REGLAMENTO DEL HUERTO ECOLÓGICO URBANO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ARUCAS

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REGLAMENTO DEL HUERTO ECOLÓGICO URBANO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ARUCAS Publicado en el Boletín ín Oficial de Las Palmas nº 121 1 de 20 de septiembre de 2013. ÍNDICE

Artículo

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS OBJETO

1

OBJETIVOS

2

TIPOS DE USUARIOS EN FUNCIÓN DEL DESTINO DE LA PARCELA

3

PROCEDIMIENTO PARA EMITIR AUTORIZACIONES

4

AUTORIZACIÓN DE USO

5

DURACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

6

COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO

7

HORARIO ESTABLECIDO

8

GESTIÓN DEL AGUA

9

OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

10

INFRACCIONES Y SANCIONES

11

LA COMISIÓN DEL HUERTO ECOLÓGICO URBANO MUNICIPAL

12

DISPOSICIÓN FINAL

Exposición de motivos La práctica de la agricultura ecológica, la lucha por la recuperación de la biodiversidad, el comercio justo, justo el consumo responsable y la educación para la sostenibilidad son en materia ambiental algunos de los pilares más importantes que constituyen el ideario y los cimientos de los huertos urbanos ecológicos. A los que hay ha que sumar los valores de la tolerancia, el respeto y la convivencia. Actualmente y en contraposición a la crisis económica y social que ha propiciado el modelo socio-económico socio económico imperante, están proliferando iniciativas de Excmo. Ayuntamiento de Arucas. (Las Palmas) Tlf: 928 628 100 C/ Alcalde Suárez Franchy, 11 C. P: 35400 Web: www.arucas.org


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estas características por muchos lugares del archipiélago Canario. Gracias a estas propuestas se está permitiendo la incorporación incorporación de zonas productivas al paisaje urbano de las ciudades y muchos ciudadanos se están beneficiando de estas experiencias de ocio productivo. rtículo 1. Objeto de los Huertos Urbanos Ecológicos. Artículo El objeto del presente Reglamento es regular la organización, el funcionamiento y el uso del Huerto Ecológico Urbano Municipal del municipio de Arucas. Corresponde la coordinación, tutela y resolución de conflictos a la Concejalía de Medio Ambiente de este te Ayuntamiento. Artículo rtículo 2. Objetivos del Proyecto Huerto Ecológico Urbano Municipal. Se busca crear un espacio multifuncional donde la actividad productiva dirigida al autoconsumo pueda coexistir con las actividades de carácter social que permitan: -

Recuperar espacios urbanos para uso público. Promover buenas prácticas de cultivo y fomentar la agricultura ecológica. Promover el uso educativo del espacio. Fomentar la integración social de las personas mediante la participación activa en la sostenibilidad sostenibilid del pueblo. Fomentar la alimentación sana y saludable. Impulsar un mayor conocimiento y respeto por el medio ambiente. Proponer un modelo de ciudad ciudad sostenible, que apueste por la defensa de los espacios naturales, de la l flora y fauna endémica y la biodiversidad. diversidad.

Artículo 3. Tipos de usuarios en función del destino de la parcela: a. Huerto de ocio productivo: productivo destinado a uso individual a ciudadano residente y mayor de edad. b. Huerto destinado stinado a colectivo: destinado al uso por parte de entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas sociales, formativos, terapéuticos, o ambientales. c. Huerto escolar: destinado a desarrollar proyectos educativos vinculados a los centros del municipio, especialmente de primaria primaria y secundaria. Se dará prioridad a los centros públicos pero también pueden participar centros concertados o privados. d. Huerto solidario: solidario son parcelas que, en colaboración con la Concejalía de Bienestar Social, podrán ser destinadas a personas en riesgo de exclusión social, previo informe y seguimiento del área competente. Se realizaran convocatorias públicas separadas por el tipo de parcela: Huerto de ocio productivo, Huerto destinado a colectivo o Huerto escolar.

