Operatividad Aduanera Funciones y conceptos de la Operatividad Aduanera
La Operatividad Aduanera es toda funci贸n que se realice en la aduana, ya sea una importaci贸n temporal, exportaci贸n temporal, etc.
Operatividad Aduanera ....................................................................................................................................... 1 1. Funciones.................................................................................................................................................... 1 Operaciones Aduaneras de Importación ..................................................................................................... 1 Operaciones Aduaneras de Exportación ..................................................................................................... 2 Exportación: ........................................................................................................................................... 3 Operaciones de transbordo ..................................................................................................................... 3 Impuestos Aduaneros ............................................................................................................................. 3 Los Despachantes De Aduana .................................................................................................................... 4
Operatividad Aduanera El Comercio Internacional consiste en comprar y vender en el mercado internacional utilizando unidades monetarias (medios legales de pago legales en circulación existentes) de un Estado. Este tipo de comercio empezó a mostrar las características actuales con la aparición de los estados nacionales durante los siglos XVII y XVIII cuando los dirigentes descubrieron que al promocionar el comercio exterior podían aumentar la riqueza y, por lo tanto, el poder de su país. El Comercio Internacional caracteriza las relaciones entre países, permitiendo medir la fortaleza de sus respectivas economías.
1. Funciones La función de las Aduanas es fiscalizar las entradas y salidas de las mercaderías percibiendo los impuestos a la importación y a la exportación y además las tasas por los servicios que presta. Las Aduanas son reparticiones exclusivamente nacionales, ubicadas en las fronteras y costas y en los aeródromos y aeropuertos en relación internacional. Otras funciones de la Aduana, son: La resolución de los reclamos, recursos, peticiones y consultas de los importadores y exportadores. Impedir las importaciones y exportaciones ilícitas. La prevención, persecución y sanción de las infracciones aduaneras. Operaciones Aduaneras de Importación Para que se realice una importación de bienes, es necesario cumplir con ciertas pauta para poder ingresar el producto al país. Algunas de dichas pautas deben cumplirse antes de proceder a cargar la mercadería o recibirla. El capitán del barco debe confeccionar un manifiesto de la carga del barco, indicando desde ya los distintos datos de los bienes cargados. Este documento debe estar autorizado por el cónsul argentino del puerto de embarque; en el caso de que no hubiera un cónsul en el puerto de origen, debe hacerlo el de cualquier puerto de escala. Luego de llegar al país de destino, debe entregarse el manifiesto a los funcionarios de aduana, encargados de verificar la mercadería y autorizar su descarga. Una vez realizada dicha descarga las mercaderías de despachan, sea ya: “A Plaza” (es el más directo) Los bienes se entregan al importador habiendo cumplido con normas reglamentarias y pagando los impuestos a cargo de la aduana. “A depósito”: Los bienes se derivan a almacenes estatales o privadas, vigiladas por el estado,
siendo este caso posible solo en aduana mayores. En el caso de “A Plaza”, debe reunirse en una carpeta toda la documentación correspondiente a dicha importación, y se le adjunta una fianza para garantizar los gravámenes a pagar. La carpeta en la que se encuentra la documentación debe ser fiscalizada por equipos de vistas especializados en cada ramo. La fiscalización puede ser tanto aprobada o rechazada. En el caso de ser aprobada, continúa sus trámites. Pero en el caso contrario la mercadería es devuelta a la oficina de recepción para su rechazo. La documentación pasa al sector liquidaciones y pago; una parte de los documentos va al puerto para que el despachante pueda examinar (frente al interesado) si la mercadería es la declarada en los documentos presentados. A partir de esto puede ocurrir: Los bienes, en su calidad y cantidad inferiores o coincidentes con la documentación; en este caso los fiscalizadores clasifican y dan valor definitivamente a los bienes a los efectos del pago de los gravámenes aduaneros. Los bienes, son superior en cantidad o calidad a lo ya declarado en la documentación; en este caso se suspende el despacho, y comienza un sumario. Una vez clasificadas y valoradas las mercaderías, los antecedentes pasan a la oficina de liquidaciones en el puerto con el previo pago de los impuestos aduaneros, la mercadería se considera ya nacionalizada y puede destinarse a su consumo y comercialización. En el despacho a depósito, los importadores pueden solicitar a la aduana que las mercaderías importadas sean destinadas a los depósitos aduaneros hasta ser efectuado el despecho a plaza, siempre y cuando se abonen los derechos fijados por la aduana. El depósito