Revista Derechos de la Niñez, Adolescencia y Tercera Edad

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INDICE Bloque 1 Derechos de la Niñez Bloque 2 Protección Jurídica de la niñez Bloque 3 Derechos de las personas de la tercera edad Bloque 4 Escala conflictual

págs 4 -11 12 - 18

19- 27 28 -34


Directorio

200612732 Gricelda Liseth Cosigua Ramírez Diseño Bloque 2, Directorio e Índice 201221081 Carla Yanet Castro Girón Diseño Bloque 4, propaganda de la facultad y segmento informativo de la Universidad. 201906566 Julissa Jasmin Hernández López Diseño Bloque 1, portada y contraportada 201907479 Elisza Yanett Rodríguez Olivares Diseño Bloque 3, parte de diversión , anuncio publicitario, género periodístico (comentario de actualidad nacional)


BLOQUE 1

DERECHOS DE LA NIÑEZ


DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO 20 DE NOVIEMBRE DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ

LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE GUATEEMALA DECRETO NÚMERO 27-2003


LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Artículo 2: se considera niño o niña a toda persona desde su concepción hasta que cumple trece años de edad, y adolescente a toda aquella desde los trece hasta que cumple dieciocho años de edad.


CHOS DE LA NIÑEZ DERE

ART. 9 DERECHO A LA VIDA

ART. 10 DERECHO A LA IGUALDAD

ART. 11 DERECHO A LA INTEGRIDAD PEERSONAL ART. 12 DERECHO A LA LIBERTAD

ART. 14 DERECHO A UNA IDENTIDAD ART. 15 DERECHO AL RESPETO ART. 17 DERECHO A LA PETICIÓN


ART. 18 DERECHO A LA FAMILIA ART. 36 DERECHO A LA EDUCACIÓN

DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON DISCAPACIDAD


Z IÑE

MOS INTERN S I AN

AN POR LA N VEL

ALES QU N O I E AC

ORG

Gracias a todos los movimientos ocurridos a lo largo de la historia de los Derechos Humanos, muchos países son particípes en la defensa de estos , tanto nacional como internacionalmente. 1. 2. 3. 4. 5.

Alianza Internacional de Cooperación sobre el Trabajo Infantil en la Agricultura. Plan Internacional Refugio de la Niñez Payasos sin Fronteras Fundación Sociedad Protectora de los Niños


INSTITUCIONES GUATEMALTECAS

QUE VELAN POR LA NIÑEZ ¿SABES QUÉ ES UNA ORGANIZACIÓN GUBERNAMENTAL?

Se trata de entidades de iniciativa social y fines humanitarios, que son independientes de la administración pública y que no tienen afán lucrativo.

ES UNA INSTITUCIÓN ESTATAL CUYA ADMINISTRACIÓN ESTA A CARGO DEL GOBIERNO

¿SABES QUÉ ES UNA ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL?


INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES Defensoría de la niñez y adolescencia 2. Procuraduría General de la Nación 3. Comisión Nacional de la Niiñez y Adolescencia 4. Secretaría contra la Violencia Sexual y Trata de Personas 5. Comisión Nacional de la Niñez y Adolescencia

INSTITUCIONES NO GUBERNAMENTALES

1. Fondo de población de las Naciones Unidas 2. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia 3. OSAR Juvenil 4. Asociación Pro Bienestar de la familia de Guatemala 5. Plan Internacional por la niñez


TAMBIÉN PUEDES UNIRTE EN


PROTECCIÓN JURIDICA DE LA NIÑEZ

B

2 E U Q O L

GO BEYOND YOUR COMFORT ZONE

ARTICULO 10. Igualdad. Los derechos establecidos en esta Ley serán aplicables a todo niño, niña o adolescente sin discriminación alguna, por razones de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional, étnico o social, posición económica, discapacidad física, mental o sensorial, nacimiento o cualquier otra índole o condición de éstos, de sus padres, familiares, tutores o personas responsables.


