CLUB DEPORTIVO BERENGUER DALMAU Carrer Cuenca, 11 4º 34ª 46470 CATARROJA (València) C.I.F. G-96494513 Internet: http://cdbd.blogspot.com Telèfon 686912331 E-Mail: cdberenguer@hotmail.com
Catarroja, a 7 de septiembre de 2019. 1. INFORME SUBVENCIONES ECONÓMICAS. Informamos a continuación de la situación respecto a las subvenciones a Asociaciones y clubes deportivos de las distintas administraciones. SUBVENCIÓN AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Antecedentes Como ya informamos en la Memoria del año 2012 el M.I. Ayuntamiento de Catarroja procedió a la supresión para el año 2012 de la Subvención a asociaciones vecinales que venía percibiendo nuestro club desde 1996 (y que en 2011 fue de 3.875€). En el año 2013 el Presupuesto General del Ayuntamiento de Catarroja inicialmente solo se recogía una subvención nominativa a Asociaciones deportivas para el Catarroja C.F. de 31.000€, quedando de nuevo nuestro Club y el resto de clubes deportivos sin subvención en 2013. Con fecha de entrada en vigor el 01/04/2013, el Ayuntamiento de Catarroja modificó la ORDENANZA FISCAL Nº 2.9. REGULADORA DE LAS TASAS POR EL USO DE LAS INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS Y OTRAS ANÁLOGAS, eliminando la CUOTA ABONO PARA CLUBES DEPORTIVOS de 25€ (Artículo 2.2 de la Ordenanza de 2012) mientras que mantiene esta misma cuota en la ORDENANZA Nº 3.12 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS que afecta a los clubes usuarios del Pabellón (nuestro C.D. Berenguer Dalmau) y las Piscinas (actualmente cerradas). “ CUOTA DE UTILIZACION PARA CLUBES DEPORTIVOS 25,00€ ANUAL/SOCIO Los clubes deportivos de Catarroja deberán pagar 25€ al año por cada uno de sus socios, en concepto de uso de la instalación en los horarios que a tal fin destine el Ayuntamiento. El pago de esta cuota les dará derecho a la consideración de socios del polideportivo a efectos tarifarios.” Por este concepto venimos abonando a la Empresa gestora del Pabellón (UTE Gestión Servicios Deportes Catarroja), desde 2012 la cuota/socio por utilización del Pabellón. Posteriormente ese mismo año 2013 y por acuerdo del Pleno de fecha 27/06/2013 se aprobó por el Ayuntamiento el Expediente Nº 2/2013 de habilitación de créditos por el que se otorgaban subvenciones nominativas por importe de 21.000€ a los clubes deportivos de Catarroja que o bien utilizan instalaciones que han de pagar o bien han cosechado éxitos importantes como campeones de España o del Mundo. Este importe se concedió únicamente a 5 clubes deportivos de la localidad entre los que no estaba incluido nuestro club, con un criterio arbitrario e injusto. Para el año 2014 los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Catarroja recuperaron, aunque parcialmente, la Subvención a Asociaciones por importe para Página 1 de 9
nuestro Club de 2.100€ (frente a los 3.850€ de 2011), subvención que se mantuvo en 2015 por el mismo importe y que fue aumentada para el ejercicio 2016 a un importe de 2.625 € (lo que supuso un incremento de un 25% respecto a la cuantía de 2015).. Año 2017 Desde nuestro club se valoró de forma muy positiva el establecimiento de un procedimiento de concurrencia competitiva (que marca la Ley General de Subvenciones) con unas bases y unos baremos consensuados con las Asociaciones, que evite la arbitrariedad en la actuación de la Administración. Nuestro club reivindica en sus Memorias Anuales esta modalidad en la concesión de las subvenciones desde hace más de 10 años. En este sentido desde el mes de noviembre de 2016 hasta febrero de 2017 a requerimiento de la Concejalia de participación ciudadana del Ayuntamiento de Catarroja nos reunimos las Asociaciones del municipio y formamos parte del grupo de trabajo para la aprobación de una Ordenanza y Bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones a las Asociaciones locales en Régimen de concurrencia competitiva y nuestro Secretario Jaime Hervás Estrems fue elegido representante de las Entidades deportivas. Aunque finalmente no hubo nuevas reuniones ni se aprobaron bases específicas para cada área, entendemos positivo el cambio realizado en la forma de conceder las subvenciones, pero pensamos que debido a la diversa naturaleza y actividades