puede ser efectuado en almacenes privados controlados y vigilados por la aduana, en el caso de que se tratasen de mercaderías inflamables de poco valor y mucho volumen. Todo depósito en los almacenes de aduana hace responsable a la misma de todo daño que pudiera llegar a afectar a la mercadería, exceptuando, los accidentes imprevistos, como incendios, robos violentos, etc. El importador puede verificar los bienes, disponer de su venta y realizar operaciones de crédito prendario contando con la autorización de la Administración Nacional de Aduanas. Operaciones Aduaneras de Exportación Para exportar mercaderías en un buque, el mismo debe contar con un permiso para abrir registro de carga, el cual puede solicitarse a la Administración Nacional de Aduanas, en dicho permiso debe indicarse: Nacionalidad y nombre del buque. Destino de la carga. Fecha y firma del armador o agente del buque Dicho permiso debe ser presentado en la Oficina de Recepción de la Aduana, la cual abrirá una carpeta en la que se encuentran todos los antecedentes de la exportación. La exportación temporaria: Es aquella en la cual la mercadería puede permanecer con un plazo determinado fuera del territorio aduanero, quedando sometida a la obligación de reimportarla para consumo con anterioridad del vencimiento del plazo. La mercadería puede permanecer en el mismo estado en que hubiera sido exportada temporariamente, o bien ser transformada, o cualquier operación para su perfeccionamiento. Para el caso de que la mercadería hubiera sido transformada, mediante operaciones que impliquen beneficio pagará tributos que gravan la exportación de mercaderías para consumo sobre el mayor valor de la exportación. Será considerada importación de consumo la que hubiese sufrido merma. Solo se puede considerar una exportación definitiva cuando la mercadería puede permanecer durante tiempo indeterminado fuera del territorio de la aduana. La declaración jurada debe indicar: destino, nomenclatura y naturaleza, calidad, peso, cantidad, precio, estado, posición arancelaria. Debe indicar los ítems anteriores para poder lograr una correcta clasificación arancelaria y su valoración a los efectos aduaneros. Los bienes y/o las mercaderías destinadas al extranjero, se clasifican en: Productos o frutos nacionales, libres del pago de derecho de exportación. Productos o frutos nacionales sujetos al pago de derechos de exportación.
Mercaderías extranjeras de tránsito para retorno, transbordo o reembarco. Mercaderías extranjeras nacionalizadas. Estas son las que han cumplido con los trámites requeridos para la importación. Exportación: El exportador debe conocer la ubicación del buque y el momento en el que se debe efectuar la carga. Allí debe presentar a la división de Verificaciones de Departamento de Exportación de la Aduana el permiso de embarque que contiene datos como el país de destino, descripción de las mercaderías y datos requeridos para dicha operación. Los encargados de verificar las mercaderías y/o los bienes que se exporta son los representantes de organismos (oficiales o privados) que se encargan de expedir certificados respecto de la calidad de lo que se exporta. El objetivo es mantener el crédito de dichos productos.
Operaciones de transbordo Se realiza una operación de transbordo cuando las mercaderías importadas se encuentran en un buque determinado y se las lleva a otro buque para exportarlas ese país. El permiso de transbordo se puede librar cuando el buque importador haya abierto el registro para haber cargado el buque exportador. Los datos que debe contener este permiso, son los siguientes: Debe indicar la descripción de las mercaderías. Se debe presentar a la oficina de resguardo aduanero y registro para que presenciara el transbordo de las mercaderías. Firmado por el dueño del buque. Impuestos Aduaneros Definición Los impuestos aduaneros son tributos exigidos por un gobierno sobre las mercancías importadas o exportadas desde el país. Funciones Los impuestos aduaneros son exigidos en correspondencia a una prestación que se concreta de modo individual por parte de la administración pública y cuyo objeto de gravamen está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo (sujeto económico que tiene la obligación de colaborar), como consecuencia de la posesión de un patrimonio, la circulación de bienes o la adquisición de rentas o ingresos. Los derechos aduaneros son dispositivos fiscales instituidos como medidas para elevar los ingresos. Los impuestos de importación se impusieron para favorecer a las industrias nacionales manufacturera y agrícola de la competencia extranjera mediante la elevación de los precios de venta de los artículos importados. Mientras que los impuestos de exportación se impusieron sobre materias primas (principalmente en países agrícolas) para mantener los precios. Se considera “tributo aduanero” a todo impuesto que grava el comercio internacional, siempre que no constituya: Remuneración por servicios prestados a los importadores. Simple extensión a los productos importados, tributos internados cobrados igualmente a los productos nacionales. El derecho aduanero es específico y forma para del derecho público. Sistemas: Ad Valorem y de derechos Específicos El derecho o impuesto Ad Valorem es el que se cobra atendiendo al monto o valor de la mercadería, encontrándose este último establecido en la tarifa de arancel aduanero.
