boletin-especial-2016

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A continuación ofrecemos un cuadro comparativo (1) que considera los montos que actualmente reciben los docentes para contratos de trabajo de 30, 37 y 44 horas, y los nuevos salarios establecidos por la ley.

(1)

ESTATUTO DOCENTE

LEY DE CARRERA DOCENTE

Bienios

30 horas

37 horas

44 horas

Tramo

30 horas

37 horas

44 horas

0

$ 473.302

$ 564.594

$ 655.885

Inicial

$ 700.195

$ 791.487

$ 882.778

2

$ 546.675

$ 655.086

$ 763.498

Temprano

$ 756.617

$ 861.074

$ 965.531

4

$ 619.656

$ 754.096

$ 870.537

Avanzado

$ 881.945

$ 1.015.644 $ 1.149.344

6

$ 692.637

$ 835.106

$ 885.763

Experto 1

$ 1.030.816 $ 1.199.252 $ 1.367.689

8

$ 765.618

$ 925.116

$ 962.197

Experto 2

$ 1.292.987 $ 1.522.596 $ 1.752.206

(1) En las remuneraciones del Estatuto Docente se considera: Renta Básica Mínima Nacional (nivel Básica); Bienos; Perfeccionamiento (100%) y Bono de Reconocimiento Profesional. La ley de Carrera Docente considera: RBMN (nivel Básica); Bienios; Bono de Reconocimiento Profesional y la Asignación de Tramo de Desarrollo Profesional. (Hay que agregar la asignación correspondiente a alta vulnerabilidad). LA SIGUIENTE TABLA MUESTRA LA EVOLUCIÓN DE REMUNERACIONES A MEDIDA QUE AUMENTAN LOS BIENIOS. (Hay que agregar la asignación correspondiente a alta vulnerabilidad). BIENIOS

TRAMO

30 HORAS

37 HORAS

44 HORAS

0

INICIAL

$700.195

791.487

882.778

1

INICIAL

$727.238

824.840

922.440

2

TEMPRANO

$756.617

861.704

965.531

3

TEMPRANO

$784.633

895.626

1.006.620

4

AVANZADO

$881.945

1.015.644

1.149.344

5

AVANZADO

$911.943

1.052.643

1.193.342

6

AVANZADO

$941.942

1.089.641

1.237.341

7

AVANZADO

$971.941

1.126.640

1.281.339

8

AVANZADO

$1.001.940

1.163.638

1.325.337

9

AVANZADO

$1.031.938

1.200.637

1.369.335

10

AVANZADO

$1.061.937

1.237.635

1.413.333

11

AVANZADO

$1.091.935

1.274.634

1.457.332

12

AVANZADO

$1.121.935

1.311.632

1.501.330

13

AVANZADO

$1.151.933

1.348.624

1.545.327

14

AVANZADO

$1.181.932

1.385.629

1.589.325

15

AVANZADO

$1.211.931

1.422.627

1.633.324

Director Responsable: Jorge Abedrapo Docmac Editor Periodístico : Carlos Ugas Lisboa Diseño : Adrián Leal González

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Dirección: Gral. Bulnes 519 - Santiago, Metro Cumming Fonos: 2 6991049 - 2 6991874 Contacto: info@profesormetropolitano.cl Colegio de Profesores Metropolitano www.profesormetropolitano.cl

Colegio de Profesores de Chile - Directorio Regional Metropolitano

ROFESOR METROPOLITANO.CL Año 8 - N° 21

Mayo - Junio 2016

ESPECIAL

CARRERA DOCENTE PREGUNTAS FRECUENTES Estimadas y estimados colegas: La ley “Desarrollo Profesional Docente” Nº 20903, conocida como CARRERA DOCENTE, lleva a una serie de preguntas que frecuentemente hacen las/los colegas y que hemos reproducido con sus respectivas respuestas para aclarar dichas dudas. Esta carrera, recoge parcialmente nuestras demandas, lo que indica que nuestra tarea futura será seguir exigiendo lo no logrado y mejorando a futuro otros aspectos. Sin embargo, reconocemos avances importantes porque, indudablemente, cambió sustancialmente el proyecto de carrera original que rechazamos unánimemente como magisterio y que con la movilización y rediseño mejoró sustancialmente. La carrera es una modificación del Título lll del Estatuto Docente que implica también un avance importante respecto de él. Colegio de Profesores de Chile Directorio Metropolitano

