1 minute read
PRINCIPIOS
La Obligatoriedad: Una vez establecida una actividad en servicios públicos, gestionarlo constituye un deber de las autoridades administrativa, quienes se hayan obligadas a hacerlo funcionar, sino por la acción inmediata de los órganos del Estado, bajo el control de los mismos.
La Mutabilidad: En todo servicio público existe siempre la posibilidad de que las normas relativas a la organización y funcionamiento del mismo pueden ser modificadas en todo instante por la autoridad competente en beneficio de la comunidad.
Advertisement
La Continuidad: Por la importancia que tiene para la colectividad el funcionamiento de los servicios públicos, estos no pueden ser interrumpidos, de modo que el público pueda en todo momento, con la absoluta certeza, contar con los servicios públicos.
La Igualdad: Ante el servicio público todos los individuos son iguales. La regla de la igualdad ante el servicio público es una aplicación del servicio de igualdad social y jurídica que las constituciones modernas proclaman y que entre nosotros consagra el preámbulo de la Constitución.