realizadas por las diferentes asociaciones se deberían aprobar unas bases específicas y convocatoria para las asociaciones deportivas. La Ordenanza y Bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones a las Asociaciones locales en régimen de concurrencia competitiva, se aprobaron mediante acuerdo plenario de 30/03/2017,publicadas en el BOP de Valencia nº 79 del 26/04/2017 En esta Ordenanza se incluyó además un artículo por el que se establece que hasta un máximo del 25% del presupuesto para subvenciones se podía reservar para seguir dando subvenciones nominativas, aspecto este en el que no estábamos en absoluto de acuerdo. En fecha 25/10/2017 en el BOP nº 205 se publicaba el Anuncio del Ayuntamiento de Catarroja sobre convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de las Asociaciones locales para el ejercicio 2017, BDNS Identif.: 366882. La Convocatoria de subvenciones aprobada por el Pleno municipal ordinario de fecha 05/10/2017, establece el procedimiento de determinación de la cuantía de la subvención (Base Quinta. 1). En dicho procedimiento se valoran las actividades de cada proyecto de acuerdo con el Baremo establecido en la Base Sexta (Criterios de concesión) con criterios tan genéricos como actividades que cumplen con los criterios de igualdad de género o que puedan englobarse en los principios de ciudad educadora. A pesar de lo que se acordó en las reuniones de trabajo para la aprobación de la Ordenanza reguladora de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, y de lo que nos transmitió en reiteradas ocasiones por la Concejala de Participación ciudadana, no se negoció con las Asociaciones participantes en el grupo de trabajo ni Bases reguladoras diferenciadas por áreas ni criterios de valoración de los proyectos. Nuestro Club presenta en fecha 16/11/2017 Número de Registro de Entrada 2017015968 Solicitud de subvenciones en concurrencia competitiva para Asociaciones locales Ejercicio 2017.
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Recibido correo electrónico en fecha 29/01/2018 y comunicación por correo ordinario con fecha de Registro de Salida 25/01/2018 número 2018000496 por el que se nos comunica resolución de la concesión de subvenciones a las Asociaciones locales, correspondiendo a la nuestra una de 2.413,60€. Dicha cantidad supuso una disminución respecto al importe percibido como subvención por nuestra asociación en el año 2016 (2.625€). Teniendo en cuenta además que en el Presupuesto del Ayuntamiento para 2017 la partida presupuestaria para Subvenciones Deportes y Juventud era de 53.750€
Mientras que en la Convocatoria de subvenciones aprobada por el Pleno municipal ordinario de fecha 05/10/2017 se ha autorizado y dispuesto el gasto por importe de 139.447,60 €, distribuidos en las siguientes aplicaciones presupuestarias: … 3412-482 Subvenciones Deportes y Juventud 49.025,00 € … Así pasa también en el resto de áreas, al tiempo que se concedes subvenciones nominativas.
Nuestro Club SOLICITÓ por instancia de fecha Registro de Entrada 28/02/2018 número de registro 2990, que se nos facilite la siguiente información: 1) Puntuación obtenida por el proyecto presentado por el C.D. Berenguer Dalmau, desglosada de acuerdo con el Baremo establecido en la Base Sexta (Criterios de concesión). 2) Puntuaciones obtenidas por los proyectos presentados por las demás Asociaciones beneficiarias de las Subvenciones Deportes y Juventud, desglosadas de acuerdo con el Baremo establecido en la Base Sexta (Criterios de concesión). 3) Que se nos informe por escrito de cual es o ha sido el destino de la diferencia entre el dinero presupuestado para el ejercicio 2017 para Subvenciones Deportes y Juventud (53.750€) y el que finalmente se aprobó en la convocatoria (49.025€). A fecha de hoy 07/09/2019 no se ha recibido respuesta alguna a este escrito por parte del Ayuntamiento de Catarroja. Página 3 de 9
El importe de la Subvención del Ayuntamiento de Catarroja año 2017 por importe de 2.413,60€ fue abonado a nuestro club en fecha 29/05/2018. Unos días antes habíamos abonado a la empresa gestora del Pabellón Municipal de Catarroja 2.475,66€ solo en concepto de Cuotas socio usuarios del Pabellón en la temporada 2017-2018.
