En el presente número del ENTRE CULTURAS queremos abordar un tema de máxima actualidad. Como sabéis este pasado 22 de noviembre se aprobó en el Congreso de los Diputados, la nueva Ley de Extranjería. Lo que supone la cuarta reforma de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España. Este número pretende ser un monográfico sobre la Ley de Extranjería, que recopile los documentos públicos que como Cáritas se han presentado durante el desarrollo parlamentario en sus distintos momentos. Estos pasos se plasman en los primeros cinco documentos que se recogen de manera íntegra, y que han constituido los posicionamientos institucionales a lo largo de la reforma. Sin embargo, también hemos querido plasmar “Otras Voces” de entidades que se han pronunciado respecto la reforma. En la parte “Qué se ha movido en nuestra sociedad” hemos recogido experiencias de lo que ha ocurrido en nuestro territorio. Finalmente, expresaros nuestro deseo de que lo recogido sirva para dinamizar y animar otras acciones en el territorio, que permitan revertir los efectos de una reforma que consideramos no ayuda en el objetivo de la cohesión social.
Boletín sobre Inmigración de Cáritas Española - 2ª Etapa - N. 61
Entre Culturas
PRESENTACIÓN
Edita: Cáritas Española San Bernardo, 99 bis - 28015 Madrid Tel. 91 444 10 00 ISSN: 1138-218X Dep. Legal: M-24386-1992 Fotocomposición: COMAR Tel. 91 316 81 83 - Madrid Imprime: Omagraf, S.L. - Madrid. Subvencionado por:
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
SECRETARÍA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE INTEGRACIÓN DE INMIGRANTES
UNIÓN EUROPEA Fondo Social Europeo
SUMARIO
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Presentación Con esta reforma de la Ley nuestra sociedad retrocede. Más de 500 organizaciones se adhieren. La reforma de la Ley restringe derechos fundamentales. El Consejo General de Cáritas ante la reforma de la Ley. La oportunidad perdida con la reforma de la LOEX. Otras Voces. Qué se ha movido en nuestra sociedad
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CÁRITAS, CEAR Y RED ACOGE: “Con esta reforma de la LOEX nuestra sociedad retrocede y también los Derechos de los Inmigrantes” Equipo de Migraciones. Cáritas Española
En el presente artículo recogemos de manera íntegra el documento que fue presentado por Cáritas, CEAR y RED ACOGE, en rueda de prensa el miércoles, 16 de septiembre. Constituyendo la primera acción pública conjunta de las tres entidades que señalaba los elementos más negativos del que por aquel entonces, era el anteproyecto de reforma de la Ley de Extranjería. CEAR, RED ACOGE y CÁRITAS ante la reforma de la Ley de Extranjería. Rueda de prensa, Madrid 16 septiembre 2009 Con esta LOEX perdemos todos: nuestra sociedad retrocede y también los derechos de los inmigrantes
CEAR, RED ACOGE y Cáritas, en la búsqueda de la construcción del bien común, hemos aportado a los poderes públicos, desde nuestra dilatada experiencia de trabajo en este campo, recomendaciones en la puesta a punto de esta reforma. Como miembros del Foro para la Integración Social, y a solicitud de la Comisión Permanente del mismo, Cáritas y RED ACOGE han participado en la ponencia que ha elaborado el dictamen sobre la citada reforma y hemos estado presentes en las Comisiones Jurídicas que posteriormente han revisado las enmiendas.
Sin embargo, queremos compartir ante la opinión pública, tras analizar el proceso, espíritu y la letra del proyecto de reforma de la Ley de extranjería aprobado por el Gobierno, en su reunión de Consejo de Ministros del 26 de junio, las siguientes reflexiones:
Foto Cáritas Española; Rueda de prensa 16 de septiembre 2009.
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1. Contextualizando el proceso
1.a. Momento poco oportuno: Consideramos que haber elegido este momento para acometer el cambio legislativo sobre un tema de tanta trascendencia social, como es el de los derechos y libertades de los extranjeros en España, no es acertado. Entendemos que el legislador debería haber tenido en cuenta el especial contexto socioeconómico por el que atraviesa nuestro país y los riesgos de que se realicen lecturas inadecuadas de una reforma dirigidas a vincular de manera simplista, y peligrosa, crisis e inmigración.
Haber elegido este momento para un tema de tanta trascendencia no es acertado. 1.b. Consulta insuficiente. Queremos constatar que la presente reforma no ha gozado de un suficiente y adecuado proceso de consulta previo, tal y como lo ha evidenciado el informe consultivo del Consejo Económico y Social (CES). Además, sorprende comprobar cómo el procedimiento escogido para su tramitación parlamentaria sea por la vía urgente, que limita
3 el período para la presentación de enmiendas, y que se haya hecho coincidir con el período estival.
2. Era necesaria una reforma, pero no de estas características
Examinando con detenimiento los dos argumentos principales que se han presentado para justificar la reforma –los imperativos de las sentencias del Tribunal Constitucional y de la normativa europea– no encontramos explicación para el recorte de derechos que se ha introducido.
2.a. En cuanto a las sentencias del Tribunal Constitucional: En los últimos años, el Tribunal Constitucional ha emitido diferentes sentencias que obligan a la reforma de la ley vigente1 en la dirección de reconocer derechos fundamentales a todos los inmigrantes, con independencia de su situación administrativa. Valorando positivamente que se reconozcan los derechos de asociación, reunión, sindicación y huelga a los extranjeros en situación irregular, detectamos que el
No encontramos explicación para el recorte de derechos que se ha introducido. proyecto aprovecha esta ocasión para recortar otros, como los que se señalan en el apartado 5 de este documento.
2.b. Había que trasponer la normativa europea, pero no restringiendo derechos: Se argumenta que la reforma es una medida obligada porque la impone el deber de trasposición de la normativa europea en materia de inmigración. Pero los principios del Derecho comunitario sobre los mecanismos de trasposición son muy claros: las directivas de la UE son normas mínimas, es decir, que no justifican, de suyo, regresiones o recortes. Dicho de otra forma, los cambios legales deben recoger lo que es considerado como mínimo en las directivas, cuando sea necesario y cuando no exista norma nacional mejor que sea aplicable. De la misma manera, debería recoger aquellas mejoras o garantías que nuestra legislación no contemple. Por tanto, la política de la UE no obliga a ningún recorte de derechos.
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De manera especial caben destacar las siguientes Sentencias del Tribunal Constitucional: + STC 236/2007 de 7 de noviembre y STC 259/2007 de 19 de diciembre en diferentes recursos contra la Ley Orgánica 4/2000 que hacen referencia a los derechos de asociación y expresión de las personas en situación irregular. + STC de 22 de Diciembre de 2008, REC 3321/ 2007 y STC de 22 de Diciembre de 2007, REC 3319/ en materia de derechos de menores extranjeros.
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Que no te den Gato por Liebre
3. Una oportunidad que no podemos perder
La reforma debería significar una oportunidad para construir una mejor sociedad de acogida en una coyuntura de especial dificultad. En especial para:
3.1. Construir una adecuada política de inmigración: Se hace patente, hoy más que nunca, la necesidad de un Consenso Social que pueda dar lugar a un Pacto de Estado sobre el Hecho Migratorio, que permita asentar las bases para un nuevo modelo de sociedad abierta a los valores de la diversidad, la solidaridad, la participación y la integración. Ni los valores humanos pueden ejercitarse sólo “cuando las cosas van bien”, ni el reconocimiento de la dignidad de los inmigrantes puede fluctuar en función de las exigencias del mercado. No es admisible, en este sentido, un régimen de extranjería expuesto de manera cíclica a cambios de rumbo, ni que amplíe o constriña los derechos y libertades de los inmigrantes en función del ciclo económico, como si estas personas se tratasen de un bien de consumo sujeto a las leyes de la oferta y la demanda. Debemos romper esa percepción del inmigrante como mercancía, que lo asimila a una mera herramienta de
Hoy más que nunca se necesita un Consenso Social que pueda dar lugar a un Pacto de Estado sobre el Hecho Migratorio.
trabajo, y que presenta una visión reduccionista y unilateral de la migración.
3.2. Enviar a Europa un mensaje de cohesión social en tiempos de crisis: Es una oportunidad para que España, a las puertas de la presidencia española de la Unión Europea de 2010, envíe al resto de los países
E N T R E C U LT U R A S miembros de la Unión un mensaje positivo y coherente con los principios del Estado de Derecho, de la extensión universal de los derechos, de la integración y la cohesión plural.
3.3. Enviar a nuestra sociedad un mensaje integrador de alerta contra la xenofobia y el racismo: Es una oportunidad para lanzar un inequívoco mensaje a la sociedad española, y no sólo a los inmigrantes, y hacer una apuesta decidida por la cohesión y la inclusión social, desde la igualdad. Un mensaje que ataje el riesgo cada vez más visible de incremento de racismo y xenofobia, de utilización, una vez más, al inmigrante como chivo expiatorio en tiempos de crisis.
4. Sin embargo, el Proyecto expresa retrocesos
4.1. La política de inmigración se regula respondiendo a la crisis: El marco jurídico básico de la política de inmigración no puede ser decidido al albur de circunstancias coyunturales, por más que el derecho deba prestar atención a la situación social inmediata. No se puede ni se debe legislar con la vista puesta sólo en lo inmediato, como pretexto para modificar, para restringir lo que es condición de legitimidad de ese marco.
