1 TEMA 1. LOS PRINCIPIOS DE UNA BUENA ESTRUCTURA TRIBUTARIA INTRODUCCIÓN El objetivo último de la economía es conseguir una mejor vida para todos, mediante las decisiones del empleo de unos recursos escasos entre usos alternativos. Los mecanismos habituales para conseguir ese objetivo han sido el mercado y la actividad pública. Cada uno de esos sistemas presentan sus limitaciones y sus virtudes, que has estudiado en sector público I, y conocidos por fallos del mercado y fallos del sector público. Por ello un buen sistema tributario debe cumplir una serie de requisitos que enumerados de forma resumida son: que fomenten la responsabilidad política, justos, sencillos, eficientes y flexibles (Ver Rosen o Albi). No obstante, hemos optado por desagregarlos para facilitar su estudio y su aplicación analítica, e indicamos su relación con los epígrafes incluídos en el temario, de forma que se pueden agrupar en:1 Principios políticos: 1.- Responsabilidad política. (responsabilidad política (Rosen), presupuestos participativos y transparencia fiscal-apuntes) Principios presupuestarios y técnicos: 2.- Suficiencia (apuntes) 3.- Gestión administrativa eficiente (costes administrativos, Rosen y Albi) Principio éticos: (apuntes basados en el informe Neumark y Albi II, p. 19-25) 4. Generales 5.- Igualdad o uniformidad 6.- Proporcional 7.- Redistributivo Principios económicos. 8.- Mínima ineficiencia económica (eficiencia económica, Albi II, pp. e impuestos para el bien común, apuntes) 9.- Flexibles para facilitar la estabilidad económica (favorecer la estabilidad económica, Albi II, y estos apuntes) 10.- Fomentar el crecimiento y el desarrollo (apuntes)
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Puedes consultar diferentes clasificaciones: http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/ledf/blasio_m_re/capitulo2.pdf
2 PRINCIPIOS POLITICOS 1- La responsabilidad política La democracia es una forma de organización social que atribuye la titularidad del poder al conjunto de la sociedad. En sentido estricto, la democracia es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a sus representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales. Hay democracia indirecta o representativa cuando la decisión es adoptada por personas reconocidas por el pueblo como sus representantes. Hay democracia participativa cuando se aplica un modelo político que facilita a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas o cuando se facilita a la ciudadanía amplios mecanismos plebiscitarios consultivos. Finalmente, hay democracia directa cuando la decisión es adoptada directamente por los miembros del pueblo, mediante plebiscitos vinculantes, elecciones primarias, facilitación de la iniciativa legislativa popular y votación popular de leyes, concepto que incluye la democracia líquida. En la Democracia Líquida cada ciudadano tiene la posibilidad de votar cada decisión y realizar propuestas, pero puede ceder su voto a un representante para aquellas decisiones en las que prefiere no participar. En una Democracia Líquida, los ciudadanos que desean implicarse en la vida política, pueden hacerlo, y los que prefieren no complicarse, pueden delegar en representantes. Cada cual decide su nivel de implicación en la vida política. Es un sistema en el que cualquier ciudadano puede ser representante. Tan solo debe hacer público su voto. Así mismo, cualquier ciudadano o grupo de ciudadanos puede crear un representante virtual, que publicará su intención de voto en nombre del partido político o corriente de opinión a la que representa. No es necesario esperar 4 años para cambiar de representantes. El voto delegado puede recuperarse en cualquier momento:
para votar una decisión puntual en la que se quiere participar directamente para tomar parte activa en el parlamento virtual, votando en cada decisión para delegar en otro representante
Estas tres formas no son excluyentes y suelen integrarse como mecanismos complementarios en algunos sistemas políticos, aunque siempre suele haber un mayor peso de una de las tres formas en un sistema político concreto. En cualquier caso, los políticos deben ser responsables en la toma de decisiones, incluyendo por tanto el ámbito de los impuestos y los gastos. Sin embargo, la responsabilidad política es también evaluada por los ciudadanos cuando, asumiendo el papel de electores en un sistema democrático, valoran el uso que los gobernantes han hecho del poder, aplicando cualquier tipo de criterio para evaluar su desempeño y no una norma jurídica. Por lo tanto, la responsabilidad política no se subsume bajo la responsabilidad jurídica, como la legitimidad política no se subsume bajo la legalidad jurídica. Por ello, el primer elemento para evaluarla responsabilidad política es si se corresponde con los compromisos adquiridos ante la ciudadanía. En caso contrario, no están siendo responsables, y si las condiciones económicas son muy diferentes existen mecanismos legales y tecnológicos para poder contar con el respaldo de los ciudadanos,
3 gobernar de espaldas “por el bien de todos” pero sin contar con su aprobación es, simplemente, considerar que la población no tiene la mayoría de edad para ejercer sus derechos políticos y civiles. Desde una perspectiva procedimiental, la responsabilidad política en el ámbito de la presupuestación se ejerce si existe: 1.- Información (transparencia de datos): opendata, opencratio, civio, índice de transparencia fiscal. http://dondevanmisimpuestos.es/ayuda/#capitulo-9. En este sentido, los impuestos directos permiten al contribuyente cuantificar de una forma más clara cuál es la factura tributaria, evitando la denominada “ilusión fiscal”, es decir la distorsión de la evaluación del importe total de los impuestos que pagamos, y los servicios y beneficios que el sector público genera. 2.- Control: auditorias de órganos públicos (tribunal de cuentas) y por la propia ciudadanía: http://internationalbudget.org/who-we-are/; http://auditoriaciudadana.net/ 3.- Sanción en caso de incumplimiento 4.- Aprobación de los impuestos de la forma más participativa posible. En los últimos años se ha desarrollado un una herramienta de participación y gestión de la ciudad, denominada presupuesto participativo mediante la cual la ciudadanía puede proponer y decidir sobre el destino de parte de los recursos municipales.2 Desde que, en 1989 se pusieran en marcha las primeras iniciativas en la ciudad brasileña de Porto Alegre, la figura de los Presupuestos Participativos ha ido ganando presencia tanto en América Latina, y además existen experiencias en todos los países. A modo de ejemplo: en España, las experiencias más significativas hasta ahora se han desarrollado en ciudades como Sevilla, Córdoba, Albacete, San Sebastián, Málaga, Jerez, Getafe, Petrer, Puente Genil, Cabezas de San Juan, Sabadell, Leganés, Torreperogil, Puerto Real, Torrellano, Elche, Novelda y Santa Cristina d'Aro entre otras, y en otros países podemos citar: Bolonia (Italia), Yokohama (Tokio) Ontario (Canadá); Portland, Auburn y Estado de Minessota (EE.UU.) o Friburgo (Austria), entre otros. El Presupuesto Participativo tiene como principal objetivo la participación directa de la ciudadanía en este proceso, con el fin de establecer las principales demandas y preocupaciones de los vecinos y vecinas en materia generalmente de gastos (actividades, inversiones públicas...) e incluirlos en el presupuesto anual de la ciudad, priorizando los más importantes y realizando un seguimiento de los compromisos alcanzados. El principal aporte de los Presupuestos Participativos es el asentamiento de la idea de una ciudadanía activa, haciendo partícipe al vecino y vecina de la marcha de la ciudad. Entender, en definitiva, la gestión pública como algo que tiene que ver con nuestras vidas, y que podemos no solo participar, sino también decidir sobre estos asuntos públicos.