Las proporciones de este impuesto se cobran sobre el valor que a las mercaderías les ha fijado la tarifa de AVALÚOS, a los fines impositivos. El otro impuesto, el específico es el que se percibe dejando de tener en cuenta el valor de la mercadería, para darle importancia a su peso, cantidad o calidad. Este impuesto recae principalmente sobre las mercaderías de las secciones combustibles, bebidas y tabacos. Gravámenes a la Importación Fondo de Contribución al Desarrollo del Plan Siderúrgico Argentino: la alícuota varía, entre el 1% hasta el 10% y se aplica sobre la misma base que los derechos de importación. Fondo de Fomento Minero: El gravamen establecido es del 2% para los productos originarios de los países latinoamericanos y del &% para las de cualquier otro origen. Fondo Forestal: su objetivos es reunir fondos destinados a la defensa y mejoramiento de los bosques. La alícuota es entre el 4 y el 10%. Fondo Nacional de la Marina Mercante: Está integrado por los siguientes montos: 2% sobre el valor de los fletes correspondientes al transporte marítimo y fluvial de exportación; y 12% sobre el valor de los fletes correspondientes al transporte marítimo y fluvial de importación. Gravámenes a la Exportación Fondo Forestal: En exportaciones se integra con el importe del 50% del derecho que deben tributar las operaciones de determinados productos. La finalidad de este aporte es el mejoramiento y reforestación de bosques. Extracto de Quebracho: Fijado en un 5%. Su recaudación se destina al Instituto Forestal. Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria: Se aplica a productos agrícola-ganaderos y a sus transformaciones primarias. Actualmente se ha fijado en el 2%. Junta Nacional de Granos: Tiene establecidos 2 gravámenes: -1% con la lista de gramos gravados. Alcanza además a los residuos de cualquiera de ellos cuando contengan más del 60% de granos base. -1,5% con destino al pago de la construcción, ampliación, modernización de la red de elevadores y depósito del Estado. Dirección Nacional de Vialidad: Se aplica a los productos alcanzados con el tributo destinado al INTA y que se encuentren incididos con derechos de exportación. Servicio de Estadística: Para las exportaciones definitivas la tasa es del 1% aplicándose a todos los productos de la NADE, con excepción de la energía eléctrica, determinadas obras de autores nacionales. Impuesto sobre los Fletes Marítimos: Toda la mercadería que se exporte y utilice como transporte la vía marítima, está sujeta al pago del 2% sobre el valor total del flete pertinente. Lo recaudado se ingresa a la Dirección Nacional de la Marina Mercante. Los Despachantes De Aduana Definición Son profesionales auxiliares del comercio y del servicio aduanero. Estos sujetos están habilitados ante la Aduana para prestar servicios a terceros como gestores en el despacho de mercancías. Función En forma generalizada realizan, en nombre de otros sujetos, trámites y diligencias relativos a la importación, la exportación y demás operaciones aduaneras. Más específicamente: Comprobar y verificar que la documentación cumpla con las disposiciones legales vigentes. Verificar las condiciones en que llegaron los bultos. Confeccionar las destinaciones aduaneras en base a los documentos exigidos por la normativa aduanera. Describir y clasificar arancelariamente las mercancías. Exigir los Vº.Bº necesarios requeridos por la legislación. Determinar los derechos de aduana y demás gravámenes cuando corresponda
Requisitos Requisitos para la inscripción en el Registro de despachantes de Aduana: Ser mayor de edad. Tener capacidad para ejercer por sí mismo el comercio Estar inscripto como comerciante en el Registro Público de Comercio Haber aprobado estudios secundarios completos y acreditar conocimientos específicos en materia aduanera Acreditar domicilio real Construir domicilio especial en el radio urbano de la aduana en la que hubiere de ejercer su actividad. Acreditar la solvencia necesaria y otorgar a favor de la Administración Nacional de Aduanas una garantía en seguridad del fiel cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad. No estar comprendido en alguno de los siguientes supuestos: Haber sido condenado por algún delito aduanero o por la infracción de contrabando menor. Haber sido socio ilimitadamente responsable, director o administrador de cualquier sociedad o asociación cuando ésta hubiera sido condenada. Haber sido condenado por delito reprimido por pena privativa de la libertad. Estar procesado jurídicamente Haber sido condenado con pena accesoria de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Estar inhibido judicialmente para administrar o disponer de sus bienes, mientras esta situación subsistiere. Ser deudor de obligación tributaria aduanera exigible o de obligación emergente de pena patrimonial aduanera firme Ser o haber sido agente aduanero, hasta después de un año de haber cesado como tal.