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VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES (VMA) Y SU REGLAMENTO (D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA Y D.S. Nº 003-2011-VIVIENDA)
Ing. Richard Acosta Arce Director Nacional de Saneamiento Diciembre 2013
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ANTECEDENTES La Ley N° 26338 (Ley General de Servicios de Saneamiento), establece que los usuarios tienen la obligación de hacer uso adecuado de los servicios, no dañar la infraestructura correspondiente a fin de evitar el deterioro y asegurar el funcionamiento de los sistemas de alcantarillado, cumpliendo con las normas que los reglamentos de las entidades prestadoras establezcan. El DS N° 023-2005-VIVIENDA (TUO del Reglamento de la Ley General), establece como derecho de las EPS, suspender el servicio de alcantarillado sanitario cuando las características de los efluentes industriales que se vierten en él, no cumplan con los límites máximos permisibles establecidos en las normas vigentes.
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PROBLEMAS A RESOLVER arrojan
Redes de Alcantarillado
arrojan
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PROBLEMAS A RESOLVER
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PROBLEMAS A RESOLVER
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PROBLEMAS A RESOLVER
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PROBLEMAS A RESOLVER
consecuencias
PRESTADOR
Usuarios
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DECRETO SUPREMO N° 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA) ¿Cuál es su objetivo? • Regular mediante Valores Máximos Admisibles (VMA) las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario a fin de evitar el deterioro de las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias, equipos y asegurar su adecuado funcionamiento, garantizando la sostenibilidad de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de las aguas residuales. ¿Cuál es el ámbito de aplicación? • A nivel nacional. ¿Quiénes la acatan?
• Todos los usuarios que efectúen descargas de aguas residuales no domésticas en el alcantarillado sanitario. ¿Quiénes la aplican? • Todas las entidades prestadoras de servicio o las entidades que hagan sus veces.
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DECRETO SUPREMO N° 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA) DEFINICIÓN Es aquel valor de la concentración de elementos, sustancias o parámetros físicos y/o químicos, que caracterizan a un efluente no doméstico que va a ser descargado a la red de alcantarillado sanitario, que al ser excedido causa daño inmediato o progresivo a las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias y equipos de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, y tiene influencias negativas en los procesos de tratamiento de aguas residuales.
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DECRETO SUPREMO N° 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA) Anexo N° 1 Parámetros sobre los cuales, se hará EL PAGO ADICIONAL POR EXCESO DE CONCENTRACIÓN de los parámetros fijados en el Anexo N° 1 del DS N° 021-2009VIVIENDA, según la metodología aprobada por SUNASS. Anexo N° 1 PARAMETRO
VMA
UNIDAD
DBO5
500.00
mg/l
DQO
1,000.00
mg/l
SOLIDOS SUSPENDIDOS TOTALES
500.00
mg/l
ACEITES Y GRASAS
100.00
mg/l
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SITUACIONES GERENADAS
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DECRETO SUPREMO N° 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA) ANEXO N° 2 EN CASO DE SER SOBREPASADOS ESTOS PARÁMETROS, SE SUSPENDERÁ EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO SANITARIO DEL USUARIO NO DOMÉSTICO.
Anexo N° 2 PARAMETRO
VMA
UNIDAD
PARAMETRO
VMA
UNIDAD
ALUMINIO
10.00
mg/l
NÍQUEL
4.00
mg/l
ARSÉNICO
0.50
mg/l
PLOMO
0.50
mg/l
BORO
4.00
mg/l
SULFATOS
500.00
mg/l
CADMIO
0.20
mg/l
SULFUROS
5.00
mg/l
CIANURO
1.00
mg/l
ZINC
10.00
mg/l
COBRE
3.00
mg/l
NITROGENO AMONIACAL (2)
80.00
mg/l
CROMO HEXAVALENTE
0.50
mg/l
pH
10.00
mg/l
SÓLIDOS SEDIMENTABLES (2)
8.50
mg/l
MANGANESO
4.00
mg/l
TEMPERATURA (2)
< 35
°C
MERCURIO
0.02
mg/l
CROMO TOTAL
(2) Muestras puntuales, los demás valores serán de muestras compuestas.
