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<:''TEMA DE BIBLIOTECAS
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RIO PIEDRAS
./ RECINTO CE RlO Pll:.uf<AS
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· ' t• ibuirse, con el acrecentamtentQ de algunos 1 y ya fin de la general pobreza qu r~y a . derechos á las tiendas de mercería~ y' con a en la Jla.por consequenc1a fo zo. de aque.. vigorosa y executiva · reca~dacion de l?·que · 11os pri·ncipios; ine dedique desde e~ ~es de ·d e muchos años .á efl:a -p~rte · se efia· deb1end~ . ·... Juli? ~el año prox.i~o pasa~-~~ sQhcJtar_en ·por los . eci'nos á ellas· Reales Caxas <Ie los Juntas de Real Hacten~a. arbttnos Y _mcdt:os vencidos arrendamientos de sus rentas, y'lJa d ·.sofiener la 'P.laza sin gravar al v~1nd"r. o, todavia -ha producido t~n poco ~fecto qúa_n . · y á c~nomiz~r hast~ el ultirno extr~mo ~ s to que aperias ha influido a .mejorar el sem'. - · a~td~ en todos los ra. os que se ostu~nen de hiante de las· Reales Caxás con motivo dé la · lla; .Y á pesar de. los diferentes planes. adop- , ·jns.oluc·ion de los 'deQdores; por la escasez . : tado por las Juntas, y desvelos ma.ntfiefios de numera~io; de. la riínguna o muy corta unanimemente en apurar quan.tos r€cürsos t>alida de sus bienes que se .h an puefio en han sido · op~>rtunos para logrétr aquel inten., .. subhafia .. por la propia razon de .la uni~er~ to, no ha sidq dable e.n~ontrar alguno ~apéq sal inqpi~ de dinero que padece la. .Isla é ~m~ de sufra.gar por mas tiempo las er<;>gac~ones, · p~de Ia_s ~ompra~ de las estanc1as y otros. y e to·stn en~bargo de h1berse puesto a .m. · ht~ s e.xecutados.- . . . ....., dia paga Jos empleados :de .gu~rra, pohqa, · J1 tan · criticas circunfl:anctas, y opser4 1 . hacienda, y demas que la optan de ·Real Ha~ vahdq 'l.os :Señores Miniflros de Real H~ cienda, porque de . los e~tados p,roduc~dos ciend* que 'se aproxíroab~ ·l_a conclusiori - ~el l po~· -Io 'i. Mini~ros Ofictales Real~s,. se ha _rHes ·de. Julio, y no exífl:ian f~ndo.s en ~é!~~ : dem·o. trado palpablemente q 1e los IngrestJs ·<:on que subv('ntr · á las atenciones d¡.ltnme-;de la ~ a no cubt sus erogaciones, y que 'diato ·y· actual mes de-' Agofio, t:)O -padi.erop . la ·m ejor adrnini . on t,Jnid~ . ~-.la ~~·;ayo~ meno ' úe partlciparmelo, 'y yó que con , 9~ strechez y al~ ; e~ ineficaz ~, ste firr . C(lr á Jun a;de· Real · Hácienda pa~a re. mí entras subsistan las cosas en el p1e en que sol vef difinitivamente sobJe Jos medtos d~ 1 se hallan, corno quefaltandole el·recurs_o del cüdir 1 etque_l ci-iÚco apuro •. Los Vo~ales situado diputado .á \,este objeto, es preciso se 'e cha ton la vifta abre' efia particular. hi · n tuh enonne DEFIClT que ~asta .ahora se·. , O qúe igua1, sobre)~ . QlÍClCi6 '·, 1 curado llenar con repettdos prestamos )3iblio " i\ a~ nt·l".IL · qu~ se ha? ped~do, <;_on donativos.que e, u:. P. R. Mil 1980 .)