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Puedes consultar: http://www.presupuestosparticipativos.com/; http://www.presupuestosparticipativos.com/files/5600-3779fichero/Guia%20metodol%C3%B3gica%20propia%20de%20los%20Presupuestos%20Participativos.pdf
4 Además, podemos establecer una serie de ventajas que deben acompañar el desarrollo del proceso: - Mayor transparencia y eficiencia en la gestión municipal, al compartir entre todos el debate acerca de en qué se van a gastar nuestros impuestos. - Mejora de la comunicación entre administración y ciudadanía, generando espacios de interlocución entre políticos/as, vecinos/as, colectivos y personal técnico. Esto implica que el político y el burócrata deciden con un mayor nivel de información, y por otra parte, fomenta el control y la responsabilidad ciudadana hacia lo público. - Es un proceso abierto a todo el mundo, que posibilita la participación directa de todas las personas, superando así la lógica participación representativa, que se limita a la acción de votar cada cuatro años. - Se trata de un proceso autorregulado, es decir, que son los propios participantes los que deciden cómo deben ser las «reglas del juego» que deben regir el proceso. - Fomenta la reflexión activa y la solidaridad por cuanto todos los vecinos y vecinas tienen la oportunidad de conocer y dialogar sobre los problemas y demandas del resto. Como vemos, los Presupuestos Participativos (PP) hablan de dinero, pero también de nuevos espacios de participación, de profundización democrática en la vida local, de participar para decidir. Hablan en definitiva de apropiación de los asuntos públicos por parte de la ciudadanía, lo que en el fondo constituye la esencia de la democracia. Su aplicación no está exenta de dificultades: falta de participación, reticencias políticas y burocráticas. Estas críticas proceden de inercias sociales y políticas, y no de problemas del propio PP, que se pueden solventar con recursos para evitarlas. Uno de los aspectos más criticados es que la población no puede tomar decisiones sobre aspectos técnicos, pero realmente el presupuesto participativo lo que pretende es que los ciudadanos/as expresen sus demandas, y prioricen, y no sea el burócrata o el político el que tome esa decisión. Por ejemplo, para el barrio puede ser más importante la mejora del acerado que la construcción de una fuente, otra cuestión diferente son los aspectos técnicos de los proyectos. PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS Y TÉCNICOS 2. Principio de suficiencia Ese principio postula que el sistema tributario pueda cubrir las necesidades financieras del Estado, por lo que se deben tomar en cuenta dos aspectos: el gasto público a cubrir y los ingresos necesarios para ello. Es conocido que estas dos magnitudes están íntimamente relacionadas, al postular algo de una, se requiere ineludiblemente abordar la otra. Por un lado podemos observar que existen límites al nivel de tributación que puede soportar una economía, mientras que por el otro también es cierto que hay ciertas necesidades que el Estado debe indefectiblemente cubrir. Estos serían los dos extremos del análisis y son una cuestión previa al problema planteado. Además en la actualidad, la financiación de gasto con déficit o deuda, sin límites.
5 Este principio intenta solucionar el problema que causan necesidades de financiación adicionales al margen de la “expansión normal” de los gastos o la existencia de nuevos proyectos de gastos continuados; en ambos casos se requieren ingresos tributarios adicionales. Para Neumark, (1974) : “el principio de la capacidad de adaptación de la imposición en la política de cobertura implica que el sistema fiscal ha de permitir que, en caso necesario y a corto plazo, se consigan mediante medidas jurídico-tributarias los ingresos complementarios que sean imprescindibles para la cobertura económicamente racional de unas necesidades adicionales notablemente superiores a la medida usual (“normal”), surgidas como consecuencia de nuevos gastos de carácter permanente o de carácter único y extraordinario”. El principio que anteriormente abordamos pretendía que la imposición fuera suficiente para cubrir los gastos normales y habituales del Estado, este principio va más allá ya que pretende que el sistema tributario cubra también necesidades de financiación adicionales: gastos superiores a los normales, nuevos gastos permanentes o por única vez. La primera clase de gastos adicionales son los de carácter único o extraordinario, los más conocidos son los gastos de guerra o los provocados por catástrofes naturales; en este caso, el autor propugna la financiación con aumentos en el impuesto a la renta y en el impuesto a las ventas o con impuestos específicos, sosteniendo que los primeros cumplen mejor otros principios por lo que habría que recurrir a los segundos. La segunda clase de gastos que deber cubrir este principio puede afrontarse, según Neumarck, con tres caminos distintos: a) aumentar los tipos de impuestos existentes, b) incrementar la base imponible de los impuestos citados y c) añadir al sistema nuevos impuestos.
3. Gestión administrativa eficiente Respecto a la gestión administrativa de los impuestos, deben ser: cómodos, sencillos y ciertos, es decir que no haya cambios continuos. Estos requisitos reducen en fraude, evitan costes de gestión para la administración y para los contribuyentes. Los costes de gestión, o presión fiscal indirecta para los contribuyentes tienen su origen en: la llevanza administrativa del impuesto, la complejidad de la legislación y el tiempo y recursos para el sujeto pasivo, y es un coste adicional para los contribuyentes.3 Requisitos:
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Ejemplo http://www.libertaddigital.com/profesionales/la-presion-fiscal-a-las-empresas-espanolas-cae-hasta-el-569-en2009-1276377130/ “Así, las empresas dedicaron en 2009 una media de 21 horas anuales menos a esta actividad que en 2008, hasta las 213 horas. Concretamente, la disminución se produjo en el tiempo necesario para gestionar la tributación sobre el consumo, que se reduce de 111 a 90 horas, mientras que el requerido para las rentas empresariales y del empleo se mantuvo constante, en 33 y 90 horas, respectivamente.”
