¿Qué son las becas?
Si bien la definición del del térm ino beca es que es una subvención para realizar estudios o investigaciones, hoy en día su significado social y colectivo ha adquirido un significado de formación, no como ayuda económica para poder cos tear cursos académicos, sino en el sen tido de adquirir competencias profesionale s en el ámbito laboral.
¿Eres becario/a? ¡Conoce tus derechos!
Tipos de becas
dan en la formación es muy amplio, desde las que se El abanico de prácticas existentes el marco de las enseñanzas en r luga n empleo hasta las que tiene profesional y la formación para el universitarias. prácticas en empresas esional existen programas de En el ámbito de la formación prof , en el marco del plan de tros de trabajo, FCT). Por otro lado a personas (los módulos de formación en cen ional (FIP) se incluyen prácticas dirigidas
Formación e Inserción Profes desempleadas.
ación educativa, becas de convenios de cooper En la Universidad encontramos las era. Las becas de carr a cad de tro de los planes de estudios den n arca enm se que las son que tanto en colaboraciones heterogéneas y pueden consistir colaboración, por otro lado, son más as administrativas varias, tales universitario concreto como en tare académicas con un departamento s. Por último, llamamos la ario tos de información universit pun los o a otec bibli la de ión gest como la ya han terminado sus estudios que van dirigidas a personas que as bec de tipo un re sob ción aten ofertadas por rales. Este tipo de prácticas suelen ser (universidad o universitarios: las becas unilate ativo tro form licas sin la participación de un cen mismas. empresas y Administraciones púb las de os tenid que regule las condiciones y con instituto de formación profesional)
¿Qué ley regula las becas?
Según el tipo de prácticas ofertadas, la legislación a la que se acogen es distinta. Como puede observarse a continuación, existen becas sometidas a una estricta regulación, mientras que otras prácticamente carecen de un marco legislativo que Becas de convenios de coopelas ampare: RD 1497/1981, de 19 ración educat iva
de junio, sobre progra ración educativa. mas de coopeRD 1845/1994, de 9 de sep tiem bre, por el que se actuali za el RD 1497/1981, de cooperación educativa 19 de junio, sobre programas de (BOE 18-10-1994).
Becas curriculares
Becas unilaterales ofer tadas por empresas y Administrac iones Públicas
Real Decreto 1707/2011 regulan las prácticas aca, de 18 de noviembre, por el que se démicas externas de tes universitarios. los estudianReal Decreto 1543/2011 regulan las prácticas no , de 31 de octubre, por el que se laborales en empresas .
Prácticas en el marco del Plan FIP
RD357/2006, de 24 de cesión directa de sub marzo, por el que se regula la convenciones. RD 395/2007, de 23 de sistema de formación marzo, por el que se regula el subprofesional para el em pleo. Orden TAS 2388/2007 rrolla parcialmente el , de 2 de agosto, por la que se desaReal Decreto 395/2007 Módulo de formación en centros Ley Orgánica 2/2006, de de trabajo 3 de mayo, de Educación. Real Decreto 1146/2011, Decreto 1631/2006, de de 29 de julio, por el que se modifica el Rea l 29 de diciembre, por el enseñanzas mínimas corr que se esteblecen las Obligatoria, así como los espondientes a la Educación Secundaria Rea les Decretos 1834/20 bre, y 860/2010, de 2 de julio, afectados por esta 08, de 8 de noviems modificaciones. Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el ordenación general de la formación del sistemaque se establece la educativo. Becas en la Administrac Cada Administración General, Autonómica ión con voc y Local a esta s bec as a través de sus Boletines Oficiales. Becas de colaboració n en el Anu alm ámbito universitario (Min ente, el Ministe isterio colaboración para cad rio de Educación convoca becas de de Educación) EDU/1868/2011, de 29a curso académico. La última es la Orden de junio, por la que se colaboración de estudian convocan becas de el curso académico 201 tes en departamentos universitarios par a 1 – 2012. Becas de colaboració n en el Está regulada por cad ámbito universitario (Un iversitos internos de las Juna una de las normativas o reglamendades) Universidad (amparadotas o Consejos de Gobierno de cada s por la autonomía univ la Constitución) ersitaria de
las becas ulento deem Uso fraudte presas s por par de la endida: el uso frauctica cada vez más ext
