NP CCL advierte cobro injusto y compulsivo del itan a más de 3000 entidades públicas y privadas

Page 1

Página |1

NOTA DE PRENSA N° 137 – 2014

COLEGIOS, FUNDACIONES E INSTITUCIONES RELIGIOSAS SERÍAN OBLIGADAS A PAGAR ESTE IMPUESTO QUE NO LES CORRESPONDE

CCL ADVIERTE COBRO INJUSTO Y COMPULSIVO DEL ITAN A MÁS DE 3000 ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS DEL PAÍS • La SUNAT tendría que devolver tales pagos con sus respectivos intereses pues, estas entidades no pueden utilizar el ITAN como crédito contra el impuesto a la renta. Lima, 02 de octubre de 2014.- La Cámara de Comercio de Lima expresa su preocupación y desacuerdo con el pre dictamen del Proyecto de Ley N° 3690, recientemente elaborado por la Comisión de Economía del Congreso, que pretende obligar a más de 3000 entidades públicas y privadas que no están afectas al impuesto a la renta, a pagar el denominado Impuesto Temporal a los Activos Netos-ITAN por los años 2013 y 2014, como pretenden el MEF y la SUNAT. “De prosperar el cobro del ITAN, se afectará a miles de entidades públicas y privadas como fundaciones, entidades de auxilios mutuos, comunidades campesinas, comunidades nativas, instituciones religiosas y asociaciones sin fines de lucro, entre ellas beneficencias, centros educativos, culturales, deportivos, gremiales y de vivienda, que actualmente están liberadas del pago del impuesto a la renta. También afectará a muchas empresas que estando en etapa pre operativa no estuvieron obligadas a pagar este controvertido impuesto”, afirmó Jorge von Wedemeyer, presidente de la Cámara de Comercio de Lima. La Cámara considera que, de aprobarse el pre dictamen, el pago del ITAN sería indebido, y contrario al principio de legalidad que dispone la Constitución, por lo que las entidades y empresas afectadas se verán obligadas a interponer las acciones judiciales y constitucionales que correspondan. La CCL reitera que, para solucionar este problema tributario, el Congreso debe aprobar una disposición transitoria del Proyecto de Ley N° 3690, que precise que, al haberse convertido el ITAN en un impuesto permanente, las entidades públicas y privadas comprendidas en la Ley N° 28424 que creó el ITAN, continúan exoneradas de tal impuesto hasta el 31 de diciembre de 2014, y que a


Página |2

partir del 1 de enero del 2015 se les considerará como inafectas, conforme a la propuesta del Poder Ejecutivo.

SERIO PROBLEMA TRIBUTARIO El Impuesto Temporal a los Activos Netos se creó con la Ley 28424, el 21 de diciembre del 2004, para ser aplicado únicamente durante los años 2005 y 2006. Sin embargo, el ITAN fue prorrogado durante el año 2007 y, desde el 2008, se ha convertido en un impuesto permanente, no obstante que el Congreso de la República ordenó al Poder Ejecutivo reducir la tasa del ITAN hasta su eliminación, lo cual no ha ocurrido. “Respecto a este serio problema tributario, el Ministerio de Economía y Finanzas se ha limitado a proponer que este grupo de entidades públicas y privadas estarán inafectas a partir del año 2015, por lo que ahora resulta que están obligadas a pagar el ITAN por los años 2013 y 2014, ya que sus exoneraciones caducaron en el año 2012. Este pago compulsivo resultará innecesario pues al final la SUNAT tendrá que devolver el monto pagado más los intereses correspondientes en favor de las entidades afectadas”, finalizó von Wedemeyer. CÁMARA DE COMERCIO DE LIMA │Oficina de Prensa e Imagen Central: 463-3434 Nilda Zavaleta

999.301.105 │ 998.148.715 nzavaleta@camaralima.org.pe

Maribel Huayhuas

994.830.365 mhuayhuas@camaralima.org.pe

Evelyn Sánchez

943.536.747 esanchez@camaralima.org.pe

Melissa Rodríguez

981.603.227 mrodriguez@camaralima.org.pe


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.