Modulo criminalistica

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Guía Modulo de Criminalística Forense

Derecho Penal. El Derecho Penal es una parte del Derecho Público, protege las garantías individuales a través de la imposición de penas a quiénes realizan actos u omiten acciones establecidas en la ley. Criminalística. Disciplina del Derecho Penal que se ocupa del descubrimiento y verificación científica del delito. Formas de estudio de la criminalística: Criminalística de campo: lugar donde se encuentra cualquier elemento que lleve a pensar que está relacionado con un hecho delictivo.(descubrir o recolectar material sensible significativo). Criminalística de laboratorio: Esta analiza científicamente los indicios mediante el uso de una metodología científica. (Indicios después de haber sido embalados). Criminología. Es la disciplina que se ocupa del estudio del fenómeno criminal, con el fin de conocer sus causas y formas de manifestación, se trata de la ciencia causaexplicativa. Inspección Criminalística. Es la labor técnico-científica que se realiza en forma metodológica en la escena por los peritos de criminalística, de acuerdo a su especialidad y cumpliendo los requisitos de inmediatez, precisión y minuciosidad. La inspección criminalística permite buscar, encontrar, perennizar y recoger los indicios y/o evidencias con el fin de establecer el ¿qué?, ¿quién?, ¿dónde?, ¿cuándo?, ¿con qué? y ¿cómo?, se produjo un hecho criminal.


PREGUNTAS DE ORO, CRIMINALÍSTICA Y CRIMINOLOGÍA

1.- ¿Qué? Hace referencia al tipo de hecho que se cometió: suicidio, homicidio, a accidente, etc. 2.- ¿Cómo? En qué forma o manera se produjo el hecho. 3.- ¿Dónde? En qué lugar se cometió el hecho punible ya que no necesariamente la ubicación del cadáver corresponde al lugar donde se cometió el delito. 4.- ¿Cuándo? En qué momento se produjo el ilícito. 5.- ¿Quién? Se persigue establecer la identidad de la víctima y del victimario 6.- ¿Con qué? Determinar el objetivo o instrumento que se utilizó para cometer el delito. 7.- ¿Por qué? Establecer el móvil del hecho: robo, venganza, motivos pasionales, etc. Si bien es cierto las primeras 6 corresponden a la Criminalística y el "por qué" a la Criminología. Medios de Fijación 

Narrativa: narración de la constitución del lugar de los hechos y de cómo se va llevando a cabo el procedimiento.

Escrita

Videograbación

Fotografía panorámica


Fotos generales

Plano medio




Primeros planos (acercamientos)

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Fotos de detalle (grandes acercamientos)


Planimetría: consiste en presentar el lugar de los hechos a través de un plano o diagrama en donde los investigadores podrán consultar de manera objetiva las características físicas del sitio.

Fijación por maqueta:


Métodos de búsqueda Métodos por zona dividir cada una de las habitaciones en zonas o selecciones, tales como pisos, paredes y techos, previendo iniciar por el piso (se maneja el plano de abatimiento o kenyers). Método por espiral: la búsqueda se inicia principiando desde el centro o de la periferia siguiente un movimiento circular. Método de enlace: cuando abarca dos o mas habitaciones se utiliza ese método, que consiste en establecer un seguimiento de cada uno de los lugares involucrados, de acuerdo a los indicios encontrados, este método es de mucha utilidad para llevar a cabo la reconstrucción de los hechos. Método de criba: consiste en delimitar el área mediante puntos de referencia de tal manera que éste tenga una forma Geométrica regular procediendo a realizar la búsqueda de manera uniforme y paralela hacia uno de sus lados, cubriendo la superficie de un extremo a otro, primeramente en sentido horizontal y seguidamente en sentido vertical.


Método de franjas: es una variación simple del anterior y es utilizado cuando el área de búsqueda es grande igual de una forma geométrica regular. Método de zonas: por espacios grandes este requiere dividir el área en pequeñas partes o zonas o rectángulos, debiéndose llevar a la búsqueda de un individuo en cada una de las subdivisiones.