Excmo. Ayuntamiento de Arucas. (Las Palmas) Tlf: 928 628 100 C/ Alcalde Suárez Franchy, 11 C. P: 35400 Web: www.arucas.org


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Para la adjudicación de Huertos Huerto solidarios laa Concejalía de Bienestar Social presentará las solicitudes a la Concejalía de Medio Ambiente, acompañada de un informe de las razones que motivan la derivación y que aconsejan la utilización de este recurso. Una comisión constituida por la Concejalía Concejalía de Bienestar Social priorizará las solicitudes, así como la lista de reservas. Artículo 4. Procedimiento para emitir autorizaciones. La autorización se dará de conformidad con el procedimiento y condiciones previstas en el presente Reglamento y en las convocatorias respectivas. La ocupación de las parcelas se configura como autorización de uso especial de los bienes de dominio público adscritos al servicio público, sometidas, en consecuencia, a autorización administrativa. INICIO: Mediante diante convocatoria pública que será objeto de publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y página web municipal www.arucas.org dando difusión por los principales medios del municipio. esentar solicitudes será determinado en la respectiva El plazo límite para presentar convocatoria, sin que este pueda ser en ningún caso inferior a 15 días hábiles. hábiles Se pondrá a disposición de los interesados modelos normalizados de instancias de solicitud (ANEXO I). Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en la Oficina ficina de Atención al Ciudadano, C// Suárez Franchy nº 11. 11 Acompañando de la siguiente documentación dependiendo del tipo de parcela: parcela a) Convocatoria de Huerto de ocio productivo: -Fotocopia Fotocopia del D.N.I. o documento que legalmente le sustituya. -Declaración Declaración Responsable que se está físicamente capacitado para realizar el trabajo agrícola. (ANEXO II) El Ayuntamiento comprobará de oficio el empadronamiento en el padrón de habitantes y el cumplimiento de estar al corriente de las obligaciones tributarias locales. b) Convocatoria de Huerto destinado a colectivo: -Acreditar Acreditar ser una entidad registrada en el registro municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Arucas. -Presentar Presentar un proyecto social, formativo, terapéutico o ambiental que tenga como soporte físico las parcela destinadas a este uso. -Presentar Presentar un compromiso de participación, firmado por la persona de la entidad que se haga responsable del desarrollo del proyecto formativo, social socia o terapéutico aprobado y de suscribir una póliza de responsabilidad civil que cubra las eventuales acciones de las personas que desarrollen la actividad en la parcela. c) Convocatoria de Huerto escolar: Excmo. Ayuntamiento de Arucas. (Las Palmas) Tlf: 928 628 100 C/ Alcalde Suárez Franchy, 11 C. P: 35400 Web: www.arucas.org


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-Los Los colegios deberán aportar el acuerdo de petición petición de huerto escolar adoptado por el Claustro o Consejo Escolar, así como nombramiento de un coordinador/tutor para las actividades a desarrollar en el Huerto. Huerto - Presentar un proyecto con las actividades y metodología. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se expondrá al público la lista provisional de admitidos, pudiendo presentarse reclamaciones contra las mismas por espacio de diez días naturales a contar desde el día siguiente a su exposición en el Tablón Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.arucas.org.

Finalizado dicho plazo y resueltas las reclamaciones se adjudicarán por sorteo, si la demanda de las mismas es mayor que las parcelas ofertadas durante el periodo de solicitud. Con el resto de solicitantes que no resulten adjudicatarios se formará lista de espera. Si alguno de los usuarios renunciase o dejase dejase libre su parcela por cualquier causa, se adjudicará rá la misma al siguiente de la lista l de espera. spera. En estos casos la Administración comprobará que el adjudicatario sigue cumpliendo las premisas necesarias para poder optar a la parcela. Artículo 5. Autorización de uso. uso El usuario recibirá la autorización de uso de la parcela por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local. Siendo personal (o en su caso, colectiva) e intransferible, y sólo producirá efectos mientras concurran las condiciones señaladas en los l artículos siguientes. Los usuarios tendrán un carnet de acreditación y autorización al uso de la parcela. La autorización del uso del Huerto para su cultivo no supone en ningún caso la transmisión de la propiedad del terreno. La Autorización de uso del huerto establecerá: a) Medida, localización y número de finca. b) Obligaciones del usuario. usuario c) Duración concreta de la autorización. d) En su caso personas que forman parte de la unidad familiar y que puedan acceder para ayudar al titular de la autorización. autoriz El autorizado en ningún caso podrá ceder o subarrendar el huerto adjudicado. En casos excepcionales en que el titular se encuentre imposibilitado para trabajar, o haya fallecido, será posible la cesión del uso de la parcela exclusivamente a los miembros de su unidad familiar, sin que tal cesión altere el tiempo que reste para la finalización de la cesión. El Ayuntamiento podrá revocar unilateralmente la autorización en cualquier momento por razones de interés público, sin generar derecho a indemnización, indemnización, cuando resulten incompatibles con las condiciones generales aprobadas con posterioridad, produzcan Excmo. Ayuntamiento de Arucas. (Las Palmas) Tlf: 928 628 100 C/ Alcalde Suárez Franchy, 11 C. P: 35400 Web: www.arucas.org