5 momento de crisis, cuando se impone la prioridad del esfuerzo por mantener el reconocimiento y garantía de los derechos de los más vulnerables. En el texto, determinados aspectos del derecho a la educación y a la vivienda se circunscriben únicamente a aquellos inmigrantes con unos determinados requisitos administrativos de residencia.Tampoco es momento para cambiar la normativa, a la baja, en lo que se refiere al derecho fundamental a la vida en familia. Y, desde luego, no es momento para incrementar sanciones que afectan a personas vulnerables ni, en un ejercicio de incomprensible dureza, castigar a quienes altruista y solidariamente acogen a familiares y amigos.
En este momento se impone la prioridad por mantener el reconocimiento y garantía de los derechos de los más vulnerables. 4.3. Refuerza la percepción del inmigrante como mercancía y, por tanto, se dificulta la integración: El texto utiliza términos como “capacidad de acogida” o “vinculación a las necesidades del mercado de trabajo”, con lo que cosifica al ciudadano extranjero no comuni-
Cartel Campaña Ferrocarril Clandestino: “La Ley de Extranjería nos hace desiguales”.
4.2. Se cambia la normativa a la baja en cuanto a garantía de derechos: Es precisamente ahora, en este
tario y se lo asimila a una mera herramienta de trabajo. Expresa una visión reduccionista y unilateral de la
E N T R E C U LT U R A S migración. Recordemos que la propia Ley regula otras muchas situaciones que tienen que ver con los extranjeros y que no están vinculadas a la actividad productiva (estancia por estudios, residencias no lucrativas, reagrupación familiar…).
4.4. Refuerza una percepción que estigmatiza al inmigrante: El endurecimiento del régimen sancionador y la ampliación del internamiento responden a una visión que estigmatiza al inmigrante, en especial al que está en situación administrativa irregular. Se fortalece la visión de la inmigración ilegal, cuando de lo que hablamos generalmente es de irregularidad administrativa. No existe delito alguno, ni el migrante es un delincuente.
El endurecimiento del régimen sancionador y la ampliación del internamiento responden a una visión que estigmatiza al inmigrante. 5. En lo concreto:
Valoramos algunos de los cambios introducidos en el texto del Proyecto, como es el de explicitar el derecho del menor a nombrar un defensor judicial en los supuestos de repatriación, o la posibilidad de que las mujeres víctimas de violencia de género puedan obtener una autorización provisional, así como el control judicial en la suspensión del internamiento.
Sin embargo, nos preocupan los siguientes aspectos de la Reforma:
6 Acceso al Empadronamiento: Se restringe todavía más el acceso al Padrón ya que a tenor de lo dispuesto en la Exposición de Motivos, en el apartado siete, se establece que cuando en la Ley aparezca la palabra “residente” o “residencia” hemos de leer autorización de estancia o residencia legal. Este mandato, aplicado al acceso al Padrón, recogido en el artículo 6.3 de la LOEX, implica directamente que los extranjeros que no estén en poder de una de estas autorizaciones, aunque esté documentado ( tenga pasaporte), no va a poder empadronarse. Por otro lado, la imposibilidad de empadronarse tiene otras consecuencias sobre el acceso, por ejemplo, a la tarjeta sanitaria o a la educación, con lo que –de hecho– se contradice el propio espíritu de la norma, que busca la extensión de los derechos fundamentales a todos los extranjeros. Esta restricción no sólo supone una merma de derechos para el ciudadano extranjero, sino también para las entidades locales y autonómicas que verán como crece su población real (y por tanto sus necesidades de recursos) sin que puedan acreditarla. Se desvirtúa el objetivo del empadronamiento, que no es otro que dejar constancia de las personas que viven en un municipio, tal y como menciona la Ley de Bases de Régimen local.
E N T R E C U LT U R A S Derecho a la Educación: El Tribunal Constitucional ha sido claro y contundente a este respecto al declarar nula la palabra “residente” de la vigente Ley de Extranjería (artículo 9.3). Se reconoce, por tanto, el derecho a la educación (obligatoria y no obligatoria) en las mismas condiciones que los españoles a los extranjeros que se encuentren en España, aunque no sean titulares de una autorización para residir. Sin embargo, la reforma limita de forma clara el acceso a la educación no obligatoria, con lo que se impediría por tanto el acceso de los menores a la educación infantil y el acceso de los mayores de edad a los estudios postobligatorios. Existe un estrecho vínculo entre educación e inclusión social. Esta limitación no sólo vulnera un derecho fundamental reconocido a todos, sino que puede conllevar además unas graves consecuencias en la construcción de una sociedad común.
Acceso a la Vivienda: La reforma plantea una nueva condición para acceder a los sistemas públicos de ayudas en materia de vivienda, al exigir la residencia de larga duración (que se obtiene a los cinco años de residencia). Esta nueva condición ha de ser examinada, no sólo desde la clave de los derechos sino desde la propia eficiencia económica y política. Las políticas de vivienda, y más en concreto las políticas sociales de vivienda, tienen por objetivo –entre otros— erradicar situaciones de infravivienda y de exclusión residencial, ordenando y facilitando el acceso a espacios normalizados. Al imponer una condición más gravosa a los extranjeros para solicitar estas ayudas, no sólo estamos mermando su derecho sino también provocando una política ineficiente, ya que el criterio deja de ser la ordenación de un espacio determinado por el del tiempo de residencia de quiénes lo habitamos.
7 Acceso a la Asistencia Sanitaria y a los Servicios y Prestaciones Sociales Básicas: Como consecuencia de la restricción en el acceso al Padrón, se vacía de contenido lo establecido en el apartado catorce del Proyecto, que modifica el artículo 12.1 de la LOEX ya que solo van a poder empadronarse los que tengan autorización de residencia y estancia, y por tanto, solo éstos van a tener derecho a la asistencia sanitaria. Del mismo modo queda limitado en el artículo 14 el acceso a los servicios y prestaciones sociales básicas (apartado dieciséis, que modifica el artículo 14 de la LOEX). Este es un clarísimo retroceso sobre la legislación vigente que, una vez más, no sólo tiene consecuencias directas para los extranjeros sino también para toda la sociedad, ya que se pone en riesgo un Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración que busca precisamente tejer una red básica de asistencia, servicios y prestaciones, al entender que esto nos beneficia a todos y que supone una medida eficiente en términos de inversión social.
Acceso al Derecho de Justicia Gratuita: Este es un derecho fundamental para todos los ciudadanos, pero que reviste una importancia vital en el caso de los migrantes, quienes, en ocasiones, ni siquiera se encuentran ya en nuestro territorio para defender sus derechos. En el proyecto se imponen al extranjero condiciones más gravosas para el acceso de ese derecho, que quiebran el principio de igualdad de trato. Así lo menciona entre otros, el informe realizado por el Consejo General del Poder Judicial. Esta modificación supone, en suma, una restricción en el acceso a los tribunales por parte de los extranjeros.
Reagrupación Familiar: Con esta reforma se restringe el derecho a la vida en familia de los migrantes al imponer un concepto de familia nuclear (padres
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Acceso a la Justicia e hijos) que limita la reagrupación de los ascendientes. Entre los meses de enero y mayo de 2008, según datos proporcionados por la propia Administración, fueron reagrupados 450 ascendientes, lo que no parece que sea una cifra alarmante que justifique un endurecimiento en las condiciones de reagrupación. Pero, además, las condiciones que se fijan son claramente desproporcionadas e injustas al imponer una determinada edad (65 años) además de exigir que estén a su cargo y que carezcan de apoyo familiar adecuado. Este claro endurecimiento reafirma la visión del migrante como elemento productivo y no como persona.
Menores-Mayores: Se han incluido algunas mejoras como el derecho del menor a ser oído y a nombrar un defensor judicial en lo que se refiere a su repatriación. Sin embargo, no se soluciona la situación de los denominados menores-mayores, que queda sujeto al desarrollo reglamentario cuando deberían regirse por el régimen general. De este modo, una vez más estaríamos siendo ineficientes en los recursos invertidos con estos menores y rompiendo la continuidad de un proceso de integración que redunda en beneficio de todos. Centros de Internamiento: Cuestionamos el aumento del tiempo de internamiento de 40 a 60 días
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porque entendemos que con este aumento ni se garantiza la efectiva expulsión del extranjero (objetivo último del internamiento) ni se aumentan las garantías de los internos. Es más, se permite la suspensión del internamiento en determinados supuestos (en caso de solicitud de asilo, hasta la admisión del Habeas Corpus). Debemos recordar que el plazo de 40 días fue fijado en su día por el Tribunal Constitucional sobre la base del Convenio Europeo de Extradición. No parece razonable que una persona que presuntamente ha cometido un hecho delictivo y está pendiente de extradición no pueda estar privada de libertad más de 40 días mientras se resuelve la misma, y que una persona extranjera, que solo está pendiente de expulsión por una infracción administrativa, pueda estarlo por más tiempo. El ingreso en los centros sigue siendo competencia de los Jueces de Instrucción Penal, lo que estigmatiza a los migrantes que no han cometido ningún delito. Dicha medida debería ser acordada por un juez de lo contencioso administrativo especialista en sancionador. El Tribunal Constitucional estableció ya en el año 1985 que las personas privadas de libertad por infracción de la Ley de Extranjería nunca podrían tener condiciones inferiores a las privadas de libertad por comisión de un hecho delictivo. De hecho, ante la falta de regulación directa, el Tribunal Supremo declaró la aplicación subsidiaria de la normativa penitenciaria a los CIES. El proyecto de Ley no mejora esta situación, que debería ser regulada por una Ley Orgánica y no mediante desarrollo reglamentario. Es necesario señalar, además, la falta de compromiso por mejorar la calidad de estos centros y las condiciones en las que seres
E N T R E C U LT U R A S humanos que no han cometido ningún delito se ven privados de libertad.
