Resumen - Nº 128 Sup - Jueves, 3 de julio de 2008

Page 1

Página 66

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 3 de julio de 2008

las 10:00 horas. La puntuación de esta fase se hará pública en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Totalán y se llevará a efecto con una antelación mínima de cinco días a la fecha de realización de la entrevista. El llamamiento para posteriores ejercicios (entrevista personal) se hará igualmente mediante su publicación en el tablón de edictos de esta Corporación. El orden de actuación de los aspirantes en la entrevista será por orden alfabético conforme al resultado del sorteo público realizado en el Ayuntamiento antes del comienzo de las pruebas, tanto para las de operario/a servicios múltiples como para las de operario/a limpiador/a, en cada caso. Sexto. Facultar al señor Alcalde Presidente a la firma de los documentos precisos en ejecución de este acuerdo. Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado. Contra la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que es definitiva en vía administrativa, procede el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación y conforme a lo establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Podrá interponerse no obstante y en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar asimismo desde el día siguiente al de su notificación. Totalán, 21 de mayo de 2008. El Alcalde, Miguel Ángel Escaño López. 6 4 5 1 /0 8 ££ D

VÉLEZ-MÁLAGA Contratación Anuncio de adjudicación de contrato de obras 1. Entidad adjudicadora a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga. b) Dependencia tramitadora del expediente: Dpto. de Contratación y Patrimonio. c) Número de expediente: O.01.07. 2. Objeto del contrato a) Tipo de contrato: Obras. b) Descripción del objeto: Construcción de depósito en urbanización Río Adelfas, 2.ª fase, en Benajarafe, Vélez-Málaga. c) Boletín y fecha de publicación del anuncio de licitación: BPP Málaga número 186, de 25 de septiembre de 2007. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. C) Forma de adjudicación: Concurso. 4. Presupuesto base de licitación 156.000 euros. 5. Adjudicación a) Fecha: 18 de diciembre de 2008. b) Contratista: Proyectos Técnicos y Obras Civiles, Sociedad Anónima. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 144.222 euros (IVA incluido). En Vélez-Málaga, a 7 de abril de 2008. El Alcalde, firmado: Francisco I. Delgado Bonilla. ££ D

4 5 5 9 /0 8

Número 128#

VÉLEZ-MÁLAGA Gerencia Municipal de Urbanismo. Anuncio Por Resolución del señor Alcalde-Presidente de fecha 3 de junio de 2008, ha sido aprobada definitivamente la modificación del proyecto de urbanización del Sector SUP.B-9 Benajamar, en Benajarafe, del PGOU de Vélez-Málaga, promovida por la Junta de Compensación del Sector (expediente 62/02). Lo que se hace público para general conocimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, comunicándose que contra dicho acuerdo, acto que es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo ha dictado o interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la presente publicación, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la ley reguladora de esta jurisdicción, todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime conveniente. Vélez-Málaga, 3 de junio de 2008. El Alcalde-Presidente, firmado: Francisco Delgado Bonilla. 8 2 8 4 /0 8 ££ D

VILLANUEVA DEL ROSARIO Anuncio de aprobación definitiva Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villanueva del Rosario sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Servicio de Guardería Infantil, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. «Primero. Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Servicio de Guardería Infantil, modificando para ello el artículo 6 de dicha ordenanza suprimiendo toda bonificación sobre la cuota a pagar, regulada en ese artículo para que de esa forma se incremente los ingresos por prestación del servicio y disminuya el déficit tan considerable que el mismo soporta actualmente, de esa forma el artículo 6 quedaría literalmente redactado de la siguiente forma: “Artículo 6 Se establece la siguiente cuota: Precio plaza 240 euros/niño/mes (incluye 140 euros por socioeducativo y 100 euros por comedor). Tarifas Horario socioeducativo: 140 euros Comedor: 100 euros. Ludoteca: 48 euros”. Segundo. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.