6 1.- Evitar la proliferación de impuestos y de tipos impositivos. 2.- Legislación fiscal sistemática. 3.- Facilidad interpretativa de las normas. 4.- Reducir los cambios legislativos.
II.- Principios éticos o de Justicia El fin de la justicia tributaria, según la propuesta generalmente aceptada de Neumark (1974), se concreta mediante una serie de principios políticos-sociales y éticos como son la generalidad y la uniformidad, la proporcionalidad y la redistribución, y que tienen sus antecedentes en las propuestas de John Stuart Mill (1848) o Wagner (1883).
4. La generalidad
La generalidad hace referencia a que todas las personas deben hacer frente a los pagos, sin entrar en más valoraciones, y la igualdad se centra en el trato igual a los iguales, o equidad vertical. “El principio de generalidad de la imposición exige que, por una parte, se someta a gravamen fiscal a todas las personas (físicas y jurídicas) -en tanto tengan capacidad de pago y queden tipificadas por una de las razones legales que dan nacimiento a la obligación tributaria, sin que se tengan en cuenta para ello criterios extraeconómicos, tales como nacionalidad (jurídica), estado civil, clase social, religión, etc.”.
5. Igualdad Respecto al principio de igualdad, Neumark (1974, p.87) ofrece la siguiente definición: “Las personas, en tanto estén sujetas a cualquier impuesto y se encuentren en iguales o parecidas condiciones relevantes a efectos fiscales, han de recibir el mismo trato en lo que se refiere al impuesto respectivo; de esta definición se deriva como consecuencia lógica el principio de la desigualdad en el trato fiscal de las personas que se hallen en condiciones desiguales.” Limitar las oportunidades de fraude. 1. El principio de generalidad de la imposición
Vigilar el realismo el mínimo del mínimo de existencia. Eliminar cualquier exclusión del campo del impuesto por razones extra-capacidad (sociales, políticas, religiosas, de nacionalidad).
7 Uno de los principales problemas de debate es ¿iguales respecto a que?, Por ejemplo, Dahl y Lindblom (1976) mencionan algunos de los siguientes criterios, que desarrollaremos en el siguiente apartado son:
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+ Igualdad de beneficios del estado +Igualdad de renta, consumo o patrimonio. + Igualdad al principio (recurso para obtener renta) o al fin de la vida (producto final de la vida adulta). + Igualdad en el acceso a determinados bienes o servicios mínimos. + Igualdad de renta de ciertos grupos que sufren determinada privación. + Igualdad de oportunidades culturales. + Igualdad de posibilidades de ocio.
A pesar de esas dificultades, se suele emplear el concepto de capacidad de pago, y la renta, como medida de evaluación.
En concreto, las medidas que Neumark propone son las siguientes: Limitar la política de exenciones y bonificaciones tributarias.
El principio de la igualdad de la imposición
Excluir o limitar las valoraciones por signos externos o a <<forfait>> Vigilar el realismo de las rentas imputadas. Cuidar la tributación de la unidad familiar Vigilar el grado de desigualdad fiscal en el espacio.
6. La proporcionalidad
La idea teórica es que los iguales sean tratados como iguales (principio de igualdad), y los desiguales de forma desigual (principio de proporcionalidad). Ambos principios son fundamentales y si bien son defendidos prácticamente por la totalidad de los hacendistas, no hay acuerdo unánime en la forma de articularlo, el principio de capacidad de pago es el más aceptado, tanto en el ámbito económico como jurídico.
Existen diversos principios para determinar el reparto de los impuestos (Albi II, p. 19-25) 1. Beneficio obtenido del estado 2. Capacidad de pago 3. Consumo
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DHAL, Robert A. y LINDBLOM, Charles E.: Política, economía y bienestar, Editorial Paidós, Buenos Aires, 1971, p.156
8 4. Utilidad
El principio de beneficio (consultar Albi II)
Cada cual paga impuestos en función del beneficio recibido del gasto público.
Los impuestos funcionan como un sistema de precios.
Aplicación a Bienes privados suministrados públicamente, por ello se aplican las tasas, por ejemplo la tasa de expedición del DNI.
La aplicación de este principio no está justificado en estos casos: 1. Existen bienes públicos con consumo conjunto y no rival (hasta un punto de saturación), pero posibilidades de exclusión. Si p =CMa, en determinados momentos CMa=0, no es eficiente aplicar un precio. 2. Bienes privados redistributivos o existencia de externalidades (educación, sanidad): no tiene sentido aplicarles el principio del beneficio. El precio no tiene en cuenta el beneficio social. 3. Bienes privados provistos públicamente por razones de eficiencia: monopolios naturales (gas, electricidad, agua...), porque el precio = CMa<p, y por tanto tendría perdidas.
Capacidad de pago El impuesto se debe repartir en función de la posición económica que se puede medir mediante diferentes indicadores: renta, patrimonio, consumo,etc
El indicador considerado mejor es la renta, si bien se deben tener diferentes circunstancias personales como la salud, el origen de la renta, la situación familiar, para evaluar adecuadamente la capacidad de pago. En cuanto al patrimonio, es un indicador adicional de la capacidad de pago, que evaluaremos con más detenimiento en un tema posterior.
Una cuestión adicional, es el problema sobre si el impuesto debe ser proporcional, es decir un tipo proporcional igual para todos, o el tipo medio debe aumentar con la renta, es decir si el impuesto debe ser progresivo, y cuanto de progresivo debe ser el sistema tributario.
Importante.Neumark afirma que si una persona no supera el nivel de renta necesario para cubrir un mínimo vital no tiene capacidad de pago, y por tanto no debería pagar impuestos; extendiendo este razonamiento, si supera esos niveles tendrá más capacidad de pago y por tanto debería pagar
9 más impuestos, De esta forma se justifica el principio de progresividad, puesto que el tipo medio sería creciente, sin necesidad de emplear el concepto de utilidad del dinero para su justificación. Los impuestos directos pueden tener diversos hechos imponibles, pero toman como referencia a las personas, por eso son los más adecuados para medir la capacidad de pago. (veremos ejemplo numérico en clase).