Régimen Sancionador: El proyecto de Ley endurece aun más el régimen sancionador, tanto para el migrante y para el empleador como para la propia sociedad de acogida, al incluir nuevos supuestos de sanción que debieran, en su caso, estar recogidos en otros instrumentos legales, con lo que se crea un régimen sancionador paralelo y más gravoso para los migrantes, que, además, incumple principios básicos del derecho administrativo sancionador.
Pero se sanciona también la solidaridad y la acogida mediante un nuevo supuesto: el de promover la permanencia irregular. Este supuesto es otro claro reflejo de que la Ley de Extranjería no sólo afecta a los extranjeros sino a toda la sociedad, de la que nosotros, como sociedad civil, también formamos parte.
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Las personas privadas de libertad por infracción Ley de Extranjería nunca pueden tener condiciones inferiores a las privadas de libertad por comisión de delito. Esta situación nos impulsa a CARITAS, RED ACOGE y CEAR, a expresar ante la opinión pública y los responsables políticos nuestra oposición a la aprobación de una reforma legislativa que, a nuestro entender, nos afecta a todos, pone en riesgo el futuro de inclusión que perseguimos, limita seriamente los derechos fundamentales de los migrantes y supone un retroceso en la construcción de un verdadero espacio de libertad, justicia y convivencia.
Cartel Campaña Ferrocarril Clandestino: “La Ley de Extranjería nos hace desiguales”.
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MÁS DE 500 ORGANIZACIONES APOYAN LAS CRÍTICAS DE CEAR, CÁRITAS Y RED ACOGE A LA REFORMA DE LA LOEX Equipo de Migraciones. Cáritas Española
En el siguiente texto recogemos de manera íntegra la nota de prensa que se elaboró en días posteriores a la rueda de prensa de septiembre. La nota pretendía dar a conocer frente a la opinión pública las numerosas adhesiones que se produjeron al documento de enmiendas elaborado por Cáritas, CEAR y RED ACOGE, por parte de entidades y plataformas del tercer sector, y asociaciones de inmigrantes. Madrid, 28 de septiembre de 2009.- Más de 500 organizaciones de todo el Estado se han adherido a las propuestas presentadas por Cáritas, CEAR (Comisión Española de Ayuda al Refugiado) y la Red Acoge ante la reforma de la Ley de Extranjería (LOEX), y comparten las objeciones a un proyecto que, como se señaló públicamente el pasado 16 de septiembre durante un encuentro con los medios de comunicación, “nos afecta a todos, ya que pone en riesgo el futuro de inclusión que perseguimos, limita seriamente los derechos fundamentales de los migrantes y supone un retroceso en la construcción de un verdadero espacio de libertad, justicia y convivencia”.
Hasta la fecha, han confirmado sus adhesiones la Federación Estatal de Refugiados e Inmigrantes en España (FERINE), de la que forman parte 52 organizaciones; la Coordinadora de ONG para el Desarrollo (CONGDE), que integra a más de 400 entidades de toda España; el Servicio Jesuita a Migrantes–España, del que forman parte 10 entidades de ámbito estatal; la Taula d’entitats del Tercer Sector Social de Catalunya, formada por 25 organizaciones catalanas; la Xarxa Per la Inclusió Social-EAPN Illes Balears; y la Red Navarra de la EAPN (European AntiPoverty Network), que integra a 23 entidades de la Comunidad foral. Asimismo, se han sumado a la propuesta la Unión Sindical Obrera (USO), la Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE), IEPALA, Save the Children, la Asociación Martín Fierro de Valencia y la Asociación Semilla.
Las objeciones de CEAR, Acoge y Cáritas a la reforma se detallan en un amplio argumentario que, bajo el título “CON ESTA LOEX PERDEMOS TODOS: NUESTRA SOCIEDAD RETROCEDE Y TAMBIÉN LOS DERECHOS DE LOS INMIGRANTES”, se presentó el 16 de septiembre en Madrid, la víspera del debate en el Congreso del proyecto de reforma aprobado por el Consejo de Ministros del 26 de junio. En ese documento, además de recordar las recomendaciones aportadas por estas tres instituciones a los poderes públicos en el proceso de puesta a punto de esta reforma, se identifican serias objeciones al proyecto.
Hasta la fecha, han confirmado sus adhesiones más de 500 entidades de toda España.
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CEAR, Acoge y Cáritas alertan, junto a las más de 500 plataformas y organizaciones que apoyan su posicionamiento, sobre “los riesgos de que se realicen lecturas inadecuadas de una reforma dirigidas a vincular de manera simplista, y peligrosa, crisis e inmigración”. Para todas estas entidades, el Proyecto de reforma supone un retroceso legal en toda regla por cuatro motivos fundamentales: la política de inmigración se regula respondiendo a la crisis, se cambia la normativa a la baja en cuanto a garantía de derechos, refuerza la percepción del inmigrante como mercancía y, por tanto, se dificulta la integración y alimenta una percepción que estigmatiza al inmigrante, en especial al que está en situación administrativa irregular. El emigrante no es un delincuente. “No existe delito alguno, ni el migrante es un delincuente” se asegura en el documento de propuestas liderado por CEAR, Acoge y Cáritas, que abogan por una reforma entendida como una oportunidad para alcanzar tres objetivos prioritarios: construir una mejor sociedad de acogida en una coyuntura de especial dificultad, que propicie un consenso social orientado a alcanzar un Pacto de Estado sobre el hecho migratorio y que permita asentar las bases para un nuevo modelo de sociedad abierta a los valores de la diversidad, la solidaridad, la participación y la integración.
Para las organizaciones que secundan el documento, la reforma, en vez de optar por un modelo restrictivo de derechos, debería servir para transmitir a toda la sociedad “un mensaje positivo y coherente con los principios del Estado de Derecho, de la extensión universal de los derechos, de la integración y la cohesión plural”.
CEAR, CÁRITAS Y LA RED ACOGE DENUNCIAN QUE LA REFORMA DE LA LEY DE EXTRANJERÍA APROBADA HOY EN EL CONGRESO RESTRINGE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS INMIGRANTES Equipo de Migraciones. Cáritas Española
En este apartado exponemos de manera íntegra la nota de prensa que se elaboró tras la aprobación del anteproyecto de la reforma de la ley en el Congreso, y que finalizaba con la esperanza de conseguir modificar durante el trámite parlamentario en el Senado, aquellos elementos objeto de restricción en derechos.
CEAR, Cáritas y la Red Acoge denuncian que la reforma de la Ley de Extranjería aprobada hoy en el Congreso restringe derechos fundamentales de los inmigrantes.
E N T R E C U LT U R A S Madrid, 29 de octubre de 2009.- CEAR (Comisión Española de Ayuda al Refugiado), Cáritas y la Red Acoge expresan su preocupación ante la reforma de la Ley de Extranjería aprobada esta mañana por el Pleno del Congeso de los Diputados.
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El proyecto aprobado contiene importantes restricciones que afectarán gravemente a las personas inmigrantes que viven en España.
ro, lo que objetivamente desincentivará estas denuncias. – Los artículos 53.1c) y 53.2c) establecen el aumento de las sanciones a quienes faciliten el empadronamiento de personas extranjeras en situación irregular. Esto supondrá, por ejemplo, que un sector significativo de la población inmigrante podrá ver en peligro el acceso a los recursos de la sanidad pública, en un momento de especial preocupación. – Por último, lamentamos que el artículo 62 mantenga el incremento del período máximo de internamiento en los CIE de 40 a 60 días. En las últimas semanas el intenso trabajo de sensibilización de los grupos parlamentarios realizado por estas entidades (con el apoyo de más de 500 organizaciones sociales de todo el Estado) a través de la propuesta de decenas de enmiendas al proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros ha permitido que la reforma aprobada hoy incluya alguna mejora relevante, como la posibilidad (contemplada en el artículo 62 bis.3) de que las organizaciones sociales legalmente constituidas en España puedan visitar y fiscalizar el funcionamiento de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE).
Sin embargo, en el proyecto finalmente aprobado se han incluido importantes restricciones que afectarán gravemente a las personas inmigrantes que viven en España. Cáritas, CEAR y la Red Acoge quieren llamar la atención especialmente sobre las siguientes:
– El artículo 17 restringe de manera injusta la reagrupación familiar de los ascendientes de la persona inmigrante, lo que perjudicará gravemente el proceso de integración social. – El artículo 31 bis, a pesar de las mejoras introducidas, eleva a rango legal la obligatoriedad de iniciar un expediente sancionador a las inmigrantes en situación administrativa irregular en España que denuncien ser víctimas de violencia de géne-
Interlocución con los grupos políticos en el Senado A lo largo de las próximas semanas, CEAR, Cáritas y Acoge proseguirán su interlocución con los grupos políticos con representación en el Senado para intentar garantizar que la reforma de la Ley de Extranjería atienda finalmente a los derechos de las personas inmigrantes.
