Catastro Proposición Adiciónese el siguiente artículo al proyecto de ley número 178 de 2016 (Cámara) y 163 de 2016 (Senado) “por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones” de la siguiente manera: “Artículo Nuevo (296-3): adiciónese a la Ley 44 de 1990 el siguiente artículo: Artículo 9-1. Incentivo para la actualización del catastro municipal. Los municipios y distritos que, según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 14 de 1983, no realicen los avalúos catastrales de los predios de su jurisdicción cada 5 años, perderán el derecho a recibir apoyo financiero directo e indirecto por parte de la Nación, incluyendo el préstamo de recursos de la Nación, cofinanciación de proyectos, garantía de operaciones de crédito público o transferencia de cualquier clase de recursos distintos de los señalados en la Constitución Política. Estas entidades territoriales tampoco podrán acceder a nuevos recursos de crédito y las garantías que otorguen no tendrán efecto jurídico.”