Dirección Zonal de Apoyo, Seguimiento y Regulación
INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES EN EL RÉGIMEN ESCOLAR QUIMESTRAL. Cada quimestre estará compuesto de 20 semanas de gestión académica distribuida de la siguiente manera: • Siete semanas para el primer parcial. • Seis semanas para el segundo y tercer parcial. Una semana para los exámenes quimestrales.
DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES La evaluación estudiantil1 es un proceso continuo de observación, valoración y registro de información que evidencia el logro de objetivos de aprendizaje de los estudiantes y que incluye sistemas de retroalimentación, dirigidos a mejorar la metodología de enseñanza y los resultados de aprendizaje.
Los procesos de evaluación estudiantil no siempre deben incluir la emisión de notas o calificaciones. Lo esencial de la evaluación es proveerle retroalimentación al estudiante para que este pueda mejorar y lograr los mínimos establecidos para la aprobación de las asignaturas del currículo y para el cumplimiento de los estándares nacionales. La evaluación debe tener como propósito principal que el docente oriente al estudiante de manera oportuna, pertinente , precisa y detallada, para ayudarlo a lograr los objetivos de aprendizaje.
La evaluación de estudiantes que asisten a establecimientos educativos unidocentes y pluridocentes debe ser adaptada de acuerdo con la normativa que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.
En el caso de la evaluación dirigida a estudiantes con necesidades educativas especiales, se debe proceder de conformidad con lo explicitado enel reglamento de la LOEI.
1
Art 184 Reglamento de la LOEI
1
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Estándares de Aprendizajes
Propósitos de la evaluación2. La evaluación debe tener como propósito principal que el docente oriente al estudiante de manera oportuna, pertinente, precisa y detallada, para ayudarlo a lograr los objetivos de aprendizaje; como propósito subsidiario, la evaluación debe inducir al docente a un proceso de análisis y reflexión valorativa de su gestión como facilitador de los procesos de aprendizaje, con el objeto de mejorar la efectividad de su gestión. La evaluación valora los aprendizajes en su progreso y resultados; por ello, debe ser formativa en el proceso, sumativa en el producto y orientarse a:
1. Reconocer y valorar las potencialidades del estudiante como individuo y como actor dentro de grupos y equipos de trabajo. 2. Registrar cualitativa y cuantitativamente el logro de los aprendizajes y los avances en el desarrollo integral del estudiante. 3. Retroalimentar la gestión estudiantil para mejorar los resultados de aprendizaje evidenciados durante un periodo académico; y, 4. Estimular la participación de los estudiantes en las actividades de aprendizaje.
2
Art 185 Reglamento de la LOEI.
2
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Tipos de evaluación según su propósito .
Diagnóstica: Se aplica al inicio de un período académico, no tiene nota. Formativa: Se realiza durante el proceso de aprendizaje para permitirle al docente realizar ajustes en la metodología de enseñanza, si tiene nota. Sumativa: Se realiza para asignar una evaluación totalizadora que refleje la proporción de logros de aprendizaje alcanzados en un grado, curso, quimestre o unidad de trabajo, si tiene nota.
EVALUACIÓN DE LOS SUBNIVELES DE INICIAL 2 Y SUBNIVEL PREPARATORIA.
Será exclusivamente cualitativa y se orientará a observar el desarrollo integral del niño. Los docentes deben observar y evaluar continuamente el desarrollo integral del infante y deben elaborar informes escritos que valoren ese desarrollo e incluyan guías, sugerencias y recomendaciones para fomentar el desarrollo y bienestar integral del infante, los cuales deben ser reportados periódicamente a los representantes legales4. Los representantes legales de los infantes serán convocados por lo menos 3 reuniones al año, al final del mismo recibirán un informe cualitativo y serán promovidos automáticamente al grado siguiente y recibirán un certificado de asistencia. APROBACIÓN Y ALCANCE DE LOGROS5.
Aprobación y alcance de logros. Se entiende por “aprobación” al logro de los objetivos de aprendizaje definidos para una unidad, programa de asignatura o área de conocimiento, fijados para cada uno de los grados, cursos, subniveles y niveles del Sistema Nacional de Educación. El rendimiento académico de los estudiantes se expresa a través de la escala de :
3
Art 186 Reglamento de la LOEI Art 189 Reglamento de la LOEI 5 Art 193 Reglamento de la LOEI. 4
3
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Escala cualitativa
Supera los aprendizajes requeridos.