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EL CONSEJO GENERAL DE CÁRITAS ESPAÑOLA ANTE LA REFORMA DE LA LEY DE EXTRANJERÍA Equipo de Migraciones. Cáritas Española
Este texto presenta de manera muy acertada nuestro posicionamiento institucional ante la Ley de Extranjería. Animando a la defensa de la dignidad de la persona, y expresando públicamente el retroceso y la pérdida que supondría para nuestra sociedad, la aprobación de una reforma con estas características. 06 de noviembre 2009: “El Consejo General de Cáritas Española ante la reforma de la Ley de Extranjería”
Desde nuestra dilatada experiencia de trabajo en el campo de las migraciones y en fidelidad a nuestra opción preferencial y evangélica por los últimos y no atendidos, los miembros del Consejo General de Cáritas MANIFESTAMOS nuestra preocupación ante el proceso de reforma de la Ley de Extranjería y los riesgos que ese proyecto legislativo entraña para el adecuado reconocimiento de los derechos y libertades de los extranjeros en España.
En coherencia con los pronunciamientos que, en el marco de una acción conjunta de incidencia pública, vienen impulsando en los dos últimos meses CEAR, Cáritas y la Red Acoge,
ALERTAMOS sobre el retroceso que puede producirse en un terreno donde distintos agentes sociales e
Nuestra preocupación ante los riesgos que este proyecto entraña para el adecuado reconocimiento de los derechos y libertades de los extranjeros.
interlocutores políticos hemos venido avanzado con no pocos esfuerzos para consensuar las bases de una auténtica política de Estado en materia de inmigración y extranjería.
NOS PREOCUPA que, urgidos por una coyuntura económica desfavorable o la premura impuesta por una agenda política, se promueva un proceso legislativo que suponga una restricción de los derechos de los inmigrantes y una vulneración de su dignidad humana al reforzar su imagen como simple mano de obra en un mercado de trabajo en recesión.
AGRADECEMOS, en este sentido, las palabras especialmente oportunas de Benedicto XVI en su última encíclica, cuando, tras recordar que “estos trabajadores no pueden ser considerados como una mercancía o mera fuerza laboral”, afirma que “todo emigrante es una persona que posee derechos fundamentales inalienables que han de ser respetados por todos y en cualquier situación” (Caritas in Veritate nº 62).
RECHAZAMOS un marco legal que suponga dar carta de naturaleza en nuestro sistema de garantías constitucionales a un modelo insolidario y discriminatorio.
Porque somos muy conscientes del coste humano que está suponiendo el actual momento de crisis para las personas más vulnerables y porque cada día constatamos en nuestra red confederal de centros y servicios de cogida el drama silencioso al que se enfrentan las víctimas de la pobreza, NOS OPONEMOS a un modelo de sociedad que discrimine entre ciudadanos de primera y de segunda o que suponga abrir un paréntesis en los valores democráticos de la acogida y la generosidad.
Porque nos reafirmamos en uno de los principios evangélicos que inspira la acción en la gratuidad de Cáritas —“Fui extranjero y me acogisteis”—,
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NO ACEPTAMOS una reforma de la LOEX que devalúe el proceso de diálogo y consenso social sobre el hecho migratorio en el que hemos participado de manera activa en los últimos años para garantizar los derechos de los inmigrantes y configurar una alternativa ante Europa de política migratoria justa y generosa.
Porque estamos trabajando para que 2010 suponga para nuestro país una auténtica oportunidad para avanzar en el horizonte de la cohesión social, aprovechando las oportunidades que la crisis nos ofrece para cambiar el modelo económico y avanzar en un cambio de valores y actitudes,
REAFIRMAMOS nuestra defensa del derecho a migrar y del derecho a no migrar, porque nuestra opción a favor del acceso universal a todos los bienes significa avanzar en el principio de solidaridad de que “si no es de toda la persona y de todas las personas, no es verdadero desarrollo” (Populorum Progressio, Pablo VI).
EXHORTAMOS a las Cáritas Diocesanas y a todos los agentes de Cáritas a mantener una actitud personal y colectiva de máxima alerta ante esta iniciativa de reforma legal, y a manifestar su compromiso activo en aquellas actividades de sensibilización e incidencia
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pública que desde nuestra Confederación se promuevan. Entre todos construimos una visión integradora de la migración, por lo que de nosotros depende que estos cambios legislativos consoliden un tipo de sociedad que no queremos.
EXHORTAMOS a un compromiso activo en aquellas actividades de sensibilización e incidencia pública que desde nuestra Confederación se promuevan. REITERAMOS, por todo ello, ante la comunidad cristiana, la opinión pública y los responsables políticos nuestra oposición a una reforma legislativa que nos afecta a todos, que difumina una memoria reciente en la que tantos de nosotros también fuimos extranjeros, pone en riesgo el futuro de inclusión que perseguimos, limita seriamente los derechos fundamentales de los migrantes y supone un retroceso en la construcción de un verdadero espacio de libertad, justicia y convivencia.
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CEAR, CÁRITAS Y LA RED ACOGE LAMENTAN LA OPORTUNIDAD PERDIDA EN LA REFORMA DE LA LOEX APROBADA HOY Equipo de Migraciones. Cáritas Española
Esta sería la nota de prensa que elaboraron las tres entidades una vez se aprobó la Ley de Extranjería. El contenido de la nota presenta muy a las claras, la valoración final que se hace del texto. Alentando a la sociedad a la defensa de las personas, y expresando públicamente la oportunidad perdida. CEAR, Cáritas y la Red Acoge lamentan la oportunidad perdida en la reforma de la LOEX aprobada hoy
Madrid, 26 de noviembre de 2009.- CEAR (Comisión Española de Ayuda al Refugiado), Cáritas y la Red Acoge expresan su decepción ante el resultado final del proceso parlamentario de reforma de la Ley de Extranjería, que se ha aprobado hoy en el Congreso. El intenso trabajo de sensibilización y presentación de enmiendas que nuestras entidades han llevado a cabo desde que el Consejo de Ministros aprobara el proyecto de ley, con el apoyo decisivo de más de 500 organizaciones sociales de todo el Estado, ha permitido que se hayan incluido mejoras en la ley aprobada hoy. Este avance ha sido posible, también, gracias al papel activo de la sociedad civil organizada, que ha expresado ante esta reforma su opción inequívoca por el fortalecimiento de las políticas de integración y la defensa del principio de igualdad de trato y derechos, especialmente en tiempos de crisis. Cáritas, CEAR y Red Acoge reconocemos el esfuerzo de los grupos políticos para incorporar al proyecto aspectos positivos que han sido fruto de esta labor conjunta de incidencia y propuesta. Lamentamos, sin embargo, que en otros muchos temas prioritarios no se hayan logrado cambios significativos y, lo que resulta más grave, que en el último tramo parlamentario se hayan introducido elementos que se contradicen con una política de inmigración auténticamente orientada a la integración. Creemos
que vincular la concesión de derechos al tiempo de residencia en nuestro país supone, de hecho, un cambio en la política migratoria y un retroceso hacia posiciones que vacían de contenido conceptos como la bidireccionalidad de la integración y el principio de igualdad de trato.
Lamentamos que no se hayan logrado cambios significativos, que contradicen una política de inmigración orientada a la integración. Entre los aspectos más negativos de la reforma destacamos los siguientes:
• Se ha introducido el concepto indeterminado del ‘esfuerzo de integración’, como si éste fuera un proceso unilateral de las personas inmigrantes, en la línea de las propuestas que empezaron hace unos años reclamando la introducción de este tipo de ‘contratos’.
• La tramitación parlamentaria ha introducido también una consideración de los menores no acompañados como inmigrantes irregulares, concediendo un margen de maniobra ambiguo a las Comunidades Autónomas para establecer acuerdos con los países de origen y la gestión de la tutela.
• Se fragiliza el acceso a los derechos, ya que se dificulta el acceso al padrón municipal con la imposición de graves sanciones a quienes faciliten de forma desinteresada la inscripción en el mismo.
E N T R E C U LT U R A S • Además, y como hemos venido señalando públicamente durante todo el proceso legislativo, se mantienen los recortes en el derecho a la reagrupación y se somete a una situación de desamparo a las mujeres extranjeras en situación irregular sujetas a procesos por violencia de género, así como el incremento de las sanciones contra la población extranjera de forma desproporcionada, que pueden llevar a su detención , internamiento o expulsión y la ampliación del plazo de internamiento hasta 60 días.
Nuestros legisladores han perdido una oportunidad inmejorable para prestar un verdadero servicio del bien común y a la causa de los derechos humanos. La reforma de la LOEX se cierra sin que haya sido posible definir un marco legal para la inmigración atento al amplio consenso social que ha venido expresándose a través de las organizaciones y movimientos ciudadanos.
