5. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción, el Superintendente determinará si el Distrito no cumplió con la Ley y proporcionará una notificación por escrito al Principal de Educación Especial sobre su decisión. Si el Superintendente determina que el Distrito no cumplió con la Ley, determinará el remedio apropiado que puede incluir, pero no se limita a, el remedio propuesto por el agraviado. 6. El Principal de Educación Especial enviará una notificación por escrito de la decisión del Superintendente al agraviado por correo certificado dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la recepción. 7. El afligido puede presentar una queja ante un tribunal de jurisdicción competente, o ante la Oficina de Derechos Civiles en la siguiente dirección: Oficina de Derechos Civiles Departamento de Salud y Servicio Humano de los Estados Unidos 150 S. Independence Mall West Suite 372 Philadelphia PA, 19106-9111 Las preguntas sobre este reglamento deben dirigirse a la Oficina del Superintendente en 1311 Brandywine Boulevard, Wilmington, DE 19809 o (302) 793-5002.
APÉNDICE X TRADO DE QUEJAS NO CUMPLIDAS SEGÚN EL TÍTULO IX DE LA LEY DE ENMIENDAS A LA EDUCACIÓN DECLARACIÓN: Establecer un proceso administrativo para abordar una queja de que el Distrito no ha cumplido con los requisitos del Título IX de la Ley de Enmiendas de Educación (“la Ley”). REGULACIÓN: A. DEFINICIONES 1. “Agraviado” como se utiliza en este Reglamento se refiere a un padre de un estudiante, un estudiante de 18 años o más, o un empleado del Distrito que cree que el Distrito ha discriminado a un estudiante o grupo de estudiantes debido al género en los programas o actividades de educación del Distrito en violación de los requisitos de la ley. 2. “Superintendente” como se utiliza en este Reglamento se refiere al Superintendente del Distrito Escolar de Brandywine o a su designado. 3. “Controversia” como se utiliza en este Reglamento significa una alegación que el Distrito no cumplió con los requisitos de la Ley, haya sido de forma intencional o no. B. PROCEDIMIENTO 1. Un agraviado que crea que el Distrito no ha cumplido con los requisitos de la ley debe presentar una queja por escrito ante el Principal de Recursos Humanos dentro de los siete (7) días hábiles después de que el agraviado sepa 117