Universidad de Puerto Rico Recinto de R铆o Piedras
Facultad de Humanidades Programas Graduados
Reglamento de Estudios Graduados
Aprobado por la Facultad de Humanidades el 6 de octubre de 2000 Revisado por la Facultad de Humanidades el 24 de marzo de 2006 [A discutirse en la reuni贸n de la Junta Graduada del 14 de diciembre de 2012]
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ÍNDICE
REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS GRADUADOS EN HUMANIDADES Introducción Cronología de los estudios graduados en la Facultad de Humanidades de la UPRRP Abreviaturas empleadas en este Reglamento
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1. Objetivos comunes de los programas graduados en Humanidades 1.1 Misión 1.2 Visión
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2. Programas de Estudios Graduados en la Facultad de Humanidades 2.1 Programas graduado y grados académicos 2.1.1 Grados académicos en Humanidades. Características generales 2.1.2 Programas de maestría (MA y MFA) y doctorado (PhD) 2.1.3 Programas académicos conjuntos 2.1.4 Actualizaciones curriculares y de cursos, y nuevos programas 2.1.5 Modalidades e itinerarios de los programas académicos 2.1.6 Evaluación de los programas académicos de nivel graduado 2.1.7 Investigación, erudición, creación y producción profesional 2.2 Costos 2.3 Ayudas económicas 2.4 Estudiantes internacionales
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3. Bases legales de la Certificación 38 y de este Reglamento 3.1 Implantación y vigencia de la Certificación 38 y de este Reglamento
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4. Del profesorado de los programas graduados en Humanidades 4.1 Nombramiento del profesorado graduado 4.2. Profesorado de los programas graduados 4.2.1 Tipos de nombramiento 4.2.2 Directores de Tesis o Proyectos de investigación/creación 4.2.3 Lectores de Tesis o Proyectos de investigación/creación 4.2.4 Carga académica para Directores de Tesis o Proyectos de investigación/creación 4.2.5 Evaluación estudiantil al profesorado 4.3 Deberes y responsabilidades del profesorado de programas graduados 4.4 Relevo de las responsabilidades
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5. De los estudiantes de los programas graduados en Humanidades 5.1 Admisión a los programa graduados en Humanidades 5.1.1 Tipos de admisión 5.1.2 Nivel de admisión 5.1.3 Requisitos mínimos de admisión 5.1.4 Requisitos específicos de admisión 5.1.5 Requisitos de lenguas 5.1.6 Vigencia de la admisión 5.1.7 Administración de la admisión 5.1.8 Proceso de admisión 5.1.9 Calendario de admisiones 5.1.10 Lugar y modo de entrega de los materiales de solicitud de admisión 5.1.11 Admisión de estudiantes internacionales 5.2 Requisitos para obtener el grado 5.3 Cursos de nivel graduado
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5.3.1 Nivel de los cursos 5.3.2 Electivas libres 5.3.3 Calificaciones 5.3.4 Repetición de cursos medulares 5.3.5 Acreditación de cursos de otras instituciones 5.3.6 Otras disposiciones relacionadas con los cursos 5.4 Examen de grado 5.5 Candidatura al grado doctoral 5.6 Tesis de Maestría, Tesis Doctoral y Trabajo de investigación/creación 5.6.1 Tesis de Maestría 5.6.2 Tesis Doctoral 5.6.2a Comité y Director 5.6.2b Propuesta 5.6.2c Presentación y defensa 5.6.2d Entrega y publicación 5.7 Divulgación de la investigación 5.8 Normas académicas 5.8.1 Tarea académica a tiempo completo 5.8.2 Tarea académica a tiempo parcial 5.8.3 Progreso académico y retención 5.8.4 Probatoria 5.8.5 Términos para completar el grado 5.8.6 Extensión del término para completar el grado 5.6.2a Licencia de estudios 5.6.2b Prórroga 5.9 Residencia 5.10 Asesoría académica 5.11 Programa regular 5.12 Estudiantes inactivos
6. De la integridad intelectual
20 21 21 21 22 22 22 23 23 23 23 24 24 24 25 25 25 25 25 25 26 26 26 26 27 27 27 27 27
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7. De los seminarios y centros de investigación 7.1 Deberes de los seminarios y centros de investigación 7.2 Dirección de los seminarios y centro de investigación 7.3 Creación de centros y seminarios de investigación
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8. De la administración de los programas graduados 8.1 Decanos y Coordinadores 8.1.1 Decano Auxiliar de Estudios Graduados 8.1.2 Coordinador del programa graduado 8.1.3 Comité de Estudios Graduados del programa 8.2 Junta Graduada de la Facultad de Humanidades 8.2.1 Constitución 8.2.2 Deberes y responsabilidades 8.2.4 Quorum 8.2.4 Votación APÉNDICES A: Directorio de la Administración de la Facultad de Humanidades B: Directorio de los programas graduados C: Tipos de nombramiento
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INTRODUCCIÓN Los Estudios Graduados en Humanidades se han distinguido por su excelencia desde que se inauguraron en el Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico hace casi un siglo. La Facultad ofrece una amplia gama de posibilidades de estudios de postgrado con programas de doctorado en Estudios Hispánicos, Historia e Inglés, y programas de maestría en Filosofía, Gestión Cultural, Lingüística, Literatura Comparada y Traducción. Cinco nuevos programas se encuentran en vías de desarrollo, y se espera que en los próximos años la Facultad admita estudiantes doctorales en Lingüística Aplicada, Historia del Arte y Música y estudiantes de maestría en Bellas Artes (MFA), Drama/Danza (MFA), Escritura Creativa (MA) y Lenguas Extranjeras (MA). Los programas graduados del Recinto de Río Piedras son el eje alrededor del cual se forma la vida intelectual y social de la mayoría de los estudiantes de postgrado en Puerto Rico. En ellos se han fraguado numerosas comunidades de estudiosos y profesionales con una meta común de indagar y explorar los métodos y preguntas más avanzadas en las tradiciones e innovaciones en su disciplina, labor que los ha llevado a diseminar el conocimiento resultante por medio de sus publicaciones, sus tareas docentes y su desempeño en ámbitos profesionales en Puerto Rico y en el extranjero. Los estudiantes y profesores graduados de la Facultad de Humanidades del Recinto de Río Piedras se han distinguido por producir obras de creación e investigación que demuestran su habilidad de contribuir, con sus saberes humanísticos, de manera significativa al avance del conocimiento humano. Estas obras no solo se benefician del alto nivel de especialización que profesores y estudiantes graduados han alcanzado en su disciplina, sino que también se nutren de la conceptualización, el establecimiento y el desarrollo de colaboraciones inter-, multi- y transdisciplinarias dentro y fuera de Puerto Rico. Al conectar laboratorios con museos, bibliotecas con foros públicos y salones de clase con escenarios artísticos en ámbitos tanto puertorriqueños como caribeños e internacionales, los profesores y estudiantes graduados del Recinto demuestran su compromiso con la Universidad, con el país y con una mejor ciudadanía global. El Decanato de la Facultad de Humanidades trabaja para expandir y enriquecer la vida de estas comunidades y sus trabajos de creación, investigación y docencia en Puerto Rico y en el extranjero. Con trabajo de excelencia en las disciplinas y en colaboraciones que conocen y a una misma vez cuestionan las barreras disciplinarias, la Facultad prepara a los estudiantes graduados para un desempeño profesional óptimo al exponerlos a expertos en materias y destrezas clave para sus futuras carreras como docentes, investigadores y profesionales de las letras, imágenes, ideas, lenguas, movimiento corporal y demás medios humanísticos. La Facultad de Humanidades ya cuenta con un extraordinario elenco de egresados que se han distinguido como profesores y estudiantes en universidades y centros de investigación y creación, tanto en Puerto Rico como en el extranjero. En esta segunda década del siglo XXI los retos económicos, políticos y culturales que enfrenta nuestro país y el mundo entero exigen que la calidad de la educación graduada sea de una excelencia innegable, y que la oferta de estudios de postgrado sea una que se le presenta a los estudiantes en sintonía con la demanda de mercados de empleo y la necesidad social e individual de expertos en destrezas humanísticas. El 25 de octubre de 2012 el Senado Académico de la Universidad de Puerto Rico, Río Piedras aprobó la antaño llamada Certificación 72, titulada “Política Académica para los Estudios Graduados en el Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico” (una vez aprobada, Certificación 38). Esta nueva política culmina la labor de fortalecimiento y desarrollo de los Estudios Graduados que durante dos décadas se ha dado en el Recinto, la cual se ha enfocado en tareas de reclutamiento de profesores con interés en la creación, investigación y publicación, cuyo trabajo seguirá y complementará la extraordinaria labor docente de postgrado que ha caracterizado el Recinto desde su fundación. El presente Reglamento se entronca en las determinaciones de esta Certificación 38, y por tanto, cita un número substancioso de dichos postulados, cuando y como estos le competen a los Estudios Graduados de la Facultad de Humanidades. Luis Ortiz López Decano
María M. Carrión Decana Auxiliar de Estudios Graduados
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CRONOLOGÍA DE ESTUDIOS GRADUADOS FACULTAD DE HUMANIDADES, UPRRP 1929
Se aprueba la primera tesis de maestría en el Departamento de Estudios Hispánicos, titulada La novela en Puerto Rico (Apuntes para su historia), de Carmen Gómez Tejera
1943
Constitución formal de la Facultad. El antiguo Colegio de Artes y Ciencias se fragmenta y nacen los de Ciencias Sociales, Ciencias Naturales, Estudios Generales y Humanidades
1953
Se establece el programa doctoral en Estudios Hispánicos
1957
Se inicia la maestría en Filosofía
1963
Se inauguran las maestrías en Historia e Inglés
1965
Se inaugura la maestría en Traducción
1966
Se presenta la primera disertación en Estudios Hispánicos
1972
Se inaugura la maestría en Literatura Comparada
1973
Se inaugura la maestría en Lingüística
1987
Se inician los estudios doctorales en Historia
2000
Se inician los estudios doctorales en Inglés
20??
Se inaugura la maestría en Gestión Cultural
2012
El PGL aprueba la propuesta para un doctorado en Lingüística Aplicada
2012
El Departamento de Bellas Artes aprueba la propuesta para un MFA en Bellas Artes
2012
El Departamento de Drama/Danza desarrolla la propuesta para un MFA en Drama/Danza
2012
El PREI desarrolla una propuesta para un MA en Redacción Creativa
2012
El Departamento de Historia del Arte desarrolla una propuesta para un doctorado en Historia del Arte
2012
El Departamento de Música desarrolla una propuesta para un doctorado en Música ABREVIATURAS EMPLEADAS EN ESTE REGLAMENTO
CES: Consejo de Educación Superior SA: Senado Académico de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras JS: Junta de Síndicos DEGI: Decanato de Estudios Graduados e Investigación OR: Oficina del Rector del Recinto de Río Piedras
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REGLAMENTO 1. Objetivos comunes de los programas graduados en Humanidades Los programas graduados de la Facultad de Humanidades promueven: . El estudio abarcador y profundo de las humanidades y sus áreas afines. . La investigación rigurosa, el análisis crítico independiente y la creación de excelencia en todas las áreas de estudio que integran los programas graduados de la Facultad de Humanidades. . La formación de especialistas y profesionales en letras, imágenes, sonido, movimiento, lectura, escritura, pensamiento, principios y gestión cultural y lenguas, por demás conocedores de la sociedad puertorriqueña y al servicio de ella; comprometidos, a su vez, con la interacción humanística en su proyección internacional, global y universal.
1.1
Misión
Los programas graduados de la Facultad de Humanidades propician la formación de estudiosos y profesionales comprometidos con los retos de la sociedad puertorriqueña, caribeña y latinoamericana, en un contexto universal. Promueven el cultivo de los saberes humanísticos mediante el estudio riguroso y profundo, la investigación intensiva, el análisis crítico independiente y la creación. Ofrecen un ambiente formativo diverso, abierto a la libre discusión de ideas y a la educación integral del estudiante, tanto en su dimensión individual como social. Como todos los programas graduados del Recinto, los de la Facultad de Humanidades se guiarán por la misión del Recinto y se caracterizarán por su excelencia en la formación académica y profesional de los estudiantes graduados, por su contribución al desarrollo y actualización de las disciplinas/saberes, la divulgación del trabajo intelectual y sus aportaciones a la sociedad puertorriqueña y su entorno geográfico. Los estudios graduados en Humanidades, como todos en el Recinto, se guiarán por los siguientes principios rectores: . Mantendrán los más altos estándares de excelencia académica, se actualizarán continuamente para garantizar su relevancia y estarán orientados a la producción de nuevos conocimientos mediante la investigación, erudición, creación, producción profesional y la divulgación. . Mantendrán un balance entre la profundidad y la amplitud en el estudio de las disciplinas y en la diversidad de contenidos y especialidades. . Trascenderán los lindes disciplinarios sin dejar de enfocarse en problemas específicos a un área de estudio. . Estrecharán el intercambio con los programas de bachillerato para su mutuo fortalecimiento. . Se regirán por los principios y códigos de conducta ética propios de sus respectivas disciplinas y aquellos valorados por la institución. . Propiciarán el desarrollo de comunidades de aprendizaje participativas, comprometidas con el logro de su misión, visión, metas y objetivos, alineados éstos con el Plan Estratégico del Recinto, y con una cultura de evaluación que reconoce y premia las ejecutorias excepcionales, y el uso efectivo y eficiente de los recursos. . Contribuirán al desarrollo y calidad de vida de la sociedad puertorriqueña y promoverán un sentido de compromiso con ésta en la atención a sus problemas y necesidades. Estimularán además, un profundo sentido de servicio a la comunidad en la construcción de una sociedad justa y democrática que privilegie la educación como medio para apoderar a los individuos y grupos a continuar aprendiendo a lo largo de la vida hasta alcanzar su máximo desarrollo. . Fortalecerán entre el estudiantado el conocimiento y análisis de la realidad histórico-social de Puerto Rico enmarcada en nuestra región caribeña y latinoamericana con proyección a la comunidad internacional.