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y hace muchf) tiempo dexan de có
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ai!IU'IIIIdo en las ante~ores Juntas. y <ksc~ta. -..~v• intimarrl~nte que oló se. pr~sentaba · arbittios _para . (onsulbr a ta_urgetlie y --..-..ten e "idad. qua les etan; impotier un.a ' ntribuci~n ,l(tncral sobr~ todt>s los V'ecidc la tiudad 1 lsi.a cori sugctioh a Jas lai
rr~~~r_iptas
en .tal~' Óléi ter~as,
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cr , ·ta crea n ae moned~ Pfovinc1aJ . ~ ~l«as con que s phr el üso t:le a mO•· me a 1 .ét, per<? q~ .el prirbero nq le era ..
fthitido .-por prbhibirl.o las Jey~s y .n · . ·aucJón poliilca d~ la Moii3rqilia, ~spaiibli. , .Y ctuc a~c mas ten1a el p~derosq. JticdhVt•. ni · te de arrahrar ·ia aflicción · sobre. Jos ha. Dl'-i......~ ~~ la tda énterá' en (ambló de la lippó 'b,Jidad d~ realiiar1a, naéida' <kl misorigen de la falta de ·dfnéró, miehtr.8 - "-.-.;... · · ue 1 ~undo, ya porque rio envoJv .19s . . ~s. obfiaculos;. ya porque~ .había vi~ 0 . ·. ~lh~nte practicar en ella toa y en ~ inmediatas de ~to Domingo y Cub~j .
· 7 ya porqu~ tr~.
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ma~ tfi~at . p~~ salir
1 at~~'Jld, t¡ue·'$&endo actual y de presm • .,.. , · no Mlf1ia la dilac1on que p~r neceii~a.a · a~ de . traer qualquitta otro ptoyeét~J. cdtdó la .l unta se j>r~firieie tomo hiás áprd. Jto el áe la trea.;ion. de Papeletas. sinó ~~~a .....o¡aba otro de igúaks virtudes·por .
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Cap·
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la oc=ta..va par.
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';!~La$ Papeletas· d~ a quatro pesos, de á pesQ; 1· y de quatrp reales tea~r~n ~n un frente ,~¡ 1
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sello. c;il:c.ular .
las· atmaJ de Leon y
Castilla)' \ uná orla al r~dedor· iQJpr~o, y 4 . valot t? .importe de . eHa manuscr~ o en c;1 angula super.i<?r . de Ja de(.e~h~~ el nu_m~o que se sttotará en un libro, rubricadas y fo, l.iad~s las hojds y. deb~~o de ~.i~ho sello, la~· . rubnca~ de los dos ~enores .M1n1st-ros ~e R.e 1 al Hacienda. Al respaldo se estamP.at~ la mi.. . ·tad .ó parte de 9tro sc:_llo, cuya m\tad ó,. res-:- . . tante parte, quedará irnpre~ en otro libro:ea . ·que se . pendra . ~.l .numez:o d~ las PapeletaS~ ' : que corr~p~nde, y _las rubricas que s.e indi. · :'Vidualizarán. · · · A .. 4· i ., .~ ~te ~U o de respa_l'do, ser~ ovalado con un dibujo enlazado:. que sirva de ~onttastña, . ~ ae fi~ará por una Coplisión ·de tres i.I).di\ri- . · du~s que '. ~ran un . Re-gidor V ~~s . hombr.es 1 ·buenos .que rubrjcarán al pie del sello .de contraseña.
J. s.:..Las
referí~PapeletaS de á .4 peaos, _; ·~ /
tendran valor y . circul~_ion, rcun~ ld . rcquisi.Los del ~ . ._1 0
y 4 reales, unicamen
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~~ -ello del fre te ~e igual f, )r• . . 1 q~ lél otr¡¡, au11que re4· Cldo prapor.,¡ nalrncnt~· al numero' Y ~ota· de ~al.or, y .
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.. ~~El seno de ·(:ontr a.s~ii-~ .q\ledar~ de·~qsit~
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dQ n la ._Jteal Contadu~ia. ·en. u~a _Cax.a ::te. es llflves qu~ guardar~n. los IndlVlQl.JO~ .9~
·.que ~ c:o~pqpc la Con1~ .
~s~a, omision ha .d
ton, .
