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Criminales de guerra del ejército y la guerrilla pierden inmunidad La Sala de lo Constitucional allanó este miércoles 13 de julio el camino para que El Salvador enjuicie y castigue a los responsables de crímenes de la guerra civil, al declarar inconstitucional la Ley de Amnistía de 1993. Los magistrados señalan que debido a la línea jerárquica y al funcionamiento vertical de Fuerza Armada y guerrilla, la responsabilidad penal es imputable también a los ex altos mandos militares y guerrilleros. Sergio Arauz y Nelson Rauda Zablah Jueves, 14 de julio de 2016

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NACIONAL

espués de tres años y tres meses de estudio que generó un último semestre de tensión interna, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz de 1993, normativa legal que a lo largo de los últimos 23 años fue usada por la Fiscalía y por jueces como escudo para impedir la investigación, el enjuiciamiento y las sanciones de los delitos cometidos por el ejército y la guerrilla durante la guerra. En su resolución, que hasta el cierre de esta nota no había sido publicada, la Sala abre la puerta para que la Fiscalía y los jueces puedan procesar a los autores materiales e intelectuales de estos hechos. La Sala hace una reconstrucción de cómo operaban durante la guerra tanto las fuerzas del gobierno como las de la guerrilla del FMLN y subraya que sus integrantes no actuaban de forma aislada sino respondiendo a órdenes superiores y bajo un esquema definido. “Todo lo cual implica una necesaria responsabilidad penal tanto de los ejecutores directos como de aquellos que dieron las respectivas órdenes violatorias de derechos fundamentales, y de los mandos que, estando en el deber jurídico de impedir abusos contra los derechos humanos cometidos por sus subalternos, no lo hicieron u omitieron cualquier tipo de control”, dice el comunicado emitido este miércoles 13 de julio. Esto significa que si Fiscalía y jueces hacen bien su trabajo, en el horizonte de juicios penales podrían aparecer altos mandos de la Fuerza Armada y hasta miembros de la Comandancia General de la otrora guerrilla del FMLN, que ahora gobierna El Salvador. El presidente Salvador Sánchez Cerén fue parte de la dirección nacional del FMLN durante la guerra, y otros varios excomandantes guerrilleros tienen cargos relevantes como funcionarios. En el lado del ejército, una decena de militares de alta graduación están siendo reclamados por España por su responsabilidad en el asesinato de los sacerdotes jesuitas en 1989. Para abrir esta puerta, cerrada durante años por una Ley de Amnistía aprobada de forma inconsulta por la derecha legislativa en marzo de 1993, los magistrados precisan el concepto de todos los delitos imprescriptibles, es decir, aquellos cuyo plazo para iniciar persecución penal no ha caducado, y que bajo ninguna circunstancia pueden ser amnistiados. Para esto validan el artículo 4 de un tratado internacional que establece qué no se considera un enfrentamiento o combate directo entre bandos. Con una votación inusual -Belarmino Jaime, uno de los cuatro magistrados elegidos en 2009 votó en contra-, la Sala eliminó todos los obstáculos legales para juzgar los crímenes de guerra y de lesa humanidad, aunque validó la Ley de Reconciliación Nacional, de 23 de enero de 1992, pero esta es una normativa que protege en exclusiva de delitos ocurridos en combate o enfrentamientos directos entre ambos bandos. La sentencia de la Sala sostiene que la amnistía de 1993 “impide el cumplimiento de las obligaciones estatales de prevención, investigación, enjuiciamiento, sanción y reparación de las graves violaciones” a derechos establecidos en dos artículos de la Constitución y en tres tratados internacionales, que la misma Constitución obliga a cumplir al Estado de El Salvador.

Esta foto de Giovanni Palazzo fue tomada en 1982, en el norte de Morazán. Los restos humanos son de posibles víctimas de la masacre de El Mozote, uno de los casos que puede ser juzgado tras la declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía. o mental de las personas, en particular el homicidio y los tratos crueles tales como la tortura y las mutilaciones”, “los castigos colectivos”, “la toma de rehenes”, ”los los actos de terrorismo” y la participación de niños menores de 15 años en hostilidades o enfrentamientos armados. La consecuencia inmediata de la sentencia es que la ley de 1993 queda expulsada de la legislación salvadoreña y, con ella, se extingue los derechos que otorgaba. Hace casi cuatro años, la Corte Interamericano de Derechos Humanos había condenado a El Salvador por la masacre de El Mozote y resolvió que la normativa que protegió a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos quedaba invalidada.

