Ilustre Colegio de Abogados de Lima “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”
Boletin Informativo Digital No. 123
BOLETIN INFORMATIVO DIGITAL N° 123-2015 Director Fundador JOSÉ LUIS GARCÍA VILLENA Director de Comunicaciones e Informática Jurídica
MARIO AMORETTI PACHAS Decano
Cal Comunicaciones
EVENTOS Y ACTIVIDADES DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
SEDES MIRAFLORES, PALACIO DE JUSTICIA Y LIMA NORTE DECANATO
* Incorporación a la Academia Peruana de Derecho del DR. LUIS E. ROY FREYRE Fecha : 15 de Octubre 6:30 pm. Lugar : Av. Santa Cruz 255 Miraflores. VICEDECANATO
Incorporación Grupal Fecha : 23 de Octubre- 12:00 m Lugar : Auditorio José León Barandiarán Preside la Dra. María Elena Portocarrero Ceremonia : Vice Decana de la Orden DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES OBRA TEATRAL: “DON DIMAS Y LA TIJERETA” Extraído de los Relatos de las Tradiciones de DON RICARDO PALMA
Fecha Lugar Precio
: Miércoles 3 de Noviembre 6:30 pm. : Auditorio José León Barandiarán Av. Santa Cruz 255 Miraflores : S/. 5:00
DIRECCIÓN ACADÉMICA Y DE PROMOCIÓN CULTURAL DIPLOMADO ESPECIALIZADO EN DERECHO TRIBUTARIO Planeamiento Fiscal y Electrónica
Fecha Lugar Horario
: Del 19 al 21 de Diciembre del 2015 : Auditorio INDEPENDENCIA Sede Pa lacio de Jus cia : Lunes y Miércoles de 5:30 pm. a 7:50pm.
DIPLOMADO ESPECIALIZADO PROCESAL GENERAL Y ANALISIS JURISPRUDENCIAL
Fecha Lugar
Horario
: Del 21 al 30 de Octubre del 2015 : Auditorio LUIS BRAMONT ARIAS Sede Lima Norte - Galería San Lazaro 2do. Piso : Lunes, Miércoles y Viernes de 6:00 a 9:00pm.
SEMINARIO DERECHO BANCARIO Y TITULOS VALORES
Fecha Lugar Horario
: 29 y 30 Octubre del 2015 : Auditorio INDEPENDENCIA Sede Pa lacio de Jus cia - 4to. Piso : 6:00 a 9:00pm.
DIPLOMADO ESPECIALIZADO ACCIONES CONTRA EL DESPOJO: DEFENSA EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DE LA POSESIÓN
Fecha Lugar
: Jueves 22 de Octubre del 2015 : Auditorio INDEPENDENCIA Sede Pa lacio de Jus cia Horario : 6:00 a 9:00pm. DIPLOMADO ESPECIALIZADO DERECHO CIVIL Y PROCESAL INMOBILIARIO Fecha : Del 20 al 22 de Octubre del 2015 Lugar : Auditorio INDEPENDENCIA Sede Pa lacio de Jus cia Horario : 5:30 pm. a 7:50pm. DIRECCIÓN ACADEMICA / UNIVERSIDAD DE LA RIOJA DIPLOMA DE ESPECIALIZACIÓN: ANALISIS DE PROBLEMAS SOCIALES CON ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS, NORMAS INTERNACIONALES Y NECESIDASES SOCIALES HERRAMIENTAS PARA LA COOPERACIÓN
* Modalidad: ON LINE, 825 horas con duración de 10 meses * Horario a planificar por el estudiante * Inscripciones hasta el día 6 de Noviembre * Clase Inaugural 23 de Noviembre INSTITUCIONES EXTERNAS DIPLOMA DE ESPECIALIZACIÓN DEL AGENTE INMOBILIARIO LEY 29080 Ins tuto deAlta Gerencia - Ministerio de Vivienda
Fecha Informes Telf
: 20 de Octubre : Srta. Carla Urdanegui : 221-5062 carlaurdanegui@iagperu.com Mariscal Sucre 198 - Miraflores www.iagperu.com
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ACTUALIDAD
Cateriano acusó que Príncipe "no ha sido sincera con el país" Además, el jefe de la PCM aseveró que el Ejecutivo "respalda públicamente" al ministro de Justicia Gustavo Adrianzén obedecen a la verdad de los hechos", y agregó que ella sí ha solicitado permisos para declarar a la prensa durante otros gobiernos.
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Si ella consideraba que este mecanismo, que no ha sido establecido por este Gobierno, no era justo, ¿por qué pedía permisos a otros ministros de Justicia?", señaló Pedro Cateriano sobre Julia Príncipe. (Composición: El Comercio/ Video: América TV) El presidente del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano, afirmó que el Gobierno "respalda públicamente" al titular de Justicia Gustavo Adrianzén ante las acusaciones sobre una presunta mordaza contra la procuradora especializada en lavado de activos Julia Príncipe. En línea con lo expresado, el primer ministro indicó que la interpelación a la cual fue sometido ayer Gustavo Adrianzén ha servido para comprobar que no se ha efectuado ninguna acción contra la procuradora Julia Príncipe, y que solo se ha solicitado "que se cumpla con la ley". Asimismo, Pedro Cateriano cuestionó que la abogada del Estado realice acusaciones que "no
"La procuradora que lo ha acusado no ha sido sincera con el país. Si ella consideraba que este mecanismo, que no ha sido establecido por este Gobierno, no era justo, ¿por qué pedía permisos a otros ministros de Justicia? Además, con el agravante de que el actual ministro de Justicia nunca le ha negado ningún permiso […] ¿Ante qué situación estamos? Que un funcionario público se niega a acatar la ley", argumentó. En línea con ello, defendió que Julia Príncipe debe actuar consecuentemente. Además, solicitó que, a poco de anunciarse la convocatoria de las Elecciones Generales del 2016, se evite "una confrontación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo que genere un ambiente de inestabilidad política". Por último, Pedro Cateriano indicó que el actual Parlamento "va camino a la interpelación número veinte", por lo que reclamó que se respeten los fueros del Gobierno. "Es el Congreso que más ha interpelado en la historia republicana. Nosotros vamos a responder al Parlamento pero pedimos que se respete los fueros del Poder Ejecutivo", afirmó. (Fuente El Comercio).
Gustavo Adrianzén: presentan moción de censura contra ministro Legislador Becerril estimó que pedido contra titular de Justicia fue presentado por "su intento de amordazar a procuradores"
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urante la interpelación del último martes, Gustavo Adrianzén explicó que la norma cuestionada como una supuesta "mordaza" fue aprobada "no por el actual gobierno". (Foto: Congreso/ Video: América TV)
Legisladores opositores al Gobierno presentaron una moción de censura en contra del ministro de Justicia y Derechos Humanos Gustavo Adrianzén, por la supuesta mordaza que habría ejercido contra procuradores del Estado.
Congresistas integrantes de las b a n c a d a s d e F u e r z a P o p u l a r, Concertación Parlamentaria, Solidaridad Nacional y Acción PopularFrente Amplio presentaron dicho documento ante el área de trámite documentario del Legislativo.
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En línea con lo expresado, el fujimorista Héctor Becerril detalló que la moción contra Gustavo Adrianzén fue presentada por el presunto intento de "amordazar" a la procuradora Julia Príncipe, y por la desactivación de las procuradurías "no contratando a los peritos especializados". Por su lado, el nacionalista Daniel Abugattás criticó lo hecho por la oposición. Además, indicó que se
trataría de una estrategia desarrollada por la alianza entre el fujimorismo y el aprismo. "Cuando se trataba del Partido Aprista Peruano diligentemente la señora procuradora Julia Príncipe siempre pidió permiso para hacerlo [dar declaraciones], pero cuando se trata del gobierno del partido nacionalista resulta que es inconstitucional", señaló.
Conforme al reglamento, este documento sería revisado la próxima semana por el Consejo Directivo del Congreso, el cual determinará la fecha de debate de la moción. Durante la interpelación del último martes, Gustavo Adrianzén explicó que la norma cuestionada como una supuesta "mordaza" fue aprobada "no por el actual gobierno". (Fuente El Comercio).
¿Cómo un decreto legislativo favoreció a promoción de Humala? La historia sobre el cuestionamiento al presidente Ollanta Humala por los ascensos en el Ejército del Perú normas. ¿Cuáles fueron?