Año 2018 A iniciativa del Concejal de Deportes Sr. Alejandro García Alapont se nos volvió a convocar el 03/05/2018 con nuevas reuniones el 2 y 17 de julio de 2018 para que los clubes deportivos expusiéramos y en este caso sí negociamos los criterios de valoración de las solicitudes de subvenciones específicas para el área de Deportes que considerábamos como más importantes. De estas reuniones deriva la aprobación por el Ayuntamiento Pleno en fecha 04/10/2018 (acta nº. 9/2018/PLENO) CONVOCATORIA SUBVENCIONES ASOCIACIONES LOCALES DEPORTIVAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL EJERCICIO 2018. Esta convocatoria se llevó a cabo de manera diferenciada a las del resto de asociaciones, tal y como se nos prometió en reiteradas ocasiones desde noviembre de 2016 cuando se iniciaron las reuniones para la aprobación de la ordenanza. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en la sesión de 20/12/2018 se aprobaron las subvenciones a Asociaciones deportivas en régimen de concurrencia competitiva. En este acuerdo sí que se informaba del resultado de la Baremación obtenida por cada uno de los clubes. El importe de la Subvención del Ayuntamiento de Catarroja año 2018 por importe de 6.082,14€ fue abonado a nuestro club en fecha 01/04/2019.
Año 2019 De nuevo convocados por el Concejal de Deportes Sr. Alejandro Garcia Alapont en fecha 19/02/2019, se nos comunica el adelanto de la convocatoria de las Subvenciones a asociaciones locales deportivas para el ejercicio 2019, manteniendo, por acuerdo de los clubes presentes en la reunión, los criterios adoptados para la subvención de 2018.
El establecimiento de un procedimiento de concurrencia competitiva en la concesión de las subvenciones era una de las muchas propuestas, en el aspecto económico, planteadas por el C.D. BERENGUER DALMAU de Catarroja al Sr. Concejal de Deportes D. Alejandro García Alapont en los años 2015 y 2016, por escrito y en diversas reuniones. Las recordamos a continuación: 1) Modificación de la ORDENANZA FISCAL Nº 3.12 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS (Pabellón Cubierto y Piscinas), eliminando la Cuota de utilización para Clubes Deportivos de 25€ año/ socio como ya se eliminó de la ORDENANZA FISCAL Nº 2.9 REGULADORA DE LAS TASAS POR EL USO DE LAS INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS Y OTRAS ANÁLOGAS con fecha de entrada en vigor el 01/04/2013. 2) Modificación de la ORDENANZA FISCAL Nº 3.12 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES Página 4 de 9
DEPORTIVAS (Pabellón Cubierto y Piscinas) para reducir los precios de los alquileres a Clubes deportivos de la localidad así como el ajuste de los precios por partido y no por horas. También estas medidas se reflejaron en la modificación de la ordenanza nº 2.9 antes mencionada y no en la ordenanza 3.12. 3) Estudio de la utilización real de las 160 horas/ año de reserva del Ayuntamiento de las instalaciones del Pabellón que recoge el Pliego de de prescripciones técnicas de los servicios en instalaciones deportivas municipales y su posible cesión a favor de los Clubes deportivos usuarios del Pabellón. 4) Subvención municipal asociaciones vecinales. Nuestro club reivindica la eliminación de las subvenciones nominativas y el establecimiento de un procedimiento de concurrencia competitiva (que marca la Ley General de Subvenciones) con unas bases y unos baremos consensuados con las Asociaciones, que evite la arbitrariedad en la actuación de la Administración y que se vuelvan a repetir situaciones como la del año 2013 con la concesión de una subvención a 5 clubes deportivos a pesar de que nuestro club cumplía con los requisitos exigidos. 5) Firma de convenio de colaboración. Para el C.D. Berenguer Dalmau es importante que los horarios de uso del pabellón (por cesión de horas de servidumbre del Ayuntamiento y horas de alquiler) queden reflejados en un convenio de colaboración que recoja nuestras obligaciones y también nuestros derechos como usuarios. Nuestro club solicitó por Instancia de fecha 22/01/2013 la firma del Convenio marco para la utilización del Pabellón y adjuntó toda la documentación requerida por el Ayuntamiento. Finalmente no se firmó dicho convenio con ningún club. 6) Gala del Deporte. Nos oponemos a la utilización política y con fines electorales de este evento. Aunque es un acto bonito y de reconocimiento a los deportistas de Catarroja pensamos que es prioritario destinar ese presupuesto a fomentar el deporte de base. … Como ya comentamos en la memoria del año 2017 el Ayuntamiento de Catarroja procedió a modificar la ordenanza ORDENANZA FISCAL Nº 3.12 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS (Pabellón Cubierto y Piscinas) reduciendo, con carácter general un 10% los precios públicos de los alquileres de las instalaciones y de la cuota/ socio por utilización del pabellón. Comentar que al precio marcado por la ordenanza se le añade un 21% de IVA en la factura. Por lo que, por ejemplo, la cuota/socio por utilización del Pabellón pasa de 25€ (que hasta 2016 se nos facturaban IVA incluido) a 18€ + IVA (es decir 22,60€). Tampoco se da en esta bajada general un tratamiento especial a los clubes deportivos de Catarroja. Especial importancia tiene para nuestro club el hecho de que la ordenanza 3.12 reguladora del precio público de Actividades deportivas de Catarroja continúe sin establecer ningún tipo de Bonificación, exención o precio especial para clubes deportivos de la localidad, pagando, hasta ahora, el mismo precio que cualquier usuario particular. Mostramos, ya en la Memoria de 2016, algunos ejemplos de Ordenanzas fiscales de municipios cercanos donde sí se recogen estas exenciones o bonificaciones para los clubes de la localidad, en muchas ocasiones vinculados a la firma de un Convenio de colaboración con el Ayuntamiento (aspecto que también reivindicamos en el punto 5 de nuestras peticiones). Los recordamos a continuación, actualizando los enlaces a las mismas: ALBAL - ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LA PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 5 de 9