1.2
Visión
Los programas están comprometidos con los estudios graduados de la más alta calidad, así como con la docencia y la investigación creadoras. Los estudios graduados en Humanidades, como todos en el Recinto, se comprometerán a observar los siguientes principios de visión académica: . En la mediad en la que sea posible, crearán espacios institucionales para el intercambio con universidades y entidades culturales, nacionales e internacionales, que contribuyan al enriquecimiento de su actividad académica, al adelanto del conocimiento y el acervo cultural.
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. Reclutarán al profesorado más idóneo y comprometido con la docencia y la productividad intelectual, y con su desarrollo académico-profesional continuo en términos teóricos, metodológicos y tecnológicos. . Fomentarán el pleno desarrollo de las capacidades de los estudiantes para la aplicación de las destrezas de análisis crítico, pensamiento sistémico, estratégico, inter y transdisciplinario, y el desarrollo de una actitud inquisitiva, emprendedora, creativa e innovadora. . Prepararán egresados con una formación intelectual amplia y diversa, autodidactas capaces de utilizar su conocimiento y liderato para transformar su entorno inmediato, con las competencias necesarias para desempeñarse con éxito en el mundo del trabajo y comprometidos con un comportamiento ético. . Fomentarán el entendimiento, respeto y tolerancia hacia la diversidad y sus diferentes manifestaciones individuales y colectivas.
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2. Programas de estudios graduados en Humanidades 2.1
Programas graduados y grados académicos
La Facultad de Humanidades recomendará el otorgamiento de grados de maestría (MA), doctorado (PhD) y certificados de postgrado en las siguientes disciplinas, según autorizados por la Junta de Síndicos y el Consejo de Educación Superior. Doctorado en Filosofía y Letras (PhD) Estudios Hispánicos (lingüística, literatura española, hispanoamericana y puertorriqueña) Historia (Puerto Rico y el Caribe; Latinoamérica y Estados Unidos; Europa, Asia y África) Inglés (literatura y lingüística del Caribe angloparlante) Maestría en Artes (MA) Estudios Hispánicos Filosofía Gestión Cultural Historia Inglés Literatura Comparada Lingüística Traducción Certificados Certificado postmaestría de Traductor Especializado Certificado de postgrado en Lingüística Aplicada en Español 2.1.1 Grados académicos en Humanidades. Características generales Los programas académicos graduados se caracterizarán por sus enfoques académico-investigativos y profesionales. El enfoque académico-investigativo abordará problemas y preguntas para estudio desde una perspectiva teórica que cuestiona los paradigmas y métodos establecidos y aporta una propuesta innovadora y original. Por su parte, el enfoque profesional procurará establecer un balance entre la teoría y la práctica de la disciplina para dotar a los estudiantes con conocimientos y destrezas profesionales que le permitan ser productivos e innovadores en la aplicación de éstos. Los cursos graduados procurarán que los estudiantes conozcan los fundamentos teóricos y metodológicos de las diferentes especialidades a la par que estimularán los acercamientos inter-, multi- y transdisciplinarios. Además de los cursos regulares, se ofrecerán seminarios de naturaleza variada, tutorías y estudios independientes. Se requerirá que los estudiantes aprueben, por lo menos, un seminario de metodología de la investigación. Los programas académicos demostrarán que durante su estadía en dicho programa sus estudiantes adquirirán las competencias identificadas en el perfil del egresado. Las competencias de investigación/creación formarán parte del perfil y se integrarán a través de toda la secuencia curricular del programa. Todos estos programas académicos, independientemente del nivel de estudio, tendrán una misión, metas y objetivos, además de un perfil de las competencias que el estudiante poseerá al egresar del mismo. El currículo del programa se diseñará alrededor de estos elementos medulares. Cada programa debe tener establecido un plan de orientación y asesoría académica semestral para ayudar a los estudiantes a seleccionar sus cursos de acuerdo con los intereses particulares y la línea de investigación que quieren desarrollar. 2.1.2 Programas de Maestría (MA y MFA) y Doctorado (PhD) Los programas académicos de maestría y doctorado podrán existir como ofertas independientes o interdependientes. Cuando la oferta académica esté disponible en ambos niveles y con la misma especialidad, se procurará articular el currículo de ambos niveles para facilitar la transición entre ambos niveles.
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Programas académicos de maestría (MA y MFA) . Proveerán una experiencia de investigación/creación a sus estudiantes cuyo objetivo será que el estudiante demuestre que conoce los fundamentos y métodos de su disciplina de estudio y que puede aplicar los mismos para plantear o demostrar una solución viable a un problema. La experiencia de investigación/creación y la divulgación de sus resultados podrá diseñarse de diversas formas, sin ceñirse necesariamente al formato de tesis, para acomodar así las diferencias en las disciplinas o exigencias del campo profesional. . Definirán las competencias de investigación/creación que el estudiante adquirirá a través de la experiencia de investigación/creación, establecerán los criterios y rúbrica para su evaluación y el tiempo máximo para completar la misma. . Tendrán hasta un máximo de 30 créditos totales hacia el grado, lo cuales incluyen la experiencia de investigación/creación, excepto en aquellos programas que las exigencias de acreditación profesional justifiquen un número mayor. . Demostrarán que los estudiantes a tiempo completo pueden completar su grado en un término de tres años con una tasa de graduación de 50% o más, manteniendo estándares académicos de excelencia, excepto en aquellos programas que las exigencias de acreditación profesional justifiquen un número mayor de créditos. De no lograrlo, deberán revisarse para lograr que estos criterios mínimos de ejecución se cumplan. Programas académicos de doctorado (PhD) . Tendrán un énfasis marcado en la investigación/creación. Mientras sea posible, el esquema curricular de estos programas consistirá de un componente medular de cursos, viable en un término no mayor de tres años, cuyo propósito sea que el estudiante demuestre dominio de los fundamentos teóricos y metodológicos de la disciplina y que está preparado para iniciar la investigación. . Requerirán a sus estudiantes una propuesta y un trabajo de investigación/creación original que resulte en una disertación y en la divulgación de sus resultados, la cual se trabajará durante el tercer año de estudios en el PhD, a más tardar a principios del cuarto. El objetivo de esta experiencia será que el estudiante demuestre que conoce cabalmente los acercamientos teóricos y metodológicos de su campo de estudio, puede evaluarlos y cuestionarlos críticamente y puede utilizarlos o modificarlos para aplicarlos a situaciones o problemas diferentes buscando una solución o su entendimiento. Además, el estudiante deberá demostrar que posee las destrezas analíticas, técnicas y de comunicación que le capacitan para el trabajo intelectual independiente. . Definirán las competencias de investigación/creación que el estudiante adquirirá a través de la investigación doctoral, establecerán criterios y rúbrica para su evaluación y el tiempo máximo para completar la misma. . Demostrarán que pueden graduar sus estudiantes en un término de seis años con una tasa de graduación de 60% o más, manteniendo estándares académicos de excelencia. De no lograrlo, deberán revisarse para lograr que estos criterios mínimos de ejecución se cumplan. 2.1.3 Programas académicos conjuntos . Se fomentarán las alianzas entre departamentos, facultades, recintos y otras instituciones de educación superior para ofrecer programas académicos innovadores y pertinentes, que amplíen las oportunidades de estudio de los estudiantes. Estas alianzas deberán contribuir a maximizar el uso de los recursos institucionales y a la actualización y diversificación de la oferta académica. . Los departamentos y programas graduados que le ofrezcan al estudiantado estos programas coordinarán los procesos de admisión, matrícula, asesoría académica, supervisión de tesis y disertación (si aplica) y otros, de modo que el estudiante pueda graduarse en el término mínimo establecido. 2.1.4 Actualizaciones curriculares y de cursos. Creación de nuevos programas . Será responsabilidad de cada programa graduado evaluar y actualizar su currículo y requisitos de grado a la luz de los desarrollos de la disciplina, las exigencias de las acreditaciones profesionales, los resultados de la evaluación del programa y el avalúo del aprendizaje estudiantil, la demanda por el programa y las oportunidades para nuevos desarrollos académicos. Este proceso será un componente importante de la evaluación periódica del programa académico. . Toda actualización curricular, modificación de curso y requisitos, o propuesta de creación de un programa académico nuevo cumplirá con las políticas institucionales relacionadas a estos procesos y vigentes al momento de atender los mismos. 2.1.5
Modalidades e itinerarios de los programas académicos
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. Los programas académicos podrán ofrecer sus ofertas académicas en diferentes modalidades e itinerarios, entre éstas: a distancia, combinación de presencia y a distancia, en semestres y trimestres, nocturnos o sabatinos, en cohortes u otras afines a la disciplina de estudio. La modalidad o modalidades seleccionadas deberán maximizar el acceso de los estudiantes a la oferta académica disponible en el Recinto y procurar que éstos puedan completar su grado en el tiempo mínimo requerido. Las ofertas académicas mantendrán el mismo rigor académico independiente de su modalidad, y los estudiantes tendrán acceso a todos los servicios disponibles para éstos en el Recinto. 2.1.6 Evaluación de los programas académicos de nivel graduado . Los programas académicos se evaluarán periódicamente según establecido en el Plan de Evaluación del DEGI. Cada programa graduado en Humanidades preparará un Plan de Desarrollo según las guías establecidas por el DEGI para atender las áreas a mejorar o fortalecer según identificadas en el auto-estudio y la evaluación externa. Se articulará el proceso de acreditación profesional con el proceso de evaluación del DEGI en aquellos programas profesionales que así lo requieran. 2.1.7 Investigación, erudición, creación y producción profesional . El trabajo intelectual producto de la investigación, la erudición, el trabajo creativo y la producción profesional será el eje central de los programas graduados. Estas actividades académicas se realizarán dentro del marco de la libertad de cátedra, la conducta ética y las prácticas profesionales aceptadas por las disciplinas correspondientes. . El profesorado, estudiantes graduados y otro personal que participe en investigaciones o proyectos creativos serán responsables de conocer y actuar según las normas institucionales y las leyes que aplican a la investigación incluyendo, entre otras, las leyes que cobijan los sujetos humanos, los animales y la conducta responsable en la investigación. El Director/Coordinador del programa graduado, el Comité de Disertación y el supervisor/mentor del estudiante serán responsables de orientar al estudiante sobre este particular. . El DEGI proveerá adiestramientos continuos sobre las normas y leyes que regulen la investigación académica y apoyará y velará por su cumplimiento.
2.2
Costos
COSTOS (efectivos en agosto de 2012) Estudiantes nacionales Solicitud de admisión: $??.00 Matrícula: $1??.00 el crédito Cuota de mantenimiento: $??.00 por semestre Cuota de tecnología: $??.00 por semestre Seguro médico: Se requiere que todos los estudiantes tengan plan médico. Las primas de seguro médico a estudiantes se determinan según los costos del año en curso. Cuota de graduación: $??.00 pagaderos en la matrícula del semestre en el que los solicita. Ciudadanos norteamericanos no residentes en Puerto Rico Pagarán de acuerdo con la tarifa establecida para el estado donde el estudiante tiene su residencia habitual. Estudiantes internacionales (ver abajo) Los estipendios mencionados incluyen servicios de biblioteca y actividades culturales.
2.3
Ayudas económicas
La Facultad de Humanidades no tiene un programa especial de ayuda financiera para estudiantes graduados. No obstante, en agosto de 2011 se inauguró el Programa Piloto para la Docencia Universitaria, el cual contó con seis estudiantes de doctorado quienes como Teaching Assistants imparten uno o dos cursos por semestre durante tres años, bajo la mentoría y dirección de la Decana Auxiliar de Estudios Graduados y profesores en sus departamentos. El Programa fue tan exitoso que Rectoría otorgó fondos para reclutar una directora pedagógica para el grupo de estudiantes docentes, e incrementar el número de TAs, y entre 2012-2015 el grupo cuenta con 16 estudiantes graduados.