Ollanta Humala aseguró que a su promoción le corresponde ascender y que no hay ninguna irregularidad en ello. (Foto: El Comercio) Cuatro ex compañeros de promoción de Ollanta Humala en el Ejército peruano acabarían siendo ascendidos a generales de división este jueves. Tres de ellos apenas cuatro años después de haber logrado el ascenso al rango inmediato anterior. Según investigó El Comercio, este hecho es poco usual. Tal como informó este Diario, cuatro de los generales de brigada del Ejército peruano ascenderían a generales de división tras cumplir cuatro años en sus puestos. Tres de ellos fueron compañeros de promoción de Ollanta Humala. El último tenía a su cargo la base militar de Madre Mía mientras el mandatario sirvió ahí como militar. Esta aparente celeridad en los ascensos en el Ejército peruano ha desatado cuestionamientos en el Legislativo sobre el papel de Ollanta Humala. Congresistas como Luz Salgado han manifestado que aunque no es algo ilegal, estos ascensos responden a "una clara intencionalidad política" para lo cual se modificaron algunas
1. ¿Cuántos años debe estar en el grado un general de brigada para ascender a general de división? En el 2008 fue aprobada la Ley 29219, que modifica la Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas (Ley 28359) y, entre otros aspectos, establece que los generales de brigada deberán permanecer al menos cinco años en el grado para poder ascender. La Ley 28359, del 2004, establecía que los generales de brigada debían estar cuatro años en ese rango. Esto, antes de que Ollanta Humala fuera presidente de la República 2 ¿Cómo aparece la figura legal de la transitoriedad? En el 2012, al amparo de las facultades que el Congreso le otorgó para reformar los sectores Interior y Defensa, el presidente Ollanta Humala aprobó el Decreto Legislativo 1143, que, en principio, ampliaba de 38 a 40 el tope de años del servicio militar. Sin embargo, en sus disposiciones complementarias creaba un período de transitoriedad para que las FF.AA. adecuaran sus planes estratégicos a esta nueva norma. 3. ¿Cómo es que la transitoriedad acabó favoreciendo a l a p r o m o c i ó n d e H u m a l a ? Para cumplir con el Decreto Legislativo 1143 que aprobó Ollanta Humala, el Gobierno emitió el Decreto Supremo 009-2013-DE. Uno de sus anexos establece que la promoción 1982 ascenderá por primera vez en el proceso del 2013,la 1983 en el proceso 2014, la 1984 en el proceso 2015, la 1985 en el 2016, la 1986 en el 2018. Pero quienes asciendan en el proceso 2019 deberán cumplir con los cinco años que establece la ley. (Fuente El Comercio).
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JUDICIALES
Urviola: "No permitiré que influyan en decisiones del TC" El titular del TC indicó que modificación al reglamento normativo de su institución no busca favorecer a Nadine Heredia "En el Partido Aprista hay mucha experiencia y una trayectoria democrática a lo largo de toda su historia. La invocación va en el sentido de que no afecten a las instituciones democráticas", manifestó Urviola respecto al caso de Nadine Heredia. (Foto: El Comercio/ Video: América TV) E l p r e s i d e n t e d e l Tr i b u n a l Constitucional (TC), Óscar Urviola, afirmó que la modificación del reglamento normativo de su institución no tendrá efectos respecto al caso de la primera dama, Nadine Heredia. "La modificación al reglamento n o r m a t i v o d e l Tr i b u n a l Constitucional no tiene que ver absolutamente en nada con los casos que se han visto en esta audiencia", indicó a la prensa. Óscar Urviola recalcó que solo serán necesarios los votos de cuatro magistrados para expedir o apartarse de un precedente vinculante o emitir sentencias interpretativas. No obstante, aclaró que él se mostró en
contra de esta iniciativa. “No tiene relación con el caso de la señora Nadine Heredia. Respecto a esta modificación yo he sido derrotado. No tiene nada que ver con otros casos. Siempre se ha tratado con mayoría simple. Yo como presidente debo respetar lo que la mayoría ha adoptado", mencionó. En otro momento, el vocal del Tribunal Constitucional descartó presiones de parte del Gobierno sobre algún caso determinado, y exigió a los líderes políticos más respeto hacia su institución y la democracia. "En el Partido Aprista hay mucha experiencia y una trayectoria democrática a lo largo de toda su historia. La invocación va en el sentido de que no afecten a las instituciones democráticas. A las instituciones democráticas se les respecta. Yo no voy a permitir que se trate de influenciar de ninguna manera en las decisiones del Tribunal Constitucional", señaló.
declaraciones que "han amenazado con juicios políticos al Tribunal Constitucional". "Creo que eso no es propio de un demócrata. Tengan la plena seguridad de que yo voy a hacer respetar este tribunal", acotó. Urviola sostuvo ello en respuesta al legislador de Concertación Mauricio Mulder, quien señaló ayer que el TC habría bajado de cinco a cuatro el número de votos para resolver a favor de Nadine Heredia el recurso presentado por el Ministerio Público contra el hábeas corpus interpuesto por la defensa de ella. "Eso va a merecer por parte de la oposición, ya lo conversamos, una acusación constitucional", dijo Mulder. (Fuente El comercio).
En línea con ello, condenó las
Defensa de Nadine le pidió a TC rechazar agravio constitucional Al término de audiencia, Roy Gates cuestionó las presiones de un sector de la oposición contra magistrados del TC Eduardo Roy Gates y Aníbal Quiroga, los abogados de Nadine Heredia, le pidieron al TC rechazar recurso de agravio constitucional contra Nadine Heredia. (Foto: Andina) Los abogados de la primera dama, Nadine Heredia, le pidieron hoy al Tribunal Constitucional (TC) declarar improcedente el recurso de agravio constitucional planteado por la fiscalía en contra del hábeas corpus que archivó la investigación preliminar contra la esposa del presidente Ollanta Humala por el presunto delito de lavado de activos.
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El constitucionalista Aníbal Quiroga solicitó que se mantenga firme el fallo judicial que libró a Heredia Alarcón y a sus allegados de la pesquisa, que venía realizando el fiscal Ricardo Rojas. A su turno, el ex consejero presidencial Eduardo Roy Gates, quien también ejerce la defensa de Nadine Heredia, argumentó ante el pleno del TC que el recurso del Ministerio Público “es manifiestamente improcedente”, porque el organismo constitucional no tiene competencia para resolver este caso. Sostuvo que, de acuerdo a la Constitución, el TC solo puede conocer las resoluciones denegatorias de un hábeas corpus y que el Código Procesal Constitucional señala que este recurso solo procede para el demandante cuando ha perdido su recurso. Aseveró, asimismo, que si bien el TC admitió de manera excepcional el agravio constitucional del Ministerio Público, fue porque iba en contra de una sentencia vinculante de ese mismo organismo.
lavado de activos, indagación que se archivó. Al término de la audiencia, el letrado cuestionó las presiones de un sector de la oposición contra los magistrados del TC y pidió a todos aceptar las decisiones que adopte este organismo constitucional. “Hay nuevo elementos” Por su parte, el procurador adjunto del Ministerio Público, Alfonso Carrizales, en tanto, argumentó ante el pleno del TC que existen elementos suficientes para seguir investigando a Nadine Heredia por el presunto delito de lavado de activos. Sostuvo que hay nuevos elementos para ello, por lo cual solicitó que se declare procedente el agravio constitucional para continuar las indagaciones. A su juicio, además, la investigación que realizó el Ministerio Público y archivó el 2009 por este caso, se hizo de manera deficiente.
Consideró también que la Sexta Sala Penal para reos en cárcel, que resolvió a favor el hábeas corpus de Nadine Heredia, remitió en forma indebida el agravio constitucional del Ministerio Público contra este pronunciamiento.
José Luis Castillo, abogado del fiscal Rojas, en tanto, aseveró que la resolución judicial que declara fundado el habeas corpus de Nadine Heredia tuvo alteraciones y que no debieron ser comprendidos en el mismo otros investigados en este caso.
Durante la audiencia pública, Roy Gates recordó que la presidenta del Partido Nacionalista fue investigada durante 11 meses, el 2009, por el presunto delito de
Tras escuchar a la partes, el presidente del TC, Óscar Urviola Hani, dejó al voto este recurso. (Fuente: Andina, para El Comercio).