Art. 4. 3.- Las entidades deportivas quedaran exentas del pago de las tasas por utilización de las instalaciones deportivas, previo cumplimiento de la siguiente obligación: Presentar antes del inicio de la temporada un proyecto de la actividad, que será supervisado por el concejal competente ó funcionario en quien delegue. Dicho proyecto deberá especificar obligatoriamente la actividad a realizar, la periodicidad de la práctica o calendario, horario de competición y, en su caso, entrenamientos. https://albal.sede.gva.es/opencms/export/sites/sedeAlbal/contenidosEstructurados/docu mentos/ordenanzas/FTA0007C.pdf ALCASSER - ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA SOBRE INSTALACIONES DEPORTIVAS Artículo 7 - Conciertos No obstante, lo determinado en precedente artículo 6º respecto a las tasas establecidas en sus tarifas correspondientes, previa petición de los interesados y dictamen de la Comisión de Deportes del Ayuntamiento Pleno podrá acordar y aprobar conciertos sobre el pago de las tasas municipales antedichas con aquellos clubs y entidades deportivas que de un modo regular e intensivo utilicen las instalaciones polideportivas municipales. (Club hándbol, básquet, fútbol, pilota valenciana, tenis, etc.) En dichos conciertos no sólo se establecerá la cuantía de la tasa municipal convenida de común acuerdo, sino también la de duración de las actividades y deportes, su periodicidad y las posibles contraprestaciones a cargo de los usuarios concertados dentro de los límites que pudieran establecerse con el fin de dejar garantizados los derechos de uso y disfrute de las instalaciones polideportivas municipales de todos los administrados de este Municipio http://www.alcasser.es/sites/default/files/files/Secretaria/instordenances/ordenances/17_tasa_sobre_instalacions_esportives.pdf ALFAFAR - ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION PRIVATIVA DEL CAMPO DE FÚTBOL MUNICIPAL Artículo 6º.- Exenciones y supuestos de no sujeción. A) Se declaran exentos del pago de la tasa: - Aquellas actuaciones organizadas por entidades sin ánimo de lucro que se autoricen previamente por la Corporación y que tengan carácter puntual. - Los partidos de competición y entrenamientos oficiales de los equipos de base de Alfafar. B) No estarán sujetos al pago de la tasa: Los equipos locales que tomen parte en competiciones oficiales o federadas, que sean autorizadas por el Ayuntamiento en virtud de acuerdos o convenios suscritos con los mismos. http://www.alfafar.com/wp-content/uploads/2013/06/T16-CAMPO-FUTBOL-2014-.pdf SEDAVÍ - TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE POLIDEPORTIVO Y POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL CAMPO DE FÚTBOL. Estarán exentos del pago de la tasa por la utilización de dichas salas las Asociaciones, clubs deportivos, y ONGs con implantación en Sedaví, así como todos los centros educativos ubicados en el término municipal, siempre que tengan autorización del Ayuntamiento y la actividad desarrollada en las salas no tenga ánimo de lucro. http://www.sedavi.es/sites/default/files/files/BASESORDENANZAS/ORDENANZAS/polse_-_tasa_polidep_y_futb.pdf TORRENT - PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. Esta ordenanza fija precios reducidos para los Abonados de la Fundación entre los que están los Clubes o entidades deportivas, distinguiéndolos de los Abonados individuales y de los meros usuarios de las instalaciones. https://www.torrent.es/torrentPublic/docroot/repositorio/Serveis%20admin/Tributs/Ordena nces%20Fiscals/2018/Ordenanca%20Fiscal_C_2018_Preu%20P%20FDM.pdf
Son solo algunos ejemplos de municipios cercanos, y queda demostrado que existe la posibilidad legal de introducir medidas que favorezcan la actividad deportiva de los clubes, es solo cuestión de voluntad política, sin que sea necesario recurrir a argumentos de estabilidad presupuestaria, déficit del servicio o prohibición estatal esgrimidos por el Ayuntamiento en más de una ocasión. Página 6 de 9
No sabemos si se podrá encontrar un caso similar en un club de la comarca que, inscrito desde hace más de veinte años en el Registro Municipal de asociaciones, le resulte tan gravoso utilizar las Instalaciones deportivas municipales, que ya han sido sufragadas con los impuestos de todos los ciudadanos, sin que se establezcan exenciones, bonificaciones, precios especiales a los clubes del municipio, como hacen los Ayuntamientos de nuestro entorno, a pesar de la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de una moción en este sentido y que se ha reflejado a nuestro parecer de forma insuficiente en una reducción de un 10% de los precios públicos.