Número 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 3 de julio de 2008

Página 67#

Cuarto. Facultar al señor Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto». Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En Villanueva del Rosario, a 3 de junio de 2008. El Alcalde, firmado: Diego M. González Ruiz. 7 0 7 6 /0 8 ££ D

Gestión y Desarrollo de Suelo, Sociedad Limitada a través del documento técnico citado, consistente en el cambio de ordenanza de aplicación al Sector UE9 admitiéndose las ordenanzas T1 y T2, todo ello con referencia al proyecto que obra en el expediente debidamente diligenciado por Secretaría. Segundo. Ordenar la remisión al Registro de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente acuerdo. Tercero. Notificar el presente acuerdo al interesado. En Yunquera, a 14 de noviembre de 2007. El Alcalde, firmado: Francisco Oliva Marín. 1 4 7 9 6 /0 7 ££ D

VILLANUEVA DEL TRABUCO

YUNQUERA

Anuncio

Anuncio

Por Decreto de la Alcaldía 243/2008, de 11 de junio, se ha aprobado inicialmente la modificación del convenio urbanístico para la dotación de sistema general con destino a la implantación de estación depuradora en el entorno del Sector UR-I de Villanueva del Trabuco, aprobado definitivamente por acuerdo plenario de fecha 17 de marzo de 2006, modificación efectuada a instancia de Paneque Ruiz, Sociedad Limitada. Se abre plazo de información pública por un periodo de 20 días hábiles contados partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOP, a fin de que los interesados puedan formular las alegaciones u objeciones oportunas respecto de dicha modificación. En Villanueva del Trabuco, a 11 de junio de 2008. El Alcalde, Antonio Vegas Morales. 8 3 2 4 /0 8 ££ D

Se hace público, para general conocimiento, que el Pleno en sesión ordinaria celebrada el 20 de mayo de 2008, adoptó el siguiente acuerdo, que literalmente dice lo siguiente: Punto sexto. Aprobación de precios públicos por la prestación del servicio de publicidad en libros y folletos municipales. “Ante la prestación del servicio de publicidad en libros y folletos recreativos publicados por el Ayuntamiento, se hace necesario, como en cualquier otro servicio público acometer su financiación. Al respecto el artículo 41 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, establece la posibilidad de establecer precios públicos por la prestación de servicios de competencia local. Por tanto, de conformidad con lo previsto en los artículos 47 ,70 y 65 de ley 7/85 y según lo previsto en los artículos 41 y siguientes. de TRLHL en cuanto al contenido de ordenanzas fiscales reguladoras de precios públicos, y visto el informe emitido por Secretaría-Intervención en fecha 14 de mayo de 2008, el Pleno del Ayuntamiento de Yunquera, por unanimidad de los presentes, acuerda: Primero. Exponer al público el anterior acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas. En caso de que no se presentasen alegaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo plenario, de conformidad con el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.”

YUNQUERA Secretaría Intervención Anuncio Se hace público, para general conocimiento, que el Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 4 de octubre de 2007, adoptó el siguiente acuerdo, que literalmente dice lo siguiente: Punto noveno. Aprobación definitiva de la innovación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento en el Sector UE9, en lo relativo a la ordenanza de aplicación (ordenación no estructural). Visto el acuerdo de Pleno de 29 de enero de 2007, en el que se aprobó inicialmente la innovación de las NNSS de Planeamiento, una vez expuesto al público el expediente y sometido a informe preceptivo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, este organismo informa favorablemente (Registro de Entrada n.º 1869 de 19 de julio). Vista la petición presentada por Gestión y Desarrollo de Suelo, Sociedad Limitada, en representación de los actuales propietarios de los terrenos, para la innovación de las NNSS de Planeamiento de Yunquera mediante la modalidad de modificación, en la UE9 redactado por el técnico don Rafael Antonio Cubillo Luque, con visado colegial de 18 de enero de 2007, de conformidad con lo previsto en el artículo 32 en el que se regula el procedimiento de aprobación, así como en los artículos 36 y 38 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía en el que se regulan las determinaciones y documentación necesaria, el Pleno, con el voto a favor de los cuatro miembros presentes del grupo socialista, los tres presentes del grupo andalucista, el único presente del grupo popular y la abstención del miembro de Izquierda Unida, formando así mayoría absoluta como exige el artículo 47.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local acuerda: Primero. Aprobar definitivamente la modificación de las NNSS del Planeamiento de Yunquera, en virtud de la solicitud presentada por

Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por Prestación del Servicio de Publicidad en Libros y Folletos Recreativos publicados por el Ayuntamiento de Yunquera Artículo 1.º Concepto De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con los artículo 15 y 41 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por prestación del servicio de publicidad en libros y folletos informativos y demás elementos análogos que este Ayuntamiento publique con motivo de festejos populares, y eventos culturales, recreativos, deportivos y de esparcimiento, que se regirá por la presente ordenanza. Artículo 2.º Obligado al pago Están obligados al pago del precio público por publicidad en los libros y folletos citados, quienes soliciten el uso del servicio o resulten beneficiarios directos de la actividad prestada. Artículo 3.º Cuantía La cuantía del precio público por la difusión de publicidad, son los siguientes importes reflejados en euros:


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.