Orellana: "Esto se ha convertido en una condena de facto" El encarcelado abogado sostuvo ante el TC haber sido puesto "en un régimen para sentenciados de difícil adaptación"
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odolfo Orellana se encuentra en prisión desde noviembre del año pasado por la investigación que se le sigue por lavado de activos. (Foto: El Comercio/ Video: Canal N) El abogado Rodolfo Orellana, quien se encuentra recluido en el penal de Challapalca, expuso ante el Tribunal Constitucional su recurso de hábeas corpus interpuesto contra los magistrados que le dictaron la orden de prisión preventiva por 18 meses por el supuesto delito de lavado de activos. En línea con lo expresado,
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Rodolfo Orellana —a través de videoconferencia — realizó cuestionamientos al régimen penitenciario que se le ha impuesto, luego de ser detenido en Colombia en un mega operativo. Además, sostuvo que se le ha aplicado una sentencia penal anticipada. "En mi condición de procesado, en la cual yo debería estar sujeto a una presunción de inocencia, como establece la Constitución, se ha convertido en una condena de facto porque me han puesto en un régimen para sentenciados de difícil a d a p t a c i ó n " , s e ñ a l ó Ro d o l fo
O r e l l a n a a n t e e l Tr i b u n a l Constitucional. Asimismo, agregó que dentro de este régimen carcelario estricto, que usualmente se le aplica a "sentenciosa de 20 años hasta cadena perpetua", no cuenta con horas de patio ni acceso a un teléfono. Por último, explicó que su régimen de visitas es extremadamente limitado. Su caso quedó al voto y será r e s u e l t o p o r e l Tr i b u n a l Constitucional próximamente.
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“Solicitar autorización para declarar es inconstitucional" Así lo dijo la procuradora Julia Príncipe, quien descartó que el ministro de Justicia tenga "algún tema personal" contra ella
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en las que se encontraba siendo atacada por la red criminal que lideraba el encarcelado abogado Rodolfo Orellana.
La procuradora especializada en Lavado de Activos Julia Príncipe se manifestó en torno a las aseveraciones realizadas ayer por el ministro de Justicia Gustavo Adrianzén, quien respondió a un pliego interpelatorio a causa de una presunta mordaza contra la referida abogada del Estado.
La procuradora recordó que en ese entonces no contaba con un abogado que la defienda de las denuncias de esta organización, por lo que solicitó autorización para que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado le permita dar declaraciones y respaldo institucional. Asimismo, Julia Príncipe descartó que Gustavo Adrianzén tenga "algún tema personal" contra ella, y evitó pronunciarse sobre la moción de censura contra el titular de Justicia pues "es un tema político y mis funciones obedecen a otra naturaleza".
Es preocupante. La conformación del equipo de peritos fue una decisión estratégica del más alto nivel político para fortalecer la defensa del Estado", dijo Julia Príncipe sobre carencias en procuraduría. (Foto: El Comercio/ Video: Canal N)
Julia Príncipe consideró que solicitar una autorización al Consejo de Defensa Jurídica del Estado para declarar a la prensa es "inconstitucional" porque interfiere en la autonomía funcional de los procuradores. Sobre las autorizaciones que solicitó en el 2011 para declarar a la prensa, estimó que estas no fueron a exigencia de ninguna autoridad, sino en circunstancias
En otro momento, acusó que existen más de 12 casos en riesgo por falta de peritos en la procuraduría. "Es preocupante. La conformación del equipo de peritos fue una decisión estratégica del más alto nivel político para fortalecer la defensa del Estado", acotó en diálogo con Canal N. (Fuente El Comercio).
Oropeza intentó presionar para cobrar S/.18 millones a fiscalía Audios hallados en celular de Gerald Oropeza revelan que procesado pidió favores a presunto allegado a Fiscal de la Nación Gerald Oropeza aseguró que si contacto lo apoyaba tendría ayuda en su campaña política. (América TV)
voceros de la Fiscalía de la Nación negaron cualquier tipo de vínculos con el presunto miembro de una red dedicada al narcotráfico.
Gerald Oropeza buscó contactos cercanos al Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, para cobrar 18 millones de soles que la fiscalía le debe a su empresa Sergero SAC.
En los audios también se revela que Gerald Oropeza realizó transferencias de dinero a su favor desde el Perú por más de mil dólares.
Según audios hallados en el celular que le fue incautado en Ecuador, a los que accedió América Noticias, Gerald Oropeza acudió a un presunto contacto del fiscal para cobrar la millonaria deuda contraída por servicios de limpieza.
Asimismo, mientras se ocultaba en Ecuador enviaba dinero a través de una de las mujeres cubanas que lo acompañaban. Las transferencias estaban destinadas a conocidos de Gerald Oropeza en San Juan de Lurigancho.
En su intención por presionar el pago, Gerald Oropeza aseguró que si el contacto lo apoyaba “tendría plata para su campaña el otro año”. Eso sí, pidió que no se entere que él estaba detrás del pedido para el pago de los 18 millones de soles. Según América Noticias,
Tal como informó El Comercio en marzo pasado, la Fiscalía de la Nación finalizó el contrato anual por un monto de S/.12'837.000 que tenía con la empresa de limpieza Sergero S.A.C. (Fuente El Comercio).
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Suprema excarcela a Venero porque “no se tradujo” un documento oficial de EEUU Artimaña. Extestaferro de Vladimiro Montesinos estaba preso por su implicación en el millonario desfalco de la Caja de Pensiones Militar Policial que afecta a millares de pensionistas.
Facilito. Cuando era procesado por el desfalco de 1,000 millones de soles a la Caja Militar, la Suprema liberó a Venero..
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n un sorprendente fallo, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema accedió al pedido de nulidad contra el mandato de detención de Víctor Alberto Venero, que presentó la defensa del ex testaferro de Vladimiro Montesinos. Venero fue enviado a prisión el 21 de agosto de este año por mandato de la Primera Sala Penal Superior, basándose en una nota diplomática del Departamento de Estado norteamericano que accedió al pedido de la justicia peruana para ampliar las causales de extradición de Venero y así procesarlo por el delito de colusión. Originalmente Venero fue extraditado de los Estados Unidos en 2001 para ser juzgado por el delito de cohecho. La defensa de Venero –el empresario a quien las autoridades atribuyen haber facilitado a Montesinos y a la cúpula de las Fuerzas Armadas el desfalco de la Caja Militar por más de 1,000 millones de soles– arguyó que la Sala que ordenó el encarcelamiento del ex testaferro no había traducido el documento con el que Estados Unidos amplía las
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causales de extradición. El vocal supremo que sustentó el fallo a favor de Venero, Josué Pariona Pastrana, argumentó lo siguiente: "Si bien la 'nota diplomática del Departamento de Estado' del gobierno de los EEUU (obra en el expediente), ésta no está traducida oficialmente al castellano conforme lo exige el artículo 509° del Código Procesal Penal (...), de este modo, al no tener en cuenta lo establecido por la norma procesal penal vigente, (la Sala) incurrió en un vicio insubsanable, pues su decisión vulneró el derecho fundamental de la libertad del acusado Venero". El fallo de la Suprema, que incluye las firmas de los vocales Duberlí Rodríguez Tineo, Hugo Príncipe Trujillo, José Neyra Flores y David Loli Bonilla, dispone que la Sala solicite otra vez a EEUU la ampliación del pedido de extradición de Venero, cuyo paradero ahora se desconoce. (Fuente: Diario La República).
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POLICIALES
San Borja: familia baleada no tenía antecedentes de violencia Según los vecinos, los padres del niño de 3 años llevaban un año viviendo en San Borja y no habían tenido problemas
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arlos Barrantes Vásquez y Fa b i o l a S á e n z B e l t r á n celebraron hace poco cumpleaños de su hijo. (Reniec) Esta mañana, una familia entera fue hallada sin vida dentro de un departamento ubicado en San Borja. La policía todavía no ha podido determinar si este crimen fue un asesinato con posterior suicidio o si hubo alguna tercera persona involucrada, pero lo que sí es incuestionable es que dos padres y un niño de 3 años fueron baleados esta madrugada. Según los vecinos del edificio ubicado en la Av. De las
Artes Sur 501 en San Borja, Carlos Alberto Barrantes Vásquez (32) y Fabiola del Carmen Sáenz Beltrán (36) eran una pareja tranquila que llevaban viviendo ahí aproximadamente un año junto con su pequeño hijo. La casa de San Borja era de Carlos Barrantes, padre del pequeño niño de 3 años quien dicen que salía todas las mañanas a trabajar, dejando a la madre en el hogar como ama de casa. Los vecinos incluso recuerdan que hace poco los dos hicieron una fiesta para celebrar el tercer cumpleaños de la criatura.