La resolución considera que la Ley de Amnistía de 1993 viola los artículos 2 -incisos 1 y 3- y 144 -inciso 2- de la Constitución. El artículo 2 sostiene que “toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en De los tratados internacionales, el de la Protección de la conversación y defensa de los mismos” y establece la Víctimas de Conflictos Armados sin Carácter Internacional indemnización por daños de carácter moral. El artículo detalla lo que no se considera un combate o enfrenta144, inciso 2, establece que ninguna ley “podrá modimiento directo entre dos bandos. Según el artículo 4, ficar o derogar lo acordado en un tratado (internacional) al que hace referencia la sentencia, “todas las personas vigente en El Salvador”. que no participen directamente en las hostilidades, o que hayan dejado de participar en ellas, estén o no privadas En este caso, según los magistrados la ley de 1993 de libertad, tienen derecho a que se respeten su persona, violaba las disposiciones de tres tratados internacionasu honor, sus convicciones y sus prácticas religiosas” y les suscritos y ratificados por El Salvador: tres artículos deben ser “tratadas con humanidad en toda circunstancia, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos sin ninguna distinción de carácter desfavorable”. (CADH); un artículo del Pacto Internacional de Derechos Este artículo también establece que “queda prohibido ordenar que no haya supervivientes” y además prohíbe “los atentados contra la vida, la salud y la integridad física

Civiles y Políticos; y el artículo 4 del Tratado de Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados sin Carácter Internacional de los convenios de Ginebra de 1949 y un protocolo agregado en 1977.


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l Faro consultó con dos fuentes de la Corte Suprema sobre las implicaciones institucionales de la sentencia. Ambos coincidieron en que la resolución ordena a la Fiscalía investigar todos aquellos crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y graves violaciones a los derechos fundamentales, para luego procesar a los responsables. A los jueces les ordena sancionar a quienes sean encontrados culpables.

excluidos de la amnistía tras la finalización del conflicto armado, son los casos contenidos en el Informe de la Comisión de la Verdad, así como aquellos otros de igual o mayor gravedad y trascendencia, que pudieran ser imputados a ambas partes, y que fueran objeto de investigación y enjuiciamiento por las autoridades competentes, todos los cuales, por los efectos de la presente sentencia y por la gravedad de los mismos, no han prescrito”, dice una parte del Comunicado de prensa de la Corte Suprema de Justicia.

El fallo ha sido emitido cuando es inminente un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia en relación con una matanza ocurrida en 1989: el asesinato de Un funcionario de la Corte Suprema seis sacerdotes jesuitas, una empleada y la hija de esta, de Justicia explicó que para que la perpetrado por militares. La Corte analiza una solicitud Fiscalía y los jueces puedan proce- de España de extraditar hacia ese país a los militares sar a los responsables de crímenes involucrados en esta masacre. La Corte está dividida en ocurridos durante la guerra civil, este tema, pero la mayoría de los 15 magistrados se ha deberán aplicar el Código Penal inclinado hasta ahora a negar la extradición. de 1973, porque es el que estaba vigente cuando ocurrieron los hechos. Las autoridades deberán buscar en él la tipificación de los delitos que se impute y resolver según aquella normativa. Aunque ese Código ya fue derogado por el que entró en vigencia en 1998, es posible usarlo porque el plazo de caducidad no existe para delitos como homicidios que ahora puedan ser catalogados como crímenes de guerra o de lesa humanidad.