Críticas al empleo de la renta: Si dos personas tienen la misma capacidad de generar ingresos y una de ellas opta por dedicar más tiempo al ocio, pagará menos impuestos. Para solucionarlo se propone teóricamente emplear una base imponible que mida la capacidad de percibir ingresos. Dificultad insalvable: ¿cómo lo medido desde un punto de vista práctico para aplicar los impuestos?
Utilidad Desde el punto de vista teórico, la posición económica no está medida por la renta, si no por el bienestar, de forma que el sistema fiscal debe generar la misma pérdida de utilidad en dos personas con similar bienestar. Ahora bien, el nivel de subjetividad de este concepto, además de la dificultad para su medición, hace que no sea operativo.
El consumo La base imponible sería el consumo realizado por una persona a lo largo de un periodo. C= Y-S Argumentos a favor: 1.- La renta es la contribución del individuo a la sociedad el consumo lo que obtienen de ella Te planteo ¿realmente la renta es lo que uno aporta, y no es también de lo que uno se apropia? 2.- Se deja exento el ahorro, y evita que esa renta pague impuestos, y posteriormente de nuevo los intereses que este ahorro genere, que es una nueva renta. ¿te parece justo o no?
Inconvenientes: 1.- Deja fuera parte de la renta. 2.- El ahorro “per se” no es bueno ni malo. 3.- Dejar de gravar una parte de la renta en función de su uso no es equititativo, ni eficiente, puesto que “abarata” el consumo futuro respecto al presente, pero eso no genera mayor eficiencia económica.
10 7. Redistribución
Por último, la redistribución es un cuarto principio, basado en la propuesta de Wagner que es considerado como el primer exponente de la moderna doctrina que admite el propósito político-social de la redistribución mediante un impuesto progresivo. En opinión de Neumark dicho principio se fundamenta en consideraciones sociopolíticas del grado de desigualdad que debe existir en una sociedad, y el papel que pueden jugar los impuestos para modificar el reparto primario de la renta, realizado por el mercado. Teóricamente, Una vez establecido el impuesto sobre la renta, de forma que existe un mínimo exento y después un impuesto proporcional que permite financiar los gastos, el político puede decidir reducir la desigualdad de la renta, incrementando la progresividad del sistema tributario.
Fuente: Calonge y Manresa, (2001), La incidencia impositiva y la redistribución de la renta en España: un análisis empírico. Papeles de Economía Española, nº 88, 2001.
A modo de ejemplo, esta tabla recoge los efectos redistributivos de las diferentes figuras tributarias, donde el signo menos indica un efecto regresivo. Es importante entender que a la hora de hacer comparaciones entre países se deben tener en cuenta: la desigualdad de la renta inicial, el efecto total (Gini inicial-Gini final) y el relativo (Gini inicial-Gini final/Gini inicial). En general, el sistema tributario es progresivo si se aplican los siguientes impuestos: Principales figuras tributarias: A la renta: a) impuesto personal a la renta, y b) impuesto a la renta societaria. Al patrimonio: a) impuesto al patrimonio personal, y b) impuesto de sucesiones. Al consumo: impuesto a las ventas.
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PRINCIPIOS ECONOMICOS Los principios relativos a minimizar los efectos negativos sobre los resultados económicos y fomentar la eficiencia económica no pueden estar exentos de valores y posiciones ideológicas. Esto no es óbice para que se pueda realizar una evaluación técnica de los diferentes efectos de los impuestos sobre la: A.- Eficiencia del mercado B.- La estabilidad macroeconómica C.- El crecimiento económico y progreso social 8.- Mínima ineficiencia económica Cuando se habla en la teoría neoclásica de la eficiencia del mercado, se está afirmando que la economía puede llegar al mejor resultado posible, es decir es un óptimo de Pareto, si se prima el derecho a decir a quien tiene renta y a aquellos negocios en las que los dueños del capital consiguen máximos beneficios para ellos y que modificar ese comportamiento es ineficiente, dada una distribución de la renta. Así una economía donde hubiese una única persona rica, y el resto en extrema pobreza, serie ineficiente aplicar un impuesto porque perjudicaría a una, en este caso la extremadamente rica. Como es bien sabido, este tipo de eficiencia se fundamenta en que todos los mercados funcionan bajo competencia perfecta, que requiere las siguientes condiciones: Información completa, transparente e instantánea, ninguna empresa pueda influir en el precio del producto, los tiempos sean conocidos y previsibles, los consumidores actúen de forma racional disponiendo siempre del capital necesario, el producto sea homogéneo, la comunicación, transporte y distribución homogéneas, no existe ninguna barrera de entrada, y que tanto el capital como la mano de obra sea totalmente móvil y empleables en cualquier uso.