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daños en el dominio público, impidan su utilización actividades de mayor interés público o menoscaben el uso general. La rescisión de la autorización, ción, por cualquier causa, en ningún momento dará lugar al derecho a percibir indemnización o compensación de ningún tipo. Se perderá la condición de usuario de la parcela por empadronarse en otro municipio, defunción, renuncia o baja voluntaria. Artículo 6. Duración de la autorización. El tiempo de uso de la parcela será el indicado en la autorización o convenio correspondiente,, siendo en general dos años: a. Huerto de ocio productivo prorrogable hasta un máximo de dos años más. Estas prórrogas serán concedidas por periodos anuales. b. Huerto destinado a colectivo: colectivo prorrogable por otro más. Al finalizar este periodo, la entidad solicitante podrá repetir el proceso. c. Huerto escolar: prorrogables cada año sin límite de tiempo. d. Huerto solidario: al finalizar este periodo la Concejalía de Bienestar Social debe volver a evaluar la situación y presentar propuesta, que puede señalar al mismo beneficiario. Artículo 7. Compromisos del Ayuntamiento. El Ayuntamiento de Arucas se compromete a poner los Huertos Urbanos a disposición de los adjudicatarios debidamente preparados: con suelo fértil, agua para el riego y vallado perimetral. El Ayuntamiento se encargará del correcto mantenimiento de los servicios comunes para los usuarios. Correrá a cargo del Ayuntamiento la realización de las obras necesarias para la conservación y mejora de las instalaciones, así como el mantenimiento del entorno. Los responsables del proyecto se reservan la facultad de realizar cuantos análisis de suelo, agua y plantas cons onsidere idere necesario a fin de establecer si se han empleado por parte de los usuarios, productos contraindicados. Todos los elementos que conforman las distintas instalaciones de suministro de los Huertos Urbanos Ecológicos Municipales Municipal (instalación de riego, eléctrica) solo podrán ser programados, manipulados e interrumpidos por los responsables del proyecto. Cualquier manipulación por parte de un usuario requerirá de la autorización y supervisión de los responsables. See ofrecerá inicialmente, formación específica específica sobre buenas prácticas ambientales y agricultura ecológica. Artículo 8.. Horario establecido. Excmo. Ayuntamiento de Arucas. (Las Palmas) Tlf: 928 628 100 C/ Alcalde Suárez Franchy, 11 C. P: 35400 Web: www.arucas.org


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La actividad agrícola aprovechará principalmente las horas diurnas, existirá un horario de apertura del recinto aprobado por la Comisión del Huerto. En defecto de acuerdo expreso el horario será el siguiente: -

Horario de otoño-invierno invierno (del 1 de noviembre al 31 de marzo), de 10:00 a 14 horas y de 17:00 a 19:00 horas. Horario de primavera-verano primavera verano (del 1 de abril al 31 de octubre), de 9:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 20:00 horas.

Los usuarios de las parcelas, deberán respetar los horarios establecidos por la Concejalía de Medio Ambiente. Tanto de apertura y cierre de las instalaciones, como los establecidos para el riego u cualquier otro que haya sido legalmente legalmente establecido. La actividad agrícola podrá desarrollarse de lunes a domingo, domingo durante todo el periodo de duración de la autorización, atendiendo especialmente a no molestar a los vecinos con cualquier tipo de comportamiento ruidoso que altere el descanso.

Artículo 9. Gestión del agua. gua. El agua es un recurso escaso, por ello debe tenerse especial cuidado en su uso y un compromiso de ahorro. Dadas las características de las especies vegetales que se pueden cultivar en los huertos y la superficie de cada uno de ellos, en ningún caso se sobrepasará un consumo de agua de cinco (5,00) m3, por huerto. Mensualmente por parte de los responsables del Proyecto se procederá a la lectura de los contadores parciales de agua de cada parcela, parcela, con el objeto de comprobar que no se sobrepasa el límite establecido. establecido El único método de riego admitido con carácter general será el riego por goteo. Se permitirá el riego mediante regaderas manuales, para proceder a la irrigación de las plántulas y semilleros. Se prohíbe el riego a manta, por ser un método poco respetuoso con la gestión y buen uso de dicho recurso. Al abandonar el huerto cada usuario deberá de cerciorarse de que la llave de su instalación de riego queda totalmente cerrada. Todo usuario tiene la obligación de comunicar a los responsables del proyecto la existencia de roturas o deficiencias en la instalación de riego, para poder proceder a su reparación, regulación y ajuste. En caso de ser necesario por sequía, o falta de caudal o presión en la instalación, los responsables del proyecto podrán desarrollar e implantar un cuadrante cuadrante de riego por turnos, que deberá ser escrupulosamente respetado por todos los usuarios. Excmo. Ayuntamiento de Arucas. (Las Palmas) Tlf: 928 628 100 C/ Alcalde Suárez Franchy, 11 C. P: 35400 Web: www.arucas.org