Sin embargo, a pesar de varias ocasiones en que algún magistrado incluso puso fecha a la emisión de la sentencia, esta no llegó. Hasta hace dos meses, según tres funcionarios de la Corte Suprema de Justicia, los mismos magistrados de la Sala de lo Constitucional llegaron a contemplar la posibilidad de archivar el caso y que este lo resolviera la siguiente Sala, que se elegirá en 2018, debido a que no se ponían de acuerdo con una resolución. Rodolfo González, magistrados que anunció el año pasado que la sentencia saldría a inicios de agosto, siempre se pronunció por no arrastrar como lastre esta sentencia; Sidney Blanco llegó a recusarse de la participar en el debate y la votación, pero los mismos magistrado le negaron excursarse; Florentín Meléndez abogó por medir los tiempos; Belarmino Jaime se pronunciaba en favor de la constitucionalidad de la ley, y el magistrado presidente, Óscar Pineda, alegó que no le gustaría participar de la votación, pero que tampoco iba a servir como obstáculo para que se emitiera una sentencia al respecto. La amnistía de 1993 pasó por encima de los Acuerdos de Paz firmados el 16 de enero de 1992 entre la guerrilla del FMLN y el gobierno. El documento, suscrito en el castillo de Chapultepec, México, incluyó un párrafo titulado “Superación de la impunidad”. Este consignó que las partes firmantes concordaban en que las

En su resolución, la Sala de lo Constitucional dice de forma explícita que no pueden seguir gozando de amnistía aquellas personas que participaron en crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad o crímenes graves como homicidios, torturas, secuestros. “Se establece que los hechos

personas involucradas en graves crímenes, indepenLa sentencia de la Sala pone fin al uso de la ley de Amdientemente del bando nistía como argumento jurídico para no procesar crímenes al que pertenecieran, ocurridos durante la guerra civil. Las disposiciones de la deberían recibir “la actualey “no podrán ser aplicadas por ninguna autoridad admi- ción ejemplarizante de los nistrativa o judicial, ni invocadas a su favor por ningún par- tribunales de justicia”. ticular o servidor público, ni continuar produciendo efectos en diligencias, procedimientos, La tarea del fiscal general procesos o actuaciones relativos a hechos que puedan calificarse La histórica sentencia habicomo crímenes de lesa humanilita a jueces para conocer, dad y crímenes de guerra consti- juzgar y sentenciar casos tutivos de graves violaciones al de la guerra civil, estén o Derecho Internacional no incluidos en el informe de la Comisión de la Verdad. Humanitario.” Con la sentencia, la Fiscalía está habilitada para ir detrás de los autores en el informe de la Comisión de la Verdad. Los magistrados tamCon la sentencia, la Fiscalía está habilitada para ir detrás bién prohíben con su de los autores intelectuales. Los magistrados consideran resolución invocar “el que esos jefes máximos tienen responsabilidad penal por tiempo de vigencia de tales disposiciones para haber ordenado que se violaran derechos fundamentales o por no haberlo impedido. entorpecer, demorar o negar el ejercicio efectivo e inmediato de los derechos reconocidos en las normas constitucionales e internacionales analizadas en esta sentencia. Ninguna de. esas cláusulas, ni otras semejantes, en cuanto a su contenido y sus efectos, podrá volver a ser incorporada por la Asamblea Legislativa en una eventual legislación secundaria relacionada con las medidas de la justicia transicional salvadoreña”, dice el extracto que publicó la Sala en su comunicado. La Sentencia, que aún no ha sido publicada, pues debe aparecer al mismo tiempo el voto disidente del magistrado Belarmino Jaime, fue firmada por los magistrados Rodolfo González, Florentín Meléndez, Sidney Blanco y el suplente Eliseo Ortiz. El magistrado presidente, Óscar Pineda, no participó de la votación de este miércoles. La demanda, presentada en marzo de 2013, estuvo en el debate de la Sala de lo Constitucional durante casi 40 meses y desde hace más de un año algunos de los magistrados habían declarado que estaban listos para sentenciar.

Las estimaciones de la Comisión de la Verdad expuestas en su informe de 1993 son que un 85 % de los casos de graves delitos en el marco de la guerra civil fueron responsabilidad de instituciones del Estado, particularmente la Fuerza Armada y los cuerpos de seguridad adscritos al Ministerio de la Defensa. Esa persecución al nivel más alto de las estructuras que hicieron la guerra no solo aplicaría para esclarecer casos como el asesinato de monseñor Romero, la masacre de los jesuitas, la del río Sumpul, o la de El Mozote, perpetradas por fuerzas del gobierno: también abre la posibilidad de enjuiciar actuales funcionarios del Órgano Ejecutivo. Por ejemplo, el presidente de la República, Salvador Sánchez Cerén, podría tener responsabilidad por las matanzas que realizó el comandante Mayo Sibrián, en la zona paracentral del país. Pablo Parada Andino -de seudónimo guerrillero Goyo- era el principal asesor militar de Sánchez Cerén, cuando el hoy presidente se hacía llamar Leonel González y comandaba a una de las cinco organizaciones que integraron el FMLN, las Fuerzas Populares de Liberación (FPL). Goyo concluyó que en el frente paracentral se estaba matando gente inocente, según dijo Parada Andino a El Faro, en un reportaje publicado en 2007. Sánchez Cerén hizo caso omiso de esa información, según Goyo y