"No se les veía alguna actitud extraña (...) No se escucharon los disparos (esta noche)", dijo uno de los vecinos que llegó al edificio pocas horas después de que se reportara el hallazgo de los tres cadáveres. Los padres tenían impactos de bala en la cabeza. El niño había sido baleado en el rostro. Hasta el cierre de esta nota, los cuerpos todavía permanecían en el departamento 501 del edificio de San Borja, a la espera de que la fiscal de turno ordene el levantamiento de los cadáveres. (Fuente El Comercio). (Fuente El Comercio).
Roban equipos médicos de ambulancia de bomberos de La Molina Ocurrió en Ate. Ladrones rompieron luna de ambulancia y se llevaron desfibrilador e implementos valorizados en US$ 35 mil.
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i los bomberos se salvan de los delincuentes. Una ambulancia del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú de la compañía La Molina que regresaba de atender una emergencia fue víctima de ladrones en el distrito de Ate. César García, jefe de la IV Brigada Lima Sur, informó que los hechos ocurrieron al promediar las 3:30 p.m. en el estacionamiento de un centro comercial ubicado en la cuadra 3 de la Av. La Molina, Ate, donde los bomberos habían estacionado la ambulancia para comprar insumos para abastecer su cuartel. Ese momento fue aprovechado por los delincuentes, quienes rompieron la luna de la ambulancia y se llevaron un desfibrilador (aparato electrónico que utiliza para restablecer el ritmo cardiaco), un aspirador y otros implementos médicos valorizados en 35 mil dólares. “Estos equipos salvan vidas y lamentablemente hoy nos vemos frustrados en poder continuar con nuestra labor en La Molina”, señaló César García a Canal N.
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Ambulancia estacionada en centro comercial de la Av. La Molina fue víctima de la delincuencia. (Foto: WhatsApp/El Comercio - Video: Canal N)
Los bomberos han pedido las imágenes de las cámaras de seguridad del estacionamiento a fin de poder identificar a los ladrones. MÁS DE UN MILLÓN DE AFECTADOS Alfredo Mares, jefe de la compañía La Molina, dijo que con este robo afecta a más de un millón de personas pues se llevaron equipos básicos para atender emergencias no solo en La Molina sino también en Santa Anita o Manchay. “La unidad está fuera de servicio por tiempo ilimitado. Mientras tanto, la gente que nos llama todos los días se va a tener que quedar en su casa”, dijo a Canal N. (Fuente El comercio).
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INTERNACIONALES
Maduro: "Tenemos que ganar las elecciones como sea" El presidente venezolano aseguró que el FMI le dará 60 mil millones de dólares a la oposición por derrocar a su gobierno
Nicolás Maduro en su programa de televisión, "En contacto con Maduro". (Foto: Reuters)
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l presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, aseguró hoy que el chavismo debe ganar los comicios parlamentarios del próximo 6 de diciembre "como sea" para garantizar que triunfe la "paz" y porque "el futuro está en juego", al tiempo que reiteró que respetará los resultados electorales. "Yo digo, tenemos que prepararnos para ganar las elecciones del 6 de diciembre de este año 2015 como sea, ganar como sea, que triunfe la paz como sea, tenemos que garantizar ganar laselecciones", dijo el presidente en su programa de televisión "En contacto con Maduro". El gobernante hizo el comentario tras asegurar que "la derecha" promueve la violencia "saboteando el sistema eléctrico con bombas" e "incrementando o intentando incrementar los asesinatos sin sentido de paramilitares en ciudades importantes". "Ganar como sea, como sea porque es la patria, es la paz, es el futuro el que está en juego", dijo al asegurar que el chavismo cuenta con "los mejores candidatos". Ahora, aseveró, la oposición se niega a firmar el acuerdo de compromiso de respeto a los resultados electorales, lo que llama a la suspicacia y alerta a su Gobierno sobre posibles planes desestabilizadores. Maduro indicó que su Gobierno está preparado para reconocer "a quien gane, gane quien gane" pero, al mismo tiempo, se preguntó: ¿Quien va a ganar? los mejores (...) los patriotas, los revolucionarios, los bolivarianos, los chavistas, los únicos que tienen un proyecto de paz y de patria". Maduro instó a los partidos opositores a firmar el
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acuerdo de respeto a los resultados de las elecciones. (Fuente: Youtube) La oposición venezolana ha dicho que no firmará el acuerdo propuesto por el oficialismo y aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Pese a ello, el pasado domingo señaló que, de cualquier forma, respetará los resultados electorales y "los hará respetar" tras salir al paso de las acusaciones del chavismo de que se negará a asumir a los ganadores de estos comicios. - 60.000 millones de dólares por derrocarlo Ayer Maduro dijo que la "derecha mundial" le ha garantizado a la oposición venezolana que el Fondo Monetario Internacional (FMI) le podría dar un crédito de 60.000 millones de dólares si logran derrocar a su Gobierno. "Tengo las pruebas de que el FMI ha recibido la visita de un grupo de tecnócratas y de pelucones (empresarios privados) y les han expuesto este plan y les han pedido 60.000 millones de dólares y el fondo les ha dicho que podrían prestárselos si derrocan al gobierno revolucionario", afirmó durante su programa "En contacto con Maduro". El presidente señaló que cree que la oposición está buscando "un gran evento nacional de violencia" para derrocar a su Gobierno e imponer un gobierno "contrarrevolucionario". "Tengo las pruebas y las vamos a mostrar muy pronto", dijo al referirse a este supuesto plan que, asegura, se pondría en marcha a partir del desconocimiento de los resultados electorales de las elecciones legislativas del próximo 6 de diciembre. (Fuente: EFE, para El Comercio).
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Dilma Rousseff: ¿Cuáles son las razones por las que se busca destituir a la presidenta de Brasil? Eduardo Cunha, presidente de la Cámara de Diputados de Brasil, analizará la próxima semana el pedido de iniciar un juicio a la mandataria. Por su parte, el Tribunal de Cuentas de la Unión emitió un fallo que decide rechazar la contabilidad pública del 2014 que presentó el gobierno al considerar que se cometieron una serie de irregularidades para cubrir un amplio déficit fiscal en ese año.
Dilma Rousseff: ¿Cuáles son las razones por las que se busca destituir a la presidenta de Brasil? (USI)
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a presidenta de Brasil, Dilma Rousseff, afronta uno de los principales retos a menos de un año de llegar al poder, pues existen diversas iniciativas que podrían sacarla del cargo a través de un juicio político aprobado por el Congreso. La posible destitución de Rousseff se fundamentaría en pronunciamientos emitidos por las instituciones y en las constantes denuncias de los partidos contrarios. IRREGULARIDADES EN LA CAMPAÑA DE REELECCIÓN El Tribunal Superior Electoral (máxima autoridad electoral de Brasil) admitió iniciar una investigación para verificar la presunta existencia de irregularidades en la campaña política que llevó a Dilma Rousseff ser nuevamente elegida como presidenta en el 2014. Las investigaciones iniciadas a Dilma Rousseff y el vicepresidente Michael Terner buscan determinar si cometieron abuso de poder durante
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sus campañas y si usaron dinero ilegal para financiarla, lo que incluiría donaciones obtenidas a través del caso Petrobras. En estas acusaciones, presentadas por el Partido de la Social Democracia Brasileña, se señalan que en la campaña de reelección de Dilma Rousseff, del Partido de los Trabajadores, y del vicepresidente Michael Temer, del Partido del Movimiento Democrático de Brasil, el gobierno colaboró a favor de los candidatos al permitirles utilizar edificios públicos y los espacios de televisión del Estado. Asimismo, la mandataria fue acusada de manipular indicadores socioeconómicos y los datos de pobreza en el país, gastar más de lo que informó a la Justicia Electoral y haber financiado parte de su campaña con dinero sucio proveniente del caso de corrupción de Petrobras. IRREGULARIDADES EN SUS CUENTAS
Según el juez instructor del caso, Augusto Nardes, se omitieron del balance presentado deudas por una suma equivalente a US$27,300 millones, lo cual llevó a que el gobierno justifique políticas expansivas insostenibles cuando en su lugar debió esforzarse en contener el gasto público. Otras de las irregularidades detectadas por el Tribunal son: la apertura de créditos sin autorización del Congreso, la omisión de la contabilidad de cuentas ya contraídas y cuestionables maniobras contables realizadas con el objetivo de reducir el cálculo del déficit fiscal. Otras de las maniobras fiscales consistieron en retrasar el pago de fondos destinados a los programas sociales gubernamentales a los bancos públicos que los gestionan, lo que permitió al Ejecutivo reducir unos US$1,795 millones al déficit fiscal. Ello conllevó a que los bancos costeen los programas sociales con sus propios fondos. ACUSACIONES DE LA OPOSICIÓN En tanto, en el Congreso de Brasil, los partidos de oposición han presentado múltiples peticiones para el inicio de un juicio político contra Dilma Rousseff con el fin de destituirla del cargo de presidenta.