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CARRERA DOCENTE 1.- ¿Cuándo y quiénes entraremos a la Carrera Docente? Ingresarán todos los docentes y educadores/as (educación básica y media; educación técnico profesional; docentes directivos; educadores diferenciales y educadoras de párvulos) que trabajen en establecimientos que reciben aportes del Estado (municipales, part. subvencionados y de adm. delegada, así como jardines y salas cunas de Junji, Integra y VTF). El sector público ingresará en el año 2016, mientras que el sector particular subvencionado lo hará entre el año 2017 y 2025. Adicionalmente, podrán ingresar a la carrera los profesionales no docentes o técnicos superiores que se encuentren habilitados o autorizados para el ejercicio de la profesión en establecimientos que reciben financiamiento del Estado. 2.- ¿Qué es el encasillamiento? Es el proceso por el cual se define el tramo de desarrollo profesional que corresponde a cada docente o educador que ingrese a la carrera (ubicación del docente en uno de los cinco tramos). Inicial, Temprano y Avanzado (obligatorios) Experto 1, Experto 2 (voluntarios) Para ello se considera: a) los años de servicio, b) el resultado del portafolio de la evaluación docente y, c) si se tuviera, el resultado en la prueba de conocimientos disciplinarios para acceder a AVDI o AEP. 3.- ¿Tengo que evaluarme para entrar a la carrera docente? a.- Quienes se inician en la vida laboral necesitan SÓLO EL TÍTULO DE DOCENTE. Ingresan al tramo INICIAL. Al cuarto año vivirá su primer proceso de reconocimiento profesional para progresar dentro de la carrera. b.- Los profesionales de la educación con más de cuatro años de ejercicio profesional, serán encasillados en algunos de los tramos obligatorios (Inicial, Temprano o Avanzado) considerando los años de servicio, los resultados del portafolio de su última evaluación docente y, si los tuviera, los resultados de la prueba de conocimientos disciplinarios AVDI o AEP. En caso de que no haya sido evaluado, el docente o educador ingresará a un tramo transitorio y

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permanecerá en él hasta que viva su primer proceso de reconocimiento profesional. 4.-¿Qué es y cómo se implementará el proceso de inducción? La inducción será un derecho que tendrán todos los docentes principiantes y se desarrollará durante 10 meses en el primer año de docencia, a cargo de un docente mentor, preparado especialmente para ello, preferentemente del mismo establecimiento en que se desempeña el docente principiante. 5.- ¿La Ley contempla un aumento de las horas no lectivas? Sí, para ello se definen dos etapas. En el año 2017 se establecerá una proporcionalidad entre las horas lectivas y no lectivas del 70/30%. Luego, en el año 2019, se alcanzará una proporcionalidad del 65/35%. Adicionalmente, para los docentes de primer ciclo (de 1º a 4º básico), que trabajen en establecimientos educacionales que tengan un porcentaje de alumnos prioritarios igual o superior al 80%, desde el año 2019, tendrán un 40% de horas no lectivas. Si bien esta proporción es un avance, debemos seguir insistiendo en una reforma legal que permita aumentar aún más el número de horas no lectivas. El 40% de horas no lectivas se usarán para: preparar clases, preparar y evaluar pruebas, atención de alumnos y apoderados. El 60% restante se acuerdan entre la dirección de la escuela y el consejo de profesores. 6.- ¿Existe una definición del uso de las horas no lectivas? La ley define por actividades no lectivas aquellas “labores educativas complementarias a la función docente de aula, relativa a los procesos de enseñanza-aprendizaje”, como la preparación y seguimiento de las actividades de aula o la evaluación de aprendizajes. Asimismo, considera como actividades no lectivas “las labores de desarrollo profesional y trabajo colaborativo, en el marco de los PEI y de los PME”. Adicionalmente, se establece que del total de las horas no lectivas que un docente establece en su contrato de trabajo, un 40% estarán destinadas a