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Artículo 10.. Obligaciones de los usuarios. 1. Hacer uso correcto de todas las instalaciones y mantener atendida, limpia y cultivada su parcela, así como su acceso y lindes. El abandono de la parcela asignada de forma no justificada durante dos meses será motivo de la pérdida del derecho de uso de la misma. 2. Destinar el huerto al cultivo de hortalizas, flores y plantas aromáticas. Estando prohibido el cultivo de árboles, arbustos, plantas degradantes del suelo y plantas psicotrópicas o prohibidas por la Ley. 3. Traer sus propias herramientas y semillas para el cultivo del huerto asignado. 4. Realizar el pago del precio público. 5. Reciclar los desechos orgánicos derivados derivados del cultivo de su parcela a través de compostera y depositar el resto de residuos en los contenedores externos. 6. Compromiso de no malgastar el agua. agua 7. Se permite el intercambio de productos productos entre los usuarios del huerto. huerto Todo producto obtenido del suelo cedido cedido por la administración tendrá prohibida su venta. 8. Se prohíbe transitar ransitar con cualquier tipo de vehículo, introducir mascotas, criar animales, o cualquier otra actividad susceptible de causar daño en la fauna y flora que puede existir en el huerto y su entorno. en 9. Se prohíbe usar productos herbicidas, plaguicidas y abonos químicos de síntesis. 10. Se prohíbe modificar la estructura de la parcela o realizar obras o instalaciones tales como invernaderos, cerramientos o muros. 11. Se prohíbe hacer acer fuego, ni quemar pastos pastos ni ningún otro tipo de material en el interior de los huertos. 12. Los usuarios se tratarán con respeto entre sí y con el personal del huerto. Todas aquellas personas que visiten o colaboren en las tareas con la persona titular, ya sean familiares o amigos gos durante su permanencia tanto en el área de las parcelas como en las zonas comunes, estarán en todo momento bajo la responsabilidad del titular de la parcela, haciéndose responsable de los desperfectos que pudieran ocasionar en las instalaciones. Artículo 11.. Infracciones y sanciones. El incumplimiento de las obligaciones de los usuarios del artículo anterior está tipificado como infracción en este Reglamento y serán objeto de sanción. Se tipifica también como infracción administrativa el el robo o sustracción de cualquier tipo de materiales, equipos o producción entre usuarios del Huerto, así como el robo de materiales o equipos. La instrucción del correspondiente expediente sancionador corresponde a la Comisión del Huerto Ecológico Urbano Urban Municipal. Excmo. Ayuntamiento de Arucas. (Las Palmas) Tlf: 928 628 100 C/ Alcalde Suárez Franchy, 11 C. P: 35400 Web: www.arucas.org


