NP CCL Pide que régimen de gradualidad para la aplicación de sanciones aduaneras se vuelva perma

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NOTA DE PRENSA N° 140 – 2014 BENEFICIARÁ A LOS OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR Y TAMBIÉN A LA SUNAT

CCL: RÉGIMEN DE GRADUALIDAD PARA PAGO DE SANCIONES ADUANERAS DEBE SER PERMANENTE • El régimen, aprobado en el 2012 y ampliado en noviembre del 2013, está próximo a vencer. Lima, 07 de octubre del 2014.- La Cámara de Comercio de Lima solicitó a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – Sunat, que el Régimen de Gradualidad para el pago de multas aduaneras, que fue aprobado en el 2012 y luego ampliado mediante la Resolución N° 321-2013-SUNAT/300000, sea de uso permanente o que en todo caso sea objeto de una nueva prórroga. Dicho régimen, que está por vencer en noviembre próximo, estableció rebajas beneficiosas en el pago de ciertas multas por infracciones previstas en la Ley General de Aduanas (LGA), y comprenden las infracciones más frecuentes de las empresas cuyas actividades se desarrollan en el ámbito aduanero. Este sistema de gradualidad ha permitido que muchas de ellas hayan podido regularizar determinados casos que estaban en controversia en el ámbito administrativo. “Nuestra institución considera que este régimen ha sido muy exitoso, dado que es una herramienta de facilitación con beneficios mutuos no sólo para todos los operadores de comercio exterior, sino también para la Sunat que puede obtener con mayor celeridad la regularización de los pagos correspondientes”, señaló el presidente del Gremio de Comercio Exterior (X-Com) de la CCL, Samuel Gleiser. BENEFICIOS DEL RÉGIMEN Resulta que los beneficios del régimen de gradualidad respecto a la reducción de sanciones, son mayores a los que fueron aprobados en el artículo 200 de la LGA (Régimen de incentivos para el pago de multas), pues mientras que el primero considera reducciones escalonadas del 95%, 90%, 85%, 60% y 50%; el segundo considera reducciones en el orden del 90%, 70%, 60% o 50%. Los niveles de reducción en ambos casos privilegian el accionar espontáneo del infractor; es así que se genera un menor esfuerzo por parte de la Aduana para efectuar el cobro, y por tanto la reducción de la multa puede ser mayor.


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“El Régimen de Gradualidad no resulta solo importante por los mayores niveles de rebaja de las multas sino también por la oportunidad en que dichos porcentajes se pueden aplicar. Vista la importancia de mantener los márgenes de rebaja dispuestos en el régimen, resulta necesario que éste sea instituido de modo permanente”, dijo finalmente Gleiser.

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