Escala cuantitativa
10
Domina los aprendizajes requeridos.
9
Alcanza los aprendizajes requeridos.
7-8
Está próximo a alcanzar los aprendizajes requeridos.
5-6
No alcanza los aprendizajes requeridos.
≤4
Se entiende por “promoción" al paso de los estudiantes de un grado o curso al inmediato superior. REQUISITOS PARA LA PROMOCIÓN6
La calificación minina requerida para la promoción, en cualquier establecimiento educativo del país, es de siete sobre diez (7/10). En los subniveles de Básica Elemental y Básica Media, para la promoción al siguiente grado, se requiere una calificación promedio de siete sobre diez (7/10) en cada una de las siguientes asignaturas: Matemática, Lengua y Literatura, Ciencias Naturales y Estudios Sociales y Entorno Natural y Social para los años que corresponda, lograr un promedio general de todas las asignaturas de siete sobre diez (7/10). Quienes no obtuvieren esta nota, tendrán que rendir un examen supletorio o remedial. En el subnivel de Básica Superior y Bachillerato, para la promoción al siguiente grado o curso, se requiere una calificación promedio de siete sobre diez (7/10) en cada una de las asignaturas del currículo nacional, de igual manera las asignaturas adicionales que cada IE defina en su PEI, pero, sólo para la promoción dentro del establecimiento; sin embargo, no lo serán si el estudiante continúa sus estudios en otra IE.
De acuerdo a lo establecido en el oficio circular Nro 014 VGE, en el numeral 8 se establece que para reflejar que un estudiante ha alcanzado los aprendizajes requeridos,
6
. Art 196 Reglamento de la LOEI. 4
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deberá ser evaluado con un mínimo de siete sobre diez, en cada una de las asignaturas y obtener un promedio general mínimo de siete sobre diez para su aprobación.
CALIFICACIONES DEL PERÍODO QUIMESTRAL. Tendrá los siguientes componentes:
Un examen quimestral, que corresponde al 20% de la nota total del quimestre.
El promedio de tres notas parciales, que corresponderá al 80% de la nota total del quimestre.
Cada nota parcial corresponderá a un bloque curricular, y será el promedio de cinco evaluaciones: cuatro formativas y una sumativa.
Evaluaciones Formativas: corresponden cuatro elementos y cada uno es calificado sobre 10 y será distribuidas de la siguiente manera: o Trabajos académicos independientes (tareas) y se lo identificará con las siglas TAI. o Actividades individuales en clase ( AIC). o Actividades grupales en clase (AGC). o Lecciones (L).
Evaluaciones Sumativas es escrita y busca evaluar los aprendizajes alcanzados en una unidad o bloque curricular y es calificado sobre 10.
Para obtener la nota parcial se suman las calificaciones de las cinco evaluaciones y se promedia, en el siguiente cuadro se observa un ejemplo:
1 ALBARRACIN ALBUJA EDISON MARCELO
6,00
8,00
8,50
5,00
6,00
6,70
2 ARCINIEGAS CORREA JORGE MAURICIO
5,00
8,23
10,00
7,88
6,25
7,47
10,00
9,30
10,00
8,00
10,00
9,46
4 CALERO CONDOR ROGER ALEXIS
9,00
9,00
10,00
8,00
7,00
8,60
5 CARRILLO CARRILLO JUAN ISAAC
7,00
8,00
9,00
7,20
7,00
7,64
6 CASTELLANO PROAÑO JUAN ALEXANDER
9,00
9,00
9,00
7,00
7,00
8,20
3 CAIZA LLUMITAXI JONATHAN PAUL
5
Cualitativa
PROMEDIO
L
AGC
AIC
EVALUACIÓN FORMATIVA
NÓMINA
TAI
No.
E. SUMATIVA
PRIMER PARCIAL
PARA
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PROMEDIO QUIMESTRAL de cada asignatura tendrá los siguientes componentes: o Promedio de las tres parciales que corresponde al 80% de la nota total del quimestre. o Un examen quimestral que corresponderá al 20% de la nota total del
1 ALBARRACIN ALBUJA EDISON MARCELO
NOTA QUIMESTRE
EXAMEN (20%)
EXAMEN
PARCIALES
PROMEDIO 80%
PROMEDIO
L
AGC
AIC
TAI
EVALUACIÓN FORMATIVA
E. SUMATIVA
TERCER PARCIAL PROMEDIO
E. SUMATIVA
L
AGC
AIC
EVALUACIÓN FORMATIVA TAI
PROMEDIO
L
AGC
AIC
EVALUACIÓN FORMATIVA
NÓMINA
TAI
No.
