Informe de las Naciones Unidas sobre la ley de Movilidad Jubilatoria y Pensiones por Discapacidad

Page 1

Lapidario informe de las Naciones Unidas sobre la ley de Movilidad Jubilatoria y la baja de las Pensiones por Discapacidad El “Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” de las Naciones Unidas, en el marco de las “Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico de la Argentina”, dedica dos puntos sobre la vulneración del Derecho a la Seguridad Social acontecida durante el gobierno neolibaral de Mauricio Macri. Allí se lee: 37. El Comité está particularmente preocupado por el impacto negativo que la Ley 27426 de reforma previsional, de 2017, tiene en la actualización de las jubilaciones y asignaciones familiares del Estado parte. Preocupa también al Comité la masiva suspensión de las pensiones no contributivas a personas con discapacidad sin adecuada garantía del debido proceso. 38. El Comité recomienda restituir las pensiones canceladas con afectación del debido proceso, suspendiendo el Decreto 432/97. El Comité recomienda evaluar el impacto de las incompatibilidades y garantizar un plazo razonable para que las personas afectadas puedan interponer un recurso con garantías al debido proceso. Asimismo, el Comité insta al Estado parte a restablecer el cálculo de actualización contemplado en la Ley 27160 y a condicionar toda futura medida sobre pensiones al respeto del principio de no regresión en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de los beneficiarios, en particular en cuanto a las pensiones no contributivas y pensiones por discapacidad. Finalmente, el Comité insta el Estado parte a fortalecer otras medidas sociales, como la Asignación Universal por Hijo, que benefician al 59% de la población rural. Como podrá verse, las Naciones Unidas se han hecho eco de los distintos reclamos efectuados por todos los sectores y en particular por aquellos que, afectados por la política de saqueo implementada por el actual gobierno, ven menguarse día a día los escasos recursos de sus prestaciones. Estas y otras consideraciones nos llevaron a reclamar por ante el INADI lo que entendemos es una deliberada política de discriminación de los sectores más vulnerables de nuestra sociedad. Resulta especialmente trascendente destacar que la mayoría de estas políticas se pudieron aplicar por la impúdica complicidad de los jueces de la Seguridad Social y hoy de la Corte Suprema, que tiene para su tratamiento la resolución, justamente, de la constitucionalidad de la modificación de la movilidad jubilatoria que afecta a los 18 millones de beneficiarios y que, lejos de hacerlo, se golpea el pecho porque el 18 de diciembre tratará un fallo que beneficiará a 150 mil personas y que sus efectos se verán recien en el año 2021. La administración de justicia debe ser el ámbito donde los ciudadanos encontramos la reparación a cualquier violación de un derecho humano, y la administración de justicia de la Seguridad Social debería ser la custodia quede nadie, y mucho menos el Estado, siquiera intente violar. El articulo 22 (derecho Humano a la Seguridad Social) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración


Americana de los Derechos del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) son normas supranacionales que nuestro país ha ratificado y por ende debe cumplirse, pero lamentablemente los jueces de la seguridad social hoy resultan meros acólitos del poder de turno, insensibles con los más humildes y serviles de los sectores financieros. Por eso no hacen nada para evitar que se destruya el FGS, ni con la ignominia que resulta la PUAN, ni con la movilidad jubilatoria, ni con sancionar la baja de beneficios de oficio en particular de las pensiones por discapacidad - metodología que se aplica indiscriminadamente -, y solo se ocupan de no ofender al poder político no sea cosa que éste pueda quitarle sus jubilaciones de privilegio. Miguel Angel Fernández Pastor


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.