y en su defecto, preceptos del Derecho Privado. ARTÍCULO 16. MODELO DE PROPOSICIÓN D/Dª. ....................., provisto/a del Documento Nacional de Identidad n.º. ............, en nombre propio (o en representación de ...................., con domicilio en ....................., y C.I.F. n.º. ............ que acompaña), enterado deL pliego de condiciones administrativas particulares y demás documentos del expediente para contratar mediante procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, para la Ilustre Ayuntamiento de Archidona Plaza Ochavada, 1, Archidona. 29300 Málaga. Tfno. 952714061. Fax: 952714165

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El contratista estará obligado a guardar sigilo y confidencialidad respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.


Ilustre Ayuntamiento de Archidona gestión del servicio de apertura y mantenimiento del Centro de Usos Múltiples de la Barriada de las Huertas del Río, se compromete a realizarlo con estricta sujeción a las condiciones que se derivan de la presente oferta por el precio mensual de …....................., más …........de IVA, (la cantidad a consignar deberá ser igual o inferior a 120,00 euros) y que incluye: a)

Listado de Precios para la prestación del servicio de Café-Bar determinado por la Corporación Local

b)

Mejoras en relación con la prestación del servicio: (Detallar aspectos conforme artículo 6.2 de este pliego)

c)

Mejoras en relación con el equipamiento del establecimiento: (Detallar aspectos conforme artículo 6.3 de este pliego) Lugar, fecha y firma,

ARTÍCULO 17. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

A la terminación del contrato (y salvo que se decidiese la continuidad del servicio bajo la misma fórmula de gestión), la extinción, en su caso, de las relaciones jurídicas existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores será de cuenta exclusiva del adjudicatario quien abonará las indemnizaciones por extinción o resolución de los contratos sin repercusión económica alguna para el Ayuntamiento, quedando extinguidas al término del contrato las relaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores, correspondiendo a aquél el abono de las indemnizaciones por la extinción o resolución de los contratos. Se establece la obligación de indemnizar al Ayuntamiento con 12.000 euros por trabajador si como consecuencia del incumplimiento de esta cláusula, se derivare vinculación laboral con el Ayuntamiento o empresas concesionarias municipales. 2ª.- Obligaciones básicas del Ayuntamiento y del contratista.2.1.- El Ayuntamiento de Archidona asume las siguientes obligaciones: a)

Asumir los gastos de suministro eléctrico, agua potable y calefacción.

b)

Asumir el mantenimiento general de las instalaciones con que cuenta el referido edificio.

c)

Financiar los gastos de limpieza de las instalaciones que se cuantifican en la cantidad mensual de 120,00 euros, IVA incluido, y que le serán reintegrados al adjudicatario previa presentación de factura.

2.2.- Derechos y Obligaciones que asume el contratista: a) Mantener abierta las instalaciones durante los días y horas que seguidamente se indican, cuidando del mobiliario que se relaciona en el inventario que se une al presente pliego y demás instalaciones:

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1ª. Situación del Ayuntamiento y del contratista durante el plazo de vigencia del contrato.- El Ayuntamiento es titular del servicio que presta de forma indirecta, ostentando la calificación de servicio público del Ayuntamiento cuya competencia tiene atribuida, lo que justifica el control de su gestión y la inspección del servicio en todo momento, conservando los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios de que se trate. Durante el plazo de vigencia del contrato, le es transferida al contratista una esfera de actuación originariamente administrativa, por lo que aparece revestido de facultades para la gestión del servicio, que se le otorga salvando los derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, pero con derecho a la protección administrativa para prestar el servicio.


Ilustre Ayuntamiento de Archidona – 6 días a la semana, dejando a la libre determinación del contratista la elección del día de descanso. – El horario de apertura mínimo será, por las mañanas de 10:00 horas a 14:30 horas y por las tardes de 16:00 horas a 21:00 horas, en invierno y de de 10:00 horas a 14:30 horas y por las tardes de 16:30 horas a 22:00 horas en verano. b) Permitir el uso y disfrute de las instalaciones a cualquier jubilado dentro del horario anteriormente indicado, no pudiendo discriminar a ninguno por razones físicas, psíquicas, sensoriales, de sexo, edad, raza o religión. c) Asistir en cuanto precise y dentro de sus posibilidades la prestación de otros servicios asistenciales a los que pueda destinarse el centro o sus instalaciones. d) Prestar por sí el servicio de Café-bar, sin que pueda llevar a cabo ninguna subcontrata o cesión a terceros, con aplicación de las tarifas de precios aprobadas por la Corporación Local. e) La llevanza y custodia de un Libro de Quejas y Reclamaciones, cuya existencia deberá estar debidamente anunciada. f) Informar al Ayuntamiento de la Programación de Actividades que pretenda llevar a cabo en las instalaciones al margen de la actividad propia de Café-Bar. g) Asumir las labores de limpieza de las instalaciones y sus inmediaciones (zona de acceso). h) Cumplir las normas vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, sanitarias, y de seguridad e higiene en el trabajo, asumiendo a su costa el alta en hacienda y seguridad social para el desarrollo de la actividad de Café-Bar. El personal adscrito al servicio de Café-Bar necesariamente deberá disponer de carnet de manipulador de alimentos. i)

Cumplir cuanta normativa le sea de aplicación para el desarrollo de la actividad de Café-Bar.

k)

Disponer de seguro de responsabilidad para la prestación del servicio de Café-Bar con las coberturas mínimas que establezca la normativa que en cada momento le sea de aplicación.

l)

Cumplir las determinaciones acordadas por el Ayuntamiento Pleno, al aprobar el Reglamento de Régimen Interno del Hogar Municipal del Jubilado.

m) Atender las peticiones que fundadamente le trasladen el Presidente y Junta Directiva de la(s) Asociaciones de Jubilados que hagan uso autorizado de las instalaciones. n) Cuidar y mantener a su costa el mobiliario, electrodomésticos y demás enseres que le son entregados para la prestación del servicio, respondiendo de sus averías y desperfectos, salvo aquellas que a juicio de los Técnicos Municipales sean debidas a su inutilización por antigüedad. Archidona, a fecha de firma electrónica LA TTE. DE ALCALDESA DELEGADA DE ASUNTOS SOCIALES, Fdo. Isabel Alba Paneque

(Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica)

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j) Presentar para su aprobación por el Ayuntamiento el listado de precios que aplicará en el servicio de Café-Bar.


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