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agosto, el 71% de los encuestados describe al gobierno de Dilma Rousseff como “malo” y “terrible”. Asimismo, se informó que solo el 66% de los encuestados opina que Rousseff debe ser destituida del cargo.
Según informó el diario El Mundo, Eduardo Cunha, presidente de la Cámara de Diputados de Brasil, habría recibido al menos 14 solicitudes para iniciar el juicio político, de los cuales 11 han sido rechazados debido a que no cumplían con las exigencias técnicas necesarias para que pueda abrirse un proceso político contra la mandataria. Las peticiones pendientes, según se informó, han sido presentadas por un grupo de conocidos juristas, incluyendo una que ha sido planteada por Helio Bicudo, uno de los fundadores del Partido de los Trabajadores. La
oposición confía en que el presidente de la Cámara acepte esta solicitud en particular dado a que cuenta con “vasta argumentación jurídica” y se refiere a las maniobras contables ilegales detectadas por el Tribunal de Cuentas de la Unión.
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Ante la posibilidad de que se inicie un juicio político contra la mandataria brasileña, el gobierno ha declarado que esto supondría una “ruptura constitucional”.
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La tensión política ha llevado a que el mercado reaccione negativamente, causando que la bolsa de valores de Sao Paulo cayera 4% en el peor día del año. (Fuente Perú 21).
Esta última solicitud, que incluirá también un anexo con supuestas irregularidades fiscales ocurridas en el 2015, será analizada por la presidencia de la Cámara la próxima semana. TENGA EN CUENTA Ÿ
Según una encuesta publicada por el instituto Datafolha el 6 de
Lamar Odom es hallado inconsciente en un burdel de Las Vegas La ex estrella de la NBA estuvo tres días en el burdel Love Ranch. Había ingerido Viagra herbal y coñac.
E
l retirado astro de la NBA Lamar Odom fue hospitalizado luego de ser encontrado inconsciente en un burdel de Nevada, informaron las autoridades. Odom, de 35 años, jugó con los Lakers de Los Ángeles en la NBA y formó parte de la familia Kardashian por matrimonio con Khloe. El ex jugador pasó la noche en un hospital en Las Vegas, indicaron las autoridades, sin que se emitiera información sobre su estado. Kardashian acompaña a Odom en un hospital de Las Vegas desde el martes por la tarde, según una persona allegada a la familia que habló bajo la condición de no ser identificada porque no estaba autorizada a hablar con la prensa. JUEVES 15 DE OCTUBRE 2015
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El departamento de policía del condado de Nye recibió un aviso a las 3:15 de la tarde del martes sobre un hombre inconsciente que necesitaba una ambulancia en el Love Ranch en Crystal, Nevada, a unos 112 kilómetros de Las Vegas, indicó la jefa de policía Sharon A. Wehrly. Odom fue estabilizado y luego trasladado al hospital Desert View en la localidad cercana de Pahrump. Se intentó llevarlo en helicóptero a un hospital de Las Vegas, pero era demasiado alto para la aeronave disponible y debió ser conducido en ambulancia. Odom mide 2,07 metros (seis pies y 10 pulgadas). Dennis Hof, dueño de Love Ranch y otros burdeles legales en Nevada, dijo que sus empleados habían recogido a Odom el sábado en una vivienda en Las Vegas. "Sólo quería alejarse, pasar un buen rato y relajarse", dijo Hof en una entrevista telefónica con Associated Press. Odom estaba "contento, durmió todas las noches" durante su visita, señaló el propietario, pero el martes por la tarde dos mujeres fueron a comprobar cómo se encontraba porque no habían sabido de él desde la mañana, y lo encontraron boca abajo e inconsciente. Cuando le pusieron de lado siguiendo instrucciones de un operador del 911, Odom empezó a "vomitar toda clase de cosas". El ex jugador había consumido una especie de Viagra herbal y se había bebido parte de una botella de coñac desde su llegada, dijo Hof, pero hasta donde él sabía no había tomado otras sustancias. "Es increíblemente triste", dijo Hof, que el miércoles cumple 69 años. Hof es conocido por protagonizar la serie televisiva de realidad simulada "Cathouse" en HBO TMZ fue el primer medio que dio cuenta de la hospitalización deOdom. Odom, que ganó dos campeonatos de la NBA con los Lakers en 2009 y 2010, jugó por última vez en la NBA en el 2013, y hace poco ganó también fama en televisión a
través de su matrimonio con Khloe Kardashian. Kardashian presentó una solicitud de divorcio en el 2013 citando diferencias irreconciliables. El divorcio todavía no ha recibido aprobación final de un juez. La pareja se casó en el 2009 en una gran ceremonia grabada por la televisora E!, tras un compromiso relámpago que también fue registrado por las cámaras. Los Lakers disputaron un encuentro de exhibición en Las Vegas el martes por la noche, y perdieron 107100 ante Sacramento. Kobe Bryant y Metta World Peace son los únicos excompañeros de Odom que quedan en la plantilla. World Peace se mostró claramente afectado por el estado de Odom tras el juego. "No hay ninguna palabra que pueda decir que tuviera sentido", dijo World Peace a la prensa, declinando hacer más declaraciones. Bryant abandonó el estadio sin hablar con la prensa. Odom tuvo los mejores años de su carrera con los Lakers, con los que fue elegido como el mejor suplente de la liga en el 2011. Después de siete años con Los Angeles, quedó desmoralizado en diciembre del 2011 cuando el equipo intentó canjearlo a Nueva Orleáns en una transacción que involucraba a varios jugadores, entre ellos Chris Paul. Finalmente fichó con Dallas en otro acuerdo, pero estaba fuera de la NBA apenas dos años después. Algunos problemas que afectaron a Odom antes y durante su carrera parecieron empeorar cuando salió de la liga, incluyendo un arresto por conducir borracho poco antes de su divorcio. Odom fue suspendido durante la temporada de 2000-01 por violar el reglamento de la NBA contra el uso de drogas por segunda vez en ocho meses. Durante la campaña de 2010-11, un primo de Odom murió, y en otro incidente, el basquetbolista estuvo involucrado en un choque en el que murió un ciclista. Odom jugó una temporada en la universidad de Rhode Island antes de ser seleccionado por los Clippers con el cuarto turno del draft de 1999. Odom nació el 6 de noviembre de 1979 en Nueva York, y fue criado por su abuela después que su madre murió de cáncer cuando tenía 12 años. Su padre era un drogadicto.
Lamar Odom estuvo casado con Khloe Kardashian (Reuters)
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En el 2006, el hijo de seis meses de Odom, Jayden, murió mientras durmía en su cuna en Nueva York. Tiene otro hijo, Lamar Jr., y una hija, Destiny, de otra relación. (Fuente: AP, para El Comercio).
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CARICATURAS CARICATURAS Y Y HUMOR HUMOR
FUENTE: LA REPÚBLICA
FUENTE: PERÚ 21
FUENTE: EL COMERCIO
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NORMAS LEGALES
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NORMAS DE INTERÉS JURÍDICO
POR EL SUR Limita con el distrito de Villa Virgen. El límite se inicia en la cota 3349 en el punto de coordenadas UTM 676 672 m E y 8 567 057 m N, a partir de este punto el límite desciende en dirección Suroeste por una hoyada, hasta llegar al thalweg del río Sinquivini en el punto de coordenadas UTM 674 789 m E y 8 565 988 m N; el límite continúa aguas abajo por el thalweg del río Sinquivini, pasando por las intersecciones de unas quebradas sin nombres, puntos de coordenadas UTM 673 746 m E y 8 565 504 m N, punto 672 030 m E y 8 564 694 m N, punto 671 691 m E y 8 563 637 m N, punto 668 561 m E y 8 563 702 m N, punto 666 266 m E y 8 564 720 m N, punto 663 242 m E y 8 565 025 m N, desde este punto el límite continúa hasta alcanzar la desembocadura del río Sinquivini en el río Apurímac en el punto de coordenadas UTM 660 315 m E y 8 562 667 m N. POR EL OESTE Limita con los distritos de Anco y de Anchihuay, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho. El límite se inicia en la desembocadura del río Sinquivini con el río Apurímac en el punto de coordenadas UTM 660 315 m E y 8 562 667 m N, desde este punto el límite continúa por el thalweg del río Apurímac en dirección Norte hasta alcanzar el punto de coordenadas UTM 660 376 m E y 8 572 800 m N, pasando por la cota 657, en dirección Noroeste a la desembocadura del río Manitinkiari que desemboca en el río Apurímac, donde se inicia la presente descripción de límites, cerrando el polígono del ámbito del distrito de Villa Kintiarina. Artículo 3. Identificador relacional El identif cador relacional del distrito creado es 070913/14, el cual se desagrega de la siguiente manera: 07 = Departamento de Cusco. 09 = Provincia de La Convención. Capital: Quillabamba. 13 = Distrito de Villa Kintiarina. 14 = Año 2014. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
a la cota 2351, el límite continúa en dirección Sureste por la divisoria de aguas hasta alcanzar el punto de coordenadas UTM 670 666 m E y 8 573 907 m N, llegando a la cota 2204, desde esta cota el límite bordea por la divisoria de aguas hasta la cota 2180 en el punto de coordenadas UTM 671 314 m E y 8 571 143 m N, desde este punto va en dirección a la cota 2294, en el punto de coordenadas UTM 672 103 m E y 8 569 473 m N, el límite continúa en dirección Sur hasta alcanzar una altura de 2344 m.s.m.n., desde esta altura el límite toma la dirección hasta la cota 2806, desde este punto la línea del límite continúa por la divisoria de aguas, en dirección Este hasta la cota 3349 en el punto de coordenadas UTM 676 672 m E y 8 567 057 m N.