6 -9
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SITUACIONES GENERADAS
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¿QUÉ OCURRE SI ES QUE LOS USUARIOS NO DOMÉSTICOS SOBREPASAN LOS PARÁMETROS ESTABLECIDOS? Pagar la tarifa establecida por el Ente competence
Cuyas descargas sobrepasen los valores contenidos
Usuarios No Domésticos
ANEXO Nº 1
ANEXO Nº 2
Suspensión del servicio de alcantarillado sanitario. Suspensión del servicio. Excepción: caso fortuito.
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DECRETO SUPREMO N° 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA) CIIU • Clasificación Internacional Industrial Uniforme, referida a las actividades económicas productivas, para facilitar un conjunto de categorías de actividad que pueda utilizarse para la elaboración de estadísticas por actividades.
PROHIBICIONES • Queda totalmente prohibido descargar a los sistemas de alcantarillado sanitario cualquier tipo de residuos sólidos, líquidos o gaseosos, que puedan causar por sí solo o por interacción con otras descargas algún tipo de daño en las instalaciones del sistema de alcantarillado y plantas de tratamiento de aguas residuales según lo indicado en el reglamento.
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1. DATOS GENERALES.a) Razón Social. b) Actividad. c) Ubicación oficina Administrativa. d) Ubicación de la Planta e) Otra instalación e) Representante Legal f) Nombre del Propietario arrendatario del predio. h) Fecha de Inicio de Operación. i) Numero de la CIIU.
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DECLARACIÓN JURADA DE USUARIO NO DOMÉSTICO
2. ACTIVIDAD QUE REALIZA.-
y/o
a. Indicar los meses de máxima y mínima producción. b. Materia(s) Primas Empleada(s) Principales. b1. Materia Prima b2. Producto
5. DOCUMENTOS PRESENTADOS (Marque con una aspa los documentos que adjunta) a. Resultado de Análisis de laboratorio acreditado por INDECOPI del Anexo N° 1 y Anexo N° 2 del DS N° 021-2009-VIVIENDA. copia Legalizada de la licencia de funcionamiento vigente de la empresa. c. Copia legalizada de la vigencia de poder del representante legal. d. Ficha registro único de contribuyente- acreditación del inicio de actividades. e. Copia de la factibilidad de servicios otorgados por la EPS o autorización de conexión del servicio de agua y saneamiento emitido por un prestador distinto de la EPS.
3. ABASTECIMIENTO DE AGUA.a. Tipo de Fuente b. Red Publica c. Pozo de Agua d. Otro (especificar) (*) Observaciones
-Consumo durante los últimos 12 meses en m3.
4. DESCARGA DE LAS AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS.a. Ubicación de los puntos de descarga de las aguas residuales No Domesticas al sistema de alcantarillado sanitario. (*) Presentar un esquema general de la ubicación de estas descargas. b. Descripción del sistema de tratamiento de las aguas residuales No Domesticas (Indicar capacidad, insumos, tipo de proceso, eficiencias). c. Observaciones.