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s~r nombrad~ p9 ' ~~ Jlustre A·. unta m . . nt~ y haran est~ serv \l~ldQ ni emolumento alguno., . . ,
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!Dc=ses ¡ ~~ t~~dar, <>antes ne,e$ano. ~ r"on<>.~eran !~ ~pe..
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facton ~on !~ mttad que q~cd·ó.. éstcÚnpad~ 1 , en ~ el. (t b:o, y enc.Qntta.ndola legiti,na pro~ . .cederan a perfecctonar la so.tatuida '<) e.rt.;. . treg_~~a ~o.r los se;ores Ministros etl lug~ . -de l'l tQllt ~~~ada, y a recoger esta. ·
dós rubricas de ·lo ~ S~nor~ . .M1n1stros; ro no b.s.qe~~ sulemn ·dade~ el el .-~spa ~ do,'
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. s_e pract'ic;;.r~, r~crlnocietr~- , .. do los S ... u ores -~~u~astr ~ sus rubdc : y sel . }' dernas requtslto~ con q ~ te ~-eben ~alir de su anos las Pap.el~t~s; l~alh~nd las· cónfo~.. 1 m. SI de vol y~rán al intere~ado otra de igu...l ,· nu¡ ... r~ Y valor, ~ adorna a de ·las prqpiaos tor.nrth ia~l!s testa!'ldo antes ·sus rnbricas ·y S lf;,. qe. ·la recog\ da, ~~ q al e pasé\ra a fa Co?'uston del se~un~o st_Ho para (a coi1fron...
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a .dos r .4te.s
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Y ~e ~ J q c·omo S ha dicho S del tatnaflO 1~ oc:~ va pa~~e .q .. una q~ rull ., ten .ñ
Pa ietá
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~:r1cw~~ 1 , E~ta tft~eqcia se prc~c~ic~ra par l'os su ' e) tos ~eer:nplazados ~Q la Comisiont· y la ·. 1 coteJo;ror _los sahentes, par(\ lo qnal debé. • •
•
Tél11 c?~curnr ~uno~
y qtro~ ~ ella~ Pero ' si / e-~ el tnfe.rrned~o . fu~se_ prectsq .re~acer alguna ..
Papeletat s~ ~enfi.c~ra e;,ta gesuon por los Senores ;M•nistros· y Jos In.diviquos exi~ t~n~es· qe l" CómisiQn. · : . . · · · ·' /
1 ..A B('fl~lJL~ .• t.;. ..:.La~. p~p~tetás. .au r~~ogtd~S. par u1utit.,· itun~~~t~nte'nte ·se. quemaran hasta · qu · ent~r~~ent<: d.~stru¡das por la . misrn •
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lo' Seüore~ ){inlstros_. .
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·¡a en ot os ~cuta~a la r novacion · total
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ta , y· áti fcchos tanto los Sefiores i .. ·. nistros .como la Com.ifion de haber fe reno·ado xa.ct,amente el mismo numero dis.. ' bui~o, lo participarán' por oficio . a e~e , 1upcrior Gpbierno. ·, 'J .LO 14· . s . ii r s ~'lini~tros y la Comision qu da1~ obligado a Sé:ltÍ. facer á qualqu·Í era ·. · r ona ·ac re de la ·l egitimidad . o ilegiti.. Jdad .de las ..papeleta . que les pres~nten r ·pretendan circular ó custodiar, v de tomar las providencias oportunás en el caso · · · no sea· legitima para av.eriguar ·el autqr ~ c~~plices del fraude, · da~do, pr~ntamenr.e uenta de esta ocurrencia al Gobierno. ·-~1