16 Cuando falta apenas un mes para que España asuma la Presidencia semestral de la Unión Europea, CEAR, Cáritas y Red Acoge llaman a la responsabilidad personal en la construcción de una sociedad más plural, más rica, que recupere aquellos valores que todos podemos aportar, para avanzar en el horizonte de la cohesión social y poder caminar hacia un cambio de valores y actitudes. Un modelo en el que las personas migrantes, sean reconocidas como ciudadanas en una apuesta decidida por la integración social y la aplicación universal de los derechos humanos. Desde nuestras organizaciones queremos apelar a la responsabilidad de los grupos políticos, las organizaciones sociales y toda la ciudadanía en la creación de una sociedad que apuesta por la dignidad del ser humano y sus derechos fundamentales, y por una visión integradora de la migración. Fieles a este compromiso, nuestras organizaciones seguirán trabajando para evitar que la ley de extranjería aprobada hoy sirva para consolidar un tipo de sociedad que no queremos.
Cartel Campaña Ferrocarril Clandestino: “La Ley de Extranjería nos hace desiguales”.
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OTRAS VOCES Equipo de Migraciones. Cáritas Española
En el siguiente apartado presentamos otras reacciones públicas respecto la reforma. Como no podíamos recopilar todas las que han aparecido durante el proceso de casi un año que ha durado el trámite parlamentario. Hemos seleccionado algunas voces. Estos pronunciamientos, realizados en distintos momentos, corroboran el posicionamiento de rechazo común por parte de la gran mayoría de organizaciones sociales. A continuación, presentamos una nota de prensa que elaboró a finales de Junio el Colegio de Abogados de Lleida ante el primer borrador de Anteproyecto de reforma de la Ley. Luego, sigue la nota de prensa que elaboró Amnistia Internacional en septiembre, respecto lo que era el segundo borrador de texto de la Ley. El tercer y cuarto posicionamiento fueron presentados tras la aprobación de la ley, por parte de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), y desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDH-A). Colegio de Abogados de Lleida LA COMISIÓN DE DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE EXTRANJERIA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LLEIDA ANTE EL Proyecto de reforma de la Ley Orgánica de Extranjería (LOEX) aprobado por el Gobierno en su reunión del Consejo de Ministros del 26 de junio de 2009.
El Colegio de Abogados de Lleida, como entidad representativa del colectivo de juristas comprometidos en la defensa de los derechos funadamentales de todas las personas con independencia de su origen, raza o nacionalidad, tras analizar el proceso, el contenido y la finalidad de la pretendida reforma de la Ley de Extranjeria presentada por el Gobierno Español, queremos denunciar y hacer participe al resto de la opinión pública de Lleida, las siguientes consideraciones:
• Creemos que el actual contexto socio-económico no es el idoneo para abordar una reforma de tanta trascendencia social y que afecta, no sólo a las personas inmigrantes sino a toda la sociedad, ya que se corre el riesgo de vincular de manera simplista, y peligrosa, crisis e inmigración. • No podemos admitir, un régimen de extranjería que amplíe o constriña los derechos y libertades de los inmigrantes en función del ciclo económico, como si las personas inmigrantes se tratasen de un bien de consumo sujeto a las leyes de la oferta y la demanda. • Queremos poner de manifiesto que la reforma supone un evidente y claro retroceso en el campo de los derechos y libertades que consideramos necesario denunciar y poner en alerta, como son:
E N T R E C U LT U R A S Primero.- Un mayor recorte en derechos sociales, impidiendo que el extranjero que no esté en poder de autorización de residencia o estancia pueda empadronarse. Ello supondrá la imposibilidad de acceder derechos básicos y esenciales, como son la asistencia sanitaria. Segundo.- El Proyecto de Ley de Extranjería presentado al Congreso, limita el acceso de los inmigrantes a la educación no obligatoria. La pretendida reforma no tiene en cuenta las Sentencias de nuestro Tribunal Constitucional que reconocen el derecho a la
La reforma supone un evidente y claro retroceso en el campo de los derechos y libertades. educación (obligatoria y no obligatoria) en las mismas condiciones que los españoles, a los extranjeros que se encuentren en España, aunque no sean titulares de una autorización para residir. Tercero.- El derecho a la vida en familia de los inmigrantes se restringe al imponer limitaciones a la reagrupación de los ascendientes. Entendemos que las condiciones que se imponen son claramente desproporcionadas e injustas y no obedece a ningún fundamento jurídico.
18 Cuarto.- El derecho a poder defender sus intereses ante la Justicia española, queda en entredicho desde el momento en que la reforma impone al extranjero condiciones más gravosas para el acceso a la asistencia jurídica gratuita que quiebran el principio de igualdad de trato. Quinto.- Cuestionamos el aumento del tiempo de 40 a 60 días, que puede estar privado de libertad, el extranjero, en un centro de internamiento, porque entendemos que con este incremento, ni se garantiza su efectiva expulsión, ni se aumentan las garantías de las personas privadas de libertad. No parece razonable ni justificado que una persona que presuntamente ha cometido un hecho delictivo y está pendiente de extradición no pueda estar privada de libertad más de 40 días, mientras que una persona extranjera, que solo está pendiente de expulsión por una infracción administrativa, pueda estarlo por mucho más tiempo. Sexto.- El incremento de sanciones provoca que se criminalice al inmigrante irregular. Creemos que propuestas como estas pueden favorecer sentimientos xenófobos y racistas muy presentes en las sociedades europeas. Muchas de las novedades suponen una vuelta de tuerca en la política represiva contra los extranjeros en general –y no sólo, como declara la retórica oficial, contra la inmigración irregular–. El “control de la inmigración irregular” no es lo mismo que la “lucha contra la inmigración ilegal”. Deberíamos ser más rigurosos con los términos utilizados, sino queremos colo-
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car en el punto de mira al inmigrante irregular, pues corremos el riesgo de equivocar el objetivo y perseguir a las víctimas en lugar de sancionar a los verdaderos culpables. • Por ello, desde el Colegio de Abogados de Lleida, invitamos a todos a que se posicionen frente a la reforma de la Ley de extranjería y tomen conciencia de la necesidad de construir juntos una sociedad integradora, solidaria y respetuosa con los derechos fundamentales de todas personas que viven en nuestro país. AMNISTÍA INTERNACIONAL
España / Ley de extranjería: El rendimiento económico y los conceptos vagos de seguridad nacional, por encima de los derechos humanos de los inmigrantes 21 de septiembre de 2009 Madrid.- Ante la tramitación en el Congreso de la reforma de la Ley de Extranjería, Amnistía Tu espacio de entretenimientos:
No parece razonable ni justificado que una persona que no ha cometido un hecho delictivo pueda estar privada de libertad más de 40 días. Internacional lamenta, una vez más, que no se aproveche esta reforma como una oportunidad para adecuar la legislación española de extranjería a los estándares internacionales de derechos humanos.
“Toda iniciativa de reforma legislativa debería ser plenamente coherente con los tratados internacionales de derechos humanos comprometidos por España. Sin embargo, este Proyecto de Ley sigue teniendo un enfoque más centrado en la seguridad nacional y el rendimiento económico que en la aproximación a los inmigrantes como personas que también son titulares de derechos humanos y a las que el Estado debe garantizar su protección”, afirma Esteban Beltrán, director de la organización en España.
Juguemos con los Derechos Humanos
Declaración Universal de los Derechos Humanos Artículo 7: Toda persona es igual ante la ley y tiene, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Pero…
¿Sabías que… La defensa por la vía contenciosa en los casos de expulsión, requiere la presencia física de la persona inmigrante cuando a veces esta ya ha sido expulsada?
“Si una persona pierde derechos, los perdemos todos y todas”
Ficha nº 3 / Derechos Humanos y Justicia Gratuita Campaña “Si una persona pierde derechos, los perdemos todos y todas”.
E N T R E C U LT U R A S La organización recuerda en un informe publicado hoy y titulado: “España: Análisis y Recomendaciones al proyecto de ley orgánica de reforma de la legislación de extranjería” que es perfectamente legítimo que el Estado español articule una política de control migra-
Cartel Jornadas informativas sobre la LOEX de la Coordinadora de ONG de Euskadi de apoyo a Inmigrante (Harresiak Apurtuz).
torio pero, por el contrario, no lo es que ésta vulnere muchos de los compromisos internacionales en materia de derechos humanos ya adoptados. No tener papeles es una irregularidad de carácter administrativo que, en ningún caso, debe anteponerse a las vulneraciones de derechos humanos que puedan sufrir las personas migrantes.
Amnistía Internacional ha dirigido este informe a todos los grupos parlamentarios en el Congreso, así como al Ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, solicitando una reunión en la que poder discutir las preocupaciones y recomendaciones de la organización ante esta nueva Ley.
Además, la organización recuerda al Gobierno su Plan de Derechos Humanos, aprobado en diciembre de 2008, que debe plasmarse de forma efectiva en todas sus políticas, incluidas la migratoria y de asilo.
“La organización lamenta que esta reforma, por el momento, no muestre un giro significativo en el recorte en derechos humanos de las políticas de inmigración impulsadas por la Unión Europea en los últimos años;
20 máxime cuando España deberá afrontar durante su próxima presidencia de la UE el desarrollo del programa de Estocolmo, que es una oportunidad de modificar la relación hasta ahora existente entre las políticas de seguridad e inmigración y asilo en el ámbito europeo”, asegura Esteban Beltrán. Más sombras que luces en la Ley de Extranjería Amnistía Internacional da la bienvenida a algunas de las disposiciones del Proyecto de Ley: • El reconocimiento, en cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Constitucional, de los derechos de reunión, manifestación, asociación, sindicación y huelga para los inmigrantes en situación administrativa irregular. • La incorporación de algunas garantías para las personas víctimas de trata de seres humanos como el “periodo de reflexión”. • El reconocimiento explícito del derecho del menor no acompañado a ser oído en el procedimiento de repatriación. • El reconocimiento expreso, por primera vez en la legislación de extranjería, del principio de no devolución (non refoulement). Sin embargo, la organización lamenta que esta nueva reforma no elimine obstáculos hasta ahora existentes y/o añada otros, para garantizar la protección de los derechos humanos de los inmigrantes en situación administrativa irregular en España.