N Ó I C C E T O R P E A L D E Y D E L L A R G E A INT L Y Z NIÑE CENCIA S E L O D A ARTICULO 2. Definición de niñez y adolescencia. Para los efectos de esta Ley se considera niño o niña a toda persona desde su concepción hasta que cumple trece años de edad, y adolescente a toda aquella desde los trece hasta que cumple dieciocho años de edad


ARTICULO 18. Derecho a la familia. Todo niño, niña y adolescente tiene derecho a ser criado y educado en el seno de su familia y excepcionalmente, en familia sustituta, asegurándole la convivencia familiar y comunitaria, en ambiente libre de la presencia de personas dependientes de sustancias alcohólicas y psicotrópicas que produzcan dependencia.

La Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, Decreto No. 27-2003 del Congreso de la República de Guatemala (que entró en vigor a partir del 15 de julio de 2003), en el artículo 90 crea la Defensoría de la Niñez y Adolescencia. Desarrollar y dar seguimiento a los procesos de supervisión a instituciones de la administración pública que atienden los derechos humanos de la niñez y adolescencia.


Incluyen elementos de orientación general y recomendaciones para el adecuado abordaje, los principios rectores en materia de derechos humanos que constituyen la parte esencial de su respeto irrestricto, así como elementos conceptuales de aplicación general y los fundamentos legales nacionales como internacionales. Para efectos de facilitar su aplicación se incluye en forma diferenciada tres guías para la identificación, referencia y contra referencia interna y externa de casos de violencia y una guía orientadora para la detección, y referencia de casos de discriminación y racismo; acoso y hostigamiento sexual.


Dentro del mismo se encuentran los procedimientos, acciones y rutas que han de seguirse en aquellos casos en donde el Ministerio de Educación detecte que existe violencia física, psicológica, sexual o casos de maltrato contra personas menores de edad,

así como casos de acoso y hostigamiento sexual que puedan darse contra las adolescentes y las jóvenes por parte de un docente o cualquier otro trabajador del centro educativo.


para s a d i n U es n o i c a N s la e d s a l res o g e n e R m s o l e d n ó i c c e t la pro tad r e b i l e d privados El sistema de justicia de menores deberá respetar los derechos y la seguridad de los menores y fomentar su bienestar físico y mental. El encarcelamiento deberá usarse como último recurso 14. La protección de los derechos individuales de los menores por lo que respecta especialmente a la legalidad de la ejecución de las medidas de detención será garantizada por la autoridad competente, mientras que los objetivos de integración social deberán garantizarse mediante inspecciones regulares y otras formas de control llevadas a cabo, de conformidad con las normas internacionales, la legislación y los reglamentos nacionales, por un órgano debidamente constituido que esté autorizado para visitar a los menores y que no pertenezca a la administración del centro de detenciónfo


CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

LA CONVENCIÓN, A LO LARGO DE SUS 54 ARTÍCULOS, RECONOCE QUE LOS NIÑOS (SERES HUMANOS MENORES DE 18 AÑOS) SON INDIVIDUOS CON DERECHO DE PLENO DESARROLLO FÍSICO, MENTAL Y SOCIAL, Y CON DERECHO A EXPRESAR LIBREMENTE SUS OPINIONES. ADEMÁS LA CONVENCIÓN ES TAMBIÉN UN MODELO PARA LA SALUD, LA SUPERVIVENCIA Y EL PROGRESO DE TODA LA SOCIEDAD HUMANA.


Te invita: A formar parte de la gran familia HUMANISTA. Acércate al Club Deportivo los Arcos y recibe información sobre nuestra maravillosa Facultad, sobre los departamentos, escuelas y sección de la FAHUSAC proporcionando información respecto a los procesos de admisión y las carreras que ofrece la facultad.

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3 E U Q O L B

Derec ho de la de las pe rs Terce r Edaonas d


DERECHO DE LAS PERSONAS DE LA TERCER EDAD

¿SABÍAS QUE...?

El escenario más común donde ocurren múltiples formas de maltrato físico, psicológico y social, descuido y abandono de las personas adultas mayores, es en el entorno del hogar; la dimensión de dichos abusos no desmerece otras formas de maltrato y violencia sufridas por ellas y que poseen carácter estructural, como: negligencias, acciones y omisiones, por parte de agentes e instituciones estatales y estructuras sociales extrafamiliares.