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Los impuestos modifican los precios relativos, por lo que modifican las seĂąales de los precios y por ello alteran la asignaciĂłn de recursos, tanto en el mercado de bienes, como en el de factores. (se puede ver una formulaciĂłn matemĂĄtica mĂĄs amplia en â&#x20AC;&#x153;EconomĂa PĂşblica IIâ&#x20AC;? en Albi, pag. 11 a 16) Tenemos dos individuos, h y k y tres bienes: Xi, Xj y ocio (H), de forma que su precios son: pi, pj y w. Las condiciones de eficiencia son las siguientes: Eficiencia en el consumo đ?&#x2018;&#x2026;đ?&#x2018;&#x20AC;đ?&#x2018;&#x2020;đ?&#x2018;Ľâ&#x201E;&#x17D;đ?&#x2018;&#x2013; đ?&#x2018;Ľđ?&#x2018;&#x2014; = đ?&#x2018;&#x2026;đ?&#x2018;&#x20AC;đ?&#x2018;&#x2020;đ?&#x2018;Ľđ?&#x2018;&#x2DC;đ?&#x2018;&#x2013; đ?&#x2018;Ľđ?&#x2018;&#x2014; =
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Eficiencia en la producciĂłn đ?&#x2018;&#x2026;đ?&#x2018;&#x20AC;đ?&#x2018;&#x2021;đ?&#x2018;Ľđ?&#x2018;&#x2013; đ?&#x2018;Ľđ?&#x2018;&#x2014; =
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Eficiencia global đ?&#x2018;&#x2026;đ?&#x2018;&#x20AC;đ?&#x2018;&#x2020;đ?&#x2018;Ľâ&#x201E;&#x17D;đ?&#x2018;&#x2013; đ?&#x2018;Ľđ?&#x2018;&#x2014; = đ?&#x2018;&#x2026;đ?&#x2018;&#x20AC;đ?&#x2018;&#x2020;đ?&#x2018;Ľđ?&#x2018;&#x2DC;đ?&#x2018;&#x2013; đ?&#x2018;Ľđ?&#x2018;&#x2014; =
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13 Y đ?&#x2018;&#x2026;đ?&#x2018;&#x20AC;đ?&#x2018;&#x2020;đ?&#x2018;Ľâ&#x201E;&#x17D;đ?&#x2018;&#x2014;đ??ť = đ?&#x2018;&#x2026;đ?&#x2018;&#x20AC;đ?&#x2018;&#x2020; đ?&#x2018;&#x2DC;đ?&#x2018;Ľđ?&#x2018;&#x2014;đ??ť =
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Pues bien, identifica si los siguientes impuestos modifican la eficiencia en el consumo, la producciĂłn y/o la global: (suponemos que no existe ninguna oferta o demanda perfectamente inelĂĄstica, lo hemos visto en el tema 2). 1.- impuesto proporcional sobre X, tal que el consumidor tiene que pagar px (1+tx) 2.- Impuesto proporcional sobre X e Y. 3.- Impuesto sobre el trabajo 4.- Impuesto proporcional sobre X, Y y w. Un impuesto no modifica la cantidad ofrecida si se produce alguna de estas dos circunstancias: a.- Se aplica un impuesto de tanto alzado, en funciĂłn de una circunstancia que el contribuyente no puede modificar, por ejemplo, pagan una cantidad aquellas personas que han nacido un determinando aĂąo. Un ejemplo de impuesto de â&#x20AC;&#x153;tanto alzadoâ&#x20AC;? es el denominado impuesto de â&#x20AC;&#x153;capitaciĂłnâ&#x20AC;?, segĂşn el cual todas las personas tienen que pagar una determinada cantidad. b.- Si una parte del mercado es perfectamente inelĂĄstica, el impuesto no afecta a la cantidad, y por tanto no modifica el comportamiento, y no crea ineficiencia. Cualquier otro impuesto crearĂĄ ineficiencia porque modifica el comportamiento: bien porque modifica el precio relativo de los bienes, o bien modifica el precio relativo del trabajo y el ocio. Razona: la aplicaciĂłn de un impuesto de tanto alzado ÂżQuĂŠ efectos tendrĂa sobre la justicia? â&#x20AC;Ś . Ejemplos de Influencia de los impuestos en la conducta (lo veremos en el tema 3): ď&#x201A;ˇ ď&#x201A;ˇ ď&#x201A;ˇ ď&#x201A;ˇ
Trabajo, educaciĂłn, jubilaciĂłn. Ahorro, inversiĂłn, asunciĂłn de riesgo Eludir impuestos(conducta cuya finalidad es reducir impuestos, ej reparto de herencia en vida para que hijos paguen menos impuestos). DecisiĂłn del momento del matrimonio o divorcio
Ante este problema se busca impuestos que generen los ingresos suficientes, pero introduciendo la menor ineficiencia posible, de forma que se busca un sistema de impuestos second best. La impuestos se pueden clasificar de la siguiente forma: (Rosen) Impuestos distorsionadores. Son aquellos que modifican el comportamiento de los individuos. T no distorsionador. El individuo no puede modificar su comportamiento para evitar el impuesto.
14 Existe un tercer tipo de impuestos, denominados: Impuestos correctores: modifican la conducta e incrementa la eficiencia económica, como es el caso de los impuestos que corrigen externalidades. Ej impuesto sobre emisiones de CO2. Este tipo de impuestos generan doble dividendo: corrigen una externalidad negativa o fomentan una externalidad positiva y evitan recaudar ingresos mediante otro impuesto que crea distorsiones. Generalmente se considera, que fue Arthur Pigou quien inicio el análisis moderno de los "efectos externos", profundizando el análisis marshalliano en su Economics of Welfare (1920) Pigou se interesa en la relación entre los efectos individuales y sociales del fenómeno: "la relación que debía fijarse entre el valor del producto marginal neto privado y el producto neto social". Cuando los beneficios sociales exceden a los beneficios privados (situación que Pigou denomina efectos positivos) la empresa tenderá a producir menos que lo socialmente deseable, dado que está recibiendo beneficios inferiores a la utilidad aportada por sus productos (siendo específicos: está vendiendo a un precio inferior al óptimo para maximizar su ganancia). Por el contrario, cuando los beneficios privados son superiores al beneficio social (efectos negativos) la empresa tenderá a producir más que lo socialmente deseable, dado que efectivamente está traspasando parte de sus costes a terceros. (de nuevo, siendo específicos: está obteniendo una ganancia superior a la obtenible si todos los costes fueran considerados) Esto, en la opinión de Pigou, justifica una intervención estatal a fin de corregir lo que es percibido como un fallo de mercado. (ver Pigou y la economía del bienestar), intervención que tomara la forma de un subsidio a las empresas que producen externalidades positivas y una imposición en el caso de las externalidades negativas. Lo anterior dio origen a los llamados Impuestos pigouvianos. Es generalmente considerado que William Baumol ha sido fundamental para adecuar esas propuestas a concepciones económicas contemporáneas, en su "On Taxation and the Control of Externalities" (1972). El efecto principal de las externalidades es deformar la asignación racional o eficiente de recursos: en teoría, los recursos económicos son asignados a través del mecanismo de la oferta y demanda con el máximo de eficiencia. Pero si los precios de mercado no corresponden a los costos o beneficios reales, el mecanismo no funciona. Casi al mismo tiempo de la obra original de Baumol, Ernst Friedrich Schumacher reintroduce la consideración de efectos "generales" de las externalidades, en su libro Lo pequeño es hermoso (1973), sugiriendo que esos 'fallos de mercado' son "defectos sistemáticos" de un sistema económico que equipara lo más con lo mejor. "Por supuesto, las empresas crean productos útiles y empleos. Sin embargo, el cálculo robótico que las dirige les obliga a pagar lo menos posible por los recursos que utilizan y a transferir el máximo posible de sus costos a otros-ya sea los trabajadores, los contribuyentes, las generaciones futuras, o la naturaleza. Esto sucede todos los días, automáticamente y de forma masiva, sin que nadie capaz de detenerlo." decir lo anterior no es, en la opinión de los partidarios de Schumacher, gran novedad, "Lo que es nuevo es que la acumulación de estos costos externalizados ha llegado al punto en que la integridad biológica de nuestro planeta está en grave peligro." Lo anterior ha dado origen a la consideración de aspectos ecológicos y de sostenibilidad en relación a materias de crecimiento económico, y del empleo de los impuestos, además de otros instrumentos.