una prá emos la atención sobre trabajo. Con objeto de Es importante que llam ra encubrir puestos de pa sas pre más em las de r parte presas utilizan cada vez dulento de las becas po de trabajo, muchas em ato e ntr ituy co nst un co a e s qu do a, cia la. Esta práctic ahorrarse los costes aso r contratos en toda reg rta cabe nce co nas de rso ar pe lug las en de a la figura del becario/ e los derechos laborales presa, vulnera gravement tatuto de los Trabajauna ilegalidad para la em hos recogidos en el Es rec de los de s, no gu nin e onoc a, vacaciones, permiso rias, a quienes no se rec aplicación: salario, jornad de sea e qu l. tivo ora lec lab co n ció dores ni en el convenio án al margen de la legisla te, este tipo de becas est ncurren etcétera. Por consiguien la ilegalidad en la que co nas becarias, así como rso pe ión las lac de titu n ral co bo nas iola rso La vulnerabilidad soc que ofertan becas a pe e Instituciones Públicas zación en general y ani org ra est nu de n todas aquellas empresas ció ica ind reiv a un es , laborales tra posición es para encubrir relaciones s. En este sentido nues año e hac sde de r ula rsona reapartic de Jóvenes CCOO en contratada; una pe r se be de a ad regulación ul tit a ent on clara: una pers debe ser formada. Defendemos constantemmoelalaneg ociación as co s tic lizando prác foros y canales, tale de d da rali plu el a un en colectivo juzgados competentes, de la situación de este cción de Trabajo y los pe Ins la mo e co ant así as os, nci lític nu de partidos po colectiva, propuestas y iones empresariales y los zac o ani nad org ga las y , o rno ad bie nci bién hemos denu diálogo con el Go pañas específicas. Tam de becas en el lanzamiento de cam lo Social muchos casos de s do ga Juz los y jo ba de las Tra de ulación de la situación ante la Inspección reras defendemos la reg Ob es ion l mis ora Co lab sde ilegales. De ón a un contrato conversión de su situaci la de vés tra uaa act ias ntr car co personas be oge modalidades de los Trabajadores rec en en toda regla. El Estatuto ién tituladas - el contrato rec nas e dirigidas a perso e la ent ent alm ori e eci qu esp rno van bie e Go qu les que exhortamos al la en ión ecc dir a est prácticas - y es en carios/as. la situación de los/as be de tus solución al problema de laridad en el transcurso gu Si localizas alguna irre a la ón aci situ tu s os a traslade prácticas, te emplazam tu de T) (RL s ore jad ba de los Tra Representación Legal sa). pre Em personal o Comité de empresa (delegado/a de los de sa fen ultado para la de Se trata de un órgano fac sariado. plantilla frente al empre la de es derechos e interes a que te stiera RLT, o la respuest Si en tu empresa no exi en conte siempre puedes poner dieran no te satisficiera, cano cer s má as Comisiones Obrer tacto con el centro de ar llev n drá po os dic servicios jurí a tu domicilio. Nuestros derte fen de y o cas tu de o cercan a cabo un seguimiento rio. esa nec ra fue si e ent legalm
¿Cuál es el nu los/as jóvenesevo derecho para becarios/as? A partir de la ref or
Nuevo derecho a cotización para jóvenes becarios/as.
ma de pension es las personas que participen, o lo hayan hech El Acuerdo Social y Económico que los o, en algún tipo de beca que cu mpla unos requis sindicatos firmamos con el Gobierno y el resto itos mínimos cotizarán por es tos periodos a efectos de jubilación y protec de Agentes Sociales - al que llegamos gracias ción social, con lo que verán mejorada su ca al esfuerzo y la lucha de la huelga general del rrera de cotizac ión. Este nuevo derecho está regulado en 29 de septiembre de 2010 - incluía, entre otras el Real Decreto 1493/2 011. de nuestras reivindicaciones, que las personas
becarias pudieran cotizar por la asistencia sanitaria así como a la pensión por jubilación,
s debe ¿Qué característica e cotice? qu ra pa tener la beca ción, o El programa de forma lir las mp “beca”, deberá cu s: ca ísti ter siguientes carac da por • Podrá estar financia o es ad tid en , sas pre em blicas pú instituciones tanto as. como privad • Deberá tener algún tipo de vinculación a o estudios universitarios al ion fes pro n ció de forma mo co gir exi lo, mp eje r (po a requisito para acceder do ian ud est ar la beca est ión una determinada titulac r ma for lo; títu el r see po o de parte de un plan estudios; etc.). Esta incluir denominación viene a ad alid prácticamente la tot s mo de po e de las becas qu sas pre em las en encontrar blicas y Administraciones Pú en España.