·Ley de Protección para las personas de la Tercera Edad (Decreto Legislativo No. 80-96) antes: t r o p im s rtículo Algunos a Artículo I ho de c e r e d l e omueva r p y e ic t ado en ran u a c g e d o a d a a t s El E el de vid iv n n u ión, a c s a o c n u d ia e c n n a los ofrezca s le e u q encia s t e is n s a io , ic d io n r co , vestua a d n ie iv v , n integral, a ic g ló o t alimentació a , geron ic r t iá r e ervicios g s s lo y , médica o rcimient a p s e útil y , ia n c n ió e c t a is e recr una ex a r a p s io r ecesa sociales n digna.

Articulo 3 Se define como de la tercera edad o anciano ,a toda persona de cualq uier sexo, religión, raza o color que tenga 60 a ños o más de edad, a ncianos en condiciones de vulne rabilidad


Salud e d io r e t el Minis , S S G I l E pliar su cial: o m S a d n e a b id e r Segu Social d ia c n e t is s os gocen n A ia y c n a a c li s b Pú que lo a r a p a ic d mé ulo 27). íc t r cobertura A ( d salu de buena

Órganos de aplicación y vigencia

Se crea el Comité Na cional de Protección a la vejez que en conjunto con la Secretaría de O bras Sociales de la Esposa del presidente se enca rgan de promover, impulsar, co ordinar, realizar, orie ntar programas , acciones relativas al bienestar y seguridad de las person as de edad avanzada por medio del programa N acional de la Ancianid ad.


LEY DEL PROGRAMA DE APORTE ECONÓMICO DEL ADULTO MAYOR DECRETO NÚMERO 85-2005

ARTÍCULO 4 PROGRAMA

Se establece el programa de aporte económico a los adultos mayores, consistente en un aporte económico mensual por parte del Estado, para aquellas personas que según el estudio socio-económico sean elegibles.

IMPORTANTE EL APORTE ECONÓMICO ACTUAL ES DE Q500.00, PERO CADA 2 AÑOS ESTE APORTE DEBE SER EVALUADO PARA VERIFICAR SI SE PUEDE CONSIDERAR UN AUMENTO.


ARTICULO 7.* REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE BENEFICIARIO

●a) Presentar certificación original reciente de la partida de nacimiento; ●b) Identificarse con su cédula de vecindad y presentar fotocopia legalizada de la misma; ● c) Declaración jurada extendida por el alcalde municipal, gobernador departamental o notario, en la que se haga constar: i) su sobrevivencia; ii) de no haber perdido la nacionalidad guatemalteca; iii) no estar gozando de ninguna pensión o jubilación de las entidades del Estado o del sector privado; iv) no estar prestando sus servicios a ninguna dependencia del Estado o del sector privado.


·Edad (Acuerdo 2) 0 0 2 5 3 1 . o N o v i t a n r e b gu El Acuerdo Gubernativo número 135-2002, en el Artículo 3, establece que “Se encuentran en situación de riesgo, las personas de más de 60 años de edad, que sean objeto de maltrato económico, físico, psicológico, sexual, por negligencia por parte de los encargados de su guarda y custodia, ya sean estos parientes o no dentro de los grados de ley.”


SOPA DE LETRAS DERECHO DE LAS PERSONAS DE LA TERCER EDAD

Instrucciones: Encuentra las siguientes palabras y coloréalas. Maltrato Tercera Edad Ancianos Ley Derechos


Noticia PDH participa en el Encuentro de Organizaciones Juveniles en el ámbito nacional

Actual

El Defensor de la Juventud, de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), Abner Paredes, participó, el 30 de octubre, en el Encuentro de Organizaciones Juveniles en el ámbito nacional, en el que En el evento se presentaron compartió respecto de la propuestas que organizaciones situación de los derechos juveniles construyeron por la humanos de la juventud en necesidad de contar con Guatemala. políticas públicas para el reconocimiento de los derechos humanos, en torno a la ratificación de la Convención El curso de Derechos de la Iberoamericana de Derechos niñez, adolescencia y adulto Humanos de los Jóvenes y la aprobación de la Política mayor es muy importante, ya Nacional de la Juventud. que el país evoluciona, así mismo se va adquiriendo más conocimiento sobre los DDHH. Por esa razón es importante conocer leyes que amparen cada ámbito del país. Género periodístico.