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r la .buena fi y . tura e e .los ont~a·"J, se declara, qu los de .. posuo,. ~Otuoey demd~, de n ·ser cumpli~ dos religiosamente, y consumados en la mis-. . Dla . oneda qu~ éorda á la epoca de su . . lebraci0.n. O,ebiendo s~rJo .los póst.criores á · la pt1bÚcacion 'de este van do, en la moneda Provin.c~al de p~peJ~ a menos que espect~l. mente: ·se pacte o convenga otra cosa entre los• ~ortr~ta.n: es; bien ente·n~i· do . que e~ta 1 .Provtd~ncJ~ no .comprehende Jo~ .n egocios ' de -poca entld4d, cuya graduacion se rcser. v¡ a_l prudente arbitrio judicial.~ · . ~~ i_o que no ~e .espera, impelido alg.u node sord~d~ avanc1a y óbcecacion.. ateutase . aacrileno, crime~ de fing.ir o suplantar.di · oned' o de ~1acer la ctrcular como legtti. ma, sera upo v otro, y quantos mas intcr..r .epga.n direct~ o indirectamente en ·el, cas .. tlgad?s l como mone~ero_s falsos y ladrones ubhco& con las .penas prescritas por·las
.- ....aJUs··Papeletas pu-e...;;s....:q;;;;.u..;;.c no . e~ten exac~ mepte ajustadas á estas formalidades, no SQn ~S~¡- .., . . de recibO, y lexos d~ eilar obligado alguno · En el mismo quedan_ incurs.os tPso jUtl& .aQmitirlas debera impu~arse a~i. mismo el l los que' sabiendo ó tenieodo noticia qüe 'uicio que le r~sult~ · de no h~berlas ex~ .' !C falsi.fica la referi~a .~oneda, no lo ponen con: la c.orre:spondicncc atenciol) .Y - ll)m~dlaflle~te ,e n ~OtiCJa de este superior Gob1erno para que tonic las providenc· portunas compatible¡ á .las · é~
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de su
ne y manda · ad , Señoria Gregorio $=an~:u.a..:::;¡¡;:;., u d nh rse E·~nJJario· Real del Gobierno y Guerra. . 1 u ida d infta • To el iifraJt"li lf,rc~i/,..mo Real de Go6itrfl9 y ~err.. d e ·an, y pro gm el mod ¡ 1 nta Plo?.a 1 -s/. . urti/ico, d'Jy fé . 1 ·verdoJf'ro tnti,.fJ-. ia, ftit t! ~, q:¡t tJ'I/ectdf!, {14 fJI#!Jiic:J lo e11 el dio it 1 1 s a. ore de tales deli.tos. puedan J~ch~ '" ~~~ st/11)1 y for,..~ acost"rnbr,a~ll, y fixa.lo u" ex~111~laf'o . e.ndid<). ~ ó en eJ 't(:ta. mi des tlt ~~ ttf lo.~ Pta~a '1n:.vor fJI'ra . la . tllleligt~CIIJ Jt.l 1•~""' . .. i n, ~ ':1 i po~icion de que el tll fJIÍt~JitlllfJ dt · su _C011/e,ido. r pata 1Ut Cf)~Jit ID SlfiJIJ ~ ' p0 d l lito o l ~ in: tr tmentos, maqui.. ~~ . ,, ti tli11 dt la fech.J. td supra. ~Gregor11 ~,u/IPIII · .o. mat rias q 1 1 '\ . han rvid~ par~ su n U!Il . i n; . p~·ra .q el t.ernor de inc~rrir · la 1 d• . ndrton de lo d linqüent~·S, ~s ¡¡ do$ y f4mil"a . 1 r tra ig~ d 'denun iar .: s, se ofrece por e. te sup r1or Gobierno la seguridad de e u nombres seran encu. ie v no fie hara otro u o d .Li delacion, 1
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u_ ~q~l q· u~ convengé\ par~ .re.me.diar ~- · 1
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que ' qu~nto prevenido llegtt . a.. U<;ia de . todos~ y · n~~ie .al gue icrnora.nia, mando se publique por vando y fixe en ugare ~co tutnbrados de esta Ciuqad, y Clf ule'á l~s vil S y Pu~blo. d la ISla. q e se. acuwule un xemplar al .expedi. ntc 1a unto, irn .r ·m a · rep3rta in mert. t · ando entre los .su~ · criptos·. a la Gék la dema per~na : que qui r¡tn próve~r..; de el en· la impre~ta precio moderado.. Vil~ en Puerto- ico · á 31 de Ago:ito EL~ DU.-for U..141111V
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