Esta reforma refleja un acercamiento a las personas inmigrantes, en términos de criminalización. Entre los obstáculos, la organización destaca: Un paso atrás en materia de detención de inmigrantes irregulares. Esta reforma sigue reflejando un acercamiento a las personas inmigrantes, muchas veces, en términos de criminalización. La privación de libertad por sanciones administrativas no responde a los principios de proporcionalidad y subsidiariedad. Así, el Proyecto de Ley debería contemplar el internamiento como una medida de último recurso, procediendo a ella sólo en aquellos casos en los que el resto de medidas (por ejemplo, la retirada de pasaporte, la residencia obligatoria en un determinado lugar, la obligación de prestar fianza, entre otras) se muestren ineficaces. A ello se suma que la
E N T R E C U LT U R A S presente reforma amplíe el plazo de internamiento de 40 a 60 días; un plazo que podría ampliarse todavía más cuando la persona solicite asilo o un habeas corpus. • Continúan las garantías insuficientes para los menores no acompañados. Siguen sin respetarse de forma plena principios reconocidos en normas internacionales adoptadas por España, como el principio de interés superior del menor y el principio de no devolución cuando no existan garantías de que el menor, de ser devuelto, podrá desarrollar una vida digna. La organización muestra también preocupación por la ausencia de referencia alguna a la obligación de la Administración de informar y facilitar al menor tanto su derecho a la asistencia letrada como a solicitar asilo.
• La protección de los derechos humanos sigue en segunda línea ante los casos de violencia de género contra las mujeres inmigrante y trata. Las mujeres inmigrantes indocumentadas siguen encontrando un obstáculo legal al exigir que, con la denuncia como víctima de violencia de género, se les abra un procedimiento de expulsión. Si bien el Proyecto de Ley contempla la posibilidad de suspenderlo, se recoge un procedimiento que disuade, en muchos casos, a estas mujeres a denunciar su situación, dificultando así que salgan de la espiral de violencia en la que se encuentran. En cuanto a las víctimas de trata, el artículo que hace referencia a su situación sigue estando presidido por un enfoque que prima la seguridad y lucha contra el crimen organizado a la protección de las víctimas de esta gravísima violación de los derechos humanos. Que una víctima de trata pueda tener un permiso de residencia, sigue estando condicionado al hecho de que denuncie o colabore, además aportando datos esenciales para la investigación policial. • Los obstáculos en el acceso al derecho a la educación, el derecho a la salud y el derecho a la vivienda. Amnistía Internacional quiere recordar que la educación, la salud y la vivienda son derechos humanos reconocidos en tratados internaciona-
El texto final mantiene aspectos que inciden negativamente en el respeto de algunos derechos fundamentales de la persona.
21 les comprometidos por España como, entre otros, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Contraviniendo sus disposiciones, el Proyecto de Ley mantiene las limitaciones de acceso en el derecho a la educación a los inmigrantes mayores de edad indocumentados; condiciona el derecho a la salud al hecho de estar empadronado y oficializa las limitaciones en el acceso a las ayudas en materia de vivienda a los residentes de larga duración. Por último, Amnistía Internacional quiere señalar que la adopción de un enfoque de derechos humanos en iniciativas legislativas como ésta mejoraría la comprensión de las causas fundamentales de la inmigración: sus vínculos con la pobreza y la inseguridad, la falta de desarrollo económico y las crecientes desigualdades entre unos países y otros y dentro de los propios países.
Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) Subcomisión de Extranjería del CGAE: “La LOEX ha experimentado mejoras pero sigue sin respetar derechos fundamentales de las personas” 27 noviembre 2009
• Los expertos del CGAE lamentan que se haya desaprovechado la ocasión de elaborar una norma capaz de responder a la actual realidad migratoria
Madrid. 27/11/09. La Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española, tras la aprobación ayer en el Congreso de los Diputados de la Ley Orgánica de Extranjería, quiere destacar que el texto final, aunque ha experimentado mejoras, mantiene aspectos que inciden negativamente en el respeto de algunos derechos fundamentales de la persona. Entre las mejoras que el trámite parlamentario ha introducido en su articulado, la Subcomisión de Extranjería quiere destacar las siguientes: • La redacción del contenido de algunos derechos fundamentales como los de asociación, sindicación y huelga resulta más ajustada al mandato y a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional; • Una redacción final del art. 22 referido al derecho a la asistencia jurídica gratuita, tras las enmiendas introducidas en el Senado, que pudiera salvar el contenido inconstitucional que presentaba el texto original;
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22 Subcomisión el texto “se halla excesivamente inclinado en la aplicación de conceptos meramente mercantilistas de las migraciones”.
• La regulación de la renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo y los supuestos de modificación de las mismas; • El establecimiento de mecanismos de protección en las situaciones de violencia de género, colaboración contra redes organizadas y, muy significativamente, la de las víctimas de trata de personas; • El reconocimiento de la capacidad de obrar de los menores no acompañados en los procedimientos de repatriación; • El papel integrador que deben jugar las Administraciones Públicas, incluidas las autonómicas y las locales; • La exigencia de motivación de los visados de estancia y ligeras flexibilizaciones en el régimen de inadmisiones a trámite, y el acceso de las ONGs a los centros de internamiento y la creación de un “Juzgado de Vigilancia” de estos centros.
Sin embargo, en opinión de los expertos de extranjería del CGAE, “el texto diseñado continúa orientado más al clásico control de entradas o control de fronteras que a la adopción de medidas integradoras”. Los miembros de la Subcomisión tachan de “desafortunado” que el texto no recoja de manera adecuada el fundamental principio de “igualdad y no discriminación”, que, en su opinión “debe vertebrar cualquier régimen de extranjería en un Estado de Derecho, respetuoso con los Derechos Humanos de todos”. Para la
Aspectos negativos La Subcomisión quiere recordar que en la nueva Ley de Extranjería permanecen aspectos que inciden negativamente en el respeto de algunos derechos fundamentales de la persona. Entre ellos destacan: • Es de lamentar que se haya aprovechado la adecuación del texto legal a la jurisprudencia constitucional respecto de algunos derechos para (en una especie de negativa balanza, que siempre se inclina contra el otro, el extranjero) cercenar el contenido de otros derechos; ello sucede sobre todo en los recortes al derecho a la reagrupación familiar, al acceso al padrón, a la vivienda, entre otros. • No se ha alcanzado la regulación expresa del derecho de los menores no acompañados a la asistencia letrada en los procesos que puedan llevar a su “repatriación”. • Una incorrecta interpretación de las medidas de control de la inmigración irregular ha llevado a la incorporación de nuevos supuestos sancionadores que pueden percibirse como un paso más hacia la criminalización de las personas inmigrantes en situación irregular y su esfera sociofamiliar. • La ampliación de hasta sesenta días, un cincuenta por ciento más que en la actualidad, del internamiento sigue pareciendo excesivo pues va más allá incluso de lo que se permite en casos de extradición penal por los tratados internacionales para personas delincuentes. Junto a ello, sí debemos subrayar como mejora destacable en el nuevo texto que ya, en ningún caso, se podrá ampliar el plazo de internamiento más de 60 días, cosa que desgraciadamente se barajó en la tramitación de esta Ley. • La regulación del derecho relativo a la educación y el acceso a becas y ayudas sigue incumpliendo el mandato del Tribunal Constitucional, discriminando a los extranjeros no residentes mayores de edad, obviando la vinculación entre educación e inclusión social. • La limitación de la reagrupación familiar de los progenitores mayores de sesenta y cinco años y el
El verdadero desafío de las políticas migratorias está en la capacidad de las sociedades europeas para regular la convivencia.
E N T R E C U LT U R A S establecimiento del requisito de residencia de larga duración del reagrupante no favorece el marco familiar en que debe producirse la integración social de los extranjeros y, por otra parte, parece contravenir el tenor de la Directiva 2003/86/CE del Consejo, de 22 de Septiembre de 2003, sobre el derecho a la reagrupación. • El cumplimiento del principio de proporcionalidad en los procedimientos sancionadores debe tener su plasmación tanto respecto de las cuantías y grados de las sanciones como de la elección de los procedimientos procedentes, preferente u ordinario, para aplicarlas, aspecto éste último en el que la Ley sigue dejando demasiado margen a la práctica habitual de los agentes policiales de optar de forma casi automática por el procedimiento preferente. • La no previsión de “vacatio legis” volverá a provocar una caótica situación en la tramitación de los procedimientos hasta la aprobación del nuevo reglamento de extranjería.