cubriendo así lagunas en su carrera de cotización para asegurar su bienestar llegado el momento de su retiro. Este derecho entró en vigor el 1 de noviembre de 2011 con el Real Decreto 1493/2011 “por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación”.
• El periodo de beca er no podrán tener caráct tivo lec nte me iva lus exc sino que deberán incluir as la realización de práctic s. formativa • La realización de la beca deberá conllevar una contraprestación económica para los participantes, cualquiera que sea el concepto o la a forma en que se percib nto, mie aza spl de de a ud (ay dietas, etc.).
También pueden beneficiarse de este nuevo derecho tanto becarios/as realizando prácticas en el extranjero, como personas de otros países realizando prácticas en España.
sigue en el reverso
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¿Eres becario/a? ¡Conoce tus derechos! Viene del reverso Las empresas o entidades que financie n la beca están obligadas a darles de alta durante el tiempo que dure su reali zación. Si la empresa o ins titución no formalizase el alta, el propio becario podrá solicitarlo directam ente a la Seguridad Socia l. La situación de be cario se acredita med iante la correspondiente certificación de la empr esa o entidad que la fin ancia. En ausencia de certi ficado, el/ la becario/a podr ía utilizar cualquier otro m edio válido (cartas de ac eptación, recibos, etc.)
La cotización cu brirá todas las conting encias de Seguridad Socia l, excepto el desempleo. Po r tanto, la persona en pr ácticas tendrá derecho a las prestaciones de jubilación, invalidez, e incapacidad temporal ta nto por accidente de tra bajo como por enfermedad común.
La base de cotiz ación será la mínima del Régim en General. Para calcular el co ste que tendrá la cotizac ión se toma como referencia las cuotas que cada año se establezcan para los contrato s formativos. En 2011 el co ste de la cotización se repa rtirá entre empresa y el/la be cario/a de la siguiente forma:
¿Cómo pueden cotizar las personas que hayan tenido una beca en el pasado? En este colectivo se hace una excepción a la regla general que en Seguridad Social impide poder realizar cotizaciones a posteriori de forma que se recuperen periodos de tiempo ya pasado. Para las personas becarias anteriores a la reforma se les permite “recuperar” hasta 2 años de cotización por las becas que desarrollaron en el pasado, y con independencia de cuánto tiempo haga de ello. La condición de antiguo/a becario/a podrá acreditarse mediante la correspondiente certificación de la empresa o entidad que la financió o, si ello no es posible, utilizando cualquier medio válido en derecho (cartas de aceptación, recibos, etc.) La fórmula para “recuperar” estas cotizaciones será mediante la suscripción de un Convenio Especial con la Seguridad Social que financiará el propio beneficiario. Se podrá solicitar la “recuperación” de estas cotizaciones hasta el 31 de diciembre de 2012 en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social. La base de cotización será la base mínima del Régimen General del año en el que se desarrolló la beca. La cuota a ingresar en el convenio especial se calculará mediante la aplicación de un coeficiente reducido (se pagará el 77% de la cuota general), y el abono podrá realizarse mediante un pago único o mediante un pago fraccionado en un número máximo de mensualidades igual al doble de aquellas por las que se formalice el convenio. Es decir, que el abono de 2 años de cotización podrá fraccionarse hasta en 48 mensualidades. El pago fraccionado no supondrá recargo ni intereses de ningún tipo.
El coste de estos Convenios Especiales estará en función de la base de cotización que hubiese establecida en el año en el que se produjo la beca, según el cuadro siguiente:
No hay fecha límite para recuperar los periodos de beca anteriores a la reforma, por lo que se podrán recuperar tramos anteriores a los que aparecen en la tabla.
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