ANEXO II "ACTA DE TOMA DE MUESTRA INOPINADA" (Ficha debe ser llenada por el prestador de servicio)
Código de Usuario No Doméstico: (Ll ena do por el pres ta dor de s ervi ci os )
1. DATOS GENERALES. A. Razón Social. B. Actividad C. Ubicación oficina administrativa Distrito:
Provincia:
Departamento:
Distrito:
Provincia:
Departamento:
Provincia:
Departamento:
D. Ubicación Planta
E. Otra instalación Distrito: F. Número de CIUU
Descripcion: Descripcion: Descripcion: Descripcion:
2. CARACTERISTICAS DE LA TOMA DE MUESTRA Nombre del Laboratorio: Fecha: Hora: Responsable de toma de muestra :
Anexo N° 1 Parámetro (DBO5)
VMA
N° de muestras
Tipo de muestra
N° de muestras
Tipo de muestra
500 mg/lt
(DQO) Sólidos Suspendidos Totales Aceites y Grasas
1000 mg/lt 500 mg/lt 100 mg/lt
Anexo N° 2 Parámetro Aluminio Arsénico Boro Cadmio Cianuro Cobre Cromo hexavalente Cromo total Manganeso Mercurio Níquel Plomo Sulfatos Sulfuros Zinc Nitrógeno Amoniacal (2) PH (2) Sólidos Sedimentables (2) Temperatura (2)
VMA 10 mg/lt 0.5 mg/lt 4 mg/lt 0.2 mg/lt 1 mg/lt 3 mg/lt 0.5 mg/lt 10 mg/lt 4 mg/lt 0.02 mg/lt 4 mg/lt 0.5 mg/lt 500 mg/lt 5 mg7lt 10 mg/lt 80 mg/lt 6-9 8.5 ml/l/h <35 ° C
(2) Es to s p a ra me tro s , s e rá n to ma d a s d e mu e s tra s p u n tu ta l e s . El va l o r d e l o s d e ma s p a rá me tro s s e ra n d e te rmi n a d o s a p a rti r d e l a n a l i s i s d e u n a mu e s tra co mp u e s ta .
Observaciones:
3. UBICACIÓN DEL DISPOSITIVO(s) PARA LA TOMA DE MUESTRA Ubicación 1 2 3 Observaciones:
4. DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA TOMA DE MUESTRA a. b. c. d.
Firma Representante del Laboratorio
Firma del técnico/especialista del prestador de servicio de agua y saneamiento
Firma Usuario No Doméstico
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ACTA DE TOMA DE MUESTRA INOPINADA
1. DATOS GENERALES.a. Razón Social b. Actividad c. Ubicación de la oficina administrativa d. Ubicación de Planta e. Otra instalación f. Numero de la CIIU
3. UBICACIÓN DEL DISPOSITIVO(S) PARA LA TOMA DE MUESTRA.Anexo 01 Anexo 02
2. CARACTERÍSTICA DE LA TOMA DE MUESTRA.Nombre del Laboratorio Fecha Hora Responsable de toma de muestra
4, DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA TOMA DE MUESTRA.-
DECRETO SUPREMO N° 021-2009VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA). PRESTADOR DE SERVICIO
USUARIO NO DOMÉSTICO
Reglamento VMA vigente Presenta DJ al prestador
Solicita al UND la DJ
T= no mas de 15 dias habiles
Revisión de documentación
1era etapa
REGISTRO
Evalúa
Cód. usuario T= no mas de 10 dias habiles
Pronunciamiento Registro
Observación
T= no mas de 10 dias habiles
Subsanación
T= no mas de 30 dias habiles
DECRETO SUPREMO N° 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA). T= no mas de 10 días hábiles
NO SUPERA
LOS VMA
Evalúa los resultados Anexo N° 1 SI SUPERA LOS VMA
Actualiza su Registro de
Realiza el cobro por el pago
Usuarios No Domésticos
adicional por exceso
Paga y adecua su Descargas
T= no mas de 10 días hábiles para evaluar Realiza los análisis
Comunica al prestador
2 da etapa
Suspende la emisión del recibo por el pago por exceso
MONITOREO Y/O EVALUACIÓN
Evalúa los resultados Anexo N° 2 SI SUPERA LOS VMA
NO SUPERA LOS VMA Actualiza su Registro de
Cierre del servicio de alcantarillado
Usuarios No Domésticos
T= no mas de 10 días hábiles para evaluar
Adecua su sist.
Tratamiento
Realiza los análisis
Comunica al prestador Dispone la reposición Alc. el cobro correspondiente
UND
DJ VMA CIIU
Usuario No Domestico Declaracion Jurada Valores Maximos Admisibles Clasificacion Internacional Industrial Uniforme
DECRETO SUPREMO N° 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA).