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Impuestos para fomentar el bien común, reformulando la eficiencia (apartado 1.9) La eficiencia es conseguir un objetivo con la menor cantidad posible de recursos. La cuestión fundamental que debemos determinar ¿cuál es el objetivo de la economía como organización social? Si tomamos la definición básica de Joan Robbins, la economía estudia el uso de recursos escasos entre usos alternativos para satisfacer las necesidades de las personas, por tanto el objetivo de la economía es satisfacer las necesidades de las personas, con el menor uso de los recursos.
El mercado presenta toda una serie de fallos en la asignación de los recursos, en la distribución de la renta y en la estabilidad económica. Vamos a repasar el funcionamiento del mercado, en líneas generales. Adam Smith afirma que el ser humano, en lo que respecta al ámbito económico, se mueve principalmente de forma egoísta, es decir, por su interés individual, y gracias a la acción de cierta “mano invisible”, las ganancias que un individuo obtiene de sus negocios benefician también, aunque de forma indirecta, al resto de la población. En el mercado, cada persona busca su propio interés económico y obtener de cada intercambio que realice el máximo beneficio posible. Para ello tratará de producir los mejores bienes y de hacerlo lo más barato posible, pues ha de competir con muchos otros productores/vendedores. Si un producto es demandado, su precio subirá, y esta información, que es obtenida de forma instantánea por todos los participantes en el mercado, es indicativa para el empresariado de que existe una oportunidad de negocio. También de forma instantánea, las empresas imitadoras copiarán el producto, y el aumento de la oferta permitirá satisfacer a esa demanda. Como todos harán lo mismo, obtendremos que, por un lado, todos los recursos disponibles habrán sido empleados óptimamente y el conjunto de bienes existentes aumentarán hasta su máximo posible; y, por otro, esos bienes se distribuirán de acuerdo con la contribución de cada uno al proceso productivo. Por otro lado, es evidente la conexión entre el mercado y la división del trabajo, de modo que a medida que aumenta la división social del trabajo el mercado se hace más complejo y la labor de la “mano invisible” cobra mayor relevancia. Evidentemente en el mundo real no se cumplen estos supuestos, por lo que los resultados esperados del comportamiento egoísta de las empresas en el mundo real dista mucho de lograr el beneficio para la sociedad, muy al contrario, logra el beneficio de unos pocos a costa del resto de personas. Según Adam Smith, el empresario se preocupará por ofrecer un buen producto lo más barato posible para sobrevivir en el mercado, ahora bien esto se consigue minimizando los costes monetarios para el productor, y por tanto crea los incentivos para maximizar los costes de los demás, es decir para crear externalidades negativas (Pigou, 1920), de forma que el bien personal entra en conflicto con el bien para los demás. A ello se une, que el propio sistema crea incentivos para crear barreras de entrada, como estrategia de defensa frente a la competencia, y además la definición de los derechos de propiedad privada, por encima de cualquier otro derecho, protege a estas barreras. Se rompe,
16 así, un supuesto básico sobre el que sustenta la libertad económica real como es libre entrada en los mercados de cualquier participante, y desaparece el mecanismo fundamental que convierte el interés individual en bien para toda la sociedad, porque dichas barreras de entrada permite a los productores reducir la producción para vender más caro y ofrecer productos con menos calidad, puesto que el número de competidores es reducido. En este proceso, las personas dejan de ser el fin de la actividad económica y, como clientes, proveedores y trabajadores, pasan a ser medios para maximizar el beneficio que obtiene el capital, sin importar los costes que el resto de personas que viven en la sociedad tengan que soportar. Si además evaluamos los resultados en términos de lo que se produce, el mercado capitalista no produce aquellos que permite a las personas garantizar una vida digna, sino en producir aquello que demanden las personas que tiene renta, son las que tienen derecho al voto económico (Sampedro, 2002): “Y puesto que en el mercado el dinero es el que da la «libertad de elegir» resulta que en el mercado llamado «libre» los poderosos efectivamente eligen mientras que los débiles se resignan con lo inferior o con nada”. Por ello es compatible que en una sociedad cuyo sistema económico se basa en el mercado capitalista se produzca productos de lujo, a la vez que una parte de la población no tiene acceso a bienes básicos. Respecto al reparto de los recursos, todas las personas que no intervienen en un proceso productivo de mercado no reciben ningún tipo de recurso o pago, por tanto, estas personas están abocadas a la total inanición, pues no existe ningún mecanismo del propio sistema para evitar estas situaciones. En cuanto a las personas que participan en el proceso productivo son retribuidas según el valor de su productividad marginal, siempre que exista competencia perfecta. Esto supone que a las personas se les paga en función del precio del producto que están generando y de su productividad marginal como factor. Dicha productividad, a su vez depende de su cualificación y dotes personales, así como de la cantidad total de factor contratado y del resto de factores empleados en el proceso productivo y su organización. Este criterio de reparto no garantiza que las personas obtengan una participación en el reparto de la renta que les posibilite tener medios materiales para una vida digna. Pero además, como la competencia perfecta, sencillamente no existe porque la información no es completa, ni tampoco existe perfecta movilidad, las retribuciones se fijan dentro de un juego de negociación donde existe asimetría en la capacidad de negociación, y donde el propietario del capital puede, y de hecho lo hace, imponer sus condiciones de retribución, ejerciendo el poder de monopsonio. El resultado es conocido por todos, pues en países con niveles del PIB elevados existe una parte importante de la población bajo el umbral de la pobreza, incluso aunque trabajen, y con grandes desigualdades en la distribución de la renta y de la riqueza. De hecho, la pobreza, no es un estado natural, sino un estado social derivado de un marco jurídico e institucional concreto, y como ejemplo según eurostat, el 14% de la población que trabajaba en España a tiempo completo estaba por debajo del umbral de la pobreza. Es evidente, por tanto, que el valor de la aportación de cada persona no depende sólo de su propio esfuerzo individual, sino también del de los demás, y de toda una serie de componentes organizacionales, de forma que la actividad productiva es el resultado de la participación del capital, el trabajo, los proveedores, los clientes, ,etc pero el mayor valor se lo apropia el dueño del capital. La legitimación de estos derechos de propiedad se fundamenta en que el dueño del capital es el que asume el riesgo, pero cuando un negocio va mal, no sólo el capital pierde, sino que también sufre una pérdida el resto de grupos: proveedores, clientes, trabajadores…Desde esa perspectiva, la empresa es del capital, pero los resultados es la suma de la participación de todos. Ahora bien, el marco jurídico es que permite que el capital se apropie de la mayoría del