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El Decanato de Estudios Graduados e Investigación (DEGI) del Recinto de Río Piedras administra un programa de Teaching Assistants (TAs) y otro de becas (PEAFs) para terminar la redacción de la tesis de maestría o doctorado; ambos son limitados. ¿? CHCK!!!La Facultad tiene un programa complementario de ayudantes de cátedra mediante el cual, a discreción de los programas respectivos, los estudiantes de doctorado que cumplan con determinados requisitos pueden optar por desempeñarse como auxiliares de cátedra a cargo de un curso introductorio de nivel subgraduado. La Oficina de Asistencia Económica del Decanato de Estudiantes tiene un programa limitado de asistencia económica. Para mayor información diríjase a: Oficina de Asistencia Económica Decanato de Estudiantes Apartado 23353 Universidad de Puerto Rico Recinto de Río Piedras, Puerto Rico 00931-2335 http://upracd.upr.clu.edu:9090/~pael
2.4
Estudiantes internacionales
COSTOS (efectivos en agosto de 2012) Solicitud de admisión: $??.00 Matrícula: $?,???.?? por año académico a base de 8 créditos por semestre. . Cuota de mantenimiento: $??.00 por semestre Cuota de tecnología: $??.00 por semestre Seguro médico: Se requiere que todos los estudiantes tengan plan médico. Las primas de seguro médico a estudiantes se determinan según los costos del año en curso. Cuota de graduación: $??.00 pagaderos en la matrícula del semestre en el que los solicita.. OJO: ELEGIBILIDAD PARA PROGRAMAS DE AYUDA ECONÓMICA (PEAF Y TAs) Y EXENCIÓN DE MATRÍCULA PARA ESTUDIANTES INTERNACIONALES [DRA. AGNES BOSCH] La Oficina de Estudiantes Internacionales y de Intercambio los ayudará a gestionar las visas y el hospedaje en las residencias estudiantiles del Recinto, siempre y cuando se hagan los trámites con la debida antelación. No obstante, las facilidades de hospedaje para estudiantes graduados son limitadas, por lo que la mayoría de ellos vive en residencias privadas cercanas a la Universidad.
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Bases legales de la Certificación 38 y este Reglamento
Este Reglamento anula en su totalidad el Reglamento de los Programas Graduados de la Facultad de Humanidades de 2006. No obstante, los estudiantes graduados ya admitidos hasta el semestre durante el cual se apruebe el presente Reglamento [FECHA] podrán optar por completar su programa de estudios de acuerdo al Reglamento vigente cuando fueron admitidos, o hacerlo según estipula el presente Reglamento. El Reglamento de 2013 se promulga de acuerdo con los documentos siguientes: Certificación Núm. 19 (1973-1974) CES: Reglamento de Estudiantes del Recinto de Río Piedras, según enmendado Certificación Núm. 76 (1988-1989) SA: Elaboración de una Política Académica de los Estudios Graduados y la Estructura del Decanato de Programas Graduados en el Recinto de Río Piedras Certificación Núm. 64 (1989-1990) SA: Guía para la evaluación de los programas o unidades que someten informes al Senado Académico del Recinto de Río Piedras Certificación Núm. 67 (1989-1990) SA: Misión del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico Certificación 22 (1989-90) CES: Derecho de los profesores a dejar constancia de su evaluación y calificación del trabajo de los estudiantes en los récords institucionales. Certificación Núm. 115 (1990-1991) CES: Aprobación de la Propuesta del Recinto de Río Piedras de una Política Académica de los Estudios Graduados y la estructura del Decanato de Estudios Graduados e InvestigaciónDEGI (Cert. Núm. 76, 1988-89, SA) Certificación Núm. 72 (1991-1992) SA: Normas para los Programas Graduados en el Recinto de Río Piedras Circular 22 (1993-94) OR. . Formato para tesis y proyectos (1997), DEGI: Formato para las tesis o proyectos de maestría y las tesis de doctorado en el Recinto de Río Piedras, aprobado por el Consejo Asesor de Estudios Graduados e Investigación el 12 de diciembre de 1997. . Guía de tesis y proyectos (1997), DEGI: Guía para el establecimiento de procedimientos pertinentes a tesis y proyectos del Recinto Universitario de Río Piedras, aprobado por el Consejo Asesor de Estudios Graduados e Investigación el 12 de diciembre de 1997. . Certificación Núm. 24 (1996-1997) Junta de Síndicos (JS): Creación de la Categoría de Nombramiento de Profesor Adjunto en la Universidad de Puerto Rico . Certificación Núm. 50 (1997-1998) SA: Normas de Admisión, Traslado y Transferencia del Recinto de Río Piedras . Certificación Núm. 130 (1999-2000) JS: Manual de Instrucciones y Procedimientos para el Registro y Codificación Uniforme de Cursos en la Universidad de Puerto Rico . Certificación Núm. 90 (2001-2002) JS: Reglamento General de la Universidad de Puerto Rico, según enmendado . Certificación Núm. 88 (2003-2004) SA: Enmiendas a la Sección B de las Normas de Admisión, Traslado y Transferencia (Cert. Núm. 50, 1997-98, SA), sobre el otorgamiento de créditos universitarios a cursos aprobados por medios alternos . Certificación Núm. 80 (2005-2006) JS: Reglamento para la Creación de Programas Académicos de la Universidad de Puerto Rico y Guía para la Redacción de Propuestas para el Establecimiento de Programas Académicos Nuevos
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. Certificación Núm. 123 (2005-2006) JS: Plan Estratégico del Sistema de la Universidad de Puerto Rico, Diez para la Década . Certificación Núm. 40 (2005-2006) SA: Enmienda Certificación Núm. 88 (2003-04) SA, sobre el otorgamiento de créditos universitarios a cursos aprobados por medios alternos . Certificación Núm. 68 (2005-2006) SA: Plan de Avalúo del Aprendizaje Estudiantil del Recinto de Río Piedras . Certificación Núm. 43 (2006-2007) JS: Reglamento para la Evaluación Periódica de los Programas Académicos de la Universidad de Puerto Rico . Certificación Núm. 44 (2006-2007) JS: Registro de la Oferta Académica de la Universidad de Puerto Rico . Certificación Núm. 26 (2006-2007) SA: Plan Estratégico del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico, Visión Universidad 2016 . Certificación Núm. 13 (2009-2010) JS: Reglamento General de Estudiantes, según enmendado . Certificación Núm. 72 (29 de septiembre-19 de diciembre de 2011) SA: Política Académica para los Estudios Graduados en el Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico
3.1
Implantación y vigencia de la Certificación 38 y este Reglamento
La Certificación 72 fue aprobada como la Certificación 38 el 25 de octubre de 2012, en Reunión Extraordinaria del Senado Académico de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras. Entrará en vigor con su publicación y diseminación a la comunidad académica del Recinto por parte de la Secretaría del Senado. La implantación de esta Certificación 38, o Política de Estudios Graduados en el Recinto, se hará de forma prospectiva. Si un estudiante activo interesara acogerse a las normas estipuladas en esta Política podrá expresarlo y acordar por escrito y común acuerdo con el programa graduado las condiciones de tal acción. El presente Reglamento entrará en vigor cuando tanto la Junta Graduada como el claustro de la Facultad de Humanidades lo aprueben, y se publique y se disemine a la comunidad académica de la Facultad. La implantación del Reglamento se hará de forma prospectiva. Si un estudiante activo interesara acogerse a este Reglamento podrá expresarlo y acordar por escrito y común acuerdo con el programa graduado las condiciones de tal acción. Ni las normas de la Certificación 38 ni las del Reglamento serán de aplicación a los Programas Graduados sujetos a acreditación en lo que resulte incompatible con sus estándares de acreditación y las prácticas y normativas adoptadas en cumplimiento con dichos estándares. El presente Reglamento de Estudios Graduados de la Facultad de Humanidades permanecerá vigente hasta que se redacte, discuta y apruebe otro documento que lo vengan a sustituir según las bases legales que rigen dicho proceso en el Recinto de Río Piedras.
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4. 4.1
Del profesorado de los programas graduados en Humanidades
Nombramiento del profesorado graduado
El Comité Graduado de cada programa, en consulta con el Comité de Personal del Departamento, recomendará el reclutamiento de los profesores del programa de acuerdo con las necesidades del mismo y con los criterios de reclutamiento que se establecen en este Reglamento.
4.2
Profesorado de los programas graduados
El profesorado de los programas graduados es el cuerpo compuesto por los profesores que ejercen la docencia graduada en los departamentos o programas, de acuerdo con las categorías que se describen a continuación. Este claustro debe estar compuesto por profesores cualificados para ejercer en el nivel graduado. Los requisitos mínimos para cualificar a un profesor a un programa graduado son: . Grado doctoral o el grado más alto en la disciplina correspondiente, según establecido por el Reglamento General de la UPR, en sus Artículos 42 y 44. . Dominio profundo de su disciplina o campo de estudios y capacidad demostrada para: a) producir, comunicar y transferir nuevos conocimientos de forma sostenida; b) desarrollar un(as) área(s) de peritaje a través de líneas de investigación, erudición, trabajo creativo y producción profesional; c) divulgar activamente el resultado de su trabajo en revistas y editoriales reconocidas, prestigiosas y arbitradas por pares, y en otros medios legitimados por la disciplina; e d) integrar a los estudiantes graduados en la producción, comunicación y transferencia de nuevos conocimientos. El reclutamiento y contratación de profesores nuevos para ejercer en el nivel graduado se hará conforme a: el Reglamento General de la UPR; las políticas institucionales de la Universidad de Puerto Rico y del Recinto; los requisitos mínimos (los cuales formarán parte de sus compromisos contractuales) y tipos de nombramientos establecidos en la Certificación 38; y los criterios adicionales establecidos por la Facultad de Humanidades, los programas graduados y los estándares de acreditación que hayan sido incorporados en los documentos correspondientes a decisiones de personal. El Decanato de Asuntos Académicos desempeñará sus funciones reglamentarias en el reclutamiento y evaluación de los profesores y, junto al Decano de Estudios Graduados e Investigación, al Decano y el Decano Auxiliar de Estudios Graduados de la Facultad de Humanidades, serán responsables del cumplimiento de los requisitos mínimos. Para descargar estas funciones recibirán el asesoramiento del Comité de Personal de Departamentos y Facultad. Para profesores en servicio que no estén actualmente desempeñándose a nivel graduado, el Director de Departamento junto al Comité de Personal serán responsables de cualificar y recomendar a dichos profesores para el nivel graduado, según los requisitos mínimos y tipos de nombramientos dispuestos en la Certificación 38. El Director informará al Decano de la Facultad el cuerpo de profesores que formarán parte del programa graduado. La producción intelectual del profesor se comprobará cada tres años para evidenciar que éste cumple con los criterios mínimos para continuar ejerciendo en el nivel graduado. El Director de Departamento junto al Comité de Personal serán responsables por esta certificación. El Decano de la Facultad correspondiente someterá un informe anual al Decanato de Estudios Graduados e Investigación y a la Junta Administrativa, en el que evidencia la certificación de los profesores cualificados. Los profesores evidenciarán sus logros anualmente al mantener actualizada la información de sus investigaciones, erudición, trabajo creativo y producción profesional; para ello, utilizarán el medio o los medios institucionales establecidos para dicho propósito. Un profesor de un programa graduado cumplirá con todos los requisitos mínimos para ejercer en el nivel graduado. Esto se evidenciará mediante el debido proceso reglamentario. Las evaluaciones o cualificaciones que, sobre el cumplimiento con todos los requisitos mínimos establecidos en la Certificación 38 se lleven a cabo, se conducirán y
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adoptarán conforme a derecho y sin menoscabo de los derechos y garantías que el Reglamento General le reconoce al personal docente de la Universidad de Puerto Rico. El profesor del programa graduado que esté en desacuerdo con la determinación que sobre su calificación se dictamine, conforme a lo dispuesto por el inciso e, no cesará de ejercer sus funciones hasta tanto se hayan agotado y culminen los procedimientos establecidos en ley y en el Reglamento General de la UPR. 4.2.1 Tipos de nombramiento Los tipos de nombramientos de profesores que se pueden hacer son los siguientes: regulares, con nombramiento conjunto, adjuntos, colaboradores y con nombramientos especiales. Para más información sobre los tipos de nombramiento, ver el “Apéndice C” al final del Reglamento. . Profesores regulares: Profesores regulares de los programas graduados son aquellos profesores con rango mínimo de catedrático auxiliar, reconocidos y respetados en su campo de especialidad por la calidad y continuidad de sus investigaciones, publicaciones, exposiciones, producciones y otras labores creativas. Estos claustrales son nombrados para desempeñarse a tarea completa con nombramientos regulares y cualificados para ejercer en el nivel graduado y subgraduado. . Profesores con nombramiento conjunto: Profesores con nombramiento conjunto son aquellos profesores que están adscritos a más de una unidad en el Recinto o que comparten nombramientos con otros recintos del Sistema de la Universidad de Puerto Rico. Estos profesores estarán sujetos a los mismos criterios mínimos que los profesores regulares de los programas graduados. . Profesores adjuntos: Profesores adjuntos [INCISO todavía EN PROCESO DE EVALUACIÓN LEGAL?] son aquellos profesores contratados para tareas de docencia o investigación/creación por un periodo de tiempo determinado. Éstos no disfrutarán de permanencia en la unidad donde rindan sus servicios y su nombramiento será por periodos menor o igual a cinco años. Los nombramientos de profesor adjunto se podrán renovar por periodos sucesivos. Dichos profesores están sujetos a los requisitos y procesos establecidos en la Certificación Núm. 24 (1996-97) JS - Profesor Adjunto. . Colaboradores: Profesores colaboradores son aquellos profesores o investigadores adscritos a unidades académicas del Recinto, del Sistema de la Universidad de Puerto Rico y de otras universidades o instituciones reconocidas que se inviten a ofrecer cursos, conducir investigaciones, hacer obras creativas o dirigir disertaciones en los programas graduados. Para la selección de estos profesores se tomarán en cuenta los criterios mínimos que rigen a los profesores regulares del programa graduado. Hay dos categorías de colaboradores [¿se mantienen?]: . Invitados: Serán colaboradores ocasionales que podrán dictar cursos, dirigir tesis, participar como lectores en tribunales de tesis o de exámenes y cualquier otra actividad para la que se les invite. . Regulares: Serán los colaboradores habituales. Cada programa establecerá los criterios de incorporación de estos colaboradores con sus derechos y responsabilidades. . Profesores con nombramientos especiales: Profesores con nombramiento especial son aquellos profesores jubilados o profesores visitantes y conferenciantes que provienen de otras universidades, instituciones u organizaciones del país o del extranjero, y que reciben nombramientos especiales para ofrecer cursos, conducir investigaciones, hacer obras creativas o dirigir disertaciones en los programas graduados por un tiempo determinado. Dichos profesores o profesionales están sujetos a los mismos requisitos de rango o equivalencia profesional, experiencia previa (si alguna) y ejecutorias excepcionales. 4.2.2 Directores de Tesis o Proyectos de investigación/creación Los profesores que dirijan disertaciones o tesis de doctorado deberán cumplir con los requisitos siguientes: . Ser especialistas, tener peritaje o conocimiento profundo en el área a la que pertenece el tema de disertación del estudiante supervisado. . Poseer grado de doctor en la disciplina en la que habrá de dirigir la tesis o en otra disciplina afín y ser especialista en el área a la que pertenece el tema de tesis. . Haber publicado artículos en revistas profesionales evaluadas arbitradas, trabajos incluidos en antologías o actas de congresos profesionales, libros u otras obras de prestigio equivalente, durante los cinco años anteriores a su consideración como director de una tesis doctoral. . Haber realizado investigaciones en su campo y haber divulgado los resultados en conferencias, congresos u otras actividades profesionales. Además, sería deseable que los profesores: . Tengan experiencia mínima de dos años en la enseñanza graduada.