PREGUNTAS FRECUENTES la preparación de clases y evaluación de aprendizajes. El 60% restante deberá proponerlo el equipo directivo de los establecimientos, con previa consulta al Consejo de Profesores. 7.- ¿Aumenta el Bono de Reconocimiento Profesional? La ley establece un aumento del Bono de Reconocimiento Profesional (BRP). En la actualidad los montos asociados a este bono son de $64.061 y $21.355, por título y mención, respectivamente, llegando a la suma total de $85.461. El aumento del BRP establecido por la Ley, corresponde a $224.861 por título y a $74.954 por mención, que sumados alcanzan los $299.815.Este aumento comenzará a regir a partir de julio del año 2017. 8. ¿Puede significar el ingreso a la Carrera una disminución salarial? El ingreso a la carrera docente no supone una disminución salarial. De hecho, de acuerdo al Mineduc, en promedio los sueldos aumentarán en un 30%. En caso que tras el encasillamiento, a un docente le correspondiera, de acuerdo a las nuevas asignaciones, ganar menos que lo que recibe actualmente, la diferencia se cubrirá con una planilla complementaria, asegurando el principio de que ningún profesor o profesora que ingrese a la carrera verá disminuido su salario. 9. ¿Habrá un reconocimiento por docencia en establecimientos vulnerables? La Ley incorpora la asignación por docencia en establecimientos de Alta Concentración de Alumnos Prioritarios. Aquellos docentes que trabajen en establecimientos con una concentración de alumnos prioritarios igual o superior al 60% y que se encuentren en los tramos Inicial y Temprano recibirán un 20% de la Asignación de Tramo más un monto fijo máximo de $ 43.000, calculado de acuerdo a las horas de contrato. Los docentes de los tramos Avanzado, Exp.I y Exp.II, que trabajen en establecimientos cuya concentración de alumnos prioritarios sea igual o superior al 80%, recibirán el 20% de la asignación de tramo más los $43.000 establecidos mas arriba y $60.000 adicionales.

10. Si estoy cerca de la edad para jubilar ¿Podré optar voluntariamente ingresar a la Carrera Docente? El proyecto de ley original establecía que para optar a no ingresar a la carrera los docentes debían estar a 5 o menos años de jubilar y presentar, además, una renuncia anticipada, lo cual significaba renunciar a su vez al Bono Poslaboral y al Bono de Incentivo al Retiro. En el rediseño de la ley, se consiguió que los docentes que estén a 10 o menos años de jubilar puedan optar a no ingresar a la carrera sin necesidad de renunciar anticipadamente y, por lo tanto, sin perder el Bono Poslaboral y el Bono de Incentivo al Retiro, que sería extendido por 8 más. 11.- ¿Es verdad que se pierde el 50% de la asignación de experiencia (bienios)? No. En rigor no hubo ni pérdida ni recuperación del 50% de esta asignación en la práctica se mantiene. Lo que sucede es que una parte sigue en el ítem correspondiente y la otra se ubica en una nueva asignación, llamada asignación de tramo que tiene tres componentes. Uno de esos componentes contempla el 50% restante de los bienios completando el 100% correspondiente a la asignación de experiencia. 12.- Con todos estos elementos: ¿El ingreso a la carrera docente significará un aumento salarial? De acuerdo a cálculos del Mineduc el ingreso de los docentes a la carrera significará en promedio un aumento salarial del 30%. Este aumento comenzará a regir a contar de julio del año 2017.

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