BASES SORTEO CAMPAÑA GESTIÓN DELEGADA 1.- Kutxabank va a llevar a cabo una acción comercial de ámbito nacional, en la que podrán participar todas las personas físicas, clientes de Kutxabank, que cumplan las condiciones establecidas en las presentes bases. 2.- La promoción consiste en un sorteo de 50 packs de La Vida es Bella para dos personas, en concreto el denominado Estancia Gourmet. Los agraciados disfrutarán de dos noches de alojamiento a elegir entre numerosos destinos, con desayuno y comida o cena incluidos. El sorteo se celebrará el 3 de diciembre de 2013, o en fecha cercana en el supuesto de imposibilidad material en dicha fecha, ante D. Vicente M. del Arenal, notario de Bilbao. 3.- Podrán participar en el sorteo todos aquellos clientes de Kutxabank que a 15 de noviembre de 2013 sean titulares de un producto de Gestión Delegada, incluyendo aquí las Carteras Delegadas de Fondos en cualquiera de sus seis modalidades (Cartera Patrimonio, Cartera Rendimiento, Cartera Inversión, Cartera Patrimonio Plus, Cartera Rendimiento Plus y Cartera Inversión Plus), así como los tres fondos de inversión de Gestión Activa (Gestión Activa Patrimonio FI, Gestión Activa Rendimiento FI y Gestión Activa Inversión FI). Además, para poder participar en el sorteo, los clientes tendrán que cumplir una de las dos siguientes condiciones: 1) Haber contratado entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2013 cualquiera de los productos incluidos en la campaña. A estos efectos, el importe neto mínimo suscrito en las Carteras Patrimonio, Rendimiento e Inversión ha de ser 30.000 euros, en las Carteras Patrimonio Plus, Rendimiento Plus e Inversión Plus 60.000 euros y en los Fondos de Gestión Activa 15.000 euros. 2) Para contratos abiertos antes del 1 de enero de 2013, haber llevado a cabo suscripciones netas por al menos 15.000 euros, entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2013. 4.- Todos los clientes que cumplan las condiciones anteriormente descritas, obtendrán una única participación para el sorteo, independientemente del número de productos del que sean titulares y de los saldos de los mismos. De esta forma, cada persona sólo podrá ser agraciada una vez. 5.- Con el fichero definitivo clientes se celebrará el sorteo el 3 de diciembre, o en fecha cercana en el supuesto de imposibilidad material en dicha fecha, ante D. Vicente M. del Arenal de Bilbao, notario de Bilbao. En el fichero se incluirán todos los clientes que cumplan las condiciones de la campaña numerados correlativamente. Este fichero se mantendrá hasta transcurrido un mes del sorteo para verificación de las personas interesadas. 6.- El sorteo se realizará extrayendo de manera aleatoria un único número del fichero, comprendido entre la primera y la última opción registrada en el mismo. Este número será la primera opción premiada. Para obtener las 9 restantes opciones premiadas, y seguidamente otras 10 opciones de reserva, al número obtenido se le sumará, a través de procedimientos informáticos, el cociente de dividir el número total de opciones registradas existentes en el fichero entre el número total de premios (10), redondeándose el número cociente así obtenido a la baja (número entero que corresponda prescindiendo de los decimales), hasta totalizar las opciones premiadas (9 opciones obtenidas de este modo) y siguiendo con la operativa así iniciada hasta obtener seguidamente las opciones de reserva (10). A estos efectos, si se llega hasta el final de fichero, se continuará el cálculo siguiendo por la primera opción registrada hasta completar el número de opciones premiadas (10) y de reserva (10), considerándose las de reserva en tal condición por el orden en que han salido. 7.- La notificación, a todos los efectos incluidos los fiscales, se hará a las personas agraciadas por carta, teléfono o correo electrónico. 8.- Los premios no podrán ser sustituidos por ningún otro premio equivalente. 9.- Los premios se entregarán a los clientes de la forma y en el lugar que Kutxabank estime oportuno para tal evento. 10.- El cliente agraciado tendrá que confirmar la aceptación del premio mediante la firma en una ficha elaborada a tal efecto, en los 30 días naturales siguientes a la recepción de la comunicación del premio. 11.- La aceptación del premio por el cliente agraciado supone su consentimiento expreso y autorización a Kutxabank en relación a sus datos personales para que ésta pueda tratarlos e incorporarlos a sus ficheros con la finalidad de reproducir, utilizar o difundir su nombre, apellidos y/o imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional, en cualquier medio, 1 soporte o formato, sin que dichas actividades confieran derecho de remuneración o beneficio alguno, salvo la entrega del
premio obtenido, conforme con estas bases. La negativa a conceder el consentimiento y la autorización indicados implican la renuncia al premio. 12.- La renuncia al premio debe comunicarse por escrito en los 30 días naturales siguientes a la recepción de la comunicación del mismo. En caso de que el cliente renuncie al premio, no recibirá compensación alguna. 13.- En caso de no recibir comunicación alguna, tanto de aceptación, como de renuncia, una vez vencido el plazo de 30 días naturales desde la remisión de la comunicación referida en el punto 9 por parte del cliente, se entenderá que éste ha renunciado al premio, quedando Kutxabank facultada para hacer uso del mismo. 14.- La adjudicación del premio disfrute queda condicionada a que el cliente participante en el sorteo, esté al corriente de pagos y de cualquier otra operación con Kutxabank, sin que adeude a ésta cantidad alguna por ningún concepto. 15.- Estas bases notariales se encuentran depositadas ante el Notario de Bilbao, D. Vicente María del Arenal Otero y estarán a disposición de los clientes en las oficinas de Kutxabank y en www.bbk.es, www.kutxa.es, www.cajavital.es, y www.kutxabank.es. 16.- La participación en la promoción supone la aceptación por parte del cliente de las presentes bases y del criterio de Kutxabank en cuanto a la resolución de posibles incidencias relacionas con la misma.