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. Hayan dirigido exitosamente tesis de maestría. . Hayan participado, en calidad de lectores, en tribunales de tesis de maestría o doctorado. El Comité de Asuntos Graduados del programa (o su equivalente) decidirá cuáles profesores son elegibles para desempeñarse como lectores en los comités de disertación. 4.2.3 Lectores de Tesis o Proyectos de investigación/creación Los lectores de tesis de maestría y doctorado serán profesores o profesionales cualificados para desempeñarse en cualquiera de las categorías establecidas en este Reglamento. Cada programa determinará requisitos particulares, de acuerdo con la especialidad. 4.2.4 Carga académica para Directores de Tesis o Proyectos de investigación/creación La carga académica de los profesores a tiempo completo cualificados para ejercer en los programas graduados será de veinticuatro créditos por año académico: doce créditos serán dedicados al trabajo intelectual y la supervisión de disertaciones. Los restantes doce créditos se destinarán a la enseñanza de cursos u otras tareas académicas. En los casos en que un profesor evidencie una producción intelectual alta, la carga académica se podrá redistribuir para otorgar un mayor número de créditos a ésta. Los profesores que alleguen fondos externos podrán utilizar éstos para aumentar el tiempo dedicado al trabajo intelectual hasta un máximo de dieciocho créditos por año académico. 4.2.5
4.3
Evaluación estudiantil al profesorado . El profesorado graduado será evaluado por los estudiantes que tomen los distintos cursos que éste ofrezca. . La evaluación estudiantil será considerada por el Comité de Personal para, junto al profesor evaluado, desarrollar herramientas que permitan mejorar la calidad de la enseñanza y del desempeño del profesorado. . Será responsabilidad del Director de departamento, oficina o dependencia a la que esté adscrito el programa graduado velar por el cumplimiento de que se evalúe al profesorado graduado en cada uno de sus cursos. . La evaluación estudiantil se hará a tono con los parámetros existentes en las facultades y con los requisitos de la Certificación 38. Los estudiantes participarán en la formulación de los instrumentos de las evaluaciones correspondientes. . Las evaluaciones de los estudiantes al profesorado que se lleven a cabo conforme a este inciso se harán formar parte de las evaluaciones que contemplan los incisos V. C. 1. e y f de dicha Certificación 38.
Deberes y responsabilidades del profesorado de los programas graduados
El profesorado de los programas graduados debe estar dispuesto a realizar las siguientes labores: . Creación y enseñanza regular de cursos y seminarios graduados . Investigación/creación, publicación y contribución intelectual en su área de especialidad . Preparación, diseño, renovación y evaluación de cursos nuevos y del currículo . Creación y utilización de nuevas estrategias de enseñanza, materiales educativos y métodos para el avalúo del aprendizaje estudiantil . Evaluación periódica de estudiantes y comunicación a tiempo de sus resultados . Participación, organización y ejecución de actividades co-curriculares . Asesoría académica y mentoría de estudiantes. . Supervisión y dirección de tesis de maestría y doctorado . Participación en tribunales de tesis y disertaciones . Preparación y corrección de exámenes de grado . Gerencia del Programa y participación en reuniones y comités . Diseño de la política del Programa . Renovación y diseño del currículo del programa . Establecimiento de las normas del Programa . Implantación y cumplimiento de normas académicas y administrativas del programa y el Recinto. Los profesores cumplirán con aquellos criterios, deberes y responsabilidades requeridos para las acreditaciones profesionales de los programas graduados, según corresponda.
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Los profesores con práctica profesional privada u otras obligaciones contraídas fuera del marco institucional vienen obligados a cumplir prioritariamente con sus obligaciones institucionales docentes y de investigación/creación.
4.4
Relevo de las responsabilidades
. El Coordinador del programa, en consulta con el Comité de Estudios Graduados del programa, podrá aprobar la solicitud de un profesor para que se le releve de sus funciones y responsabilidades como miembro del programa. . Por incumplimiento probado de los deberes, el Coordinador del programa, previa discusión con el interesado y aprobación del Comité Graduado del programa, podrá relevar al profesor de sus responsabilidades para con el programa graduado, de manera temporera o permanente. . De no estar conforme con la decisión del Comité de Estudios Graduados de su unidad, el profesor podrá apelar ante el Decano Auxiliar de Estudios Graduados de la Facultad, quien elevará el caso a la Junta Graduada; ésta, a su vez, se encargará de hacerle la recomendación pertinente al Decano de la Facultad. Agotadas las instancias apelativas de la Facultad, el profesor podrá apelar a las instancias superiores establecidas por los reglamentos de la Universidad de Puerto Rico. . El relevo de las responsabilidades de un director de tesis se decidirán por acuerdo entre el profesor y el Comité de Estudios Graduados de su unidad.
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5. 5.1
De los estudiantes de los programas graduados en Humanidades Admisión a los programas graduados en Humanidades
5.1.1 Tipos de admisión El estudiante interesado en cursar estudios graduados en la Facultad de Humanidades contará con las siguientes alternativas de admisión: conducentes a grado (regular, condicionada, diferida, readmisión) y no-conducentes a grado (estudios transitorios y permiso de estudios). Así también se podrá considerar a un estudiante de maestría para admisión al doctorado. [NOTA: La reclasificación no es un proceso de admisión. Es un mecanismo interno por el cual un programa graduado clasifica a un estudiante en el nivel doctoral una vez aprueba el examen de grado correspondiente]. . Admisión regular: Un programa graduado le concederá admisión regular al candidato quien, tras obtener un grado de bachillerato o maestría, solicita por primera vez admisión a un programa graduado de su interés. El estudiante internacional sólo puede recibir una admisión regular según las normas de inmigración federal. . Admisión condicionada: El programa graduado podrá otorgar admisión condicional a los estudiantes que no satisfagan algunos de los requisitos cuando éstos puedan cumplirse concurrentemente con la realización de los estudios graduados, en el término de su primer año. Al finalizar este año, se evaluará el expediente para asegurarse de que el estudiante haya satisfecho los requisitos pendientes. De haberlo hecho, pasará a convertirse en estudiante regular. Las condiciones a cumplir, el término y las consecuencias de no cumplir con dichas condiciones deben ser comunicadas al estudiante por escrito. Los programas graduados son responsables del asesoramiento académico a estos estudiantes y de constatar si cumplieron con las condiciones impuestas en el término estipulado. De no ser así, el programa debe dar de baja al estudiante. . Admisión diferida: La admisión diferida es un privilegio que los programas graduados pueden otorgar a candidatos talentosos que desean posponer su admisión por un semestre o un año. . Readmisión: Admisión otorgada a la persona que tras estar inactiva por un semestre o más, desea continuar sus estudios graduados en el mismo programa académico en el que había estudiado antes de la interrupción. . Admisión para estudios transitorios: Esta admisión consiste en una autorización concedida a la persona que tomará cursos para cumplir con algún requisito de admisión al programa graduado de interés. Cada programa graduado establecerá el máximo de créditos que una persona puede aprobar por este mecanismo. El mismo será concedido por un año académico con posibilidad de extender un semestre académico adicional. El programa podrá conceder admisión transitoria a los estudiantes que se encuentren en las siguientes condiciones: . Estudiantes que no puedan satisfacer la totalidad de los requisitos de admisión durante el primer año de sus estudios graduados . Estudiantes que deseen tomar cursos graduados para mejoramiento personal o profesional . Estudiantes graduados en diciembre y que tengan la intención de solicitar admisión para agosto. Estos candidatos presentarán una carta de solicitud de permiso especial al coordinador o director del programa graduado y copia oficial de su expediente académico. Para que un estudiante transitorio pueda pasar a ser estudiante regular del programa, volverá a solicitar la admisión correspondiente. De ser aceptado al programa graduado, para cumplir con los requisitos del grado se le podrá acreditar un máximo de 9 créditos tomados como estudiante transitorio, previa aprobación del Comité Graduado, o subcomité designado, del programa. . Permiso de estudios: El permiso de estudios se le otorga a la persona que no interesa admisión a un programa graduado, pero que desea completar cursos para desarrollo profesional o que proviene de otra institución (en o fuera de Puerto Rico) y desea tomar cursos graduados para regresar a su institución de origen. El permiso de estudio puede solicitarse hasta el primer día de clases. El programa graduado concederá la admisión por un semestre académico. . Admisión al programa de doctorado desde el programa de maestría: Los estudiantes sobresalientes del programa de maestría podrán solicitar la oportunidad de continuar hacia el doctorado una vez aprueben los 30 créditos y el examen de grado requeridos. El Comité Graduado, o el comité designado por éste, hará una evaluación del estudiante. Para dicha evaluación el estudiante habrá cumplido con los siguientes requisitos: . Poseer un índice académico de 3.5 en adelante. . Tener el examen de grado aprobado con sobresaliente o notable la primera vez. . Entrevistarse con el Coordinador del programa graduado o con un comité designado por el Comité Graduado. . Presentar un ensayo de investigación que será evaluado por un comité designado por el Comité Graduado. . Cumplir con cualquier otro criterio establecido por el programa.