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La sanción será la cancelación de la autorización de uso concedida en caso de ser usuario. La imposición de sanciones será compatible con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, originar así como la indemnización de los daños y perjuicios causados. Cuando se causen daños en bienes de titularidad municipal, los servicios técnicos del Ayuntamiento determinarán el importe de la reparación, que será comunicado al infractor o quién deba responder sponder por él. Cuando las actuaciones constitutivas de infracción sean cometidas por varias personas conjuntamente responderán todas ellas de forma solidaria. Serán responsables solidarios de los daños las personas físicas o jurídicas sobre las que recaiga iga el deber legal de prevenir las infracciones administrativas que otros pudieran cometer. Artículo 12.. La Comisión del Huerto Ecológico Urbano Municipal. La Comisión estará constituida por: - El Presidente, residente, en la persona del del Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Arucas. - El Concejal Delegado de Medio ambiente. - Un Técnico de la Concejalía de Medio Ambiente. - Personas ersonas designadas por los miembros de la comunidad del Huerto Ecológico Urbano Municipal, cuando la situación situación requiera de su participación, teniendo voz pero no voto. Esta Comisión se reunirá trimestralmente con carácter ordinario, y con carácter extraordinario a iniciativa del presidente o cuando lo soliciten dos sus miembros. La Comisión tendrá como funciones: a. La coordinación oordinación de actividades y propuestas generales. generales b. Hacer el seguimiento y evolución del proyecto. proyecto c.. Recoger las sugerencias y apreciaciones de los usuarios. u d. Resolver los conflictos e incidencias relativos al uso de las parcelas y expedientes sancionadores. cionadores. e. Todas las otras funciones establecidas en este Reglamento, y cualquieras otras que en lo sucesivo se le atribuyan. atribuya DISPOSICIÓN FINAL El presente Reglamento comenzará a aplicarse a partir del día siguiente de su publicación integra en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Excmo. Ayuntamiento de Arucas. (Las Palmas) Tlf: 928 628 100 C/ Alcalde Suárez Franchy, 11 C. P: 35400 Web: www.arucas.org


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ANEXO I MODELO DE INSTANCIA SOLICITUD HUERTO

Nombre y Apellidos

DNI Edad

Dirección Código Postal Teléfono

Municipio Arucas Móvil

Fax

Provincia Las Palmas Email

Ante la Concejalía de Medio Ambiente del Excmo. Excmo. Ayuntamiento de Arucas expongo que vista la convocatoria para HUERTO ECOLÓGICO URBANO MUNICIPAL publicada en el tablón de anuncios // página web del Ayuntamiento de fecha: …… de …………………….. ………………… 201... Presento solicitud para participar en la convocatoria: convocatoria

Huerto de ocio productivo (persona física individual) Fotocopia del D.N.I. o documento que legalmente le sustituya Declaración Responsable que se está físicamente capacitado paraa realizar el trabajo agrícola (AnexoII)

Huerto destinado a colectivo (persona jurídica) Acreditación de ser una entidad registrada en el registro municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Arucas Proyecto social, formativo, terapéutico o ambiental que tenga como soporte físico las parcela destinadas a este uso. Compromiso de participación, firmado por la persona de la entidad que se haga responsable del desarrollo del proyecto formativo, social o terapéutico aprobado y de suscribir una póliza de responsabilidad civil que cubra las eventuales acciones de las personas que desarrollen la actividad en la parcela.

Huerto escolar (colegio municipal) Acuerdo de petición de huerto escolar adoptado por el Claustro o Consejo Escolar, así como nombramiento de un coordinador/tutor para las actividades a desarrollar en el Huerto. Proyecto con las actividades y metodología.

En la Ciudad de Arucas a, …… … de …………………….. 201... Fdo: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARUCAS - CONCEJALÍA DE MEDIO AMBIENTE El tratamiento de los datos de carácter personal que se recogen se sujeta a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección Prote de datos.

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ANEXO II MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

Nombre y Apellidos

DNI Edad

Dirección Código Postal Teléfono

Municipio Arucas Móvil

Fax

Provincia Las Palmas Email

Ante nte la Concejalía de Medio Ambiente del Excmo. Ayuntamiento de Arucas: Arucas Realiza la siguiente Declaración Responsable:

Que no presenta en el momento actual ninguna incapacidad física o impedimento médico para desarrollar los trabajos hortícolas, y reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para realizar dichas labores. Que en caso de que durante el período de vigencia de la autorización para el uso y la explotación de la parcela asignada, o posteriormente, se produzca o manifieste algún tipo de lesión derivada del desarrollo de los trabajos hortícolas, el abajo firmante exime de toda responsabilidad al Excmo. Ayuntamiento de Arucas, y renuncia expresamente a emprender contra éste, las acciones legales que pudieran corresponder. He leído y acepto el reglamento de uso de las parcelas del Huerto Ecológico Urbano Municipal.

En la Ciudad de Arucas a, …… … de …………………….. 201...

Fdo:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARUCAS CONCEJALÍA DE MEDIO AMBIENTE El tratamiento de los datos de carácter personal que se recogen se sujeta a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de datos.

Publicado en el Boletín ín Oficial de Las Palmas nº 121 1 de 20 de septiembre de 2013. Excmo. Ayuntamiento de Arucas. (Las Palmas) Tlf: 928 628 100 C/ Alcalde Suárez Franchy, 11 C. P: 35400 Web: www.arucas.org


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