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o mismo podría ocurrir con Manuel Melgar, secretario privado de la Presidencia. Aunque el informe de la Comisión de la Verdad no lo menciona, investigaciones realizadas por el FBI en El Salvador retrataron a Melgar como uno de los autores intelectuales de la masacre de la Zona Rosa, el 19 de junio de 1985. Cuatro infantes de marina, nueve civiles y uno de los atacantes murieron en ese atentado en un lugar de bares y restaurantes exclusivos de la capital salvadoreña. El director de Protección Civil, Jorge Meléndez, sí aparece en el informe de la Comisión de la Verdad por haber participado en las decisiones de llevar a cabo dichas ejecuciones sumarias de alcaldes entre 1985 y 1988. En esa misma lista también aparecen excomandantes del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) como Joaquín Villalobos, Ana Sonia Medina, Mercedes del Carmen Letona, Marisol Galindo y la exdiputada por el PDC Ana Guadalupe Martínez. Martínez dijo este miércoles a la radio 102.9 que “la amnistía sirvió para ordenar al país y la declaratoria de inconstitucionalidad desordenará el sistema judicial desbordado por la delincuencia pandilleril (sic)”. En el caso del asesinato de seis sacerdotes jesuitas y de dos mujeres que trabajaban con ellas, la Sala reitera que no gozan de amnistía los hechos sucedidos a partir del 1 de junio de 1989. Esto debido a que no se acepta que un gobierno pueda

concederse a sí mismo una amnistía. El 1 de junio de 1989 inició el primer gobierno del partido Arena, con Alfredo Cristiani como presidente. En marzo de 1993, cuando era inminente la publicación del informe de la Comisión de la Verdad y cuando Cristiani se acercaba a cumplir el cuarto de sus cinco años años de gobierno, la derecha preparó y aprobó la ley, que fue sancionada por el presidente. La masacre de los jesuitas sucedió el 16 de noviembre de 1989. La Comisión de la Verdad responsabilizó de ese crimen al general Juan Orlando Zepeda -candidato a diputado de Arena en la elección de 2015-, al coronel Inocente Orlando Montano -detenido en Estados Unidos-, al general René Emilio Ponce, al general Juan Rafael Bustillo y a los coroneles Francisco Elena Fuentes y Guillermo Alfredo Benavides. Asimismo, determinó responsabilidad de otros 14 militares de más baja graduación. Cuatro de ellos están pendientes de una petición de extradición de España para ser juzgados por este delito. La reapertura del caso jesuitas también vincula al actual diputado del PDC Rodolfo Parker. La Comisión de la Verdad concluyó que Parker “alteró declaraciones para ocultar las responsabilidades de altos oficiales en el asesinato”. Parker ya se pronunció en contra de la sentencia, en declaraciones que dio a La Prensa Gráfica. Asimismo, Parker ha manifestado en más de alguna ocasión, que es falso que él haya encubierto a los responsables del asesinato de los jesuitas. El ministro de Defensa, general David Munguía Payés, dijo a Canal 12 que la inconstitucionalidad de la ley de amnistía es “un error político”. La sentencia se anunció el mismo día en que la Sala declaró inconstitucional tanto el incremento al 13 % de las tarifas de la energía eléctrica, como el decreto de la emisión de 900 millones de dólares en deuda.