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. Si el estudiante obtiene una evaluación satisfactoria, podrá continuar hasta completar el doctorado. Si interesa graduarse de maestría, completará la tesis o proyecto requerido y solicitará graduación. Si opta por continuar hacia el doctorado sin presentar la tesis, no obtendrá el grado académico de maestría, pero podrá optar por el grado doctoral una vez cumpla con los requisitos establecidos para éste y defienda satisfactoriamente la tesis doctoral. . Se podrá acreditar para el doctorado hasta nueve (9) créditos aprobados en exceso durante los estudios para la maestría. 5.1.2 Nivel de admisión Se admite de forma independiente para el programa de maestría o de doctorado, según los requisitos de admisión de cada programa. Un estudiante sobresaliente que cumpla con requisitos establecidos podrá continuar estudios hacia el doctorado sin tener que presentar tesis de maestría. Los estudiantes serán admitidos a la maestría y reclasificados al doctorado al cumplir con los requisitos para la candidatura al grado. El Coordinador del programa graduado será responsable de notificarle a la Oficina del Registrador la reclasificación de los estudiantes. 5.1.3 Requisitos mínimos de admisión Los requisitos mínimos de admisión, comunes a todos los programas graduados del Recinto, son los siguientes: 1. Para ser admitido a un programa académico de maestría se requerirá tener un grado de bachillerato (o su equivalente) de una universidad o colegio universitario acreditado o reconocido. 2. Para los programas académicos de doctorado se requerirá un grado de bachillerato o de maestría según los requisitos específicos del programa académico al que se solicita admisión. 3. Se requiere un índice académico mínimo de 3.00 (en escala de 4.00) en el expediente académico general y en el de especialidad. En casos excepcionales, el programa podrá admitir estudiantes con índice menor de 3:00. 4. Se requiere capacidad para comunicarse de forma oral y escrita en dos lenguas, una de las cuales debe ser el español o el inglés. 5. Se requiere haber aprobado las materias requeridas por el programa graduado correspondiente. 6. Se requiere que la solicitud incluya dos cartas de recomendación, y que además se cumpla todo otro criterio particular establecido por cada programa, tal como se estipula abajo en los “Requisitos específicos de admisión”. 7. Se requiere que el candidato posea el índice compuesto de ingreso establecido por cada programa, el cual se obtiene asignando el valor correspondiente a requisitos tales como: el expediente académico, entrevistas, cartas de recomendación, examen de ingreso, ensayo de interés, y cualquiera otro que determine el Comité de Estudios Graduados, previo al proceso de admisión. 8. El Recinto proveerá la instancia académica que determinará e informará a los programas el dominio que tienen sus estudiantes del segundo o tercer idioma (si el programa requiere un tercer idioma). Esta instancia académica trabajará en coordinación con los programas el desarrollo de una política para atender deficiencias de lenguaje. 5.1.4 Requisitos específicos de admisión Cada programa graduado en la Facultad de Humanidades podrá establecer requisitos de admisión adicionales y asignarles el valor relativo deseado. Cada uno de ellos informará a la comunidad académica y a los solicitantes sus requisitos de admisión. Estos formarán parte de los materiales de promoción, del reglamento del programa y del manual del estudiante (según sea el caso). Entre los posibles requisitos adicionales se encuentran: 1. Un índice académico mínimo en áreas o cursos pertenecientes al programa de estudio. 2. Un escrito en el cual el estudiante explique su interés por la disciplina objeto de estudio o cualquier otro tema establecido por el programa (statement of purpose). 3. Dos o más cartas de recomendación de profesores con quienes la persona interesada ha completado un curso de estudios riguroso y avanzado en el área de interés para la cual solicita, tales como una tesis de honor en el bachillerato, un proyecto de investigación individual o en colaboración con profesores, o participación en una pasantía (internship). 4. Uno o más ensayos escritos y, cuando competa, publicados por el interesado (writing sample/s). 5. Puntuación en el examen (o, cuando competa, los exámenes) de admisión. Cada programa podrá exigir como requisito de admisión uno o más exámenes (tales como el GRE, el TOEFL, o algún otro examen pertinente a la admisión a un curso de estudios avanzados en un campo académico). Éste, o estos, podrán ser orales,
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escritos o en ambas formas. 6. Transcripciones de notas (official academic transcripts). 7. Entrevistas. 8. Capacidad de lectura de otras lenguas relevantes para la disciplina de estudio a la que se solicita admisión. Este requisito determinará si la competencia en dichas lenguas se podrá alcanzar en el curso de estudios graduados en la Facultad de Humanidades (y comunicará claramente cuándo en el programa de estudios se debe satisfacer dicho requisito), o si la persona que solicita admisión ya tiene que tener dicha competencia antes de ser admitida. 9. Otros requisitos propios y necesarios para la disciplina de estudio. 5.1.5 Requisito de lenguas Cada programa graduado determinará si se requiere una tercera lengua y si el nivel mínimo de competencia en dicha lengua se requiere antes de la admisión, o si el estudio de dicha lengua se hará como parte del programa de estudios graduados en la Facultad de Humanidades. Junto al conocimiento del español y del inglés, los estudiantes deberán satisfacer cualquier otro requisito de lenguas requerido por el programa graduado de su especialidad. El requisito de lenguas se podrá satisfacer del siguiente modo: . Si han aprobado cursos en las lenguas requeridas durante sus estudios de bachillerato, equivalentes a 270 horas contacto, o si los aprueban concurrentemente con sus estudios graduados. El total de horas contacto corresponde a 9 créditos de los cursos intensivos o experimentales de la Facultad de Humanidades del Recinto de Río Piedras, ó 12 créditos en instituciones cuyos cursos se reúnen tres horas semanales. Cada programa determinará el promedio mínimo de aprobación de los cursos de lenguas. . Mediante la aprobación del examen de lenguas que ofrece el Departamento de Lenguas y Literaturas Extranjeras. . Por la Certificación 8-A (1973-74) del Senado Académico. . Si aprueban el curso de lengua “como instrumento de investigación”. 5.1.6 Vigencia de la admisión Un estudiante que sea admitido para un año académico específico y no pueda asistir podrá solicitar al programa graduado posponer su admisión hasta el inicio del siguiente año académico. Dicho programa graduado determinará si ofrecerá o no la admisión diferida. La admisión será válida durante un año académico. 5.1.7 Administración de la admisión El DEGI será la unidad académica responsable de administrar las admisiones graduadas y enviar la comunicación escrita oficial al estudiante sobre la decisión de admisión, según recomendada por los programas graduados. El Comité de Asuntos Graduados (o su equivalente) de cada programa graduado tendrá a su cargo la evaluación, selección y recomendación de los candidatos a admisión, readmisión o permisos. El Coordinador del programa graduado informará la decisión al DEGI. El Coordinador del programa graduado, junto con el Comité de Asuntos Graduados, establecerá el cupo del programa graduado de la sesión académica correspondiente. El DEGI preparará un Manual de Admisiones y un Informe Anual sobre las Admisiones Graduadas el cual presentará a las escuelas y los programas graduados, al CEGI, al Senado Académico, a la Junta Administrativa, a Rectoría y a Administración Central. 5.1.8 Proceso de admisión Para solicitar admisión a un programa graduado en la Facultad de Humanidades, el candidato realizará los siguientes trámites: 1. Llenará la solicitud de admisión Apply Yourself disponible en línea a través de la página del DEGI o de la Facultad de Humanidades. 2. Gestionará el trámite de dos transcripciones oficiales de todos los estudios universitarios realizados hasta la fecha de la solicitud. Corresponderá al Registrador de la institución académica donde el candidato obtuvo su/s grado/s académico/s anterior/es el envío directo de dichas transcripciones a la oficina del programa graduado al que se solicita.
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3. 4. 5. 6. 7. 8.
Someterá la descripción oficial de los cursos aprobados en las instituciones donde haya hecho sus estudios, cuando no proceda del sistema de la Universidad de Puerto Rico. Tal descripción puede estar contenida en catálogos o boletines informativos oficiales de la institución. Solicitará dos recomendaciones de profesores o de personas que puedan suministrar información sobre su desempeño académico, cualidades intelectuales y otros atributos que lo faculten para los estudios graduados. Presentará un texto que demuestre sus capacidades para ingresar al programa graduado, según las instrucciones provistas por cada programa, y lo entregará junto con la solicitud de admisión. Entregará cualquier otro trabajo o documento que exija el programa graduado al que solicita ingreso. Confirmará por escrito su matrícula para el semestre siguiente. Los estudiantes admitidos a un programa que no se matriculen en la fecha indicada, previa notificación al Coordinador del programa graduado, podrán hacerlo en el semestre siguiente a la fecha de admisión, siempre que haya cabida en el programa. De no cumplir este trámite, deberán radicar una nueva solicitud para admisión.
Por su parte, el Comité de Estudios Graduados o de Admisiones realizará las siguientes gestiones: 1. Podrá llamar al solicitante a una entrevista cuyo propósito esencial será precisar, hasta donde sea posible, tanto el área de estudio de mayor interés como la aptitud del estudiante para llevar a cabo las tareas del nivel graduado. 2. Recomendará la aceptación o rechazo del solicitante, así como las admisiones condicionales y transitorias. 3. El Coordinador del programa notificará por escrito al estudiante la decisión del Comité de Estudios Graduados o de Admisiones sobre su solicitud. 5.1.9 Calendario de admisiones Las admisiones se consideran una vez al año. La fecha para radicar la solicitud de admisión suele ser la última semana de enero para el año académico que inicia en agosto próximo, según lo determina el DEGI y aparece publicado anualmente en su página Web. 5.1.10 Lugar y modo de entrega de los materiales de solicitud de admisión Todos los materiales de solicitud de admisión, con la excepción del formulario de Apply Yourself, el cual se rinde en línea al DEGI, se entregarán en las oficinas del programa graduado al que se solicita ingreso. 5.1.11 Admisión de estudiantes internacionales Además de presentar todos los demás materiales como los demás candidatos, los estudiantes internacionales deberán presentar copias legalizadas de sus expedientes académicos en español o en inglés, con una guía para el establecimiento de las equivalencias de puntuación cuando dichos expedientes no sigan los criterios de la escala de 4.00.
5.2
Requisitos para obtener el grado
Aprobar la totalidad de los créditos/cursos/seminarios requeridos por cada programa con un índice general mínimo de 3.00 (escala de 4.3), aprobar los exámenes de grado y defender exitosamente una tesis, disertación o proyecto (con su propuesta) en el tiempo determinado por este Reglamento, según aprobado por las autoridades universitarias pertinentes, la Certificación 38 y el Consejo de Educación Superior. Para aquellos estudiantes admitidos a un programa doctoral sin ostentar el grado de maestría, el programa graduado establecerá cuáles son los requisitos mínimos que debe aprobar el estudiante dentro de su currículo de estudios para que se le otorgue el grado de maestría, una vez el estudiante cumpla con los mismos. El Coordinador del programa graduado recomendará a la Oficina del Registrador la concesión del grado académico cuando el estudiante haya cumplido con todos los requisitos del mismo.
5.3
Cursos de nivel graduado
5.3.1
Nivel de los cursos
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La codificación de cursos para el nivel graduado será de 6000 u 8000, según estipulado en la Certificación Núm. 130 (2000-2001) JS. No se aceptarán cursos de nivel 5000 para el nivel graduado salvo que el programa graduado justifique éste mediante un proceso de convalidación que demuestre que el prontuario/sílabo del curso está alineado con las metas, objetivos y el perfil del egresado de la especialidad correspondiente. Los estudiantes candidatos al grado doctoral deberán tomar por lo menos el 50% de sus cursos/créditos en el nivel 8000. 5.3.2 Electivas libres Los programas graduados mantendrán un mínimo de nueve créditos en electivas libres. 5.3.3 Calificaciones El desempeño académico del estudiante se hará constar oficialmente mediante el sistema cuantificable y nocuantificable de notas reconocido por la institución. El sistema cuantificable se basará en las calificaciones de: A+, A, A-, B+, B, B-, C+, C, C-, D y F. Este sistema se usará para medir aprovechamiento en experiencias académicas (cursos, talleres, etc.) en las cuales se requiera por lo menos un examen o trabajo calificable en términos cuantitativos. La escala de calificación será la siguiente: Nota
Calificación
Puntos
A+ A AB+ B BC+ C CD F
98-100 93-97 90-92 88-89 83-87 80-82 78-79 73-77 69-72 65-68 64-0
4.3 4.0 3.7 3.3 3.0 2.7 2.3 2.0 1.7 1.3 1.0
El mínimo para aprobar un curso graduado, ya sea medular o electivo, será de 2.7 (80%), equivalente a B-. El sistema de notas no-cuantificables se basará en las calificaciones de Aprobado (P) y No Aprobado (NP). Este sistema se usará para medir aprovechamiento en ciertos cursos y actividades académicas en las cuales no sea posible medir el aprovechamiento en términos cuantitativos. Estas calificaciones no se traducirán en cifras al computar el índice académico del estudiante En los trabajos finales de grado, tales como exámenes, tesis o proyecto, se aplicará el sistema P (Aprobado) o NP (Reprobado). En las tesis aprobadas, cada profesor añadirá a la P las menciones de sobresaliente, notable o bueno, según sea el caso. A discreción de cada programa graduado podrá emplearse este sistema en exámenes de grado, seminarios y cursos de investigación que así lo justifiquen. Todo estudiante podrá tomar por segunda vez cursos en que haya obtenido calificaciones de C, D, F, o NP, sujeto a la oferta disponible en el programa. 5.3.4 Repetición de cursos medulares El estudiante graduado deberá aprobar los cursos medulares, según estipulado por los programas, con calificación mínima de B-. Cuando esto no se cumpla, el estudiante podrá repetir el curso sólo dos veces. En caso de cursos
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repetidos, calificados mediante el sistema cuantificado, se tomará en consideración la nota más alta para fines de índice académico de retención y graduación. 5.3.5 Acreditación de cursos de otras instituciones Los programas graduados acreditarán todos los cursos tomados en otras instituciones siempre y cuando éstos sean previamente autorizados a estudiantes activos en el programa y con calificación mínima de B- (o su equivalente). Para estudiantes admitidos que hayan cursado estudios graduados en otras instituciones, los programas graduados acreditarán hasta una cuarta parte de los cursos requeridos para el grado, sujeto a los criterios establecidos por el Comité de Asuntos Graduados (o su equivalente). Los cursos acreditados deberán haberse aprobado con calificación mínima de B- (o su equivalente) en un período no mayor de cinco años previo a la admisión y no podrán haber sido acreditados para otro grado. No se acreditarán las prácticas ni los internados requeridos por los programas. En todo lo que no se disponga lo contrario, la acreditación de cursos por medios alternos se regirá por la Certificación Núm. 88 (2003-2004) SA, según enmendada, y el procedimiento establecido por el DEGI. 5.3.6 Otras disposiciones relacionadas con los cursos Los programas graduados fomentarán y facilitarán que los estudiantes puedan tomar cursos de otras disciplinas, en otras facultades, escuelas, departamentos o programas graduados afines a sus proyectos académicos o intereses particulares. El DEGI propiciará, junto a los programas, el desarrollo de normas y procedimientos para la implantación de este intercambio interdisciplinario. La convalidación de cursos, cursos de doble titulación, creación/modificación/cierre/moratoria de cursos graduados se guiarán por las políticas institucionales académicas relacionadas con estos procesos. El profesor será responsable de establecer un mecanismo de comunicación para notificar al estudiante sus calificaciones o progreso académico en los cursos que tiene matriculados, según avanza el semestre, de modo que el estudiante maximice su aprendizaje. Para garantizar que el estudiante está al tanto de su progreso académico en los cursos que tiene matriculados, los profesores entregarán a mitad de término y una semana antes del periodo de bajas parciales una evaluación preliminar de su ejecutoria académica.
