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---'-- Empresa: Nissan Motor Ibérica, S.A. N.I.F. A-08-004871 Data~ 11/02/2011 12~16~53 Actividad: Automoción . .._-'----_. . Domicilio Social: Zona Franca, Sector B Calle 377-111 CP. R:~N~9·J3,~§i.%'W.~
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La Sección Sindical de CCOO de la empresa Nissan de la planta de Zona Franca, domiciliada en Zona Franca, Sector B Calle 3 77-111 CP. 08040, Barcelona. Ante esta Inspección Provincial y como mejor proceda: DICE: Que, por medio del presente escrito, formula denuncia, contra la empresa NISSAN MOTOR IBÉRICA, S.A., con CIF n° A-08-004871, del ramo del metal y con domicilio en Polígono Industrial de la Zona Franca, Sector B, Calle, 3, 77-111 Fundan la presente denuncia en base a los siguientes: HECHOS: Tal y como se establece en el actual XX Convenio Colectivo de trabajo de la empresa Nissan Motor Ibérica S.A., en su artículo 46. "Prendas de Trabajo". Se entregaran anualmente al personal dos equipos de trabajo (uno dentro del primer mes de cada semestre). El cómputo del período semestral se hará a partir de la fecha en que se entrego el anterior. La Dirección de la empresa del centro de Zona Franca incumple dicho artículo, al no haberse facilitado los dos equipos de trabajo en el año 2010 Ycomenzando el 2011 no hay previsión de cuando se facilitarán las del año pasado, ni las de este año. Prendas de trabajo que son importantes para los trabajadores, con el agravante que en la planta de Carrocerías en la que se trabaja con chapa y se realizan trabajos de soldadura, existen riesgos de cortes y quemaduras, con el consiguiente riesgo para la salud de los trabajadores/as.
EXPONE: Que la Dirección de Nissan vulnera el Convenio Colectivo de empresa en su artículo 46. "Prendas de trabajo". Que la Dirección de la empresa pone en posible riesgo a sus trabajadores/as al no dotarles de la correspondiente ropa de trabajo.
SOLICITA Que se inste a la Dirección de la empresa del centro de Zona Franca a facilitar los dos equipos de ropa del 2010 a los trabajadores/as, así como se concrete las fechas en que se repartirá la ropa en el 2011. Que se tenga por presentada denuncia con todas sus copias contra la empresa Nissan Motor Ibérica, S.A., la admita a trámite y con todo lo expuesto compruebe la veracidad de la misma actuando como corresponda con carácter de urgencia, para que la empresa cumpla con lo dispuesto en la legislación, retirando las instrucciones efectuadas, cumpliendo con sus obligaciones en materia de Seguridad Laboral, teniéndose por parte a todos los efectos en nuestra condición de representantes sindicales y notificándonos el resultado de las gestiones realizadas. En Barcelona a 11 de febrero de 2011 Sección Sindical de CC.OO. de Nissan Zona Franca