INTERNACIONAL

Así se ve El Salvador en el nuevo Microsoft Flight simulator 2020

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espués de años, recientemente, Microsoft lanzó la última versión de su clásico simulador de vuelos «Microsoft Flight Simulator 2020», que trae impresionantes sorpresas y mejoras, debido a la calidad de realismo que los desarrolladores han implementado, permitiendo a los usuarios poder jugar, o volar, en todo el planeta tierra. Y es que Microsoft ha implementado una impresionante tecnología, que, utilizando imágenes satelitales, combinadas con Inteligencia Artificial, han logrado un resultado único, donde básicamente podemos explorar cualquier rincón del planeta tierra desde la comodidad de nuestra computadora. Lo anterior implica, por supuesto, que podemos sobrevolar nuestro país, visitar cada rincón y hasta sobrevolar nuestra propia casa. Cabe mencionar que, debido a la complejidad del juego, Microsoft ha optado por dos tipos de escenarios para ofrecer su experiencia y poderla mejorar poco a poco; la primera es una experiencia hecha «a mano», es decir, ciudades y aeropuertos «calcados» tal cual como son en realidad, y la otra es generada mediante la inteligencia artificial; esta última, sin permitir grandes detalles en las gráfica, pero siempre teniendo una idea general de cómo es la realidad. En ese sentido, un canal en YouTube, llamado «El Salvador en drone», ha comenzado a subir videos de sobrevuelos en nuestro territorio. Y sí, aunque no es tan exacto como podríamos imaginar, es realmente impresionante cómo el juego permite identificar los diversos puntos importantes de nuestro país. Por ejemplo, en uno de los videos que se han subido, podemos observar un sobrevuelo a San Salvador, logrando que nuestra propia mente ubique lugares específicos como el Estadio Cuscatlán, el Estadio Mágico González, la zona de centros comerciales en Antiguo Cuscatlán, el Monumento al Divino Salvador del Mundo, entre otros. Aunque los edificios sí están generados mediante inteligencia artificial, la idea general es impresionante, y sin lugar a dudas al jugarlo nos dará una experiencia más o menos similar a realizar un sobrevuelo real. En el canal también encontramos sobrevuelos a los volcanes, lagos, entre otros lugares icónicos de nuestro país. A continuación recopilamos varios de los videos subidos al canal (y otros más), esperamos que sea de su agrado:

By Chamba Iraheta


Intel cambia su logotipo y presenta su nueva generación de procesadores Intel realizó diversos anuncios, entre los que destaca su nuevo logotipo y su onceava generación de procesadores para computadoras.

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a compañía Intel anunció el lanzamiento de su nuevo logotipo minimalista, así como la onceava generación de sus nuevos procesadores.

El nuevo diseño reemplaza la marca anterior con la marca denominativa Intel encerrada en un círculo que ha sido utilizado por la empresa en varias formas desde 2006. “Hoy damos un salto hacia el futuro con una transformación de marca que refleja nuestro papel esencial en la creación de tecnología que hace avanzar al mundo. Somos una empresa diferente a la que éramos hace cinco años. Ejecutamos de manera activa contra una nueva estrategia de crecimiento, creando una nuevo mix de ingresos y persiguiendo nuevos segmentos de mercado impulsados por los datos y el ascenso de la inteligencia artificial, así como de la transformación de la red 5G y del edge inteligente”, detalló en una hoja informativa Karen Walker, vicepresidenta de la oficina de marketing de Intel. Encuentra aquí las noticias más destacadas de la tecnología La directiva señala que a medida que han encontrado y alternado en nuevos mercados, la compañía ha ampliado sus portafolios, así como su gama tecnológica en servicios y soluciones. “Vemos una oportunidad de jugar un rol todavía mayor en el éxito de nuestros clientes. Misma oportunidad que comienza con la tecnología Intel como base, o detonante, para encender las mayores innovaciones del mundo”, señala. Walker dijo que el concepto de esta nueva marca no cobrará vida con nuevos colores, sonidos y logotipos, sino que deberá ser un grito de guerra basado en la acción, unificado y alineado con el propósito de nuestra empresa. “Comenzamos hoy con el lanzamiento de nuestros procesadores Intel Core de 11a generación que representan una de nuestras mayores innovaciones técnicas en años”, detalló. Por último, la directiva señaló que en el futuro se podrá observar la nueva marca reflejada en diversos aspectos: • Tecnología: “Continuaremos con la creación de tecnología disruptiva que permita a nuestros socios y clientes realizar más tareas maravillosas para sus negocios y para la gente a la que sirven”. • Impacto: “Redoblaremos nuestro compromiso para que todos nuestros clientes, socios estratégicos y usuarios generen acciones maravillosas”. • Equipo: “Celebraremos a nuestro equipo y las acciones del ecosistema de gente que cambia al mundo a través de acciones maravillosas que impactan al planeta”. La compañía reveló una nueva generación de procesadores de última generación para PC móviles, y la evolución del ecosistema con amplias asociaciones que impulsan a la industria de las PC portátiles. Los nuevos procesadores Intel Core de 11a generación con gráficos Intel Iris Xe (con nombre de código “Tiger Lake”), son procesadores para laptops delgadas y ligeras con capacidades para productividad, colaboración, generación de contenido, gaming y entretenimiento en laptops con sistema operativo Windows y ChromeOS. La firma también anunció la plataforma Intel Evo para diseños de laptops verificados.