5.4
Examen de grado
Todo programa graduado ofrecerá un examen de grado, ya sea escrito, u oral y escrito, que será requisito para obtener el grado. Los exámenes de grado buscarán medir la capacidad del estudiante para articular el saber recibido y desenvolverse de forma independiente en la investigación y la búsqueda de nuevos conocimientos. . Cada programa graduado de maestría determinará el total de créditos que deberá aprobar el estudiante antes de solicitar el examen de grado. En los programas de maestría, el estudiante deberá aprobar el examen de grado antes de presentar la propuesta de tesis. . El examen de grado será obligatorio en programas doctorales. Este examen determinará la candidatura de un estudiante al grado doctoral, según establecido por cada programa graduado. En los programas doctorales el estudiante tomará el examen después de completar los cursos requeridos. Los exámenes de grado se regirán por las siguientes normas: 1. Cada programa graduado establecerá la naturaleza, el contenido, la extensión y el momento en que sus estudiantes tomarán el examen de grado. 2. Se ofrecerá al menos dos veces al año. Los programas graduados determinarán la fecha de sus exámenes respectivos y la anunciarán a sus estudiantes con suficiente anticipación. La fecha del examen se deberá anunciar durante el primer mes de cada término. 3. El estudiante podrá repetir el examen o la parte reprobada, según lo determine el programa, una sola vez. De reprobarlo dos veces será dado de baja del programa graduado. 4. Cada programa graduado establecerá criterios específicos que guiarán al estudiante para prepararse para el examen de grado y a los profesores en su evaluación. Estos criterios se informarán al estudiante cuando solicite el examen. 5. Los profesores entregarán los exámenes corregidos y los resultados de los mismos al Coordinador del programa graduado, quien informará por escrito a cada estudiante el resultado de su examen.
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6. 7. 8. 9.
5.5
Los programas graduados establecerán un plazo no mayor de dos meses para comunicar el resultado de los exámenes a los estudiantes. Los estudiantes tendrán derecho a leer las evaluaciones de su examen. Cada programa establecerá procedimientos claros para discutir los resultados del examen de grado con los estudiantes y atender sus reclamaciones. El examen de grado recibirá evaluaciones de: Aprobado (con sobresaliente, notable o bueno) o No Aprobado. El programa graduado determinará la calificación que otorgará al examen de grado. Cada programa determinará si exigirá o no a sus estudiantes exámenes adicionales y las formas para satisfacerlos.
Candidatura al grado doctoral
Los estudiantes matriculados en programas doctorales serán candidatos al grado doctoral una vez hayan tomado y aprobado el examen de grado. Esto les permite proceder a la etapa final de sus estudios graduados, la de la tesis de maestría o doctorado, según el caso.
5.6
Tesis de Maestría, Tesis Doctoral y Trabajo de investigación/creación
El proyecto que tradicionalmente culminaba la labor de un estudiante en un programa de maestría o de doctorado, conocido como “Tesis de maestría” o “Tesis Doctoral” (esta última también conocida como “Disertación”), equivale en el presente Reglamento a un Trabajo de investigación/creación. 5.6.1 Tesis de Maestría En cada programa de Maestría será obligatorio, según la índole del programa, aprobar una tesis o realizar otro trabajo final de investigación/creación que demuestre la competencia en el campo de la especialidad correspondiente. La Tesis de Maestría será un trabajo escrito que refleje la capacidad del estudiante para formular un argumento, realizar una investigación rigurosa en torno al mismo y explicar sus hallazgos de forma coherente. . El estudiante de maestría deberá entregar en la oficina del director o coordinador del programa graduado un mínimo de tres ejemplares de la tesis en una encuadernación provisional, o según lo requiera el programa graduado. . La entrega de la Tesis de Maestría se efectuará con al menos un mes de anticipación a la fecha de la defensa. . La entrega de la Tesis de Maestría deberá contar con la aprobación previa del director de la misma. . La Tesis de Maestría deberá acompañarse de una síntesis que no excederá dos páginas mecanografiadas, a doble espacio. . La defensa de la Tesis de Maestría se llevará a efecto ante un comité examinador en cuya composición deberá incluirse el director de tesis y un mínimo de dos profesores u otros profesionales cualificados, aprobados por el Comité de Estudios Graduados del Programa. Uno de los miembros del comité examinador podrá ser un profesor u otro profesional cualificado de otro departamento o facultad de la Universidad de Puerto Rico, o de otra institución reconocida, invitado especialmente por la naturaleza del tema presentado o en virtud de su reconocida competencia. . Cada programa determinará la complejidad y extensión de la misma, así como la constitución del Comité de Tesis y defensa (si aplica), y también las normas de investigación, redacción, defensa (si aplica), evaluación y publicación (si aplica) de esta Tesis. 5.6.2 Tesis Doctoral En cada programa de doctorado será obligatoria la aprobación de una Tesis Doctoral. Dicha Tesis Doctoral es un escrito en el cual el estudiante: . establece y delimita claramente el problema o pregunta bajo estudio; . demuestra conocimiento profundo de la bibliografía y las fuentes primarias y secundarias de información pertinentes; . aplica y justifica las teorías y metodologías de investigación/creación más apropiadas; . analiza y discute los resultados de su investigación/ creación con amplitud y profundidad; . aplica o propone nuevas preguntas para estudio futuro; . evidencia independencia de criterio; . expone sus hallazgos o producto de manera lógica y coherente; y . hace una contribución original y significativa al campo.
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El proceso de investigación, creación, composición, redacción, defensa y publicación de la Tesis tiene los siguientes pasos y componentes: 5.6.2a Comité y Director El Comité de Tesis Doctoral estará constituido por el Director de la Tesis y de dos a cuatro profesores, conforme a lo siguiente: . Cada programa graduado establecerá el procedimiento para la selección o cambio del director de tesis. El estudiante tendrá participación en el proceso. . A discreción de cada programa graduado, un profesor de otro departamento o facultad de la Universidad de Puerto Rico o un profesor colaborador del programa graduado con nombramiento especial, podrá servir de director de tesis cuando el objeto de estudio así lo amerite y de acuerdo con la disponibilidad del profesorado regular del programa. . En el caso de un comité de cinco miembros, uno o dos de los miembros podrá(n) ser profesor(es) de otros departamentos o facultades de la Universidad de Puerto Rico o de otras instituciones reconocidas, invitados especialmente por la naturaleza del tema presentado o en virtud de su reconocida competencia. . En el caso de un comité de tres miembros, uno de éstos podrá ser un profesor de otro departamento o facultad de la Universidad de Puerto Rico o de otra institución reconocida. . El estudiante propondrá la constitución del Comité de Tesis, así como el director de la misma, quienes serán avalados por el Comité Graduado o equivalente. . El estudiante podrá pedir cambio de director de tesis; este proceso debe regirse, como estipulado en el inciso 4.4, por un acuerdo entre el director y el Comité de Estudios Graduados del departamento. 5.6.2b Propuesta En los programas doctorales será obligatorio elaborar, presentación y defensa de una propuesta de Tesis o proyecto de investigación/ creación. . Cada programa graduado establecerá la naturaleza y extensión del objeto de estudio de la tesis. . El estudiante elaborará la propuesta del proyecto de investigación/creación junto al director de Tesis, y en comunicación directa con el Comité de Tesis. Este Comité aprobará finalmente la propuesta de Tesis. . En la propuesta, el estudiante demostrará que el tema seleccionado está dentro del ámbito de su campo o disciplinas afines del programa doctoral, que conoce la bibliografía y las fuentes primarias necesarias para conducir su estudio, y que domina de las técnicas y metodologías pertinentes a su investigación/creación. . El estudiante presentará el plan de trabajo de la Tesis a su director para la revisión y aprobación del mismo. . El estudiante que desee cambiar el tema de tesis aprobado, deberá someter el nuevo tema a la consideración y aprobación del Comité de Estudios Graduados o del subcomité designado. . El estudiante entregará una versión en formato digital e impreso de su propuesta a su Comité de Tesis antes de la presentación y defensa. . La presentación y defensa de la propuesta de Tesis serán públicas. . El estudiante se matriculará en el curso de tesis después de que el Comité de Estudios Graduados, o el subcomité designado, haya aprobado tanto la propuesta como al director de tesis. En el caso del estudiante de maestría, deberá aprobar el examen de grado antes de matricularse en el curso de tesis. 5.6.2c Presentación y defensa El desarrollo y culminación de la Tesis Doctoral es un proceso interactivo entre el estudiante y su Comité de Tesis. Por lo tanto, el documento estará listo para defensa cuando el mentor del estudiante en consenso con el Comité haya determinado que cumple con los elementos establecidos para dicha defensa, a saber: . La defensa de tesis sólo podrá efectuarse una vez que el estudiante haya cumplido con todos los restantes requisitos del grado. . El estudiante de doctorado entregará el número de copias (según las requiera el programa graduado) del borrador final de la Tesis en formato digital e impreso (en una encuadernación provisional) al Coordinador del programa graduado y a los miembros del Comité con al menos un mes de anticipación a la fecha acordada para la defensa (algunos programas pueden requerir hasta dos meses). . La fecha de la presentación y defensa oral de la Tesis se asignará sólo después de que el Comité haya determinado que la disertación está lista. Todo acto de presentación y defensa de la Tesis Doctoral estará abierto al público, que asistirá en calidad de observador. El comité examinador deliberará y evaluará a solas. . La tesis deberá acompañarse de una síntesis que no excederá dos páginas mecanografiadas, a doble espacio. . El director de tesis presidirá la defensa de tesis. . Si la mayoría del comité examinador no aprueba la tesis, le dará calificación de NP (Reprobado). Si la aprueba, la calificación será P y cada profesor añadirá, junto a ésta, la mención que corresponda
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(sobresaliente, notable, bueno o reprobado). En el documento oficial se especificará si la nota general de la tesis se decide por unanimidad o por mayoría. 5.6.2d Entrega y publicación . Una vez defendida y aprobada por el Comité de Tesis, el estudiante entregará dicha Tesis en su versión final dentro del plazo máximo de un mes después de efectuada la defensa. Para ello, entregará al menos tres copias encuadernadas y tres en formato digital de la disertación en forma final al Coordinador del programa graduado, quien las depositará en la biblioteca o seminario de su unidad, y en la Colección Puertorriqueña de la Biblioteca José M. Lázaro. . La Tesis Doctoral se publicará en forma digital en ProQuest [¿UMI, microfilm?]. Por consiguiente, los estudiantes deberán cumplir con el formato establecido por el DEGI y pagar las cuotas requeridas. El estudiante no recibirá el grado hasta que satisfaga este requisito. El Coordinador del programa graduado será responsable por el cumplimiento de esta norma. Los estudiantes de maestría tendrán la opción de publicar sus tesis por este medio, pero no será obligatorio. . La certificación de requisitos de graduación se extenderá después de recibirse los ejemplares debidamente corregidos y encuadernados, según las recomendaciones del comité examinador y el formato establecido por el DEGI.
5.7
Divulgación de la investigación
El DEGI, la Oficina de la Decana Auxiliar de Estudios Graduados y los programas graduados promoverán y facilitarán que los estudiantes doctorales sometan o publiquen trabajos de investigación/creación en los medios propios de su disciplina antes de completar el grado.
5.8
Normas académicas
Las siguientes normas académicas aplicarán a todos los estudiantes graduados: 5.8.1 Tarea académica a tiempo completo La tarea académica a tiempo completo para un estudiante graduado será de un mínimo de dieciocho créditos por año académico. Los estudiantes graduados matriculados en cursos clasificados como examen de grado, internado o investigación y redacción de la disertación doctoral se considerarán estudiantes a tiempo completo. 5.8.2 Tarea académica a tiempo parcial La tarea académica a tiempo parcial para un estudiante graduado será de un mínimo de doce créditos por año académico. Los programas establecerán la secuencia curricular correspondiente, de acuerdo con la modalidad de programación (que corresponda / adoptada / elegida / seleccionada), para estudiantes a tiempo completo y a tiempo parcial. 5.8.3 Progreso académico y retención . El índice académico mínimo de retención y graduación será de 3.0 puntos en escala de 4.3. En la Facultad de Humanidades, todo curso que se califique con el sistema A, B, C, D, y F contará para el promedio o índice académico del estudiante. Si se repite el curso, se tomará en consideración, para fines de promedio o de índice, la calificación más alta. La calificación no cuantificable (P con sus menciones correspondientes y NP) figurará en los registros o expedientes académicos, pero no se traducirá en cifras para computar el índice académico. Cada programa graduado podrá establecer normas de retención adicionales. . El progreso académico se definirá en función de la secuencia curricular y los requisitos de grado del programa al que está adscrito el estudiante. Para lograr progreso académico el estudiante graduado mantendrá el índice académico mínimo requerido y deberá estar en tiempo con la secuencia curricular y los requisitos de grado, según estipulados por cada programa graduado. . Se acreditará hasta un máximo de seis (6) créditos aprobados con C, siempre y cuando el estudiante mantenga un índice académico mínimo de 3.00. En ningún caso se acreditará para fines de graduación una nota inferior a C.