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PRIMERA. Base cartográf ca Los límites de la creación del distrito de Villa Kintiarina han sido trazados sobre la base de la cartografía of cial elaborada por el Instituto Geográf co Nacional (IGN), a escala 1:100,000; Datum WGS-84, sobre las hojas: 26-o (2145), San Francisco, edición 1-IGN, Serie J631, año 1996; 26-p (2245), Chuanquiri, edición 1-IGN, Serie J631, año 1996; 27-o (2144), San Miguel, edición 2-IGN, Serie J631, año 1971; 27-p (2244), Pacaypata, edición 1-IGN, Serie J631, año 1996, mediante los cuales se pueden identif car de manera clara los elementos geográf cos que permiten la delimitación precisa del ámbito de Villa Kintiarina, propuesto como distrito. SEGUNDA. Autoridades político-administrativas El Poder Ejecutivo dictará las disposiciones correspondientes a f n de dotar de autoridades políticoadministrativas a la nueva circunscripción que se crea por la presente Ley. TERCERA. Autoridades judiciales El Poder Judicial dispondrá las acciones necesarias a
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fIn de dotar al distrito que se crea por la presente Ley de las autoridades judiciales correspondientes. CUARTA. Elección de autoridades municipales El Jurado Nacional de Elecciones adoptará las acciones necesarias para la elección de las autoridades municipales del distrito de Villa Kintiarina de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales. QUINTA. Documento nacional de identidad Dispónese que el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC) realice todas las acciones necesarias para otorgar a la población del nuevo distrito un documento nacional de identidad con los datos actualizados. SEXTA. Representación cartográf ca Forma parte de la presente Ley el mapa que def ne el ámbito de creación del distrito de Villa Kintiarina.
PODER EJECUTIVO
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban la “Metodología de Evaluación de la Política Nacional frente a los Delitos Patrimoniales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0270-2015-JUS Lima, 12 de octubre de 2015 VISTO, el Of cio Nº 3515-2015-JUS/DGPCP de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria, y; CONSIDERANDO:
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA. Administración de recursos y servicios públicos Autorízase a la Municipalidad Distrital de Kimbiri, provincia de La Convención, a administrar, prestar los servicios públicos y manejar los recursos reasignados, del nuevo distrito, en el marco de lo dispuesto por la Ley 27555, Ley que Autoriza la Reasignación y Aplicación de Recursos en los Nuevos Distritos Creados, y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo 031-2002-EF, hasta la elección e instalación de las autoridades municipales elegidas para dicho nuevo distrito, desde el momento en que el Jurado Nacional de Elecciones extiende las credenciales respectivas. La Municipalidad Distrital de Kimbiri constituirá una junta de delegados vecinales comunales de carácter transitorio cuyo alcance comprenda el distrito cuya creación es dispuesta por el artículo 1 de la presente Ley hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades en el distrito de Villa Kintiarina, la cual estará encargada de realizar las funciones comprendidas en los numerales 1, 4 y 6 del artículo 107 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Norma derogatoria Deróganse todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, al primer día del mes de octubre de dos mil quince. LUIS IBERICO NÚÑEZ Presidente del Congreso de la República NATALIE CONDORI JAHUIRA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros
Que, mediante Ley Nº 29807, se crea el Consejo Nacional de Política Criminal - CONAPOC -, encargado de planif car, articular, supervisar y dar seguimiento a la política criminal del Estado y para tal efecto tiene, entre sus mandatos y atribuciones, formular políticas y directrices criminológicas que deberán ser propuestas a los diversos sectores y entidades involucradas en el sistema de control social, y, en particular, por aquellas que de manera directa se vinculan a la prevención, investigación y represión del delito, a la justicia penal y a la ejecución de penas y medidas de seguridad, con la f nalidad de establecer líneas de trabajo orientadas hacia un mismo objetivo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2014JUS, se aprueba la Política Nacional frente a los Delitos Patrimoniales, que tiene por objetivo principal el control y reducción de los delitos patrimoniales, a través de su disminución de factores de riesgo asociados a su comisión, las oportunidades que los posibilitan, así como el acceso a los medios que los facilitan, siendo el principal instrumento orientador de política criminal en esta materia, que establece los lineamientos generales y específ cos para su desarrollo; Que, asimismo conforme al artículo 3 del acotado Decreto Supremo Nº 006-2014-JUS, se establece que el Consejo Nacional de Política Criminal, a través de su Secretaría Técnica, en coordinación con otras entidades, tendrá a su cargo la articulación, seguimiento y evaluación de la Política Nacional frente a los Delitos Patrimoniales, cuando por la materia a desarrollar ello sea necesario; Que, conforme a la Disposición Complementaria Final Única del referido Decreto Supremo, para poder establecer una adecuada y efectiva evaluación de la Política Nacional frente a los Delitos Patrimoniales, el Consejo Nacional de Política Criminal, a través de su Secretaría Técnica, diseñará y establecerá la metodología de evaluación aplicable, los indicadores de evaluación e identif cará a las instituciones vinculadas con este f n, que serán aprobados mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29807, Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Metodología de Evaluación de la Política Nacional frente a los Delitos Patrimoniales”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria, cumpla con consolidar la información remitida por las instituciones mencionadas en el documento aprobado en el artículo 1º, a f n de informar al Consejo Nacional de Política Criminal y al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Of cial “El Peruano”; y, su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (http://www.minjus.gob.pe), el mismo día de la publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1298671-1
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Autorizan la XXIII Convención de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público “Aplicación de la técnica legislativa con enfoque de género para la elaboración y evaluación de proyectos normativos”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0272-2015-JUS
con enfoque de género para la elaboración y evaluación de proyectos normativos”. Artículo 3º.- Disponer la colaboración de la Of cina General de Administración, la Of cina General de Tecnologías de Información y de la Of cina General de Imagen y Comunicaciones en la ejecución de la XXIII Convención de Representantes de las Of cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: “Aplicación de la técnica legislativa con enfoque de género para la elaboración y evaluación de proyectos normativos”. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1299275-2
Lima, 13 de octubre de 2015 VISTO, el Informe Nº 13-2015-JUS/DGDOJ-DDJPN de la Dirección de Desarrollo Jurídico y Proyectos Normativos de la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico ha propuesto la realización de la XXIII Convención de Representantes de las Of cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público “Aplicación de la técnica legislativa con enfoque de género para la elaboración y evaluación de proyectos normativos”, que se realizará los días jueves 19 y viernes 20 de noviembre de 2015, en la ciudad de Lima; Que, el literal f) del artículo 4º de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que este organismo público es competente en materia de defensa, coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico; Que, el literal g) del artículo 64º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, establece que la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico tiene la función de coordinar las actividades funcionales de las Of cinas de Asesoría Jurídica o Gerencias Legales de las entidades del Sector Público con la f nalidad de mantener la coherencia del ordenamiento jurídico; Que, en cumplimiento de dicha función, resulta conveniente autorizar la realización del mencionado evento; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la XXIII Convención de Representantes de las Of cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público “Aplicación de la técnica legislativa con enfoque de género para la elaboración y evaluación de proyectos normativos”, que se realizará los días jueves 19 y viernes 20 de noviembre de 2015, en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico la ejecución de la XXIII Convención de Representantes de las Of cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: “Aplicación de la técnica legislativa