Detallamos a continuación tal y como exigen las Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones nominativas, otras subvenciones obtenidas por nuestro Club para el desarrollo de su actividad. SUBVENCIÓN DIPUTACIÓN DE VALENCIA - SUBVENCIÓN AÑO 2018 Lamentablemente la Diputación de Valencia no publicó la convocatoria de Subvenciones a clubes y entidades deportivas de la provincia de Valencia para el año 2018. Sí que se publicó en fecha 16/04/2018 la convocatoria de subvenciones a Clubes de élite a la que nuestro club no tiene acceso y Eventos deportivos especiales. - SUBVENCIÓN AÑO 2019 De nuevo para este año 2019 las Ayudas publicadas se restringen a los clubes de élite de la provincia de Valencia, según el Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre extracto de la convocatoria aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno, de 16 de abril de 2019, para la concesión subvenciones a clubes de élite de la provincia para el año 2019. BDNS (Identif.): 451589. (BOP nº 84 de fecha 03/05/2019). “En concreto, la presente convocatoria tiene como objeto la financiación de clubes de élite de la provincia de Valencia, femeninos y masculinos, que acrediten gran relevancia deportiva atendiendo a sus resultados en competiciones oficiales, fundamentada en su repercusión social y alto nivel de los deportistas integrantes del club, para el desarrollo de una competición deportiva oficial de ámbito nacional o internacional (excepto la pilota valenciana que tiene rango autonómico) reconocida por la federación deportiva correspondiente, y que pueda encuadrarse en la siguiente clasificación: 1. Participación en campeonatos oficiales del Mundo, Europa o España, incluidas Copas de S.M el Rey y la Reina, calificados como tales por las federaciones deportivas correspondientes, durante el ejercicio 2019. 2. Participación en otras competiciones de ámbito internacional y nacional que supongan la máxima categoría en su respectiva especialidad deportiva, calificadas como tales por la federación deportiva correspondiente, durante el ejercicio 2019. Se considerarán en este nivel las de pilota valenciana calificadas por la federación autonómica correspondiente. Se clasifican: 2.1.- Competición ámbito internacional. 2.2.- Competición ámbito nacional. 2.3.- Competición autonómica de Pilota Valenciana Evidentemente con estas exigencias y teniendo en cuenta el deporte que practicamos, no tenemos acceso a esta línea de ayudas. SUBVENCIÓN CONSELLERIA DE EDUCACION, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTES - SUBVENCIÓN AÑO 2018 Página 7 de 9
En el año 2018 se publica la RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2018, del director general de Deporte, por la que se convocan subvenciones a entidades participantes en el nivel de iniciación al rendimiento en los XXXVI Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana para el curso/temporada 2017-2018 (DOCV nº 8269 de fecha 09/04/2018) En fecha 20/04/2018 nuestro club presenta de forma telemática Solicitud de ayudas a entidades participantes en el nivel de iniciación al rendimiento en losXXXVI Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana para el curso temporada 2017/2018. Por RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2018, del director general de Deporte, por la cual se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades participantes en el nivel de iniciación al rendimiento en los XXXVI Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana para el curso/temporada 2017-2018. (DOCV nº 8348 de fecha 27/07/2018) se concede a nuestro club una subvención por importe de 1.326€. El 30/07/2018 se presenta también de forma telemática la documentación requerida por la Consellería para la justificación de dicha subvención. La cuantía de esta subvención se abonó por parte de la Consellería en fecha 28/12/2018. - SUBVENCIÓN AÑO 2019 En fecha 27/12/2018 (DOCV nº 