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Las posibilidades de la participación ciudadana

POLÍTICAS DE GESTIÓN DEL PATRIMONIO Y LOS MUSEOS

28. Para comprobar la magnitud de la actividad fundacional hacia la conservación del patrimonio podemos señalar que en Cataluña, de las fundaciones dedicadas a la cultura o a la investigación (el 66,7 % de las 1600 fundaciones registradas en 2001) el 14.55 declaran tener entre sus fines fundacionales la conservación del patrimonio (Coordinadora Catalana de Fundacions, 2001).

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Lo que determina el nivel de participación ciudadana en la protección del patrimonio es el grado de conexión entre los usuarios/demandantes/beneficiarios de bienes y servicios ligados a los bienes patrimoniales y los agentes públicos o privados que toman decisiones y asignan recursos sobre la protección del patrimonio. Es cierto que en las democracias representativas existe de alguna manera esa participación al ser los ciudadanos los que eligen a sus representantes en función de las propuestas de actuación política. Y esto es cierto también para la política de protección de patrimonio. Sin embargo la relativa marginalidad de las políticas de protección del patrimonio en el conjunto de la actuación pública hace que esta aproximación teórica tenga poca virtualidad real. Así, salvando este modo de participación débil, en la realidad española podemos entender que se participa en la protección del patrimonio, especialmente a nivel local, a través de las siguientes fórmulas.

Los Centros de Estudios Comarcales, Talleres de Historia Local o instituciones similares. En la mayoría de los casos sus forma organizacional es la asociación cultural. Se trata de organizaciones más o menos institucionalizadas y con mayor o menor vinculación orgánica y financiera con las corporaciones locales, compuestas por individuos profesionales o amateurs y que sin ánimo de lucro se dedican a valorizar los bienes patrimoniales locales. Estos procesos de valorización se articulan mediante la promoción de la investigación, las publicaciones, la dinamización y concienciación de los colectivos ciudadanos en defensa de los elementos patrimoniales en incluso el asesoramiento de acciones de preservación ya sean emprendidas por agentes públicos o privados. (Montagut, J. 2002).

Las fundaciones. Las fundaciones son también organizaciones, compuestas por personas físicas o jurídicas, que sin ánimo de lucro pueden dedicar parte de sus recursos fundacionales a la preservación del patrimonio28. En muchos sentidos son organizaciones con funcionamientos y finalidades son muy similares a las descritas en el punto a), sin embargo la reciente aprobación de la leyes 49/2002 (De régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo) y 50/2002(de fundaciones), que completa los modelos de regulación fiscal, nos apuntan al hecho que sus promotores sí obtienen beneficios considerables a partir de las de-

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29. La forma más común en la realidad española son los movimientos «salvemos» (p.e en Euzkadi, Salvemos los Puentes de Zamudio, en Tarragona salvemos las Campanas, en Madrid salvemos la Casa de Campo, en Barcelona salvem el carrer Carabassa, en Vigo salvemos la panificadora, en Sagunto Gerencia Pública Ya ect.).

ducciones fiscales. Es por esta razón que es más fácil detectar a personas jurídicas en la fundaciones que en las simples asociaciones.

Las movilizaciones ciudadanas puntuales. Otro tipo importante de participación ciudadana se da en la articulación de movimientos activos que de forma puntual se organizan para la defensa de elementos patrimoniales singulares29. Usualmente se limitan a coordinar campañas que sobre todo tratan de afectar a decisiones públicas a través de cierta presión colectiva, aunque también se dan casos de presionar sobre agentes privados propietarios de los bienes patrimoniales.

Las acciones individuales. Es posible encontrar también acciones de individuos que ya sea por motivaciones filantrópicas o económicas, actúan sobre la protección de patrimonio con sus recursos privados.

Los referéndum. Aunque es una práctica completamente inusual en la realidad española, se pueden detectar algunos casos en el ámbito internacional dónde los ciudadanos, a través de procesos de referéndum directo intervienen en las decisiones respecto a gastos públicos en la conservación del patrimonio. (Frey, B., 2000).

En la tabla 1 podemos visualizar sinópticamente estas posibilidades reales y teóricas de participación ciudadana en los proceso de valorización del patrimonio. Es evidente que el grado de democratización alcanzado, en el caso de las asociaciones, fundaciones y los movimientos ciudadanos puntuales, dependerá de las dimensiones de las organizaciones implicadas y su arraigo en el conjunto de la ciudadanía. Desde esta perspectiva, tal como señala Montagud (Montagud, 2003), estas instituciones pueden considerarse como los gestores del criterio colectivo frente a los intereses estrictamente de mercado y los fallos del sector público. A esta visión, relativamente ingenua, cabe matizarla recordando que finalmente dichas instituciones responden también a los intereses de unas minorías no necesariamente representativas que aunque no muestren intereses económicos directos si que responden a un conjunto de individuos al menos emocionalmente implicados en los bienes patrimoniales que defienden y valorizan, por lo que finalmente pueden ser considerados grupos de interés con la intención de capturar los beneficios (simbólicos, afectivos, e incluso en algunas ocasiones también económicos) de la intervención pú-

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