17 beneficio, cuando realmente la creación de riqueza depende de la participación de todos. (Fontrodona, 2013). Pues bien, recientemente ha aparecido una propuesta económica denominada Economia del Bien Común (Felber, 2010) que plantea el uso de los impuestos como medio para premiar a las empresas que generan bien común. 5 Si nos preguntamos qué valores son los que interesan al común de los ciudadanos las respuestas coinciden: la justicia, la igualdad, la dignidad, la democracia, la sostenibilidad ecológica, la transparencia, la confianza, la cooperación, etc. Si estos son los bienes que más valoramos, ¿Por qué en las relaciones económicas se promueven valores antagónicos? (competencia, afán de lucro, rivalidad, explotación, desconfianza, egoísmo, codicia, avaricia, falta de responsabilidad).6 ¿Es posible modificar estos comportamientos? El marco jurídico premia estos comportamientos, tanto es así que la empresa que minimice sus costes generando externalidades negativas: contaminación medioambiental, salarios bajos, información incompleta de la calidad de los productos, creando barreras a la entrada… será la que tiene más posibilidades de sobrevivir en el mercado. Además, el mercado capitalista tiene un marco jurídico que defiende el derecho de propiedad de los rendimientos del capital por encima de cualquier otro derecho, por ejemplo existe la responsabilidad limitada en los negocios pero no en la compra de una vivienda. Por tanto, la EBC propone un mercado, basado en la propiedad privada, pero que premie a las empresas que fomenten el bien común, puesto que la sociedad se está beneficiando directamente de este comportamiento. De esta forma, los incentivos de las empresas y los de la sociedad siguen los mismos parámetros y no entran en conflicto. La EBC propone una evaluación práctica del bien común, mediante el Balance del Bien Común, que permite conocer cómo viven las empresas la dignidad humana, la solidaridad, la justicia social, la sostenibilidad ecológica y la democracia, en relación a sus proveedores, financiadores, clientes, trabajadores y el contexto social: generaciones futuras, otras empresas,etc. El elemento clave en esta propuesta es la importancia de la cooperación como motor del progreso de la sociedad, pues gracias a ella, todos ganan, como sustituto de la competencia, donde algunos (o muchos) tienen que perder. De hecho, la teoría clásica ve en la división del 5
FELBER, CH. 2010. Economía del Bien Común. Deusto, edición española. 2012. El bien común o bonum comune es lo que beneficia a todos los ciudadanos (Real Academia de la Lengua). Son los propios ciudadanos quienes colectivamente pueden determinar que es el bien común. Las Constituciones, si han sido elaboradas y aprobadas democráticamente, deben reflejar los bienes comunes que los ciudadanos quieren que se persigan y se protejan, de forma que la mayoría no explote a las minorías. Felber cita la Constitución Bávara, según la cual: “Toda la actividad económica sirve al bien común”. La Constitución Española (1978) señala en su Preámbulo que la Nación española, desea establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran; y en el ámbito económico, el artículo 128.1 declara que toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual sea su titularidad está subordinada al interés general. Los bienes comunes que protege nuestra Constitución, además de la justicia o la libertad (Preámbulo), la dignidad de la persona (art. 10.1), la contribución equitativa de todos a los gastos públicos (art. 31.1); el derecho a la propiedad delimitado por la función social que debe cumplir (art. 33.1º y 2º); el derecho al trabajo y a una remuneración suficiente (art. 35.1º); la protección social, económica y jurídica de la familia (art. 39.1º), el progreso social y económico y la distribución más equitativa de la renta (art. 40.1); la protección de la salud y la tutela de la salud pública (art. 43.1º); el acceso a la cultura y la promoción de la ciencia y la investigación (art. 44); derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado (art. 45); el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (art. 47); o la más justa distribución de la riqueza (art. 131.1), etc. 6 “The corporation” es un documental en el que se analiza el comportamiento de las empresas como sujetos, y la conclusión es que las grandes multinacionales están diseñadas y tienen incentivos para comportarse como “tiburones”, y desde un punto de vista psiquiátrico, como psicópatas.
18 trabajo, que exige cooperación dentro de la empresa, como medio del crecimiento de la producción, y defienda las ventajas de la competencia perfecta gracias a que favorece los procesos de imitación de las prácticas exitosas, cuando realmente esta información no se comparte y es muy difícil de conseguir en un contexto de competencia. Por el contrario, la cooperación directamente permite estos procesos de mejora compartida, dentro de la empresa y entre éstas, por tanto, una forma de conseguirla es recompensarla directamente. Para ello, la EBC propone toda una serie de incentivos: como reducción de impuestos, acceso a la investigación o preferencia en los concursos públicos por las empresas que fomentan el Bien Común. Ahora bien, la EBC no solo crea un sistema de premios para las empresas que cooperen con trabajadores, proveedores, y otras empresas, sino con la sociedad en general. La cuantificación empírica del bien común generado por una empresa se realiza mediante un sistema de autoevaluación, de acuerdo con unos parámetros prefijados, y un sistema de auditoría posterior. Este certificado sirve para que el sector público premie a estas empresas mediante una serie de incentivos, de forma que la sociedad “paga” por estos servicios que la empresa está realizando, con ello favorece que sus productos sean más baratos para el consumidor, facilitando que el consumo se destine a las empresas generadoras de bien común, pues el consumidor “vota” con sus compras por el éxito de estas empresas. En este nuevo marco jurídico, es posible la competencia, pero cuanto más agresivo sea el comportamiento, peor balance común tendrán y mayor es la posibilidad de quiebra. Por el contrario, cuanto más cooperen y más se ayuden, mejor será el balance del bien común, y más real será la probabilidad de que sobrevivan. Esto no significa que todas las empresas sobrevivan en el mercado, pues la quiebra es posible, si bien, habría pasado previamente por un proceso de cooperación y de estudio, por parte de la comunidad, para ver si la empresa es viable desde una perspectiva del bien común. Bajo este marco jurídico las empresas no luchan para que las demás desaparezcan, sino para que éstas continúen. De esta forma la EBC presenta un modelo económico basado en la iniciativa empresarial, pero no competitiva, sino cooperativa, donde el beneficio no consiste en la acumulación de riqueza, sino en la creación de renta y una vida digna para todos, de acuerdo con criterios éticos y de sostenibilidad. 9. La flexibilidad de los impuestos y estabilidad macroeconómica Un sistema tributario debe ajustarse a la situación económica, por ello debe contar con: A.- Estabilizadores automáticos: son los impuestos que varían de forma anticíclica, como son los impuestos directos, IRPF e IS. (Debes saber las razones macroeconómicas de porqué estos impuestos son anticíclicos) B.- Velocidad en los ajustes: El IRPF y el IS se pueden ajustar incrementando los pagos a cuenta, en el IRPF son mensuales, en el IS es en los meses de abril, octubre y diciembre, y el IVA trimestral. C.- Dificultades políticas para la modificación legislativa de los impuestos D.- Situación macroeconómica: diagnóstico macroeconómico para determinar los efectos estabilizadores de los impuestos.