BLOQUE 4 Escala conflictual


Escala conflictual

Símbolos de la paz La paloma de la paz es un símbolo muy antiguo. Aparece en el libro del Génesis y representa la paz y la reconciliación tras el diluvio universal. Creado en 1958 por Gerald Holtom, un diseñador gráfico inglés, para una campaña en apoyo del desarme nuclear, este símbolo se hizo mundialmente conocido en los años 60 a través del movimiento hippie. Este gesto, con la mano girada hacia fuera, tiene diferentes significados pero se popularizó como signo de paz durante los movimientos pacifistas posteriores a la II Guerra Mundial y, especialmente, en la década de 1960.


Indicios del conflicto

didad b. Insatisfacción o m o c n I a. Se trata de una autopercepción Es la sensación en la que una de las partes no se algo siente a gusto ante una nueva intuitiva de que o situaci n ón o se ha producido un u e u está mal, aunq cambi o delante del cual se enta cu e rs a d o n a tienen d e una sensación de pu s. e é u incert q idumb re. De estas derivan realmente de discusiones momentáneas. c. Inci dente s Pequeño s implica problemas que n resentimdiscusiones, ientos y preocup a c i o nes se tiene n en cueya que no nta dejan a un lado o se .

e. Tención rodea de se n ó ci a tu si La itudes prejuicios y act rsionando negativas disto de la otra la percepción a. parte implicad

os ntendid d. male s, suposicionem n ce a h s e la rt a p Las usa de unaaciaón o ca a te n e lm genera ón, poca compenetr a comunicaciciones diferentes de una percep ación, llegándola misma situr la percepción de la l distorsionacontexto juega un pape realidad. Eylimportante ya que ue q mu no ayuda sirens.o te n e lm a u it b ha s rumo incrementa lo

f. Crisis n ante la Las partes actúa anera situación de m en las ierd unilateral. Se pando paso buenas formas d violencia, a los insultos, larta, etc. la lucha abie


FASES DEL CONFLICTO La Incubación ES CUANDO ESTE ESTA LATENTE INCUBACIONTODAVIA NO SE MANIFIESTA

Manifestación

La Explosión

SURGEN AVISOS MUESTRAS DE INDICIOS DE QUE UNA DE LAS DOS PARTES NO SE SIENTE COMODOS CON LA SITUACION QUE VIVEN

CUANDO EL CONFLICTO EXPLOTA

Agotamiento

Resolución LA ULTIMA ETAPA SERA LA RESOLUCION DEL CONFLICTO ES DECIR LAS DOS PARTES ENCUENTRAN UNA SOLUCION CON LA QUE ESTAN DE ACUERDO

NO SIGNIFICA SOLO QUE EL CONFLICTO ENTRE EN VIA MUERTA Y SE PROLONGUE EN EL TIEMPO SINO QUE SIN ECONTRAR UNA SOLUCION EL CONFLICTO SE DA POR SOLUCIONADO


LAS TRES P’S DEL CONFLICTO 1

PERSONAS son los involucrados y afectados. Hay que reconocer qué papel desempeñan, cómo se relacionan y qué influencia tienen. Averiguar las verdaderas preocupaciones y las necesidades de fondo de la gente. No hacer del conflicto un problema personal. [sus sentimientos, emociones, autoestima, percepciones.

2

3

PROCESO es la forma en que el conflicto se desarrolla y como las partes intentan resolverlo o zanjarlo. Regularmente, intervienen las relaciones de poder (económico, acceso a recursos, control, etc.) que pueden degenerar en la amenaza como único modo de influir en otros para producir el posible cambio que mejore la situación. Intentar proponer opciones positivas que no desafíe a las partes. [trata de la manera como se toman las decisiones y de cómo se sienten las personas al respecto. Posible deterioro de la comunicación y escalada de problemas añadidos.

PROBLEMA es el hecho de divergencia entre las partes. Es necesario distinguir entre conflictos reales (aquellos que la satisfacción de una parte impide la otra) o conflictos innecesarios. [–Relativos al problema: es el asunto concreto, los temas, hechos y cuestiones que marcan las distancias entre las personas o grupos enfrentados: diferentes valores, puntos de vista.]


El 17 de septiembre de 1945, mediante el acta No. 78 PUNTO DECIMO SEXTO el Consejo Superior Universitario funda la Facultad de Humanidades y se declara aquella ocasión como “Día de la Cultura Universitaria”.



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