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MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueba Protocolo Interinstitucional de Acción Frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo DECRETO SUPREMO Nº 006-2015-MIMP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano ha suscrito y rati ficado la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); instrumentos internacionales que def nen las obligaciones adoptadas por el Estado peruano para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer; Que, de conformidad con el inciso 1 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, todas las personas tienen derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. Es decir, que el Estado Peruano está obligado a garantizar al máximo el ejercicio y respeto de los derechos mencionados, para cada uno de sus ciudadanos y ciudadanas; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26260 - Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-97-JUS, instaura como política permanente del Estado la lucha contra toda forma de violencia familiar y establece como mandato fortalecer en todos los niveles educativos el respeto a la dignidad de la persona y derechos de la mujer, niño, niña, adolescente y de la familia; Que, Ley Nº 28983 - Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, def ne los lineamientos del Poder Ejecutivo en relación al desarrollo de políticas, planes y programas destinados a la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas, de manera especial la ejercida contra las mujeres; Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM def ne y establece las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, impulsa en la sociedad la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-MIMDES se aprueba el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015, que establece como uno de sus objetivos estratégicos, “Garantizar el acceso de las mujeres afectadas por la violencia basada en género, a los servicios públicos de calidad, incluyendo el acceso
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al sistema de salud y judicial, entre otros, contribuyendo a superar su condición de víctimas”; y como objetivos específ cos: “Mejorar el acceso y calidad de los servicios de atención y protección de las víctimas de violencia basada en género a nivel nacional, regional y local” y, ”Garantizar el acceso de las víctimas de violencia basada en género a la justicia, de manera ef caz y oportuna”; Que, en el marco del Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015, el Grupo de Trabajo Nacional formó la Mesa de Trabajo Intersectorial contra el Feminicidio, la misma que está conformada por representantes de las siguientes instituciones del Estado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Defensoría del Pueblo, Poder Judicial, Ministerio Público – Fiscalía de la Nación y, una organización de la sociedad civil: CLADEM PERU; siendo una de las acciones centrales de esta Mesa de Trabajo Intersectorial la elaboración de un “Protocolo Interinstitucional de Acción Frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo”; Que, luego de haber realizado múltiples reuniones de trabajo con los integrantes de la Mesa de Trabajo Intersectorial contra el Feminicidio, se ha concluido con la elaboración del “Protocolo Interinstitucional de Acción Frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo”; Que, en tal sentido resulta necesario aprobar este instrumento articulador del conjunto de acciones interinstitucionales, que permita contribuir al acceso a la justicia y a la protección social, brindando una atención oportuna y ef caz a las mujeres que vienen siendo afectadas por estos tipos de violencia; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 28983 - Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, Decreto Supremo N° 006-97-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26260 Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, Decreto Legislativo N° 1098 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, modif cado por el Decreto Supremo N° 002-2015-MIMP y el Decreto Supremo N° 003-2009-MIMDES, que aprueba el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Apruébese el “Protocolo Interinstitucional de Acción Frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo”, que como Anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Ejecución y cumplimiento Cada entidad pública involucrada en la implementación del “Protocolo Interinstitucional de Acción Frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo”, dentro del ámbito de sus competencias, adoptará las medidas necesarias para su ejecución y cumplimiento. La supervisión y monitoreo corresponderá al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Artículo 3.- Financiamiento Las acciones e intervenciones necesarias para la ejecución del “Protocolo Interinstitucional de Acción Frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo” a cargo de las entidades públicas competentes, se f nancia con cargo a sus presupuestos institucionales, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Publicación El “Protocolo Interinstitucional de Acción Frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo” será publicado en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe). Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro del Interior, el Ministro de Educación, el Ministro de Salud y la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores Encargada del Despacho del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1299445-2
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PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman las Sub Comisiones del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal del Distrito Judicial de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 268-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 6 de octubre de 2015. VISTOS: El Decreto Legislativo N° 957; Decreto Supremo N° 003-2014-JUS; Resoluciones Administrativas N° 061-2013-CE/PJ, N° 245-2014-CE/PJ, y N° 148-2015CE/PJ; y Resolución Administrativa N° 148-2015-P-CSJV/ PJ de fecha 12 de mayo de 2015; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante Decreto Legislativo N° 957 se promulgó el nuevo Código Procesal Penal, disponiendo la creación de la Comisión de Implementación Especial del acotado código adjetivo, integrada por los representantes del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio del Interior y, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Segundo: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ de fecha 03 de abril de 2013, modif cado por Resolución Administrativa N° 245-2014-CE-PJ de fecha 16 de julio de 2014 y Resolución Administrativa N° 148-2015-CEPJ de fecha 29 de abril de 2015, estableció que los Equipos Técnicos Distritales tienen como función principal supervisar, monitorear y evaluar el proceso de implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de su competencia, coadyuvando a consolidar el proceso de implementación. Tercero: Mediante Decreto Supremo N° 003-2014JUS publicado en el Diario Of cial El Peruano de fecha 31 de marzo de 2014, la Presidencia de la República estableció el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal para las Provincias de Lima y Callao, a partir del año 2016, aprobando el Reglamento de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, cuyo objetivo principal es fortalecer el proceso de implementación y la aplicación del Código Procesal Penal. Cuarto: Por Resolución Administrativa N° 148-2015P-CSJV/PJ, de fecha 12 de mayo de 2015, se reconformó la Comisión del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, quedando integrada por la señora doctora Elicea Inés Zúñiga Herrera de Legua, Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, quien la preside y los señores doctores Olga Lidia Inga Michue, Presidenta de la Sala Penal de Apelaciones; Walter David Gómez Ampudia, Juez Titular del Primer Juzgado Penal Unipersonal; Iván Alberto Velazco López, Juez Titular del Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria. Quinto: En Acta Sesión de fecha 07 de setiembre de 2015, la Comisión Distrital del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal, entre otros acordó la creación de Sub Comisiones de Apoyo al Equipo Técnico Distrital de Implementación de Código Procesal Penal, con el objetivo de supervisar, monitorear y evaluar el proceso de implementación del acotado Código en el Distrito Judicial de Ventanilla. En ese orden de ideas, se resolvió que dichas comisiones deberán estar integradas por los señores Magistrados de la Especialidad Penal y servidores de esta Corte Superior de Justicia, quienes estarán encargados de la ejecución de actividades que coadyuven al fortalecimiento y concretización estratégico de los procesos referidos a Producción Judicial, Capacitación
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BOLETIN INFORMATIVO DIGITAL N° 123-2015