Para los expertos de extranjería del CGAE “el proceso de reforma hubiera debido servir de escenario de reflexión a todos los estamentos implicados en la regulación de la situación jurídica de los extranjeros en España, para desarrollar un Derecho de Extranjería, con vocación de permanencia y estabilidad -sea cual fuere el partido en el gobierno del Estado-, con la persona como centro de su regulación y con la firme voluntad de reconocer y garantizar los Derechos Humanos de las personas migrantes”.
23 español y europeo, que en muchos casos permanecen desde años y han venido para quedarse”.
Los expertos en extranjería del CGAE lamentan que “estemos ante una nueva ocasión fallida” que, en su opinión, “nos coloca ante el compromiso de trabajar por la elaboración de una norma que sea capaz de responder a la actual realidad migratoria y a los retos que todo ello comporta, especialmente en el ámbito de la integración”.
ASOCIACIÓN PRO DERECHOS HUMANOS DE ANDALUCÍA LA APDHA rechaza la reforma de la Ley de Extranjería Diciembre 2009 La APDH-A se lamenta de que la mayoría de los
La Ley de Extranjería culmina la cadena de despropósitos y la deriva restrictiva con la que el Gobierno ha planteado la cuestión de los derechos de personas. La Subcomisión de Extranjería del CGAE augura un “corto recorrido” al texto aprobado ya que, en su opinión, “el reto actualmente de las políticas migratorias no es precisamente el control de las entradas o control de fronteras, de ello ya se está encargando la coyuntura socioeconómica”. Para la Subcomisión del CGAE, “el verdadero desafío de las políticas migratorias está en la capacidad de las sociedades europeas para regular adecuadamente la llegada de personas y principalmente la convivencia entre personas de muy diferentes orígenes y procedencias geográficas y culturales que se encuentran ya presentes en el territorio
diputados y senadores hayan hecho oídos sordos a las peticiones planteadas desde diversos sectores y hayan aprobado, finalmente, la reforma de la Ley de Extranjería. La publicación en el BOE de la Ley Orgánica que reforma la actual Ley de Extranjería culmina la cadena de despropósitos y la deriva restrictiva con la que el
E N T R E C U LT U R A S Gobierno ha planteado la cuestión de los derechos de personas a los que la legislación actual les otorga un status jurídico de inferioridad y con un claro carácter discriminatorio.
Nos encontramos con la primera reforma que incrementa los plazos de internamiento, tal y como preveía la directiva de la vergüenza. Desde el momento en el que el Gobierno, a través de las declaraciones del ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, anunció la intención de reformar la Ley de Extranjería, se mostró que la principal motivación de la reforma era restringir los derechos de las personas migrantes. Este hecho resultaba más preocupante al tener en cuenta que partíamos desde una ley restrictiva y con un modelo migratorio utilitarista basado en una visión mercantilista del inmigrante como una mera mano de obra. En este sentido, otro dato a tener en cuenta en el análisis de la reforma de la Ley es el momento en el que se planteó. En una situación de crisis como la actual, acometer la reforma de una materia sensible como los derechos reconocidos a los extranjeros en España deja traslucir un mensaje de rechazo y genera un clima de opinión que podría afectar a las relaciones
24 que se establezcan entre población inmigrante y no inmigrante, y a la percepción que ésta tenga de aquélla y viceversa.
El texto se basa en el modelo de inmigración legal y ordenada y lucha contra la inmigración ilegal, modelo que ya ha demostrado reiteradamente su fracaso, además de haber provocado graves violaciones de los derechos humanos. El texto tiene mucho de represión y control y muy poco de integración. La reforma de la ley, de haber sido necesaria, lo hubiera sido para recoger los derechos reconocidos por el Tribunal Constitucional y plantear un nuevo modelo migratorio, en el que el inmigrante fuera abordado, en primer lugar, desde su condición de ser humano y ciudadano, con el reconocimiento de los derechos que le son inherentes por tales hechos. Pero nunca para plantear nuevas restricciones de sus derechos. El ejemplo paradigmático lo encontramos en el incremento de los plazos de internamiento de los extranjeros en los Centros de Internamiento. La modificación del párrafo 2º del artículo 62 determina un incremento de los plazos de detención de los inmigrantes hasta un máximo de 60 días, lo que supone un aumento de un 33%.
Partiendo de nuestra oposición frontal a la aberración jurídica que supone la privación de libertad para personas a las que se les imputa una simple falta administrativa, este incremento supone agravar aún más si cabe esa aberración. Esta iniciativa se enmarca en la dinámica que deriva de la Directiva Retorno de plante-
Cartel Campaña Ferrocarril Clandestino: “La Ley de Extranjería nos hace desiguales”.
E N T R E C U LT U R A S ar una radicalización de la persecución de los inmigrantes. No existe justificación defendible de esta ampliación que no pueda justificar otras ampliaciones posteriores sin límite conocido.
La reagrupación de los progenitores es un elemento trascendental para la inserción social de las personas que viven en nuestro país. Dos meses encerrados en lugares en los que el tratamiento roza lo inhumano, tal y como recuerda año tras año el Defensor del Pueblo, supone una consagración de la violación de los derechos humanos hacia las personas de otras nacionalidades y reitera una tendencia que se aprecia en la normativa europea. A pesar de que en el momento en el que se aprobó la Directiva de la Vergüenza el Gobierno se apresuró en afirmar que no resultaría aplicable en España, a los pocos meses nos encontramos con la primera reforma que incrementa los plazos de internamiento, tal y como preveía aquella norma.
Lo anterior forma parte del espíritu restrictivo que preside la reforma y que se manifiesta en innumerables detalles. Por ejemplo, la elevación de los importes de las sanciones impuestas o el incremento del número de conductas consideradas como infracciones, algunas de ellas con serios riesgos de sancionar conductas enmarcables en la mera solidaridad humana, tan necesaria en unos tiempos difíciles como éstos. Ni siquiera en las modificaciones forzadas por el reconocimiento de los derechos fundamentales que las sentencias del Tribunal Constitucional de finales del año 2007 habían realizado, la reforma tiene un carácter suficientemente amplio. El ejemplo es el de la regulación que, de acuerdo al artículo 9 de la LOEX, se realiza del derecho a la educación que no es reconocido como tal para las personas extranjeras mayores de 18 años, poniéndose de relevancia, de nuevo, el planteamiento restrictivo.
Lo mismo cabe señalar con respecto a la modificación del artículo 17.1.d), que sólo posibilita la reagrupación familiar de los progenitores de los extranjeros que sean mayores de 65 años. Nos encontramos con otra de esas reformas con un componente restrictivo y que carecen de fundamentación Se sitúa en la peligrosa línea de restringir derechos porque sí, sin una lógica que determine o justifique la restricción más que
25 la de transmitir el mensaje de que se está controlando el fenómeno migratorio.
La reagrupación de los progenitores de los extranjeros es un elemento trascendental para la inserción social de las personas que viven en nuestro país al permitirles generar núcleos familiares amplios, similares a los que mantienen en sus países de origen. Además, los “abuelos” son fundamentales para la educación de muchos menores hijos de inmigrantes que por la realidad del mercado laboral actual no pueden estar acompañados de sus padres todo el tiempo necesario. Sin embargo, a todas estas familias se les va a dificultar su vida en España con esta reforma arbitraria.
El trámite parlamentario no sólo no ha mejorado el proyecto presentado, sino que en muchos casos lo ha empeorado. Un ejemplo claro se encuentra en la incorporación de una nueva cláusula dentro de las condiciones que se exigen para la renovación de la autorización de residencia temporales. Las enmiendas parlamentarias han incorporado una cláusula de discrecionalidad a la hora de tramitar estas renovaciones posibilitando la denegación de estas renovaciones porque el extranjero deje de cumplir sus obligaciones tributarias o de seguridad social. Una muestra más de la concepción mercantilista de la vida del extranjero que planteaba la ley anterior y que se acentúa con la reforma introducida.
Igualmente, los Menores Extranjeros No Acompañados (MENA) sufren un nuevo recorte en sus derechos. La posibilidad de que se pueda expulsar a un menor a otro país, pero no para que se reagrupe con sus familiares, sino para entregarlo a los servicios de acogida de ese otro Estado, supondrá en la práctica totalidad de los casos una clara conculcación del principio del interés superior del menor que debe ser el eje central de la actuación pública en este tipo de materias.
También la nueva regulación de la legitimación en los procedimientos contencioso-administrativos va a dificultar el ejercicio de los derechos de los extranjeros en España, puesto que se les obligará, en los supuestos de expulsión, devolución o denegación de entrada, a desplazarse hasta el Consulado español en su zona para ratificar su intención de recurrir, algo que está al alcance de muy pocos y más aún teniendo en cuenta el deficiente funcionamiento de la Administración consular española, un cuestión que la reforma deja sin tratar. Tampoco afronta la reforma la solución del problema que se les plantea a las mujeres extranjeras en situación irregular víctimas de violencia de género. Se da la paradoja de que, precisamente el día después de
E N T R E C U LT U R A S conmemorar el día mundial contra la violencia contra las mujeres, el Congreso aprobó una ley que no va a ofrecer cobertura suficiente a las víctimas de la violencia machista puesto que, para estas mujeres inmigrantes en situación irregular, presentar una denuncia ante la Policía seguirá suponiéndoles la apertura de un procedimiento de expulsión en su contra.