CUELLO BLANCO

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l 28 de noviembre pasado, La Prensa Gráfica reveló que el diputado presidente de la Asamblea Legislativa, Sigfrido Reyes del FMLN, y un asesor, Byron Enrique Larrazábal Arévalo, compraron cinco lotes de terreno en la urbanización Greenside Santa Elena, en una de las zonas de mayor plusvalía en El Salvador. Según la nota del matutino, la empresa Terrein S.A. de C.V., inscrita por Reyes y su asesor en 2011, compró las tierras, propiedad del Instituo de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA) a precios por debajo de mercado. En notas de seguimiento, y tras la defensa pública que de Reyes hizo Marco Rodríguez, Secretario de Transparencia de Casa Presidencial, quedó claro que Reyes y su socio pagaron poco más de 442,000 en efectivo por las tierras. Hasta ahora, el diputado presidente ha hecho uso de recursos del estado, como la radio legislativa, para defenderse y atacar al medio que lo descubrió. Sobre este caso, el director de El Faro dice que muestra cómo «el servicio público es un gran negocio privado». Roberto Burgos, de Funde/Transparencia Internacional, opina que aquí queda en duda como Sigfrido Reyes, haciendo uso de su «derecho al progreso personal» (como lo dijo el diputado en un programa de radio), «pudo invertir casi medio millón de dólares… a un precio ventajoso, cuyo conocimiento está vedado para el resto de salvadoreños, ya que si se analiza el Índice de Información Reservada (del IPSFA), todos los planes de negocios de cualquier unidad de ese instituto estarán disponibles hasta marzo de 2019». El editor Judicial apunta: «¿contratas como tu asesor –pagado con fondos públicos– a uno de tus socios, con el que has comprado unos terrenos – abajo del precio– valiéndote de información reservada , y te parece extraño que la opinión pública lo cuestione? Cínico, cuando menos. Y segundo: seguramente el empleo anterior de Reyes fue presidente de una trasnacional porque los ahorritos que puede uno obtener por seis o nueve años de diputado definitivamente no alcanzan para juntar más de 400,000 dólares. Algo no cuadra acá». Nuestra conclusión: por más que Reyes, el secretario Rodríguez o el mismo FMLN –cuyo coordinador general, Medardo González, ofreció apoyo incondicional al diputado presidente– le den vueltas, esto se llama corrupción: no es solo el acceso a medio millón de dólares en efectivo o el tráfico de influencias para comprar a bajo precio, es, de nuevo, la práctica nefasta de ocupar el recurso del Estado, y en este caso el aparato partidario, para montar la justificación pública de acciones que Sigfrido Reyes ha sido incapaz de contestar en una entrevista periodística. Algo más: Reyes tiene fuero. Se nota que lo sabe.

Sigfrido Reyes y las compras al IPSFA Por Redacción Factum el 31 diciembre 2014


El día que Chile se enfrentó a su mayor escándalo de corrupción Paula Molina BBC Mundo, Chile

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n vivo y en directo, por radio y televisión, se transmitió en Chile la mañana del sábado la resolución del juez del caso Penta, el mayor escándalo de corrupción del país.