SEGUNDO PARCIAL
E. SUMATIVA
PRIMER PARCIAL
PROMEDIO TRES
quimestre.
3,00
8,00
6,00
5,00
6,50
5,70
7,60
0,10
6,20
2,00
7,00
4,58
4,00
6,00
8,00
6,50
6,00
6,10
5,46
4,37
7,00
1,40
5,77
2 ARCINIEGAS CORREA JORGE MAURICIO
7,00
8,23
10,00
7,88
6,25
7,87
5,50
7,80
6,40
7,60
5,50
6,56
7,23
5,46
9,00
7,00
8,00
7,34
7,26
5,81
5,00
1,00
6,81
3 CAIZA LLUMITAXI JONATHAN PAUL
10,00
9,30
10,00
8,00 10,00
9,46 10,00
9,20
8,60
8,00
8,00
8,76
6,23
7,00
7,45
7,00
7,00
6,94
8,39
6,71
9,00
1,80
8,51
4 CALERO CONDOR ROGER ALEXIS
9,00
9,00
10,00
8,00
7,00
8,60
9,00
5,00
6,40
6,80
5,00
6,44
5,36
6,00
6,89
7,00
6,00
6,25
7,10
5,68 10,00
2,00 7,677
5 CARRILLO CARRILLO JUAN ISAAC
7,00
8,00
9,00
7,20
7,00
7,64
9,70
8,20
7,00
7,60
5,50
7,60
4,60
8,00
7,00
6,50
5,00
6,22
7,15
5,72
0,80 6,523
o El resultado de la nota del quimestre se expresará de forma cualitativa y cuantitativa.
PROMEDIO ANUAL DE APRENDIZAJE se obtiene al sumar las notas de
I QUIMESTRE
CLT
II QUIMESTRE
CLT
NOTA ANUAL
cada quimestre y se divide para dos.
CLT
1
ALBARRACIN ALBUJA EDISON MARCELO
7,00
AAR
9,00
DA R
8,00
AAR
2
ARCINIEGAS CORREA JORGE MAURICIO
6,00
PAAR
8,00
AAR
7,00
PAAR
3
CAIZA LLUMITAXI JONATHAN PAUL
8,00
AAR
6,00 P A A R
7,00
PAAR
4
CALERO CONDOR ROGER ALEXIS
9,000
DA R
10,00
SA R
9,50
DA R
5
CARRILLO CARRILLO JUAN ISAAC
10,000
SA R
10,00
SA R
10,00
SA R
No.
NÓMINA
Página 2
6
4,00
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EXÁMENES QUIMESTRALES7
Los docentes deben diseñar los exámenes quimestrales con un (1) mes de anticipación a su aplicación, y someterlos a la revisión de la respectiva Junta de Grado o Curso, para que certifique si son adecuados o no.
Normas para la entrega de informes quimestrales e informes anuales.
Cada docente debe llevar a la Junta de Docentes de Grado o Curso los informes de aprendizaje de sus estudiantes. Esta Junta los conocerá y hará las recomendaciones que fueren del caso;
Los informes de aprendizaje quimestrales y finales de los estudiantes deben ser entregados por los tutores de grado o curso a sus representantes legales dentro de los ocho (8) días posteriores a la realización de la Junta de Docentes de Grado o Curso;
Dentro de ocho (8) días posteriores a la realización de la Junta de Docentes de Grado o Curso, el tutor de grado o curso debe entregar en Secretaría los informes de aprendizaje aprobados por la Junta de Docentes de Grado o Curso y el acta correspondiente;
Las calificaciones, una vez anotadas en Secretaría, no pueden ser alteradas. Solo en caso de error de cálculo o de apreciación, o de recalificación justificada y aprobada, el Rector o Director puede autorizar el cambio del registro de las calificaciones; y,
Al finalizar el año lectivo, el Rector o Director del establecimiento debe autorizarle a la Secretaría el
ingreso de las calificaciones de los
estudiantes en el sistema automatizado, diseñado para el efecto por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.
7
Art 215 del Reglamento de la LOEI
7
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Fechas para la revisión de informes de aprendizaje por parte de la Junta de Docentes de Grado o Curso.