19 Podéis ver en el anexo datos de la deuda pública española, como condicionante de las políticas de gasto y de ingreso.
10. Impuestos, crecimiento económico y desarrollo
Un tema que siempre se discute es si los impuestos pueden ser un freno al crecimiento económico. A corto plazo, ceteris paribus, podemos afirmar que sí, pero esta respuesta es incompleta, por dos motivos. El primero de ellos es que el crecimiento económico depende de: calidad de las instituciones, Oferta de trabajo, inversión e innovación, acceso a los mercados.etc. De hecho, desde los años 90 la teoría institucionalista hace hincapié que las instituciones son importantes para el crecimiento económico (Acemouglus, North, Ostrom, etc), porque el mercado y el estado operan en un determinado conjunto de reglas, normas y valores sociales. 7 Desde una perspectiva práctica, el Banco Mundial elabora un índice de calidad del gobierno, y que se comenzó a elaborar para saber en que países se dan las condiciones para realizar inversiones. En segundo lugar, los impuestos son necesarios para financiar el gasto público, que es necesario para el crecimiento económico: investigación básica, infraestructura, población educada y mano de obra sana,etc., y por tanto, los impuestos pueden generar una tasa de retorno elevada. Por tanto, los análisis sobre los efectos de los impuestos sobre el desarrollo, entendido como crecimiento a largo plazo, debe tener en cuenta todos estos elementos, además de si crea o no incentivos a (lo veremos en tema 4): 1.- El empleo 2.- Inversión (ver en este enlace coste de los impuestos para comenzar un negocio, http://espanol.doingbusiness.org/data/distance-to-frontier) 3.- Ahorro Pero también es necesario evaluar en términos cualitativos que tipo de empleo, e inversión se está generando (pensemos en la burbuja inmobiliaria) y si el ahorro es necesario. 8 Ejemplo: ¿En estos momentos un impuesto sobre las horas de trabajo extras cómo la evaluarías? ¿Pero el crecimiento económico es un fin en sí mismo o es un medio para vivir mejor? Si la respuesta es que es un medio para vivir mejor, debemos plantearnos, entonces, que otras cosas pueden hacer que vivamos mejor, y por tanto, debemos evaluar los efectos sobre esos otros elementos. La OCDE ha publicado recientemente un índice denominado index of better life, donde la calidad de vida se mide con las siguientes dimensiones:9 7
Vivienda
http://elpais.com/elpais/2014/02/19/opinion/1392820626_005488.html Os recomiendo esta serie de estudios de la OCDE. http://www.oecdilibrary.org/docserver/download/5k9h296b1zjf.pdf?expires=1394370897&id=id&accname=guest&check sum=E36545D49B64C6C3702E6BA954E973D1, en especial pag. 37-39 9 Verhttp://www.oecdbetterlifeindex.org/es/ y tambien http://gestion.pe/movil/noticia/2003790 8
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Ingresos Empleo Comunidad Educación Medio ambiente Compromiso cívico Salud Satisfacción con la vida Seguridad económica y física Balance vida-trabajo
Este listado comprende tres grandes grupos de aspectos que conforman la calidad de vida: 1.- Las capacidades para elegir el tipo de vida que deseamos, para ello necesitamos condiciones personales, medios físicos e institucionales. Por ejemplo la mujer en Arabia Saudí no puede conducir, o puedes querer trabajar, tener la preparación, la idea de negocio pero el sistema financiero no te da un préstamo. 2.- La desigualdad, que se describe en casa dimensión en cada país, pero no entra directamente en el cálculo del índice. 3.- La satisfacción subjetiva o felicidad Como bien dice Stiglitz: “Lo que medimos afecta lo que hacemos, si no medimos lo correcto, no haremos lo correcto”, por ello se precisa una reflexión fundamental del tipo de sociedad que queremos, para qué sirve la economía, y cuál puede ser entonces, el papel de los impuestos. Sin ánimo de exhaustividad, existen además otros planteamientos como la teoría: Desarrollo Humano, la Economía de la Felicidad, la Economía del Buen Vivir, Ecomomía Azul, teoría del decrecimiento, la teoría marxista, la economía del buen vivir, la teoría institucionalista, la estructuralista, la economía a escala humana de Max -Neef..etc y en cada marco teórico el papel de los impuestos puede ser diferente.
ANEXO Esta es la teoría a la realidad española, os recomiendo la lectura de este artículo: 1.- http://www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2014-03-06/para-espana-el-coste-de-lacrisis-es-enorme-y-probablemente-nunca-desaparecera_97780/ (Martin Wolf es editor jefe de la sección de opinión de Financial Times) Composición Deuda en España: http://www.20minutos.es/graficos/las-cifras-que-lastran-a-espana-20/0/ http://graphics.wsj.com/national-debts/#i[]=999 Deuda Pública y Déficit:
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Datos ofrecidos por: http://www.agarzon.net/cuantificando-las-ayudas-a-la-banca/
Datos sobre los recursos públicos destinados a pagar la deuda de la banca y los intereses derivados de ella:
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