No era para menos, se trata de un conglomerado financiero con activos por US$20.000 millones en un caso con una nada desdeñable arista política, la financiación irregular de campañas electorales, la mayoría, de la derecha chilena. En medios y redes sociales se había instalado un intenso debate sobre la capacidad de la justicia chilena frente al poder y la necesidad de distinguir entre los argumentos de derecho y las expectativas de la opinión pública. Y llegada la hora, lo que escucharon y vieron los chilenos fue la prisión preventiva por delitos fiscales y sobornos para seis de los diez imputados. Ingresan en prisión provisional acusados de delitos tributarios, soborno, cohecho y lavado de activos. Un capítulo más de lo que parece una novela policial por entregas en la que empresarios y servidores públicos se han visto arrastrados por las denuncias de un moribundo colaborador de rango menor que decidió hablar poco antes de morir. “Peligro para la sociedad” Iniciada la sesión, el juez estuvo 40 minutos fundamentando su esperada decisión. La expectación era máxima en un país con alta desigualdad económica y una creciente desconfianza en las instituciones reflejada en distintos sondeos. Eso, en medio del creciente descontento de la ciudadanía frente a la corrupción y las confusas líneas entre el dinero y la política. El juez aceptó casi todo lo que pedía la fiscalía, salvo en el caso de dos de los imputados, a los que también envió a prisión sin que lo hubiera solicitado el Ministerio Público: “un peligro para la sociedad”. Según la acusación, en el grupo Penta se hacía una serie de maniobras –desde boletas falsas a nombre de cónyuges hasta complejas operaciones con contratos “forward” o de compras a futuro– con el fin de evadir impuestos. En palabras del fiscal Carlos Gajardo, que lideró la primera parte de las indagatorias, Penta funcionaba “como una máquina para defraudar al fisco”. Ante la respuesta de que eran en realidad una “máquina para crear trabajo”, el CDE contrarrestó: el narcotráfico también genera empleo. “No entienden que la legalidad es para todos”, argumentó ante el juez el CDE. ¿Más de lo esperado? El origen del grupo Penta se vincula a los procesos de privatización de empresas públicas bajo el régimen de Augusto Pinochet. Tras sucesivas inversiones y negocios, el conglomerado se constituyó como un importante actor en el ámbito financiero, bancario e inmobiliario, entre otros rubros. Entre los enviados a prisión, están su dueños y controladores, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín. Interrogados por los fiscales en la etapa previa a la formalización, ambos admitieron el financiamiento irregular de candidaturas políticas vinculadas, la mayoría, a la derecha chilena. Los correos electrónicos de Délano y Lavín confirmaron los nombres de los involucrados. Entre ellos se cuentan dos senadores en ejercicio de la UDI, el partido fundado por estrechos colaboradores del período pinochetista.

También va a prisión provisional Pablo Wagner, quien fuera secretario de Minería durante la gestión del expresidente Sebastián Piñera. Se lo acusa de recibir dineros del grupo económico mientras trabajaba en el gobierno como soborno. Su defensa asegura que los recibía que se trata de montos que le debía el grupo, donde trabajó previaEl portavoz del gobierno, Álvaro mente. Recayó igualmente la medida de Elizalde, dijo que la decisión del prisión sobre el exfiscalizador del Servicio juez confirma “la necesidad de de Impuestos Internos Iván Álvarez, pero crear una institucionalidad más ya estaba preso. eficaz y un marco regulatorio más estricto”. Y el mismo destino corren Hugo Bravo y La decisión de este sábado representa una estocada para los grupos instalados en el poder económico y financiero chileno a partir de la década de los 80, bajo el régimen militar y hasta ahora. Para muchos, el juez fue más allá de lo esperado en un país latinoamericano donde los sectores de mayores ingresos se agrupan en estrechas redes familiares y de negocios.

Marcos Castro, pese a que la fiscalía no había pedido su ingreso en prisión por considerar que habían colaborado en la investigación. En concreto, Bravo, no sólo reveló distintos antecedentes del caso, sino que además grabó las conversaciones con sus exjefes. La “excepción” fue para Manuel Antonio Tocornal, actual gerente de Penta, quien no irá a prisión pero que da bajo arresto domiciliario y con prohibición de abandonar el país.



Cecilia Euridisse Herrera Iraheta, DiseĂąo y ProducciĂłn Impresa. 09 - 09 -2020.


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