Las juntas deben ser convocadas al término de cada quimestre y al cierre del año lectivo para revisar los informes de aprendizaje. En ningún caso esta convocatoria puede implicar la suspensión de los períodos de clases por más de setenta y dos (72) horas.
Registro. Las instituciones educativas están obligadas a registrar, en el sistema automatizado diseñado para el efecto por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional, las notas que acrediten a favor de un estudiante la promoción de grado, curso y término de nivel.
La acción oficial de registro de notas debe realizarse en las fechas definidas en el calendario escolar y de acuerdo con el cronograma previsto por cada Distrito. INFORMES DE APRENDIZAJE8
Las IE deben emitir en un formato oficial, informes parciales, quimestrales y anuales de aprendizaje, que expresen de cualitativamente y cuantitativamente el alcance de los aprendizajes logrados por lo estudiantes en cada una de las asignaturas, y en los que se deben incluir recomendaciones para promover el aprendizaje del estudiante. Los informes se clasifican de la siguiente manera:
Informe parcial de aprendizaje. Expresa cualitativa y cuantitativamente el alcance de los aprendizajes logrados por el estudiante en cada una de las asignaturas, y formula recomendaciones y planes de mejoramiento académico que deben seguirse durante un período determinado, tal como se prevé en el Proyecto Educativo Institucional.
8
Art 209 del Reglamento de la LOEI
8
Dirección Zonal de Apoyo, Seguimiento y Regulación INFORME PARCIAL DE APRENDIZAJE POR ESTUDIANTE PRIMERA NOTA PARCIAL
ASIGNATURA
Cuantitativa Cualitativa
Lengua Literatura
y
Matemática Entorno Nat. Social Ciencias Naturales
Estudio Sociales Educación Estética Educación Física Lengua Extranjera Optativa
Y
Supera los aprendizaje requeridos Domina los aprendizajes requeridos Alcanza los aprendizajes requeridos
RECOMENDACIONES Se los as aplicará a partir del siguiente parcial
PLAN DE MEJORA ACADEMICO ¿Qué es lo que el docente planeará para conseguir la mejora con sus estudiantes?
10 9 7-8
Está próximo a alcanzar los aprendizajes requeridos
5-6
* Mejorar la destreza de describir para que pueda establecer relaciones entre los seres vivos. * Fomentar la perservación de la vida y animales.
s 4
*Realizar ejercicios de inferencia de * Vista a un zoológico de la ciudad para que significados. * ineractúe con los animales. Mejorar en la expresión de sus ideas, * Campaña de protección de plantas y acorde a la situación y audiencia. animales formando un club ecológico.
No alcanza los aprendizajes requeridos
Informe quimestral de aprendizaje. Contiene el promedio de las calificaciones parciales y el examen quimestral. Expresa cualitativa y cuantitativamente el alcance de los aprendizajes logrados por el estudiante en cada una de las asignaturas, y formula recomendaciones y planes de mejoramiento académico que deben seguirse. La nota del examen quimestral no puede ser mayor al veinte por ciento (20 %) de la nota total del quimestre correspondiente a cada asignatura, y el porcentaje restante debe corresponder a las notas parciales obtenidas durante ese período INFORME QUIMESTRAL DE APRENDIZAJE POR ESTUDIANTE
ASIGNATURA
Lengua y Literatura
NOTA DEL NOTA DEL PORCENTAJE NOTA DEL QUIMESTRE PORCENTAJE DE DE LA LOS PROMEDIOS CALIFICACION PARCIALES DEL EXAMEN Cualitativa Cuantitativa ( 80%) QUIMESTRAL Supera los aprendizajes requeridos 8 2 8+2= 10
RECOMENDACIONES
PLAN DE MEJORA ¿Qué es lo que el docente planeará para conseguir la mejora con sus estudiantes?
Matemática Entorno Nat. Y Social
Informe anual de aprendizaje. contiene el promedio de las dos (2) calificaciones quimestrales, expresa cualitativa y cuantitativamente el alcance de los aprendizajes logrados
por
el
estudiante
en
cada
una
de
las
asignaturas,
formula
recomendaciones y planes de mejoramiento académico y determina resultados de aprobación y reprobación.