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. Tanto en el programa de maestría como en el doctoral, se requiere aprobar un mínimo de 30 créditos en cursos graduados, de los cuales por lo menos el 10% serán electivas libres. En ningún caso, dichas electivas serán menos de 6 créditos. . Del total de créditos requeridos, se podrá acreditar hasta una tercera parte en cursos de nivel graduado aprobados en otras universidades reconocidas, del país o del extranjero. Asimismo, una tercera parte de los créditos podrá aprobarse mediante exámenes de aprovechamiento, según la reglamentación vigente. La suma de ambos nunca excederá la tercera parte de los créditos requeridos. . Cada programa graduado establecerá junto al estudiante un Plan de Estudios Individual que garantice que éste podrá cumplir con todos los requisitos del grado en el tiempo mínimo estipulado por este Reglamento. . Cada programa graduado establecerá un sistema para medir el progreso académico anual de cada estudiante, alertarles sobre las deficiencias detectadas y asesorarles sobre cómo superarlas. . Cada programa graduado establecerá un sistema para satisfacer el requisito de lenguas, según se estipula en el inciso 5.1.5 arriba. 5.8.4 Probatoria . El estudiante que no cumpla con los requisitos de progreso académico y retención estará en probatoria por el máximo de dos semestres académicos consecutivos. Al terminar este periodo, si no cumple con los requisitos de retención, será dado de baja del programa graduado. . Un estudiante que ha sido dado de baja de un programa graduado no podrá solicitar readmisión o nueva admisión al mismo hasta después de haber transcurrido un año de estar fuera del mismo. . Cada programa graduado podrá imponer condiciones para la readmisión o nueva admisión, según sea el caso, con el fin de asegurar que el estudiante podrá cumplir con los requisitos de progreso académico y retención del programa. 5.8.5 Términos para completar el grado . Para programas de maestría, cada programa graduado fijará un plazo no mayor de cuatro (4) años a partir de la fecha de admisión para que el estudiante complete todos los requisitos del grado. . Para programas doctorales que admitan estudiantes desde el bachillerato, cada programa graduado fijará un plazo máximo de nueve años a partir de la fecha de admisión para que el estudiante complete todos los requisitos del grado. . Para programas doctorales que requieran una maestría como requisito de admisión, cada programa graduado fijará un plazo máximo de siete años a partir de la fecha de admisión para que el estudiante complete todos los requisitos del grado. . En los tres casos, se entiende por fecha de admisión el inicio del semestre académico en el cual el estudiante se matriculó por primera vez en el programa correspondiente. . Este plazo aplicará a estudiantes a tiempo completo y a tiempo parcial. . Para ayudar a los estudiantes a cumplir con este plazo, los programas graduados ofrecerán sus programas académicos en diferentes modalidades e itinerarios de modo que los estudiantes puedan progresar hacia el grado según esperado, conforme a lo que se estipulan en el inciso 2.1.5 del presente Reglamento. 5.8.6 Extensión del término para completar el grado Los programas graduados dispondrán de dos mecanismos para extender el término mínimo para completar el grado académico a los estudiantes graduados. Estos mecanismos son la licencia de estudios y la prórroga. Mediante la licencia de estudios, el estudiante graduado podrá interrumpir sus estudios por un periodo no mayor de un año académico, el cual no se contará para propósito del tiempo requerido para completar el grado. La prórroga se otorgará sólo en carácter excepcional y una sola vez a un estudiante activo en el programa graduado que no pueda completar su currículo o trabajo de investigación/creación. En ambos casos, el estudiante deberá cumplir con la norma de progreso académico según definida en la Certificación 38. 5.8.6a Licencia de estudio . El estudiante que necesite interrumpir sus estudios por razones personales apremiantes tales como situaciones familiares, legales, económicas y de salud podrá optar por una licencia de estudio por un período que no excederá de un año académico. En caso extraordinario podrá hacer un pedido de un segundo año. . Para propósitos de las licencias por servicio militar, se procederá conforme a lo dispuesto en las leyes y reglamentos aplicables.
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. La concesión de esta licencia tendrá que ser evaluada y autorizada por el Comité de Asuntos Graduados del programa graduado. De autorizarla, el programa graduado reservará el espacio al estudiante por el término de la licencia sin exceder un año académico. . El tiempo en licencia no contará dentro del tiempo límite que le resta para terminar sus estudios. . Al expirar la licencia, el estudiante estará obligado a notificar al programa graduado su intención de regresar o hacer un pedido extraordinario por un segundo año. De lo contrario, el programa graduado podrá disponer de su espacio. . El estudiante graduado que abandone el programa graduado al que está adscrito sin una licencia de estudios tendrá que solicitar una nueva admisión si desea regresar al mismo. El tiempo límite que le resta para terminar sus estudios se determinará desde la fecha de su primera admisión al programa. Los cursos previamente aprobados en el programa podrán ser aceptados para el grado si fueron tomados en un periodo no mayor de cinco años. La admisión del estudiante dependerá del cupo del programa. 5.8.6b Prórroga . La prórroga es de carácter excepcional, y como tal, el estudiante someterá la solicitud con un plan de trabajo detallado, firmado por él y su mentor y una justificación ante el Comité Graduado de Asuntos Graduados del programa graduado (o su equivalente). El Coordinador del programa graduado notificará al solicitante y a la Oficina del Decano Auxiliar de Estudios Graduados sobre la decisión del Comité. . Este plazo se podrá extender para ambos niveles (maestría y doctorado) por un periodo no mayor de un año, siempre y cuando el estudiante evidencie progreso académico en sus estudios y su trabajo de investigación/creación (si aplica). . El estudiante que no obtenga el grado después de agotado el plazo de la prórroga tendrá que solicitar nueva admisión al programa. La nueva admisión estará condicionada a las ejecutorias académicas previas del estudiante y el cupo del programa. Será decisión de los programas graduados aprobar o denegar la solicitud de nueva admisión. . Cada programa graduado llevará estadísticas de las licencias de estudio y prórrogas que concede y rendirá un Informe Anual al DEGI y al Decano de su facultad.
5.9
Residencia
. El requisito de residencia (cuando aplique) será determinado por cada programa graduado de acuerdo a su misión, metas y objetivos. . El requisito de residencia será de dos semestres consecutivos con una carga mínima de seis (6) créditos por semestre.
5.10
Asesoría académica
Todo programa graduado, en colaboración con la Oficina de la Decana Auxiliar de Estudios Graduados de la Facultad de Humanidades, desarrollará un plan de asesoría académica para los estudiantes que abarcará todo su período de estudio.
5.11
Programa regular
. El programa regular mínimo constará de (8) ocho créditos. No se asignarán créditos académicos a la tesis.
5.12
Estudiantes inactivos
Los estudiantes activos que interrumpan sus estudios durante un semestre deberán solicitar readmisión, que será considerada por el Comité de Estudios Graduados o el subcomité designado.
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6.
De la integridad intelectual
Se define como falta de integridad intelectual cualquier acto de fraude o plagio en propuestas, ejecución, revisión o informe de resultados de una investigación. Las violaciones a la integridad intelectual relacionadas con los Estudios Graduados de la Facultad de Humanidades del Recinto se atenderán conforme establece el Artículo 39 del Reglamento General de la Universidad de Puerto Rico y demás reglamentación vigente.
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7.
De los Seminarios y Centros de investigación
La Facultad de Humanidades cuenta con siete Seminarios y Centros de Investigación 1. El Centro de Investigaciones Históricas (CIH), con documentación para investigaciones históricas graduadas y subgraduadas 2. El Seminario Federico de Onís, con documentación para investigaciones en Estudios Hispánicos graduadas y subgraduadas 3. El Centro de Investigaciones Arqueológicas, con documentación para investigaciones arqueológicas 4. El Seminario Lewis C. Richardson, con documentación para investigaciones en Inglés graduadas y subgraduadas 5. El Seminario de Filosofía Ludwig Schajowicz, con documentación para investigaciones en Filosofía graduadas y subgraduadas 6. El Seminario de Historia del Arte, con documentación para investigaciones en Historia del Arte y en Bellas Artes 7. El Seminario Multidisciplinario José Emilio González, con documentación para investigaciones en Drama, Literatura Comparada, Lenguas Extranjeras, Estudios Interdisciplinarios y Gestión Cultural Estos siete Seminarios y Centros de Investigación trabajarán en estrecha colaboración académica con los departamentos o programas a los cuales sirven, y contarán con unas normas que reglamenten su funcionamiento. El Protocolo de uso de estos Seminarios y Centros de Investigación, así como la solicitud para estancias investigativas en ellos, se puede encontrar en la página Web de la Facultad de Humanidades.
7.1 Deberes de los seminarios y centros de Investigación Los Seminarios y Centros de Investigación deberán: 1. Diseñar, desarrollar y apoyar proyectos de investigación, tanto individuales como colectivos. 2. Fomentar proyectos de investigación que permitan la aplicación de los conocimientos teóricos adquiridos en los cursos graduados del departamento a que pertenecen, y el adiestramiento de los estudiantes graduados en distintos aspectos del trabajo en equipo. 3. Estimular la investigación departamental y fomentar el intercambio universitario en y fuera de Puerto Rico. 4. Promover y llevar a cabo cursillos, foros, conferencias, etcétera. 5. Iniciar y desarrollar colaboraciones con otros seminarios y centros de investigación del Recinto y de otras universidades de Puerto Rico y el exterior. 6. Mantener al día las referencias bibliográficas, las obras fundamentales de consulta y otros recursos de investigación.
7.2 Dirección de los seminarios o centros de investigación Los seminarios o centros estarán a cargo de un director, cuya designación se hará de acuerdo con la Sección 22.1.4 del Reglamento General de la Universidad de Puerto Rico. El director será responsable de: 1. Proponer, iniciar y apoyar proyectos y actividades académicas propias de estas unidades, de acuerdo con lo especificado en la Sección 4.1 de este Reglamento. 2. Establecer, en consulta con los miembros del departamento o programa y con su director, las normas de funcionamiento de la unidad. 3. Recomendar al director del departamento o programa el nombramiento del personal de la unidad. Para la contratación del personal docente, el director del Seminario o Centro participará en el proceso reglamentario de evaluación de los candidatos presentados ante el Comité de Personal del departamento o programa. 4. Preparar el presupuesto del Seminario o Centro y tramitarlo por conducto del director del departamento o programa. 5. Promover el desarrollo de propuestas para obtener fondos adicionales universitarios y externos. 6. Supervisar el cumplimiento de las normas adoptadas y el trabajo de todo el personal adscrito a la unidad.
7.3 Creación de seminarios y centros de investigación Los programas graduados que consideren necesario desarrollar un Seminario o Centro de Investigación especializado en su disciplina presentarán la propuesta para su creación de acuerdo con las guías y los modelos establecidos por las autoridades pertinentes.
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8.
De la administración de los programas graduados
8.1 Decanos y Coordinadores El Decano de la Facultad de Humanidades y los Decanos ejecutivos con funciones de supervisión del contenido académico de los programas graduados, así como los Directores de los diversos comités de asuntos graduados e integrantes claustrales de los comités de asuntos graduados deberán reunir, como mínimo, los requisitos exigidos para ser profesores de los programas graduados. El Decano de las Facultad de Humanidades nombrará un Decano Auxiliar de Estudios Graduados de la Facultad de Humanidades que responderá directamente a éste. El Decano Auxiliar trabajará los asuntos inherentes a sus responsabilidades con una Junta Graduada, que estará compuesta por los Coordinadores de los programas graduados y dos representantes estudiantiles. 8.1.1 Decano Auxiliar de Estudios Graduados de la Facultad de Humanidades El Decano Auxiliar servirá por un término de cuatro años sujeto a una evaluación satisfactoria a los dos años; su nombramiento podrá ser renovado por un término adicional de cuatro años. Posterior a los seis años de su incumbencia, podrá ser considerado en la convocatoria para el nombramiento a ese puesto. El Decano Auxiliar será el enlace entre los programas graduados y el DEGI, y será responsable por: 1. Implantar y hacer cumplir las normas académicas estipuladas para los estudios graduados en el Recinto y en la Facultad. 2. Formular, en conjunto a la Junta Graduada un Plan de Desarrollo a nivel macro para los programas graduados de la Facultad y un Plan de promoción y reclutamiento de estudiantes graduados. 3. Implantar efectivamente el Plan de Desarrollo, evaluar los resultados y rendir los informes de progreso requeridos al Decano y al DEGI (según aplique). 4. Coordinar y supervisar los procesos de cupo, admisión y matrícula, asesoría académica, evaluación del progreso académico del estudiante, presentación y defensa de propuestas y disertación, certificaciones de grado, licencia de estudios y prórrogas, resolución de conflictos entre estudiantes y profesores, y otros afines. 5. Velar por la constitución de los comités de disertación según las normas dispuestas para esto en la Certificación 38 y en la Facultad. 6. Dirigir la evaluación quinquenal de los programas graduados de la Facultad siguiendo el Plan de Evaluación establecido por el DEGI. 7. Constituir la Junta Graduada y convocar la misma tres veces al año. Elaborar, junto a la Junta, el Plan de Trabajo Anual según las prioridades establecidas en el Plan de Desarrollo para los programas graduados. 8. Apoyar y colaborar con la obtención y el mantenimiento de la acreditación profesional de los programas graduados. 9. Coordinar, junto al Consejo de Estudiantes de la unidad correspondiente, una asamblea de estudiantes graduados al inicio de cada periodo o año académico para la selección de los representantes en propiedad y alternos que representarán a los estudiantes en las distintas instancias representativas graduadas. 10. Colaborar con el Decano en la administración efectiva de los recursos asignados a los programas graduados y en la búsqueda de ayudas económicas para los estudiantes graduados y fondos externos para el desarrollo de los programas graduados. 11. Supervisar el personal de apoyo adscrito a su área de trabajo. 12. Coordinar la creación de nuevas ofertas y programas académicos. 8.1.2 Coordinador del programa graduado El nombramiento del Coordinador del programa graduado se efectuará previa consulta por el Decano o el Decano Auxiliar, según el caso, a la facultad, estudiantes y personal del programa graduado. Las responsabilidades del Coordinador del programa graduado serán asuntos de naturaleza curricular y la asesoría académica de los estudiantes:
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1. 2.