8452) RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2018, del director general de Deporte, por la que se convocan subvenciones a entidades participantes en el nivel de iniciación al rendimiento en los XXXVII Juegos Deportivos de la Comunitat Valenciana para el curso/temporada 2018-2019 En fecha 17/01/2019 nuestro club presenta de forma telemática la Solicitud de ayudas. Por RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2019, del director general de Deporte, por la cual se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades participantes en el nivel de iniciación al rendimiento en los XXXVII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana para el curso/temporada 2018-2019. (DOCV nº 8561 de fecha 03/06/2019) se concede a nuestro club una subvención por importe de 1.437€. El 30/07/2018 se presenta también de forma telemática la documentación requerida por la Consellería para la justificación de dicha subvención, estando pendientes, a fecha 05/09/2019, de cobrar la subvención concedida. La evolución porcentual de la subvención de la Conselleria desde que se impusieron las cuotas a los clubes por participación en la competición de Iniciación al rendimiento (IR), ha bajado más de un 10% el porcentaje de financiación de la actividad con esta subvención como vemos en este cuadro comparativo. Subvención Consellería IR Temporada 2013-2014 Temporada 2014-2015 Temporada 2015-2016 Temporada 2016-2017 Temporada 2017-2018 Temporada 2018-2019
Gasto real 1.788,00 € 2.088,00 € 1.716,00 € 2.472,00 € 2.528,00 € 3.000,00 €
Subvención 1.132,00 € 1.152,00 € 948,00 € 1.312,00 € 1.326,00 € 1.437,00 €
% 63,31% 55,17% 55,24% 53,07% 52,45% 47,90%
Actualizamos en la presente Memoria los datos que ya dábamos en la Memoria de 2016 comparando las cantidades abonadas por nuestro club en el periodo desde que somos usuarios del Pabellón Municipal cubierto de Catarroja (inaugurado en octubre de 2008) años 2009 a 2019 para un total de 32.746,68€ (Incluye alquileres y cuotas pagadas hasta la temporada 2018-2019), con el importe de las subvenciones Página 8 de 9
recibidas por el Ayuntamiento de Catarroja en el mismo periodo de 2009 a 2019 para un total de 26.945,74€, (incluyendo la subvención de 2018 de 6.082,14€ ya cobrada y no la de 2019, cuya convocatoria este año se adelanta) es decir un saldo negativo para nuestro club de 5.800,94€. Podemos decir que en este periodo nuestro club financia con las cuotas de nuestros socios el deporte municipal. Como se puede observar en el Presupuesto del ejercicio 2019, los Gastos Federativos siguen siendo el principal coste que soporta la economía de nuestro Club, seguidos de los gastos en entrenadores y los costes de alquiler del pabellón. Durante la temporada 2017-2018 nuestro club ha abonado las siguientes facturas en concepto de utilización del Pabellón municipal, para un TOTAL de 5.070,50€: - Factura T166UT/1000093. Alquileres pabellón meses de septiembre a diciembre de 2017 por importe de 931,14€. Abonada el 01/02/2018 - Factura T166UT/1000095. Cuotas por socio usuario de la instalación del Pabellón temporada 2017-2018 por importe de 2.475,66 €. Abonada el 07/05/2018. - Factura 18T166UT/1000034. Alquileres pabellón meses de Enero a Junio de 2018 por importe de 1.663,70€. Abonada el 24/07/2018 Durante la temporada 2018-2019 nuestro club ha abonado ya las siguientes facturas en concepto de utilización del Pabellón municipal, para un TOTAL de 4.751,43: - Factura T166UT/1000007 de fecha 29/01/2019. Alquileres pabellón meses de septiembre a diciembre de 2018 por importe de 956,72€. Abonada el 15/02/2019 - Factura T166UT/1000008 de fecha 29/01/2019. Cuotas por socio usuario de la instalación del Pabellón temporada 2018-2019 por importe de 2.385,64 €. Abonada el 31/01/2019. - Factura T166UT/1000060 de fecha 15/07/2019. Alquileres pabellón meses de Enero a Junio de 2019 por importe de 1.409,07 € . Abonada el 20/08/2019.
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