9
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SEGUNDO QUIMESTRE
Cualitativ Cuantit Cualitati Cuantita a ativa va tiva Lengua y Literatura
Matemática Entorno Nat. Y Social
NOTA ANUAL DE APRENDIZAJE
Cualitativa
SAR
10
SAR
10
ÁREAS BÁSICAS Supera los aprendizaje requeridos
PARA
6
AAR
7
Próximo alcanzar los aprendizajes requeridos.
Cuantitativa
20:2 = 10
13:2=6.50
SI
SI
Examen de recuperación o de la mejora del promedio. El examen de recuperación tiene como objetivo dar la oportunidad de mejorar los promedios y se ofrece a cualquier estudiante que hubiere aprobado la asignatura con un promedio inferior a diez (10).
Para el efecto, quince (15) días después de publicadas las calificaciones, los estudiantes o representantes legales, solicitarán por escrito al Director/a o Rector/a del establecimiento, que se permita ejercer el derecho a rendir el examen de recuperación, en la o las asignaturas que desee mejorar.
El Director/a o Rector/a, autorizará dentro de dos días de conocida la solicitud, al o los profesores para que se recepten el examen de recuperación , se debe establecer un horario para la recepción del examen.
El docente de la asignatura calificará el examen, y remite la nota obtenida al rector a través de un informe, en un tiempo de dos días, a fin de que la autoridad disponga a Secretaria se proceda a reemplazar el promedio quimestral más bajo y a modificar el promedio anual.
Si la nota fuere más baja que la obtenida en los promedios quimestrales, deberá ser desechada.
10
RECOMENDACIO NES PLAN DE MEJORAMIENTO ACADEMICO
ASIGNATURA
PRIMER QUIMESTRE
¿ES PROMOVIDO/A? ¿TIENE QUE DAR EXAMEN SUPLETORIO? ¿TIENE QUE DAR EXAMEN REMEDIAL? ¿TIENE QUE DAR EXAMEN DE GRACIA?
INFORME ANUAL DE APRENDIZAJE POR ESTUDIANTE
Dirección Zonal de Apoyo, Seguimiento y Regulación
Podrán rendir por una sola vez una prueba recuperatoria acumulativa, cuyo resultado debe reemplazar al promedio quimestral más bajo, y debe servir solo para el mejoramiento de un promedio quimestral.
Sólo se realizará al final de del segundo quimestre.
Examen supletorio. Si un estudiante hubiere obtenido un puntaje promedio anual de cinco (5) a seis coma nueve (6,99) sobre diez como nota final de cualquier asignatura, podrá rendir un examen supletorio acumulativa.
Será una prueba de base estructurada.
El examen supletorio se rendirá en un plazo de quince (15) días posterior a la publicación de las calificaciones finales.
La institución educativa deberá ofrecer clases de refuerzo durante los quince (15) días previos a la recepción del examen supletorio, con el fin de preparar a los estudiantes que deban presentarse a este examen (25 de febrero al 11 de marzo 2014).
Es responsabilidad de los directivos y docentes garantizar que se impartan las clases de refuerzo en la o las asignaturas correspondientes; para ello, deberán organizar y establecer un horario de clases y exámenes que será del 12 al 14 de marzo del 2014.
Para aprobar una asignatura a través del examen supletorio, se debe obtener una nota mínima de siete sobre diez (7/10), sin aproximaciones. El promedio final de una asignatura aprobada por medio de un examen supletorio siempre será siete sobre diez (7/10).
Examen remedial. Si un estudiante hubiere obtenido un puntaje promedio anual menor a cinco sobre diez (5/10) como nota final de cualquier asignatura o no aprobare el examen supletorio.
El docente de la asignatura correspondiente deberá elaborar un cronograma de actividades académicas que cada estudiante tendrá que cumplir en casa con ayuda de su familia.
El estudiante quince (15) días antes de la fecha de inicio de clases, debe rendir por una sola vez un examen remedial acumulativo.
Será una prueba de base estructurada.
11
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El promedio final de una asignatura aprobada por medio de un examen remedial siempre será siete, independientemente de que el estudiante obtenga una nota mayor.
Si un estudiante reprobare exámenes remediales en dos o más asignaturas, deberá repetir el grado o curso.
Examen de gracia. En el caso de que un estudiante reprobare un examen remedial de una sola asignatura, podrá asistir al grado o curso siguiente de manera temporal, hasta rendir un examen de gracia un mes después del inicio de clases.
De aprobar el examen, podrá continuar en ese grado o curso, pero en caso de reprobarlo, deberá repetir el grado o curso anterior.