Los asuntos curriculares incluyen: la revisión y evaluación de la oferta académica del programa y su acreditación profesional (si aplica), las acciones relacionadas con los cursos graduados, el Catálogo Graduado y la creación de nuevas ofertas académicas. Además, será responsable de la implantación del Plan de Avalúo del Aprendizaje Estudiantil y por actuar sobre los resultados del avalúo proponiendo los cambios curriculares o de otra naturaleza que sean necesarios para lograr que los estudiantes adquieran las competencias deseadas en el perfil del egresado.
Los Coordinadores de programas graduados formarán la Junta Graduada de la Facultad. Como miembros de la Junta colaborarán con el Decano Auxiliar en el cumplimiento de sus responsabilidades. Los Coordinadores de programas graduados podrán permanecer en el puesto hasta cuatro años. La renovación de su nombramiento dependerá de la evaluación de su ejecutoria por parte del Decano Auxiliar en consulta con los profesores y estudiantes del programa graduado. 8.1.3 Comité de Estudios Graduados del Programa Cada programa elegirá su propio Comité de Estudios Graduados del Programa, el cual estará a cargo de resolver los asuntos internos de éste. Dicho Comité tendrá carácter permanente y su composición y funciones estarán determinadas por las normas internas del programa graduado correspondiente. Integrarán dicho comité, como miembros ex-officio, el director del departamento o programa y el coordinador del programa, junto con la representación estudiantil que determine el Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico y la Certificación 72 (1991-1992) del Senado Académico. La representación estudiantil será elegida por y de entre los estudiantes del programa, por el término de un (1) año, o hasta que el sucesor o los sucesores sean debidamente elegidos. Los programas que tengan maestría y doctorado tendrán, siempre y cuando comparezcan candidatos, representación estudiantil de ambos niveles. De acuerdo con la Certificación 72 (B.1.6) los estudiantes: “...No participarán en la selección y evaluación del profesorado para fines de contratación, la evaluación de otros estudiantes graduados, la redacción y corrección de exámenes de grado o sus equivalentes y la evaluación de la disertación, tesis o proyecto.” Por consiguiente, no participarán en los procesos de contratación del profesorado, ni de admisión de estudiantes, ni en los relativos a propuestas de investigación y tesis.
8.2 Junta Graduada de la Facultad de Humanidades La Facultad de Humanidades tendrá una Junta Graduada que será el enlace entre todos los programas graduados, y entre estudiantes, profesores, decanos y la Administración del Recinto. 8.2.1 Constitución Los Coordinadores de Programas Graduados de la Facultad de Humanidades constituirán la Junta Graduada de dicha Facultad. Será miembro ex officio de la Junta el Decano Auxiliar de Estudios Graduados de la Facultad, quien presidirá la misma. Habrá dos representantes estudiantiles electos por los representantes estudiantiles de los programas. Los miembros de la Junta Graduada elegirán de entre sus miembros docentes un representante en propiedad y uno alterno al Consejo de Estudios Graduados e Investigación (CEGI). En caso de ausencia prolongada de uno de estos miembros, se podrá elegir otro que cumpla con los mismos requisitos y que, o bien servirá por el resto del término o bien será sustituto con carácter temporero. 8.2.2 Deberes y responsabilidades Los deberes y responsabilidades de la Junta Graduada serán: 1. Colaborar con el Decano Auxiliar en los asuntos inherentes a la administración y desarrollo de los programas graduados, inclusive la preparación del Plan de Desarrollo de los programas graduados. 2. Proponer iniciativas para el mejoramiento de los programas graduados y los servicios que se ofrecen al profesorado y estudiantado. 3. Fomentar el desarrollo interactivo de los programas graduados de la Facultad.
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4. 5. 6. 7. 8.
Proponer normas académicas internas para los programas graduados. Estas normas serán cónsonas con las normas académicas institucionales y la Política Académica para los Estudios Graduados en el Recinto contenida en la Certificación 38. Evaluar y recomendar para aprobación nuevas propuestas académicas, revisiones curriculares y cursos graduados. Asesorar al Decano Auxiliar en la toma de decisiones sobre asuntos académico-administrativos, situaciones de conflicto o planteamientos que afecten las actividades académicas, operaciones administrativas y el desarrollo de los programas graduados. Asesorar al Decano Auxiliar en la atención de problemas, planteamientos, sugerencias o quejas que pudieran radicar los estudiantes, profesores y comités de los programas graduados. Elegir de entre sus miembros al representante de la Facultad ante el Consejo de Estudios Graduados e Investigación (CEGI) y al representante alterno.
8.2.3 Quorum El quorum para las reuniones será una tercera parte del número total de miembros. 8.2.4 Votación Cada programa sólo tendrá derecho a un voto, el de su Coordinador; en el caso de los programas en los cuales cursan estudios graduados los representantes estudiantiles, tendrán derecho a dos votos.
[A discutirse por la Junta Graduada de la Facultad de Humanidades el 14 de diciembre de 2012]
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APÉNDICE A DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES (AÑO 2012-2013) OFICINA DEL DECANO Decano de la Facultad de Humanidades: Decana Asociado de Asuntos Académicos: Decana Auxiliar de Asuntos Estudiantiles: Decano Auxiliar de Asuntos Administrativos: Decana Auxiliar de Estudios Graduados: Coordinadores de Servicios Computarizados:
Dr. Luis Ortiz López Dra. Astrid Cubano Dra. Sunny Cabrera Sr. José Estrada Dra. María M. Carrión Sr. Raúl Medina Sra. Maricarmen Noble
Dirección postal:
Apartado 23342, San Juan Puerto Rico 00931-3342
Dirección física:
Facultad de Humanidades Edificio Luis Palés Matos Oficina del Decano, 3er piso
Teléfono directo: Extensiones del cuadro telefónico: Facsímil: Correo electrónico: Página de la red:
(787) 767-4300 (787) 764-0000 x 3423, 2393 (787) 763-5899/773-1719 humagrad@uprrp.edu http://humanidades.uprrp.edu
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APÉNDICE B DIRECTORIO DE LOS PROGRAMAS GRADUADOS EN HUMANIDADES (AÑO 2012-2013) PROGRAMA GRADUADO EN ESTUDIOS HISPÁNICOS Directora del Departamento: Dra. Yolanda Izquierdo Coordinador del Programa: Dr. Juan Otero Garabís Dirección postal: Apartado 23351 San Juan, P.R., 00931-3351 Dirección física: Edificio Antonio S. Pedreira Segundo piso, #210 Extensiones del cuadro telefónico: (787) 764-0000 x 3705, 2545 Correo electrónico: Página de la red: http://humanidades.uprrp.edu PROGRAMA GRADUADO EN FILOSOFÍA Directora del Departamento: Dra. Anayra Santory Dirección postal: Apartado 21572 San Juan, P.R., 00931-1572 Dirección física: Edificio Antonio S. Pedreira Segundo piso, Seminario de Filosofía Extensiones del cuadro telefónico: (787) 764-0000 x 2072, 3758 Facsímil: (787) 764-0000 (1) 3757 Correo electrónico: filosofo@uprrp.edu Página de la red: http://humanidades.uprrp.edu PROGRAMA GRADUADO EN HISTORIA Director del Departamento: Prof. Luis Agrait Coordinadora del Programa: Dra. Laura Náter Dirección postal: Apartado 23350 San Juan, P.R., 00931-3350 Dirección física: Edificio Luis Palés Matos Primer piso, # 120 Extensiones del cuadro telefónico: (787) 764-0000 x 3007, 2076 Facsímil: (787) 772-1461 Correo electrónico: mmaymi@uprrp.edu Página de la red: http://humanidades.uprrp.edu PROGRAMA GRADUADO EN INGLÉS Directora del Departamento: Dra. Mirerza González Coordinador del Programa: Dra. Carmen Haydée Rivera Dirección postal: Apartado 23356 San Juan, P.R., 00931-3356 Dirección física: Edificio Antonio S. Pedreira Sótano, # 10 Extensiones del cuadro telefónico: (787) 764-0000 x 3797, 2553 Facsímil: (787) 763-5899 Correo electrónico: enggrad@uprrp.edu Página de la red: http://humanidades.uprrp.edu PROGRAMA GRADUADO EN LITERATURA COMPARADA Directora del Departamento: Dra. Marian Polhill Extensiones del cuadro telefónico: (787) 764-0000 x 2493 Dirección postal: Apartado 23342 San Juan, P.R., 00931-3342
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Dirección física: Facsímil: Correo electrónico: Página de la red:
Edificio Sebastián González García Tercer piso, # 301 (787) 764-0000 (1) 3734 complit@uprrp.edu http://humanidades.uprrp.edu
PROGRAMA GRADUADO EN LINGÜÍSTICA Director del Programa: Dr. Robert Dupey Dirección postal: Apartado 22765 San Juan, P.R., 00931-2765 Dirección física: Edificio Sebastián González García Segundo piso, # 207 Extensiones del cuadro telefónico: (787) 764-0000 x 3389 Facsímil: (787) 764-000 (1) 3389 Correo electrónico: pa_mather@yahoo.com Página de la red: http://humanidades.uprrp.edu PROGRAMA GRADUADO EN TRADUCCIÓN Director del Departamento: Dr. Don Walicek Dirección postal: Apartado 22613 San Juan, P.R., 00931-2613 Dirección física: Edificio Antonio S. Pedreira Segundo piso, # 206 Extensiones del cuadro telefónico: (787) 764-0000 x 3742 Facsímil: (787) 764-4065 Correo electrónico: pgt@uprrp.edu Página de la red: http://humanidades.uprrp.edu http://degi.upr.clu.edu/trans
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APÉNDICE C: CLASES DE NOMBRAMIENTO Reglamento General de la UPR (Enmendado 2006) Capítulo V – Régimen de Personal: Disposiciones aplicables a todo el personal Artículo 30-Clases de Nombramientos Sección 30.1.1- Nombramiento permanente Será el nombramiento que se otorga para cubrir un cargo o puesto regular aprobado en el presupuesto, después que el incumbente haya cumplido satisfactoriamente su período de trabajo probatorio. El incumbente gozará de todos los derechos y protecciones que establece este Reglamento. Sección 30.1.2 - Nombramiento probatorio Será el nombramiento que se otorga inicialmente para cubrir un cargo o puesto regular aprobado en el presupuesto y tendrá una duración fija de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento. Durante el período de nombramiento el incumbente estará prueba, sujeto a evaluación para determinar, si al finalizar el mismo, es acreedor a que se le retenga con nombramiento permanente. Sección 30.1.3 - Nombramiento sustituto Será el nombramiento que se otorga al personal universitario por un período no mayor de doce (12) meses, para cubrir provisionalmente un cargo o puesto regular aprobado en el presupuesto, mientras el incumbente en propiedad del mismo esté en uso de licencia. Este nombramiento no debe ser antesala de un nombramiento probatorio o permanente, a menos que éste se logre mediante el procedimiento regular que establece este Reglamento. Sección 30.1.4 - Nombramiento especial Será el nombramiento que se otorga para cubrir un cargo o puesto que se paga con fondos de procedencia extra universitaria, cuya recurrencia no está garantizada. Las autoridades universitarias podrán considerar la experiencia adquirida por los empleados con este tipo de nombramiento, si pasan a ocupar plazas regulares. Sección 30.1.5 - Nombramiento temporero Será el nombramiento que se otorga para cubrir un cargo o puesto no regular, que se apruebe por un período fijo no mayor de doce (12) meses, para atender necesidades especiales del servicio, como lo son las alzas imprevistas y ocasionales en el volumen del trabajo. Este nombramiento no debe ser antesala de un nombramiento probatorio o permanente, a menos que éste se logre mediante el procedimiento regular que establece este Reglamento. Sección 30.1.6 - Nombramiento ad honorem Será el nombramiento que se otorga a personas que, sin ser empleados universitarios, acepten prestar servicios a la Universidad sin percibir retribución de la institución. El senado académico de cada unidad institucional aprobará las normas que regirán estos nombramientos para los cargos docentes de su unidad, las cuales establecerán claramente el carácter especial de la relación de tales personas con la Universidad, y el ámbito de la responsabilidad de la institución respecto a las diversas medidas de previsión social que cubren a los empleados retribuidos. Sección 30.1. 7 - Nombramiento de tarea parcial Será el nombramiento de término fijo que se otorga para cubrir un cargo o puesto no regular que conlleve la prestación de servicios mediante un horario menor que el regular, dependiendo de su clasificación como personal docente o personal no docente. Se garantiza la permanencia a los empleados de la Universidad de Puerto Rico que, al momento de la aprobación de este Reglamento, desempeñen puestos con tarea parcial con status permanente. Sección 30.1.8 - Nombramiento de confianza Será el nombramiento que se extiende al personal universitario que se denomina de confianza en el Capítulo VIII, Artículo 71 de este Reglamento. El personal de confianza será de libre selección y remoción en lo que se refiere a los cargos o puestos así clasificados; pero conservará los derechos que haya adquirido en virtud de algún nombramiento regular previo en el Sistema. Sección 30.1.9 - Nombramiento conjunto
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Los nombramientos permanentes, probatorios, especiales, temporeros o ad honorem dispuestos en las secciones anteriores podrรกn otorgarse en forma conjunta entre diferentes facultades de una misma unidad institucional o entre distintas unidades institucionales.