Avances del Anteproyecto de Reglamento del Uso del Agua en el Acuífero Cuautitlán-Pachuca
Universidad Autónoma Chapingo, 3 de Diciembre de 2009 1
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 27, párrafo quinto “….el Ejecutivo Federal podrá reglamentar su extracción y utilización …” LEY DE AGUAS NACIONALES “ARTÍCULO 38. El Ejecutivo Federal,….., podrá decretar el establecimiento de zonas reglamentadas, zonas de veda. …”
2
“ARTÍCULO 39. En el decreto que establezca la zona reglamentada a que se refiere el Artículo anterior, el Ejecutivo Federal fijará los volúmenes de extracción, uso y descarga que se podrán autorizar, las modalidades o límites a los derechos de los concesionarios y asignatarios, así como las demás disposiciones especiales que se requieran por causa de interés público. NORMAS OFICIALES MEXICANAS NOM-001-ECOL-1996 NOM-002-ECOL-1996 NOM-003-ECOL-1997 3
OBJETO Son objeto de este Reglamento todas las extracciones y aprovechamientos de aguas nacionales del subsuelo que se realicen en la zona reglamentada y delimitación del Acuífero Cuautitlán-Pachuca, de conformidad con las disposiciones, modalidades y límites a los derechos de concesionarios y asignatarios, con fundamento en los artículos 38 y 39 de la Ley de Aguas Nacionales.
4
DISPOSICIONES GENERALES Objeto y Definiciones ร mbito de Aplicaciรณn Delimitaciรณn y Ubicaciรณn de la Zona Sobreexplotada Participaciรณn Institucional y Social
5
EXPLOTACIÓN, USO O APROVECHAMIENTO DE AGUAS NACIONALES DEL SUBSUELO Concesiones y Asignaciones Autorizaciones y Permisos Transmisión de Títulos Medición y Control
6
MANEJO DEL ACUÍFERO Programa de Estabilización del Acuífero Programa de Reducción de Extracciones Acciones en Caso de Emergencia
7
EVALUACIÓN, VIGILANCIA, INSPECCIÓN Y SANCIONES Evaluación y Vigilancia Programa de Inspección Faltas y Sanciones