en el Código Procesal Penal y Difusión, constituyendo garantía para el óptimo desarrollo del proceso de N° 242-2015-P-CSJV/PJ de fechadel 03 señalado de setiembre de implementación y la aplicación Código 2015, conformó la Comisión Distrital de Implementación Adjetivo, obteniendo el mayor impacto pedagógico e del Código Penal, siendo integrada por la identif cación Procesal de las necesidades en este Distrito Judicial. señora doctora Zúñiga Herrera de Legua, Sexto: AnteElicea las Inés consideraciones expuestas, la Presidenta Superior de Justicia de Ventanilla, Presidenta de delalaCorte Corte Superior de Justicia, como la quien la preside; el señor doctor Carlos Manuel Sáenz máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial Loayza, Presidente de la Juntaemprender de Fiscalesuna Superiores a su cargo, le corresponde política del señor Alberto Gutiérrez, de Callao; cautela elpor unadoctor prontaJosé y ef ciente Díaz administración Director Distrital (e) de la Defensa Pública y Acceso de la de justicia, con la f nalidad de garantizar la adecuada Justicia; y Comandante PNP Orlando Ramos Lima, organización, funcionamiento e implementación deJefe los del Departamento de Investigación Criminal de Órganos Jurisdiccionales que tramitarán losVentanilla. procesos Quinto: En ese sentido, habiendo efectuado las judiciales bajo las nuevas reformas procesales en este coordinaciones se informó los Distrito Judicial, correspondientes, en pro de los justiciables de los que distritos señores JoséMiAlberto Díaz yGutiérrez y Comandante de Ventanilla, Perú, Ancón Santa Rosa. PNP Orlando Ramos Lima, a la fecha no se encuentran asumiendo losconsideraciones, cargos de Director Distrital (e) las de la Defensa Por tales y en uso de facultades Pública y Acceso de la Justicia, y JefeÚnico del Departamento conferidas en el Artículo 90° del Texto Ordenado de de Investigación Ventanilla respectivamente, la Ley Orgánica Criminal del PoderdeJudicial, la Presidencia de la razón por la cual, suscrita su calidad de Presidenta Corte Superior de la Justicia de en Ventanilla; de esta Corte Superior de Justicia, a f n de velar por la adecuada implementación del Código Procesal Penal en RESUELVE: el Distrito Judicial de Ventanilla para el año 2016, solicitó por Artículo Of cios Primero.N° 1386-2015-P-CSJV/PJ 07 de CONFORMAR lasde Subfecha Comisiones agosto de 2015, y Of cio 1795-2015-P-CSJV/PJ de del Equipo Técnico de N° Implementación del Código fecha 24 de setiembre de 2015, dirigidos al Ministerio de Procesal Penal del Distrito Judicial de Ventanilla, las que Justicia Ministeriode dellaInterior, losforma: nombramientos de los estarán yintegradas siguiente nuevos representantes ante la referida Comisión. Sexto: En ese orden de ideas, el Gobierno Regional del Callao medianteDE OfPRODUCCIÓN cio N°1337-2015-1337-2015SUB COMISIÓN JUDICIAL REGPOL-CALLAO-SEC, deCargo fecha 06 de octubre Magistrado del presente año, informó la designación del señor Dr. Juan Rolando Juez Ronald SuperiorValdivia Titular –Montoya, PresidenComandante PNP José quién aHurtado la fecha viene desempeñando cargo de Poma Presidente de laelSala te Jefe del Departamento de Mixta Investigación Criminal del Distrito de Ventanilla. de Ventanilla, como representante ante la precitada Dra. Ana Mirella Jueza Superior Titular Miembro Comisión. Vásquez Bustade la Sala Sétimo: En esaintegrante consonancia, por Of cio N° 61882015-JUS/DGDP dePenal fecha de 12 Apelaciones de octubre dede2015, informó mante la designación del señor doctor Vladimir Nicolay Farfán Ventanilla. Kehuarucho, Director Distrital de Defensa Pública y Dr. Walter Titular como del Segundo Miembro Acceso a laDavid JusticiaJuez del Callao, representante de la indicada Comisión. Juzgado Penal UniperGómez Ampudia Octavo: Ante sonal las consideraciones expuestas, la de Ventanilla. Presidenta de la Corte Superior de Justicia como la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, le corresponde emprender una política SUB DE yCAPACITACIÓN de cautela porCOMISIÓN una pronta ef ciente administración de justicia, con la f nalidad de garantizar la adecuada Magistrado Cargo organización, funcionamiento e implementación de los Dra. Olga Lidia Jueza Superior Titular losPresidenÓrganos Jurisdiccionales que tramitarán procesos Inga Michue – Presidenta de laprocesales Sala te en este judiciales bajo las nuevas reformas Penal Distrito Judicial, en pro de de losApelaciones justiciables de los distritos de Ventanilla, Mi Perú, Ancón y Santa Rosa. Ventanilla Dr. Por Juan Rolando Juez Superior – las Miembro tales consideraciones, y enTitular uso de facultades Hurtado Poma Presidente la Sala conferidas en el Artículo 90° del de Texto Único Ordenado de Ventanilla. la Ley Orgánica del Mixta PoderdeJudicial, la Presidencia de la Corte Superior de Ventanilla; Dr. Iván Albertode Justicia Juez Titular del Primer Miembro Velazco López Juzgado de la Investigación Preparatoria.
SUB COMISIÓN DE DIFUSIÓN Magistrado Cargo Dra. Elicea Inés Jueza Superior Titular – Presidente Zúñiga Herrera de Presidenta de la Corte Legua Superior de Justicia de Ventanilla Dr. Christian Juez Superior Titular Miembro Arturo Hernández – Jefe de la Of cina Alarcón Desconcentrada de Control de la Magistratura del Distrito Judicial de Ventanilla Dra. Ana Mirella Jueza Superior Titular Miembro Vásquez BustaIntegrante de la Sala mante Penal de Apelaciones de Ventanilla.
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Artículo Segundo.- DISPONER que las referidas Sub Comisiones presenten su Plan de Trabajo para SE RESUELVE: el presente año y el año 2016, según sea el caso, al Artículo Primero.La del Comisión Equipo Técnico DistritalRECONFORMAR de Implementación Nuevo Código de Procesal Penal, dentro de los Procesal 10 días hábiles de Distrital Implementación del Código Penal del notif cada la presente resolución, efecto demanera: gestionar la Distrito Judicial de Ventanilla, de laasiguiente correspondiente partida presupuestaria ante la autoridad competente. Integrantes Artículo Tercero.- DISPONER Institución que la Of cina de Administración Distritalde y Presidenta las áreas administrativas Elicea Inés Zúñiga Herrera de la Corte Superior que lo integran, brinden el apoyo necesario a las Sub Legua de Justicia de Ventanilla, la Comisiones designadas para la realización de los quien eventos preside. y las actividades que organicen. Artículo Cuarto.REMITIR copia la de presente Carlos Manuel Sáenz Loayza Presidente de lade Junta Fiscales Resolución al Presidente de la Comisión Especial de Superiores del Callao. Implementación del Código Procesal Penal, Consejo Ejecutivo del Poder EquipoDistrital Técnico Institucional Vladimir Nicolay Farfán Judicial, Kehu- Director (e) de la Defensa de Implementación del Código Procesal Penal, arucho Pública y Acceso de laPresidente Justicia del de la Junta de Fiscales Superiores de Callao, Presidenta Callao. de la Junta de Fiscales Superiores de Lima Norte, Director Distrital de laPNP Defensa Pública dedel Callao, Jefe de de la Región Comandante José Ronald Jefe Departamento InvestiPolicial de de Investigación Valdivia Callao, MontoyaJefe del Departamento gación Criminal Ventanilla. Criminal de Ventanilla, Of cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Administración Distrital de esta Corte Superior, y señores magistrados interesados. Artículo Segundo.DISPONER que una vez instalada la Comisión Implementación Distrital del Código Regístrese, comuníquese y cúmplase. Procesal Penal,publíquese, mediante Acta de Reunión, se proceda INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA con ELICEA la designación del Secretario Técnico y de las Sub Presidenta Comisiones de Trabajo Interinstitucional. Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente 1298758-1 Resolución al Presidente de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional Reconforman la Comisión Distrital de de Implementación del Código Procesal Penal, Presidente Implementación del Código Procesal Penal de la Junta de Fiscales Superiores de Callao, Presidenta de Junta de Fiscales Superiores de Lima Norte, Director della Distrito Judicial de Ventanilla Distrital de la Defensa Pública de Callao, Jefe de la Región CORTE SUPERIOR DEDepartamento JUSTICIA DEde VENTANILLA Policial Callao, Jefe del Investigación Criminal de Ventanilla, Presidencia Of cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Administración Distrital de esta Corte RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Superior, y señores interesados. N° 269-2015-P-CSJV/PJ Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Ventanilla, 12 de octubre de 2015. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA VISTOS: El Decreto Legislativo N° 957; Decretos Presidenta Supremos N° 007-2006-JUS, N° 007-2007-JUS y 0032014-JUS, Resolución Administrativa N° 128-2014-CEPJ 1298758-2 del 23 de abril de 2014; Resolución Administrativa N° 242-2015-CE-PJ de fecha 03 de setiembre de 2015; Of cio N° 6188-2015-JUS/DGDP; y Of cio N° 1337-2015-REGPOL-CALLAO-SEC; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante Decreto Legislativo N° 957 se promulgó el nuevo Código Procesal Penal, disponiendo la creación de la Comisión de Implementación Especial del acotado código adjetivo, integrada por los representantes del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio del Interior y, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Segundo: Por Decretos Supremos N° 007-2007-JUS y N° 007-2006-JUS, se aprobó la Estructura y Reglamento de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal, resolviendo que la acotada Comisión se encontrará integrada por: a) El Presidente de la Corte Superior de Justicia, quien la preside, b) El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, c) El Director Distrital de la Defensa Pública y Acceso de la Justicia y d) El Director Territorial Policial. Tercero: Mediante Decreto Supremo N° 003-2014JUS publicado en el Diario Of cial El Peruano en fecha 31 de marzo de 2014, la Presidencia de la República estableció el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal para las Provincias de Lima y Callao, a partir del año 2016, aprobando el Reglamento de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, cuyo objetivo principal es fortalecer el proceso de implementación y la aplicación del Código Procesal Penal. Cuarto: La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla mediante Resolución Administrativa
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