El examen de gracia de una asignatura siempre será siete, independientemente de que el estudiante obtenga una nota mayor.
Es responsabilidad de los directivos y docentes organizar y establecer un horario de exámenes de gracias, de forma que puedan dar atención a todos los estudiantes que deban rendir este examen.
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DIAGRAMA DE FLUJO DEL FIN DE SEGUNDO QUIMESTRE Fin del segundo Quimetsre
Obtener Promedio anual por asignatura
Si
Promedio anual por asignatura >= 7
No
No
Estudiante aprobado en la asignatura
Puede solicitar Examen de recuperación o mejora
Promedio anual por asignatura >= 5 y <= 6,99 Si Si Examen supletorio
Examen < al promedio quimestral más bajo No Promedio no cambia, se mantiene
Si examen supletorio < 7 Si Examen remedial
No Si examen Remedial < 7 en 2 o más asignaturas
Examen de Gracia
Si examen de Gracia es < 7
Si
Si
Repite el curso o año No
Aprueba el curso o año
Legaliza matricula
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DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO
Ambiente adecuado para el aprendizaje. En la institución educativa se debe asegurar un ambiente adecuado para el aprendizaje de los estudiantes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación Intercultural, el presente reglamento y su Código de Convivencia.
De esta manera, tanto los estudiantes como los demás miembros de la comunidad educativa deben evitar cualquier comportamiento que dificulte el normal desarrollo del proceso educativo.
Evaluación del comportamiento. De los estudiantes en las instituciones educativas:
Cumple un objetivo formativo motivacional
Está a cargo del docente de aula o del docente tutor.
Se debe realizar en forma literal y descriptiva, a partir de indicadores referidos a
Aquí puede incluir una
valores éticos y de convivencia social
frase o eslogan
Debe ser cualitativa y no afecta a la promoción del estudiante.
No afecta la promoción de los estudiantes y regirse a la siguiente escala:
favorito de la familia.
A = muy satisfactorio B = satisfactorio C = poco satisfactorio D = mejorable E = insatisfactorio
Lidera el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social. Cumple con los compromisos establecidos para la sana convivencia social. Falla ocasionalmente en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social. Falla reiteradamente en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social. No cumple con los compromisos establecidos para la sana convivencia social.
Junta de Docentes de Grado o Curso. Es el organismo de la institución educativa encargado de analizar, en horas de labor educativa fuera de clase, el rendimiento académico de los estudiantes.
Debe proponer acciones educativas que pueden aplicarse, de manera individual o colectiva, a estudiantes y docentes para mejorar su desempeño.
Está integrada por todos los docentes del grado o curso correspondiente, un representante de Consejería Estudiantil, el docente tutor, quien la debe presidir, el 14
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Inspector General, los docentes con funciones de inspector y el responsable de la Secretaría del Plantel.
Se reunirá, de forma ordinaria, después de los exámenes de cada quimestre y de forma extraordinaria en cada parcial o cuando la convocare el rector o Director, Vicerrector o Subdirector o el docente tutor de grado o curso.
Docente tutor de grado o curso. El docente tutor de grado o curso es el docente designado, al inicio del año escolar, por el Rector o Director del establecimiento para asumir las funciones de consejero y para coordinar acciones académicas, deportivas, sociales y culturales para el grado o curso respectivo.
Deben durar en sus funciones hasta el inicio del próximo año lectivo.
Es el principal interlocutor entre la institución y los representantes legales de los estudiantes.
Está encargado de realizar el proceso de evaluación del comportamiento de los estudiantes a su cargo, para lo cual mantendrá una buena comunicación con todos los docentes del grado o curso.
Preside la Junta de Grado o Curso, que es el organismo de la institución educativa encargado de analizar, en horas de labor educativa o fuera de clase.
La junta de grado o curso se encargará de analizar la evaluación del comportamiento de los estudiantes. Tanto en las juntas parciales como en las quimestre y anuales, el tutor elaborará un sólo informe acerca de la evaluación del comportamiento de cada estudiantes, basado en su informe y en los informes de los docentes del grado o curso.
El presente instructivo fue elaborado en base a lo contemplado en la Ley Orgánica Intercultural Bilingüe su Reglamento, Memorando Nro 584 y Oficio Circular Nro 014 VGE-2013 y estará en vigencia hasta que la Autoridad educativa Nacional expida la normativa específica para el efecto. Portoviejo, 5 de abril del 2013
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