Muestra inopinada T= no mas de 10 días hábiles
Evalúa los resultados Anexo N° 1 NO SUPERA LOS VMA Actualiza su Registro de Usuarios No Domésticos
SI SUPERA LOS VMA Realiza el cobro del pago adicional por exceso y por los análisis de los parámetros
Paga y adecua su sistema de tratamiento
El prestador de servicios paga los análisis Realiza los análisis
T= no mas de 10 días hábiles para evaluar
Comunica al prestador
3 era etapa
MUESTRA INOPINADA
Suspende la emisión del recibo por el cobro por exceso Evalúa los resultados Anexo N° 2
NO SUPERA LOS VMA
SI SUPERA LOS VMA Cierre del servicio de alcantarillado y el UND paga
Actualiza su registro de monitoreo
El prestador de servicios paga los análisis
Realiza los análisis T= no mas de 10 días hábiles para evaluar
Reposición del servicio de alcantarillado
UND DJ VMA CIIU
Adecua su sist. Tratamiento
Usuario No Domestico Declaracion Jurada Valores Maximos Admisibles Clasificacion Internacional Industrial Uniforme
Comunica al prestador
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DECRETO SUPREMO N° 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA)
ENTRADA EN VIGENCIA Y MODIFICACIONES D.S. N° 021-2009VIVIENDA (20.11.2009)
D.S. N° 014-2010VIVIENDA (21.11.2010)
D.S. N° 003-2011VIVIENDA (22.05.2011)
Con la aprobación de su reglamento, a ser elaborado por el MVCS en un plazo de 365 días.
Ampliación del plazo establecido (D.S. N° 0212009-VIVIENDA) en 180 días.
Aprobación del Reglamento del D.S. N° 021-2009-VIVIENDA (a los 30 días).
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Usuarios No Domésticos antiguos
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Usuarios No Domésticos nuevos
23 de Junio de 2011
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DECRETO SUPREMO N° 021-2009VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-2012-VIVIENDA
En virtud de lo establecido en el Literal i) del Art. 5° del Reglamento del Decreto Supremo N° 021-2009VIVIENDA (VMA), se aprobaron 46 actividades y 23 parámetros que según la CIIU serán de cumplimiento obligatorio por parte de los Usuarios No Domésticos.
De acuerdo a las actividades que realice cada UND se deberá efectuar el análisis de los parámetros indicados en el Anexo.
ANEXO N° 1 C OD IGO C IIU 1010
DBO 5
* ELABORACION Y CONSERVACION DE PESCADO, CRUSTACEOS Y M OLUSCOS * ELABORACION Y CONSERVACION DE FRUTAS, LEGUM BRES Y HORTALIZAS * ELABORACION DE ACEITES Y GRASAS DE ORIGEN VEGETAL Y ANIM AL * ELABORACION DE PRODUCTOS LACTEOS * ELABORACION DE ALM IDONES Y PRODUCTOS DERIVADOS DEL ALM IDON * ELABORACION DE PRODUCTOS DE PANADERIA * ELABORACION DE AZUCAR * ELABORACION DE CACAO Y CHOCOLATE Y DE PRODUCTOS DE CONFITERIA * ELABORACION DE M ACARRONES, FIDEOS, ALCUZCUZ Y PRODUCTOS FARINACEOS SIM ILARES * ELABORACION DE OTROS PRODUCTOS ALIM ENTICIOS n.c.p * ELABORACION DE PIENSOS PREPARADOS PARA ANIM ALES * DESTILACION , RECTIFICACION Y M EZCLA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS * ELABORACION DE BEBIDAS M ALTEADAS Y DE M ALTA * ELABORACION DE BEBIDAS NO ALCOHOLICAS, PRODUCCION DE AGUAS M INERALES Y OTRAS AGUAS EM BOTELLADAS * ACABADO DE PRODUCTOS TEXTILES * CURTIDO Y ADOBO DE CUEROS; ADOBO Y TEÑIDOS DE PIELES * ASERRADO Y ACEPILLADURA DE M ADERA * FABRICACION DE PASTA DE M ADERA, PAPEL Y CARTON * FABRICACION DE PAPEL Y CARTON ONDULADO Y DE ENVASES DE PAPEL Y CARTON * IM PRESIÓN * ACTIVIDADES DE SERVICIOS RELACIONADAS CON LA IM PRESIÓN * FABRICACION DE PRODUCTOS DE LA REFINACION DEL PETROLEO * FABRICACION DE SUSTANCIAS QUIM ICAS BASICAS * FABRICACION DE ABONOS Y COM PUESTOS DE NITROGENO * FABRICACION DE PLAGUICIDAS Y OTROS PRODUCTOS QUIM ICOS DE USO AGROPECUARIO * FABRICACION DE PINTURAS, BARNICES Y PRODUCTOS DE REVESTIM IENTO SIM ILARES, TINTAS DE IM PRENTA Y M ASILLAS * FABRICACION DE JABONES Y DETERGENTES PREPARADOS PARA LIM PIAR Y PULIR, PERFUM ES Y PREPARADOS DE TOCADOR * FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS QUIM ICOS * FABRICACION DE PRODUCTOS FARM ACEUTICOS, SUSTANCIAS QUIM ICAS M EDICINALES Y PRODUCTOS BOTANICOS DE USO FARM ACEUTICO * FABRICACION DE VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO * FABRICACION DE PRODUCTOS REFRACTARIOS * FABRICACION DE PRODUCTOS PRIM ARIOS DE M ETALES PRECIOSOS Y OTROS M ETALES NO FERROSOS * FABRICACION DE ARM AS Y M UNICIONES * TRATAM IENTO Y REVESTIM IENTO DE M ETALES ; M AQUINADO * FABRICACION DE EQUIPO DE IRRADIACION Y EQUIPO ELECTRONICO DE USO M EDICO Y TERAPEUTICO * FABRICACION DE APARATOS DE USO DOM ESTICO * FABRICACION DE OTROS TIPOS DE EQUIPO ELECTRICO * FABRICACION DE M OTORES Y TURBINAS, EXCEPTO M OTORES PARA AERONAVES, VEHICULOS AUTOM OTORES Y M OTOCICLETAS * FABRICACION DE VEHICULOS AUTOM OTORES * FABRICACION DE BICICLETAS Y DE SILLONES DE RUEDAS PARA INVALIDOS * FABRICACION DE INSTRUM ENTOS Y M ATERIALES M EDICOS Y ODONTOLOGICOS * GENERACION, TRANSM ISION Y DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA * FABRICACION DE GAS; DISTRIBUCION DE COM BUSTIBLES GASEOSOS POR TUBERIAS * ACTIVIDADES DE FOTOGRAFIA * LAVADO Y LIM PIEZA , INCLUIDA LA LIM PIEZA EN SECO , DE PRODUCTOS TEXTILES Y DE PIEL * ELABORACION Y CONSERVACION DE CARNE
1020 1030 1040 1050 1062 1071 1072 1073 1074 1079 1080 1101 1103 1104 1313 1511 1610 1701 1702 1811 1812 1920 2011 2012 2021 2022 2023 2029 2100 2310 2391 2420
D ESC R IPC ION
1
2520 2592 2660 2750 2790 2811 2910 3092 3250 3510 3520 7420 9601
(1) Si la empresa realiza procesos de galvanoplastía se incluyen los metales pesados como parámetros a analizar.
D QO
SS
A yG
PH
T°
SD
* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *
* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *
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As
Cd
Cn
Cr
Cr
+6
Hg
Ni
NH4
Pb
SO4
=2
Zn
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*
S
B
Al
Mn
* *
*
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Cu
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MUCHAS GRACIAS