Resumen En resumen, el informe refiere al debate que se viene dando en el país a nivel discursivo y de narrativa en tres sectores involucrados en materia de consulta: pueblos indígenas y negros, sector público y autoridad minera. En él se identifican las medidas que el Estado de Honduras está implementando y valorando en las prácticas de consulta a los pueblos indígenas y negros. Se incluye también en el análisis de las experiencias, planteamientos dados por expertos, como DPLF, OACNUDH, Naciones Unidas, CIDH, Oxfam sobre la aplicación de estándares internacionales en materia de derechos indígenas y percepción sobre el respeto a los derechos interculturales en las medidas adoptadas por el Estado de Honduras. El informe está estructurado a partir de la caracterización de la minería extractiva en el país: su origen, implicaciones y las redes de poder que involucran. Aborda las practicas estatales y empresariales de los proyectos mineros, y hasta cierto punto, las contextualiza mediante tres experiencias: pueblo tolupán, Chanton II del pueblo lenca y la explotación petrolera en territorio multiétnico de la Mosquitia. Los perfiles de las experiencias contienen características particulares: un proyecto que opera en forma ilegal en territorio de pueblo tolupán, un proyecto minero en etapa de exploración con el pueblo lenca y un proyecto de concesión para exploración y explotación de hidrocarburos en la costa de pueblos miskito -tawhaka-garífuna. Las experiencias llevan al análisis de los juicios y perjuicios de los diferentes actores en el consentimiento previo, libre e informado, contrastando estos en un apartado sobre los estándares de este derecho, terminando en una valoración y análisis de la seguridad jurídica de las inversiones y su relación con la libre determinación de los pueblos. Finalmente, se plantean conclusiones, aprendizajes y propuestas, que esencialmente evidencian que después de 20 años de la suscripción del Convenio 169 de la OIT, Honduras no ha tenido un avance significativo en la implementación de una consulta previa, libre e informada que cumpla con los estándares internacionales en materia de pueblos indígenas. En el mejor de los casos los pueblos han participado en procesos denominados “consultas” sin capacidad real de modificar decisiones estatales o empresariales que les afectan. En la mayor parte de los casos han estado expuestos a herramientas de negociación y aplicación de mecanismos que son llamados “procesos de socialización” para manejar la relación empresas, comunidad y Estado. Ante la persistencia de estas y otras limitaciones para la CPLI en Honduras se ha llegado al grado de que los pueblos indígenas y negros carezcan de garantías para ejercer el derecho al consentimiento previo, libre e informado. Para las autoras de esta publicación, esta ausencia de garantías está en el centro de las causas de la conflictividad socio ambiental en el país por la imposición, opacidad y los impactos sociales, ambientales y en derechos humanos que afectan a las comunidades. Esto se ve profundizado por la institucionalidad fiscal que, con más frecuencia de lo tolerable, no está cumpliendo su rol redistributivo de
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