Indicios Por su ubicación son distantes, cercanos y en posesión. Distantes: Son aquellos que se encuentran en un área física distinta al punto de atención principal (más de 5 metros). Cercanos: Se consideran aquellos que se encuentran cercanos al cadáver dependiendo del área física (a menos de 5 metros). En posesión: Son aquellos que se encuentran en el cuerpo, tanto de la víctima, como del o los presuntos responsables.

Por sus características generales, determinables e indeterminables. Determinables: Son aquellos que para saber qué tipo de indicio es, no se requiere de instrumentación ni exámenes especiales.

Indeterminables: Son aquellos que para saber qué tipo de indicio es, se requiere de la utilización de instrumentación y realización de exámenes especiales.

Por su relación con el hecho, asociativos y no asociativos. Asociativos: Son aquellos que tienen relación directa con el hecho que se investiga.


No asociativos: Son aquellos se encuentran en el lugar de los hechos, en la victima, o el presunto responsable, pero no tienen relación directa con el hecho.

Por la forma en que se producen, intencionales y accidentales. Intencionales: Los cuales se colocan o se producen con la finalidad de crear confusión o distorsionar el hecho. Accidentales: Provocados independientemente de la voluntad del hombre o como resultado del intercambio de indicios entre la víctima, victimario o de estos en el lugar de los hechos.

Código Nacional de Procedimientos Penales. Artículo 267. Inspección La inspección es un acto de investigación sobre el estado que guardan lugares, objetos, instrumentos o productos del delito. Será materia de la inspección todo aquello que pueda ser directamente apreciado por los sentidos. Si se considera necesario, la Policía se hará asistir de peritos. Vocablos manejados en el Código Nacional de Procedimientos Penales. Perito: Experto o entendido en algo. Policía: Los cuerpos de Policía especializados en la investigación de delitos del fuero federal o del fuero común, así como los cuerpos de seguridad pública de los fueros federal o común, que en el ámbito de sus respectivas competencias actúan todos bajo el mando y la conducción del Ministerio Público para efectos de la investigación, en términos de lo que disponen la Constitución, este Código y demás disposiciones aplicables. Delito: Acción u omisión voluntaria o imprudente penada por la ley. Crimen: Acción voluntaria de matar o herir gravemente a alguien.


Homicidio: Muerte causada a una persona por otra sin que concurran las circunstancias de alevosía, precio o ensañamiento. Peritaje: actividad profesional y experta consistente en la redacción de un informe específico, relacionado con aspectos técnicos y profesionales, en el que el experto contesta a una o más preguntas planteadas por un Juez o por las partes implicadas en un procedimiento Legal. Dictamen: es conocido como el documento en el que se refleja las anotaciones y conclusiones minuciosas llevadas a cabo por el perito y debe destacar por su redacción sencilla, comprensible y detallada, en la que se incluya descripción de "la cosa", con algún dato de interés y obviando lo insignificante. Se debe reflejar la situación de forma clara y concisa para que sea entendido y procesado correctamente por parte del Juez, sin necesidad de tecnicismos que lleven a la incomprensión. Embalaje: Es la técnica adecuada de manejo y conservación que se emplean para guardar, inmovilizar y proteger un indicio de acuerdo a la naturaleza del mismo, con el objeto de mantener su integridad para su posterior estudio y análisis. Los indicios embalados deben contener: 

Numero de carpeta de investigación

Características del indicio

Tipo de indicio o clase

Fecha

Nombre y firma del perito

El dictamen debe contener: 

La descripción de la persona, objeto o cosa material de examen o estudio, estado y forma en que se encontraba.

La relación detallada de todas las operaciones practicadas la pericia y su resultado.

Los medios científicos o técnicos de que se han validado para emitir su dictamen,

Las conclusiones a las que llegan los peritos.


Informe: es la comunicación escrita u oral en la que se dan informaciones, explicaciones y opiniones sobre una persona, asunto o negocio. Cadena de Custodia: se define como el procedimiento controlado que se aplica a los indicios materiales relacionados con el delito, desde su localización hasta su valoración. Etapas de la cadena de custodia: 

Extracción o recolección de la prueba

Preservación y embalaje de la prueba

Transporte o traslado de la prueba

Traspaso de la misma, ya sea a los laboratorios para su análisis o a las diferentes fiscalías para su custodia

Custodia y preservación final hasta que se realice el debate.



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