Ello porque en toda la reforma que se ha aprobado no se ha tenido en cuenta precisamente a sus hipotéticos destinatarios, la población inmigrante. Y en este sentido, parece evidente que no ha habido una verdadera preocupación por basarse en la realidad de la migración en nuestro país, en cuál es su grado de estabilidad y asentamiento, cuáles son sus aspiraciones y en qué circunstancias se encuentran, así como en la diversidad que impide hablar de inmigrante como categoría homogénea y monolítica.
Las necesidades de la población inmigrante hoy en España tendrían más que ver con medidas que suponen Tu espacio de entretenimientos:
26 reconocimiento, igualdad de trato y de oportunidades que con cuestiones relativas al control de su estancia.
El trámite parlamentario no sólo no ha mejorado el proyecto sino que en muchos casos lo ha empeorado. Es por todo ello por lo que la APDHA manifiesta su clara oposición a la reforma efectuada, así como a la propia Ley inicial en la que se sustenta. Y reafirma su compromiso, en tanto que organización defensora de los derechos humanos, en seguir luchando para que le sean reconocidos de forma plena a los migrantes tanto en todo su proceso migratorio como en cuanto ciudadanos de plenos derechos en nuestra sociedad.
Juguemos con los Derechos Humanos
Declaración Universal de los Derechos Humanos Artículo 3: Toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona, pero…
¿Sabías que… Una mujer inmigrante que no tenga permiso de residencia y sufra malos tratos, al denunciarlos, inmediatamente se le iniciará un procedimiento de expulsión?
“Si una persona pierde derechos, los perdemos todos y todas”
Ficha nº 2 / Derechos Humanos y Maltrato Campaña “Si una persona pierde derechos, los perdemos todos y todas”.
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¿QUÉ SE HA MOVIDO EN NUESTRA SOCIEDAD? Equipo de Migraciones Cáritas Española
A continuación queríamos presentaros distintas iniciativas que se han llevado a cabo en el territorio respecto la reforma de la Ley: Campaña “CAMPAÑA AQUÍ NO SOBRA NADIE”. La coordinadora de ONG de Euskadi de apoyo a Inmigrantes (Harresiak Apurtuz) ha realizado una campaña “Aquí no sobra nadie” que supuso un trabajo muy intenso. Destacamos como en la participación de la Campaña participaron más de 100 entidades de Euskadi en el trabajo con inmigrantes, resaltamos la labor de Cáritas Diocesana de Bilbao. En el marco de la campaña mantuvieron reuniones con algunos responsables de partidos políticos autonómicos con representación en el Congreso. También desarrollaron materiales, dossieres de prensa, carteles, e incluso varias concentraciones en contra de la reforma. Se formó una Comisión Técnica que en representación de la Coordinadora de ONG de Euskadi mantuvo las siguientes reuniones:
• 10 de julio: Reunión con el PSOE en la sede de Harresiak Apurtuz • 20 de julio: Reunión con UPyD en el Parlamento Vasco • 16 de julio: Reunión con el PNV en la Sabin Etxea • 17 de Agosto: Reunión con ARALAR en la sede de Harresiak Apurtuz • 15 de Julio: Reunión con EZKER BATUA BERDEAK en la sede del partido.
Campaña “Queremos una ley de extranjería Justa y Humana”. La Cáritas Diocesana de Canarias realizó una Campaña de sensibilización y denuncia ante la reforma de la Ley. Partieron de la necesidad de información en la diócesis ante la reforma, el Delegado Episcopal presentaba la Campaña “Queremos una ley de extranjería Justa y Humana”. Lanzando una carta al voluntariado, comunidades y ciudadanía en general que presentaba la Campaña, y para la que elaboraron diversos materiales:
Cartel sobre la Campaña “Aquí no sobra nadie” de la Coordinadora de ONG de Euskadi de apoyo a Inmigrante (Harresiak Apurtuz).
carteles, dípticos, cuñas de radio, spots, y guiones litúrgicos. Finalmente, señalar como todo este trabajo se articulo dentro de una estrategia que buscó coordinar acciones con el conjunto de organizaciones que trabajan con migrantes en Canarias. Desarrollando con ellos jornadas de formación y concentraciones en contra de la reforma.
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Cartel Campaña CD Canarias: “Queremos una Ley de Extranjería Justa y Humana”. Campaña “Si una persona pierde derechos, los perdemos todos y todas”. La Cáritas Diocesana de Salamanca, APRAMP y la RED ACOGE han elaborado una Campaña aprovechando la Declaración Universal de los derechos humanos y el Día Internacional del Migrante, que buscaba sensibilizar sobre aspectos centrales en la vulneración de derechos humanos en la actual reforma de la Ley de Extranjería. La campaña se acompañó de diversos materiales: fichas diarias enviadas por correo electrónico que explicaban los derechos vulnerados; cuñas radiales; blogs; y todo este trabajo también se coordinó con las asociaciones de migrantes que se encuentran en Salamanca. Por último, indicar que también desde la Cáritas Diocesana se realizó una rueda de prensa sobre los retrocesos de la reforma que tuvo gran eco en la prensa local. Campaña “Salvemos la Hospitalidad”
Durante el trámite parlamentario surgió una Plataforma ciudadana que hizo circular una Campaña vía correo electrónico que se denominó “Salvemos la hospitalidad”, y que pretendía articular una respuesta
a la precarización de valores como el de hospitalidad y solidaridad, que se veían por el texto del Anteproyecto de Reforma de la Ley de Extranjería. Fruto de ello es que convierte en “actuación fraudulenta”, merecedora de graves sanciones, la de invitar y acoger a un extranjero por el mero hecho de que éste, unilateralmente, decida prorrogar la estancia de modo irregular en España. La Campaña tuvo un gran eco mediático.
PLATAFORMA SALVEMOS LA HOSPITALIDAD
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Ficha nº8 / Derechos Humanos y Educación Campaña “Si una persona pierde derechos, los perdemos todos y todas”. Campaña “Para que el derecho no se detenga a las puertas de los CIES”
El Grupo de Inmigración y sistema penal compuesto por profesores de Derecho del ámbito universitario articularon una campaña vía correo electrónico que
pretendía denunciar el período de alargamiento que se establecía en la reforma de la ley. Fruto de la presión social del primer borrador se logró modificar que se suspendiese el cómputo del período de internamiento cuando se interponía un habeas corpus o se solicitaba asilo. Sin embargo, siguió peleándose durante todo el
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Cartel Campaña Ferrocarril Clandestino: “La Ley de Extranjería nos hace desiguales”.
trámite parlamentario para que no se alargase la ampliación del plazo de internamiento. Marchas en contra de la Ley de Extranjería.
Señalaros que también se desarrollaron de manera simultánea varias manifestaciones en contra la reforma de la LOEX el 17 de Octubre. La acción fue de carácter estatal, para lo que se prepararon acciones en diversos puntos de la geografía española: Barcelona,
Bilbao, Burgos, Madrid, Málaga, Valencia, etc. Ésta movilización estatal en contra de la reforma de la Ley de Extranjería la impulsó la Red Estatal por los Derechos de los y las Inmigrantes (REDI) y estaba abierta a la participación de todas aquellas organizaciones, colectivos y plataformas que querían sumarse a la misma. En algunas ciudades estas marchas contaron con el apoyo de las Cáritas Diocesanas, por ejemplo: Bilbao y Burgos.
Mapa de las Marchas en España; REDI
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Cartel Marcha en Burgos. La Marcha por la igualdad.
El 23 de Septiembre un grupo de inmigrantes salía desde Barcelona dirección Madrid marchando para denunciar la restricción en derechos que supondrá la reforma de la Ley de Extranjería. Durante prácticamente un mes varios cientos de inmigrantes estuvieron caminando, llegando a Madrid el 25 de Octubre. La marcha se conoció como “La marcha por la Igualdad”, y la treintena de personas que la componían, iban explicando en las distintas localidades por donde pasaban las reivindicaciones de los más de 200 colectivos en representación de los que marchaban. Otras muchas:
Finalmente, señalar que sabemos se han producido
muchas más acciones, pero únicamente tenemos espacio para rescatar aquellas que hemos considerado nos puedan aportar más de enseñanza. No obstante, sabemos que no están todas las entidades e iniciativas que han aportado su grano para hacer granero. Por eso queremos agradecer a todas las entidades y organizaciones que han arrimado el hombro en esta lucha, especialmente, a las veinte (20) Cáritas Diocesanas que han desarrollado distintos tipos de acciones en clave de denuncia y sensibilización durante estos meses, y que han sido: Albacete, Barcelona; Bilbao; Burgos; Calahorra – Logroño; Canarias; Ciudad Real; CoriaCáceres; Getafe; Huelva; Ibiza; Mallorca, MéridaBadajoz; Salamanca; Segovia; Segorbe Castellón; Sevilla; Tui-Vigo; Valencia.
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Foto Marcha por la Igualdad; 25 de Octubre 2009.
Ê Sin olvidar de rellenar los datos en la parte posterior: Envíen, por favor, este boletín, “Entre Culturas”, a las siguientes personas y/o entidades (no se olviden de indicar nombre, dirección completa y número de teléfono):
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....................................................................................................................................................................................................................................... Dirigir la correspondencia a: Cáritas Española - Programa de Inmigrantes San Bernardo, 99-bis. 28015 - Madrid (España) - Teléfono: 91 444 10 34 sbarciela.ssgg@caritas.es - web: www.caritas.es